UNIDAD 3 sistema conflictual tradicional derecho internacional
Modelo de recurso administrativo de apelación autor josé maría pacori cari
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MODELO DE RECURSO ADMINISTRATIVO DE APELACIÓN
Por José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
ÁREA: Derecho Administrativo
Línea: Procedimiento Administrativo
Recientemente publicado el TUO de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento
AdministrativoGeneral -, debe tenersepresentelas modificaciones realizadas,unade
estas modificaciones ha implicado la mención expresa al procedimiento recursal
como etapa posterior al procedimiento administrativo, que actualmente implica en
esencia el recurso de reconsideración y recurso de apelación, el recurso de revisión
deja de ser un recurso previsto en el procedimiento general, otra situación
importante es que ya no constituye requisito obligatorio la firma de letrado
(abogado) en el recurso. En el presente modelo le mostramos como es un recurso
administrativo de apelación, en principio, este recurso se presenta ante la misma
autoridad que emite el acto (resolución) a impugnarse, se sustentará en una
interpretación incorrecta de las pruebas o en cuestiones de puro derecho, si
presentaranueva prueba, el recurso debe calificarse como uno de reconsideración y
no de apelación, por esta razón un recurso de apelación, en esencia, no contiene
medios probatorios (AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI).
Modelo de recurso administrativo de apelación
SUMILLA: INTERPONGO RECURSO ADMINISTRATIVO DE
APELACIÓN
SEÑOR GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE (indicarelcargo
del funcionario que emite el acto que impugnará)
(Nombres y Apellidos de la persona que interpone el Recurso),con
DNI (…),con domicilio real en (indicardóndeviveo dondedeseaque
lleguen las notificaciones); a Ud., respetuosamente, digo:
El art. 215.1 del TUO de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General
– establece que “frente a un acto administrativo que se supone viola, desconoce o
lesiona un derecho o interés legítimo,procedesu contradicción en la víaadministrativa
mediante los recursos administrativos señalados en el artículo siguiente, iniciándose el
correspondiente procedimiento recursivo.”
Dentro de este contexto:
I.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Como pretensiónadministrativaprincipal, interpongorecursode apelaciónen contra
del acto administrativo contenido en la Resolución (indicar el número de la
resolución)para que se declare su nulidad por contravenirel (indicarlas normas que
ha contravenido la resolución impugnada); y, como consecuencia:
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Como pretensión accesoria, solicito se (indicar que es lo que espera con la
declaración de nulidad, por ejemplo, se me otorgue una licencia, etc.).
II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO
1.-Se emite laResoluciónde (…)quedeclara improcedentela solicitudde laservidora
de licencia con goce de haber.
2.- Esta resolución es nula por lo siguiente:
2.1.- El 16 de junio de 1950, se publica el Decreto Ley 11377 – Estatuto y
Escalafón del Servicio Civil – que en el su Artículo 55,segundopárrafo, indica
lo siguiente: “Si la enfermedadfuera tuberculosis o neoplasia maligna (cáncer)
no recuperable,debidamente diagnosticada,tendráderechoalicenciahastapor
dos años con el goce íntegro de su haber.”
2.2.- El 28 de octubre de 1965, el segundo párrafo del art. 55 se modifica por
el Artículo Único de la Ley N° 15668, publicada el 28 octubre 1965, cuyo texto
es el siguiente: "Si la enfermedad fuera tuberculosis o neoplasia maligna no
recuperables, debidamente diagnosticadas, tendrá derecho a licencia hasta
por dos años con el goce íntegro de su haber".
2.3.- El 24 de marzo de1984,sepublica elDecreto Legislativo276 -Ley de Bases
de laCarreraAdministrativay de RemuneracionesdelSector Público – nohace
referencia expresa a este tipo de licencia por neoplasia maligna,sin embargo,
la Décimo-cuarta Disposición Complementaria y Final establece “Deróganse
las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley.”
2.4.- Es del caso, que de la lectura del Decreto Legislativo 276 no se hace
referencia expresa a la licencia fundada en neoplásica maligna, razón por la
cual dicha norma se encuentra vigente, siendo obligatorio acceder al pedido
de licencia solicitado.
2.5.- La interpretación realizada se amparaen el Artículo 26 de la Constitución
Política del Estado que indica “En la relación laboralse respetanlos siguientes
principios: (…) 3. Interpretación favorable al trabajador en caso de duda
insalvable sobre el sentido de una norma.”
3.- Conforme a lo indicado procede se declare fundado el recurso interpuesto.
III.- FUNDAMENTO DE DERECHO
El Artículo 218 del TUO de lo Ley 27444 establece que “El recurso de apelación se
interpondrá cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las
pruebasproducidasocuando se trate decuestiones depuro derecho,debiendodirigirse
a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al
superior jerárquico.”
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IV.- ANEXOS
1-A Copia de Documento Nacional de Identidad
1-B Copia de laResolución (anexela resolución que impugna a través deeste recurso).
POR LO EXPUESTO:
A UD. pido daral presenterecursoel trámite que le correspondaconforme al TUO de
la Ley 27444.
Arequipa, 22 de marzo de 2017.
(Firma del Administrado, conforme al art. 219 del TUO de la Ley 27444 ya no es
exigible la firma de Abogado)