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SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO 
Introducción 
La industria ha sido una característica del ser humano desde la 
prehistoria y desde entonces el instinto de conservación propio y su 
temor a lesionarse, siguen siendo parte importante de su existir en la 
actualidad. 
La prevención de accidentes se practicaba indudablemente en cierto 
grado, aún en las civilizaciones más remotas. Tales esfuerzos, es muy 
probable que fueran casi por completo de carácter personal y 
defensivo. La seguridad industrial, hasta tiempos más o menos 
recientes, fue principalmente un asunto de esfuerzo individual, más 
que una forma de procedimiento organizado. 
La verdadera necesidad de la seguridad organizada se hizo patente 
con la Revolución Industrial, ya que vino acompañada de condiciones 
de trabajo inadecuadas y totalmente inseguras, ocasionando muertes 
por accidentes profesionales y mutilaciones con mucha frecuencia. 
La introducción de los operarios en la industria mecanizada, vino 
acompañada de condiciones de trabajo detestables. No había ningún 
sistema de distribución de agua, no existían escuelas y las 
habitaciones eran inadecuadas. 
Las condiciones de las fábricas eran poco más que chozas. En éstas, 
no existían condiciones convenientes de alumbrado, ventilación e 
higiene. Dos terceras partes de los obreros eran mujeres y niños, cuyo 
tiempo de trabajo era de 12 a 14 horas al día.
Historia de la Seguridad e Higiene en México 
En 1802 nace una ley para proteger la salud y la mortalidad de los 
aprendices y otros trabajadores de la hilandería y fábricas. En 1841 
surge la primera legislación de fábricas francesas, sobre el empleo de 
niños en las empresas industriales, fábricas y talleres que utilizaban 
fuerza motriz o que trabajaban sin interruptores. 
En Prusia, las primeras medidas encaminadas a crear un sistema de 
inspección de fábricas fueron los reglamentos de 1839 sobre el 
empleo de trabajadores jóvenes, en 1845 se aconsejó nombrar 
médicos como inspectores de fábricas. En 1869 la federación de 
Alemania del norte promulgo la protección social de los trabajadores 
contra los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, En 
1872 introdujo un sistema de inspección tanto para la seguridad como 
para la higiene del trabajo en general y casi al mismo tiempo en los 
Estados industriales de Sajonia y Badén siguieron su ejemplo. 
En Bélgica la legislación sobre seguridad e higiene del trabajo fue algo 
distinto; se inspiró en la era napoleónica en la parte de la legislación 
sobre inspección y en parte de la legislación para proteger el interés 
público contra los riesgos o molestias causados por la industria. 
En los Estado Unidos de Norteamérica fue Massachusetts el primer 
estado que adopto una ley para la prevención de accidentes en las 
fábricas en 1877 en 1886 adopto una ley para hacer obligatoria la 
notificación de accidentes. 
Nuestro país no ha quedado al margen en el hecho en que sus 
trabajadores se ven inmersos en condiciones inseguras y de 
desamparo; sin embargo estas circunstancias son las que impulsan a 
los trabajadores o contrarrestar unidos estas situaciones.
La falta de protección el trabajador le falta de medios de seguridad e 
higiene en talleres y establecimientos fabriles, dejaron por demás la 
responsabilidad a los patrones por los daños acaecidos en el trabajo. 
En 1917 se eleva a rango constitucional las garantías sociales, que 
quedaban plasmadas en el artículo 123 el cuyo inicio se evoca a la 
legislación de los Estado un reglamento y culmina con la ley federal 
del trabajo en 1931 sin embargo por la exigencia del país dicha ley es 
revisada, reformada y puesta en vigor el 1 de mayo de 1970. 
El mismo artículo constitucional en su fracción XXIX señala las 
necesidades de establecer un sistema seguro social, que culmina en 
1943 con la promulgación de la ley que crea el Instituto Mexicano del 
Seguro Social. Encontrando dentro del plano gubernamental el MISS , 
la secretaria de salud, la secretaria del trabajo y previsión social , 
además de las dependencias como petróleos mexicanos, ferrocarriles 
nacionales de México y el ISSSTE, que cuenta con sus propios 
departamentos de higiene y seguridad. 
Conceptualización de seguridad e higiene en el 
trabajo 
Actos inseguros 
“Son las fallas, olvidos, errores u omisiones que hacen las personas al 
realizar un trabajo, tarea o actividad y que pudieran ponerlas en riesgo 
de sufrir un accidente”. 
Los actos inseguros OCASIONAN EL 96% DE LOS ACCIDENTES.
Algunos ejemplos: 
 Trabajar sin equipo de protección personal permitir a la gente 
trabajar sin el epp 
 Cruzar la calle sin precaución. 
 Conectar un número interminable de aparatos electrónicos a un 
multicontacto -el peor invento- 
 Lanzar objetos a los compañeros 
 Pasarse un alto/hablar por teléfono cuando vamos manejando/no 
utilizar el cinturón de seguridad. 
 Derramar materiales/aceites en el piso -y no limpiar- 
 Jugar o hacer bromas durante actividades -laborales- 
 Falta de Prevención. 
Condiciones inseguras 
“Son las instalaciones, equipos de trabajo, maquinaria y herramientas 
que NO están en condiciones de ser usados y de realizar el trabajo 
para el cual fueron diseñadas o creadas y que ponen en riesgo de 
sufrir un accidente a la o las personas que las ocupan”. 
Algunos ejemplos: 
 Suciedad y desorden en el área de trabajo 
 Cables energizados en mal estado (expuestos, rotos, pelados) 
 Pasillos, escaleras y puertas obstruidas 
 Pisos en malas condiciones 
 Escaleras sin pasamanos 
 Mala ventilación 
 Herramientas sin guardas de protección 
 Herramientas sin filo 
 Herramientas rotas o deformadas
 Maquinaria sin anclaje adecuado 
 Maquinaria sin paros de Emergencia 
 Cables sueltos 
Comisión mixta de seguridad e higiene en el 
trabajo 
Una comisión o comité de seguridad es un medio eficaz para interesar 
y educar a grandes cantidades de personas en una determinada 
actividad. Puede también constituir un método para obtener 
cooperación, coordinación e intercambio de ideas entre personas que 
de otra manera no se reunirían en forma regular; pueden ser eficaces 
en la adopción de amplias líneas políticas. 
Antecedentes 
En 1911 nace la creación del Departamento del Trabajo, él cual tenía 
como propósito solucionar los problemas laborales que se gestaban 
en plena revolución. En 1928 se crea en la sección de higiene y 
seguridad para atender las consultas y reclamaciones por riesgos 
laborales en el trabajo la cual dependía del Departamento del Trabajo 
y éste a su vez de la Secretaría de Industria y Comercio. En 1931 fue 
la promulgación de la primera Ley Federal del Trabajo, como 
consecuencia el Departamento del Trabajo obtuvo su autonomía en 
1932 con las siguientes funciones: aplicar la Ley Federal del Trabajo, 
buscar soluciones a los conflictos laborales y desarrollar una política 
de previsión social e inspección.
¿Qué son las comisiones mixtas de higiene y seguridad? 
Esta Comisión Mixta General es la encargada de determinar las 
labores que se consideran como insalubres y peligrosas, 
determinando las condiciones de trabajo, elementos de protección, 
higiene y prevención, y en general de los riesgos profesionales o de 
trabajo que se requieran, establecer los lineamientos generales para 
que se proporcionen los servicios y elementos de higiene y prevención 
de accidentes de trabajo y /o enfermedades profesionales en cada uno 
de los centros de trabajo. 
La Comisión Mixta de Seguridad por ley debe haber por lo menos una 
en cada empresa: 
Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo dice: “En Cada empresa o 
establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene 
que se juzgue necesarias, compuestas por igual números de 
representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las 
causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para 
prevenirlos y vigilar que se cumplan”. 
Al iniciar una comisión, debe prepararse una declaración escrita 
indicando: 
a) Misión o responsabilidad del comité. 
b) Autoridad. 
c) Presupuesto. 
d) Procedimientos, es decir: frecuencia de las reuniones, orden del 
día, exigencia en cuanto a asistencia, minutas o actas, etcétera. 
Objetivo: 
Tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la 
integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas 
encaminadas a que se les proporciones sus derechos y obligaciones.
¿Cómo deben integrarse? 
Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse 
con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo 
no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades 
los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan. El número 
total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el 
número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, 
en la siguiente forma: 
a). Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un 
representante de los trabajadores y uno de los patrones. 
b). De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los 
trabajadores y dos de los patrones. 
c). Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes 
de los trabajadores y cinco de los patrones. 
d). Se podrán nombrar más representantes si así se considera 
necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un 
suplente. 
Recomendaciones 
Dada su importancia en el poco provecho que se ha obtenido de ellas, 
a continuación haremos algunas recomendaciones para que las 
comisiones mixtas funcionen adecuadamente. 
1. Integrar la comisión de acuerdo con las normas que marca la ley 
pero tratando de que las participaciones sean voluntarias. 
2. Darle a la Comisión la importancia y el apoyo que necesitan. Esto 
influye dar las facilidades a los miembros para que asistan a las juntas, 
hacerles caso, hagan caso los requerimientos a la administración
correspondiente reconociéndole su trabajo y esfuerzo, así como 
mantener a sus integrantes informados sobre los resultados de 
programa de seguridad. 
3. Cumplir con el programa de la Comisión mixta, no suspender las 
reuniones, ser puntual al iniciarlas y al terminarlas, elaborar las actas e 
informes oportunamente y distribuir en tres todos los involucrados, si 
algún directivo se compromete a algo ante la comisión se debe cumplir 
e informar de lo realizado. 
4. Sugerimos en las reuniones de la comisión sean atractivas, 
dinámicas y que todos los integrantes participen en alguna forma que 
se pueda incluso, con cierto tiempo, rotar cargos y las funciones 
durante las secciones. 
5. Mantener un programa de capacitación para los miembros de la 
comisión. Si una de sus funciones es la de investigar los accidente y 
otra la de efectuar inspecciones, por lógica devén de saber hacerlo. 
6. Motivarlos continuamente para mantener su compromiso de que los 
integrantes de la comisión utilicen las reuniones para atacar a los 
accidentes que se generan a una organización como es la industria, y 
con esto se evita a centrarlos en lo que deben de hacer y los 
beneficios que con este van adquirir sus compañeros de trabajo y que 
la empresa beneficiara a partir de los accidentes. 
Importancia y funciones de las comisiones 
Las comisiones de seguridad e higiene es el organismo por el cual el 
patrón conoce las desviaciones de seguridad e higiene en los 
siguientes aspectos: 
• El cumplir con las normas establecidas en las leyes de seguridad e 
higiene para evitar sanciones o accidentes. 
• Mantenimiento del equipo y maquinaria de trabajo: calculando el 
tiempo de vida de la maquinaria a fin de evitar accidentes de trabajo.
• Aplicación de políticas de seguridad e higiene: por parte del patrón se 
debe cumplir con la creación y continuo mantenimiento de las 
comisiones de seguridad e higiene para encontrar los actos inseguros 
y de riesgo, para los compañeros de trabajo ya que son ellos los 
directamente afectados por algún accidente de trabajo, pudiendo llegar 
a perder hasta la vida. 
• Participación de los responsables de las comisiones de seguridad e 
higiene: la secretaría de trabajo y previsión social debe exigir, orientar 
y ayudar al patrón, este a su vez debe exigir formar y ayudar a 
organizar las comisiones mixtas de seguridad e higiene. 
• Aplicación de programas de preventivos de seguridad e higiene: el 
patrón debe capacitar, adiestrar, motivar a los trabajadores esto se 
vera reflejado en la disminución de los accidentes. 
• Ser eficientes en los sistemas de información del trabajador: esto se 
logra poniendo un periódico mural, junto de evaluación e informativo, 
cartas personales. 
• Manejo adecuado del equipo de protección personal: motivar y 
capacitar al personal para usar la maquinaria que se utiliza. 
El trabajador deberá: 
• Denunciar los riesgos de trabajo en la empresa a su comisión mixta 
de seguridad e higiene: a fin de levantar un acta para que quede 
constancia del el previo aviso a fin de que alguien que no lo ha visto 
salga dañado o muerto de ese acto inseguro. 
• Proponer mejorar en los procesos de trabajo: esto es con el fin de 
que el trabajador esté más a gusto, rinda más y evitar un accidente por 
apatía o descuido, logrando un mejor desempeño de su tarea.
• Participar en las actividades de seguridad e higiene: esto se logra 
motivando al trabajador con asociar al trabajador con los demás 
compañeros. 
El sindicato deberá: 
• Vigilar el cumplimiento de las normas referentes a la seguridad e 
higiene: esto se logra denunciando los actos inseguros de los 
trabajadores en su área laboral, ya que la unión de los trabajadores es 
muy fuerte. 
Las autoridades laborales deberán: 
• Percatarse, a través de las actas de las comisiones los riesgos 
mayores que estén presentes en las empresas y adecuar las acciones 
correspondientes con mayor efectividad; la secretaría del trabajado no 
debe pasar por alto las condiciones inseguras de los trabajadores, 
informando al patrón para evitar un accidente.

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Seguridad e higiene

  • 1. SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Introducción La industria ha sido una característica del ser humano desde la prehistoria y desde entonces el instinto de conservación propio y su temor a lesionarse, siguen siendo parte importante de su existir en la actualidad. La prevención de accidentes se practicaba indudablemente en cierto grado, aún en las civilizaciones más remotas. Tales esfuerzos, es muy probable que fueran casi por completo de carácter personal y defensivo. La seguridad industrial, hasta tiempos más o menos recientes, fue principalmente un asunto de esfuerzo individual, más que una forma de procedimiento organizado. La verdadera necesidad de la seguridad organizada se hizo patente con la Revolución Industrial, ya que vino acompañada de condiciones de trabajo inadecuadas y totalmente inseguras, ocasionando muertes por accidentes profesionales y mutilaciones con mucha frecuencia. La introducción de los operarios en la industria mecanizada, vino acompañada de condiciones de trabajo detestables. No había ningún sistema de distribución de agua, no existían escuelas y las habitaciones eran inadecuadas. Las condiciones de las fábricas eran poco más que chozas. En éstas, no existían condiciones convenientes de alumbrado, ventilación e higiene. Dos terceras partes de los obreros eran mujeres y niños, cuyo tiempo de trabajo era de 12 a 14 horas al día.
  • 2. Historia de la Seguridad e Higiene en México En 1802 nace una ley para proteger la salud y la mortalidad de los aprendices y otros trabajadores de la hilandería y fábricas. En 1841 surge la primera legislación de fábricas francesas, sobre el empleo de niños en las empresas industriales, fábricas y talleres que utilizaban fuerza motriz o que trabajaban sin interruptores. En Prusia, las primeras medidas encaminadas a crear un sistema de inspección de fábricas fueron los reglamentos de 1839 sobre el empleo de trabajadores jóvenes, en 1845 se aconsejó nombrar médicos como inspectores de fábricas. En 1869 la federación de Alemania del norte promulgo la protección social de los trabajadores contra los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, En 1872 introdujo un sistema de inspección tanto para la seguridad como para la higiene del trabajo en general y casi al mismo tiempo en los Estados industriales de Sajonia y Badén siguieron su ejemplo. En Bélgica la legislación sobre seguridad e higiene del trabajo fue algo distinto; se inspiró en la era napoleónica en la parte de la legislación sobre inspección y en parte de la legislación para proteger el interés público contra los riesgos o molestias causados por la industria. En los Estado Unidos de Norteamérica fue Massachusetts el primer estado que adopto una ley para la prevención de accidentes en las fábricas en 1877 en 1886 adopto una ley para hacer obligatoria la notificación de accidentes. Nuestro país no ha quedado al margen en el hecho en que sus trabajadores se ven inmersos en condiciones inseguras y de desamparo; sin embargo estas circunstancias son las que impulsan a los trabajadores o contrarrestar unidos estas situaciones.
  • 3. La falta de protección el trabajador le falta de medios de seguridad e higiene en talleres y establecimientos fabriles, dejaron por demás la responsabilidad a los patrones por los daños acaecidos en el trabajo. En 1917 se eleva a rango constitucional las garantías sociales, que quedaban plasmadas en el artículo 123 el cuyo inicio se evoca a la legislación de los Estado un reglamento y culmina con la ley federal del trabajo en 1931 sin embargo por la exigencia del país dicha ley es revisada, reformada y puesta en vigor el 1 de mayo de 1970. El mismo artículo constitucional en su fracción XXIX señala las necesidades de establecer un sistema seguro social, que culmina en 1943 con la promulgación de la ley que crea el Instituto Mexicano del Seguro Social. Encontrando dentro del plano gubernamental el MISS , la secretaria de salud, la secretaria del trabajo y previsión social , además de las dependencias como petróleos mexicanos, ferrocarriles nacionales de México y el ISSSTE, que cuenta con sus propios departamentos de higiene y seguridad. Conceptualización de seguridad e higiene en el trabajo Actos inseguros “Son las fallas, olvidos, errores u omisiones que hacen las personas al realizar un trabajo, tarea o actividad y que pudieran ponerlas en riesgo de sufrir un accidente”. Los actos inseguros OCASIONAN EL 96% DE LOS ACCIDENTES.
  • 4. Algunos ejemplos:  Trabajar sin equipo de protección personal permitir a la gente trabajar sin el epp  Cruzar la calle sin precaución.  Conectar un número interminable de aparatos electrónicos a un multicontacto -el peor invento-  Lanzar objetos a los compañeros  Pasarse un alto/hablar por teléfono cuando vamos manejando/no utilizar el cinturón de seguridad.  Derramar materiales/aceites en el piso -y no limpiar-  Jugar o hacer bromas durante actividades -laborales-  Falta de Prevención. Condiciones inseguras “Son las instalaciones, equipos de trabajo, maquinaria y herramientas que NO están en condiciones de ser usados y de realizar el trabajo para el cual fueron diseñadas o creadas y que ponen en riesgo de sufrir un accidente a la o las personas que las ocupan”. Algunos ejemplos:  Suciedad y desorden en el área de trabajo  Cables energizados en mal estado (expuestos, rotos, pelados)  Pasillos, escaleras y puertas obstruidas  Pisos en malas condiciones  Escaleras sin pasamanos  Mala ventilación  Herramientas sin guardas de protección  Herramientas sin filo  Herramientas rotas o deformadas
  • 5.  Maquinaria sin anclaje adecuado  Maquinaria sin paros de Emergencia  Cables sueltos Comisión mixta de seguridad e higiene en el trabajo Una comisión o comité de seguridad es un medio eficaz para interesar y educar a grandes cantidades de personas en una determinada actividad. Puede también constituir un método para obtener cooperación, coordinación e intercambio de ideas entre personas que de otra manera no se reunirían en forma regular; pueden ser eficaces en la adopción de amplias líneas políticas. Antecedentes En 1911 nace la creación del Departamento del Trabajo, él cual tenía como propósito solucionar los problemas laborales que se gestaban en plena revolución. En 1928 se crea en la sección de higiene y seguridad para atender las consultas y reclamaciones por riesgos laborales en el trabajo la cual dependía del Departamento del Trabajo y éste a su vez de la Secretaría de Industria y Comercio. En 1931 fue la promulgación de la primera Ley Federal del Trabajo, como consecuencia el Departamento del Trabajo obtuvo su autonomía en 1932 con las siguientes funciones: aplicar la Ley Federal del Trabajo, buscar soluciones a los conflictos laborales y desarrollar una política de previsión social e inspección.
  • 6. ¿Qué son las comisiones mixtas de higiene y seguridad? Esta Comisión Mixta General es la encargada de determinar las labores que se consideran como insalubres y peligrosas, determinando las condiciones de trabajo, elementos de protección, higiene y prevención, y en general de los riesgos profesionales o de trabajo que se requieran, establecer los lineamientos generales para que se proporcionen los servicios y elementos de higiene y prevención de accidentes de trabajo y /o enfermedades profesionales en cada uno de los centros de trabajo. La Comisión Mixta de Seguridad por ley debe haber por lo menos una en cada empresa: Artículo 509 de la Ley Federal del Trabajo dice: “En Cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual números de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan”. Al iniciar una comisión, debe prepararse una declaración escrita indicando: a) Misión o responsabilidad del comité. b) Autoridad. c) Presupuesto. d) Procedimientos, es decir: frecuencia de las reuniones, orden del día, exigencia en cuanto a asistencia, minutas o actas, etcétera. Objetivo: Tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas a que se les proporciones sus derechos y obligaciones.
  • 7. ¿Cómo deben integrarse? Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan. El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma: a). Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones. b). De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones. c). Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones. d). Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente. Recomendaciones Dada su importancia en el poco provecho que se ha obtenido de ellas, a continuación haremos algunas recomendaciones para que las comisiones mixtas funcionen adecuadamente. 1. Integrar la comisión de acuerdo con las normas que marca la ley pero tratando de que las participaciones sean voluntarias. 2. Darle a la Comisión la importancia y el apoyo que necesitan. Esto influye dar las facilidades a los miembros para que asistan a las juntas, hacerles caso, hagan caso los requerimientos a la administración
  • 8. correspondiente reconociéndole su trabajo y esfuerzo, así como mantener a sus integrantes informados sobre los resultados de programa de seguridad. 3. Cumplir con el programa de la Comisión mixta, no suspender las reuniones, ser puntual al iniciarlas y al terminarlas, elaborar las actas e informes oportunamente y distribuir en tres todos los involucrados, si algún directivo se compromete a algo ante la comisión se debe cumplir e informar de lo realizado. 4. Sugerimos en las reuniones de la comisión sean atractivas, dinámicas y que todos los integrantes participen en alguna forma que se pueda incluso, con cierto tiempo, rotar cargos y las funciones durante las secciones. 5. Mantener un programa de capacitación para los miembros de la comisión. Si una de sus funciones es la de investigar los accidente y otra la de efectuar inspecciones, por lógica devén de saber hacerlo. 6. Motivarlos continuamente para mantener su compromiso de que los integrantes de la comisión utilicen las reuniones para atacar a los accidentes que se generan a una organización como es la industria, y con esto se evita a centrarlos en lo que deben de hacer y los beneficios que con este van adquirir sus compañeros de trabajo y que la empresa beneficiara a partir de los accidentes. Importancia y funciones de las comisiones Las comisiones de seguridad e higiene es el organismo por el cual el patrón conoce las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos: • El cumplir con las normas establecidas en las leyes de seguridad e higiene para evitar sanciones o accidentes. • Mantenimiento del equipo y maquinaria de trabajo: calculando el tiempo de vida de la maquinaria a fin de evitar accidentes de trabajo.
  • 9. • Aplicación de políticas de seguridad e higiene: por parte del patrón se debe cumplir con la creación y continuo mantenimiento de las comisiones de seguridad e higiene para encontrar los actos inseguros y de riesgo, para los compañeros de trabajo ya que son ellos los directamente afectados por algún accidente de trabajo, pudiendo llegar a perder hasta la vida. • Participación de los responsables de las comisiones de seguridad e higiene: la secretaría de trabajo y previsión social debe exigir, orientar y ayudar al patrón, este a su vez debe exigir formar y ayudar a organizar las comisiones mixtas de seguridad e higiene. • Aplicación de programas de preventivos de seguridad e higiene: el patrón debe capacitar, adiestrar, motivar a los trabajadores esto se vera reflejado en la disminución de los accidentes. • Ser eficientes en los sistemas de información del trabajador: esto se logra poniendo un periódico mural, junto de evaluación e informativo, cartas personales. • Manejo adecuado del equipo de protección personal: motivar y capacitar al personal para usar la maquinaria que se utiliza. El trabajador deberá: • Denunciar los riesgos de trabajo en la empresa a su comisión mixta de seguridad e higiene: a fin de levantar un acta para que quede constancia del el previo aviso a fin de que alguien que no lo ha visto salga dañado o muerto de ese acto inseguro. • Proponer mejorar en los procesos de trabajo: esto es con el fin de que el trabajador esté más a gusto, rinda más y evitar un accidente por apatía o descuido, logrando un mejor desempeño de su tarea.
  • 10. • Participar en las actividades de seguridad e higiene: esto se logra motivando al trabajador con asociar al trabajador con los demás compañeros. El sindicato deberá: • Vigilar el cumplimiento de las normas referentes a la seguridad e higiene: esto se logra denunciando los actos inseguros de los trabajadores en su área laboral, ya que la unión de los trabajadores es muy fuerte. Las autoridades laborales deberán: • Percatarse, a través de las actas de las comisiones los riesgos mayores que estén presentes en las empresas y adecuar las acciones correspondientes con mayor efectividad; la secretaría del trabajado no debe pasar por alto las condiciones inseguras de los trabajadores, informando al patrón para evitar un accidente.