Este documento resume los principales conceptos del derecho constitucional argentino. Explica que el Estado es la nación jurídicamente organizada y políticamente libre, y que una constitución política es la norma fundamental que establece la estructura del Estado. Luego describe los tipos de constituciones, las partes de la Constitución Nacional Argentina, y los tres poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Por último, brinda una breve definición del referéndum.
1. DERECHO CONSTITUCIONAL
ARGENTINO
•Estado y Nación
•¿Qué es una Constitución Política?
•Tipos de Constituciones
•Partes de la Constitución Nacional Argentina
•Poderes del Estado
•El referéndum
2. •El Estado es la Nación jurídicamente organizada y políticamente libre.
Jurídicamente porque tan solo conforme al derecho puede realizar sus actos;
políticamente porque su medio de acción es el gobierno. El termino Estado designa
una colectividad organizada, cuyo soporte social esta constituido en general, por la
Nación.
Para la existencia de la Nación se requiere la existencia de una población pero no
indispensable que haya un gobierno ni un territorio, mientras que un Estado que no
los tenga no se puede caracterizar como tal.
ESTADO Y NACIÓN
¿QUÉ ES UNA CONSTITUCIÓN POLÍTICA?
Una constitución política es aquella norma fundamental, primera y suprema que
sienta las bases, andamios o estructuras del Estado que se “constituye” o forma. Es
la herramienta básica de un Estado de Derecho. Es una única ley, escrita o no, que
establece las cuestiones mas importantes sobre los derechos humanos, garantías
constitucionales, forma de Estado y gobierno, poderes del Estado, sus atribuciones,
religión del Estado, su financiamiento, etc.
3. TIPOS DE CONSTITUCIONES
•Escritas o no escritas: Las primeras son escritas, sistematizadas en un cuerpo
legal único, y establecen los principios generales de organización del Estado, su
gobierno y los derechos de los ciudadanos. La ventaja es que al contar con un
documento escrito brinda mayor seguridad jurídica ante cualquier duda o reclamo.
•Formales y materiales: Las primeras son las que se basan en la estructura del
texto escrito, y las segundas aluden a la constitución real y vigente en determinado
tiempo histórico, tomando no solo el texto escrito sino la dimensión sociológica.
•Rígidas, flexibles y pétreas: Las primeras requieren para su reforma un
procedimiento especial o hacerse por un organismo extraordinario y distinto al de las
leyes ordinarias. Las segundas permiten su modificación por igual procedimiento
que el resto de las leyes, y son propias de países con constituciones no escritas .
Las pétreas no permiten su reforma.
•Otorgadas, pactadas o impuestas: Las primeras son concebidas por el Estado
absolutismo; las segundas surgen de un acuerdo basado en el pacto social entre
gobernantes y gobernados. Las impuestas son las que existen en los Estados
democráticos.
4. PARTES DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA
1- Preámbulo (lo que va adelante): Se establecen los motivos que llevaron a su
dictado, los antecedentes legislativos de la misma y sus objetivos, pidiendo la
protección divina. Se concentra el espíritu de la Constitución Nacional.
2- Primera Parte (Sin título): Se divide en dos capítulos. El primero se titula
“Declaraciones, Derechos y Garantías”, y comprende los artículos 1 al 35.
Algunos de los mas importantes son:
Artículo 1º.- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa
republicana federal, según la establece la presente Constitución.
Artículo 14.- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos
conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer
toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de
entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por
la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con
fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.
5. Artículo 14 bis.- El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes,
las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada
limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil;
igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con
control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido
arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática,
reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a
la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales
gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las
relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral
e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a
cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica,
administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir
superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la
familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a
una vivienda digna.
Entre otros..
3- La segunda parte se titula “Autoridades de La Nación” (Artículos del Gobierno
Federal y Gobierno de Provincia)
4- Disposiciones transitorias: Son en total 17, y se ocupan de proclamar la soberanía
sobre las Islas Malvinas, y del régimen de transición entre las viejas y las nuevas
formas, en vigencia luego de la reforma.
6. •Poder Legislativo: Es el que se encarga de hacer
o modificar las leyes. Representa al pueblo, tanto a
la mayoría como a las minorías.
→ En Argentina este Poder es Bicameral → Cámara
de Diputados y Cámara de Senadores.
Poderes del Estado → Son 3:
•Poder Ejecutivo: Es la parte del poder en la clásica
división tripartita de los poderes del Estado, que se
encarga de “Ejecutar” o hacer cumplir las leyes. Su función
es en general administrativa y de gestión, llevando a cabo
los actos gubernamentales, y reglamentando las leyes
resguardando su espíritu.
→ Esta a cargo del Jefe de Gobierno o Presidente.
PODERES DEL ESTADO
7. Es un modo de participación de los ciudadanos en la política estatal en las nuevas
formas de democracia, llamadas semidiréctas. El referéndum es un modo de
participación importante de la ciudadanía.
El referéndum fue reformulado en su aplicación, como modo de confirmar o
repeler textos normativos, o actos gubernamentales sin crear derecho.
En el referéndum, el pueblo se expresa por si o por no, pero puede referirse a
diversos contenidos.
EL REFERÉNDUM
•Poder Judicial: Le incumbe al Poder Judicial la
tarea de interpretar las leyes dictadas por el Poder
Legislativo. Es importante la independencia del
Poder Judicial del resto de los poderes, ya que de
lo contrario, los ciudadanos no se hallarían en real
situación de garantía, pues los jueces decidirán
las causas conforme a los intereses de los otros
poderes, y no de la justicia.
→ En Argentina lo ejerce La Corte Suprema de
Justicia y algunos Tribunales inferiores.
Actualmente hay 9 jueces.