2. Art. 35 hasta 40
En las zonas urbanas
O zonas rurales
Donde no existan levantamientos catastrales,
La inscripción de
bienes y derecho
Se derarrollara
Por medio de el
Folio Real,
Es un detallado resumen de la
operacion sujeta a inscripción .
FOLIO REAL
IDENTIFICACION DE
BIENES Y DERECHOS
Estos bienes se identifican con numeros de matricula
Dejandolo por escrito en asientos.
El número debe estar
matriculado en el
asiento del
documento.
3. ASIGNACION
DE
MATRICULA
Estas matriculas son asignadas por el
Sistema regional de forma automatizada
Para evitar que sean duplicadas.
1 1
PROCEDIMIENTOS
Recepcion.
Identificacion.
Anotacion de los documentos.
Digitalizacion de imagenes.
Pagos de tributos.
Determinacion de clases.
Cantidad de operaciones.
Automatizar el proceso.
Estos pasos a seguir para la verificación del
Procedimiento y la consignación de los
Recaudos requeridos para el proceso de
Automatizar.
4. DEVOLUCION DE
LOS DOCUMENTOS
INSCRITOS
El registrador (a) el notario Público (a)
Tendrá un plazo de 3 días hábiles
contado desde la fecha de su
presentacion ante la oficina del notario
o registro.
Los documentos serán devueltos al
interesado.
CERTIFICACIONES
El registrador (a) el notario Público (a)
Expedirá certificaciones sobre todos
los actos y derechos inscritos Ej. Su
descripción, propietario gravámenes,
negativas registrales y demás datos.
5. COMPETENCIA
TERRITORIAL
Los notarios públicos (a) son competentes en el
Ámbito de la circunscripción para dar fe publica
De todos los actos, hechos y declaraciones.
Ej. Celebrar un
Matrimonio civil
en Maracaibo.
COPIA
Los notarios públicos (a) expedirán copias
Certificadas o simple de los documentos donde
Quedan asentados el acto o hecho que el
Mismo da fe pública de su acontecimiento.
Ej. Certificado de
Matrimonio para
los casados.
6. PUBLICIDAD
NOTARIAL
Reside en la base de datos del
sistema automatizado de la
Notarias Públicas.
DEBERES
El notario publico (a) identifican
a las partes, informar del
contenido, consecuencias
legales del acto que se realiza,
actuar de manera imparcial.
7. DOCUMENTO
NOTARIAL
Es un documento que es otorgado por el Notario
Público (a) o del funcionario (a) consular en ejercicio
De sus funciones notariales.
Ej. Es la única
persona que
facultado para
ejecutar tal
función.
ACTA
NOTARIAL
Es un documento que tiene la finalidad comprobar
El hecho, sucesos o situaciones que certifique lo
Que ocurre en su presencia.
8. IMPOSIBILIDAD DE
FIRMA
Es cuando la persona otorgante que
estuviera impedido para suscribir un
documento notarial con su firma, lo
hará con su huella digital.
ARCHIVO Y BASE DE
DATOS NOTARIAL
Con sus siglas SAREN Servicio
Autónomo de Registros y Notaria, es
la que lleva el archivo y base de datos
de notaria.