El documento resume brevemente el contrato de aprendizaje en Colombia. Explica que es una forma especial de vinculación laboral sin subordinación por un plazo mayor a dos años, donde una persona recibe formación teórica y práctica en una empresa patrocinadora para adquirir experiencia en un oficio. También señala que los empleadores privados con más de 15 trabajadores y empresas estatales industriales y comerciales están obligados a vincular aprendices, mientras que empresas con menos de 10 trabajadores pueden hacerlo voluntariamente.