LEY 482 DE GOBIERNOS AUTONOMOS MUNICIPALES.pptxHagapitoCastro
La Ley Nº 482 es la norma supletoria a la Carta Orgánica de los gobiernos autónomos municipales que no cuenten con su Carta Orgánica Municipal vigente y/o en lo que no hubieran legislado en el ámbito de sus competencias, establece la estructura organizativa y funcionamiento de los gobiernos autónomos municipales, etc...
dentro del proceso de construccion de las autonomias, el ministerio de autonomias de Bolivia, nos proporciono este documento para conocimiento de la comunidad.
La presentación resume los puntos más importantes de la norma aprobada en enero de 2014, y que se aplica a los Gobiernos Autónomos Munipales que no cuentan con su Carta Orgánica Municipal.
LEY 482 DE GOBIERNOS AUTONOMOS MUNICIPALES.pptxHagapitoCastro
La Ley Nº 482 es la norma supletoria a la Carta Orgánica de los gobiernos autónomos municipales que no cuenten con su Carta Orgánica Municipal vigente y/o en lo que no hubieran legislado en el ámbito de sus competencias, establece la estructura organizativa y funcionamiento de los gobiernos autónomos municipales, etc...
dentro del proceso de construccion de las autonomias, el ministerio de autonomias de Bolivia, nos proporciono este documento para conocimiento de la comunidad.
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Desarrollo de material investigativo sobre la infraestructura administrativo sobre la competencia de control otorgada a los diferente Organismos de Control Gubernamental en el Ecuador.
La presentación fue realizada en el conversatorio "Estatutos Departamentales en el Proceso Autonómico Boliviano" desarrollado en el marco de las actividades de la #SemanaAutonómica impulsada por el Ministerio de Autonomías.
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Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
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Evaluación de principales hallazgos de la Historia Clínica utiles en la orientación diagnóstica de Hemorragia Digestiva en el abordaje inicial del paciente.
1. MODULO II:
AUTONOMIAS Y COMPETENCIAS
Jose Luis Diego La Ruta Rodriguez -
la_rutajld@hotmail.com
2. Contenido
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1. Reflexiones iniciales
2. La CPE y las Autonomías
3. Que implica la Autonomías
4. Que son las Competencias?
5. Tipología de Competencias
6. Práctica
6. Reflexiones finales
3. Reflexiones finales
Como andan las autonomías en
nuestros municipios?
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4. Dirección General de Autonomías
Dirección General de Organización
Territorial
27 de mayo de 2019
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5. PROCESO AUTONOMICO BOLIVIANO
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* Prolegómenos y principales Hitos (participativo)
* 1994 - 2009
El proceso de descentralización municipal surge con la promulgación de la Ley de
Participación Popular ( 1994),como parte de las reformas denominadas de segunda
Generación impulsadas para el desarrollo institucional y el fortalecimiento de la
Gobernabilidad , entendida como la interacción entre la sociedad civil y el Estado
* 2009-2012
Un segundo momento del proceso emerge a partir de la promulgación de la nueva
Constitución Política del Estado (CPE )y de la Ley de Autonomías y Descentralización (2009)
.
6. La Nueva Constitución y las Autonomías
• Resultado de la instalación y funcionamiento
de la Asamblea Constituyente.
• Promulgación: CPE- 7 de febrero de 2009.
•El reconocimiento de las Autonomías en Bolivia encuentra
su origen en la Constitución Política del Estado. (art.1)
* La Constitución Política del Estado determinó
que la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización, regulará el Régimen
Autonómico. (art. 271)
Ley Marco de Autonomías
y Descentralización
“Andrés Ibáñez”
(19 de julio de 2010)
Es una Ley de carácter especial que da un marco general y regula
aspectos específicos para la aplicación ordenada y progresiva de las
autonomías en Bolivia. Bolivia autonómica, descolonizada, unida,
solidaria y productiva.
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8. RANGO CONSTITUCIONAL DE LAS ETA’S (Entidades Territoriales Autónomas)
Igualdad Jerárquica
para impulsar el desarrollo
económico, productivo
y social en su jurisdicción.
(Artículo 30 de la LMAD
para impulsar el desarrollo
económico local,
humano y el desarrollo urbano
a través de la
prestación de servicios
públicos a la población,
así como coadyuvar al
desarrollo rural. (Artículo 34
de la LMAD)
para impulsar el desarrollo
integral como naciones y
pueblos,
así como la gestión de su
territorio. (Artículo 42 de la
LMAD)
para promover el desarrollo
económico y social
en su jurisdicción mediante
la reglamentación
de las políticas públicas
departamentales en
la región en el marco de sus
competencias
conferidas. (Artículo 37 de la
LMAD)
Autonomía
Departamental
Autonomía
Municipal
Autonomía
IOC
Autonomía
Regional
NIVEL CENTRAL DEL ESTADO
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9. Nueva Gestión
Publica
Municipal
Potestad
Legislativa y
Cartas
Orgánicas
Distritos
Municipales
Indígenas
Diseño de
nuevo marco
normativo
Nuevo marco
para
participación y
control social
Nuevo marco
de relaciones
intergubernati
vos
Igualdad jerárquica
o de rango
constitucional
entre ETAS
Elección directa de
autoridades por
los ciudadanos y
ciudadanas
Administración de
recursos
económicos
Ejercicio de facultades,
legislativa, reglamentaria
fiscalizadora y ejecutiva, por
sus órganos de gobierno
autónomo
Ejercicio de las
competencias y
atribuciones
Nuevo Contexto
Constitucional a partir de la
CPE
Qué implica la Autonomía?
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10. AUTONOMIA
Elección directa
de sus
autoridades
Administración
de sus recursos
económicos
Ejercicio de
sus
facultades
AUTONOMÍA
Legislativa Reglamentaria
Fiscalizadora Ejecutiva
CONCEJO
MUNICIPAL
EJECUTIVO
MUNICIPAL
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Autonomía.- Es la cualidad gubernativa que adquiere una Entidad Territorial Autónoma de acuerdo a las
condiciones y procedimientos establecidos en la Constitución y la Ley Marco de Autonomías Ley 031.
Facultad: Consiste en la potestad , legislatiJvoase,L
fu
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a-
,administrativa y reglamentaria
11. AUTONOMIA ES:
• INTEGRACIÓN NACIONAL (SE FORTALECE LOS TERRITORIOS
PLANIFICANDO SU AUTODESARROLLO
• REVALORIZAR Y RECONOCER LA IDENTIDAD CULTURAL
• FACILITAR LA ADMINISTRACIÓN ECONOMICA Y LEGISLATIVA EN
LAS ETAS
• MEJORAR LA PROVISION DE SERVICIOS BASICOS EN EL PAIS, EN
AREAS URBANAS Y RURALES
AUTONOMIA NO ES:
• DESUNION
• DISCRIMINACIÓN Y EXCLUSION
• AISLAMIENTO Y LA SUPERIORIDAD DE UNA CULTURA SOBRE
OTRA
• FRAGMENTAR EL PAIS
• AUTORITARISMO
• INDEPENDENCIA O SOBERANIA
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REFLEXIONEMOS:
12. QUE SON LAS COMPETENCIAS?
Las Competencias son la titularidad de atribuciones
ejercitables respecto de las materias determinadas por la
Constitución Política del Estado y la Ley Marco de
Autonomías y Descentralización.
Por ejemplo una atribución que le compete a un Municipio es
la regulación del sistema de transporte urbano dentro del
área territorial que le corresponde.
Existen competencias que están reservadas al Nivel Central
de Gobierno, por ejemplo las Fuerzas Armadas, el Régimen
Impositivo o la Política Cambiaria.
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13. Que es el ejercicio competencial?
Es el proceso a través del cual las competencias
asignadas son materializadas como políticas
públicas para la provisión y prestación de
determinados servicios públicos.
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14. COMPETENCIAS EN EL MARCO DE LAS AUTONOMIAS,
Y LA GENERACION DE POLITICAS PUBLICAS
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COMPETENCIAS 199
Privativas 22
Exclusivas del Nivel Central del Estado 38
Compartidas 7
Concurrentes 16
Exclusivas de la Autonomía Departamental 36
Exclusivas de la Autonomía Municipal 43
Exclusivas de la Autonomía IOC 23
Compartidas de la Autonomía IOC 4
Concurrentes de la Autonomía IOC 10
15. Columna1 Columna2 Columna3 Columna4 Columna5 Columna6
NIVEL DE GOBIERNO TOTAL
ESTADO CENTRAL 83
AIOC 37
DEPARTAMENTAL 59
MUNICIPAL 66
REGIONAL 0
TOTAL
PRIVATIVA EXCLUSIVA CONCURRENTE COMPARTIDA
22 38 16 7
0 23 10 4
0 36 16 7
0 43 16 7
0 0 0 0
22 140 58 25 245
22
0 0 0
38
23
36 43
16
10
16
16
7
4
7
7
0
0
20
40
60
80
100
ESTADO CENTRAL AIOC DEPARTAMENTAL MUNICIPAL REGIONAL
PRIVATIVA EXCLUSIVA CONCURRENTE COMPARTIDA
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Cantidad de Competencias por nivel:
16. CLASIFICACIÓN DE COMPETENCIAS
PRIVATIVAS
Son competencias indelegables e intransferibles del Estado Nacional, por
su carácter estratégico y de interés colectivo.
• Elabora la ley
• Reglamenta la ley
• Ejecuta la competencia
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NIVEL CENTRAL DEL ESTADO
17. CLASIFICACIÓN DE COMPETENCIAS
EXCLUSIVAS
Son competencias que recaen en un solo nivel de gobierno, estás pueden
ser delegables o transferibles solo en sus facultades reglamentarias y
ejecutivas.
Cualquiera de los cuatro niveles de gobierno
* Elabora la ley
• Reglamenta la ley
• Ejecuta la Competencia
NOTA: Estas competencias sólo se pueden transferir o delegar la reglamentación y la ejecución. Todos los
Gobiernos Autónomos a excepción de la autonomía regional, tienen competencias exclusivas expresamente
establecidas en la Constitución Política del Estado
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18. CLASIFICACIÓN DE COMPETENCIAS
CONCURRENTES
ELABORA LA LEY
REGLAMENTACIÓN
EJECUCIÓN
NIVEL CENTRAL DEPARTAMENTAL MUNICIPAL
INDÍGENA ORIGINARIA
CAMPESINA
REGIONAL
Son competencias sujetas a una legislación básica nacional,
correspondiendo a los gobiernos autónomos la reglamentación y la
ejecución.
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19. CLASIFICACIÓN DE COMPETENCIAS
COMPARTIDAS
Las competencias compartidas son aquellas en las que la legislación básica nacional
se reserva al Estado y la legislación de desarrollo corresponde a los niveles
subnacionales, así como la reglamentación, ejecución, administración y operación.
Nivel Central Elabora Ley Básica ETA
• Elabora Ley de Desarrollo
• Reglamenta la Competencia
• Ejecuta la competencia
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20. ALGUNAS COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LOS GAM´s
Es la titularidad de atribuciones ejercitables respecto de las materias determinadas por la CPE y la
Ley 031 -LMAD
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21. ALGUNAS COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LOS GAM´s
Es la titularidad de atribuciones ejercitables respecto de las materias determinadas por la CPE y la
Ley 031 -LMAD
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22. ALGUNAS COMPETENCIAS DE LOS GAM´s
Es la titularidad de atribuciones ejercitables respecto de las materias determinadas por la CPE y la
Ley 031 -LMAD
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23. ¿Qué es Competencia?
Es la titularidad de atribuciones ejercitables respecto de las materias
determinadas por la CPE y la Ley
MATERIA COMPETENCIAL Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción.
TITULAR Gobierno Municipal de Curva
Proyecto Construcción muro perimetral en la U.E. Sucre
Atribuciones del Órgano
Ejecutivo
Planificación, Programación, presupuestación, proceso de
contratación, fiscalización técnica de la obra, Registro Contable de
los pagos. Informes de avance, conclusión y entrega.
Atribuciones del Órgano
Legislativo.
Aprobación del Presupuesto, Fiscalización de la ejecución:
Petición de informes orales o escritos, minutas de comunicación,
ETC.
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24. Transferencia
Competencial
Delegación
Competencial
Traspaso de
responsabilidades
• Es La transferencia total o parcial de una competencia
• Implica transferir su responsabilidad a la ETA que la recibe
• La transferencia es definitiva y no puede ser, a su vez, transferida a una tercera ETA
• La transferencia se hará efectiva cuando las ETAs emisora y receptora la ratifiquen por
ley de sus órganos deliberativos (Ar t. 75 de la LMAD)
• La delegación total o parcial de una competencia implica que el gobierno delegante no
pierde la titularidad de la misma.
• La delegación es revocable en los términos establecidos en convenio
• La delegación de una competencia que era ejercida efectivamente por la entidad que la
confiere, incluirá los recursos, la infraestructura, el equipamiento y los instrumentos
técnicos y metodológicos que se hayan estado empleando para ello, así como la
capacitación de personal y transmisión del conocimiento que forman parte de su ejercicio
(Art.76/I-II de la LMAD).
Es el procedimiento para el ejercicio efectivo de las responsabilidades sobre una
competencia que la Constitución Política del Estado o la Ley Marco de Autonomías y
Descentralización ha reasignado su titularidad a una nueva Entidad Territorial
FIGURAS QUE SE PRESENTAN EN EL EJERCICIO COMPETENCIAL
Autónoma (Art.1J
o
1s
e
2L
u
di
s
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le
ag
o
LL
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Au
t
D
a)R.odriguez-
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25. Ejercicio efectivo desde los enfoques transversales.
• La Constitución Política del Estado mediante diversos
mecanismos, establece cierta protección a personas,
colectividades y el medio ambiente. Por ejemplo,
derechos y mecanismos de protección para la niñez y
adolescencia, para los adultos mayores, mujeres y
personas con discapacidad. De igual forma se
establece la necesidad de insertar el criterio de
interculturalidad en la educación, cultura, justicia,
entre otros ámbitos.
• Finalmente, el texto constitucional considera también
como aspecto central el cuidado del medio ambiente y
la reducción de los impactos ambientales
PERSONAS CON
DISCAPACIDAD
ADULTO MAYOR
GENERO Y
GENERACIONAL
INTERCULTURALIDAD
MEDIO
AMBIENTE
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