La OIT se encarga de analizar temas relacionados con el mundo laboral y proteger los derechos de los trabajadores. Algunos de sus objetivos principales incluyen la generación de empleo, ampliar la protección social, promover el diálogo social y garantizar que los países respeten los convenios laborales firmados. Los convenios cubren una variedad de temas como el trabajo forzoso, inspección laboral, radiaciones, seguridad e higiene, edad mínima y más.
1. ¿Qué es la OIT?
Funciones de la OIT
Análisis de los convenios de la OIT
Integrantes:
Juan Carlos Caluña Fernanda Rea
Isabel Chanaguano Kevin Rea
Alison Pilco Nataly Montero
Ariana Guerrero
UNIVERSIDAD ESTATAL DE BOLÍVAR
FACULTAD CIENCIAS DE LA SALUD Y
DEL SER HUMANO
DOCENTE:
Dra. Isabele Llaguno de
Mora MsC
2. ¿Qué es la OIT?
• OIT es la sigla
correspondiente a
Organización Internacional
del Trabajo, una entidad que
funciona bajo la órbita de la
Organización de las
Naciones Unidas (ONU).
Esta institución se encarga
de analizar todo aquello
vinculado al universo
laboral, protegiendo los
derechos de los trabajadores.
3. 1. La importancia de que los gobiernos generen
empleos.
• Tanto los dirigentes como las organizaciones vinculadas al mundo del trabajo tienen que
adoptar nuevas medidas que aseguren la creación de nuevos empleos para incentivar el
desarrollo y procurar que deje de existir el desempleo. Porque la respuesta ante la crisis
debe ser en vez de reducir las posibilidades de empleo, ampliarlas para fomentar el tráfico
de dinero y producción en el país.
4. 2. Que se amplíe la protección social.
• La importancia de que exista un trato amistoso
entre los diversos Estados y que, aquellos que
tienen economías sólidas y estructuras sociales
capaces de enfrentarse de forma eficiente a la
crisis puedan extender su mano a aquellos
sectores más vulnerables y asegurar entre todos
unos sistemas donde la brecha entre los que
tienen en abundancia y los que tienen se reduzca
más y más.
5. 3. Los Estados deben respetar a
raja tabla las normas laborales
firmadas en los convenios.
• En todos los convenios firmados
dentro de la OIT existe una
preocupación latente de evitar un
derrumbe estructural en la economía
del mundo, por tanto, si los países
respetan esos convenios y sus
normas es posible que pueda
mantenerse una estrecha vigilancia
sobre la crisis para evitar ese
precipicio. Además, es fundamental
que se respeten los derechos de los
trabajadores en primera instancia,
para trabajar contra la explotación
infantil, la discriminación laboral y
promover el derecho a la libertad de
sindicatos.
6. 4. Los países deben promover la interacción
social.
• Es muy importante que se ofrezcan modelos
de diálogo social que promuevan la
negociación colectiva y eviten el choque
entre diversas posturas dentro de una
sociedad. A sí mismo, es fundamental que se
diseñen políticas que promuevan la creación
de lazos estrechos y amables entre
empleadores y trabajadores porque, en
definitiva, son los pilares de que la sociedad
funcione.
7. FUNCIONES DE LA OIT
• Principios y derechos del trabajador.
• Generación de empleo.
• Protección social
• Dialogo social.
8. ANÁLISIS DE CONVENIOS
• Convenio sobre el trabajo forzoso
Todo Miembro de la Organización Internacional del
Trabajo que ratifique el presente Convenio se obliga a
suprimir y a no hacer uso de ninguna forma de trabajo
forzoso u obligatorio: Como medio de coerción o de
educación políticas o como castigo por tener o expresar
determinadas opiniones políticas o por manifestar
oposición ideológica al orden político, social o
económico establecido.
9. Convenio sobre la inspección del
trabajo
Velar por el cumplimiento de las disposiciones
legales relativas a las condiciones de trabajo y
a la protección de los trabajadores en el
ejercicio de su profesión, tales como las
disposiciones sobre horas de trabajo, salarios,
seguridad, higiene y bienestar, empleo de
menores y demás disposiciones afines, en la
medida en que los inspectores del trabajo estén
encargados de velar por el cumplimiento de
dichas disposiciones.
10. Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso
El trabajo forzoso tiene lugar cuando las personas se
ven sometidas a la coerción psicológica o física para
realizar algún trabajo, que de otra manera no habrían
elegido libremente. El trabajo forzoso incluye
situaciones tales como la esclavitud, prácticas similares
a la esclavitud, la servidumbre y la servidumbre por
deudas Algunas personas corren más riesgo de
convertirse en víctimas del trabajo forzoso, dado que
son más vulnerables o más pobres que otras y, por lo
tanto, pueden ser explotadas más fácilmente.
11. Convenio sobre la protección contra las
radiaciones
El presente repertorio facilita una orientación para
proteger a los trabajadores contra los riesgos de
radiación derivados de fuentes radiactivas en los
lugares de trabajo. El repertorio establece los
principios de un sistema de limitación de dosis
aplicable a los trabajadores, pero no contiene
orientaciones detalladas sobre las técnicas
empleadas para medición y evaluación concretas
de las exposiciones y para su control.
12. Convenio sobre la protección de la maquina
La autoridad competente de cada país determinará si las
máquinas, nuevas o de ocasión, movidas por fuerza
humana, entrañan un riesgo para la integridad física del
trabajador y en qué medida, y si deben ser consideradas
como máquinas a los efectos de la aplicación del
presente Convenio. Estas decisiones se adoptarán previa
consulta a las organizaciones más representativas de
empleadores y de trabajadores interesadas. La iniciativa
de la consulta puede tomarla cualquiera de estas
organizaciones.
13. Convenio sobre la higiene (comercio y oficinas)
El presente Convenio es:
a) a los establecimientos de comercio;
b) a los establecimientos, instituciones o
servicios administrativos cuyo personal
efectúe principalmente trabajos de oficina;
c) en la medida en que no estén sometidos a
la legislación nacional o a otras
disposiciones relativas a la higiene en la
industria, las minas, los transportes o la
agricultura, a toda sección de otros
establecimientos, instituciones o servicios
administrativos en que el personal efectúe
principalmente actividades comerciales o
trabajos de oficina.
14. Convenio sobre el examen médico de los
menores (trabajo subterráneo)
El término mina significa toda empresa, pública o
privada, dedicada a la extracción de sustancias situadas
bajo la superficie de la tierra por métodos que implican
el empleo de personas en trabajos subterráneos. Podrán
adoptarse otras medidas para la vigilancia médica de los
menores cuya edad esté comprendida entre 18 y 21
años, si la autoridad competente, después de oír el
dictamen médico y después de consultar a las
organizaciones más representativas de empleadores y de
trabajadores interesadas.
15. Convenio sobre el peso
máximo.
El presente Convenio se aplica al
transporte manual y habitual de
carga, también se aplica a todos
los sectores de actividad
económica para los cuales el
Estado Miembro interesado
mantenga un sistema de
inspección del trabajo. Lo cual
No se deberá exigir ni permitir a
un trabajador el transporte
manual de carga cuyo peso pueda
comprometer su salud o su
seguridad.
16. Convenio edad mínima
Exige que la edad a la cual un niño termina su
educación obligatoria y la edad mínima de
admisión al trabajo sea la misma. Los niños sólo
estarán preparados para una vida laboral plena y
productiva cuando tengan al menos una educación
básica. Por supuesto, una persona de 15 de años de
edad sigue siendo un niño (definido en el derecho
internacional como toda persona menor de 18
años), que continúa desarrollándose física y
mentalmente, que es más vulnerable que los
adultos a los peligros en el lugar de trabajo
17. Convenio seguridad e higiene (trabajo
portuario)
• La seguridad y la salud en el trabajo ha sido un tema
de interés en las diferentes etapas del desarrollo
histórico de la sociedad, por lo que la formalización
de sus métodos, fines y cuerpo teórico es el resultado
de la producción investigativa de profesionales de
diferentes especialidades. sobre la seguridad y salud
en el trabajo, se evidencia su tendencia regulativa, así
como el reconocimiento en normativas especiales
propias del ámbito del derecho del trabajo de sus
elementos
18. Convenio seguridad y salud de los
trabajadores
Para los empleadores, esto se traduce en costosas
jubilaciones anticipadas, pérdida de personal
cualificado, absentismo y altas primas de seguro.
Sin embargo, estas tragedias podrían evitarse con
la adopción de métodos racionales de prevención,
notificación e inspección. Las normas de la OIT
sobre seguridad y salud en el trabajo proporcionan
a los gobiernos, empleadores y trabajadores los
instrumentos necesarios para desarrollar tales
métodos y garantizar la máxima seguridad en el
trabajo.
19. Convenio servicios de salud en el trabajo
Podemos expresar los servicios de salud en el
trabajo designa unos servicios investidos de
funciones esencialmente preventivas y encargados
de asesorar al empleador, a los trabajadores y a sus
representantes en la empresa acerca de los
requisitos necesarios para establecer y conservar un
medio ambiente de trabajo seguro y sano que
favorezca una salud física y mental óptima en
relación con el trabajo
20. Convenio asbesto
Después de haber decidido adoptar diversas
proposiciones relativas a la seguridad en la
utilización del asbesto, cuestión que
constituye el cuarto punto del orden del día de
la reunión, y Después de haber decidido que
dichas proposiciones revistan la forma de un
convenio internacional, adopta, con fecha
veinticuatro de junio de mil novecientos
ochenta y seis, el presente Convenio, que
podrá ser citado como el Convenio sobre el
asbesto, 1986.
21. Convenio de la salud y asistencia médica
Después de haber decidido adoptar diversas propuestas
sobre la protección de la salud y la asistencia médica de
la gente de mar, cuestión que constituye el cuarto punto
del orden del día de la reunión, y Después de haber
decidido que dichas propuestas revistan la forma de un
convenio internacional, adopta, con fecha ocho de
octubre de mil novecientos ochenta y siete, el presente
Convenio, que podrá ser citado como el Convenio sobre
la protección de la salud y la asistencia médica
22. Convenio sobre productos químicos
• Analizando obliga a las Partes a comunicar a la
Secretaría las medidas reglamentarias firmes que
haya adoptado con respecto a productos químicos
prohibidos o rigurosamente restringidos, para
información de las demás Partes y su posible
inclusión en el Convenio. Los países en
desarrollo y los países con economías en
transición también pueden proponer la inclusión
de formulaciones plaguicidas extremadamente
peligrosas.
23. Convenio sobre trabajo
nocturno
Tomando nota de las disposiciones de
los convenios y recomendaciones
internacionales del trabajo sobre el
trabajo nocturno de los menores, y en
particular las disposiciones del
Convenio y de la Recomendación
sobre el trabajo nocturno de los
menores (trabajos no industriales),
1946; del Convenio (revisado) sobre
el trabajo nocturno de los menores
(industria), 1948, y de la
Recomendación sobre el trabajo
nocturno de los menores
(agricultura), 1921