7. La Ley propone que el plan de estudios debe relacionar: Áreas La identificación de contenidos, temas y problemas de cada asignatura y proyecto pedagógico. las asignaturas y los proyectos pedagógicos Sus actividades, la distribución del tiempo, metodología, recursos, logros, criterios de evaluación y administración del plan.
8. Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes: Ciencias Sociales Historia, Geografía Constitución Política y Democracia. Educación Artística. Educación Ética y en Valores Humanos. Educación Física Recreación y Deportes. Educación Religiosa. Humanidades Lengua Castellana e Idiomas Matemáticas. Tecnología e Informática. Ciencias Naturales y Educación Ambiental.
9. Plan de área de Humanidades: Lengua Castellana Lengua extranjera AREA ASIGNATURA HUMANIDADES HUMANIDADES