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Mecanismos de participación ciudadana en Colombia
1. "Colombia es un Estado social de derecho, democrática, participativa y pluralista", que
"son fines esenciales del Estado: facilitar la participación de todos en las decisiones que
los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación" “todo
ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, del ejercicio y control del poder
político”; para dar cumplimiento a ello se cuenta con una serie de mecanismos de
participación ciudadana los cuales son las herramientas que permiten ejercer el derecho a
participar en las decisiones colectivas, generando unos cambios dentro de los sistemas
judicial, ejecutivo y legislativo; los mecanismos de participación ciudadana vigentes en
Colombia son: EL VOTO, EL PLEBISCITO,EL REFERENDO,LACONSULTAPOPULAR,
EL CABILDO ABIERTO, LA INICIATIVA LEGISLATIVA Y LA REVOCATORIA
DELMANDATO.
EL VOTO:Es un derecho y un deber de cada ciudadano, así como también el voto es una
decisión que cada elector debe tomar libremente y sin presiones. El voto es secreto y
cada votante cuenta con un espacio para que pueda decidir solo y en conciencia. Este
mecanismo lo puede ejercer toda persona colombiana mayor de 18 años, sin importar su
raza, credo, genero, situación económica, nivel educativo o militancia política. Como
deber de todo ciudadano tenemos la responsabilidad de participar en este mecanismo
para así, entre todos decidir el rumbo que tomara el país, los departamentos, las ciudades
y nuestras localidades, por medio de este mecanismo de participación podemos elegir a
todos nuestros dirigentes como lo son: EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONGRESISTAS, ALCALDES, GOBERNADORES, CONCEJALES, DIPUTADOS Y
MIENBROS DE JUNTAS ADMINISTRATIVAS LOCALES.
EL PLEBISCITO: El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el
presidente de la república, mediante el cual el pueblo rechaza o apoya una determinada
decisión del ejecutivo. De acuerdo con el artículo 77 de la Ley 134 de 1994, el presidente
de la República, con la firma de todos los ministros, podrá convocar al pueblo para que se
pronuncie sobre las políticas del Ejecutivo que no requieran aprobación del Congreso;
excepto las relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes
correspondientes.
EL REFERENDO:Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace
un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma vigente. Puede ser nacional,
regional, departamental, distrital, municipal o local. Cualquier ciudadano, organización
social, partido o movimiento político puede solicitar a la Registraduría ser inscrito como
promotor del referendo. La Registraduría tiene un plazo de 8 días para verificar si su
petición cumple con los requisitos. Una vez inscrito, la Registraduría entregará al promotor
o promotores del referendo un formulario para la recolección de apoyos, en el que en el
que deberá aparecer indicado el número de firmas que es necesario para inscribir la
iniciativa y un resumen del contenido de la propuesta para que cualquier interesado pueda
leerla antes de manifestar su apoyo con su firma. Una vez entregados los formularios de
recolección de apoyos a los promotores del referendo, contarán con seis meses para
recolectar las firmas de apoyo, plazo que puede ser prorrogado en caso de fuerza mayor
o caso fortuito, hasta por tres meses más, en la forma y por el tiempo que señale el
Consejo Nacional Electoral. En el formulario, el ciudadano que expresa su apoyo debe
escribir, de su puño y letra la fecha en que firma, su nombre, el número de documento de
identificación, el lugar y dirección de su residencia, de forma completa y legible, y su
firma. En un plazo de 45 días calendario, contado a partir de la fecha de la entrega de los
formularios por los promotores, el Registrador certificará el número de respaldos válidos y
2. nulos y si se ha cumplido con los requisitos constitucionales y legales exigidos. El
referendo puede ser tanto constitucional como legal. Puede buscar tanto la aprobación de
una norma, como su derogatoria total o parcial.
LA CONSULTAPOPULAR: Es el mecanismo por el cual surge una pregunta de carácter
general sobre un tema de transcendencia nacional, departamental, municipal o local es
sometida por el presidente de la república, por el gobernador o el alcalde según sea el
caso, a consideración del pueblo para que este se pronuncie formalmente al respecto.
EL CABILDO ABIERTO: El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos
distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes
pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
La principal razón por la que se pide un cabildo abierto es para discutir, refrendar o dar a
conocer puntos de vista divergentes sobre asuntos relacionados con asuntos públicos
como pueden ser las políticas públicas, acciones de gobierno o la eventual toma de
decisiones por parte de la administración pública.
LA INICIATIA LEGISLATIVA: es el derecho político de un grupo de ciudadanos de
presentar Proyecto de Acto Legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de
Ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de Acuerdo ante los Concejos
Municipales o Distritales y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y
demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con
las leyes que reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente
aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente.
LA REVOCATORIADEL MANDATO: es un derecho político, por medio del cual los
ciudadanos pueden dar por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador
o a un alcalde.