Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Presentación 3.pptx
1.
2. QUE ES UNA RECETA MEDICA
La Receta médica o prescripción es una orden escrita
por un profesional médico para que un medicamento
sea dispensado a un paciente.
3. Se entiende por receta médica al documento formal por el cual los profesionales de salud
prescriptores (médico, odontólogo y obstetras) indican un tratamiento al paciente, que puede o no
contener medicamentos. La misma, contiene medidas e instrucciones para prevenir, aliviar,
controlar, diagnosticar y curar la enfermedad.
La receta médica es el documento de carácter sanitario, normalizado y obligatorio mediante el cual
sólo los médicos pueden prescribir medicamentos.
Los cirujano-dentistas y las obstetrices sólo pueden prescribir medicamentos dentro del área de su
profesión (Ley General de Salud N°26842. Art. N°26
5. Al prescribir medicamentos deben
consignar obligatoriamente su
Denominación Común Internacional
(DCI), el nombre de marca si lo
tuviere, la forma farmacéutica,
posología, dosis y periodo de
administración. Así mismo, están
obligados a informa al paciente
sobre los riesgos,
contraindicaciones, reacciones
adversas e interacciones que su
administración puede ocasionar y
sobre las precauciones que debe
observa para su uso correcto y
seguro (Ley General de Salud
N°26842, Art. N°26).
El químico farmacéutico es
responsable de la
dispensación y de la
información y orientación al
usuario sobre la
administración, uso y dosis
del producto farmacéutico, su
interacción con otros
medicamentos, sus
reacciones adversas y sus
condiciones de conservación
(Ley General de Salud
N°26842, Art. N°33).
17. Que se debe Vender con Receta?
Psicotrópicos
Estupefacientes
Barbitúricos
Antibióticos no tópicos
Abortivos
Productos que se le tenga que dar uso racional
Productos que presenten la leyenda "venta bajo
receta médica"
18. Vigencia de las Recetas
Las recetas tendrán una vigencia máxima de treinta
[30] días calendarios
Las recetas de productos farmacéuticos clasificados
como antibióticos no tópicos tendrán una vigencia de
tres [3] días
19. Cantidad de Medicamentos Controlados en una
Receta
En las recetas de medicamentos con contenido de
psicotrópicos y estupefacientes sólo se podrá
prescribir un [1] medicamento.
20. Firma al Reverso
Todas las recetas dispensadas deben ser firmadas al reverso por e
farmacéutico que la dispensó o en su defecto por el dispensador,
hasta tanto las farmacias cuenten con un farmacéutico durante el
del horario declarado de atención al público.
21. Tiempo que debe reposar la Receta en la
Farmacia
Las recetas dispensadas en las farmacias deberán
reposar en dicho establecimiento y deben ser
enumeradas y archivadas cronológicamente, por el
término de un [1] año como mínimo.
22. Cuando no se dispensa toda la Receta
Se dispensa la cantidad solicitada por el usuario
Se emite una copia o transcripción textual sellada.
Las copias o las transcripciones textuales de las recetas
refrendadas por los farmacéuticos deben ser aceptadas
en todas las farmacias privadas y estatales del país. Estas
copias o las transcripciones textuales tendrán la misma
validez que una receta original.
La emisión de copias o transcripciones textuales de la
receta no aplica para productos con contenido de
psicotrópicos y estupefacientes
24. Las Recetas de Uso Prolongado
Para padecimientos crónicos el médico prescriptor
utilizará la receta de uso prolongado, la cual es válida
para tres [3] prescripciones de un mismo
medicamento correspondiente a tres [3] meses de
tratamiento.
Las recetas de uso prolongado no aplican para
medicamentos con contenido de psicotrópicos,
estupefacientes, antibióticos, ni para los productos
sujetos a control nacional.
25. Las Recetas de Sustancias
Controladas
El farmacéutico que dispense el producto, está en la
obligación de indicar en la parte de atrás de la receta
el nombre comercial del producto que dispensó, su
firma, y número de registro.
En el revés de todas las recetas dispensadas debe
aparece el nombre y el número de cédula de la
persona que retira el producto.
26. CANTIDAD MÁXIMA DE MEDICAMENTOS
CONTROLADOS QUE SE PUEDEN DISPENSAR
MEDICAMENTO
Recetas de Estupefacientes
Parenterales
Recetas de Estupefacientes Vía
Parenteral
de Oncólogos, Anestesiólogos y
Cuidados Paliativos
Recetas de Estupefacientes No
Parenterales
Recetas de Estupefacientes Master
en Dolor ,Ortopedas, Oncólogos ,
Anestesiólogos y Cuidados
Paliativos
Recetas de Psicotrópicos
Recetas de Barbitúricos
Recetas de Psicotrópicos de
Odontólogos y Veterinarios
CANTIDAD MAX DE DÍAS
5 días
30 días
15 días
30 días
30 días
90 días
5 días
27. Productos Vendidos Sin Receta Medica
Los productos que se venden sin receta médica, que
sean dispensados en las farmacias en un envase
diferente al original deben ser identificado con un
marbete o etiqueta que señale lo siguiente:
a. Nombre y dirección de la farmacia.
b.Nombre y concentración del producto (la
concentración solo aplica para monofármacos).
c. Fecha de vencimiento del producto.
d.Será responsabilidad del farmacéutico informar al
paciente sobre el uso correcto del medicamento.