Demanda Contra la República y Demanda Contra el Estado.
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
DEMANDA CONTRA LA REPUBLICA
Y
DEMANDA CONTRA EL ESTADO
Bachiller:
Adilio Duarte C.I.V-13.329.022
Sección: Saia “A”
Profesora: Gabrielis Rodríguez
Asignatura: Procedimiento Contencioso
Administrativo y practicas.
Barquisimeto, Febrero 2016
2. DEMANDA CONTRA LA REPUBLICA
Procede cuando los órganos del
Estado Ocasionan daños a los
particulares.
Los cuales pueden instaurar acciones
Judiciales contra la misma.
Procedimiento en primera Instancia:
Se inicia mediante escrito , la cual deberá
contener todos los requisitos exigidos en el
articulo 340 del Código de procedimiento
Civil, en la cual debe plantear de manera
clara y precisa sus pretensiones.
Procedimiento en Segunda Instancia:
Se iniciara al dar cuenta del expediente enviado a la
sala, el cual dentro de los 3 días siguientes al recibo
del expediente se pronunciara sobre su admisibilidad
o inadmisibilidad.
Admitida la causa el presidente designara un ponente, el cual
dará inicio al estudio individual del expediente por el magistrado
ponente.
A los 15 días siguiente se despacho deberá
contestarse la Demanda.
Se abre el lapso para la promoción, admisión y
evacuación de pruebas, la presentación de los
informes, las observaciones y los autos para
mejor proveer.
Presentados todos los informes, o cumpliendo
que sea el auto para mejor proveer o pasado
el lapso para su cumplimiento el tribunal se
deberá dictar sentencia en un lapso de 60
días.
Al día siguiente de vencido el plazo de
emplazamiento de contestación.
Dentro de los 15 días de despacho siguientes, se deberá formular el
escrito de apelación, precisando las razones de hecho y derecho que
fundamentan la apelación, el cual dentro de los 15 días siguientes de
despacho de presentada la apelación el TSJ o las salas podrán
confirmarlas, reformarlas o revocarlas.
Se abre el lapso para la promoción, admisión y evacuación de
pruebas, la presentación de los informes, los cuales son: 5 días para
promoción, 3 días para admisión, 15 días para evacuar, 10 días para
la presentación de informes.
Presentados los informes, comenzara a corres 30 días de calendario
prorrogable por 30 días mas por una sola ves par sentenciar.
3. DEMANDA CONTRA EL ESTADO
La inicia cualquiera de las partes
cuando se dicta sentencia en contra
de uno de ellos.
Una vez esta firme se puede iniciar el la
ejecución de la sentencia el litigante.
El juez declara el derecho que
tiene el individuo contra el estado.
El Estado no es condenado, sino
obligado al pago del Derecho
reconocido en sede judicial por
vía administrativa.
Requisitos para que
exista responsabilidad:
1-Que exista un daño
cierto.
2-Que exista relación de
causalidad.
3-Que no exista deber
jurídico.