documento realizado para la comprension de la importacia del derecho fundamental a un ambiente sano , se trata temas concernientes a inaplicabilidad de la cultura ciudadana en los parques de la ciudad de barranquilla
1. LA CULTURA CIUDADANA EN LOS PARQUES
DE BARRANQUILLA COMO INSTRUMENTO
PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO AL
AMBIENTE SANO.
Autor
Angel ojeda ricardo
2. CONTENIDO
El propósito de la investigación fue plantear que la materialización del derecho a
un ambiente sano solo puede ser viable si se entiende la problemática ambiental
desde un enfoque general y si se utiliza, más que la normatividad, la pedagogía
ambiental, pues solo con ella será posible la consolidación de nuevos valores y la
transformación de realidades en torno a la protección del ambiente. Así, este
derecho, posibilita la inclusión del otro, de los otros, el respeto por lo otro, lo de
los otros.
Se debe entender el ambiente, desde un enfoque total, dinámico, en el cual se
presentan interacciones constantes entre la sociedad y la naturaleza, produciendo
importantes y radicales cambios. Es por esto que las problemáticas sociales se le
atribuye un carácter más allá de la meramente biológica o social. Pues se deben
integrar a ella otros factores como los socioculturales y de integración, además se
debe percibir como un proceso de formación de actitudes y comportamientos
tendientes a mejorar las relaciones entre los sujetos y el ambiente, utilizando
3. recursos y mecanismos viables que permitan avanzar en la constitución de la
cultura ciudadana.
Por ello, se requiere acciones que vayan más allá de la simple transmisión de
información o conocimiento de la normatividad, y logren el desarrollo de un ser
integral, para trabajar individual y colectivamente en la búsqueda de soluciones a
los problemas ambientales. En este sentido cabe destacar la relevancia de la
cultura ciudadana en la formación de actitudes, costumbre, acciones y reglas que
permiten incentivar la convivencia armónica, el sentido de pertenencia por el
entorno en que cada individuo vive e interactúa a diario. De este modo se forma al
ser para la vida en sociedad, teniendo en cuenta los principios mínimos y básicos
de convivencia que podría asegurar, no solo una mejor relación de él con el
ambiente, sino también con el resto del colectivo en función del respeto por sus
derechos. En tanto, sus objetivos deben ser abordados desde las políticas
públicas, guiadas a incrementar los cambios de comportamientos y el respeto por
los bienes de uso común y particular.
Es por tal, que resulta importante conocer los derechos de los ciudadanos con
respecto al ambiente sano, y las obligaciones de la cultura ciudadana en torno a
los parques de la ciudad de Barranquilla, el cual en el momento se encuentran en
4. etapa de remodelación y restablecimiento, para que la ciudadanía pueda disfrutar
de estos espacios públicos, de diversión, recreación y esparcimiento.
En Colombia el derecho a un ambiente sano está protegido por normas
constitucionales, legales y reglamentarias y por políticas públicas ambientales de
orden nacional e internacional. Desde la consolidación de la Constitución de
1991, la protección al medio ambiente adopta un modelo de desarrollo sostenible
pues se da, de una parte, el deber prever la preservación de los recursos
naturales por parte del Estado y de los particulares y de otra, el establecimiento
de limitaciones al ejercicio de derechos de contenido económico como los de la
propiedad.
La protección del ambiente, sostiene la Carta Política, contiene una verdadera
constitución ecológica conformada por todas aquellas disposiciones que regulan
la relación de la sociedad con la naturaleza y que buscan proteger el medio
ambiente. Así, La Corte Constitucional, en la sentencia T-152 de 2000, define el
derecho a un ambiente sano como “un derecho constitucional fundamental para
todos los individuos de la especie humana y el Estado está obligado a velar por
sus derechos”.
5. Se justifica la presente investigación debido a que la materialización del derecho a
un ambiente sano solo puede ser viable si se entiende la problemática ambiental
desde un enfoque total y se utiliza, más que la normatividad, la pedagogía
ambiental, desde la formación responsable de la una cultura ciudadana
responsable y sostenible, pues solo con ella será posible la consolidación de
nuevos valores y la transformación de realidades en torno a la protección del
ambiente. Así, este derecho, posibilita la inclusión del otro, de los otros, el respeto
por lo otro, lo de los otros.
Se parte entonces, de la concepción del medio ambiente desde un enfoque
general, dinámico, como el conjunto de relaciones entre elementos sociales y
naturales que interactúan permanentemente y generan cambios. En esta medida,
se entiende la problemática ambiental desde una perspectiva sociocultural,
integral y no meramente biológica o social y, el desarrollo sostenible, como un
proceso formativo de actitudes y comportamientos del sujeto con respecto al
ambiente, mediante el cual se pretende un conocimiento de las formas de
interacción entre ellos, sus causas y consecuencias.
Por ello, se requiere acciones pedagógicas que vayan más allá de la simple
transmisión de información o conocimiento de la normatividad, y logren el
desarrollo de un ser integral, para trabajar individual y colectivamente en la
búsqueda de soluciones a los problemas ambientales.
6. La cuestión ambiental, y los derechos ambientales en particular, han venido
Incorporándose a los ordenamientos jurídicos, muestra de lo cual es la
consagración del Derecho a un ambiente sano. Sin embargo el establecimiento de
un derecho a un Ambiente sano no ha estado exento de dificultades puesto que
han surgido multitud de Discusiones y posiciones sobre sus características
jurídicas; ante lo cual ha aparecido Una diversidad de esquemas de protección,
siendo entonces necesario establecer cuáles Son las condiciones que debe
cumplir un esquema de protección del derecho al Ambiente sano para permitir una
adecuada defensa ciudadana del mismo. En este ordenDe ideas, y con la
intención de dar respuesta a la cuestión planteada, el presente escrito Se divide
en tres partes; en una primera parte se observaran las dificultades que ha Tenido
el establecimiento de un derecho al ambiente sano, en una segunda parte se
Intentara exponer y fundamentar las condiciones de los cuales debería partir un
esquema De reconocimiento y protección del derecho a un ambiente sano.
Finalmente, en una Tercera parte se mostrara los casos de algunos
7. ordenamientos jurídicos que han Reconocido de diversa manera el derecho a un
ambiente sano, evidenciando además Que consecuencias se han derivado de
estas distintas formas de recoger este derecho.Los problemas ambientales son
una realidad difícil de negar hoy en día. La Contaminación, la destrucción de la
biodiversidad, el cambio climático, la desaparición Paulatina de la selva amazónica,
el aumento de gases que provocan el efecto Invernadero, las lluvias acidas, la
deforestación etc. Son fenómenos de los cuales casi a Diario oímos hablar,
además de ser problemas que reclaman nuestra atención junto a la Pronta puesta
en marcha de acciones tendientes a revertirlos. En este sentido Bookchin (1978,
234) Considera que nos enfrentamos a tres clases de problemas ambientales
Globales, como resultado de las actividades del hombre los catastróficos, los
agudos y Los crónicos.Los catastróficos incluyen la guerra y el invierno nucleares.
Los problemas Globales agudos se caracterizan por ser repentinos y breves, con
una duración quizás De un año, como es el caso de la emisión de toxinas
transportadas desde su lugar de Origen o la liberación accidental de un tipo
perjudicial de bacterias. Los problemas Ambientales globales crónicos tienen lugar
a lo largo de un extenso periodo de tiempo, En términos de planificación humana,
y son el típico resultado de un lento cambio Ambiental. La lluvia acida, la reducción
de la capa de ozono y el efecto invernadero son Los principales ejemplos de este
tipo de problemas ambientales globales. Así mismo Según este autor la mayoría
de nuestros problemas actuales ambientales globales son Crónicos (Bookchin,
1978, 234).De la misma manera se debe destacar que ante la gravedad de los
8. problemas Ambientales que aquejan en el presente a la humanidad algunos
autores no dudan en Calificar el actual fenómeno ambiental como una crisis
civilizatoria. Así por ejemplo Norgaard (2002,175) precisa que la crisis ambiental
ha venido materializándose durante Décadas a partir de la conciencia y denuncia
pública del fracaso del modelo inadecuado de extracción, explotación, apropiación
producción y uso de recursos indicando que nos encontramos en un periodo de
insostenibilidad.