LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
Kaina sarahy silva matheus derecho ambiental
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Alumna:
Kaina Sarahy Silva Matheus
C.I: 24.201.819
Sección: SAIA “B”
2. ¿Qué es la Ecología?
Es la rama de la biología que estudia las relaciones
de los diferentes seres vivos entre sí y con su
entorno, también llamada «la biología de los
ecosistemas». ¿Cual es su Objetivo?
Estudiar cómo estas interacciones entre los
organismos y su ambiente afectan a propiedades
como la distribución o la abundancia. En el ambiente
se incluyen las propiedades físicas y químicas que
pueden ser descritas como la suma de factores
abióticos locales, como el clima y la geología, y los
demás organismos que comparten ese hábitat
(factores bióticos).
La visión integradora de la ecología plantea el estudio científico de
los procesos que influyen en la distribución y abundancia de los
organismos, así como las interacciones entre los organismos y la
transformación de los flujos de energía. La ecología es un campo
interdisciplinario que incluye a la biología y las ciencias de la Tierra.
3. Es una ciencia
autónoma
Es una ciencia
global
Es una ciencia
multidisciplinaria y se
sirve de otras
ciencias para la
solución de los
problemas que le son
propios.
Es una ciencia que
estudia al hombre,
su conducta y sus
relaciones.
Estudia aspectos
fundamentales como la
natalidad y mortalidad,
que antes no se
estudiaban y que
constituye parte esencial
de ella.
Características de la
Ciencia Ecológica
4. Como disciplina científica en donde intervienen diferentes
caracteres la ecología no puede dictar qué es "bueno" o
"malo".
Aun así, se puede considerar que el mantenimiento de
la biodiversidad y sus objetivos relacionados han
provisto la base científica para expresar los objetivos
del ecologismo y, asimismo, le ha provisto la
metodología y terminología para expresar los
problemas ambientales.
Es por ello, que de ella emanan diversas disciplinas o
ramas, que tienen por objeto ayudar al estudio de todo
lo que respecta a la ecología, entre las cuales podemos
encontrar el derecho ecológico.
La Ecología como Disciplina Científica…
5. El Derecho Ecológico
Es un conjunto sistematizado de principios y
normas jurídicas, internas e internacionales,
que regulan: la actividad humana en su
interacción con los ecosistemas y el medio
ambiente, estableciendo medidas apropiadas
para su conservación y protección, de
manera de no comprometer las expectativas
de las generaciones futuras.
La actitud del hombre frente a la
naturaleza ha dado lugar a que el
derecho tome medidas en el asunto y
trate de regularizar, reglamentar esa
conducta, es por ello, que nace lo que
conocemos como derecho ecológico.
Dichas normas y principios…
Regulan la conducta humana, en un tiempo
y lugar definidos, prescribiendo a los
individuos, frente determinadas
circunstancias condicionantes, deberes y
facultades, y estableciendo una o más
sanciones coercitivas para el supuesto de
que dichos deberes no sean cumplidos.
¿Cual es su propósito?
Tiene como propósito o finalidad, preservar y proteger el
medio ambiente, por medio de ese conjunto de principios
y normas jurídicas que lo conforman, para que así
podamos tener un ambiente libre de contaminación, o
mejorarlo en caso de estar afectado.
6. Surge en primer lugar la ciencia ecológica para
estudiar las relaciones de los seres vivientes
(animales y vegetales) frente a la naturaleza y en
segundo lugar nace el derecho ecológico que va a
reglamentar esas relaciones.
La Ecología como Fuente del Derecho Ecológico
El derecho ecológico nace por la necesidad que
tiene la ecología de que exista una norma que
regule las relaciones que surgen entre los seres
vivientes y el medio donde habitan, para evitar que
el hombre continúe destruyendo la naturaleza,
aplicando sanciones cuando estas normas o
principios no sean cumplidos por el hombre.
Origen
Es una materia importante, ya que se basa en el cuidado y
protección del medio ambiente. Por lo tanto se necesita la
conciencia colectiva y esta es creada a través de normas que
contienen la información necesaria tanto para los ciudadanos como
para los funcionarios encargados de suministrar dichas
informaciones.
La actitud del hombre frente a la naturaleza, ha
obligado a la misma sociedad a concebir formas
de control de la acción devastadora del hombre
y a regular las propias actividades del desarrollo
hasta racionalizarlas, apareciendo de esta forma
el derecho ecológico.
7. El Derecho Ecológico nace principalmente del derecho
natural, para asegurar la subsistencia de la humanidad
en el planeta, o el derecho a la vida y tiene su fuente
directa en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela.
Fuentes Del Derecho Ecológico
Podemos decir que el derecho fundamentándose en la
ecología, debe velar porque el hombre sea racional en la
explotación de los recursos, y que el necesitar modificar
el ecosistema natural, simultáneamente cumpla con las
normas que lo obliguen a preservarlo, conservarlo y más
aún mejorarlo para evitar así la producción de daños
irreversibles a los ecosistemas.
El Derecho Ecológico Como Elemento Protector
Del Ecosistema
8. El medio ambiente es tomado en cuenta a partir de
la conferencia de Naciones Unidas sobre el
Ambiente Humano, celebrado en Estocolmo en
1972, donde se establece que los bienes
ambientales deberán de estar tutelados
jurídicamente, así como los bienes jurídicos
ambientales, que son todos los ecosistemas que
conforman a la flora, la fauna, los suelos, el agua y
como todas las riquezas naturales que se
encuentren destinadas a la explotación. Pero es a
partir de la primera conferencia sobre ambiente y
desarrollo de las Naciones Unidas, celebrada en Río
de Janeiro en 1992, (que se adopta la agenda
veintiuno, documento detallado y contentivo de
cuarentas capítulos), es donde se orienta o fija para
todos los países las actividades que en materia
ambiental deben cumplir para lograr alcanzar un
desarrollo sustentable.
Historia
En Venezuela…
El Derecho Ambiental es una disciplina un poco
reciente; en 1977 se crea el Ministerio del
Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables
(MARNR), como un organismo público con
políticas y acciones definidas en materia ambiental
y de los recursos naturales, siendo por ello
considerada como pionera en Latinoamérica. En
ese entonces esta Ley fue creada pero no fue
consagrada en la Constitución de la República de
Venezuela, hasta el año 1999 que fue aprobada e
incluida en el capitulo Xl de la CRBV.
Articulo 127 (CRBV 1999)…
Indica que el Estado protegerá el ambiente, la
diversidad biológica, genética, los procesos
ecológicos; también se refiere a que cada
generación tiene el derecho y el deber de cuidar
el medio ambiente que los rodea en beneficio de
los mismos y para el desarrollo ambiental.
9. El Derecho ecológico es conservacionista tiene como
objeto fundamental el resguardo y conservación del
ambiente y de los recursos naturales, la defensa y
conservación del ambiente. También preventivo
aunque su contenido es de normas de carácter
punitivas y sancionadoras en el fondo se caracteriza
por ser preventivo, evitando que el hombre cause
daños a la naturaleza.
Artículo 128 (CRBV 1999)
El Estado desarrollará una política de
ordenación del territorio atendiendo a las
realidades ecológicas, geográficas,
poblacionales, sociales, culturales, económicas,
políticas de acuerdo con las premisas del
desarrollo sustentable, que incluya la
información, consulta y participación ciudadana.
Una ley orgánica desarrollará los principios y
criterios para este ordenamiento.
Dichos artículos definen para Venezuela una perspectiva
en el derecho ambiental, tomando en consideración que es
por primera vez que el Estado Venezolano asume la
obligación de garantizar a la población venezolana una
mejor calidad de vida, para lo cual se deberán modificar las
existentes leyes y sancionar otras normas que le permitan
llevar a cabo una gestión ambiental exitosa en el cual la
protección y preservación ambiental, sea el norte de la
política ambiental venezolana
“
”
Artículo 129 (CRBV 1999)
Todas las actividades susceptibles de generar
daños a los ecosistemas deben ser
previamente acompañadas de estudios de
impacto ambiental y sociocultural. El Estado
impedirá la entrada al país de desechos tóxicos
y peligrosos, así como la fabricación y uso de
armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley
especial regulará el uso, manejo, transporte y
almacenamiento de las sustancias tóxicas y
peligrosas
10. Esta Ley tiene por objeto establecer las
disposiciones y los principios rectores para la
gestión del ambiente, en el marco del
desarrollo sustentable como derecho y deber
fundamental del Estado y de la sociedad, para
contribuir a la seguridad y al logro del máximo
bienestar de la población y al sostenimiento del
planeta, en interés de la humanidad. De igual
forma, establece las normas que desarrollan
las garantías y derechos constitucionales aun
ambiente seguro, sano y ecológicamente
equilibrado.
La presente Ley tiene por objeto tipificar como
delito los hechos atentatorios contra los
recursos naturales y el ambiente e imponer las
sanciones penales. Asimismo, determinar las
medidas precautelativas, de restitución y de
reparación a que haya lugar y las disposiciones
de carácter procesal derivadas de la
especificidad de los asuntos ambientales.
Ley Orgánica del Ambiente Ley Penal del Ambiente
Algunas leyes que protegen al medio
ambiente en Venezuela…