1. -Todo comerciante debe conformar su contabilidad, libros, registros contables, inventarios y estados financieros en general, de acuerdo con las disposiciones del código de comercio. -La contabilidad solo podrá llevarse en idioma castellano por el sistema de partida doble. -Los comerciantes obligados a llevar libros de contabilidad deben registrar los libros principales en la cámara de comercio.