Homero en la Grecia antigua, consagra en “La Ilíada”, la historia de Penélope, esposa de Ulises, que al partir su marido a la guerra de Troya, supo esperar por veinte años, asediada por numerosos pretendientes ansiosos de casarse con ella, y así acceder al Trono. Cuando estos comenzaron a apremiarla para que se decidiese por alguno de ellos, ideó una estratagema para retardar en lo posible la elección: prometió que tomaría marido tan pronto como terminase la mortaja que tejía para el anciano Laertes, que de noche, destejía. Ella simboliza en ese tejido virtudes como la perseverancia, la devoción, la paciencia y la fidelidad necesarias para alcanzar el equilibrio, y la elevaba a la máxima dignidad. Tales mismas condiciones muestra la regionalización en el país, al tejer su dimensión institucional y su base territorial.
Con una semilla histórica para acercar el Estado al interior, embrionaria en el Oncenio (Revolución Peruana del 68), nos referimos al proceso de construcción del Perú interior, y los conceptos contenidos en el documento “Propuesta de Plan Nacional de Descentralización y Regionalización (2012-2016)”, presentado por la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, el 21 de Diciembre 2011, en conferencia de prensa, con el cual además de buscar el relanzamiento del proceso, se propone un efecto central: El Estado y su modernización.
"(Art. 01 hasta 14 de la Ley de Registro Público y Notariado)" UFTDERECHOSAIA
Este documento resume los primeros 14 artículos de la Ley de Registro Público y Notariado. Establece que la ley regula la organización y funcionamiento de los registros públicos y notarías con el fin de garantizar la seguridad jurídica. También crea el Servicio Autónomo de Registros y Notarías para planificar, organizar y supervisar estas oficinas de manera autónoma.
Parte I Bases Legales para la Gerencia y la Administración Públicayerina9
El documento presenta un resumen de las leyes y normativas relacionadas con la gerencia y administración pública en Venezuela de acuerdo con la pirámide de Kelsen. En la cima se encuentra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, seguida por las leyes orgánicas y luego las leyes ordinarias. En el nivel más bajo están los reglamentos. El documento analiza también algunos artículos de la Constitución relacionados con la administración pública.
La descentralización en Venezuela es un proceso político, cultural, administrativo, económico y técnico que busca transferir el poder público a niveles regionales y locales para construir un país más justo. Involucra la transferencia de autoridad y recursos de organismos nacionales a entidades regionales y locales, así como a organizaciones comunitarias. El Consejo Federal de Gobierno fue creado en 2010 para coordinar este proceso de descentralización y transferencia de competencias del gobierno nacional a estados y municipios.
Normas jurídicas: conflictos de normas regionales con las leyes y la Constitu...Prodescentralizacion
Este documento describe el marco jurídico de las normas regionales en Perú y los posibles conflictos con normas nacionales. Explica que el estado peruano es unitario y descentralizado y que las regiones tienen autonomía política para emitir ordenanzas regionales con rango de ley. También presenta el "test de competencia" que el Tribunal Constitucional usa para resolver disputas de competencia entre los niveles de gobierno basado en la Constitución y leyes orgánicas.
El documento habla sobre la descentralización en Venezuela. Explica que la descentralización implica transferir el poder de decisión del gobierno central a autoridades periféricas no subordinadas. Esto incluye traspasar competencias a nuevas entidades descentralizadas con personalidad jurídica propia y gestión independiente, bajo tutela del Estado. La COPRE promovió reformas descentralizadoras en 1985-1994 basadas en la independencia de estados, municipios y comunas, que se integran en los consejos de planificación pública.
Proceso actual de la descentralizacion de jesus galicia y elba giljesuseduardogalicia
Este documento describe la descentralización en Venezuela. Explica que la descentralización permite transferir competencias del poder central a otras entidades, otorgándoles personalidad jurídica e independencia administrativa y financiera. También establece consejos de planificación a nivel federal, estatal y local para coordinar políticas públicas entre los diferentes niveles de gobierno.
Esta ley regula la organización y funcionamiento de los registros públicos y notarías para garantizar la seguridad jurídica y legalidad de los actos y derechos registrados. Se crea el Servicio Autónomo de Registros y Notarías para planificar, organizar, inspeccionar y controlar estas oficinas, así como desarrollar la capacitación de su personal. La ley también establece los principios y procedimientos registrales para la inscripción y consulta de bienes y derechos.
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Samuel B. Abad Yupanqui
Módulo 1
Lima 23 al 26 de febrero 2015
"(Art. 01 hasta 14 de la Ley de Registro Público y Notariado)" UFTDERECHOSAIA
Este documento resume los primeros 14 artículos de la Ley de Registro Público y Notariado. Establece que la ley regula la organización y funcionamiento de los registros públicos y notarías con el fin de garantizar la seguridad jurídica. También crea el Servicio Autónomo de Registros y Notarías para planificar, organizar y supervisar estas oficinas de manera autónoma.
Parte I Bases Legales para la Gerencia y la Administración Públicayerina9
El documento presenta un resumen de las leyes y normativas relacionadas con la gerencia y administración pública en Venezuela de acuerdo con la pirámide de Kelsen. En la cima se encuentra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, seguida por las leyes orgánicas y luego las leyes ordinarias. En el nivel más bajo están los reglamentos. El documento analiza también algunos artículos de la Constitución relacionados con la administración pública.
La descentralización en Venezuela es un proceso político, cultural, administrativo, económico y técnico que busca transferir el poder público a niveles regionales y locales para construir un país más justo. Involucra la transferencia de autoridad y recursos de organismos nacionales a entidades regionales y locales, así como a organizaciones comunitarias. El Consejo Federal de Gobierno fue creado en 2010 para coordinar este proceso de descentralización y transferencia de competencias del gobierno nacional a estados y municipios.
Normas jurídicas: conflictos de normas regionales con las leyes y la Constitu...Prodescentralizacion
Este documento describe el marco jurídico de las normas regionales en Perú y los posibles conflictos con normas nacionales. Explica que el estado peruano es unitario y descentralizado y que las regiones tienen autonomía política para emitir ordenanzas regionales con rango de ley. También presenta el "test de competencia" que el Tribunal Constitucional usa para resolver disputas de competencia entre los niveles de gobierno basado en la Constitución y leyes orgánicas.
El documento habla sobre la descentralización en Venezuela. Explica que la descentralización implica transferir el poder de decisión del gobierno central a autoridades periféricas no subordinadas. Esto incluye traspasar competencias a nuevas entidades descentralizadas con personalidad jurídica propia y gestión independiente, bajo tutela del Estado. La COPRE promovió reformas descentralizadoras en 1985-1994 basadas en la independencia de estados, municipios y comunas, que se integran en los consejos de planificación pública.
Proceso actual de la descentralizacion de jesus galicia y elba giljesuseduardogalicia
Este documento describe la descentralización en Venezuela. Explica que la descentralización permite transferir competencias del poder central a otras entidades, otorgándoles personalidad jurídica e independencia administrativa y financiera. También establece consejos de planificación a nivel federal, estatal y local para coordinar políticas públicas entre los diferentes niveles de gobierno.
Esta ley regula la organización y funcionamiento de los registros públicos y notarías para garantizar la seguridad jurídica y legalidad de los actos y derechos registrados. Se crea el Servicio Autónomo de Registros y Notarías para planificar, organizar, inspeccionar y controlar estas oficinas, así como desarrollar la capacitación de su personal. La ley también establece los principios y procedimientos registrales para la inscripción y consulta de bienes y derechos.
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Samuel B. Abad Yupanqui
Módulo 1
Lima 23 al 26 de febrero 2015
Convenio de Parlamento Abierto del Congreso de Nuevo León Joel Salas
Convenio de Parlamento Abierto del Congreso de Nuevo Leó.
El presente convenio tiene el propósito de elevar los estándares de apertura parlamentaria del Congreso de Nuevo León, conforme a los lineamiento de Parlamento Abierto, apoyados en un esquema de trabajo para crear sinergias y promover la colaboración, la transparencia y la apertura en la gestión cotidiana
El documento describe los procesos de descentralización en Venezuela, incluyendo la transferencia de poder y recursos del gobierno central a autoridades regionales y locales. Explica que los consejos comunales y las comunas son las nuevas instancias de participación ciudadana creadas para ejercer la gestión pública de manera descentralizada. También describe el Consejo Federal de Gobierno y los Consejos Locales de Planificación Pública como organismos que coordinan las políticas y planes entre los diferentes niveles de gobierno.
La desconcentración administrativa consiste en distribuir funciones de una entidad u organismo a diferentes áreas funcionales o unidades territoriales para garantizar la eficiente prestación de servicios y cumplimiento de funciones. Se diferencia de la delegación y la descentralización en que no implica la transferencia de la persona jurídica y mantiene una jerarquía y dependencia entre la autoridad concentrada y las autoridades desconcentradas.
Nuñez Lagos: El derecho notarial se encuentra dentro del derecho de las formas, pues pertenece a aquellas formas escritas –documentales- que requieren la intervención de un funcionario público llamado notario
Territorialidad y Gestión Pública: Perú contemporáneo.Gobernaphenom
Así como la traducción del inglés al castellano de los términos politics, policy, policies y otros, que hasta hoy persiste en inacabada controversia, lo relativo a Territorio, o espacio o territorialidad, entre otras acepciones, sigue tal saga. El potencial de desarrollo de un territorio no sólo se establece con base en su localización o su disponibilidad de recursos naturales sino, principalmente, en la capacidad de su población para construir y movilizar recursos. Ello significa que el potencial de desarrollo no es una situación predeterminada sino un proceso dinámico donde el concurso de los actores y las políticas públicas juegan papel fundamental. En resumen, y sin pretender agotar la discusión, podría afirmarse que el Enfoque Territorial constituye una visión sistémica, holística e integral de un ámbito dado en el corto, mediano y largo plazo. Este horizonte de tiempo puede significar cinco, quince y veinticinco años respectivamente. El plazo de tiempo fundamental, sin embargo, es el del largo, mientras que el corto y mediano, se desarrollan a partir de ese. Abordamos la cuestión territorial a partir del proceso de Descentralización en el Perú, formalmente iniciado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, que dota del marco formal a los cambios orientados a la conversión del Estado centralizado en Regionalizado, pero unitario.
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Elena Alvites, Constitucionalista, docente universitaria en la PUCP
Módulo 3
Lima 23 al 26 de febrero 2015
El documento resume la estructura del Estado peruano. Explica que el Estado peruano está compuesto por territorio, nación, población y gobierno. Estos elementos se organizan a través de tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. También describe la organización de los diferentes niveles de gobierno como el gobierno nacional, regional y local.
Este documento presenta una propuesta para modificar el artículo 35 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial referente a la conversión de Regiones Administrativas y de Planificación (RAP) en Regiones Entidades Territoriales (RET). La propuesta establece que pasados cuatro años de creadas, las RAP podrán convertirse en RET mediante ley ordinaria y define potenciales competencias de las RET.
Documento de trabajo de la consultoría COL009 del Programa Colombia Transforma de USAID, realizado por Julián Trujillo Marín, para fortalecer al Ministerio de Justicia y del Derecho en búsqueda del cumplimiento de compromisos institucionales con el proceso de paz.
Este documento presenta una iniciativa de Código Civil del Estado de México al Poder Legislativo. Explica que el actual Código Civil ha estado vigente por 45 años y requiere actualizarse. La iniciativa fue elaborada con la participación de especialistas y asociaciones profesionales. El nuevo Código Civil propuesto consta de ocho libros que regulan temas como personas, familia, bienes, sucesiones y obligaciones contractuales. El objetivo es proveer un marco jurídico actualizado que rija las relaciones privadas en el estado.
Este documento presenta un temario para un concurso-oposición para un puesto de ordenanza en el Ayuntamiento de Punta Umbría. El temario incluye materias comunes como la Constitución Española y derechos fundamentales, así como materias específicas relacionadas con las tareas de un ordenanza municipal como el control de acceso, la notificación de documentos y el registro de correspondencia. El documento proporciona detalles sobre 10 temas que los candidatos deben estudiar para el puesto.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos del tema "Leyes de Reforma" en la asignatura de Historia de México. El documento incluye una secuencia didáctica con preguntas de apertura, desarrollo con lecturas sobre el centralismo y federalismo en México y las leyes de reforma, y cierra con la incorporación de las leyes de reforma a la constitución de 1857.
Tratado de derecho administrativo Roberto DromiFxalarcon1
El documento describe las principales fuentes del derecho administrativo argentino, incluyendo la Constitución de 1994, leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, jurisprudencia judicial y administrativa, y doctrina contemporánea. Se enfoca en los cambios introducidos por la Reforma del Estado en 1989 y la Reforma de la Constitución en 1994, que modernizaron el marco legal y fortalecieron los derechos, garantías e instituciones en el país.
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso hacia la construcción de la equidad territorial en Ecuador. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de discusión y participación de varios actores sociales y políticos. El objetivo del COOTAD es superar el centralismo histórico y la desigualdad regional para promover el desarrollo equitativo de todo el territorio nacional.
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso importante en la construcción de la equidad territorial en Ecuador. El COOTAD establece la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y profundiza el proceso de descentralización del Estado ecuatoriano para promover un desarrollo equitativo entre los territorios. El COOTAD tuvo un largo proceso de discusión y consenso entre diferentes actores para definir objetivos como la organiz
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso importante en la construcción de la equidad territorial en Ecuador. El COOTAD fue aprobado tras un largo proceso de discusión y consenso entre diferentes actores para regular la organización territorial del Estado ecuatoriano de acuerdo con la Constitución de 2008. Los objetivos del COOTAD incluyen promover la autonomía, descentralización y desarrollo equitativo entre los territorios del país.
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso importante en la construcción de la equidad territorial en Ecuador. El COOTAD establece la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y profundiza el proceso de descentralización del Estado ecuatoriano para promover un desarrollo equitativo entre los territorios. El COOTAD tuvo un largo proceso de discusión y consenso para definir los objetivos y principios de la organiz
Estado y poder ejecutivo: Ecualización del cambio.Gobernaphenom
Aprobadas las normas de modernización del Estado y Orgánica del Poder Ejecutivo, ¿Cómo articula al Estado Peruano el Nuevo Poder Ejecutivo? No hay respuesta única ni propósito único en la ley de la materia, y no se señala el tipo de Estado que se espera lograr, ya que éste depende del grado de influencia que para dicho bienestar general se requiera. Modernización y Poder Ejecutivo apuntan a una idea de dimensión o tamaño, y la referencia al tema más cercana la da la LOPE, que señala los ministerios y entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas.
Este documento describe la evolución de los derechos humanos y las constituciones en México y América Latina. Explica que desde la prehistoria, los seres humanos han buscado la compañía y protección mutua a través de la creación de sociedades y gobiernos. Luego resume las primeras constituciones de México en 1824 y 1857, así como la constitución actual de 1917. Finalmente, establece los objetivos e investigación del documento sobre las constituciones de México, Venezuela y Brasil y su relación con los derechos humanos.
Presentación Historia .pdf...........................jazminsan07
La constitución de 1836 en México eliminó el sistema federal y centralizó el poder en el Supremo Poder Conservador, el cual tenía facultades por encima de los otros tres poderes. Estableció siete leyes que definían aspectos como la ciudadanía, la división de poderes y la creación de departamentos en lugar de estados. Sin embargo, las leyes no lograron resolver los conflictos entre centralistas y federalistas ni cambiar la realidad económica.
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y consensos entre diferentes actores. El código busca fortalecer la autonomía de los gobiernos locales y regionales, mejorar la prestación de servicios públicos en todo el territorio nacional, y establecer
Convenio de Parlamento Abierto del Congreso de Nuevo León Joel Salas
Convenio de Parlamento Abierto del Congreso de Nuevo Leó.
El presente convenio tiene el propósito de elevar los estándares de apertura parlamentaria del Congreso de Nuevo León, conforme a los lineamiento de Parlamento Abierto, apoyados en un esquema de trabajo para crear sinergias y promover la colaboración, la transparencia y la apertura en la gestión cotidiana
El documento describe los procesos de descentralización en Venezuela, incluyendo la transferencia de poder y recursos del gobierno central a autoridades regionales y locales. Explica que los consejos comunales y las comunas son las nuevas instancias de participación ciudadana creadas para ejercer la gestión pública de manera descentralizada. También describe el Consejo Federal de Gobierno y los Consejos Locales de Planificación Pública como organismos que coordinan las políticas y planes entre los diferentes niveles de gobierno.
La desconcentración administrativa consiste en distribuir funciones de una entidad u organismo a diferentes áreas funcionales o unidades territoriales para garantizar la eficiente prestación de servicios y cumplimiento de funciones. Se diferencia de la delegación y la descentralización en que no implica la transferencia de la persona jurídica y mantiene una jerarquía y dependencia entre la autoridad concentrada y las autoridades desconcentradas.
Nuñez Lagos: El derecho notarial se encuentra dentro del derecho de las formas, pues pertenece a aquellas formas escritas –documentales- que requieren la intervención de un funcionario público llamado notario
Territorialidad y Gestión Pública: Perú contemporáneo.Gobernaphenom
Así como la traducción del inglés al castellano de los términos politics, policy, policies y otros, que hasta hoy persiste en inacabada controversia, lo relativo a Territorio, o espacio o territorialidad, entre otras acepciones, sigue tal saga. El potencial de desarrollo de un territorio no sólo se establece con base en su localización o su disponibilidad de recursos naturales sino, principalmente, en la capacidad de su población para construir y movilizar recursos. Ello significa que el potencial de desarrollo no es una situación predeterminada sino un proceso dinámico donde el concurso de los actores y las políticas públicas juegan papel fundamental. En resumen, y sin pretender agotar la discusión, podría afirmarse que el Enfoque Territorial constituye una visión sistémica, holística e integral de un ámbito dado en el corto, mediano y largo plazo. Este horizonte de tiempo puede significar cinco, quince y veinticinco años respectivamente. El plazo de tiempo fundamental, sin embargo, es el del largo, mientras que el corto y mediano, se desarrollan a partir de ese. Abordamos la cuestión territorial a partir del proceso de Descentralización en el Perú, formalmente iniciado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, que dota del marco formal a los cambios orientados a la conversión del Estado centralizado en Regionalizado, pero unitario.
Material utilizado en el Programa de Entrenamiento para Consejeras y Consejeros Regionales (Período 2015-2018).
Expositor: Elena Alvites, Constitucionalista, docente universitaria en la PUCP
Módulo 3
Lima 23 al 26 de febrero 2015
El documento resume la estructura del Estado peruano. Explica que el Estado peruano está compuesto por territorio, nación, población y gobierno. Estos elementos se organizan a través de tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. También describe la organización de los diferentes niveles de gobierno como el gobierno nacional, regional y local.
Este documento presenta una propuesta para modificar el artículo 35 de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial referente a la conversión de Regiones Administrativas y de Planificación (RAP) en Regiones Entidades Territoriales (RET). La propuesta establece que pasados cuatro años de creadas, las RAP podrán convertirse en RET mediante ley ordinaria y define potenciales competencias de las RET.
Documento de trabajo de la consultoría COL009 del Programa Colombia Transforma de USAID, realizado por Julián Trujillo Marín, para fortalecer al Ministerio de Justicia y del Derecho en búsqueda del cumplimiento de compromisos institucionales con el proceso de paz.
Este documento presenta una iniciativa de Código Civil del Estado de México al Poder Legislativo. Explica que el actual Código Civil ha estado vigente por 45 años y requiere actualizarse. La iniciativa fue elaborada con la participación de especialistas y asociaciones profesionales. El nuevo Código Civil propuesto consta de ocho libros que regulan temas como personas, familia, bienes, sucesiones y obligaciones contractuales. El objetivo es proveer un marco jurídico actualizado que rija las relaciones privadas en el estado.
Este documento presenta un temario para un concurso-oposición para un puesto de ordenanza en el Ayuntamiento de Punta Umbría. El temario incluye materias comunes como la Constitución Española y derechos fundamentales, así como materias específicas relacionadas con las tareas de un ordenanza municipal como el control de acceso, la notificación de documentos y el registro de correspondencia. El documento proporciona detalles sobre 10 temas que los candidatos deben estudiar para el puesto.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos del tema "Leyes de Reforma" en la asignatura de Historia de México. El documento incluye una secuencia didáctica con preguntas de apertura, desarrollo con lecturas sobre el centralismo y federalismo en México y las leyes de reforma, y cierra con la incorporación de las leyes de reforma a la constitución de 1857.
Tratado de derecho administrativo Roberto DromiFxalarcon1
El documento describe las principales fuentes del derecho administrativo argentino, incluyendo la Constitución de 1994, leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, jurisprudencia judicial y administrativa, y doctrina contemporánea. Se enfoca en los cambios introducidos por la Reforma del Estado en 1989 y la Reforma de la Constitución en 1994, que modernizaron el marco legal y fortalecieron los derechos, garantías e instituciones en el país.
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso hacia la construcción de la equidad territorial en Ecuador. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de discusión y participación de varios actores sociales y políticos. El objetivo del COOTAD es superar el centralismo histórico y la desigualdad regional para promover el desarrollo equitativo de todo el territorio nacional.
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso importante en la construcción de la equidad territorial en Ecuador. El COOTAD establece la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y profundiza el proceso de descentralización del Estado ecuatoriano para promover un desarrollo equitativo entre los territorios. El COOTAD tuvo un largo proceso de discusión y consenso entre diferentes actores para definir objetivos como la organiz
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso importante en la construcción de la equidad territorial en Ecuador. El COOTAD fue aprobado tras un largo proceso de discusión y consenso entre diferentes actores para regular la organización territorial del Estado ecuatoriano de acuerdo con la Constitución de 2008. Los objetivos del COOTAD incluyen promover la autonomía, descentralización y desarrollo equitativo entre los territorios del país.
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como un paso importante en la construcción de la equidad territorial en Ecuador. El COOTAD establece la autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos autónomos descentralizados y profundiza el proceso de descentralización del Estado ecuatoriano para promover un desarrollo equitativo entre los territorios. El COOTAD tuvo un largo proceso de discusión y consenso para definir los objetivos y principios de la organiz
Estado y poder ejecutivo: Ecualización del cambio.Gobernaphenom
Aprobadas las normas de modernización del Estado y Orgánica del Poder Ejecutivo, ¿Cómo articula al Estado Peruano el Nuevo Poder Ejecutivo? No hay respuesta única ni propósito único en la ley de la materia, y no se señala el tipo de Estado que se espera lograr, ya que éste depende del grado de influencia que para dicho bienestar general se requiera. Modernización y Poder Ejecutivo apuntan a una idea de dimensión o tamaño, y la referencia al tema más cercana la da la LOPE, que señala los ministerios y entidades públicas ejercen sus funciones en respuesta a una o varias áreas programáticas de acción, las cuales son definidas para el cumplimiento de las funciones primordiales del Estado y para el logro de sus objetivos y metas.
Este documento describe la evolución de los derechos humanos y las constituciones en México y América Latina. Explica que desde la prehistoria, los seres humanos han buscado la compañía y protección mutua a través de la creación de sociedades y gobiernos. Luego resume las primeras constituciones de México en 1824 y 1857, así como la constitución actual de 1917. Finalmente, establece los objetivos e investigación del documento sobre las constituciones de México, Venezuela y Brasil y su relación con los derechos humanos.
Presentación Historia .pdf...........................jazminsan07
La constitución de 1836 en México eliminó el sistema federal y centralizó el poder en el Supremo Poder Conservador, el cual tenía facultades por encima de los otros tres poderes. Estableció siete leyes que definían aspectos como la ciudadanía, la división de poderes y la creación de departamentos en lugar de estados. Sin embargo, las leyes no lograron resolver los conflictos entre centralistas y federalistas ni cambiar la realidad económica.
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y consensos entre diferentes actores. El código busca fortalecer la autonomía de los gobiernos locales y regionales, mejorar la prestación de servicios públicos en todo el territorio nacional, y establecer
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y debate legislativo, con el objetivo de profundizar la autonomía y descentralización para lograr un desarrollo equitativo en todo el país. Finalmente, destaca que el COOTAD busca organizar el territ
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y consensos entre diferentes actores. El código busca fortalecer la autonomía de los gobiernos locales y regionales, mejorar la prestación de servicios públicos en todo el territorio nacional, y establecer
El documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta para construir un nuevo modelo de Estado descentralizado y democrático en Ecuador. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un extenso proceso de participación ciudadana y diálogo con diferentes actores. El código busca promover la equidad interterritorial y fortalecer la autonomía de los gobiernos locales para impulsar un desarrollo equitativo en todo el país.
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización - ...GAD Santa Rosa Galapagos
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y consensos entre diferentes actores. El código busca fortalecer la autonomía de los gobiernos locales y regionales, mejorar la prestación de servicios públicos en todo el territorio nacional, y establecer
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y debate legislativo, con el objetivo de profundizar la autonomía y descentralización para lograr un desarrollo equitativo en todo el país. Finalmente, destaca que el COOTAD busca organizar el territ
Este documento presenta el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) como una herramienta clave para construir un nuevo Estado democrático en Ecuador que promueva la equidad entre los territorios. Explica que el COOTAD fue aprobado luego de un largo proceso de participación ciudadana y debate legislativo, con el objetivo de profundizar la autonomía y descentralización para lograr un desarrollo equitativo en todo el país. Finalmente, destaca que el COOTAD busca organizar el territ
Similar a Modernizando la Gestión Pública: ¿Una nueva Descentralización y Regionalización?. (20)
Como en el mundo, en Perú ha irrumpido el Covid 19 y desde el gobierno -gestión pública-, el modo de enfrentarla implica una escogencia al caracterizar el “problema” y actuar para su eliminación o su reducción a nivel aceptable. Pero la “solución” implica una preferencia, asociada a incertidumbres y sus posibilidades: Contención viral en función a la oferta de los recursos sanitarios (por ejemplo, Corea del sur); Aumento oportuno de los mecanismos de sanidad de prevención según fases virales (por ejemplo, Reino Unido); o, Asumir riesgos socialmente compartidos basados en el principio de equidad. En Perú se decidió por la última opción (desde el 16/03), pero, aunque afecta de modo derivado a la generación de ingresos-empleos, no puede ser abordada de la misma forma que las crisis económico financieras siendo una oportunidad para repensar el modelo de mercado y adoptar acciones para fortalecer el mercado interno ante la debilidad del sector externo como motor inmediato de la recuperación económica generada por la pandemia.
El gobierno del Perú por Decreto de Urgencia N° 004-2019 aprueba medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público, a dos meses de concluir el año 2019, buscando generar impulsos en la demanda interna, sustancialmente a través de dos mecanismos de aplicación concurrente: Generación del Espacio fiscal; y, Demanda inducida. Dados los aspectos instrumentales de tales medidas, se considera su propósito real es: generar señales positivas de actuación de la autoridad económica y afirmación de expectativas de corto plazo; resolver aspectos específicos para una gestión pública focalizada; y, dotar a la inversión pública de facilidades de reprogramación para proyectos “tipificados” de filiación territorial.
Gestión pública, informalidad y empleo en Perú: propuestas para un Plan de Go...Gobernaphenom
Para la economía, establecer cursos de acción que ex ante reconozcan un espacio sombra de importancia, ergo, en el dominio de agentes económicos que actúan aprovechándose (free raiders en la literatura sajona) de la dinámica y la apuesta de la institucionalidad orientada a la competencia, visibilización de los derechos de propiedad y alícuotas de aporte fiscal en forma de tributos y tasas, es además de un problema técnico, un juicio de valor en las cuestiones referidas a los factores de producción y sus vínculos con otras disciplinas y áreas de las políticas públicas, como las políticas sociales y el ejercicio de la política como expresión de poder (de hacer, no hacer –no decisión–, impulsar el cambio); y a su vez, para la gestión pública (entendida como la aplicación integral de los procesos e instrumentos de la infraestructura gubernamental para lograr los objetivos de desarrollo nacional) admitir la existencia de un espacio que se sustrae de los mecanismos orientados a hacer viable el generar la adecuada prestación de servicios y bienes públicos, el cual además configura una anomalía respecto al normal desarrollo de las actividades privadas, implicara una deliberada decisión para actuar sobre ese espacio, en función del costo y esfuerzo que involucra, nivel mínimo que se considera “natural”, o no intervenir en función de una solución “autónoma” dada la complejidad de las nuevas condiciones asociadas al ciclo económico. Pero tal espacio, reconocido por la academia como informalidad, tiene no solo implicancias de carácter económico e implicancias ideológicas en la gestión pública (ideario de gobierno y base programática, exteriorizada en el plan de gobierno), sino sustancialmente de impacto social (el factor de producción más sensible es el trabajo) y derivado de tal, gestión del riesgo e incertidumbre, que afecta los niveles de confianza en instituciones, credibilidad, predicción del consumo futuro y márgenes mininos para que los agentes económicos y sociales desarrollen una base social y el mercado electoral consiguiente.
Recursos hídricos y gestión pública: Analizando una política nacional (I).Gobernaphenom
Los conflictos en derredor del agua -en los últimos años- no han sido pocos ni deplorablemente solo “emocionales”, en términos de manifestaciones sociales, ni beligerantes tipo “Occupy Wall Street”, habiendo cobrado víctimas cuya desaparición no ha cambiado el raciocinio de las protestas ni la respuesta del Gobierno (sin respuesta del Estado), lográndose en los mejores escenario, diferir las posturas oficiales (o no decisión, que en términos de administración es “decidir” por lo vigente, lo que cambiaría ante una decisión explicita), y la lectura de los hechos, que si bien se han agudizado en la actual Administración también fueron signo de crisis en la Administración anterior, sin evidencia de una política pública rectora, o al menos una estrategia clara vinculada al interés general, o un esquema de juegos del tipo segundo mejor. Tal preocupación y la ausencia del tema en las prioridades políticas, o Agenda de Gobierno, motiva este breve análisis, que en lo sustancial trata de abordar un escenario de concurrencia múltiple de políticas y del modelo social de desarrollo bajo el cual se ha desarrollado esta problemática en los últimos años.La complejidad del tema comprenderá más de una entrega comenzando por la presente.
Calidad del gasto y gestión pública: Fijando el curso.Gobernaphenom
Los organismos, que exteriorizan la construcción institucional, desarrollan un conjunto de diseños y acciones que se hacen evidentes sustancialmente mediante ejecución de recursos fiscales (los que hacen patente la institucionalidad asignativa o presupuestaria), y objetivos establecidos en políticas públicas (que guían esa asignación), configurando así un sistema de gastos, donde el análisis cuantitativo debe enfrentar exitosamente las pruebas de resistencia que demuestren no solo capacidad de gerencia en el consumo de tales recursos, sino de gestión en su calidad. Pero tal calidad admite más de una conceptualización, reside en más de un proceso y puede mostrar más de un efecto. Y de otro lado, desde la rectoría o desde el ejecutor, el sustento de los resultados mostrados admite defensa diferenciada en términos de calidad según resultados, calidad según procesos, calidad desde la transparencia, calidad desde la eficiencia técnica o calidad según impactos, dentro de las acepciones más comunes en documentos oficiales, claves del análisis académico o la siempre presente discusión política. De esa preocupación común, aunque asociada a un concepto no tan común, trata esta aportación al debate.
Innovación en la gestión pública: Más allá de la Reforma y Modernización.Gobernaphenom
En el artículo anterior (Innovación en la gestión pública: Entre la reforma y modernización) tocamos los aspectos básicos referidos a la transformación de las responsabilidades y los roles del Estado, y concurrentemente de sus gobiernos en el esfuerzo por adecuar sus modelos de gestión a las cada vez mayores, y exigentes, demandas de la sociedad, bajo un entorno de, igualmente, dinámicos cambios y presiones del mundo global, tal y como señala Nicolás Arditto ““Existe un criterio bastante generalizado que la reforma del Estado debería orientarse a lograr que sus objetivos fuesen: desarrollar las capacidades del Estado para formular correctas políticas públicas (…)” lo cual demanda una acción de gobierno que tenga en cuenta no solamente la institucionalización sino los “reflejos” para enfrentar efectos y anticiparse, no solo hacer frente a la evidencia de su ocurrencia. Ello implica encontrar una respuesta (como sistema, ergo, estructura y procesos) que no aliente la autarquía administrativa pero que tampoco elimine la creación de soluciones fuera de “libreto”. Por ello, corresponde ahora examinar los limitantes y factores en juego del proceso de innovación en el sector público, como opción estratégica, más que como posibilidad, y sobre todo como modelo político antes que “carga” de la gerencia profesional y gestión pública, responsables
Innovación en la gestión pública: Entre la Reforma y la Modernización.Gobernaphenom
Bajo las reglas generales de los procesos de producción, aunque con la obvia diferencia del resultado final esperado (el margen de utilidad económico será incentivo privado, y la creación de valor público, será incentivo social del Estado), el factor Trabajo es uno de los actores sustanciales de la producción, también para el Estado, pero a su vez este tiene diferencias con el sistema normativo que regula las relaciones laborales en el Sector Privado: El tamaño del empleo de una empresa se relaciona con los niveles de eficiencia, vinculación al nivel de tecnología o expertise de la actividad y a la tasa de beneficios que la actividad genera, en competencia con su rubro en el mercado local de productores y con productos importados; en el caso del Estado, está relacionado con la asignación del Gasto Público que se financia con nuestros impuestos (personas naturales y jurídicas), y los indicadores de equilibrio fiscal y estabilidad económica macro. Cuando el Estado decidió ser Gerencia y ya no Burocracia, asumió el D. Leg, Nº 728, régimen laboral privado, para sí mismo (por nivel remunerativo?) conviviendo con los regímenes laborales “del pasado”; rigidizó el acceso laboral y por ende, igualmente creo salidas marginales (CAS, FAG y similares). En enero 2013, el Poder Ejecutivo envía al Congreso un proyecto de Ley para “Promover un Servicio Civil Meritocrático”, y en el camino el mismo Poder Ejecutivo no aclara, o no percata, que tiene el mandato de proponer una nueva Ley de la Carrera Publica, Ley de los funcionarios públicos y empleados de confianza, etc., derogando, en cómodos plazos en cambio, la vigente Ley Marco del Empleo Público.
Gestión pública y enfoque territorial: Génesis.Gobernaphenom
El territorio ha sido, desde que el hombre “descubrió” la necesidad del espacio personal y comunitario, el argumento de la más feroz actividad para su expansión, o de la mayor y extrema defensa, identificándose con el “lar” de los primeros tiempos hasta el país de los tiempos actuales. Pero alrededor de tal concepto, territorio, se han derivado otras formas de relación y de vínculos, íntimamente ligados a las formas de convivencia y representación, esencialmente de Gobierno y por ende, del Poder que el primero facilita al segundo. Las formas de “pertenencia” evolucionaron del Clan ancestral a la moderna “nacionalidad” que denota pertenencia a un territorio, identificado y usualmente bien delimitado. La motivación del modelo de Tiebout parte de un problema de free rider en el que los bienes públicos ofrecidos localmente por un gobierno no son disfrutados por todos los habitantes de la comunidad, sino por una porción de ella. Originalmente, Richard Musgrave y Paul Samuelson concluyeron que la solución a este problema era política, puesto que en economías con bienes públicos la solución de mercado no podría ofrecer un mecanismo para revelar las preferencias de los votantes (o votantes-consumidores) y obtener asignaciones eficientes. Para Musgrave y Samuelson, la ventaja que tiene el gobierno es que su objetivo es precisamente descubrir las preferencias de los consumidores-votantes por bienes públicos y cobrar los impuestos que correspondan”. Bajo un proceso de regionalización en el Perú, es oportuno revisar las bases conceptuales y profesionales de donde se alimenta el proceso legislado el año 2002, para su mejor comprensión y entendimiento de sus problemas.
Políticas públicas y tecnociencias: ¿El fin de la pobreza?.Gobernaphenom
La evolución del hombre ha generado conjuntamente, diversos procesos del descubrimiento del ambiente que lo rodea y explicaciones a base de observaciones, floreciendo la estructuración teórica, que aplicando ese primer raciocinio a dotar de soluciones a problemas prácticos, crea los procesos tecnológicos, los que al evolucionar crean nuevos problemas y soluciones conjuntas, generando la tecnociencia, una forma de practicar la ciencia y la tecnología que surge en los años 80 en EUA y que se extiende a otros países. Esta nueva simbiosis convive con la ciencia y tecnología convencionales, y entre otras características, evidencia que la investigación se organiza y el conocimiento se gestiona en forma industrial o empresarial, generando valor, como proceso productivo de cara a la eficiencia y la rentabilidad, con financiación privada principalmente y políticas públicas de estímulo. El conocimiento tecnocientífico tiene una función instrumental, resulta un medio para la acción, la realización de intereses y objetivos, y adquiere valor intelectual de propiedad. Pero, innovando e incorporando más sofisticación en el uso de tecnologías y más complejidad en las relaciones humanas adscritas a redes, y además reduciendo fallas humanas asociadas a procesos de producción de mayor elaboración y rapidez, su mayor presencia generara mayor bienestar y por ende, resultaría un medio para la reducción de la pobreza?.
Políticas Públicas, Minería y Gestión Pública: Problemas de Senescencia.Gobernaphenom
El documento resume la novela El retrato de Dorian Gray de Oscar Wilde y analiza problemas de sostenibilidad en la industria minera global y su efecto en las políticas y gestión pública. Indica que la rentabilidad de la minería ha disminuido en los últimos años debido a la caída de precios y el aumento de costos. También señala que varios proyectos mineros importantes en Perú y Chile están detenidos o retrasados por conflictos sociales, lo que suma más de $25 mil millones en inversiones paralizadas.
Gestión Pública y Teoría del Comportamiento.Gobernaphenom
El Homo Oeconomicus (Hombre económico en latín) es concepto de la escuela neoclásica de economía para modelizar la conducta humana, representación teórica del comportamiento racional ante estímulos económicos, siendo capaz de procesar adecuadamente información que conoce y actuar en consecuencia. El Homo Politicus, en la teoría democrática clásica opera bajo supuestos fundamentales: ciudadanos que se asume cada uno tiene un conjunto de preferencias políticas coherentes, cada uno está interesado en los asuntos de Estado y tiene información suficiente sobre tales, y por último, cada uno va a actuar racionalmente para promover sus intereses. En Perú, y bajo la Administración Gubernamental en funciones (2011-2016), la opinión pública (o, aparentemente, mejor informada) oscila entre la pasión política (Homo Politicus) que exacerba al animal político dentro del ciudadano, y temas de economía (Homo Oeconomicus y problemas de precios, abastecimiento, desempleo, costos de formalidad, tipo de cambio, cobertura social, etc.), mientras para el resto (numéricamente mayor a los “informados”) la maximización del bienestar económico y el ejercicio pleno de los derechos civiles y políticos en forma corporativa , es inexistente, ¿Por qué la teoría falla en esta realidad? La respuesta está en el manejo de la Incertidumbre. De eso trata este trabajo.
Gestión Pública y Políticas Públicas en Salud (II): ¿Reforma o Modernización?.Gobernaphenom
El documento analiza las reformas de salud en América Latina y cómo países como Brasil, Colombia, Chile y Cuba han abordado este tema. Explica que en Brasil, la Constitución de 1988 descentralizó los servicios de salud a los estados y municipios, mientras que el gobierno federal preserva los principios del Sistema Único de Salud y define prioridades nacionales. En Colombia, el sistema de salud se basa en un esquema mixto de aseguramiento público y privado. En Chile, el modelo se basa principalmente en
Gestión Pública y Políticas Públicas en Salud (I): ¿Reforma o Modernización?.Gobernaphenom
Desde el ámbito de la gestión privada y sus problemas de complejización de decisiones en organizaciones abiertas de control societario difuso y de alta concentración del capital económico bajo la representación de acciones individuales, y que conlleva al conflicto entre propiedad y control, surge la Teoría de la Agencia, como la más dominante desde los trabajos de Berle y Means (1932), sobre la separación entre la propiedad de accionistas y control de los administradores, que de acuerdo con Jensen y Meckling, se puede definir como aquella relación por la que una persona a la que se denomina Principal contrata para que ejecute ciertas prestaciones en su beneficio, a otra llamada Agente, delegándole autoridad y capacidad de decisión dentro de ciertos rangos contra resultados establecidos bajo tales parámetros. Los costos de la Agencia surgen cuando los administradores prefieren sus propios intereses a los de los accionistas o Principal. Pero, en el proceso evolutivo de la Gestión Pública, y su adopción de modelos privados en las prestaciones de bienes públicos, se encontró que este problema de desvío de los interés (el sector privado encontró que las soluciones que tiene la Teoría de Agencia a tal problema demanda igualar las oportunidades de acceso a la información aplicando sistemas de evaluación del desempeño, rendimiento financiero y determinación clara de objetivos y definición de contratos en el mercado) requería de la creación de un quasi-mercado que migre la infraestructura burocrática gubernamental a un conjunto de relaciones contractuales entre agencias públicas y privadas con el fin declarado y transparente de maximizar beneficios a pesar de ser establecido ex ante que el interés de los agentes no siempre es coincidente con el interés del Principal, en este caso el Estado, y que este como agente social no siempre representa a los intereses de la ciudadanía o Principal. La governance surge entonces como un mecanismo integrado y vinculante, bajo redes intra e interorganizacionales, lo que demanda establecer relaciones formales y pragmáticas de co-dirección y co-gestión bajo responsabilidad, transparencia y rendición de cuentas mediante mecanismos operacionales supervisados por el gobierno, en todos sus niveles.
Gestión Pública sin Modelos: “Free Raiders”.Gobernaphenom
El Free Rider, en una estructura de interacción colectiva, es el que se beneficia de un bien público, sin estar dispuesto al pago por él y al ser aquellos bienes donde nadie es excluido de su consumo, genera “oportunidades” (oportunismo) y es origen de agravios, donde ciertos evasores (Free Raiders -expresión inglesa aplicada por la economía para señalar al consumidor de bienes o servicios públicos indivisibles, donde al no poder aplicarse el principio de exclusión no puede confiarse su provisión al mercado, que no revela sus preferencias por el bien, que evita tener que pagar el precio o tasa correspondiente, sabiendo que si otros lo obtienen ellos también lo tendrán, gratuitamente- o Polizones) se aprovechan de los servicios financiados por los que cumplen con sus obligaciones tributarias. Vinculado a ello se presenta el Dilema del Prisionero, un modelo de conflicto muy frecuente en la sociedad estudiado por la teoría de juegos. El economista norteamericano John Forbes Nash, recibió el Nobel de Economía en 1994, por sus pioneros análisis del equilibrio en la teoría de juegos no cooperativos, explicando por primera vez su solución, lo que desde entonces se llama “el equilibrio de Nash”. El juego del dilema del prisionero es fundamental para entender ciertas teorías de cooperación y la confianza humana, donde lograr el beneficio individual requiere respetar el bien común. Bajo tal entorno, el presente análisis aborda la trayectoria de decisiones, o preludio de tales, que en materia de Gestión se viene observando en los últimos meses del año en curso, gestadas desde el 2011 o perfilando nuevas, respecto a lo que la Administración Gubernamental en funciones considera responsabilidad de “intervención” del Estado, “Dimensión” del Gobierno o “Entropías ” de Gestión, en especial las referidas al: Uso de los recursos de fondos previsionales para inversión en viviendas, Modificaciones tributarias como incentivo a inversión privada, Regulación laboral y remuneración mínima vital, Mantenimiento del gasto público y frondosidad institucional, y Descentralización, entre otras.
Política Social y Gestión Pública: Sincretismo bajo Estrés.Gobernaphenom
Como indica WikiPedia; “Un sincretismo, en antropología cultural y religión, es un intento de conciliar doctrinas distintas. Comúnmente se entiende que estas uniones no guardan una coherencia sustancial. También se utiliza en alusión a la cultura o la religión para resaltar su carácter de fusión y asimilación de elementos diferentes”. Utilizamos esta expresión a efectos de referirnos en tono analítico a las recientes disposiciones de la Administración Humala (Perú: 2011-2016) en materia de Política Social y el diferendo en materia de Previsión Social que, a propósito de los aportes obligatorios, o de su carácter voluntario, respecto de los Fondos Privados de Pensiones, incordio que no es privativo del Perú (Junio 2014, la Presidenta de Chile anuncia la creación de una AFP pública como solución para mejor servicio y cobertura a quienes quedan fuera del sistema y reducir la brecha de genero), ha generado un mosaico de diversas medidas en materia de salud universal, empleo juvenil, pensión solidaria y otros mecanismos de protección social.Para hacer aún más interesante esa coyuntura, Perú ha tenido dos distinguidos y laureados visitantes, como cita RPP “Dos premios Nobel de economía visitarán el Perú para reflexionar sobre el empleo y las perspectivas de la economía global: Eric Maskin, Premio Nobel de Economía 2007, inaugurará el XXV Seminario Anual CIES 2014 con la conferencia magistral: ¿Por qué la globalización no ha reducido la desigualdad en las economía emergentes?, en tanto Peter Diamond, Premio Nobel de Economía 2010, clausurará el seminario con: “Perspectiva económica mundial y desafíos para el empleo”.
La Descentralización y Universos paralelos.Gobernaphenom
El gato de Schrödinger es la paradoja más popular de la Física Quántica propuesta en 1935 por el nobel austríaco Erwin Schrödinger como prueba mental para evidenciar lo desconcertante de las paradojas quánticas. Propuso el experimento de un gato encerrado en una caja sellada que contiene, además, un átomo radiactivo, un contador Geiger y una ampolla de cianuro cuyo contenido cae en un cubo con ácido si el contador Geiger detecta la emisión de partículas radiactivas. Si se emite la partícula, el detector romperá la ampolla y el gato morirá. Si no se emite, la ampolla seguirá intacta, y el gato vivo. La probabilidad que el gato permanezca con vida es 50%. Solo abriendo la caja averiguaríamos qué le ha ocurrido al gato, pero mientras tanto este estaría "vivo y muerto a la vez". Como indica AstroMia “(…) Pero la Quántica desafía nuestro sentido común. El electrón es al mismo tiempo onda y partícula. Para entenderlo, sale disparado como una bala, pero también, y al mismo tiempo, como una ola o como las ondas que se forman en un charco cuando tiramos una piedra. Es decir, toma distintos caminos a la vez. Y además no se excluyen sino que se superponen, como se superpondrían las ondas de agua en el charco. De modo que toma el camino del detector y, al mismo tiempo, el contrario. El electrón será detectado y el gato morirá. Y, al mismo tiempo, no será detectado y el gato seguirá vivo”. Tal alusión bastante dramática por cierto al gato de Schrödinger, la motiva el reciente anuncio de la Presidenta de Chile, Michelle Bachelet (08/10/2014), respecto a un cambio constitucional para Descentralización como parte del proceso de Reformas ofrecido en su plataforma electoral de “un Estado unitario, pero descentralizado”, mediante elección directa de intendentes en 2016 e indicaciones al proyecto de fortalecimiento de la regionalización, lo cual sería el equivalente a la Caja y el proceso que involucra al cubo, la ampolla de ácido y contador geiger; y el gato, a la Regionalización de dicha metáfora citada.
Lecciones de Gestión Pública para Dummies.Gobernaphenom
De acuerdo a WikiPedia, “Para Dummies es una serie de libros de aprendizaje que tienen como objetivo presentar guías sencillas para lectores nuevos en diversos temas. A pesar del título, el editor enfatiza que los libros no son literalmente para "tontos", sino para inexpertos o principiantes en una materia. A la fecha han sido publicados más de 1,500 libros Para Dummies. La serie ha sido un éxito mundial con ediciones en numerosos idiomas. (…) Casi todos los libros para Dummies están organizados en secciones llamadas "partes", que son grupos de capítulos relacionados entre sí. Casi todas las partes están precedidas por dibujos del caricaturista Rich Tennant relacionados con alguna parte del tema que se va a discutir. Algunas veces el mismo dibujo de Tenant vuelve a aparecer en otro libro con otra resolución”. Nuestro interés en el uso del título (prestado por cierto) no es peyorativo sino solo ilustrativo del propósito central que nos anima: Presentar la argumentación central de las medidas económicas diseñadas por la Administración Económica Peruana, Julio 2014, para contrarrestar la desaceleración económica percibida (detectada también en otras economías latinoamericanas) en la perspectiva del Gestor Publico, esto es, del que implanta las medidas. El término no es insulto ni lisonja, sino solo una forma académica de entender aquello que se nos anuncia, qué es meritorio y qué es sofismo, y en este caso se aplica al análisis del Tercer Conjunto de medidas para la Reactivación Económica aprobadas por la actual Administración Económica del Gobierno del Perú en funciones, 2011-2016.
Gestión Pública y Gobierno Abierto: Transparentando el Debate.Gobernaphenom
Hiroshi Tasaka es filósofo, ingeniero y profesor de la Universidad de Arte de Tama, ubicada enTokio, Japón, y fundador de Sophia Bank, además de autor de varios libros sobre gestión del trabajo, estrategias de negocios, los modelos del cambio social y la revolución Web 2.0. La paradoja del conocimiento no es otra que el escaso valor del conocimiento, precisamente, en una época que se habla de la “sociedad del conocimiento” y que define como aquella en la que el conocimiento deja de tener valor, y debe procurarse Sabiduría. Señala y resalta el valor del conocimiento, el valor de la inteligencia colectiva frente al talento individual, la imposibilidad de gestionar la cultura en la empresa por la dificultad de gestionar el “ego”, y plantea asimismo la conveniencia de crear ecosistemas empresariales, estructuras horizontales, flexibles, abiertas, etc. El término Web 2.0 como aclara WikiPedia: “(…) comprende sites web que facilitan el compartir información, la interoperabilidad, el diseño centrado en el usuario y la colaboración en la World Wide Web. Un sitio Web 2.0 permite a los usuarios interactuar y colaborar entre sí como creadores de contenidos generados por usuarios en una comunidad virtual, a diferencia de los sitios web estáticos donde los usuarios se limitan a la observación pasiva de contenidos que se han creado para ellos. El hecho que Web 2.0 es cualitativamente diferente de tecnologías web anteriores ha sido cuestionado por el creador de la World Wide Web, Tim Berners-Lee, quien calificó al término como "tan sólo una jerga"- precisamente porque tenía la intención de que la Web incorporase estos valores en el primer lugar”. En Septiembre 2011, LXVI Asamblea General de Naciones Unidas, Nueva York, USA, la República del Perú hace oficial su adscripción a la iniciativa mundial “Open Government Partnership (OGP)” o la Sociedad de Gobierno Abierto, cuya evolución al momento actual, desde una perspectiva legislativa, resulta avanzada. Ello no es una visión compartida, de allí el debate.
Gestión Pública y Abastecimiento: ¿Nueva Generación?.Gobernaphenom
El documento discute un nuevo marco legal para el sistema de abastecimiento del Estado peruano, introducido por una reciente ley. La ley busca hacer el sistema más flexible y menos reglamentado, casi una nueva generación del modelo, similar a la evolución de las generaciones humanas desde la Generación X hasta la Generación Z. El nuevo marco legal se basa en argumentos como la necesidad de reducir la rigidez, promover más competencia, y adaptarse mejor a las condiciones de mercado cambiantes.
Gestión Pública y Producción III: “Esquizofrenia”.Gobernaphenom
Como define WikiPedia, “Esquizofrenia es un diagnóstico psiquiátrico en personas con un grupo de trastornos mentales crónicos y graves, caracterizados por alteraciones en la percepción o expresión de la realidad. (…) causa además una mutación sostenida de varios aspectos del funcionamiento psíquico del individuo, principalmente de la conciencia de realidad, y desorganización neuropsicológica, más o menos compleja, en especial de las funciones ejecutivas, lo que lleva a una dificultad para mantener conductas motivadas y dirigidas a metas, y una significativa disfunción social”. Tal argumentación en este trabajo, se refiere a la aparición simultánea de dos documentos del Poder Ejecutivo (Ministerio de la Producción: Plan Nacional de Diversificación Productiva; Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica: Crear para Crecer) cuyos objetivos son: “(…) la política de diversificación apunta a usar los beneficios económicos derivados de los recursos naturales para brindarle a la economía peruana una mayor capacidad productiva y transformadora”, y el “(…) implementar una política nacional que, tomando en consideración las características económicas, institucionales, culturales y sociales del Perú, fomente la creación y adopción de conocimiento en ciencia, tecnología e innovación, y también de incrementar el traslado al mercado de los resultados producidos con el creciente financiamiento a la investigación en los últimos años”.
Milei baja su imagen en catorce provinciasEconomis
El último estudio de la consultora CB revela que el presidente Javier Milei comenzó a mostrar flancos en su imagen positiva. Su aceptación bajó en catorce de las 24 provincias comparado al mes de Mayo. La mayor imagen positiva la encuentra éste mes en Córdoba (64.8%), mientras que la imagen más baja la obtiene en Santiago del Estero (41.5%). El distrito donde más cayó comparado a la medición anterior fue Buenos Aires (-3.5%) y donde más creció fue Córdoba (+2.9%).
Modernizando la Gestión Pública: ¿Una nueva Descentralización y Regionalización?.
1. Modernizando la
Gestión Pública:
¿Una nueva
Descentralización
y
Regionalización?
15 de febrero
2012
Homero en la Grecia antigua, consagra en “La Ilíada”, la historia de Penélope,
esposa de Ulises, que al partir su marido a la guerra de Troya, supo esperar por
veinte años, asediada por numerosos pretendientes ansiosos de casarse con ella,
y así acceder al Trono. Cuando estos comenzaron a apremiarla para que se
decidiese por alguno de ellos, ideó una estratagema para retardar en lo posible la
elección: prometió que tomaría marido tan pronto como terminase la mortaja que
tejía para el anciano Laertes, que de noche, destejía. Ella simboliza en ese tejido
virtudes como la perseverancia, la devoción, la paciencia y la fidelidad necesarias
para alcanzar el equilibrio, y la elevaba a la máxima dignidad. Tales mismas
condiciones muestra la regionalización en el país, al tejer su dimensión
institucional y su base territorial.
Con una semilla histórica para acercar el Estado al interior, embrionaria en el
Oncenio (Revolución Peruana del 68), nos referimos al proceso de construcción
del Perú interior, y los conceptos contenidos en el documento “Propuesta de Plan
Nacional de Descentralización y Regionalización (2012-2016)”, presentado por la
Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros del
Perú, el 21 de Diciembre 2011, en conferencia de prensa, con el cual además de
buscar el relanzamiento del proceso, se propone un efecto central: El Estado y su
modernización.
Articulo 25
2. Regionalización y Descentralización
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Modernizando la Gestión Pública: ¿Una nueva Descentralización y Regionalización?
Por Econ. Alfredo Espinal
El telar de Penélope.
El arte de tejer es casi la primera creación humana, forjando una solución, y como premio, logrando resultados. Cuando
se tejía en la antigüedad, se desarrollaba un nexo social y recreaban historias reactivando los principios básicos del mito
que constituye la etnia, y dotando de sentido el pertenecer a ella. Se tejía así, la red social imperante.
Homero en la Grecia antigua, consagra en “La Ilíada”, la historia de Penélope, esposa de Ulises, que al partir su marido
a la guerra de Troya, supo esperar por veinte años, asediada por numerosos pretendientes ansiosos de casarse con
ella, y así acceder al Trono. Cuando estos comenzaron a apremiarla para que se decidiese por alguno de ellos, ideó una
estratagema para retardar en lo posible la elección: prometió que tomaría marido tan pronto como terminase la mortaja
que tejía para el anciano Laertes, que de noche, destejía. Ella simboliza en ese tejido virtudes como la perseverancia, la
devoción, la paciencia y la fidelidad necesarias para alcanzar el equilibrio, y la elevaba a la máxima dignidad. Tales
mismas condiciones muestra la regionalización en el país, al tejer su dimensión institucional y su base territorial.
Con una semilla histórica para acercar el Estado al interior, embrionaria en el Oncenio (Revolución Peruana del 68), nos
referimos al proceso de construcción del Perú interior, y los conceptos contenidos en el documento “Propuesta de Plan
Nacional de Descentralización y Regionalización (2012-2016)”, presentado por la Secretaria de Descentralización de la
Presidencia del Consejo de Ministros, el 21 de Diciembre 2011, en conferencia de prensa, con el cual además de buscar
el relanzamiento del proceso, se propone un efecto central: El Estado y su modernización.
I. Una mirada “retro”, … sin nostalgia.
La puesta en valor del concepto de región, como lo conocemos desde la modificación constitucional del Título IV y del
Capitulo XIV, articulo 189º (Ley Nº 28607), ha seguido un itinerario agitado, llegando a situaciones cul-de-sac, o puntos
muertos, como con elegancia sentencian los francófonos, o en otros casos, generando experiencias cimiento de otras
de mejor fortuna posterior. El marco general fue implementado en base a la entonces vigente Constitución Política de
1979, con la aprobación del Plan Nacional de Regionalización (Ley N°23878, 1984). Mediante Decreto Supremo Nº 073-
85-PCM se define las microrregiones prioritarias, como paso a la regionalización, integrando espacios territoriales mejor
definidos a nivel micro. Como escribiera Sixto Arotoma (“Organización y gestión integrada de unidades microregionales”,
Octubre 1992, Consejo General de Investigación, Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga): “La planificación
espacial para el desarrollo en el Perú ha ensayado un conjunto de teorías y métodos. Con tal propósito, el país fue
dividido en: zonas de ventaja comparativa (ZVC), zonas de alto desarrollo relativo (ZDR), zonas de saturación
poblacional (ZSP), zonas de frontera económica (ZFE), zona metropolitana de Lima – Callao (ZM) y el resto del país no
exploradas (Desiertos y Selva), entre otros enfoques. La sierra peruana fue identificada como zonas de saturación
poblacional. El gobierno actual (1985-1990) denomina “Trapecio Andino” al espacio geo-económico que incluye zonas
alto andinas, habiendo decidido implementar programas de desarrollo micro regional desde 1985”.
En Marzo de 1987 se promulga la primera moderna Ley Nº 24650, Ley de Bases de la Regionalización, en función a las
Corporaciones Departamentales de Desarrollo, disponiendo su artículo 5º la creación de Gobiernos Regionales por Ley.
La Ley Nº 23878, Plan Nacional de Regionalización, delimita 12 regiones, lo que generó problemas en la integración de
los departamentos y de las provincias contiguas en ellas. En julio de 1989, mediante Resolución Suprema Nº 132-89-
PCM, se convoca a consulta popular en varias localidades del país, para que la población se pronuncie sobre la
demarcación regional. En julio de 1989, es aprobado el reglamento de la Ley Nº 25077, sobre la primera elección de
Representantes a Asambleas Regionales, y en noviembre del mismo año, cinco de las once Regiones creadas por ley,
eligieron a sus autoridades (Grau, Amazonas, Ucayali, Arequipa y Moquegua-Tacna-Puno). En abril de 1990, en un
proceso electoral coincidente con los comicios generales, se elige a las autoridades de las regiones Nororiental del
Marañón, San Martín-La Libertad, Gran Chavín, Andrés Avelino Cáceres, Los Libertadores-Wari, e Inka.
Superada la exaltación política, en julio 2002 se aprueba la Ley Nº 27783, Nueva Ley de bases de la Descentralización,
la cual entre otras cosas, define las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva,
financiera, tributaria y fiscal. En forma complementaria, para perfeccionar los temas de límites políticos y facilitar pueda
ser conformada una Región plenamente delimitada, se aprueba la Ley Nº 27795, Ley de demarcación y organización
territorial, complementada por Ley Nº 29533, aprobándose la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a
este efecto. Cerrando esta configuración, en julio 2004 es aprobada la Ley Nº 28273, Ley del sistema de acreditación de
3. Regionalización y Descentralización
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los Gobiernos Regionales y Locales, para garantizar la transferencia de competencias, funciones, atribuciones y
recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, y optimizar la calidad de los servicios públicos.
Veamos ahora los dos conceptos fundamentales, sobre los que descansa este trabajo y el documento oficial, que nos
sirve de excusa a esa alta aspiración: Regionalización y Descentralización.
En materia de Regionalización, la referencia específica es la Ley Nº 27783, cuyo artículo 30º precisa que “1. El proceso
de regionalización se inicia eligiendo gobiernos regionales en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional
del Callao, conforme a Ley; y, 2. La regionalización se orienta a la constitución de regiones sostenidas, en base al
sistema de cuencas y corredores económicos naturales, articulación espacial, infraestructura y servicios básicos,
generación efectiva de rentas, y que reúnan los elementos y requisitos señalados en los Artículos 28 y 29 de esta Ley”.
Señala nuestra Constitución política en el artículo 190º, que “Las regiones se crean sobre la base de áreas contiguas
integradas histórica, cultural, administrativa y económicamente, conformando unidades geoeconómicas sostenibles. El
proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del
Callao. Estos gobiernos son gobiernos regionales. Mediante referéndum podrán integrarse dos o más circunscripciones
departamentales contiguas para constituir una región, conforme a ley. Igual procedimiento siguen las provincias y
distritos contiguos para cambiar de circunscripción regional. La ley determina las competencias y facultades adicionales,
así como incentivos especiales, de las regiones así integradas. Mientras dure el proceso de integración, dos o más
gobiernos regionales podrán crear mecanismos de coordinación entre sí. La ley determinará esos mecanismos”. La
norma por la cual se crean los mecanismos de coordinación entre dos o más Gobiernos Regionales actualmente
constituidos en los departamentos existentes, es la Ley Nº 28274, Ley de incentivos para la integración y conformación
de Regiones, modificada por la Ley Nº 28997, respecto al quórum para la validez de Acuerdos adoptados en la Juntas
de Coordinación Interregional conformadas a este efecto (Reglamentada por Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM).
En materia de Descentralización, la referencia específica es la misma Ley Nº 27783, cuyo artículo 3º precisa “La
descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de
competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la
población”. Señala la Constitución política en el artículo 188º, que “La descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y
ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del
gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales”.
Asumimos que estos conceptos y criterios orientadores del proceso, están internalizados en formuladores de políticas,
en gestores públicos y en las administraciones correspondientes, aunque el análisis normativo consecuente y devenir de
las acciones instrumentales, despierten sospechas (fundamentadas, por cierto) que no es tan universal ese aserto. De
hecho, resulta necesario aceptar que el proceso de descentralización y de regionalización en curso, conlleva a una
modificación estructural e irreversible de las relaciones formales entre los tres niveles de Gobierno del Poder Ejecutivo,
en la cual una clara y visible distribución de las competencias, funciones y actividades del Estado, así como la adecuada
coordinación entre los niveles de gobierno definirán la calidad de atención y bienes públicos que el ciudadano reciba.
Apelando al viejo método de las ciencias sociales, resulta esclarecedor analizar: ¿De qué forma la Descentralización se
convierte en materia de la Regionalización? Ello con propósito de establecer la naturaleza de cada fenómeno y después
intentar su caracterización, en un contexto integrador y bajo un criterio de prelación. Comencemos con esto último, no
sin antes precisar que el enfoque de análisis y exposición argumental del autor en esta materia y otras similares, no deja
de lado los parámetros legales (que son las fronteras de decisión del bien social mayor) y que definen la legalidad de
actuación del gestor público, pero se relaciona también con aspectos normativistas1 para inferir un concepto rector.
La Descentralización es un proceso que facilita se transfiera la importancia de la gestión, tradicionalmente en manos del
Estado centralizado y centralizador, hacia la gestión regional, institucional y territorialmente. En su versión auroral, y en
la fase histórica previa a la Ley Nº 23878 que aprueba el Plan Nacional de Regionalización (1984), la descentralización
es impulsada por la necesidad de realzar y potenciar el rol económico de los espacios geográficos, como estrategia de
desarrollo y vinculación de estos espacios con potencial económico al mercado global, considerando a la regionalización
como el medio para descentralizar al Estado. En su versión actual y bajo la Ley Nº 27783, Nueva Ley de bases de la
Descentralización (2002) el concepto evoluciona hacía la entelequia, “Región”, que el Legislador expresamente rehúsa
delimitar o configurar, resaltando más bien sus atributos de responsable del desarrollo regional y mejores prácticas de
participación ciudadana en la gestión regional, para la consolidación y fortalecimiento de la democracia “viva”, que
1
La economía positivista estudia lo que es –teoría que explica relaciones entre factores- y la normativa –subjetiva- estructura lo que debería ser, en
base a un paradigma.
4. Regionalización y Descentralización
Página4
contribuya a que se promuevan con más eficacia acciones de inclusión y equidad. El mismo supuesto asume que los
actores sociales regionales están bien informados (ética y transparencia) de las medidas que los agentes institucionales
regionales deciden, que sus Autoridades les han generado capacidades adecuadas para comprenderlos, y que existen
canales de comunicación y coordinación adecuados para que esos actores tomen parte activa en la toma de decisiones
sobre materias que los involucran en la gestión de la región, sin influencias políticas. Con estos elementos podemos
proponer los fundamentos de ambas categorías conceptuales:
En prelación, la Descentralización es la fase básica que a partir de la construcción de los consensos políticos habilita el
propósito del desarrollo regional (el contenido del área de influencia y viabilidad político social, es posterior) a través de
la gestión pública regional, constituyente de la gestión pública del Estado, que es ejercida a través del ciclo de
transferencia continua de competencias y de funciones a los gobiernos sub nacionales, y además delimitada mediante
la coordinación y complementariedad respecto de las competencias compartidas; e integración espacial de los ejes de
desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a los objetivos del desarrollo nacional integrado.
La regionalización, fase final del proceso configurado como vinculante entre afinidades espaciales y sociales, delimitado
en base a “unidades territoriales geoeconómicas, con diversidad de recursos, naturales, sociales e institucionales, integradas
histórica, económica, administrativa, ambiental y culturalmente, y que al efecto comportan distintos niveles de desarrollo,
especialización y competitividad productiva, estructurada en base al sistema de cuencas y de corredores económicos
naturales, articulación espacial, infraestructura y servicios básicos, y generación efectiva de rentas”, constituye el escenario
en el cual se genera el desarrollo regional mediante la gestión pública descentralizada, la cual a su vez constituye base
del desarrollo nacional. Es en este escenario donde de mide el esfuerzo de "construcción" del modelo de regionalización
y sus estrategias "tanto de diseño de futuro como de acción actual" e implica un eje económico, un eje administrativo e
institucional y otro social, que acerquen la Región al modelo deseable.
La descentralización como proceso, no es experiencia peruana ni exclusiva ni singular en Latinoamérica, siendo lugar
común ahora en este Hemisferio, la Gestión Pública Descentralizada. La Gestión Pública, que a nivel del Gobierno
nacional peruano aspira a su universalización por resultados, tiene particularidades como señala el Lic. René Rivera2,
docente de la Universidad Mayor de San Andrés, Bolivia: “ …. en la administración descentralizada está notablemente
influenciada por el concepto de estrategia. Se requiere de estrategia para avanzar con sentido en una dirección debido a
la gran cantidad de fuerzas que actúan en el entorno de las instituciones públicas. Desde esta perspectiva, la agenda
institucional, básicamente enfocada en la estrategia y en los recursos para hacerla posible, adquiere notable trascendencia. La
gestión pública por resultados en la administración descentralizada está más allá de lo que el mandato de la modernidad de
los Estados obliga. Es un reclamo de participación de los ciudadanos en las decisiones que afectan su vida y de
compromiso conjunto entre Estado y sociedad con los logros”. Ello coincide con la flexibilización operativa aprobada en
la Única Disposición Modificatoria de la Ley Nº 29812, en Presupuesto por Resultados y Programas Presupuestales.
II. Plan Nacional de Descentralización y Regionalización, 2012-2016: Biopsia.
El documento3 público sujeto a debate, con 9 grandes Capítulos desarrollados en 339 páginas, formula un análisis de la
filosofía política (notándose cierta influencia de la axiología política de Henrique Dusell: transmodernidad) y del proceso
evolutivo histórico de la construcción de la descentralización peruana a su estadio actual, y es un esfuerzo colectivo que
por la densidad de su elaboración (en una sociedad donde escribir es cada vez menos frecuente, y leer aún menos) y su
propósito indicativo, merece una crítica fundamentada, respetuosa y propositiva, lo cual intentaremos.
Comenzaremos estableciendo principios generales básicos, para reconocer al Plan como instrumento de facilitación del
proceso de descentralización y regionalización, sus unidades de análisis y referentes. El Plan, en términos de procesos,
es un ciclo que integra la visión, misión y objetivos; Los elementos que configuran objetivos, estrategias y políticas, se
ejecutan mediante cursos de acción (actividades, tareas, acciones), medibles con indicadores y pasible de asignaciones
presupuestarias, sobre cuya base se ejecuta la evaluación, según resultados alcanzados en los distintos indicadores,
estrategias y objetivos, cerrando el ciclo. Tales atributos requieren estar presentes en el documento bajo análisis, para
ser precisamente un Plan y por ende, documento orientador. Al carecer de ellos, no configura propiamente un Plan.
Tres sesgos adicionales requieren ser abordados previamente: Alcance temporal, Modo indicativo y Metodología:
2
En “Agenda institucional y gestión por resultados en la administración pública descentralizada”, CIDES-UMSA, Revista del Postgrado en Ciencias
del Desarrollo, Nº 12, Abril 2003.
3
Ver: http://descentralizacion.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=228:resumen-ejecutivo-del-plan-nacional-de-descentralizacion-
y-regionalizacion-2012-2016&catid=42:ultimas-noticias-sd
5. Regionalización y Descentralización
Página5
a. El escenario meta apunta4
b. El Plan Nacional de Descentralización y Regionalización se ha redactado en modo condicional, sin asignar o precisar
a los actores responsables en cada espacio socioeconómico regional (tres miradas conceptuales simultáneas:
Autodeterminación política –Juntas Interregionales-, Cuencas y Potencialidades) sin vincularlos a un propósito:
Cierre de brechas entre regiones, Desarrollo por potencialidades, o Planeamiento espacial. Interpretar sobre si el
esfuerzo debe ser interno a las regiones o inducido no aporta elementos adicionales a los dispuestos en las Leyes
Orgánicas de Gobiernos Regionales y de Municipalidades, que disponen “….aplicación coherente y eficaz de las
políticas e instrumentos de desarrollo económico social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, …”,
como el analizado.
al 2021, compitiendo en escala temporal con el “Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021”
aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM (23/06/2011), cuya actualización deberá ejecutarse en 150 días
calendario, a cuyo término CEPLAN deberá entregar el trabajo realizado a la Presidencia del Consejo de Ministros,
para su aprobación, conforme al Decreto Supremo Nº 089-2011-PCM publicado el 29/11/2011 en las normas legales
del diario El Peruano. El Plan Bicentenario desarrolla, expresamente, bajo el formato de Plan antes descrito, “Estado
y gobernabilidad” y “Desarrollo regional e Infraestructura”, contenidos explícitos a descentralización; el Plan Nacional
de Descentralización y Regionalización 2012-2016, a diferencia del Plan Bicentenario, no tiene escalas de tiempo
acordes dentro del periodo de Gobierno 2012-2016, bajo el cual enfáticamente orienta su contenido.
c. No se ha establecido una metodología por la cual se defina la ecuación de la descentralización con regionalización
del periodo 2012-2016, por metas, mecanismos, prelaciones, dimensión institucional y territorial, que constituya guía
de acción para los diferentes niveles de Gobierno e instrumentos fiscales y administrativos: Planeamiento operativo,
presupuesto, políticas sub nacionales, gestión descentralizada, gestión fiscal, inversión pública, gestión del territorio
y población. De otro lado, el concepto aplicado a lo largo del documento refleja más bien un carácter centralista y de
exposición de plan de Gobierno (el documento enuncia diferendos a la política general del gobierno y las principales
medidas que requiere su gestión) en tanto la metodología multicriterio elaborada por SD-PCM, para la priorización
de proyectos de inversión y articulación en espacios territoriales, que destaca el documento analizado, no ha sido
acompañada del descriptor, o de una formalización mínima, para apreciar sus bondades y la solución universal que
ello implica, asumimos resolviendo el conflicto de la metodología de proyectos elegibles al presupuesto participativo
que los Instructivos de la materia (desde el 2004) tratan de solucionar: Portafolio de inversión pública priorizado por
Gobierno Regional sin priorización regional a nivel del Gobierno General (suma de sus tres niveles).
Veamos ahora aspectos puntuales que requieren más amplia descripción o afinamiento de conceptos:
1. En la Parte I se desliza la idea de 6 espacios territoriales que serian macro regiones transversales, pero en la Parte
II se alude una configuración actual5 de 5 grandes espacios territoriales (¿Juntas de Coordinación Interregional?) y
no se establece el modelo de vocación regional (cuencas, ámbitos naturales, corredores, etc) a consolidar. Ello en
función a que se estructura el documento siguiendo el orden de ideas de la exposición del entonces Primer Ministro,
Señor Lerner, CADE 2011; dependiendo de las articulaciones (infraestructura, mercados y afinidades) las regiones
(más que Departamentos) constituyen la base del flujo de intercambios globales, pero esta tarea es exclusiva del
Gobierno Nacional, la cual identifica y aprovecha los modos de especialización internacional del trabajo, que no se
alcanza a precisar conforme a los contenidos del apartado 2.2.5, que no es consistente con su titulo al referir
potencialidades como hechos, en tanto estratégicamente Potencialidad
2. En la Parte III y subsiguientes del documento, sistemas urbano regionales, se establece como unidad de análisis al
habitante, sin vinculo aparente al nivel de descentralización pretendido, o al Plan de Incentivos a la Mejora de la
Gestión Municipal fue creado por la Ley N° 29332, cuya finalidad es promover condiciones que contribuyan con el
crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, estableciendo metas para Municipalidades Provinciales y
Distritales de todo el país, asignando recursos cuando se verifique el cumplimiento de las mismas, en base a una
estratificación poblacional de ciudades A, B, de 500 viviendas urbanas o más, y de menos. Una vivienda se asume
alberga 5 habitantes. No se aprecia que los Planes Regionales vigentes de regiones modelizadas en esta Parte
hayan sido incorporadas o tomadas como referente, que por lo genérico de la propuesta merece detallarse. Cabe
también alertar sobre la distinta base de corte estadístico de cifras utilizada, que requiere uniformización y
actualización, teniendo en cuenta, por ejemplo, que detalles regionales de cifras al 2010 estaban ya disponibles a la
fecha de elaboración del documento analizado (Presentación oficial, Septiembre 2011: “Producto bruto interno por
departamentos 2001 – 2010”, INEI, año base 1994).
es una ofensiva centralizada en el mercado
y que articula oportunidades y fortalezas.
3. La Parte IV, planeamiento del desarrollo territorial, cita un país de ejes nacionales de desarrollo descentralizado,
afirmado en sus potencialidades transversales para superar las desigualdades territoriales y sociales, vía métodos
4
Visión de Estado al 2021, páginas 107,108, 192 y otras partes del texto analizado.
5
Página 23; Cinco grandes espacios: macro norte, el amazónico, el macro sur, el centro sur y Lima-Callao es el quinto, que está en trance a ser una
macro región más, pese a ser sede del aparato político institucional del Estado centralista.
6. Regionalización y Descentralización
Página6
complementarios: la homogeneidad y la polarización. La articulación de núcleos de recursos naturales, densidad de
infraestructura y masa crítica de consumidores o concentradores, léase mercados, parece ajeno a dicha propuesta.
4. La parte V, pese a acotar el documento un horizonte 2012-2016, consolida la visión al 2021, yuxtapuesto al Plan al
Bicentenario; en lo referido al proceso de descentralización. Sigue como fundamento el discurso del Premier Lerner
en CADE 2011, que importa inmovilismo al documento (al ser un hito especifico, cuya evolución precisamente es lo
que se requiere desarrollar, en acciones dinámicas); en especial, el apartado 5.3 constituye un plan de Gobierno de
carácter planificador central, y el término Redimensionamiento (Ley Nº 29158, artículo 5º, señala: “La transferencia
de competencias, recursos y funciones de las entidades del Poder Ejecutivo a los gobiernos regionales y locales se
realiza de acuerdo con lo dispuesto por las normas de descentralización, precisando la responsabilidad de cada nivel de
gobierno en cada materia, las formas de coordinación correspondientes, así como, el redimensionamiento de funciones y
responsabilidades de aquellas entidades”) no forma parte visible de estos ejes y política.
5. En los roles incumplidos del Estado y los defectos del proceso y de los sistemas relacionados, se señala y describe
acciones referidas a sistemas administrativos como si se tratase de sistemas funcionales, y se señala una acción de
roles del Estado “móvil” como alternativa al carácter constitucional de la subsidiaridad entre niveles de Gobierno y
efecto contrario al Centralismo que la modificación constitucional busca. Se señala además que “Es urgente ordenar
el territorio y su gestión, pues el desorden existente al respecto es uno de los factores de deterioro ambiental y de
crisis social” pero no se menciona la “Matriz de Gestión Descentralizada”, a que el Decreto Supremo Nº 047-2009-
PCM remite ni se recoge las experiencias de los Programas articulados en base a funciones transferidas, como la
establecida por la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 023-2009-PCM/SD.
6. Se afirma igualmente que “se institucionalizará los instrumentos de gestión del territorio para elaborar en forma
participativa los Planes Regionales y Provinciales de Ordenamiento Territorial” sin establecer la relación lógica entre
herramientas y de estas, al interior de sus instituciones formuladoras, sin brindar orientación metodológica para la
construcción territorial, por ejemplo precisando el carácter potencial-transversal de la Zonificación Económica
Ecológica (que desarrolla distinto nivel de realidades –territorio agrario, piso altitudinal, territorio forestal, zona
ganadera, zona marino costera, etc.- y que no coinciden necesariamente con los limites político territoriales) con el
carácter ejecutivo del Ordenamiento Territorial, por citar un ejemplo. No se ha facilitado tampoco conexión lógica
entre herramientas estratégicas y las descentralizadoras (institucionales: Matriz de Gestión, Financiera: Presupuesto
Participativo, Estratégicas: Plan de Desarrollo Concertado, Fiscal: Gestión Fiscal Descentralizada, etc).
7. Se enuncia Una Reforma Tributaria para un Estado fuerte, indicando que “el Estado está obligado a dedicar una
parte significativa de la presión tributaria a las políticas sociales universales (salud, educación, justicia y seguridad)
de calidad para todos, y a las políticas sociales temporales. Sólo si ellas llegan a todo el territorio y a todas las
clases sociales, la sociedad le otorgará legitimidad al Estado, al gobierno y a los gobernantes”, debiendo precisarse
lo establecido en el artículo 74º de la Constitución “Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una
exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y
tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo. Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales pueden
crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites
que señala la ley. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los
de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener carácter
confiscatorio”. El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Finanzas, previa aprobación del Consejo de
Ministros, ejercita esta atribución. Aparte de aspectos procedimentales y de competencias, el Plan debiera dotar de
elementos indicativos respecto al peso tributario total per cápita regional, no como cuánto de lo recaudado bajo un
esquema que permanece regresivo (no hay alternativa a la asimetría contributiva actual) al dividirse entre la PEA le
resulta como rendimiento al Estado de esa Región, sino como la cuantía de su ingreso generado que el habitante de
la misma debe aportar al Estado, a través de la Región; subsidiaridad tributaria acumulativa personal.
8. No toma en cuenta el Plan de Gobierno y Políticas expuesta ante el Congreso por el Premier Lerner, periodo 2011-
2016 (25/08/2011) que dispone “Sobre la base de SERVIR vamos a institucionalizar el Centro Nacional del Empleo
Público en el Ministerio de Trabajo, con la finalidad de ordenar los múltiples regímenes públicos y propiciando la
creación del servicio civil basado en meritocracia” afirmándose (página 108) que “El gobierno del presidente Ollanta
quiere profundizar la reforma del servicio civil, a través de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, SERVIR, mejorando
el desempeño sobre la base de los principios de mérito, flexibilidad, igualdad de oportunidades e imparcialidad para
atender mejor al ciudadano”, afirmación por demás inexacta y contestataria a la Política y decisión oficial.
9. El Plan propone Arreglos Institucionales, aludiendo al diseño institucional del Estado, y acota “La reforma del Estado
es un proceso de mediano y largo plazo, pero recibe un impulso decisivo en el corto plazo a través de reformas
parciales”; Como se entiende tal mecanismo, por ejemplo, para el Ministerio de Educación del Perú en Presupuesto
para Resultados (educación y Estado, análisis sectorial y descentralizado, Banco Mundial6
6
“PERÚ, Descentralización y Presupuesto por Resultados en Educación. Balance de la última década”; Septiembre 2010, Oficina Subregional para
Bolivia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela; Departamento de Desarrollo Humano ‐ Sector Educación.
) “Esto requería introducir
cambios en arreglos institucionales que no se dieron, principalmente respecto a los recursos para realizar las
actividades asociadas a cada función, el equipamiento, los mecanismos de reconocimiento público, el acceso a
7. Regionalización y Descentralización
Página7
capacitación, y las oportunidades de desarrollo profesional. Consecuentemente, los técnicos responsables indican
haber tenido dificultades para entender, y luego transmitir, la lógica de una gestión por resultados, más aún para
adecuar su trabajo diario a las nuevas exigencias del modelo, cuando el contexto institucional permanece igual”. La
descentralización misma es un Arreglo Institucional por transferencia de autoridad del Gobierno Nacional a los Sub
Nacionales, y aunque este acápite no aporte descripción o propósito indicativo, hubiese sido provechoso desalentar
que algunos gobiernos subnacionales pueden realizar acciones ocultas en la asignación de recursos en términos del
gasto público o la gestión institucional, en función de la estructura de incentivos ofrecida por el Gobierno Nacional y
los ciudadanos cuya participación se alienta, dependiendo naturalmente del tipo de arreglo que el Plan proponga. Al
efecto, en un trabajo anterior7
10. Se propone cumplir, en el periodo 2012-2016, la Reforma Descentralista, y uno de sus objetivos es “La reforma
institucional de los gobiernos regionales, impulsando su reestructuración a partir de su propia decisión de autonomía
regional (como las experiencias de Arequipa, San Martín, Junín y Cajamarca), adoptándose en forma flexible
alternativas de reestructuración…. “ sin establecer precisamente la naturaleza de los Arreglos Institucionales bajo
los cuales se flexibilice la vigente Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Municipalidades, se modifique el marco
de sistemas administrativos y sistemas funcionales para Gobiernos Regionales y se incorpore, o no, a Gobiernos
Locales en esta implementación de decisiones basadas en autonomías subnacionales.
se analizó en detalle el efecto y posibilidades de Relaciones Intergubernamentales y
Coordinación Intergubernamental, como estructuras conducentes a Arreglos Institucionales, proceso capaz de hacer
funcionar una realidad descentralizada y adaptar el entorno institucional a la experiencia que funciona. Tal indicación
es una ausencia notable en el documento analizado, que se sugiere superar.
11. La dimensión política, dimensión administrativa, dimensión fiscal y dimensión económica que se abordan en el Plan
bajo análisis, tienen como lugar común, y controversial, a la Gestión Pública y Reforma Institucional, temperamento
con lo que coincidimos (aunque tal crítica y desaliento –justificado– del Plan, sea benigna) y para cuya rectificación,
se precisa las mismas, con el comentario que sustenta nuestra posición:
a. Se enfatiza que la política descentralizadora previa sostenía un “Mecanismo intergubernamental simplista que
mantiene (sostiene) el Estado burocrático. Señalan la relación intergubernamental, con un lenguaje rozando el
federalismo, en donde el nivel nacional es normativo, el regional es regulador, y el local es ejecutivo; pero al
mismo tiempo se ejecuta la recentralización sectorial de los sistemas funcionales y administrativos que ejercen
la “rectoría” hasta en los procedimientos más elementales de todo nivel y a partir del presupuesto público,
estrechando hasta casi acabar con las autonomías en la gestión y la administración”. El subrayado es nuestro
para mejor interpretar lo glosado. A Diciembre 2011, fecha de corte del Plan analizado, el diseño institucional
de competencias y funciones (las denominadas Facultades son creación oficiosa, sin sustento formal) tiene la
lógica de subsidiaridad8
b. En Políticas Públicas y modelos de gestión y reforma institucional, señala “La asignación de competencias y
transferencia de funciones y recursos, siendo importantes, no resuelve el problema de cuáles deben ser los
modelos de gestión más apropiados para que cada nivel de gobiernos cumplan con sus roles. … Se requiere
asumir una política pública de Gestión Publica Descentralizada, de resultados para el desarrollo, que armonice
sus cuatro sistemas (planeamiento, presupuesto, monitoreo y evaluación), corrigiendo la grave unilateralidad
existente en Perú que todo lo hace desde el presupuesto, sin que existan los otros tres, a partir de metas de
gasto, y reduciendo hasta casi extinguir las autonomías”. En Dimensión Administrativa sostiene “Es necesario
relanzar y culminar el proceso de transferencias y transitar hacia la gestión pública descentralizada por resultados
para el desarrollo, considerando sus sistemas (planeamiento, presupuesto, monitoreo y evaluación), incluyendo el
costeo de las funciones y el intensivo desarrollo de capacidades”. Pero, si hoy culminase la transferencia de
definida en la Ley Nº 27783 que asegure una prelación intergubernamental, y también
un modelo relacional intersectorial, configurado por la Matriz de Gestión Descentralizada (Decreto Supremo Nº
047-2009-PCM), las Áreas Programáticas de Acción (Ley Nº 27958, articulo 2º), la Matriz de Delimitación de
competencias y distribución de funciones (Directiva Nº 003-2008-PCM/SGP y Decreto Supremo Nº 049-2009-
PCM), Clasificador Funcional del Sector Publico (Decreto Supremo Nº 068-2008-EF) y Políticas Nacionales de
obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional (Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM), cuyo
funcionamiento como un modelo de gestión, ha sido desorganizado, inconexo y tardío, rasgo más pronunciado
aún en el Gobierno Nacional, que no ha superado sus propias carencias y limitaciones, de Leyes Orgánicas
pendientes de aprobación por más de cuatro años en el Congreso, dos modelos de Leyes aprobadas con igual
validez (competencias vs, Áreas Programáticas de Acción). No es que el mecanismo intergubernamental, que
se complementó aunque tardíamente con el Consejo de Coordinación Intergubernamental, sea inadecuado o
de vocación recentralista per sé; ha sido el Órgano Rector, Presidencia del Consejo de Ministros, que no ha
tenido el rol orientador, técnico y concertador que la responsabilidad política y las normas le señalan, por ello
los mecanismos descritos sólo han funcionado donde se ha tenido reflejos institucionales o solvencia técnica
al efecto, y soporte político en última instancia: Ministerio de Economía y Finanzas.
7
Espinal, Alfredo; “Coordinación Intergubernamental: Del número Áureo a la proporción Paretiana”, Revista Gestión Pública y Desarrollo, Año 3 – Nº
31/Febrero 2010 y Nº 32/Marzo 2010, Ediciones Caballero Bustamante, Perú
8
Definida en el artículo 4º, Ley de Bases de la Descentralización.
8. Regionalización y Descentralización
Página8
funciones, ello no garantiza la generación espontánea de Gestión Pública Descentralizada: la Gestión Pública
nacional misma está opacada, sin conectar lógicamente instrumentos de carácter operativo con estratégicos,
prefiriendo resultados en base a sectores sin que estos se articulen con visión, objetivos y metas nacionales,
provenientes de Agendas Regionales, sin metodologías y manteniendo una normatividad anacrónica.
c. Uno de los objetivos propuestos de la nueva reforma descentralista es lograr el “Mapa de Competencias entre
los niveles de Gobierno, a partir del cambio al Estado Unitario y Descentralizado, con principios institucionales
de Transparencia, Gestión y Participación. Afirmación en la práctica intergubernativa de los diversos niveles de
Gobierno y la relación del Estado puesto al servicio del ciudadano”; ello no disiente de lo antes afirmado, pero
las acciones ejecutadas en materia de competencias contrasta con las acciones políticas del Primer Gabinete
(26/08/2011) que aseguró “…El gobierno iniciará una Reforma Democrática del Estado. Nos proponemos
desprivatizar, modernizar, democratizar y gerenciar eficazmente el aparato del Estado, organizándolo para
todos los ciudadanos haciendo que funcione con eficacia, que la justicia y políticas lleguen al país, e impulsar
el desarrollo de la carrera pública de calidad”, por lo siguiente: Para asegurar una sana práctica intergubernativa
y establecer responsabilidades, asignación de recursos y cumplimiento de resultados, se requiere formular la
Matriz de Competencias y Funciones en forma previa, consensuarse entre los tres niveles de Gobierno, y a
partir de establecer que corresponde a cada nivel de Gobierno, transferir las funciones y el financiamiento que
haga viable su ejecución. En el sensible caso del Sector Desarrollo Social e Inclusión, por Decreto Supremo
Nº 094-2001-PCM se suspende la aprobación de la Matriz respectiva (ergo, ningún Gobierno Sub Nacional
conoce qué funciones debe ejecutar, tampoco el actual Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y menos la
asignación de funciones entre estos Sectores del Poder Ejecutivo, presupuestos y dimensión institucional, por
lo que tampoco el proceso de descentralización puede ser continuado, menos aun los Programas de Nutrición
y servicios de protección social, objeto de la Matriz de Gestión Descentralizada y Presupuesto para Resultados.
d. La gestión fiscal descentralizada es un tema respecto del cual el Plan necesita precisar el alcance y carácter
de la reforma propuesta, en el sentido de adecuación de asignación de ingresos fiscales para los niveles sub
nacionales dentro del escenario de complejas disposiciones tributarias con que se recauda, el nivel técnico y
unitario de la política fiscal, y la capacidad de absorción de cargas tributarias de la población en cada región.
12. Otras dimensiones de singular importancia que no han sido incorporadas al Plan, o desarrollados insuficientemente,
se refiere a la relación de los espacios de Frontera y transfronterizos, comprendiendo el área bajo manejo del
Ministerio de Relaciones Exteriores, en relación a la responsabilidad del rol descentralizador hacia adentro del país;
el tema de discapacidad incluirse y ser elaborado con una mirada social más que médica o legal, al igual que otros
conceptos, como el de vulnerabilidad, requieren mejor definición para no confundir categorías como inclusión social.
La dinámica poblacional, más allá de la mención del bono poblacional, y de la creación de mercados y economía de
alcance para la generación de un desarrollo social productivo, no pueden estar fuera de una nueva propuesta del
proceso de descentralización.
13. No se incorpora el resultado final de funciones transferidas, que se supone da por cumplido el mapa de funciones
iniciado el año 2003; La asociatividad (agrupación entre municipalidades) impulsada en el proceso de transferencia
que fuera nueva exigencia del mecanismo de verificación (mera formalidad relajada para lograr concluir el tercer año
de plazo de transferencia inicial –R. P. 050-CND-P-2005), no se explica ni analiza, sea como la génesis de las
Mancomunidades actuales ni para ver si se han superado las limitaciones entre recursos y financiamiento, respecto
a funciones, que fueran detectadas en su oportunidad.
14. Finalmente, una propuesta del Plan para estructurar un modelo impulsor del proceso descentralizador, basado en el
fenecido Consejo Nacional de Descentralización, presenta un perfil tipológico de formulación arriba-a-abajo, cuando
el ideario constitucional debiera interpretarse bajo una formulación del proceso, de la Región a la Nación, y no como
una construcción administrativa (la experiencia del CND no tuvo la contundencia necesaria para superar la prueba
de resistencia política, precisamente por su personalidad centralista); el nacimiento y continuo fortalecimiento de las
entidades como la Asociación de Municipalidades (AMPE) y Red de Municipalidad Rurales del Perú (REMURPE),
son el mejor ejemplo de la autodeterminación institucional y generación de espacios, de abajo a arriba.
III. De nuevo, ¡el Sutra de los Kalamas!.
En un trabajo anterior9, argumentamos que Buda dice “No creas algo porque se rumore; No aceptes las tradiciones sólo
porque son antiguas y hayan sido admitidas a través de muchas generaciones; No creas algo porque se hable mucho
acerca de ello; No creas en el testimonio escrito de algún antiguo sabio; No creas en la opinión popular, ni en la
costumbre; No admitas cualquier cosa de tus maestros; Somete toda enseñanza y práctica a tu propia experiencia; si
después de una cuidadosa investigación están de acuerdo con tu razón y con tu corazón, y son conducentes tanto para
tu bienestar como para los demás, entonces acéptalas como verdades y regula tu vida en consecuencia”. Lo ratificamos.
9
Artículo publicado como Especial en la Revista Gestión Pública y Desarrollo, Año 4 - Nº 44/Marzo 2011, Ediciones Caballero Bustamante, Perú
(www.gestionpublica.org.pe).
9. Regionalización y Descentralización
Página9
En el apartado anterior formulamos un análisis que llamamos biopsia (al ser el Plan analizado, “tejido” vivo, aún) y en
este, comenzamos con la frase final del anterior: Un proceso orientado de la Región a la Nación. Al efecto, se postula un
conjunto de reflexiones y aportes que se considera viables y conceptualmente compatibles con el marco legal en
vigencia (la adaptación o arreglos institucionales, demanda de un lado, que primero funcione y luego se formalice)
complementarios a los comentarios anteriores:
a. Reforma horizontal: La existencia simultánea y concurrente de sistemas administrativos10
b. Sistemas de gestión: Establecer una instrumentación legal, bajo un marco regulatorio flexible acorde a la dimensión
de recursos encargados por el Estado para ser gestionados, que facilite establecer tipologías por nivel de Gobierno
y el desarrollo e implantación de sistemas de administración con sus correspondientes sistemas de información que
integren procesos-solución para la matriz de desarrollo regional, integrando sistemas administrativos y funcionales
racionales, para la programación de actividades, presupuestos, recursos humanos, bienes y servicios, gestión fiscal,
tesorería y contabilidad pública, con estándares mínimos de calidad, visibilizando el porcentaje o el nivel discrecional
dentro de los mecanismos generales básicos y reglamentos específicos, que cada una de las entidades del sector
público puede adecuar a sus propia dinámica y ciclo dentro del proceso de desarrollo, con real descentralización de
sus responsabilidades de gestión y transparencia.
, para el autogobierno de
los entes gubernamentales, y su normal funcionamiento, y de sistemas funcionales, para la consistencia técnica y el
cumplimiento funcional de políticas, demanda un sistema (formal o fáctico) sobre cuya experiencia se construya
soluciones viables para el futuro inmediato. Ello demanda reformas en cada nivel de Gobierno, según la materia
competencial asignada, que faciliten la aplicación de diversos estilos y experiencias de gestión pública exitosa (dado
el marco administrativo general vigente, ¿Qué hace que “X” entidad cumpla sus metas y aporte resultados?) en un
modelo institucional viable, estable y transparente que permita que la administración pública quede menos librada a
la inspiración, y sea más independiente y técnica y responda por los resultados de gestión. Ello demanda
transparencia e información, como responsabilidad y no como discrecionalidad (Principio del accountability), para
que la función pública sea explícita, sustentada y medible, según la responsabilidad jerárquica de los funcionarios
de Gobierno. Esta reforma debiera plasmar dos principios: primero, el enfoque de gestión para resultados, bajo un
plan de trabajo asumido por las autoridades de cada entidad pública y como contraparte, discrecionalidad para
administrar, bajo un marco normativo general y generando determinada información; y segundo, la reforma del
sistema de control gubernamental, eliminando los sistemas de control externo ex ante implementando el control ex
post, bajo procesos independientes y despolitizados, por terceros.
c. Sistema Integral de Información y Modernización: Las unidades de análisis sustantivas corresponden a Funciones y
Procesos, Resultados propios y población objetivo atendida, Calidad de Bienes Públicos y Costos11
d. Sistema de Supervisión de la Gestión Pública por Resultados: Si no se mide, no se evalúa, y si no se evalúa, no se
conoce. Resolver esta tautología demanda contar con un sistema regional de rendición de cuentas que se integre al
sistema nacional para el seguimiento de la gestión. Ello implica introducir incentivos para asegurar que las entidades
públicas efectivamente mejoren su capacidad de servicio, gestión transparente y generación de resultados. Se basa
en establecimiento de metas y una matriz de gestión, sujeta a seguimiento de resultados de la gestión pública, de
forma que las autoridades responsables de las entidades públicas se obliguen a formular y suscribir en forma anual
un compromiso de resultados, basado en un Plan de Trabajo que entregan al tomar el cargo, y presentarlo al nivel
correspondiente para su respectivo seguimiento. La Autoridad pertinente, designada o electa, cuenta, y actualiza,
con un registro de los compromisos suscritos por cada autoridad pública, para el seguimiento en base a indicadores
acordados para medir el desempeño, con la periodicidad necesaria y articulada a los documentos operativos e
instrumentales. Los compromisos de resultados suscritos por las autoridades políticas del Estado son publicados
para que la población conozca las metas de la gestión y sobre qué deben rendir cuenta las autoridades de cada una
de las entidades públicas. Las fallas de servicio conllevan a sanciones o remoción respectiva, según sea normado.
de transacción-
Congestión, y nivel de desarrollo y determinantes del crecimiento. Los vectores de Modernización debieran hacer
factible medir con índices similares a los de usanza internacional para evaluar economías (Índice de Desarrollo
Humanos -Densidad del Estado-; Indicador mundial de Buen Gobierno; Índice Global de Competitividad) y lograr
evaluar desempeños. Este sistema, que facilitaría un comando integral y automatizar los procesos administrativos
básicos, permite armonizar la información de las operaciones de las entidades públicas, compatibles con las normas
estadísticas mundiales y focalización regional, estandarizando su funcionamiento y seguimiento transparente. De tal
forma, los responsables de la Administración y sus más altos niveles jerárquicos tendrán cada vez menor monopolio
sobre información generada y el acceso a tal información, limitando su discrecionalidad y autarquía y personalismo.
e. Agenda para resultados: Si bien se postula la Gobernabilidad bajo una propuesta formalizada en un Plan de Trabajo
que sustenta el Teorema de la Elección Pública, y un grado de discrecionalidad normativa dentro del esquema legal
general, la administración descentralizada estructurada en base a una agenda sobre puntos socialmente sensibles y
10
Enunciados en el artículo 46º, Ley Nº 29158, incorporando indebidamente –a criterio del Autor– al Sistema de Modernización de la gestión pública,
siendo la modernización justamente un efecto buscado y no un mecanismo administrativo que elimine lo innovativo y discrecional.
11
Explicado en Espinal, Alfredo, “Gestión Pública y Estado: El “tamaño”, . ¿si importa?”, Revista Gestión Pública y Desarrollo, Año 5 - Nº 51/Octubre
(Parte I) y Nº 52/Noviembre, 2011 (Parte II), Ediciones Caballero Bustamante, Perú..
10. Regionalización y Descentralización
Página10
técnicamente factibles se justifica para la implementación de las políticas públicas, inclusiva para la participación
directa y comprometida de los diversos actores regionales, además del Gobierno Nacional, que facilitan ventanas de
incidencia de interés general y cuya solución demanda la participación y recursos de más de un actor. El concepto
de agenda para resultados es socialmente construido por los formuladores de políticas públicas, como mecanismos
de identificación de problemas cuya solución o indefinición tienen un impacto directo en la población en general y
por tanto, en sí mismas y que requieren ser priorizadas en función de los recursos asignados y a su vez incidencia
para aumentar su dotación desde fuera de la región, constituyendo políticas públicas.
Reflexiones finales: Mirando atrás para ver lo caminado.
La propuesta descentralizadora de Estado, fundamentada en la vigente Ley de Bases de la Descentralización (2002),
descansa en dos grandes ideas: (i). La construcción de un “espacio geoeconómico” en base a la libre determinación de
su sociedad (población de origen, de registro y de actividad), en el cual se identifique los recursos y los factores de
producción (disponibles y necesarios) que respondan a una o varias funciones de producción en donde se aprovechen
potencialidades (fortalezas y oportunidades) y se reduzcan limitaciones (debilidades y amenazas); y, (ii) La definición de
un modelo regional de desarrollo (crecimiento y bienestar social) que ponga en acción las funciones de producción
establecidas (mejor aprovechamiento de recursos con la mejor retribución a los factores) con crecimiento endógeno. En
esta lógica, se propone las siguientes reflexiones finales:
1. A diferencia del núcleo de análisis e interpretaciones subyacentes del Plan abordado, es necesario enfatizar que el
proceso de Descentralización conlleva al redimensionamiento del Poder Ejecutivo y yuxtapuesto, su Modernización
en tanto arte de gestión. No es de modo alguno, sustituto ni el propósito que anima al proceso de Reforma y
Modernización del Estado, sino un elemento adicional, de la mayor importancia por cierto, que debe aprovecharse a
ese efecto.
2. En ese escenario, las políticas de Estado y Políticas Publicas (política fiscal, política social, política de
descentralización, política exterior) tendrían un propósito especifico, vinculante y articulado, donde el Poder
Ejecutivo ejercería un rol de coordinador y compensador, o impulsor, de secuencia, amplitud y magnitud de las
distintas variables que conforman la matriz de desarrollo nacional.
3. Este esquema, que en el mundo académico ha sido, y aún es, tema de debate y propuestas sobre bases de
enfoques exógeno, endógeno o globalizado del desarrollo, en nuestro país todavía no abandona la esfera de la
pasión política, sin llegar siquiera a la ideología. La Gestión Pública de otro lado, no corre una mejor suerte y si el
propio Poder Ejecutivo no cuenta (y el órgano rector del sistema respectivo actúa con renunciamiento de sus
responsabilidades en Modernización y Reforma) con una “Hoja de Ruta” que mueva el aparato publico en una sola
dirección, proporcionando la orientación y evidencia en actos de Gobierno, poco puede esperarse de generar una
Gestión Pública Descentralizada, comenzando por que la plena y clara identificación de competencias y funciones,
marco legal concordado y atributos de autonomía, de fiscalización y sancionadora, y de corrección basada en
evaluación, no están definidas o son indicativas y ejecutoras por el nivel nacional. La Gestión Pública no ha logrado
dar respuesta a la malla de competencias a nivel intersectorial e intergubernamental (ordenándola, completándola y
orientándola), y de articulación de estas con las Políticas Públicas, menos de su correlación con los Sistemas
Administrativos y Funcionales, y de estas con las funciones regionales.
4. Se requiere de un trabajo coordinado, concordado, con una biblioteca de términos y conceptos que signifiquen lo
mismo para todos, para poder establecer con qué y cuáles instrumentos contamos, como funcionan, que tenernos y
sobre todo, que es lo que queremos como nación con diversos escenarios regionales. Una responsabilidad grande,
de fondo y de forma, le corresponde a las asociaciones institucionales (AMPE, REMURPE y ANGR) y a las
autoridades electas.
Es bueno ver hacia atrás, sin buscar culpables, pero buscando causas a los efectos indeseados. Esperamos haber
podido contribuir a este propósito.
Economista Alfredo Espinal, Especialista en Economía Pública y Planificación Regional. Diplomado de Diseño y Evaluación de
Proyectos Sociales - Pontificia Universidad Católica, Perú; Maestría en Economía Empresarial y Regional, Universidad Nacional
Mayor de San Marcos, Perú.
Email: alfrespinal@hotmail.com
Artículo publicado en la Revista Gestión Pública y Desarrollo, Año 5 - Nº 55/Febrero, 2012, Ediciones Caballero Bustamante, Perú
(www.gestionpublica.org.pe)
Foto de cubierta: La famosa Luna de Paita, Puerto Paita, Departamento de Piura, Perú (http://www.fotopaises.com/foto/Peru/Paita/31265.html).