Este documento describe el procedimiento de juicio de cuentas según el Código de Procedimiento Civil de Venezuela. El juez ordena al demandado rendir cuentas en un plazo de 20 días. El demandado puede oponerse a la rendición de cuentas o presentar cuestiones previas fundamentadas. De no haber oposición válida, el demandado debe presentar las cuentas en 30 días para su examen y posibles observaciones por parte del demandante, que pueden llevar a una pericia. Finalmente, el juez dicta sentencia resolviendo las observaciones