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Cualidades Del Aprendiz Sena
 Libre Pensador Y Con Capacidad Critica
 Solidario
 Líder Emprendedor y Creativo
Este compromiso incluye adoptar y aplicar una conducta
correcta en cada uno de los momentos de su formación
Capitulo 1
Campo de aplicación
 Articulo 1: El presente reglamento se aplica a todas las
personas matriculadas en los programas de formación
profesional del Sena
Capitulo 2
Derechos del aprendiz Sena
 Articulo 2: Son derechos del aprendiz Sena durante el
proceso de formación:
 De Carácter Académico: Son aquellos compromisos que
tiene el Sena con el aprendiz los cuales intervienen
directamente con su proceso de formación.
 De Carácter Comportamental: Son aquellas actitudes
que intervienen en una sana convivencia.
 Articulo 3: Estímulos e insectivos:
 Recibir mención de honor
 Ser postulado para realizar pasantía
 Ser designado como monitor de un tema especifico
 Formar parte del semillero.
Capitulo 3
Deberes del aprendiz Sena
 Articulo 4
 De Carácter académico: Son aquellas obligaciones
que adquiere el aprendiz en su proceso de formación.
 De Carácter Disciplinario: Son los compromisos
adquiridos a partir del momento de matricula por el
aprendiz, para que se generen buenas relaciones al
interior de la comunidad educativa.
Capitulo 4
Prohibiciones
 Articulo 5:
 De Carácter Académico: Son aquellas actividades y
actitudes que no se deben generar al interior del
proceso de formación
1. No plagiar.
2. No terminar unilateralmente con el contrato de
aprendizaje.
3. No realizar fraudes en evaluaciones.
4. No incumplir con actividades académicas.
 De Carácter Disciplinario: Son Los que no se puede
generar ya que afectan con la adecuada convivencia
1. Falsificar documentación.
2. Ingerir o suministrar alcohol o sustancias psicoactivas
3. Portar armas, objetos corto-punzantes.
4. Hurtar, estafar.
5. Contribuir al desorden y/o desaseo.
6. Practicar o propiciar juegos de azar
7. Obstaculizar la entrada
8. Utilizar indebidamente el uniforme
9. Incumplir las normas de convivencia
10. Realizar acciones proselitistas de carácter político o
religioso
11. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales
Capitulo 5
Etapa practica de los programas de
formación
 Articulo 6. Apropiación y Desarrollo Del Conocimiento: La etapa
practica de formación es aquella en la cual el aprendiz Sena aplica,
complementa fortalece y consolida sus competencias.
 Articulo 7. Alternativas de permanencia en los programas de
formación durante la etapa practica.
1. Desempeño de una empresa atreves del contrato de aprendizaje
2. Desempeño a través de la vinculación laboral o contractual
3. Participación en un proyecto productivo, o en Sena – empresa o en
Sena proveedor Sena o en producción de centros.
4. Servicio militar
5. De asesoría a mypimes
6. De apoyo a una unidad productiva familiar
7. De apoyo a una institucion estatal nacional, territorial, o a una ONG,
o a una entidad sin anonimo de lucro.
8. Monitorias:
 Articulo 8. Registro De La Etapa Practica: Es responsabilidad
del aprendiz registrarse en el sistema, si opta por otra alternativa
diferente al contrato de aprendizaje, esta alternativa debe ser
aprobada por el coordinador academico.
 Articulo 9. Seguimiento de la etapa practica: Cuando se inicie
el proceso de etapa practica en una empresa el aprendiz debe de
tener en cuenta de que se debe someter a cumplir con las normas
de trabajo no solo las de ley sino las que dispone la empresa,
durante ese proceso de etapa practica si el centro convoca a
reuniones el aprendiz deberá asistir a estas.
 La etapa de practica la debe evaluar el empleador según sus
criterios; es de suma importancia que el aprendiz sepa que el
contrato de aprendizaje no se puede terminar de forma
espontanea que tiene un proceso y que deben haber argumentos
de peso y en adición a este punto podemos aclara que si el
empleador es quien termina dicho contrato y tiene razones justas
es motivo de cancelación de la matricula y debe haber una revisión
del comité de evaluación.
Capitulo 6
tramites realizados o solicitados
por los aprendices Sena
 Articulo 10. tales como: certificados títulos, actas de
grado o constancias académicas, o para gestionar
solicitudes de traslado, aplazamiento, ingreso y retiro
voluntario.
 Articulo 11. El registro académico: Es el procedimiento
protocolizan las acciones académicas y disciplinarias del
aprendiz.
 Articulo 12. En la certificación se hace el reconocimiento
formal de los resultados obtenidos por el aprendiz.
 Articulo 13. expedición de certificados y de constancias
académicas: por primera vez no tiene cobro
 Articulo 14.expedicion de duplicados: podrán solicitarse
en el centro o atreves de medios electrónicos
 Articulo 15. legalización de documentos academicos
Sena: comprobación o validez del mismo.
 Articulo 16: El aprendiz podra solicitar cualquiera de los
siguientes tramites que se describen a continuacion:
1. Traslado
2. Aplazamiento
3. Reingreso
4. Retiro voluntario
Capitulo 7
proceso de formación,
incumplimiento deserción
 Articulo 17. participación y cumplimiento: debe participar de
manera activa y oportuna en las diferentes actividades de aprendizaje,
presenciales. Se evaluara en cumplimiento o no de las actividades así:
1. Incumplimiento injustificado: los incumplimientos de entrega de
evidencias o asistencia no justificados en los dos días hábiles
2. Incumplimiento justificados: deberá ser informado dentro de los
dos días hábiles
3. Revisión de los resultados de evaluación: si no esta de acuerdo
con los resultados, puede pedir una calificación siguiendo un
conducto regular.
4. Deserción: cuando nose presenta durante un mes a los procesos de
aprendizaje, cuando nose presenta en la fecha de reintegro después
del aplazamiento, o cuando después de dos años de la etapa lectiva
no a realizado la etapa productiva.
Capitulo 8
faltas académicas y disciplinarias
 Articulo 18. faltas que afectan el proceso de formación y la
convivencia. Se considera faltas las acciones u omisiones que afectan
el proceso de formación y la convivencia.
 Articulo 19. clasificación de las faltas:
1. Faltas académicas: incurre con su actuación u omisión en una de
las prohibiciones de carácter académico, incumple un deber de
carácter académico, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de
carácter comporta académico.
2. Faltas disciplinarios: su actuación u omisión en unas de las
prohibiciones de carácter disciplinario, incumple un deber de
carácter disciplinario, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de
carácter comporta mental.
 Articulo 20. calificación de las faltas: las faltas académicas y
disciplinarias deben calificarse como: leves, graves o gravísimas.
 Articulo 21. criterios para calificar la falta: se toman en cuenta
aspectos para calificar la falta.
Capitulo 9
Medidas formativas y sanciones
 articulo 22. Medidas Formativas: de hechos que contraríen en
el menor grado el orden académico o disciplinario.
 Son medidas informativas:
1. Llamado de atención verbal
2. Plan de mejoramiento académico
3. Plan de mejoramiento disciplinario
 Articulo 23. sanciones: son proporcionales a la gravedad de la
falta.
las sanciones que pueden imponerse por falta académicas o
disciplinarias son:
1. llamado de atención escrito
2. Condicionamiento de la matricula
3. Cancelación de la matricula.
Principios rectos para la aplicación
de sanciones
 Publicidad: donde se le informa el aprendiz sobre su proceso de
sanción.
 Contradicción: el aprendiz tiene derecho a defensa donde
puede presentar o solicitar pruebas.
 presunción de inocencia: La duda respecto a la
responsabilidad del aprendiz.
 Proporcionalidad: la sanción debe ser de acuerdo a la falla
cometida.
 Valoración de las pruebas y descargos: investigación parte de
las pruebas, para la aplicación de la sancion o salvacion.
 Motivación de la decisión: donde el sub director debe tener en
cuenta la motivación y fundamentación respecto a los hechos de
investigación procederá a expedir la sancion.
Capitulo 10
procedimiento de la aplicación de
sanciones
 Articulo 25: El procedimiento se inicia con el informe o
queja presentada, por un servidor publico, contratista,
aprendiz, o cualquier persona que tenga los conocimientos
que puedan constituir falta disciplinaria o academico.
 El informe debe contener:
 Fecha de informe o queja
 Descripcion detallada de los hechos que presuntamente
constituyen a la falta.
 Testigos y/o pruebas que aporta, si es del caso
 Direccion de informante o quejoso
 firma
 Articulo 26: en cada centro de formación profesional del
sena funcionara un comité de evaluación y seguimiento de
los aprendices
 Articulo 27:reuniones: el comité de evaluación y
seguimiento se reunirá por lo menos cada vez trimestre, y
cada vez que sea necesario para la aplicación de
procedimiento.
 Articulo 28: comunicación al aprendiz: el coordinador
académico, dentro de las 3 días hábiles siguientes a las
fechas en que reciba el informe o queja.
 Articulo 29: sesión de comité de evaluación y
seguimiento: llega a la fecha y hora de la sesión del comité,
se debe verificar si hay quórum o no para sesionar y decidir.
 Articulo 30:acto sancionatorio: una vez el subdirector del
centro considere que tiene suficiente ilustración sobre el
caso.
 Articulo 31. recurso: En el acto académico que resuelva el recurso
no es precedente agravar la sanción inicialmente impuesta; este
deberá ser notificado personalmente o por edicto al aprendiz,
siguiendo el procedimiento ya indicado en este reglamento.
 Capitulo 11
De la representación de los aprendices
 Articulo 32. La representación es un ejercicio democrático, avaluado
por la decisión libre de la Mayoría De Votos de los aprendices en
virtud del cual un aprendiz es elegido como su represéntate ante la
dirección general del Sena.
 Articulo 33. representante de los aprendices en el centro: es el
aprendiz que en consideración a su comportamiento liderazgo,
actitud critica competencia innovadora buen rendimiento en su
proceso de aprendizaje y propuestas para el desarrollo del
mejoramiento del centro
 Articulo 34. Numero de representantes y periodo: por cada
académica de jornada academica que tenga un centro (diurna
nocturna y 24 horas) se elegira un representante, es decir hasta 3 por
cada centro.

ARTÍCULO 35. Requisitos y condiciones para ser candidato a
Representante de los Aprendices del Centro: Para ser elegido Representante
de los Aprendices del Centro se requiere:
 Haber desarrollado como mínimo tres (3) meses de su formación, con buen
rendimiento en su proceso de aprendizaje, sin que se le haya impuesto medida
formativa o sancionatoria.
 Haber desarrollado estrategias para la difusión y apropiación de la Información
Institucional y del Reglamento del Aprendiz SENA entre sus compañeros,
utilizando las nuevas tecnologías de la información y la comunicación dispuesta
por el SENA.
 Asumir actitud crítica y constructiva.
 Tener cualidades de líder y aplicarlas en actividades de aprendizaje
complementarias, iniciativas innovadoras para el Centro o la comunidad
educativa.
 Formular propuestas de trabajo viables en beneficio del Centro y de la
comunidad educativa, presentadas utilizando las tecnologías de la información y
la comunicación con que cuente el Centro.
 No haber sido representante de los aprendices en el mismo u otro Centro de
Formación del SENA.
 Mostrar actitudes de responsabilidad para asumir como representante, sin
descuidar las obligaciones del proceso de formación.
 ARTÍCULO 36.Responsabilidades del Representante de Aprendices en el
Centro: Son responsabilidades de los Representantes de los Aprendices, las
siguientes:
 Actuar como canal de comunicación entre los estamentos de la comunidad
educativa, propiciando relaciones cordiales para el buen funcionamiento del
Centro.
 Organizar sus actividades para cumplir con su plan de formación y los
compromisos que se adquieren como Representante de Aprendices del Centro.
 Motivar a la comunidad educativa para participar en eventos curriculares y
complementarios, culturales, deportivos, tecnológicos, investigativos, de
integración, sistema de liderazgo, que propicien el crecimiento personal y
profesional de los Aprendices.
 Promover, en coordinación con los líderes de programas, el cumplimiento de los
derechos y deberes del Aprendiz SENA, para lo cual podrá utilizar los medios de
comunicación institucional previa concertación con el Subdirector de Centro.
 Participar en la formulación del Plan de Bienestar de los Aprendices del Centro
de Formación que adopte el Subdirector de Centro.
 Participar como integrante del Comité de Evaluación y Seguimiento.
 Apoyar al Coordinador Académico en la evaluación de los Instructores -
Tutores y velar por la objetividad en su aplicación.
 Fomentar la integración y la confraternidad entre Centros de la comunidad
educativa SENA.
 ARTÍCULO 37. En caso de requerir representatividad en eventos simultáneos que requieran la
presencia del Representante de los Aprendices del Centro, se delegará la función a los otros
representantes elegidos.
ARTÍCULO 38.Procedimiento para elegir Representante de los Aprendices por Centro:

La dependencia del Centro responsable del Bienestar a los Aprendices, elaborará el cronograma y
abrirá la convocatoria respectiva, mediante acto administrativo emitido por el Subdirector del
Centro, a través del cual se convoca la elección del Representante de Aprendices del Centro o Sede.
 Inscripción de candidatos: Los Aprendices interesados en postularse a la elección pueden
inscribirse en la convocatoria de elección de representante de aprendices del Centro, en forma
individual, presentando la propuesta de trabajo para el periodo anual.
 Verificación de cumplimiento de requisitos. El área de Bienestar a los Aprendices verificará el
cumplimiento de los requisitos de los aprendices inscritos.
 Divulgación de los resultados. El área de Bienestar a los Aprendices publicará los resultados de la
verificación de los requisitos de los candidatos inscritos.
 Presentación de propuestas de trabajo ante la Comunidad Educativa. El Centro organizará sesiones
para que los candidatos inscritos presenten su propuesta de trabajo ante la comunidad educativa.
 Votación. La votación se realizará el día establecido en el cronograma a través del mecanismo
diseñado por el área de Bienestar a los Aprendices. Esta votación se hará en urnas selladas o
mediante el uso de herramientas digitales con su correspondiente auditoría.
 Escrutinio. Se efectuará la sumatoria de todos los votos depositados en las urnas, voto mal
diligenciado es anulado. El Área de Bienestar a los aprendices conformará una comisión escrutadora
con el fin de verificar el proceso, realizar el escrutinio y entregar los resultados al Subdirector del
Centro mediante Acta debidamente suscrita por los integrantes de la comisión escrutadora. La
Comisión Escrutadora estará conformada por un líder de programa, un Aprendiz elegido al azar, un
Instructor, un Coordinador Académico y un representante del área de Bienestar a los Aprendices.
 ARTICULO 39.Revocatoria de la designación del Representante de Aprendices:
Los representantes de aprendices pueden ser removidos de su representación por las
siguientes causales:
 a. Incumplimiento de sus responsabilidades.
 b. Bajo rendimiento académico que amerite mayor dedicación a su formación.
 c. Sanciones recibidas por aspectos académicos o disciplinarios.
 d. Por solicitud sustentada de la comunidad educativa, analizada por el Comité de
Evaluación y Seguimiento y aprobada por el Subdirector de Centro.
 e. Cuando el representante de los Aprendices de Centro defina continuar su proceso de
formación en sedes fuera del Centro (en empresas u otras instituciones), perderá su
investidura o representatividad ante la comunidad educativa del Centro de Formación.
CAPITULO 12
De la representatividad de los lideres de programa

ARTÍCULO 40.Aprendices líderes de programa: Son aquellos que desde la inducción
muestran capacidades de liderazgo positivo que benefician el hacer del programa de
formación y de la comunidad educativa. Cada programa de formación deberá contar
como mínimo con un (1) líder, quien participará en la implementacióndel SISTEMA
NACIONAL DE LIDERAZGO DEL SENA desde su centro.

 ARTÍCULO 41.Requisitos y condiciones para ser líderes de programa:
 a. Ser postulados por los aprendices del mismo programa
 b. Tener disponibilidad para trabajar en equipo con los representantes de Centro y demás
integrantes de la comunidad educativa cuando se requiera.
 c. Conocer y aplicar los temas de la inducción y demostrar interés por su cumplimiento a nivel
personal y grupal.
 d. Actuar de acuerdo con lo estipulado en el presente Reglamento y tener buenas relaciones
interpersonales con los integrantes de la Comunidad Educativa.
 e. Tener cualidades y capacidades de líder y una actitud crítica y constructiva.
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proceso de formación.
ARTÍCULO 42.Responsabilidades de los Líderes de programa. Son las siguientes:
 Promover la participación de todos los Aprendices en las diferentes actividades de formación y
complementarias que programe el Centro de Formación y fomentar el sistema de liderazgo, con la
conformación de grupos y comités para el apoyo y ejecución de las mismas.
 Asumir compromisos como veedores y partícipes de los procesos, para garantizar:
 La formación permanente de la comunidad educativa.
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solidaridad.
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 Una comunidad emprendedora, que innova y emprende nuevas acciones empresariales.
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Reglamento del aprendiz sena kevin

  • 1.
  • 2. Cualidades Del Aprendiz Sena  Libre Pensador Y Con Capacidad Critica  Solidario  Líder Emprendedor y Creativo Este compromiso incluye adoptar y aplicar una conducta correcta en cada uno de los momentos de su formación
  • 3. Capitulo 1 Campo de aplicación  Articulo 1: El presente reglamento se aplica a todas las personas matriculadas en los programas de formación profesional del Sena
  • 4. Capitulo 2 Derechos del aprendiz Sena  Articulo 2: Son derechos del aprendiz Sena durante el proceso de formación:  De Carácter Académico: Son aquellos compromisos que tiene el Sena con el aprendiz los cuales intervienen directamente con su proceso de formación.  De Carácter Comportamental: Son aquellas actitudes que intervienen en una sana convivencia.  Articulo 3: Estímulos e insectivos:  Recibir mención de honor  Ser postulado para realizar pasantía  Ser designado como monitor de un tema especifico  Formar parte del semillero.
  • 5. Capitulo 3 Deberes del aprendiz Sena  Articulo 4  De Carácter académico: Son aquellas obligaciones que adquiere el aprendiz en su proceso de formación.  De Carácter Disciplinario: Son los compromisos adquiridos a partir del momento de matricula por el aprendiz, para que se generen buenas relaciones al interior de la comunidad educativa.
  • 6. Capitulo 4 Prohibiciones  Articulo 5:  De Carácter Académico: Son aquellas actividades y actitudes que no se deben generar al interior del proceso de formación 1. No plagiar. 2. No terminar unilateralmente con el contrato de aprendizaje. 3. No realizar fraudes en evaluaciones. 4. No incumplir con actividades académicas.
  • 7.  De Carácter Disciplinario: Son Los que no se puede generar ya que afectan con la adecuada convivencia 1. Falsificar documentación. 2. Ingerir o suministrar alcohol o sustancias psicoactivas 3. Portar armas, objetos corto-punzantes. 4. Hurtar, estafar. 5. Contribuir al desorden y/o desaseo. 6. Practicar o propiciar juegos de azar 7. Obstaculizar la entrada 8. Utilizar indebidamente el uniforme 9. Incumplir las normas de convivencia 10. Realizar acciones proselitistas de carácter político o religioso 11. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales
  • 8. Capitulo 5 Etapa practica de los programas de formación  Articulo 6. Apropiación y Desarrollo Del Conocimiento: La etapa practica de formación es aquella en la cual el aprendiz Sena aplica, complementa fortalece y consolida sus competencias.  Articulo 7. Alternativas de permanencia en los programas de formación durante la etapa practica. 1. Desempeño de una empresa atreves del contrato de aprendizaje 2. Desempeño a través de la vinculación laboral o contractual 3. Participación en un proyecto productivo, o en Sena – empresa o en Sena proveedor Sena o en producción de centros. 4. Servicio militar 5. De asesoría a mypimes 6. De apoyo a una unidad productiva familiar 7. De apoyo a una institucion estatal nacional, territorial, o a una ONG, o a una entidad sin anonimo de lucro. 8. Monitorias:
  • 9.  Articulo 8. Registro De La Etapa Practica: Es responsabilidad del aprendiz registrarse en el sistema, si opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, esta alternativa debe ser aprobada por el coordinador academico.  Articulo 9. Seguimiento de la etapa practica: Cuando se inicie el proceso de etapa practica en una empresa el aprendiz debe de tener en cuenta de que se debe someter a cumplir con las normas de trabajo no solo las de ley sino las que dispone la empresa, durante ese proceso de etapa practica si el centro convoca a reuniones el aprendiz deberá asistir a estas.  La etapa de practica la debe evaluar el empleador según sus criterios; es de suma importancia que el aprendiz sepa que el contrato de aprendizaje no se puede terminar de forma espontanea que tiene un proceso y que deben haber argumentos de peso y en adición a este punto podemos aclara que si el empleador es quien termina dicho contrato y tiene razones justas es motivo de cancelación de la matricula y debe haber una revisión del comité de evaluación.
  • 10. Capitulo 6 tramites realizados o solicitados por los aprendices Sena  Articulo 10. tales como: certificados títulos, actas de grado o constancias académicas, o para gestionar solicitudes de traslado, aplazamiento, ingreso y retiro voluntario.  Articulo 11. El registro académico: Es el procedimiento protocolizan las acciones académicas y disciplinarias del aprendiz.  Articulo 12. En la certificación se hace el reconocimiento formal de los resultados obtenidos por el aprendiz.  Articulo 13. expedición de certificados y de constancias académicas: por primera vez no tiene cobro
  • 11.  Articulo 14.expedicion de duplicados: podrán solicitarse en el centro o atreves de medios electrónicos  Articulo 15. legalización de documentos academicos Sena: comprobación o validez del mismo.  Articulo 16: El aprendiz podra solicitar cualquiera de los siguientes tramites que se describen a continuacion: 1. Traslado 2. Aplazamiento 3. Reingreso 4. Retiro voluntario
  • 12. Capitulo 7 proceso de formación, incumplimiento deserción  Articulo 17. participación y cumplimiento: debe participar de manera activa y oportuna en las diferentes actividades de aprendizaje, presenciales. Se evaluara en cumplimiento o no de las actividades así: 1. Incumplimiento injustificado: los incumplimientos de entrega de evidencias o asistencia no justificados en los dos días hábiles 2. Incumplimiento justificados: deberá ser informado dentro de los dos días hábiles 3. Revisión de los resultados de evaluación: si no esta de acuerdo con los resultados, puede pedir una calificación siguiendo un conducto regular. 4. Deserción: cuando nose presenta durante un mes a los procesos de aprendizaje, cuando nose presenta en la fecha de reintegro después del aplazamiento, o cuando después de dos años de la etapa lectiva no a realizado la etapa productiva.
  • 13. Capitulo 8 faltas académicas y disciplinarias  Articulo 18. faltas que afectan el proceso de formación y la convivencia. Se considera faltas las acciones u omisiones que afectan el proceso de formación y la convivencia.  Articulo 19. clasificación de las faltas: 1. Faltas académicas: incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones de carácter académico, incumple un deber de carácter académico, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter comporta académico. 2. Faltas disciplinarios: su actuación u omisión en unas de las prohibiciones de carácter disciplinario, incumple un deber de carácter disciplinario, o se extralimita en el ejercicio de un derecho de carácter comporta mental.  Articulo 20. calificación de las faltas: las faltas académicas y disciplinarias deben calificarse como: leves, graves o gravísimas.  Articulo 21. criterios para calificar la falta: se toman en cuenta aspectos para calificar la falta.
  • 14. Capitulo 9 Medidas formativas y sanciones  articulo 22. Medidas Formativas: de hechos que contraríen en el menor grado el orden académico o disciplinario.  Son medidas informativas: 1. Llamado de atención verbal 2. Plan de mejoramiento académico 3. Plan de mejoramiento disciplinario  Articulo 23. sanciones: son proporcionales a la gravedad de la falta. las sanciones que pueden imponerse por falta académicas o disciplinarias son: 1. llamado de atención escrito 2. Condicionamiento de la matricula 3. Cancelación de la matricula.
  • 15. Principios rectos para la aplicación de sanciones  Publicidad: donde se le informa el aprendiz sobre su proceso de sanción.  Contradicción: el aprendiz tiene derecho a defensa donde puede presentar o solicitar pruebas.  presunción de inocencia: La duda respecto a la responsabilidad del aprendiz.  Proporcionalidad: la sanción debe ser de acuerdo a la falla cometida.  Valoración de las pruebas y descargos: investigación parte de las pruebas, para la aplicación de la sancion o salvacion.  Motivación de la decisión: donde el sub director debe tener en cuenta la motivación y fundamentación respecto a los hechos de investigación procederá a expedir la sancion.
  • 16. Capitulo 10 procedimiento de la aplicación de sanciones  Articulo 25: El procedimiento se inicia con el informe o queja presentada, por un servidor publico, contratista, aprendiz, o cualquier persona que tenga los conocimientos que puedan constituir falta disciplinaria o academico.  El informe debe contener:  Fecha de informe o queja  Descripcion detallada de los hechos que presuntamente constituyen a la falta.  Testigos y/o pruebas que aporta, si es del caso  Direccion de informante o quejoso  firma
  • 17.  Articulo 26: en cada centro de formación profesional del sena funcionara un comité de evaluación y seguimiento de los aprendices  Articulo 27:reuniones: el comité de evaluación y seguimiento se reunirá por lo menos cada vez trimestre, y cada vez que sea necesario para la aplicación de procedimiento.  Articulo 28: comunicación al aprendiz: el coordinador académico, dentro de las 3 días hábiles siguientes a las fechas en que reciba el informe o queja.  Articulo 29: sesión de comité de evaluación y seguimiento: llega a la fecha y hora de la sesión del comité, se debe verificar si hay quórum o no para sesionar y decidir.  Articulo 30:acto sancionatorio: una vez el subdirector del centro considere que tiene suficiente ilustración sobre el caso.
  • 18.  Articulo 31. recurso: En el acto académico que resuelva el recurso no es precedente agravar la sanción inicialmente impuesta; este deberá ser notificado personalmente o por edicto al aprendiz, siguiendo el procedimiento ya indicado en este reglamento.  Capitulo 11 De la representación de los aprendices  Articulo 32. La representación es un ejercicio democrático, avaluado por la decisión libre de la Mayoría De Votos de los aprendices en virtud del cual un aprendiz es elegido como su represéntate ante la dirección general del Sena.  Articulo 33. representante de los aprendices en el centro: es el aprendiz que en consideración a su comportamiento liderazgo, actitud critica competencia innovadora buen rendimiento en su proceso de aprendizaje y propuestas para el desarrollo del mejoramiento del centro  Articulo 34. Numero de representantes y periodo: por cada académica de jornada academica que tenga un centro (diurna nocturna y 24 horas) se elegira un representante, es decir hasta 3 por cada centro.
  • 19.  ARTÍCULO 35. Requisitos y condiciones para ser candidato a Representante de los Aprendices del Centro: Para ser elegido Representante de los Aprendices del Centro se requiere:  Haber desarrollado como mínimo tres (3) meses de su formación, con buen rendimiento en su proceso de aprendizaje, sin que se le haya impuesto medida formativa o sancionatoria.  Haber desarrollado estrategias para la difusión y apropiación de la Información Institucional y del Reglamento del Aprendiz SENA entre sus compañeros, utilizando las nuevas tecnologías de la información y la comunicación dispuesta por el SENA.  Asumir actitud crítica y constructiva.  Tener cualidades de líder y aplicarlas en actividades de aprendizaje complementarias, iniciativas innovadoras para el Centro o la comunidad educativa.  Formular propuestas de trabajo viables en beneficio del Centro y de la comunidad educativa, presentadas utilizando las tecnologías de la información y la comunicación con que cuente el Centro.  No haber sido representante de los aprendices en el mismo u otro Centro de Formación del SENA.  Mostrar actitudes de responsabilidad para asumir como representante, sin descuidar las obligaciones del proceso de formación.
  • 20.  ARTÍCULO 36.Responsabilidades del Representante de Aprendices en el Centro: Son responsabilidades de los Representantes de los Aprendices, las siguientes:  Actuar como canal de comunicación entre los estamentos de la comunidad educativa, propiciando relaciones cordiales para el buen funcionamiento del Centro.  Organizar sus actividades para cumplir con su plan de formación y los compromisos que se adquieren como Representante de Aprendices del Centro.  Motivar a la comunidad educativa para participar en eventos curriculares y complementarios, culturales, deportivos, tecnológicos, investigativos, de integración, sistema de liderazgo, que propicien el crecimiento personal y profesional de los Aprendices.  Promover, en coordinación con los líderes de programas, el cumplimiento de los derechos y deberes del Aprendiz SENA, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación institucional previa concertación con el Subdirector de Centro.  Participar en la formulación del Plan de Bienestar de los Aprendices del Centro de Formación que adopte el Subdirector de Centro.  Participar como integrante del Comité de Evaluación y Seguimiento.  Apoyar al Coordinador Académico en la evaluación de los Instructores - Tutores y velar por la objetividad en su aplicación.  Fomentar la integración y la confraternidad entre Centros de la comunidad educativa SENA.
  • 21.  ARTÍCULO 37. En caso de requerir representatividad en eventos simultáneos que requieran la presencia del Representante de los Aprendices del Centro, se delegará la función a los otros representantes elegidos. ARTÍCULO 38.Procedimiento para elegir Representante de los Aprendices por Centro:  La dependencia del Centro responsable del Bienestar a los Aprendices, elaborará el cronograma y abrirá la convocatoria respectiva, mediante acto administrativo emitido por el Subdirector del Centro, a través del cual se convoca la elección del Representante de Aprendices del Centro o Sede.  Inscripción de candidatos: Los Aprendices interesados en postularse a la elección pueden inscribirse en la convocatoria de elección de representante de aprendices del Centro, en forma individual, presentando la propuesta de trabajo para el periodo anual.  Verificación de cumplimiento de requisitos. El área de Bienestar a los Aprendices verificará el cumplimiento de los requisitos de los aprendices inscritos.  Divulgación de los resultados. El área de Bienestar a los Aprendices publicará los resultados de la verificación de los requisitos de los candidatos inscritos.  Presentación de propuestas de trabajo ante la Comunidad Educativa. El Centro organizará sesiones para que los candidatos inscritos presenten su propuesta de trabajo ante la comunidad educativa.  Votación. La votación se realizará el día establecido en el cronograma a través del mecanismo diseñado por el área de Bienestar a los Aprendices. Esta votación se hará en urnas selladas o mediante el uso de herramientas digitales con su correspondiente auditoría.  Escrutinio. Se efectuará la sumatoria de todos los votos depositados en las urnas, voto mal diligenciado es anulado. El Área de Bienestar a los aprendices conformará una comisión escrutadora con el fin de verificar el proceso, realizar el escrutinio y entregar los resultados al Subdirector del Centro mediante Acta debidamente suscrita por los integrantes de la comisión escrutadora. La Comisión Escrutadora estará conformada por un líder de programa, un Aprendiz elegido al azar, un Instructor, un Coordinador Académico y un representante del área de Bienestar a los Aprendices.
  • 22.  ARTICULO 39.Revocatoria de la designación del Representante de Aprendices: Los representantes de aprendices pueden ser removidos de su representación por las siguientes causales:  a. Incumplimiento de sus responsabilidades.  b. Bajo rendimiento académico que amerite mayor dedicación a su formación.  c. Sanciones recibidas por aspectos académicos o disciplinarios.  d. Por solicitud sustentada de la comunidad educativa, analizada por el Comité de Evaluación y Seguimiento y aprobada por el Subdirector de Centro.  e. Cuando el representante de los Aprendices de Centro defina continuar su proceso de formación en sedes fuera del Centro (en empresas u otras instituciones), perderá su investidura o representatividad ante la comunidad educativa del Centro de Formación. CAPITULO 12 De la representatividad de los lideres de programa  ARTÍCULO 40.Aprendices líderes de programa: Son aquellos que desde la inducción muestran capacidades de liderazgo positivo que benefician el hacer del programa de formación y de la comunidad educativa. Cada programa de formación deberá contar como mínimo con un (1) líder, quien participará en la implementacióndel SISTEMA NACIONAL DE LIDERAZGO DEL SENA desde su centro. 
  • 23.  ARTÍCULO 41.Requisitos y condiciones para ser líderes de programa:  a. Ser postulados por los aprendices del mismo programa  b. Tener disponibilidad para trabajar en equipo con los representantes de Centro y demás integrantes de la comunidad educativa cuando se requiera.  c. Conocer y aplicar los temas de la inducción y demostrar interés por su cumplimiento a nivel personal y grupal.  d. Actuar de acuerdo con lo estipulado en el presente Reglamento y tener buenas relaciones interpersonales con los integrantes de la Comunidad Educativa.  e. Tener cualidades y capacidades de líder y una actitud crítica y constructiva.  f. Cumplir con las responsabilidades como líder de programa, sin descuidar las obligaciones del proceso de formación. ARTÍCULO 42.Responsabilidades de los Líderes de programa. Son las siguientes:  Promover la participación de todos los Aprendices en las diferentes actividades de formación y complementarias que programe el Centro de Formación y fomentar el sistema de liderazgo, con la conformación de grupos y comités para el apoyo y ejecución de las mismas.  Asumir compromisos como veedores y partícipes de los procesos, para garantizar:  La formación permanente de la comunidad educativa.  La participación y educación ciudadana, así como el fomento de la integración, confraternidad y solidaridad.  Una comunidad educativa bien informada ,a través de los Líderes comunicadores.  El cuidado del medio ambiente.  Una comunidad emprendedora, que innova y emprende nuevas acciones empresariales.  Participar en los Comités de Evaluación y Seguimiento, con voz y sin voto.  Apoyar al Coordinador Académico en la realización de actividades para la evaluación de los Instructores y velar por su objetividad.