Marco Antonio Carrillo Zevallos
Los principios y axiomas lógicos.
 La lógica como ciencia pretende darnos a conocer leyes
universales del pensamiento y determinan su estructura,
asegurando su validez. Se caracteriza por ser bivalente,
trabaja con dos valores de verdad (verdadero o falso).
 EL PRINCIPIO DE NO CONTRADICCIÓN:
Afirma que no es posible que algo sea y no
sea al mismo tiempo y en el mismo sentido.
 EL PRINCIPIO DE IDENTIDAD:
Dice que algo es idéntico a sí mismo. Da individualidad
a las cosas. De ignorar este axioma confundiríamos
Las cosas en nuestros pensamientos
Los principios y axiomas lógicos.
 EL PRINCIPIO DEL TERCIO
EXCLUSO:
Sostiene que, o bien una cosa o su
contrario, pero no un punto
intermedio entre ambos.
Necesariamente se ha de afirmar o
negar uno de ellos.
 EL PRINCIPIO DE RAZÓN
SUFICIENTE:
Sostiene que, todo objeto debe tener
una razón suficiente que lo explique.
LOS PRINCIPIOS LÓGICOS
 PRINCIPIO DE IDENTIDAD:
Nos previene de caer en algunas trampas que nos llevarán a aceptar
argumentos incorrectos, pues al establecer que todo enunciado sea
idéntico a si mismo, abarca tanto el valor de verdad como el
significado.
“Cualquier cosa que existe es igual a sí misma y diferente de las
demás”
Todo pensamiento es idéntico a si mismo,
Identidad del imperativo: Todo mandato en que lo mandado es
exactamente idéntico a lo que se está realizando, es necesariamente
obedecido.
Identidad de lo lógico jurídico: La norma que permite lo que no está
jurídicamente prohibido o prohíbe lo que no está jurídicamente
permitido es necesariamente válida.
El circulo es redondo.
El hombre es un animal racional.
LOS PRINCIPIOS LÓGICOS
 PRINCIPIO DE NO CONTRADICCIÓN.
Cumple una función importante relacionada con
la coherencia de los enunciados que constituyen
tanto el discurso cotidiano como el discurso
científico, toda vez que dichos enunciados deben
guardar una relación lógica, una relación de
verdad, debido a que una contradicción dentro de
una estructura científica simplemente carece de
sentido, es inaceptable.
Si dos juicios se contradicen entre si, ambos no
pueden ser verdaderos.
Contradicción del imperativo: El mandato sería
contradictorio si al mismo tiempo manda hacer y
no hacer algo por lo tanto no pueden ser
obedecidos ni válidos.
Contradicción de lo lógico jurídico: Dos
normas se oponen contradictoriamente cuando
teniendo ámbitos iguales de validez material,
espacial y temporal, una permite y la otra prohíbe
a los mismos sujetos la misma conducta.
 PRINCIPIO DE TERCERO EXCLUIDO:
Los problemas que acarrea cuando dos juicios se contradicen, el suponer la
existencia de un tercer valor nos lleva a sostener que los enunciados son
únicamente verdaderos o falsos, ya que no existe un valor intermedio.
Al reconocer la falsedad de uno, su opuesto es necesariamente verdadero. No
pueden ser falsos dos juicios que se contradicen.
Se excluye un tercer juicio verdadero entre 2 juicios contradictorios falsos.
“CUALQUIER ENUNCIADO O ES VERDADERO O ES FALSO, NO EXISTE
OPCIÓN”
LOS PRINCIPIOS LÓGICOS
 Tercero excluido del imperativo: Dos
mandatos contradictorios no pueden ser
ambos desobedecidos. Uno de los dos debe
ser obedecido no existe un tercer mandato.
 Tercero excluido de lo lógico jurídico:
Dos normas de derecho contradictorias no
pueden ser al mismo tiempo inválidas o
inaplicables, una de las dos debe ser válida.
Se excluye la posibilidad de una tercera
norma válida en medio de dos inválidas.
PRINCIPIO DE RAZÓN SUFICIENTE:
 Solo hay dos criterios para determinar la verdad de una afirmación: uno, que
concuerde con los hechos mencionados o, dos, que se derive de otras
afirmaciones establecidas.
 Ejemplo: si alguien dice que esta lloviendo, basta ir afuera y verificar si llueve o
no.
“Los enunciados son verdaderos si existen suficientes razones que los justifiquen”
Quiere decir todo objeto debe tener una razón suficiente que lo explique. Que
podemos probar con un número suficiente de razones, para que lleguen al
convencimiento de la verdad de lo afirmado.
Todo lo que existe tiene su razón de ser: nada hay sin razón de ser, es decir, todo lo
que existe tiene una razón que lo determina a ser lo que es y como es, y no de otra
manera. Todo juicio es falso o verdadero por alguna razón; todo juicio debe tener
razones que le permitan justificar su veracidad.
 Razón suficiente del imperativo: La razón de ser suficiente de cualquier
imperativo jurídico y de todo el derecho es la conducta humana, cuya regulación
de acuerdo a cierto valor y fines es el objetivo del orden jurídico y también su
principio.
 Razón suficiente en lo lógico jurídico: es un principio lógico y ontológico:
lógico porque la razón suficiente de las normas de derecho reside en la norma
primaria, cual es nuestro orden jurídico la constitución política.
LOS PRINCIPIOS LÓGICOS
CONCLUSIÓN.
 Los principios lógicos rigen el pensamiento y, por ello, constituyen
el fundamento de cualquier sistema de conocimiento; guían el
proceso de investigación, con la finalidad de evitar la ambigüedad
en los conceptos, la contradicción en las proposiciones y los errores
de razonamiento en la argumentación.

Principios logicos

  • 1.
  • 2.
    Los principios yaxiomas lógicos.  La lógica como ciencia pretende darnos a conocer leyes universales del pensamiento y determinan su estructura, asegurando su validez. Se caracteriza por ser bivalente, trabaja con dos valores de verdad (verdadero o falso).  EL PRINCIPIO DE NO CONTRADICCIÓN: Afirma que no es posible que algo sea y no sea al mismo tiempo y en el mismo sentido.  EL PRINCIPIO DE IDENTIDAD: Dice que algo es idéntico a sí mismo. Da individualidad a las cosas. De ignorar este axioma confundiríamos Las cosas en nuestros pensamientos
  • 3.
    Los principios yaxiomas lógicos.  EL PRINCIPIO DEL TERCIO EXCLUSO: Sostiene que, o bien una cosa o su contrario, pero no un punto intermedio entre ambos. Necesariamente se ha de afirmar o negar uno de ellos.  EL PRINCIPIO DE RAZÓN SUFICIENTE: Sostiene que, todo objeto debe tener una razón suficiente que lo explique.
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    LOS PRINCIPIOS LÓGICOS PRINCIPIO DE IDENTIDAD: Nos previene de caer en algunas trampas que nos llevarán a aceptar argumentos incorrectos, pues al establecer que todo enunciado sea idéntico a si mismo, abarca tanto el valor de verdad como el significado. “Cualquier cosa que existe es igual a sí misma y diferente de las demás” Todo pensamiento es idéntico a si mismo, Identidad del imperativo: Todo mandato en que lo mandado es exactamente idéntico a lo que se está realizando, es necesariamente obedecido. Identidad de lo lógico jurídico: La norma que permite lo que no está jurídicamente prohibido o prohíbe lo que no está jurídicamente permitido es necesariamente válida. El circulo es redondo. El hombre es un animal racional.
  • 5.
    LOS PRINCIPIOS LÓGICOS PRINCIPIO DE NO CONTRADICCIÓN. Cumple una función importante relacionada con la coherencia de los enunciados que constituyen tanto el discurso cotidiano como el discurso científico, toda vez que dichos enunciados deben guardar una relación lógica, una relación de verdad, debido a que una contradicción dentro de una estructura científica simplemente carece de sentido, es inaceptable. Si dos juicios se contradicen entre si, ambos no pueden ser verdaderos. Contradicción del imperativo: El mandato sería contradictorio si al mismo tiempo manda hacer y no hacer algo por lo tanto no pueden ser obedecidos ni válidos. Contradicción de lo lógico jurídico: Dos normas se oponen contradictoriamente cuando teniendo ámbitos iguales de validez material, espacial y temporal, una permite y la otra prohíbe a los mismos sujetos la misma conducta.
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     PRINCIPIO DETERCERO EXCLUIDO: Los problemas que acarrea cuando dos juicios se contradicen, el suponer la existencia de un tercer valor nos lleva a sostener que los enunciados son únicamente verdaderos o falsos, ya que no existe un valor intermedio. Al reconocer la falsedad de uno, su opuesto es necesariamente verdadero. No pueden ser falsos dos juicios que se contradicen. Se excluye un tercer juicio verdadero entre 2 juicios contradictorios falsos. “CUALQUIER ENUNCIADO O ES VERDADERO O ES FALSO, NO EXISTE OPCIÓN” LOS PRINCIPIOS LÓGICOS  Tercero excluido del imperativo: Dos mandatos contradictorios no pueden ser ambos desobedecidos. Uno de los dos debe ser obedecido no existe un tercer mandato.  Tercero excluido de lo lógico jurídico: Dos normas de derecho contradictorias no pueden ser al mismo tiempo inválidas o inaplicables, una de las dos debe ser válida. Se excluye la posibilidad de una tercera norma válida en medio de dos inválidas.
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    PRINCIPIO DE RAZÓNSUFICIENTE:  Solo hay dos criterios para determinar la verdad de una afirmación: uno, que concuerde con los hechos mencionados o, dos, que se derive de otras afirmaciones establecidas.  Ejemplo: si alguien dice que esta lloviendo, basta ir afuera y verificar si llueve o no. “Los enunciados son verdaderos si existen suficientes razones que los justifiquen” Quiere decir todo objeto debe tener una razón suficiente que lo explique. Que podemos probar con un número suficiente de razones, para que lleguen al convencimiento de la verdad de lo afirmado. Todo lo que existe tiene su razón de ser: nada hay sin razón de ser, es decir, todo lo que existe tiene una razón que lo determina a ser lo que es y como es, y no de otra manera. Todo juicio es falso o verdadero por alguna razón; todo juicio debe tener razones que le permitan justificar su veracidad.  Razón suficiente del imperativo: La razón de ser suficiente de cualquier imperativo jurídico y de todo el derecho es la conducta humana, cuya regulación de acuerdo a cierto valor y fines es el objetivo del orden jurídico y también su principio.  Razón suficiente en lo lógico jurídico: es un principio lógico y ontológico: lógico porque la razón suficiente de las normas de derecho reside en la norma primaria, cual es nuestro orden jurídico la constitución política. LOS PRINCIPIOS LÓGICOS
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    CONCLUSIÓN.  Los principioslógicos rigen el pensamiento y, por ello, constituyen el fundamento de cualquier sistema de conocimiento; guían el proceso de investigación, con la finalidad de evitar la ambigüedad en los conceptos, la contradicción en las proposiciones y los errores de razonamiento en la argumentación.