El documento describe el proceso de demandas contra la República en Venezuela. Cuando la actividad del estado causa daños a particulares, estos pueden presentar una demanda. La competencia de los tribunales depende de la cuantía demandada. El Procurador General representa al estado y puede oponer cuestiones previas. La demanda debe cumplir con formalidades y es admitida o no por el tribunal dentro de 3 días. Luego siguen etapas de citación, pruebas, informes y sentencia dentro de plazos establecidos, pudiendo apelarse
Admisión de los Hechos y Juicio ante el Presidente de la Repúblicajossemvargas
Actividad correspondiente a la Unidad 1 de los temas 3 y 4 de Derecho Procesal Civil II
José Manuel Vargas
v-24354398
SAIA-B
Prof. Eliana Santander Ladera
Admisión de los Hechos y Juicio ante el Presidente de la Repúblicajossemvargas
Actividad correspondiente a la Unidad 1 de los temas 3 y 4 de Derecho Procesal Civil II
José Manuel Vargas
v-24354398
SAIA-B
Prof. Eliana Santander Ladera
CURRENT – Distribution & Logistics Executive, Zimmer Biomet India December 2009 till date - Zimmer Biomet is a worldwide leader in Musculoskeletal health care providing medical devices for Reconstructive, Trauma, Spine, Extremities and Orthopedic Surgical Products
• Independent handling/release of Import shipments, ensuring timely pick up and flight connections by the Carrier/Freight Forwarder from origin country. Scrutinizing the documents and providing to CHA for customs clearance.
• Monitoring the shipments on daily basis, approval of check list for filing the Bill of Entry, preparation of letter to resolve the query from customs, preparing customs duty request and documents for ADC NOC for timely customs clearance to avoid demurrages.
• Maintaining the MIS for all import shipments and circulation of report once in week to operation team for shipment status and pending GRN at all CFA’s.
• Sending reports to supplier for shortages/discrepancy in import shipment and follow up for credit note.
• Handling of Re-Export shipments, preparation of Invoice/Packing List for Recalls, PER, Re-Deployment and Med Ed/Marketing Events. Co-ordination with the CHA and Freight Forwarder for timely export clearance. Providing the documents and shipment status to destination country.
• Processing bills of Freight Forwarders and CHA's subsequent handover to Finance for releasing the payments. Highlight aberrations in the bills and take corrective action by issuing Debit Notes to the respective Vendor.
• Submission of Invoice, AWB and Triplicate Bill of Entry to Finance for remittance of foreign supplier.
• Managing the documentation and co-ordination with customs for the renewal of SVB Order and IEC. Instruments verification and stock take at CFA on annual basis. Freight Negotiation - Selection of Forwarder
• Preparation and circulation of DC Report to the Dealers on weekly basis and ensure that DC's are closed in SAP in time. Manage the execution of Approved Sample Demos from CFA's, placement of Purchase Orders with Suppliers
Los docentes noveles inician su carrera docente con inseguridad, angustia,
incertidumbre, desconfianza y buscando imperiosamente ser reconocidos, aceptados en
el ámbito educativo. El objetivo de esta presentación es reflejar la importancia del
proceso de acompañamiento como instancia de retroalimentación de la práctica. Se
encuadra dentro del modelo práctico-reflexivo, valorando el análisis crítico de la propia
práctica como medio indispensable para el desarrollo profesional. Diversos autores
hablan de etapas de socialización profesional, como acciones formativas intencionales y
no intencionales que influyen en la formación docente; denominadas “shock de la
realidad”. El profesor tutor es un competente destacado en el acompañamiento.
LOS RETOS DEL INICIO: PROBLEMAS Y NECESIDADES DE PROFESORES NOVELES DE EDUCAC...ProfessorPrincipiante
En este trabajo se presentan los problemas y necesidades de un grupo de
profesores de escuelas secundarias de la ciudad de Corrientes que se están iniciando en
la docencia, participantes del proyecto “Acompañamiento a docentes noveles en sus
primeros desempeños profesionales” desarrollado en el I.S.F.D. “Dr. Juan Pujol” de esa
ciudad.
Al iniciarse el desarrollo del proyecto, se pide a los docentes responder una serie
de preguntas que, a modo de diagnóstico, pretenden indagar sobre cuáles son las
principales dificultades que enfrentan, sus necesidades y expectativas.
Durante el desarrollo del proyecto se realizan talleres quincenales en los que se
analizan y discuten diversos aspectos relacionados con las prácticas de los participantes
y un taller de narrativa pedagógica; estos talleres posibilitan a los profesores exponer sus
ideas y experiencias en forma espontánea, lo cual permite profundizar la identificación y
explicitación de las cuestiones surgidas a partir del cuestionario inicial.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
Las objeciones en el proceso penal acusatorio mexicano
Presentación000
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Alumno: Astrid Piñango
Ci. 23364463
Cátedra: Derecho Contencioso Administrativo
Barquisimeto, febrero 2016
2. La Demanda contra la Republica
Tiene lugar cuando la actividad de algún órgano del
Estado causa daños a los particulares.
Estos podrán formular demandas
3. Competencia.
El tribunal
competente para
conocer de las
demandas en contra
de la República va a
depender de la
cuantía:
•Cuando la demanda no exceda de diez mil unidades tributarias
(10.000 UT) y su conocimiento no esté atribuido a otra autoridad,
será competente para conocer la acción en primera instancia, los
tribunales superiores en lo civil y contencioso administrativo y en
apelación conoce la Corte Primaria en lo Contencioso
Administrativo.
Si la Cuantía excede de diez mil unidades tributarias (10.000
UT) hasta setenta mil unidades tributarias (70.000 UT) y su
conocimiento no esté atribuida a otra autoridad, tienen
competencia para conocer de la acción en primera instancia, la
Corte de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo
de Justicia conocerá en segunda instancia de la apelación
•Si el monto a demandar excede de setenta mil unidades tributarias
(70.000 UT) y su competencia no está atribuida a otra autoridad le
corresponde conocer en única instancia a la Sala Político
Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
4. •Contestación de la Demanda: la contestación de la demanda le corresponde al
procurador general de la república o el que haga sus veces por delegación expresa
quien siempre y cuando no exista instrucción u orden en contrario por parte del
ente respectivo, así mismo, este podrá oponer alguna cuestión previa establecidas
en el art. 346 del C.P.C.
•Demanda : deberá contener las formalidades
establecidas en el artículo 340 del C.P.C
•Admisión de la Demanda: Corresponde al Juzgado o Tribunal de
Sustanciación pronunciarse sobre su admisibilidad o inadmisibilidad
dentro de los 3 días de despacho siguientes al recibo del expediente,
así mismo, en caso de ser inadmisible el actor tendrá un lapso de 3
días de despacho para realizar apelación.
•Citación: las demandas formuladas en contra del estado serán en
la persona del Procurador General de la Republica, la misma será
realizada mediante oficio y se anexara una copia del libelo de la
demanda.
5. Lapso Probatorio y Admisión de las Pruebas: el juicio quedara abierto a
pruebas al día siguiente del vencimiento del plazo de emplazamiento para la
contestación de la demanda sin haberse logrado el avenimiento. Se podrán
promover todas las pruebas establecidas en el C.C.V y el C.P.C, y estas serán
estarán sujetas a oposición o convencimiento. Una vez cumplido este plazo el
juez providenciara escritos de estas pruebas, admitiendo las que sean legales
Evacuación de las Pruebas: Si las pruebas hubieren de practicarse en el
lugar del juicio, se contaran primero los días transcurridos en el tribunal,
después del auto de admisión hasta la salida del despacho para el juez
comisionado, a partir del día siguiente de la comisión. Por otro lado, si las
pruebas hubieren de evacuarse fuera del lugar del juicio, se contaran a partir
del auto de la admisión.
Informes: los informes de las partes se presentaran en el
decimoquinto (15) día siguiente al vencimiento del periodo de
pruebas.
•Sentencia: Presentado los informes o cumplido que sea el auto para mejor
proveer o pasado el lapso para su cumplimiento, el tribunal dictara sentencia
dentro de los 60 días siguientes dejando transcurrir íntegramente este
periodo de tiempo a objeto de la apelación.
6. Admitida la causa el presidente de la sala
designara un magistrado ponente dentro de los
3 días de despacho contados a partir de la fecha
de admisión
Dentro de los 3 días hábiles siguientes a la
designación del ponente, se dará inicio al
estudio individual del expediente por el
magistrado ponente.
Juzgado de Sustanciación
Dentro de los 3 días de despacho siguientes al recibo del
expediente, se pronunciara sobre su admisibilidad o
inadmisibilidad. Se podrá ser apelado en un solo efecto por ante la
Sala Político Administrativa dentro de los 3 días de despacho
siguientes a la fecha de su publicación
.
7. Apelación.
Dentro del término de los 15 días de despacho siguientes se
formalizara la apelación por escrito y en el lapso de 15 días
hábiles contados desde la presentación de la apelación el TSJ o
las salas podrán confirmarlas, reformarlas o revocarlas el fallo
correspondiente.
Se tendrá un lapso de 5 días de despacho para dar contestación
a la apelación.
8. Habrá 5 días de
despacho para
promover las
pruebas, solo se
admitirán aquellas
que establece el art
19 LOTSJ siendo la
segunda instancia
no hay
inconstitucionalidad
en la limitación
El auto de admisión
de pruebas
corresponde al
juzgado de
sustanciación que
tiene 3 días de
despacho para
decidir, se podrá
apelar dentro de los
tres días de despacho
siguientes.
El auto se podrá
palear en ambos
efectos
Firme el auto de
admisión habrá 15 días
de despacho para
evacuar las admitidas y
las ordenadas de oficio,
dicho lapso es
prorrogable por 15 días
más en termino de la
distancia si fuere el
caso (art 19, parágrafo
20 LOTSJ).
Las partes deberán
presentar sus
informes de
forma oral, dentro
de los 10 días de
despacho
siguientes a la
hora que fije el
Tribunal Supremo
de Justicia
9. Cumplido el acto de informes, comenzara una segunda
relación de la causa, que tendrá una duración de 20 días
hábiles, el cual podrá ser prorrogado por una sola vez por el
mismo tiempo y por auto razonado, debido a la gravedad o
complejidad del asunto