UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE REPTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y
POLITICA
ESCUELA DE DERECHO
Responsable:
Rodríguez, Alexander.
CI: 19.323.887
OBJETO DE LA PRUEBA
OBJETO DE LA PRUEBA
Es la cosa, hecho, acontecimiento o circunstancia que debe ser
demostrado en el proceso, a fin de que sean conocidas por el juez
y crearle certeza.
HECHOS QUE NO
REQUIEREN PRUEBA
HECHOS QUE
REQUIEREN PRUEBA
 Hechos admitidos.
 Hechos Negativos.
 Hechos presumidos por la
Ley.
 Hechos Notorios.
 Máximas de Experiencias.
 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: La prueba judicial tiene base constitucional, en virtud de lo consagrado en el artículo 49
CRBV,
 Código Civil Venezolano: Se basa en probar la obligación y su extinción. Este artículo constituye la norma rectora en materia de pruebas civiles.
 Código de Procedimiento Civil: El artículo 12 Los jueces tendrán por parte de sus actos la verdad, que procurarán conocer en los límites de su oficio.
 Código de Comercio: Este regula todos los actos de comercio en los Art 38, 39, 41, 42, 124 Del Código de Comercio.
 Ley del Estatuto de la Función Pública: El artículo 105 de la LEFP textualmente establece: "Las partes, dentro de los cinco días de despacho siguientes a
la audiencia preliminar, sólo si alguna de las mismas solicita en esa oportunidad la apertura del lapso probatorio, deberán acompañar las pruebas que no
requieren evacuación y promover aquéllas que la requieran.
 Código Orgánico Tributario: Regula todo lo relacionado con las relaciones jurídicas derivadas de los tributos nacionales, entre el contribuyente y el ente
recaudador del tributo que es el Estado. Art 267, 269, 270, 271, 273 COT.
 Hechos Constitutivos.
 Hechos Extintivos.
 Hechos Impeditivos.
 Hechos Modificativos.
 Principio de Control y Contradicción.
 Principio de la Comunidad de la Prueba.
 Principio de la Necesidad de la Prueba.
 Principio de Interés Público de la Evacuación de la Prueba.
 Principio de la Lealtad y Probidad de la Prueba.
 Principio de Eficacia Jurídica y Legal de la Prueba.
 Principio de la Publicidad de la Prueba
 Principio de Legitimación del Derecho Probatorio.
 Principio Preclusivo de la Prueba.
 Principio de Inmediación y Dirección.
 Principio de la Originalidad de la Prueba.
 Principio de Naturalidad y Espontaneidad de la Persona
Humana.
 Principio de Inmaculación de la Prueba.
 Principio de Pertenencia de la Prueba.
 Principio de Conducencia o Idoneidad de la Prueba.
 Principio de Gratitud de la Prueba.
PRINCIPIOS DE LA PRUEBA
FUENTES LEGALES DE LA PRUEBA

Objeto de la prueba

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICEREPTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLITICA ESCUELA DE DERECHO Responsable: Rodríguez, Alexander. CI: 19.323.887 OBJETO DE LA PRUEBA
  • 2.
    OBJETO DE LAPRUEBA Es la cosa, hecho, acontecimiento o circunstancia que debe ser demostrado en el proceso, a fin de que sean conocidas por el juez y crearle certeza. HECHOS QUE NO REQUIEREN PRUEBA HECHOS QUE REQUIEREN PRUEBA  Hechos admitidos.  Hechos Negativos.  Hechos presumidos por la Ley.  Hechos Notorios.  Máximas de Experiencias.  Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: La prueba judicial tiene base constitucional, en virtud de lo consagrado en el artículo 49 CRBV,  Código Civil Venezolano: Se basa en probar la obligación y su extinción. Este artículo constituye la norma rectora en materia de pruebas civiles.  Código de Procedimiento Civil: El artículo 12 Los jueces tendrán por parte de sus actos la verdad, que procurarán conocer en los límites de su oficio.  Código de Comercio: Este regula todos los actos de comercio en los Art 38, 39, 41, 42, 124 Del Código de Comercio.  Ley del Estatuto de la Función Pública: El artículo 105 de la LEFP textualmente establece: "Las partes, dentro de los cinco días de despacho siguientes a la audiencia preliminar, sólo si alguna de las mismas solicita en esa oportunidad la apertura del lapso probatorio, deberán acompañar las pruebas que no requieren evacuación y promover aquéllas que la requieran.  Código Orgánico Tributario: Regula todo lo relacionado con las relaciones jurídicas derivadas de los tributos nacionales, entre el contribuyente y el ente recaudador del tributo que es el Estado. Art 267, 269, 270, 271, 273 COT.  Hechos Constitutivos.  Hechos Extintivos.  Hechos Impeditivos.  Hechos Modificativos.  Principio de Control y Contradicción.  Principio de la Comunidad de la Prueba.  Principio de la Necesidad de la Prueba.  Principio de Interés Público de la Evacuación de la Prueba.  Principio de la Lealtad y Probidad de la Prueba.  Principio de Eficacia Jurídica y Legal de la Prueba.  Principio de la Publicidad de la Prueba  Principio de Legitimación del Derecho Probatorio.  Principio Preclusivo de la Prueba.  Principio de Inmediación y Dirección.  Principio de la Originalidad de la Prueba.  Principio de Naturalidad y Espontaneidad de la Persona Humana.  Principio de Inmaculación de la Prueba.  Principio de Pertenencia de la Prueba.  Principio de Conducencia o Idoneidad de la Prueba.  Principio de Gratitud de la Prueba. PRINCIPIOS DE LA PRUEBA FUENTES LEGALES DE LA PRUEBA