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REGLAMENTO INTERNO
2015
C O N T E N I D OS
PRESENTACIÓN
TITULO I
DE LAS GENERALIDADES Y PRINCIPIOS CONSTITUTIVOS
CAPÍTULO I LAS DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO Nº
1.- Concepto
2.- Línea axiológica
3.- Alcances
4.- Base legal
TITULO II
DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS
CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTICULO Nº
5.-Del funcionamiento
6.-Ubicación
7.-Ámbito geográfico
8.-Objetivos
1. Generales
2. Específicos
TITULO III
DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS Y DE LA FUNCIONES
ESPECIFICAS DE SUS MIEMBROS
CAPÍTULO III DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA
ARTICULO Nº:
9 Del Diseño organizacional
10. Funciones Generales
11. Funciones específicas
TITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA
CAPÍTULO IV DE LO ACADEMICO
ARTICULO Nº :
12. Planificación
13. Programación
14. Calendarización
15. Periodos vacacionales
16. Supervisión educativa
1.-Concepto
2.- De los Asesores
3.- De las acciones y sus fases
CAPITULO V ADMINISTRATIVA
ARTICULO Nº
17. Régimen interno
18. Régimen económico
19. Régimen de seguridad social de los
trabajadores
TITULO V
DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN ,
PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN
CAPITULO VI MATRICULA
ARTICULO Nº
20. Responsables
21. Requisitos generales
22. Requisitos específicos
23. Del retiro y trasado
24. Traslados
CAPITULO VII DE EVALUACIÓN
ARTICULO Nº
25. Planificación
26. Medios y materiales
CAPITULO VIII DE LA PROMOCIÓN – REPITENCIA
ARTICULO Nº
27 Promoción
1.- Primaria
2.- Secundaria
28 Repitencia
1.- Primaria
2.- Secundaria
CAPITULO IX DE LA CERTIFICACIÓN
ARTICULO Nº
29. Del nivel
30. De los Talleres
TITULO VI
REGISTRO ESCALAFONARIO
CAPITULO X ORGANIZACION
ARTICULO Nº
31. Organización del escalafón Docente
y administrativo
32. Su uso y obligatoriedad de su
registro
TITULO VII
DE LOS DERECHOS Y ATRIBUCIONES , PROHIBICIONES,
ESTIMULOS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL
DOCENTE Y ADMINISTRATIVO
CAPITULO XI DE LOS DERECHOS
ARTICULO Nº
33. Concepto
34. Reglamentación
CAPITULO XII DE LOS DEBERES
ARTICULO Nº
35. Concepto
36. Reglamentación
CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS
ARTICULO Nº
37. Concepto
38. Reglamentación
CAPITULO XIV DE LAS SANCIONES
ARTICULO Nº
39. Concepto
40. Reglamentación
TITULO VIII
DE LOS DERECHOS, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS
Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS
CAPITULO XV DE LOS DERECHOS
ARTICULO Nº
41. Concepto
42. Reglamentación
CAPITULO XVI DE LOS DEBERES
ARTICULO Nº
43. Concepto
44. Reglamentación
CAPITULO XVII DE LAS OBLIGACIONES
ARTICULO Nº
45. Concepto
46. Reglamentación
CAPITULO XVIII DEL COMPORTAMIENTO
ARTICULO Nº
47. Concepto
48. Reglamentación
TITULO IX
DE LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES PATRMONIALES
CAPITULO XX DEL PATRIMONIO E INVENTARIO
ARTICULO Nº
49. Del patrimonio
50. Del inventario
CAPITULO XXI DEL INCREMENTO, ALTAS, BAJAS Y RETIROS
ARTICULO Nº
50. Del incremento y altas de bienes
51. De las bajas y retiros
CAPITULO XXII DE LAS DONACIONES
ARTICULO Nº
52. La donación
CAPITULO XXIII DE LOS RELEVOS DEL CARGO
ARTICULO Nº
53. Relevo de un directivo ,docente o
administrativo.
CAPITULO XXIV DE LAS PERDIDAS , ROBOS Y HURTOS
ARTICULO Nº
54. Del caso de perdidas , robos o
hurtos en la I.E.
CAPITULO XXV DEL AUDITORIO
ARTICULO Nº
55. Del uso del auditorio
TITULO X
RELACIONES Y COORDINACIONES
CAPITULO XXVI RELACIONES Y COORDINACIONES
ARTICULO Nº
60. De las relaciones con la APAFA.
TITULO XI
DEL PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGÓGICA
CAPITULO XXVII DE LA ORGANIZACION DEL PROGRAMA DE
RECUPERACION PEDAGOGICA
ARTICULO Nº
63. De la organización y ejecución del
programa de recuperación pedagógica.
TITULO XII
DISPOSICIONES FINALES
CAPITULO XXVIII VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO
ARTICULO Nº
62. Vigencia
63. Casos no previstos.
PRESENTACIÓN
El presente Reglamento Interno de nuestra Institución Educativa
Estatal N° 7069-“CÉSAR VALLEJO” , norma la política educativa que
contiene los aspectos generales vinculados a la administración ,
organización y actividades pedagógicas . Asimismo, norma los deberes y
derechos del personal que labora en la Institución, la de los educandos
y Padres de Familia.
Su finalidad es lograr alcanzar las metas planificadas en nuestros
documentos de gestión como el PEI, PCI, EL PATMA que plasman los
objetivos educativos trascendentes de esta Institución mediante una
organización horizontal, en la cual la participación de todos en su
elaboración , nos permitirá cumplirla con conocimiento, unidad de
trabajo y excelente disposición..
Atendiendo a los cambios educativos que se están
implementando en estos años con la finalidad de obtener logros de
aprendizajes cada vez más elevados en nuestros estudiantes de
Primaria y Secundaria con la participación de toda la comunidad
educativa, es pertinente entonces presentar este documento normativo
de nuestra institución que dirija el actuar de cada estamento que
conforma la comunidad vallejiana.
Que Dios bendiga este documento y todos los que derivan de el.
LA COMISIÓN DE ELABORACIÓN DEL DE REGLAMENTO INTERNO
2015
 JUANA MARTINO
 LINO GUZMAN SALCEDO
 ZENAIDA OSPINA
 PAULA AUDANTE
 PILAR HERRERA
 SOCORRO ESPINOZA
 OSVALDO VALENCIA
TITULO I
DE LAS GENERALIDADES Y PRINCIPIOS CONSTITUTIVOS
CAPÍTULO I LAS DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO Nº 1.- Concepto
2.- Línea axiológica
3.- Alcances
4.- Base legal
Artículo 1o LA Institución Educativa N| 70 69 “CÉSAR VALLEJO”
es una institución estatal que presta servicios
educativos a la niñez y juventud estudiantil del distrito
de San Juan de Miraflores.
Artículo 2o Otorgar los mejores estímulos cognitivos, que nos
permitan lograr aprendizajes significativos y alto nivel ,
dentro del margen educativo basado en una educación
en valores.
Articulo 3º Atiende a los niveles de educación PRIMARIA Y
SECUNDARIA DE MENORES.
Articulo 4º De las Bases Legales
1.-DISPOSITIVOS LEGALES DEL SECTOR EDUCACION
Normatividad Vigente para garantizar el Normal Desarrollo de
las Labores Educativa – 2015.
LEYES
 Ley Nº 28628 - Ley que regula la participación de las
Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones
Educativas Públicas. Publicado el 24 Nov. 2005.
 Ley Nº 28332 - Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la
Educación Peruana - FONDEP. Publicado el 20 Jul. 2004.
 Ley Nº 28086 - Ley de Democratización del Libro y de
Fomento de la Lectura. Publicado el 10 Oct. 2003
 Ley Nº 28044 - Ley General de Educación. Publicado el 28
Jul. 2003.
 Ley Nº 27927 - Ley que modifica la Ley Nº 27806 "Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Publica".
Publicado el 03 Feb. 2003.
 Ley Nº 27815 - Ley del código de ética de la función pública
Publicado el 12 Ago. 2002.
 Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la
información publica, Publicado el 02 Ago. 2002
 Ley Nº 27665.- Ley de protección a la economía familiar
respecto al pago de pensiones en centros y programas
educativos privados. Publicado el 09 Feb. 2002.
 Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin
violencia en las instituciones educativas.
 Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
 Decreto Legislativo N° 882 Ley de Promoción de la Inversión
en la Educación.
 Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias
para el personal docente y administrativo de instituciones
educativas públicas y privadas, implicado en delitos de
terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de
la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea
el registro de personas condenadas o procesadas por delito
de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación
de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los
artículos 36 y 38 del Código Penal.
 Ley N° 30061, Ley que declara de prioritario interés
nacional la atención integral de la salud de los estudiantes
de educación básica regular y especial de las instituciones
educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de
Alimentación Escolar Qali Warma y los incorpora como
asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS)
RESOLUCIONES
 R.M. Nº 0386-2006-ED - Aprueban Directiva sobre Normas
para la Organización y Aplicación del Plan Lector en las
Instituciones Educativas de Educación Básica Regular.
]
 R.M. Nº 0112-2006-ED - Aprueban Directiva “Normas para
orientar las acciones de reflexión y análisis del Proyecto
Educativo Nacional y el Plan Nacional de Educación para
Todos”. Publicado el 06 Mar. 2006
 R.M. Nº 0105-2006-ED - Autorizan desarrollo de la
Campaña de Sensibilización y Promoción “Tengo Derecho
al Buen Trato”. Publicado el 28 Feb. 2006
 R.M. Nº 0054-2006-ED - Aprueban Directiva “Normas para
la matrícula de estudiantes con necesidades educativas
especiales en Instituciones Educativas Inclusivas y en
Centros y Programas de Educación Básica Especial”.
Publicado el 26 Ene. 2006.
 Resolución Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba
prioridades de la Política Educativa Nacional 2012 – 2016
 Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el
Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación
(PESEM) 2012-2016 .
 Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la
Directiva N° 019-2012MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos
para la prevención y protección de las y los estudiantes
contra la violencia ejercida por personal de las
instituciones educativas.
 Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el
“Modelo de servicio educativo para la atención de
estudiantes de alto desempeño”.
 Resolución de Secretaría General N˚ 602-2014-MINEDU,
que aprueba la Norma Técnica para la cogestión del
servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma.
 Resolución de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU
que aprueba “Normas y Orientaciones para la organización
y funcionamiento de la forma de atención a distancia en el
ciclo avanzado de los Centros de Educación Básica
Alternativa públicos y privados”.
 Resolución de Secretaría General N° 364-2014-MINEDU,
que aprueba “Lineamientos para la implementación de la
Estrategia Nacional contra la Violencia Escolar,
denominada “Paz Escolar”, en las instancias de gestión
educativa descentralizada.
 Resolución Ministerial N° 0547 - 2012 ED mediante la cual
se aprueban los Lineamientos denominados "Marco de
Buen Desempeño Docente para Docentes de Educación
Básica Regular", documento que contiene los criterios de
buen desempeño docente, descrito en la Ley de Reforma
Magisterial.
DECRETOS -
 Decreto Supremo Nº 014-2006-ED - Institucionalizan la
Movilización Nacional por la Educación. Publicado el 04 jul.
2006.
 Decreto Supremo Nº 008-2006-ED - Aprueban los
“Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor
Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas
Públicas”. Publicado el 20 Abr. 2006
 Decreto Supremo Nº 004-2006-ED - Aprueban Reglamento
de la Ley que regula la participación de las asociaciones de
padres de familia en las instituciones educativas públicas.
Publicado el 16 Feb. 2006.
 Decreto Supremo Nº 003-2006-ED - Amplían plazo para culminar el
Proceso de Conversión Progresiva de Centros de Educación
Ocupacional y Programas de Educación Ocupacional a Centros de
Educación Técnico-Productiva (CETPRO). Publicado el 08 Feb. 2006.
 Decreto Supremo Nº 020-2005-ED - Modifican Primera
Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento
de la Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación
Peruana - Ley Nº 28332. Publicado el 17 Nov. 2005.
 Decreto Supremo Nº 013-2005-ED - Aprueban Reglamento
de Educación Comunitaria. Publicado el 24 Jun. 2005.
 Decreto Supremo Nº 009-2005-ED - Aprueban Reglamento
de la Gestión del Sistema Educativo. Publicado el 09 May.
2005.
 Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM - Aprueba Reglamento
de la Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Publicado el 19 Abr. 2005.
 Decreto Supremo Nº 002-2005-ED - Aprueban el
Reglamento de Educación Básica Especial. Publicado el 11
Ene. 2005.
 Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la
convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.
 Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los
consumidores de las prácticas abusivas en la selección o
adquisición de textos escolares.
 Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.
 Decreto Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política
Nacional de Educación Ambiental.
 Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-
2014-MINEDU.
 Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona
con Discapacidad.
 Decreto Supremo Nº 008-2014-Minedu Gobierno promulga
la Reglamentación que regula la situación laboral y jurídica
de los auxiliares de Educación .
Directivas
 Directiva Nº 174-2006-/DM/SPE "Responsabilidades de la
instancias de gestión educativa descentralizada, en la
evaluación censal de los alumnos del segundo grado de
primaria y docentes de los niveles de inicial, primaria y
secundaria de Educación Básica Regular" Publicado el 18
Nov. 2006.
 Directiva Nº 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el
desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción
“tengo derecho al buen trato” que incluye a la convivencia
escolar democrática. Publicado el 19 abr. 2006.
 Directiva Nº 001-2006-VMGP/OTUPI - Normas para el
desarrollo de las acciones de tutoría y orientación
educativa en las Direcciones Regionales de Educación,
Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones
Educativas. Publicado el Ene. 2006.
 Directiva Nº 018 - 2014-ME. Orientaciones para la
finalización del año escolar 2014 e inicio 2015
 Directiva N° 005-2009/SBN del Buen Inicio del Año
Escolar 2015 y los compromisos de Desempeño 2015.
TITULO II
DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS
CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTICULO Nº
5.-Del funcionamiento
6.-Ubicación
7.-Ámbito geográfico
8.-Objetivos
1. Generales
2. Específicos
Artículo 5o La finalidad funcional de la I.E. 7069 CESAR VALLEJO es
buscar la formación integral del educando de Primaria y
Secundaria mediante el desarrollo armónico de todas sus
facultades físicas, cognitivas y morales en un marco de
respeto y servicio a su atención educativa.
Articulo 6º La I.E. 7069 CESAR VALLEJO está ubicada en la
jurisdicción de la UGEL Nº 01 en el Distrito de San Juan
de Miraflores
Del Centro Poblado de CIUDAD DE DIOS , en la avenida
Gabriel Torres N° 200.
Artículo 7º Ámbito jurisdiccional geográfico abarca el Distrito de San
Juan de Miraflores y sus centros poblados de
 Pamplona Alta
 Ciudad de Dios
 Pamplona Baja
Artículo 8.o- De los objetivos
Inciso 1.-Generales:
 Brindar una educación de carácter permanente,
procesal, comunitaria, humanitaria, moderna,
regionalizada y liberadora
 Buscar una vinculación orgánica de la educación con la
realidad social, los avances de la ciencia y los
problemas fundamentales que la aquejan y adecuar
las soluciones.
 Conseguir que la educación adquiera un compromiso
más efectivo con la sociedad. concientizando la
población para su cambio y desarrollo permanente.
Inciso 2.-Específicos:
 Realizar la detección gruesa y específica de los alumnos en
los primeros grados del Nivel Primario
 Dar un tratamiento individual y diferenciado, transitorio
con técnicas de aprestamiento cordial y reeducación en la
lecto-escritura, matemática, dándole mayor operatividad
articulada con la realidad
 Rescatar la pérdida de los valores morales y el respecto por
la integridad moral, física y social a base de valores reales
y hincapié al desarrollo cognitivo y emocional.
 Brindar apoyo permanente de orientación al padre de
familia en su difícil tarea de educar en apoyo directo al
trabajo de los diferentes niveles que se desarrollan en el
centro educativo.
 Orientar supervisar y asesorar al personal Docente y
administrativo con las nuevas reformas en el campo
educativo y permanecer al ritmo de la cibernética.
TITULO III
DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS Y DE LA FUNCIONES
ESPECIFICAS DE SUS MIEMBROS
CAPÍTULO III DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA
ARTICULO Nº
9 Del Diseño organizacional
10. Funciones Generales
11. Funciones específicas
12. Del órgano de apoyo administrativo
13. De los organismos de colaboración.
Articulo Nº 9 Del Diseño organizacional
El presente reglamento alcanza a:
- Director General
- Personal Jerárquico
- Personal Docente y administrativo
- Alumnado de Primaria y Secundaria
- Padres de Familia
- Comunidad de apoyo educativo
La I.E. 7069 CESAR VALLEJO cuenta con los siguientes
órganos
Órgano Directivo
1. Director
2. Sub-Director de Formación General
3. Sub-Director de Primaria
Órgano Técnico Pedagógico
1. Jefatura de Laboratorio
2. Coordinadores de áreas y grados
3. Docentes de Primaria
4. Docentes de Secundaria
5. Auxiliares de educación
Órgano de Apoyo Administrativo
1. Subdirector Administrativo
2. Técnico Administrativo
3. Oficinista
4. Auxiliar de laboratorio
5. Auxiliar de biblioteca
6. Personal de Mantenimiento y servicio
Órgano de Apoyo ( profesionales de salud)
1. Psicólogo
2. Asistenta social
Órganos de Participación
1. Consejo Educativo Institucional (CONEI)
2. Defensoría del niño y adolescente
3. Municipio escolar
4. APAFA
Articulo 10.-Funciones Generales
Inciso 1.- Del Director
El director es la primera autoridad de la I.E., conduce sus
actividades, representa legalmente y lidera la participación de
la comunidad escolar.
Inciso 2.-: De los Sub-Directores
Los subdirectores de Educación Básica Regular de los niveles
de Primaria y Secundaria de la I.E., por delegación cumplen
las funciones pedagógicas y administrativas que lle
corresponden al director.
Articulo 11.- Funciones Específicas
Inciso 1. Del Director
 En lo Pedagógico
a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y
evaluar el servicio educativo.
b) Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional.
c) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del
Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de
Trabajo y Reglamento Interno de manera participativa.
d) Establecer en coordinación con el CONEI, antes del
comienzo del año electivo, la Calendarización del año
escolar, garantizando el cumplimento efectivo del
tiempo de aprendizaje, en el marco de las
orientaciones y normas nacionales dictadas por el
Ministerio de Educación para el inicio de clases.
e) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el
desempeño docente, desarrollando estrategias de
estimulación de talentos; promoviendo y estimulando
permanentemente la innovación pedagógica.
f) Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio
educativo.
g) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y
demás actividades pedagógicas en diversos lugares de
la comunidad.
h) Estimular y organizar la participación de los
estudiantes de la I.E. en eventos de carácter
deportico, cultural y de prevención convocados por el
Ministerio de Educación y otros órganos, de acuerdo a
las presentes normas.
i) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan
espacios de interaprendizaje y reflexión, así como
actividades dirigidas a mejorar la calidad de los
aprendizajes y el servicio educativo en el marco del
PEI.
j) Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los
Institutos Superiores Pedagógicos y facultades de
Educación, supervisando y asegurando la
permanencia del docente responsable del aula,
garantizando el asesoramiento al practicante y
posibilitando las innovaciones pedagógicas.
 En los recursos y servicios de la I.E.
a) Planificar, organizar y administrar la captación de
recursos por venta de bienes y servicios prestados por
la I.E., en aplicación a la normatividad respectiva, con
la finalidad de satisfacer las necesidades básicas y
prioritarias previstas en el PEI.
b) Formular el presupuesto de la I.E. y velar por la
correcta administración de todos los recursos
recaudados directamente.
c) Autorizar el uso y alquiler de ambientes y/o equipos
de la I.E., de acuerdo a la normatividad vigente
asegurando la conservación del medio ambiente, de
las instalaciones y equipos y un tipo de utilización
que no distorsione los fines educativos.
d) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el
uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido
en el Reglamento General de APAFA.
 En lo Administrativo
a) Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos
de Gestión de la I.E.
b) Supervisar y evaluar las actividades administrativas
en coordinación del personal directivo y jerárquico de
la I.E.
c) Suscribir convenios y/o contratos con fines
educativos, desarrollando acciones de capacitación
y/o actualización para el personal docente y
administrativo.
d) Vincular la oferta educativa con las demandas del
ámbito laboral y de la comunidad.
e) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados
de matrícula y expedir certificados de estudio dentro
de lo normado, aprobar las nóminas de matrícula y
actas de evaluación, rectificar nombres y apellidos de
los estudiantes de documentos oficiales, exonerar de
áreas (Educación Religiosa y Educación Física según
el caso), autorizar convalidaciones, pruebas de
revalidación y de ubicación, según la legislación
vigente.
f) Presidir el comité de evaluación para el ingreso,
ascenso y permanencia del personal docente y
administrativo, que reúna los requisitos legales, en
función de las plazas que correspondan a la I.E.
g) Estimular el buen desempeño del personal a su cargo,
estableciendo en la I.E. prácticas y estrategias de
reconocimiento público a las innovaciones educativas,
así como a las experiencias exitosas en el ámbito
profesional y laboral. En caso del servidor con una
evaluación negativa, adoptar medidas correctivas
según lo dispuesto por las normas vigentes.
h) Otorgar licencias de acuerdo a la normatividad vigente
proponiendo al Órgano Intermedio de Gestión, el
contrato de servidor reemplazante seleccionado por el
Comité de Evaluación por el tiempo que dure la
ausencia del titular.
i) Informar de manera pública y transparente a la
comunidad educativa del manejo de recursos y bienes
de la I.E.
 En las relaciones con la comunidad educativa
a) Coordinar con los padres de familia y el Órgano
Intermedio del Ministerio de Educación asuntos de
interés común.
b) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando
condiciones que favorezcan relaciones humanas
positivas al interior de la comunidad educativa.
 En relación a niños y adolescentes con necesidades
especiales, en centros educativos públicos.
a) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado
o en riesgo de abandono y coordinar acciones de
ayuda con diversas instituciones.
b) Garantizar la integración del estudiante al centro
educativo público o privado y al aula con necesidades
educativas especiales.
 Delegar funciones a los subdirectores y a otros
miembros de su comunidad educativa
 Otras que se le asigne por norma específica del sector
Inciso 2. Del Subdirector Administrativo
Depende del director. Es miembro del CONEI. Son funciones
del Subdirector Administrativo:
a) Como miembro del CONEI participa en la aprobación de los
documentos de gestión PEI, PAT, PCI, REI, MOF.
b) Programar, organizar, coordinar, supervisar la previsión de
los recursos que sean necesarios.
c) Efectuar el control diario de asistencia, puntualidad y
permanencia del personal e informar a la instancia
correspondiente sobre las inasistencias injustificadas y
publicar la copia remitida a la UGEL.
d) Publicar por el lapso de dos (02) días (48) días las
inasistencias del personal, el primer día útil del mes
siguiente.
e) Coordinar la labor de secretaría, trámite documentario y
archivo (publicaciones e informaciones) de esta área con el
visto bueno del Director.
f) Administrar la documentación especialmente lo relacionado
con la matrícula y certificación de los estudiantes en
coordinación con la Subdirección de Formación General
(secundaria) y Subdirección de Primaria.
g) Administrar la plana física de la I.E. velando por su
mantenimiento y conservación, así mismo de los
mobiliarios, responsabilizando por la pérdida de los bienes
al personal de servicio y/o guardianía del colegio.
h) Formular cada año el cuadro de necesidades de la I.E.
atendiendo en forma oportuna el requerimiento de las
diferentes áreas.
i) Mantener actualizado el inventario general de los bienes de
la I.E., ingresando obligatoriamente los productos
adquiridos con los recursos directamente recaudados por
la I.E., APAFA, así como por las donaciones por entes
gubernamentales, privados, etc. De este hecho remitirá
una copia a la dirección.
j) Distribuir racionalmente los materiales a las diferentes
áreas de la institución en forma oportuna.
k) Promover capacitaciones y actualizaciones del personal
administrativo y garantizar la implementación de los
Manuales de Función.
l) Formular el Manual de Funciones para los servidores del
área administrativa.
m) Brindar facilidades en actividades de promociones que se
realicen en la I.E.
n) Administrar y actualizar la biblioteca, los equipos y
materiales educativos en coordinación con la comisión
designada.
o) Velar por el buen servicio de los concesionarios de los
quioscos escolares.
p) Informar periódicamente al Director sobre la situación del
área administrativa.
q) Remitir a fin de año al Director, un informe sobre la gestión
realizada.
r) En caso de ausencia eventual, el Director designará al
personal que asuma sus funciones.
s) Toma la representatividad de la dirección ante la ausencia
del Director.
Inciso 3. De la Subdirección de Formación General
Depende del Director de la I.E. y coordina con los otros
Sudirectores sus funciones son:
a) Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo.
b) Organizar, planificar y controlar la matrícula, la
elaboración de actas y certificado, así como la relación y
difusión estadística en forma trimestral y anual.
c) Establecer los horarios y turnos de trabajo del personal en
coordinación mutua.
d) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades
técnico-pedagógicos.
e) Supervisar las actividades de orientación y bienestar del
educando y las de tutoría, debiendo realizarse una jornada
el término de cada trimestre.
f) Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las
funciones específicas del personal de su nivel.
g) Participar en las reuniones del comité de coordinación
interna.
h) Asesorar al docente del área en la aplicación, manejo y
desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos del proceso
enseñanza aprendizaje.
i) Supervisar la correcta aplicación del proceso de evaluación.
j) Convoca y dirige las reuniones técnico-pedagógicas para
coordinar y evaluar el trabajo educativo.
k) Promueve, organiza y ejecuta eventos de capacitación y
actualización docente así como en la realización de
estudios de investigación para mejorar métodos y
materiales educativos.
l) Supervisa, evalúa y controla las acciones educativas y el
proceso de enseñanza aprendizaje.
m) Representa por delegación al director.
n) Asesora al Director en lo referente al aspecto técnico de su
nivel.
Inciso 4. De la Subdirección del Nivel Primaria
Depende del Director. Es responsable de la planificación,
organización, dirección, supervisión y control del desarrollo de
la actividad educativa del nivel de educación primaria. Sus
funciones son:
a) Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las
funciones del personal del nivel.
b) Organizar, planificar y controlar la matrícula, la
elaboración de actas y certificados, así como la relación y
difusión estadística en forma trimestral y anual.
c) Convoca y dirige reuniones técnico-pedagógicas.
d) Promueve la preparación del material educativo.
e) Elabora el horario de su personal.
f) Coordina con el director asuntos técnicos de su nivel.
g) Representa por delegación al director.
Inciso 5. De la Jefatura de Laboratorio
Docente con capacitación y/o experiencia en la
administración y uso del laboratorio, depende de la
Subdirección de Formación General. Sus funciones son:
a) Programar, organizar, coordinar, supervisar y evaluar el
proceso de enseñanza en el laboratorio.
b) Organizar y administrar racionalmente el uso del ambiente,
equipos e insumos de laboratorio.
c) Programar y controlar el uso del laboratorio para los
estudiantes de la I.E., teniendo al día el registro
correspondiente.
d) Promueve la vídeoteca especializada del laboratorio, así
como el desarrollo de métodos y técnicas de enseñanza-
aprendizaje.
e) Formula y difunde normas e instrucciones sobre el
comportamiento de los estudiantes en el laboratorio y las
medidas preventivas y de seguridad.
f) Presenta informe trimestral sobre el funcionamiento de
laboratorio.
g) Participa en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, así
como en las reuniones de la I.E.
h) Otras funciones que le asigne el Subdirector de Formación
General de acuerdo a su cargo.
Inciso 6. Del consejo Educativo Institucional CONEI
Es el órgano de participación, concertación y vigilancia
ciudadana de la I.E., que colabora con la promoción y
ejercicio de su gestión eficaz, transparente, ética y
democrática, que promueve el respeto a los principios de
equidad, inclusión e interculturalidad en la institución. Es
presidido por el director y está conformado por los
Subdirectores, representantes del personal docente y
administrativo, de los estudiantes, de los exalumnos y padres
de familia, pudiendo ser integrado por otros representantes de
situaciones de la comunidad local, por acuerdo del consejo.
Sus funciones son:
a) Participar en la formulación del PEI.
b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso,
ascenso y permanencia del personal administrativo de
nuestra institución, de acuerdo a la normatividad
específica que emita el Ministerio de Educación.
c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los
estudiantes en la I.E.
d) Cautelar el incumplimiento de los derechos y principios de
universalidad, gratitud, equidad y calidad de la I.E.
e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y
aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el
Reglamento General de APAFA, que estén comprometidos
con las actividades previstas en el PAT y las necesidades
de la I.E.
f) Colaborar con el director en el cumplimiento de las horas
efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y
la jornada del personal docente y administrativo para
alcanzar el tiempo del aprendizaje requerido.
g) Propiciar la solución de conflictos que se suscitan en esta,
priorizando soluciones concertadas frente a quejas o
denuncias que no implican delito.
h) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los
indicadores de desempeño laboral.
Inciso 7. Del docente coordinador del aula de Innovación
Pedagógica-Tecnológica Educativa
Son funciones del docente responsable del aula de Innovación
Pedagógica-Tecnológica Educativa:
a) Organizar y planificar las actividades del aula en mención.
b) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento
del A.I.T.E. (Plan de Trabajo Anual, Reglamento, Catálogo de
Recursos, Horarios entre otros)
c) Organizar actividades de capacitación para el
aprovechamiento pedagógico de las TIC.
d) Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos
educativos, equipamiento e infraestructura y por la
ambientación pedagógica del A.I.T.E.
e) Promover la participación de la comunidad educativa y la
comunidad local en el proceso de la integración de las TIC en
la I.E.
f) Promover el aprovechamiento educativo de los recuso TIC, la
implementación de bibliotecas digitales y virtuales de la I.E.,
el desarrollo de materiales educativos por docentes y
estudiantes y el trabajo colaborativo en el plantel y con sus
pares de otras I.E.
Inciso 8. De la defensoría del niño y del adolescente
Es un servicio al sistema de atención integral que funciona en
los gobiernos locales, en las instituciones públicas y privadas
y en organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad es
promover y proteger los derechos de la legislación, reconoce a
los niños y adolescentes. Este servicio es de carácter gratuito.
Instancia Administrativa
Esta Defensoría actuará en las instancias administrativas de
las instituciones públicas y privadas de atención a los niños y
adolescentes.
Integrantes
La Defensoría está integrada por profesionales de diferentes
disciplinas de reconocida solvencia moral con el apoyo de
personas capacitadas para desempeñar las funciones propias
del servicio, quienes actuarán como promotores-defensores.
La Defensoría que no cuenta con profesionales podrá estar
integrada por personas de la comunidad debidamente
capacitadas y acreditadas para el servicio de su función.
Funciones específicas
Son funciones de la Defensoría:
a) Conocer la situación de los niños y adolescentes que se
encuentran en instituciones públicas y privadas.
b) Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados
sus derechos para hacer prevalecer el principio de interés
superior.
c) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello
puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges,
padres y familiares sobre alimentos, tenencias y régimen de
visitas, siempre y cuando no existan procesos judiciales sobre
esta materia.
d) Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación.
e) Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y
adolescentes que trabajan.
f) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para
prevenir situaciones críticas, siempre que no existan procesos
judiciales.
g) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y
delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes.
Inciso 9. Del Personal Docente
Es el agente fundamental de la educación que contribuye
conjuntamente con la familia, la comunidad y el estado al
desarrollo integral del educando, depende del Subdirector y del
Director. Sus funciones son:
a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan
Anual de Trabajo y en las reuniones de coordinación
académica a la que son convocados.
b) Cumple sus funciones con dignidad y eficacia, lealtad a la
constitución, a las leyes del estado y a los fines de la I.E.
c) Programar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza
aprendizaje y las actividades curriculares inherentes a la
asignatura o grado a su cargo.
d) Orienta al estudiante respetando su libertad en el
compromiso de sus derechos y deberes establecidos por la
Constitución, las leyes vigentes y los convenios
internacionales.
e) Preparar y emplear material didáctico, métodos y técnicas
para el adecuado desarrollo del programa curricular del área
o grado a su cargo.
f) Elaborar y aplicar separatas, guías de práctica, asignaciones,
cuestionario, esquemas y otros fines del proceso enseñanza
aprendizaje de su especialidad.
g) Integra comisiones de trabajo y participa de las acciones que
permitan el mejor logro de las actividades programadas.
h) Participa en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de la
comunidad respetando sus valores éticos y sociales.
i) Realiza acciones de recuperación pedagógica.
j) El docente de tuno debe cumplir con sus responsabilidades
durante la semana.
k) Participa de las actividades culturales, artísticas en
cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que
contribuyan a la formación integral del estudiante,
incluyendo a los profesores de Educación Física.
l) Coordina y mantiene comunicación permanente con los
padres de familia sobre asuntos relacionados con el
rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.
m) Colabora en las acciones de mantenimiento y conservación
de la infraestructura y bienes de la I.E.
n) Realizaciones de tutoría de los docentes a su cargo. Se
recomienda a los docentes tutores realizar actividades de fin
de año, culminando las clases lectivas.
o) Participa de las actividades culturales, artísticas en
cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que
contribuyen a la formación integral del estudiante.
p) Coordina y mantiene comunicación permanente con los
padres de familia sobre asuntos relacionados con el
rendimiento académico y comportamiento de sus hijos.
q) Colabora en las acciones de mantenimiento y conservación
de la infraestructura y bienes de la I.E.
r) Presenta al Coordinador o Subdirector de Formación
General, los instrumentos de evaluación y documentos
técnicos-pedagógicos referidos al desarrollo de su labor
docente.
s) Coordina con el tutor sobre los problemas de conducta y
rendimiento académico.
t) Participa en acciones de investigación y experimentación de
métodos y técnicas de trabajo, así como los eventos de
capacitación y actualización programadas y organizadas por
la I.E.
u) Los docentes ejercen la función de tutoría, que viene a ser
un servicio de acompañamiento permanente y orientación a
los estudiantes para contribuir a su desarrollo afectivo,
cognitivo y al mejoramiento de su desempeño escolar.
Inciso 10. De los Auxiliares de Educación
Son los responsables del control de asistencia y disciplina del
Estudiantado. Sus funciones son:
a) Promueve el cultivo de los valores de respeto y fraternal
relación con sus pares, docentes y autoridades.
b) Fomentar en el estudiantado el amor y respeto a los emblemas
patrios.
c) Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen
comportamiento de los educandos en coordinación.
d) Fomentar hábitos de buenas costumbres, puntualidad,
higiene y estudio entre los educandos, así como el correcto y
adecuado uso del uniforme escolar.
e) Atiende en primera instancia a los padres de familia
informando sobre asuntos relacionados con la conducta ,
disciplina y asistencia de sus menores hijos.
f) Controla al estudiantado en caso de ausencia del profesor, en
las aulas funcionales donde permanecen.
g) Mantiene actualizado por grados y o secciones a su cargo el
registro de asistencia y justificaciones del educando.
h) Colabora con la entrega y recojo de las libretas de nota,
citaciones, comunicados, directivas, etc.
i) Cuida en todo momento la integridad física y el bienestar de
los estudiantes.
j) Controlar que los alumnos, no estén fuera del salón en horas
de clase y que no lleguen tarde al aula funcional .uncional
k) Efectúa rondas permanentes por los diferentes ambientes de
la institución educativa, velando por el estricto cumplimiento
de las normas disciplinarias.
l) Realiza la formación del estudiantado en el patio durante las
los días de formación general y durante las actuaciones
cívicas.
m) Controla la asistencia del profesor en el aula e informa a la
Subdirección de formación general en caso de ausencia para
su reemplazo.
Inciso 11. Del psicólogo
Sus funciones son :
a) Ayuda a buscar soluciones a los problemas tanto emocionales
como conductuales que surgen en los estudiantes.
b) Busca soluciones junto a la parte directiva y tutores sobre
problemas de disciplina, respeto y tolerancia entre el
estudiantado.
c) Procura dar una formación permanente y colectiva (talleres,
diálogos) relacionados con la formación conductual a todos
los agentes educativos, incluyendo a los padres de familia.
d) Conduce la implementación de la orientación educativa a los
padres de familia organizando las reuniones de escuela de
padres del nivel secundaria.
e) Coordina las acciones y planes de tutoría con los docentes
tutores del nivel secundario.
Inciso 12. De la Asistenta Social
Sus funciones son :
a) Realiza estudios de investigación de problemas socio
familiares del educando con el fin de orientar soluciones
pertinentes y alcanzables.
b) Organiza y ejecuta el programa de Bienestar y Servicio Social
movilizando a la comunidad educativa en apoyo al
estudiantado y trabajadores de la institución educativa que lo
necesiten.
c) Realiza un pre diagnostico social y aplica el tratamiento al
estudiantado que lo necesite de acuerdo a los recursos
disponibles.
d) Organiza el directorio familiar de los educandos para
coordinar con los padres o apoderados en casos de
emergencia.
e) Realiza visitas de emergencia a las casas de los educandos en
situación difícil para informar a los padres o apoderados y
luego informar a las autoridades educativas.
f) Realiza otras funciones inherentes a su cargo.
Inciso 13. Del Técnico Administrativo
Depende del Director y Subdirector Administrativo. Sus
funciones son :
a) Preparar la agenda y el despacho de la Dirección.
b) Velar por la seguridad e integridad de los documentos
reservados y confidenciales.
c) Supervisar las acciones relacionadas con el movimiento de
tramite documentario, la matrícula, certificación, evaluación
y otros afines.
d) Proyectar resoluciones y decretos sobre procedimientos que
se dan a nivel de la institución educativa.
e) Mantener actualizado el escalafón interno de la institución
educativa.
f) Ejecutar asientos diarios de compromisos contables.
g) Recepcionar y registrar comprobantes de pago con visto
bueno del director.
h) Llevar ordenadamente el archivo de los documentos
sustenta torios de ingresos y egresos.
i) Recaudar y hacer los empoces de los fondos por concepto de
ingresos propios o por producción.
j) Confrontar y chequear planillas de pagos , recibos, cheques,
comprobantes y otros documentos contables.
k) Preparar documentos contables para los balances
correspondientes.
l) Otras que sean asignados por el Director según la necesidad
del servicio.
Inciso 14. Del Secretario
Depende del Director y Subdirector administrativo. Sus
funciones son :
a) Recepcionar , clasificar, registrar, distribuir y archivar la
documentación que corresponde a la Dirección.
b) Redactar, revisar y preparar la documentación para la
firma del director.
c) Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la
documentación confidencial y oficial de la institución
educativa.
d) Velar por el mantenimiento, seguridad y conservación de
los documentos a su cargo.
e) Realizar el control y seguimiento del trámite de la
correspondencia de la institución educativa.
f) Otros que le asigne el director según la necesidad del
servicio.
Inciso 15 De la Oficinista
Depende del Director y Subdirector administrativo. Sus
funciones son :
a) Elaborar certificados y constancias de estudio, asi como el
de comportamiento.
b) Registrar y llevar el control de los estudiantes que no han
ratificado su matrícula y de los estudiantes retirados por
diversos motivos.
c) Elaborar las actas promocionales, de recuperación y de
subsanación para proporcionar a los docentes.
d) Registrar las notas de las actas promocionales, de
recuperación y de subsanación en la ficha única de
matrícula.
e) Velar por el orden y la conservación de los archivos de las
actas de registro de notas, nóminas, fichas de matrícula y
otros documentos que estén a su cargo.
f) Elaborar trimestralmente los cuadros de méritos por grados
para ser publicados en un lugar visible.
g) Informar por escrito a la dirección de la institución
educativa sobre los errores detectados en los registros,
actas, nóminas y fichas de evaluación para su rectificación
y acciones correctivas.
h) Otras que le asigne el Director según la necesidad del
servicio.
Inciso 16 Del Auxiliar de Biblioteca
Depende del director y subdirector administrativo. Sus
funciones son:
a) Formular, ejecutar, y controlar el plan de trabajo de la
biblioteca.
b) Elaborar y actualizar permanentemente el inventario de
bienes de la biblioteca.
c) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos, y ordenar los
libros, revistas, folletos, etc. De acuerdo a las
codificaciones establecidas.
d) Orienta a los lectores en el uso adecuado del material
bibliográfico, libros y otros documentos promoviendo su
uso y conservación.
e) Hacer cumplir las normas de uso, préstamo del material de
lectura.
f) Entregar material bibliográfico a los interesados, previa
presentación de su carne u otro documento de indentidad,
para su control y garantizar la devolución.
g) Mantener actualizado el material bibliográfico depurado o
en desuso.
h) Recomendar a los usuarios el comportamiento en la sala de
lectura asi como el trato adecuado de los documentos de
consulta.
i) Velar por el mantenimiento y conservación del material
bibliográfico( empastes, encuadernación, etc.).
j) Promover campañas para el incremento del material
bibliográfico y del banco del libro.
k) Elabora un horario para la aplicación del Plan lector.
l) Propicia acciones que incentiven el enriquecimiento de la
biblioteca.
m) Canaliza a través de la dirección los requerimientos para el
apoyo de la asociación de padres de familia en la
implementación de la biblioteca.
n) Otras funciones que le asigne el director de acuerdo a la
necesidad del servicio.
Inciso 17 Del auxiliar de Laboratorio
Es el responsable de la conservación, mantenimiento y
seguridad del laboratorio, depende del jefe de laboratorio y del
subdirector administrativo. Sus funciones son :
a) Colabora en la organización e inventario de los equipos y
materiales del laboratorio.
b) Proporciona y distribuye oportunamente los materiales
para las prácticas de acuerdo a lo solicitado.
c) Limpia y esteriliza según sea el caso, materiales e
instrumentos y ambientes del laboratorio.
d) Participa en el plan anual de trabajo y cronograma de
prácticas del laboratorio.
e) Lleva al día el registro de prácticas de laboratorio.
f) Elabora el cuadro de requerimiento de materiales,
instrumentos e insumos que se requieren en el laboratorio.
g) Apoya en las prácticas con la preparación de muestras,
registro de análisis y otros afines.
h) Otros que se designe de acuerdo a la naturaleza de sus
funciones.
Inciso 18 Del Personal de Servicio II
Depende del director y subdirector administrativo. Sus
acciones permanentes son:
a) Realiza el mantenimiento y reparación, conservación y
limpieza de los ambientes, aulas, servicios higiénicos,
patios, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general
de la I.E., de acuerdo a la racionalización y distribución del
trabajo.
b) Realiza labores de conserjería.
c) Realiza labores de seguridad, vigilancia y portería de la i.e.
d) Controla el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al
horario establecidos con el apoyo de los auxiliares de
educación en horas de clases portando la autorización
correspondiente.
e) Controla que los muebles y enseres que salen de la i.e.
cuenten con la respectiva autorización de la dirección.
f) Elabora los informes de las ocurrencias durante su jornada
de trabajo presentándolo a la subdirección administrativa
y archiva la copia de la misma.
g) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del
material, herramientas y o implementos de trabajo a su
cargo.
h) Realiza el traslado de muebles y enseres.
i) Es responsable de la perdida de bienes, útiles y enseres de
la i.e. ocurridos dentro del turno que cumpla.
j) Contribuye y participa en la organización del inventario de
útiles, enseres y bienes de la i.e. los mismos que deben
estar bajo su control en el turno que cumpla.
k) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne el
director o subdirector administrativo.
Inciso 19 Del Personal de Servicio III
Depende del director y subdirector administrativo. Sus
acciones permanentes son:
a) Realiza el mantenimiento y reparación, conservación y
limpieza de los ambientes, aulas, servicios higiénicos,
patios, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general
de la i.e., de acuerdo a la racionalización y distribución del
trabajo.
b) Realiza custodia a través de rondas permanentes de los
ambientes de todo el local escolar durante su jornada de
trabajo.
c) Los que tuviesen vivienda dentro del local institucional
serán responsables por la seguridad de los bienes y
enseres así como de la infraestructura los días sábados ,
domingos y feriados.
d) Cumplir con los turnos programados, registrando las
incidencias y casos en el cuaderno de de registros,
comunicando en forma inmediata a la dirección o
subdirección administrativa.
e) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne el
director o subdirector administrativo.
TITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA
CAPÍTULO IV DE LO ACADEMICO
ARTICULO Nº
12. Planificación y Gestión
13. Programación
14. Calendarización
15. Periodos vacacionales
16. Supervisión educativa
1.-Concepto
2.- De los Asesores
3.- De las acciones y sus fases
Artículo 12º De la Planificación y Gestión
Los Proyectos de Planificación son los instrumentos que
fijan las metas para el logro de aprendizajes exitosos , que
serán alcanzadas en corto, mediano y largo plazo por la
institución educativa
En su elaboración debe considerarse que :
- El Director es el responsable directo de la coordinación
general en el proceso de la elaboración y quien en
coordinación con los Sub-Directores Pedagógicos, las
comisiones de docentes y el CONEI los aprueba mediante
decreto.
Comprende:
- Proyecto de Educativo Institucional (PEI) :
- Plan de trabajo anual ( PATMA)
- Proyecto Curricular ( PCI)
- Reglamento Interno ( RI)
Artículo 13o De la Programación Y Diversificación curriculares
Las Programaciones curriculares se elaboran en armonía
con los Planes y programas emitidos por el Ministerio de
Educación, se realizan desde el mes de diciembre del año
anterior en equipos de trabajo docentes por áreas
curriculares, a fin de propiciar una correcta retro-
alimentación de las acciones a mejorar en el año inmediato.
En función al tiempo, duración o intensidad de la
programación, el docente dosificará su trabajo en :
- Programación CURRICULAR ANUAL
- Programación de mediano plazos como Unidad de
aprendizaje, Proyecto de aprendizaje, Módulos de
aprendizaje.
- Programación didácticas de RUTAS DE APRENDIZAJE
- Programación de las SESIONES DE APRENDIZAJES
Articulo 14o De La Calendarización
El año lectivo se inicia en la Primera semana del mes de
Marzo y termina la Cuarta semana del mes de diciembre.
CALENDARIZACIÓN 2015
INICIO
1 DE MARZO
TERMINO
22 DE DICIEMBRE
MESES INICIO TÉRMINO DIAS SEMANAS
Marzo 1 31 20 4
Abril 2 30 21 4
Mayo 2 31 22 4
Junio 1 30 20 4
Julio 2 27 20 4
Agosto 6 31 20 4
Septiembre 3 28 20 4
Octubre 1 31 23 4
Noviembre 5 30 20 4
Diciembre 3 21 15 3
VACACIONES
1º Del 28 de Mayo Al 1 de Junio
2º Del 30 de Julio Al 3 de Agosto
3º Del 29 de Octubre Al 2 de Noviembre
TRIMESTRES
Afianzamiento Del 1 de Marzo Al 30 de Marzo
I Del 2 de Abril Al 26 de Mayo
II Del 4de Junio Al 27 de Julio
III Del 6 de Agosto Al 29 de Septiembre
Artículo 15o DEL PERIODO DE VACACIONES
El periodo vacacional que corresponde al personal que labora
en la institución educativa es como sigue:
 Los profesores del área de la docencia tienen derecho
a sesenta días anuales al termino del año escolar.
 El director y los subdirectores tienen derecho a
treinta días anuales ( D.S. 199-ED,art. 47)
 Los auxiliares de educación tienen sesenta días de
vacaciones anuales al termino del año escolar, antes
del inicio del periodo vacacional están obligados a
concluir y entregar la documentación inherente a sus
funciones ( art. 22- D.S. 19-90-ED)
 El personal administrativo, profesionales de la salud,
técnicos y auxiliares administrativos tienen derecho a
vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la
ley 276 y su reglamento.
 La dirección de la I.E. aprobara en el mes de
noviembre de cada año el rol de vacaciones para el
año siguiente.
 No procede el derecho de vacaciones si el servidor ha
dejado de concurrir treinta días ( 30) de sus labores
al finalizar cada año de servicio, salvo por
enfermedad comprobada. Las ausencias e
inasistencias serán descontadas del periodo
vacacional siempre y cuando el servidor lo solicite.
 Al vencimiento del periodo vacacional es necesario la
reincorporación del trabajador. No procederá la
licencia por motivos particulares, salvo que estén
debidamente justificadas y acreditadas.
Artículo 16o DE LA SUPERVISION
Inciso 1.-Concepto
La supervisión entendida como acompañamiento y
monitoreo está destinada a asegurar un efectivo Servicio
Educativo, es decir, apoyar al docente y fortalecer sus
competencias pedagógicas en bien de los aprendizajes del
educando.
El Director es el supervisor por excelencia, responsable del
Cumplimiento efectivo del servicio educativo.
Inciso 2.- Los Subdirectores pedagógicos
Ejercerán la supervisión técnico pedagógica de Primaria y
Secundaria a su cargo, en tal sentido deberán elaborar un
Plan General de supervisión y planes específicos de
supervisión.
Inciso 3.-Las acciones de supervisión
La supervisión se realizarán en forma permanente
teniendo en cuenta las siguientes fases:
- 1ra fase de Capacitación e implementación en la primera
semana de Marzo.
- 2da fase de acompañamiento y monitoreo que se realizará en
todos los trimestres y quehaceres educativos
- 3ra fase de Análisis y reajustes educativos que se realizará
en al término de cada semestre en las jornadas
pedagógicas planificadas por la calendarización.
- 4ta Fase de Consolidación de resultados que se realizará en
diciembre y concluirá con el informe de fin de año.
CAPITULO V DE LO ADMINISTRATIVO
ARTICULO Nº
17. Régimen interno
18. Régimen económico
19. Régimen de seguridad social de los trabajadores
Articulo 17º Del Régimen Interno ( JORNADA DE TRABAJO Y
HORARIOS)
La jornada de trabajo se realizará :
- El director, los Subdirectores tendrán una permanencia
de 40 horas cronológicas semanales distribuida en los
turnos de funcionamiento de la institución.
- La Jefatura de Laboratorio tendrán una permanencia de
40 horas pedagógicas semanales distribuida en los turnos
de funcionamiento de la institución.
- Los profesores cumplen su jornada de la manera siguiente:
 NIVEL PRIMARIA : 30 horas pedagógicas
 NIVEL SECUNDARIA: 24 horas pedagógicas
que pueden extenderse hasta un máximo de 30
horas conforme al Reglamento de la Ley de
Reforma Magisterial.
- El personal de administración y de servicio cumplirán una
jornada de 7 horas y 45 minutos cronológicas diarias
durante los meses de enero a diciembre y de lunes a
viernes. Además se considerara el tiempo necesario para el
refrigerio ( D.L. N° 800-95-PCM).
- Los Horarios de clase serán elaborados por los Asesores en
el mes de Febrero, dando prioridad a las necesidades e
intereses del educando y teniendo en cuenta
- Los auxiliares de educación cumplen una jornada laboral
de lunes a viernes de seis 6 horas cronológicas debiendo
ingresar 25 minutos antes y después de la hora de ingreso
y salida correspondiente. Tienen vacaciones de sesenta (60)
días anuales al termino de cada año escolar.
- Los profesionales de la salud cumplieran la jornada laboral
de 36 horas cronológicas semanal mensual siendo de 7,12
horas diarias de lunes a viernes, sin incluir refrigerio.
- Los horarios de ingreso y salida de los estudiantes son
como se indica:
- del Nivel Primaria :
Turno mañana : de 7,50 a.m. a 12,55 p.m.
Turno Tarde : de 12,55 p.m. a 06,00 p.m.
Del nivel Secundaria :
Turno mañana : de 7,30 a.m. a 01,00 p.m.
Turno Tarde : de 01,00 p.m. a 06,35 p.m.
 El horario de de atención a los padres de familia es
como sigue:
PRIMARIA : conforme a la disposición de la Dirección
y Subdirección del nivel.
SECUNDARIA : conforme a la disponibilidad del
docente tutor y de área según su carga horaria que
será publicada.
El horario de atención del personal administrativo al publico usuario
será dentro del horario de oficina de las entidades publicas.
Articulo 18º Del Régimen Económico
Inciso 1.- los ingresos financiados por el estado
Son ingresos generados por el Ministerio de Educación con la
finalidad de realizar reparaciones y preparar la i.e. para un
buen desarrollo educativo.
Inciso 2.- los ingresos autogenerados
Son ingresos generados por los pagos de documentos
internos como certificados de estudios y alquileres de local
para fotocopias, asi como las donaciones que aportan los
kioskos administrados por la APAFA.
Articulo 19º Del Régimen De Seguridad Social De Los
Trabajadores
Dada la modalidad de ser sector Publico, el empleador ( UGEL
01 Y MINEDU) esta obligado a otorgar los beneficios de la
Seguridad Social del Trabajador, según los porcentaje y
dispositivos de Ley.
TITULO V
DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN ,
PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN
CAPITULO VI MATRICULA
ARTICULO Nº
20. Responsables
21. Requisitos generales
22. Requisitos específicos
23. Excepciones
24. Traslados
Artículo 20o De la responsabilidad
El responsable del proceso de matrícula y ratificación de la
misma es el Director en estrecha coordinación con los Sub-
Directores Administrativos y Pedagógicos de Primaria y
Secundaria .
La matrícula para los ingresantes esta sujeta a las normas
legales vigentes.
El proceso de matrícula es gratuito y se realiza dentro del
siguiente cronograma :
 Para los ingresantes al primer grado de primaria y
secundaria .
Del 16 al 30 de diciembre entrega de vacantes
Del 02 de enero al 31 de marzo : matrícula
 Para los otros grados de Primaria y Secundaria la
matrícula es automática y solo se actualizan los
datos del estudiante.
 La matricula de los estudiantes de primaria y
secundaria no debe estar condicionado a algún tipo
de pago a la APAFA u otro concepto.
Artículo 21o Requisitos generales de matrícula:
- Certificado de estudios oficiales
- Ficha única de matrícula
- Presencia del padre y/o apoderado
- Acreditación satisfactoria de desempeño y
disciplina dela I.E. de donde proviene.
Artículo 22o Requisitos específicos
Los niveles de matrícula, además de los solicitado en el rubro
anterior.
Nivel Primario
 Contar con 6 años cumplidos al mes de Junio, caso
contrario el informe de la Evaluación Psicopedagógica
que valida su inscripción en el nivel.
 .
Nivel Secundario
- Contar hasta con menos de 12 años de edad al
ingresar a 1ro grado de secundaria.
- Presentación de los certificados oficiales de estudios
sin adeudar ningún curso
- Presentación del certificado de estudios de Primaria
sin adeudar ningún cursos de recuperación.
Artículo 23º Del retiro y traslado
Los traslados sólo proceden hasta el III Trimestre
académico.
Son requisitos para el traslado:
-Solicitud de petición de las partes.
- Constancia de vacancia.
Al finalizar el año lectivo, y concluir satisfactoria se
entregará un certificado de estudios de acuerdo a su
Nivel
Artículo 24º Para Traslados al Nivel:
 Ficha de matrícula de colegio que viene
 Certificado de oficial de estudios.
 Haber aprobado los cursos de recuperación
 Opcional a falta de los anterior su libreta de notas ,
dándosele un plazo de 30 días calendarios para
regularizar su situación
CAPITULO VII DE EVALUACIÓN
ARTICULO Nº
25. Planificación
26. Medios y materiales
Articulo 25º La evaluación del educando es permanente, integral,
flexible y debe conducir al mejoramiento del alumno y no a
su repitencia. Tiene como resultado la toma de decisiones
respecto a sus medios didácticos y la atención a la
problemática familiar social que afecte el aprendizaje del
educando.
Los docentes organizarán el proceso de la enseñanza
aprendizaje de tal manera de que este se realice con una
evaluación permanente y su retro-alimentación favorezca al
avance del educando a través de una enseñanza
personalizada e individualizada
Inciso 1.-Esta es cualitativa y en algunos casos que considere el
docente será vigésimal y se consignará por su equivalente
en letras . La evaluación del aprendizaje en cada nivel se
realizará de acuerdo a las normas vigentes y la guía de
evaluación del educando en las partes y contenidos que no
hayan sido modificados.
Las evaluaciones correspondientes a los exámenes
mensuales y trimestrales se desarrollaran de acuerdo al
cronograma establecido en el Proyecto de actividades
anual.
Artículo 26o Los Medios E Instrumentos
Estos se aplicarán debiendo reflejar en cada educando la
objetividad y la situación real del nivel de aprendizaje
logrado en cada periodo
Se aplicará con carácter experimental el sistema de
exposición de trabajos de investigación con los
correspondientes pasos aplicados en este procedimiento
Para tal efecto los profesores llevarán como material de
trabajo en el área de evaluación:
- Registro Oficial de evaluación
- Registro auxiliar de evaluación
- Banco de pruebas del Nivel y aula
- Pruebas de entrada y salida
- Esquema de tabulación de las pruebas triimestrales
- Ficha anecdotario por alumno
CAPITULO VIII DE LA PROMOCION Y REPITENCIA
ARTICULO Nº
27 Promoción
1.- Primaria
2.- Secundaria
28 Repitencia
1.- Primaria
2.- Secundaria
Articulo Nº 27 Promoción Al Grado Superior
Inciso 1.- Primaria
- Los estudiantes del 1er grado son promovidos
automáticamente
- Cuando los alumnos obtienen A en todas las áreas
curriculares incluidas las áreas y talleres
- Los estudiantes del 2, 3 y 4to grado que obtienen A en las
áreas curriculares básicas y como mínimo B en las otras
áreas y talleres
- Los alumnos de 5to y 6to deberán obtener como mínimo A
en las áreas básicas y y como mínimo B en las otras áreas y
talleres
Inciso 2.- Secundaria
- Cuando al término del año escolar aprueban todas las áreas
curriculares y de talleres, además las áreas pendientes de
subsanación
- Cuando al término del PRA o la evaluación de Recuperación ,
aprueban como todas las áreas o como desaprueban mínimo
un área.
Articulo Nº 28 Repitencia
Inciso 1.- Primaria
- Repiten de grado automáticamente de los alumnos desde el
2do grado obtienen C en dos áreas curriculares tales de
Comunicación y Lógico Matemática
Inciso 2.- Secundaria
- Cuando al término del año escolar , desaprueben cuatro o
más áreas curriculares incluidas los talleres y áreas
pendientes de subsanación
- Cuando al término del PRA desaprueban dos a más áreas
curriculares.
CAPITULO IX DE LA CERTIFICACIÓN
ARTICULO Nº
29. Del nivel
30. De los Talleres
Articulo Nº 29 Del Nivel
- En los Niveles de Primaria y Secunaria se expedirán
certificados de estudios correspondientes a cada año y grado
- Los certificados de estudios se expediran de acuerdo a los
calificativos que aparecen en las actas oficiales de cada
grado de estudios
Articulo Nº 30 De los Talleres
La diploma sobre una especialidad ocupacional en educación
secundaria se expedirá de acuerdo con los dispuesto en el Art.
80 del Reglamento de EBR y el inciso 1.7. de las Orientaciones
de EBR técnico productiva.
TITULO VI
REGISTRO ESCALAFONARIO
CAPITULO X ORGANIZACION
ARTICULO Nº
31.-Organización del escalafón Docente y
administrativo
32.-Su uso y obligatoriedad de su registro
Articulo Nº 31 Organización
El escalafón del profesorado esta constituido por un conjunto
de niveles y cargos magisteriales y la ubicación del
profesorado en el escalafón es determinado por los requisitos
establecidos para cada nivel o escala magisterial
Inciso 1.-Docente
En el área de la docencia esta constituido por Niveles desde el
1er nivel al octavo nivel con un tiempo mínimo al inicio de 3
años conforme ley de Reforma Magisterial.
Inciso 2.- Administrativo
En el área administrativo se inicia en el 3er nivel y concluye
en el 5to nivel. Se ingresa por desplazamiento horizontal
Articulo Nº32 Uso y obligatoriedad
Este es administrado por la oficina de la Dirección
administrativa de la Institución Educativa e informada al
Oficina de Personal de la UGEL e informada en forma anual .
Todo personal tiene el derecho y la obligación de hacer uso del
mismo por ley.
TITULO VII
DE LOS DERECHOS -DEBERES -OBLIGACIONES-FALTAS-
ESTIMULOS -FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO
CAPITULO XI DE LOS DERECHOS
ARTICULO Nº
33. Concepto
34. Reglamentación
CAPITULO XII DE LOS DEBERES
ARTICULO Nº
35. Concepto
36. Reglamentación
CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS
ARTICULO Nº
37. Concepto
38. Reglamentación
CAPITULO XIV DE LAS SANCIONES
ARTICULO Nº
39. Concepto
40. Reglamentación
CAPITULO XV DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO
ARTICULO Nº
41. Concepto
42. Reglamentación
Artículo 41º Derechos .- Concepto
 El presente reglamento reconoce los derechos del docente
consagrados en la Ley de Reforma Magisterial 29944 y al
Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el
Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002-
2014-MINEDU.
Articulo 42º Reglamentación de los Derechos
a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la LRM y
sobre la base de la meritocracia sin ningún tipo de
discriminación
b) Percibir una remuneración íntegra mensual
correspondiente a su escala magisterial.
c) Recibir asignaciones e incentivos monetarios y no
monetarios.
d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece
la presente ley.
e) Ser evaluado transparentemente conocer sus resultados,
solicitar su revisión y tener acceso a su información
registrada en el escalafón.
f) Autonomía profesional en el cumplimiento delas tareas
pedagógicas que le compete.
g) Beneficios del programa de formación y capacitación
permanente y de otros de carácter cultural y social
fomentado por el estado.
h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y
permutas.
i) Vacaciones
j) Seguridad social de acuerdo a ley.
k) Libre asociación y sindicalización
l) Reconocimiento de oficio de acuerdo a su tiempo de
servicios.
m) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidas
por motivos de representación política y sindical, según el
caso.
n) Condiciones de trabajo que garanticen la calidad en el
proceso enseñanza aprendizaje.
o) Reingresar al servicio si no hubiera alcanzado la edad
jubilatoria y no exista impedimento legal.
p) Reconocimiento de sus meritos en la labor educativa
q) Percibir subsidio por luto y sepelio
r) Percibir una compensación por tiempo de servicios.
Son derechos del Auxiliar de Educación:
a) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le
corresponde.
b) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que
correspondan de acuerdo a ley.
c) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el
presente reglamento.
d) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y
permutas.
e) Vacaciones.
f) Seguridad social de acuerdo a Ley.
g) Libre asociación y sindicalización.
h) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el
otorgamiento de beneficios sociales.
i) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por
motivos de representación política y sindical, según sea el caso.
j) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente
cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la
presente norma.
k) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los
padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de
su función
Articulo 38º DERECHOS DEL SERVIDOR ADMINSITRATIVO
a) El servidor tiene derecho a desarrollarse en la carrera
administrativa en base a su calificación laboral, no siendo
objeto de discriminación alguna.
b) Los servidores gozan de estabilidad laboral dentro de la
administración. Solo pueden ser destituidos por causas
previstas en la Ley y previo proceso administrativo.
c) Percibir las remuneraciones que corresponden a su nivel.
d) Gozar de vacaciones .
e) Hacer uso de licencias o permisos por causas justificadas.
f) Acumular a su tiempo de servicios hasta cuatro años de
estudios universitarios a los profesionales con titulo
reconocido por la ley universitaria después de 15 años
efectivos.
g) Hacer uso de la huelga en la forma que la ley determine.
h) Los demás que señalan las leyes o el reglamento. Los
derechos reconocidos por la ley a los servidores
administrativos son irrenunciables, toda estipulación en
contra es nula.
CAPITULO XII DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO
ARTICULO Nº
39. Concepto
40. Reglamentación
Artículo 39º Deberes.- Concepto
Los docentes tienen deberes inherentes a su cargo,
enumeradas en el presente reglamento, así como las
disposiciones legales vigentes
Artículo 40º Reglamentación de los deberes
a) Conocer y cumplir el presente reglamento
b) Cumplir en forma eficaz el proceso de los aprendizajes
de los estudiantes, realizando con responsabilidad y
efectividad los procesos pedagógicos, las actividades
curriculares y las actividades de gestión de la función
docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y
evaluación.
c) Orientar al educando con respeto a su libertad,
autonomía, identidad, creatividad y participación. Evaluar
permanentemente este proceso y proponer las acciones
correspondientes para asegurar los mejores resultados.
d) Respetar los derechos de los estudiantes asi como de los
padres de familia.
e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el
calendario escolar y el horario de trabajo.
f) Aportar en la formulación de los documentos de gestión
institucional asumiendo con responsabilidad las tareas que
les competen.
g) Ejercer la docencia en armonía con los
comportamientos cívicos uy éticos sin realizar ningún tipo
de discriminación.
h) Conocer, valorar y respetar las culturas locales y
las lenguas originarias de los educandos y padres de
familia.
i) Informar a los padres de familia sobre el
desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre
los objetivos educativos y la estrategia pedagógica
estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje.
j) Cuidar, hacer uso optimo y rendir cuentas de los
bienes a su cargo que pertenezcan a la i.e.
k) Asegurar que sus actividades profesionales se
fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los
derechos humanos, la constitución política del Perú, la
solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de
paz y democrática.
l) Contribuir al trabajo en equipo de los docentes
de la i.e. y de las instancias de gestión educativa
descentralizada.
m) Participar en los sistemas tutoriales que
desarrolle la i.e.
Son deberes de los Auxiliares de Educación:
a) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los
padres de familia.
b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el
calendario escolar y el horario de trabajo.
c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos
éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación
por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,
condición económica o de cualquier otra índole.
d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y
ciudadano de los miembros de la institución educativa de
la comunidad local y regional.
e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes
de la institución educativa a su cargo.
f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el
respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la
Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y
el desarrollo de una cultura de paz y democracia.
g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del
Código de Ética de la Función Pública.
h) Otros que se desprendan de la presente norma.
Artículo 41º De las Obligaciones del personal administrativo
a) Los servidores conducirán con honestidad, respeto al
publico, disciplina y eficiencia en el desempeño de los
cargos asignados así como con decoro y honradez en su
vida social.
b) Cumplir con puntualidad y responsabilidad el horario
establecido
c) Actuar con corrección y justicia, cautelando la
seguridad de los bienes de la i.e. que tenga bajo su
responsabilidad.
d) No deben supeditar sus intereses particulares a las
condiciones de trabajo y a las prioridades por la autoridad
competente en relación a las necesidades de la colectividad.
e) Todo aquel que conozca la comisión de un acto delictivo
en su i.e. o en circunstancias relacionadas directamente
con el ejercicio de su función tiene la obligación de
informar oportunamente a la dirección de la i.e.
CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS
ARTICULO Nº
42. Concepto
43. Reglamentación
Artículo 42º Estímulos Concepto..
La ley 29944 de Reforma Magisterial consideracomo
derecho de los docentes el reconocimientos por parte del
ministerio de educación , los gobiernos regionales y
locales de los meritos y acciones sobresalientes en la
labor educativa.
Artículo 43º Reglamentación
a) Mención honorifica con el otorgamiento de las palmas
magisteriales.
b) Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante
resolución directoral, regional, ministerial o suprema.
c) Viajes de estudios, becas y pasantías al interior del país o
al exterior.
d) Otras acciones que determine la autoridad competente.
e) El otorgamiento de estímulos o incentivos para los
servidores administrativos de la i.e. están plasmados en el
Reglamento de la ley de carrera administrativa D.S.N° 005-
90-PCM.
f) Reconocimiento de acciones extraordinarias en
cumplimiento de sus funciones desempeñadas a saber:
- Agradecimiento y felicitación escrita.
- Diploma y medalla al mérito
- La orden del servicio civil en sus siete grados.
g) Becas y préstamos por estudios
h) Compensación horaria de descanso por trabajos realizados
en exceso a la jornada laboral, siempre y cuando no
pudiera ser remunerado.
i) Otorgamiento de un día de descanso por onomástico del
servidor y otros que pudiera establecerse por normas
expresas.
CAPITULO XIV DE LAS FALTAS Y SANCIONES
ARTICULO Nº
44. Concepto
45. Reglamentación
Articulo 44º Sanciones.- Concepto
Se consideran faltas a todas aquellas que incumplan al
mandato de las normas y dispositivos legales:
a) El incumplimiento a las normas del presente
reglamento
b) El descuido de los deberes de función
c) El uso de sus funciones para presiones no legales con
fines de lucro
d) Las inasistencias injustificadas máximo de tres
e) Cometer actos que atenten contra la moral y las
buenas costumbres.
f) La acumulación de tres tardanzas ameritará el
descuento de un día laboral.
g) El retirarse fuera del horario establecido y acordado
h) En la ficha escalafonaria del personal, se anotarán
tanto los méritos como las faltas de los profesores y
del personal administrativo del sector
Articulo 45º Reglamentación
Los profesores en caso de incumplimiento de los deberes
obligaciones debidamente comprobados, son pasibles de las
siguientes sanciones SEGÚN LA LEY 29944:
a) Amonestación escrita
b) Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce
de remuneraciones.
c) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones
desde treinta (30) días hasta 12 meses.
d) Suspensión en el ejercicio de sus funciones.
e) Separación definitiva del servicio.
El personal administrativo y de servicio que incumplan las
obligaciones comete faltas disciplinarias señaladas enlos art.
26,27 y 28 de la ley de bases y del art. 150 al 175 del
reglamento D.S. 005-90-PCM.
a) Amonestación escrita o verbal
b) Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce
de remuneraciones.
c) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones
hasta 12 meses.
d) Destitución
El reglamento de control de asistencia y permanencia del
personal del ministerio de educación R.M. 0571-94-ED
señala como falta las siguientes acciones:
a) Las tardanzas e inasistencias injustificadas.
b) Abandonar el puesto de trabajo sin justificación.
c) Registrar y o firmar indebidamente la tarjeta de control o
parte diario de asistencia
d) Alterar, retirar o sustraer la tarjeta de control propia o
ajena o el parte diario de asistencia.
Además para ejecutar las siguientes sanciones se tomaran
los criterios que se enumeran a continuación:
1.- Por cinco tardanzas o más al mes:
a) Primera vez: amonestación escrita del director de
la i.e.
b) Primera reincidencia: descuento de sus
remuneraciones por el equivalente de dos (2) dias
c) Segunda reincidencia: suspensión sin goce de
remuneraciones hasta por diez días (10)
d) Las subsiguientes reiteraciones durante el año son
sancionados previo proceso administrativo.
2.- Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor,
sin la debida autorización del director o subdirectores
a) Primera vez: llamada de atención por el personal
directivo.
b) Primera reincidencia: amonestación escrita suscrita
por el director dela i.e.
c) Segunda reincidencia: multa de uno a diez días de su
remuneración total.
d) La posterior reincidencia implica el cese temporal
hasta por un año previo proceso administrativo.
3.- Registrar o firmar indebidamente la tarjeta de control o
parte de asistencia diaria, asimismo sustraer o alterar la
tarjeta de control propia o ajena o el parte diario de
asistencia:
a) Primera vez: multa con el equivalente de dos a diez
días de su remuneración total con el correspondiente
informe.
b) Primera reincidencia: suspensión hasta por sin goce
de remuneraciones, oficializada con resolución a
propuesta de la autoridad competente.
c) Segunda reincidencia: cese temporal en el cargo
hasta por un año sin goce de remuneraciones previo
proceso administrativo.
4.- Son faltas de carácter disciplinario :
a) El incumplimiento de la ley y su reglamento
b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las
ordenes de la Dirección o Subdirecciones
relacionadas con sus labores.
c) Incurrir en actos de violencia, grave indisciplina o
faltamiento de palabra en agravio de sus superiores,
del personal jerárquico y sus compañeros de labor.
d) La negligencia en el cumplimiento de sus funciones.
e) El impedir el funcionamiento del servicio publico.
f) La utilización o disposición de los bienes de la i.e. en
beneficio propio o de terceros.
g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de
embriaguez o bajo la influencia de drogas o
sustancias estupefacientes, y aunque no sea
reiterado, cuando por la naturaleza del servicio
reviste excepcional gravedad.
h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la
función con fines de lucro.
i) Causar intencionalmente daños materiales en los
locales, instalaciones, obras, maquinarias,
instrumentos, documentación y demás bienes de
propiedad de la entidad o en posesión de este.
j) Actos de inmoralidad
k) La ausencia injustificada por mas de 3 dias
consecutivos o por mas de cinco días consecutivos en
un period de treinta días calendario o mas de quince
días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta
días ( 6 meses) calendario
l) Las demás que señale la ley y su reglamento.
m)Toda resolución que aplique sanción constituye
demerito y la que otorga estímulos constituye meritos
ambos serán anotados en oficios en la ficha de
escalafón en cuanto sea remitido copia de la
resolución respectiva.
CAPITULO XV DE LA RELACION LABORAL
ARTICULO Nº
46. Del término de la relación laboral
47. Del reingreso a la carrera magisterial
Articulo 46º Del término de la relación laboral
El término de la carrera docente o administrativa se expresa
por resolución expedida por la ugel , con clara mención del
causal que se invoca y los documentos que acrediten la
misma. En los casos de fallecimiento, renuncia o cese
definitivo la resolución respectiva expresara además todos los
aspectos referentes a la situación laboral del ex servidor o
docente a fin de facilitar el inmediato ejercicio de los derechos
económicos que le corresponde
1.- Según el artículo 53 de la Ley 29944 el termino de la
carrera pública magisterial de los profesores se produce en los
siguientes casos:
a) Renuncia
b) Desitución
c) No haber aprobado la evaluación de desempeño
laboral de conformidad con el articulo 23 de la ley
29944.
d) Por límite de edad al cumplir los 65 años.
e) Incapacidad permanente física o mental
f) Fallecimiento
2.- La carrera administrativa de un servidor de la i.e. termina
por deceso, renuncia, cese, jubilación y destitución
a) Por limite de edad al cumplir los 65 años .
b) Ineficiencia o ineptitud comprobada para el
desempeño de las funciones asignadas según el grupo
ocupacional, nivel y especialidad alcanzada. Esto solo
procederá si el servidor ha sido sancionado en dos
oportunidades y por la misma causa como reiterada o
reincidente, con suspensión de 30 dias o cese
temporal.
3.- Al termino de la carrera administrativa o docente el
servidor deberá hacer entrega formal del cargo , bienes y
asuntos pendientes de atención ante la autoridad
competente que corresponda.
Articulo 47º Del reingreso a la carrera magisterial
El reingreso a la carrera publica magisterial esta
sujeta a evaluación y de ser el caso a aprobación
expresa y se sujeta a :
a) El profesor que renuncia puede solicitar su reingreso
a la carrera pública magisterial. El reingreso se
produce en la misma escala magisterial que tenia al
momento de su retiro. El reglamento establece las
condiciones y procedimientos de su reingreso.
b) El profesor destituido no puede reingresar al servicio
público docente.
TITULO VIII
DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS Y
SANCIONES DE LOS EDUCANDOS
CAPITULO XVI DE LOS DERECHOS
ARTICULO Nº
48. Reglamentación
CAPITULO XVII DE LOS DEBERES
ARTICULO Nº
49. Reglamentación
CAPITULO XVIII DE LAS EVALUACIONES
ARTICULO Nº
50. Reglamentación
CAPITULO XIX DE LAS FALTAS
51. Faltas
CAPITULO XIX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES
ARTICULO Nº
52 Estímulos
53 Sanciones
CAPITULO XVI DE LOS DERECHOS
Artículo 48o.- Reglamentación De los derechos
Los alumnos de la educación Básica Regular en los
niveles: primaria y secundaria, tienen los siguientes
DERECHOS.
a) Recibir educación gratuita de calidad que asegure el
desarrollo de sus aprendizajes en un ambiente sano,
seguro, solidario y equitativo.
b) Contar con profesores responsables de su aprendizaje
y desarrollo integral.
c) Recibir buen trato y adecuada orientación de parte del
Director, profesores y auxiliares de la institución
educativa y de la comunidad con el propósito de vivir
en armonía.
d) Ser admitido gratuita y oportunamente en la I.E.
e) No ser maltratado física ni psicológicamente.
f) Recibir una formación basada en principios y valores
éticos, cívicos y patrióticos.
g) Ejercer el derecho a opinar y expresar sus ideas
libremente y ser escuchado.
h) Utilizar gratuitamente los textos escolares y
materiales educativos que proporciona el ministerio
de educación, dándoles el cuidado que necesita.
i) Participar en las decisiones relacionadas con
educación, mediante representantes en el CONEI y en
los municipios escolares.
j) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus
deberes.
CAPITULO XVII DE LOS DEBERES
Artículo 49o.- Reglamentación de los deberes
Los alumnos tienen los siguientes DEBERES:
DE LA PRESENTACIÓN
La presentación del alumno será lo siguiente:
a) Mujeres: Blusa blanca, falda gris plata a la altura de
cuatro dedos bajo la rodilla, medias plomas hasta la
rodilla, zapatos negros, vincha y casaca azul
b) Varones: Camisa blanca, pantalón gris plata a la
cintura, correa negra sencilla, medias plomas, zapatos
negros, casaca azul.
El uso del uniforme nuevo es voluntario.
c) El cabello corte escolar (Hombre); cabello trenzado
color natural y/o moñera roja y cinta de 1 mt. (Mujer)
d) Portar pañuelo y/o papel higiénico, con peine.
e) Por ningún motivo el (la) alumno(a) asistirá
maquillado, con uñas crecidas, con adornos, alhajas y
otros similares.
f) En la práctica de Educación Física usarán polo
blanco, short/pantaloneta o buzo azul, medias
blancas a la rodilla y zapatillas blancas, buzo del
colegio debiéndose presentar con este uniforme solo el
día que le corresponde el curso.
DE LA PRESENCIA EN EL PLANTEL
Durante las formaciones los alumnos deberán acatar las
siguientes normas:
a) Ingresar directamente al patio principal del plantel,
en espera de la llamada de la formación, en el cual
debe presentar mucha disciplina.
b) Los días lunes el alumnado participará del momento
cívico, presenciando el izamiento del Pabellón
Nacional y entonando con fervor patriótico el Himno
Nacional.
c) La participación del alumnado en las ceremonias
internas del plantel, es un compromiso con la
institución que deberá asumir con responsabilidad,
voluntad y disciplina. En julio uso de la escarapela.
LOS ESTUDIANTES OBSERVARÁN LAS SIGUIENTES
NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN EL AULA:
a) Al cambio de hora se desplazaran hacia las aulas
funcionales donde les corresponde recibir clases
según su horario.
b) Durante el desarrollo de las clases, el estudiante
mantendrá una actitud de atención y participación
que le permitirá un mejor aprendizaje.
c) En la ausencia del profesor, los estudiantes
respetarán las indicaciones del auxiliar, Brigadier de
sección o policía escolar.
d) En ausencia del Profesor de Educación Física, los
estudiantes no podrán salir al patio.
e) Los estudiantes no podrán ser retirado de clase sin
previo informe del profesor(a).
f) La presencia de los estudiantes es OBLIGATORIA,
poniendo énfasis en las de ANIVERSARIO y de
CLAUSURA, ante la inasistencia se le descontará 4
puntos del puntaje global; de la clausura se pasará al
I trimestre del año escolar.
DURANTE EL RECREO LOS ESTUDIANTES
OBSERVARÁN LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS:
a) Al toque de timbre se da inicio del recreo debiendo
salir del aula en orden, no quedará ningún
estudiante
b) El recreo será utilizado para:
- Hacer uso de los servicios higiénicos. No habrá
permiso durante las horas de clase, salvo
emergencias.
- Hacer uso de los quioscos en caso lo deseen.
- Las actividades recreativas lo realizarán en los
patios, no así en las aulas, corredores y jardines.
c) Las actividades recreativas se realizarán en un
ambiente compañerismo, las mismas que no pondrán
en peligro la integridad física o moral de sus
compañeros.
CAPITULO XVIII DE LAS EVALUACIONES
Artículo 50o.- Reglamentación de las evaluaciones
a) Los estudiantes serán evaluados permanentemente,
con una frecuencia que corresponda a las
necesidades de regular y orientar el proceso de
enseñanza – aprendizaje, dentro de un marco de
evaluaciones de entrada proceso y salida.
b) La evaluación del comportamiento se hará teniendo
en cuenta los siguientes criterios:
1) Asistencia y puntualidad.
2) Responsabilidad.
3) Orden y presentación personal.
4) Disciplina y actitudes de respeto.
5) Colaboración.
c) La evaluación de las áreas curriculares se harán
conforme a las normas vigentes.
d) Las pruebas debidamente corregidas, serán
entregadas a los alumnos para su conocimiento y
verificación.
e) Cuando el estudiante no rinda una evaluación escrita
por inasistencia, deberá presentar una solicitud a la
dirección acompañada de documentos sustenta
torios que justifiquen su falta, para que se le autorice
una nueva evaluación.
f) La libreta de notas serán recogidas por los padres o
apoderados en las fechas establecidas y devueltas en
el lapso de 48 horas debidamente firmadas.
DE LAS INSTALACIONES
a) Los estudiantes cuidarán de mantener limpios los
diferentes ambientes de la institución Educativa,
depositando los papeles y desperdicios en los tachos
y/o cilindros destinados para este fin.
b) Los estudiantes son responsables de mantener su
aula en perfectas condiciones de higiene, que queden
limpias y en orden al término de cada jornada escolar.
c) La pizarra debe permanecer siempre limpia, no está
permitido escribir ni dibujar en ella en ausencia del
profesor o del auxiliar de educación.
d) Los servicios higiénicos serán usados solo en los
recreos y fuera de esto sólo en caso de emergencia.
CAPITULO XIX DE LAS FALTAS
Artículo 51o.- De las faltas
Constituyen faltas las acciones u omisiones
contrarias al presente reglamento, las cuales
ameritan amonestación y descuento de la nota de
comportamiento.
Inciso 1.-: De las faltas leves
Constituyen faltas leves:
a) Presentarse en forma contraria a lo dispuesto en el
presente reglamento
b) Llegar con tardanza a la institución.
c) Tener inasistencias injustificadas.
d) Llevar cosas prohibidas como radios, MP3, MP4, celulares,
cámaras fotográficas, USB que no sean con fines
educativos , las cuales serán decomisadas hasta fin de
año.
e) Organizar rifas, bailes, festivales, erogaciones, u otras
actividades sin conocimiento o autorización de la dirección
del plantel.
f) Realizar ventas o negocios de cualquier índole.
g) Portar alhajas tales como cadenas, pulseras, aretes ,etc.
h) Permanecer en los alrededores del plantel en horas de
clases.
i) Presentarse maquillados y o con uñas largas y pintadas .
j) Realizar propagandas de carácter político.
k) Practicar juegos de envite o bruscos que atenten contra la
integridad física de sus compañeros.
l) Portar revistas o folletos no educativos ( pornográficos).
m) Inmiscuirse en asuntos que sean de competencia del
docente o auxiliar o del personal en general.
Inciso 1.-: De las faltas graves
Constituyen faltas susceptibles de merecer suspensión o
separación de la I.E. las cuales concurren con nota
desaprobatoria de comportamiento:
a) Faltar de palabras u obras a las autoridades del plantel
b) Plagiar durante las evaluaciones.
c) Robo comprobado de bienes de la institución, del
personal o compañeros.
d) Participar en riñas callejeras que atenten contra la
integridad de sus compañeros y el prestigio de la i.e.
e) Introducción y o uso de drogas en la institución.
f) Ser reiterantes en acusar tardanzas y o faltas
injustificadas.
g) Evadirse de la hora de clase de la institución.
h) Deterioro intencionado de los útiles escolares de los
compañeros, mobiliario o infraestructura de la institución.
i) Alterar deliberadamente las libretas de notas o cualquier
otro documento de evaluación.
j) Falsificar firmas y o sellos del docente, auxiliares o del
padre de familia o apoderado o de compañeros en forma
mal intencionada.
k) Atentar contra el honor de compañeros, profesores y
autoridades del plantel con expresiones injuriosas.
CAPITULO XX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES
Artículo 52o.- De los estímulos
Los alumnos de Educación Primaria y Secundaria
gozan de los siguientes ESTÍMULOS:
a) Felicitación escrita, diploma al mérito, Resolución de
Felicitación, viajes de estímulo y becas de estudio.
b) Realizan acciones extraordinarias dentro de la I.E.
tanto en el orden académico como del
comportamiento fuera del colegio, a favor de la
comunidad y de la nación.
c) Los dos (02) primeros alumnos de la I.E. que tienen
los más altos promedios generales al finalizar la
educación secundaria, se hacen acreedores de la Beca
de ingreso a la Universidad, el tercero a los Institutos
Pedagógicos estatales, y el cuarto y quinto a los
Institutos tecnológicos Superiores públicos, conforme
a los dispositivos vigentes.
Artículo 52o.- De las sanciones
Los alumnos de la educación Primaria y Secundaria por
el incumplimiento de sus deberes son acreedores a las
siguientes SANCIONES:
a) Amonestación verbal o escrita del profesor.
b) Amonestación verbal o escrita del Director.
c) Suspensión de la Institución Educativa.
d) Separación de la Institución Educativa (solo
secundaria).
e) Pérdida de la condición de estudiante en el plantel al
que pertenece. (Sólo Secundaria.)
En aplicación de las sanciones a los alumnos se evita la
humillación y se brinda la orientación correspondiente
para su recuperación. La sanción se determina por
Resolución directoral por un periodo no mayor de ocho
días en caso de falta grave que compromete dañe a la
infraestructura, la seguridad física o moral de los
alumnos o personal de la I.E.
La sanción se aplica previo informe del órgano
competente.
Inciso 1.-: De las tardanzas reiteradas
Las tardanzas reiteradas a partir de la tercera se sancionaran:
a) En primera instancia , llamado del padre o apoderado y
descuento de un punto en el comportamiento por cada uno
b) En caso de la tardanza se realice en forma sucesiva se
afectara con tres puntos menos en comportamiento por
cada dia
c) De persistir las tardanzas se suspenderá al estudiante de
uno a tres días.
Inciso 2.-: Las insistencias injustificadas
Las inasistencias injustificadas se sancionaran:
a) En primera instancia citación del padre o apoderado y
descuento de un punto del comportamiento por cada dia
b) En caso de reincidencia en las faltas se descontaran 3
puntos en el comportamiento por cada inasistencia
injustificada.
c) De persistir las faltas se suspenderá al estudiante de dos a
cinco días.
Inciso 3.-:
La acumulación del 30% de inasistencias injustificadas
invalidaran la promoción del estudiante.
Inciso 4.-:
El estudiante que incurra en cualquiera de las faltas
tipificadas en el presente reglamento llevaran una
anotación en la agenda escolar, informándose a los padres
de familia o apoderados.de la falta.
Inciso 5.-:
El estudiante que acumule hasta 3 anotaciones en la
agenda por mal comportamiento obtendrá nota
desaprobatoria en comportamiento, cuyo promedio será de
acuerdo al tipo de falta cometida.
Artículo 53o.- Cuando el alumno repita de grado por dos años
consecutivos o repite de grado con más de seis cursos
sin causa justificada o se retirase por el mismo motivo, el
director de la I.E. recomienda al padre de familia su
traslado a otra institución.
Artículo 54o.- En caso de evasión de la I.E. será sancionado de
acuerdo a la gravedad de la falta, según el art. 87 del
presente reglamento.
Artículo 55o.- En caso el alumno ocasione deterioro de la
infraestructura de la institución educativa, el alumno
asumirá las responsabilidades económicas para
subsanar el daño ocasionado.
Artículo 56o.- Los alumnos de los niveles Primaria y Secundaria,
tienen prohibidos traer a la institución educativa:
equipos celulares, reproductores MP3, portátiles de
video, etc., caso contrario, serán decomisados y
entregados al término del año lectivo al padre de familia.
Artículo 57o.- Se considera falta grave, con separación definitiva de la
institución educativa, la introducción de armas
punzocortantes y sustancias psicoactivas que atente con
la integridad de la persona.
TITULO IX
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES PATRIMONIALES DE
LA I.E.
CAPITULO XXI PATRIMONIO E INVENTARIO
ARTICULO Nº
58. Del patrimonio
59. Del inventario
CAPITULO XXII DEL INCREMENTO, ALTAS, BAJAS Y RETIROS
ARTICULO Nº
60. Del incremento y altas de bienes
61. De las bajas y retiros
CAPITULO XXIII DE LAS DONACIONES
ARTICULO Nº
62. La donación
CAPITULO XXIV DE LOS RELEVOS DEL CARGO
ARTICULO Nº
63. Relevo de un directivo ,docente o
administrativo.
CAPITULO XXV DE LAS PERDIDAS , ROBOS Y HURTOS
ARTICULO Nº
64. Del caso de perdidas , robos o
hurtos en la I.E.
CAPITULO XXVI DEL AUDITORIO
ARTICULO Nº
65. Del uso del auditorio
66. Del uso y conservación del
auditorio
67. Casos no previstos
Articulo 58º Del patrimonio
Patrimonio es todo aquello que posee la institución
educativa ya sea en bienes materiales o intangibles,
divisibles, sin detenerse en su valor o tipificación. Todo
lo que posee, incluyendo obras de infraestructura
construidas por convenios, y constituye su respaldo y
por tanto significa un contenido económico financiero
para la Gestión.
Articulo 59º Del inventario
Inventario es el resultado de la verificación de la
existencia física de los bienes y materiales de una
entidad que consiste en elaborar la relación valorizada
de las mismas en los formularios de inventario donde se
registra en forma detallada el N° de orden, código del
bien, cantidad y descripción del bien, N° de inventario,
valor unitario y N° de cuenta ( R.M. 260-90-ED)
Inciso 1.- Del inventario físico
Se hace anualmente, siendo el director de la I.E. responsable
de su aprobación para lo cual la Comisión de inventario
verificará según calendario programado o cuando las
circunstancias lo requieran Dicha Comisión hará el
seguimiento de los bienes o servicios innecesarios para la i.e.
dándose de baja de acuerdo a ley. El director señalara y
designará el personal que integre los equipos de inventario
que tendrán a su cargo el levantamiento actualizado o control
Inciso 2.-: Del Minedu y el inventario
El ministerio de educación formulará y aplicará normas para
verificar la existencia, estado y condición de utilización de los
bienes y enseres de los que dispone la I.E., básicamente la
verificación se refiere a:
d) Existencia o presencia del bien
e) Estado para apreciar la conservación o deterioro del bien.
f) Condición de utilización del bien para constatar en que se
emplea, lugar, habilidades del responsable, condiciones de
seguridad y el empleo en beneficio de la I.E. ( R.J. 118-80-
INAP).
Inciso 3.-: De la verificación
Durante la verificación física se procederá a codificar los
bienes que no cuenten con el código respectivo. Concluida la
verificación se debe proceder mediante cargo a asignar o
actualizar la asignación de bienes en uso a cada uno de los
responsables donde se encuentre ubicado el bien. Cualquier
negligencia será responsable el que se le asigne el bien,
individual o colectivamente.
Inciso 4.-: De bienes faltantes
Si el proceso de verificación física verifica bienes faltantes, la
comisión de inventario determinará las causas y actuará en la
forma siguiente:
a) Faltante por robo o extravio, organizará un expediente
administrativo que contenga las investigaciones realizadas
acompañadas de la denuncia policial correspondiente,
elevando a la UGEL.
b) Faltante por negligencia ,el titular del órgano respectivo y el
servidor al que se le asignó el bien será responsable de
dicha pérdida.
Articulo 60º Del incremento y altas de bienes
Inciso 1.-: Del incremento
Se considera incremento a la recepción de bienes muebles,
construcciones o inmuebles a la I.E. como adición a los que
posee, en los siguientes casos:
a) Bienes provenientes del Ministerio de educación y otros
organismos públicos o privados.
b) Traslados internos entre dependencias de un entidad
Inciso 2.-: Del alta
Se considera alta a la posición y registro de bienes muebles
en el margesí (relación de bienes) de la I.E. ya sea por
donación o transferencia, eventos o compras, las cuales
deberán registrarse en el inventario adjuntando la
documentación sustentatoria, comprobando su existencia
física, estado de conservación y condiciones de utilización.
Inciso 3.-: Del sustento del alta
Toda alta debe estar sustentada con el documento
respectivo en el que debe figurar la descripción completa,
valor, y demás especificaciones del bien, al que de
inmediato se le asignara un número de registro para su
identificación y control.
Articulo 61º De las bajas y retiros de bienes
Inciso 1.-: De las bajas
Se considera baja a la salida de bienes del margesí de la
I.E. producida por los siguientes causales:
a) Inutilización o desgaste en el servicio.
b) Daños inferidos por terceras personas
c) Robo o hurto con conocimiento a las autoridades
pertinentes
d) Siniestro ( sismos, incendios, inundaciones)
e) Pérdida en el servicio debidamente comprobado
f) Transferencia
g) Obsolencia, y
h) Entrega como parte de pago para la adquisición de otros
bienes.
Inciso 2.-: Del sustento de la baja
La baja será considerada por el director de la i.e. mediante
oficio dirigido al director de la UGEL indicando motivo de la
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Reglamento interno final nuevo 2015

  • 2. C O N T E N I D OS PRESENTACIÓN TITULO I DE LAS GENERALIDADES Y PRINCIPIOS CONSTITUTIVOS CAPÍTULO I LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO Nº 1.- Concepto 2.- Línea axiológica 3.- Alcances 4.- Base legal TITULO II DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ARTICULO Nº 5.-Del funcionamiento 6.-Ubicación 7.-Ámbito geográfico 8.-Objetivos 1. Generales 2. Específicos TITULO III DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS Y DE LA FUNCIONES ESPECIFICAS DE SUS MIEMBROS CAPÍTULO III DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA ARTICULO Nº: 9 Del Diseño organizacional 10. Funciones Generales 11. Funciones específicas TITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA CAPÍTULO IV DE LO ACADEMICO ARTICULO Nº : 12. Planificación 13. Programación 14. Calendarización 15. Periodos vacacionales 16. Supervisión educativa 1.-Concepto 2.- De los Asesores 3.- De las acciones y sus fases CAPITULO V ADMINISTRATIVA
  • 3. ARTICULO Nº 17. Régimen interno 18. Régimen económico 19. Régimen de seguridad social de los trabajadores TITULO V DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN , PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN CAPITULO VI MATRICULA ARTICULO Nº 20. Responsables 21. Requisitos generales 22. Requisitos específicos 23. Del retiro y trasado 24. Traslados CAPITULO VII DE EVALUACIÓN ARTICULO Nº 25. Planificación 26. Medios y materiales CAPITULO VIII DE LA PROMOCIÓN – REPITENCIA ARTICULO Nº 27 Promoción 1.- Primaria 2.- Secundaria 28 Repitencia 1.- Primaria 2.- Secundaria CAPITULO IX DE LA CERTIFICACIÓN ARTICULO Nº 29. Del nivel 30. De los Talleres TITULO VI REGISTRO ESCALAFONARIO CAPITULO X ORGANIZACION ARTICULO Nº 31. Organización del escalafón Docente y administrativo 32. Su uso y obligatoriedad de su registro TITULO VII DE LOS DERECHOS Y ATRIBUCIONES , PROHIBICIONES, ESTIMULOS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO CAPITULO XI DE LOS DERECHOS ARTICULO Nº 33. Concepto
  • 4. 34. Reglamentación CAPITULO XII DE LOS DEBERES ARTICULO Nº 35. Concepto 36. Reglamentación CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS ARTICULO Nº 37. Concepto 38. Reglamentación CAPITULO XIV DE LAS SANCIONES ARTICULO Nº 39. Concepto 40. Reglamentación TITULO VIII DE LOS DERECHOS, PROHIBICIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS CAPITULO XV DE LOS DERECHOS ARTICULO Nº 41. Concepto 42. Reglamentación CAPITULO XVI DE LOS DEBERES ARTICULO Nº 43. Concepto 44. Reglamentación CAPITULO XVII DE LAS OBLIGACIONES ARTICULO Nº 45. Concepto 46. Reglamentación CAPITULO XVIII DEL COMPORTAMIENTO ARTICULO Nº 47. Concepto 48. Reglamentación TITULO IX DE LA ADMINISTRACION DE LOS BIENES PATRMONIALES CAPITULO XX DEL PATRIMONIO E INVENTARIO ARTICULO Nº 49. Del patrimonio 50. Del inventario CAPITULO XXI DEL INCREMENTO, ALTAS, BAJAS Y RETIROS ARTICULO Nº 50. Del incremento y altas de bienes 51. De las bajas y retiros CAPITULO XXII DE LAS DONACIONES ARTICULO Nº 52. La donación CAPITULO XXIII DE LOS RELEVOS DEL CARGO ARTICULO Nº
  • 5. 53. Relevo de un directivo ,docente o administrativo. CAPITULO XXIV DE LAS PERDIDAS , ROBOS Y HURTOS ARTICULO Nº 54. Del caso de perdidas , robos o hurtos en la I.E. CAPITULO XXV DEL AUDITORIO ARTICULO Nº 55. Del uso del auditorio TITULO X RELACIONES Y COORDINACIONES CAPITULO XXVI RELACIONES Y COORDINACIONES ARTICULO Nº 60. De las relaciones con la APAFA. TITULO XI DEL PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGÓGICA CAPITULO XXVII DE LA ORGANIZACION DEL PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGOGICA ARTICULO Nº 63. De la organización y ejecución del programa de recuperación pedagógica. TITULO XII DISPOSICIONES FINALES CAPITULO XXVIII VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO ARTICULO Nº 62. Vigencia 63. Casos no previstos.
  • 6. PRESENTACIÓN El presente Reglamento Interno de nuestra Institución Educativa Estatal N° 7069-“CÉSAR VALLEJO” , norma la política educativa que contiene los aspectos generales vinculados a la administración , organización y actividades pedagógicas . Asimismo, norma los deberes y derechos del personal que labora en la Institución, la de los educandos y Padres de Familia. Su finalidad es lograr alcanzar las metas planificadas en nuestros documentos de gestión como el PEI, PCI, EL PATMA que plasman los objetivos educativos trascendentes de esta Institución mediante una organización horizontal, en la cual la participación de todos en su elaboración , nos permitirá cumplirla con conocimiento, unidad de trabajo y excelente disposición.. Atendiendo a los cambios educativos que se están implementando en estos años con la finalidad de obtener logros de aprendizajes cada vez más elevados en nuestros estudiantes de Primaria y Secundaria con la participación de toda la comunidad educativa, es pertinente entonces presentar este documento normativo de nuestra institución que dirija el actuar de cada estamento que conforma la comunidad vallejiana. Que Dios bendiga este documento y todos los que derivan de el. LA COMISIÓN DE ELABORACIÓN DEL DE REGLAMENTO INTERNO 2015  JUANA MARTINO  LINO GUZMAN SALCEDO  ZENAIDA OSPINA  PAULA AUDANTE  PILAR HERRERA  SOCORRO ESPINOZA  OSVALDO VALENCIA
  • 7. TITULO I DE LAS GENERALIDADES Y PRINCIPIOS CONSTITUTIVOS CAPÍTULO I LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO Nº 1.- Concepto 2.- Línea axiológica 3.- Alcances 4.- Base legal Artículo 1o LA Institución Educativa N| 70 69 “CÉSAR VALLEJO” es una institución estatal que presta servicios educativos a la niñez y juventud estudiantil del distrito de San Juan de Miraflores. Artículo 2o Otorgar los mejores estímulos cognitivos, que nos permitan lograr aprendizajes significativos y alto nivel , dentro del margen educativo basado en una educación en valores. Articulo 3º Atiende a los niveles de educación PRIMARIA Y SECUNDARIA DE MENORES. Articulo 4º De las Bases Legales 1.-DISPOSITIVOS LEGALES DEL SECTOR EDUCACION Normatividad Vigente para garantizar el Normal Desarrollo de las Labores Educativa – 2015. LEYES  Ley Nº 28628 - Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas. Publicado el 24 Nov. 2005.  Ley Nº 28332 - Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana - FONDEP. Publicado el 20 Jul. 2004.  Ley Nº 28086 - Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura. Publicado el 10 Oct. 2003  Ley Nº 28044 - Ley General de Educación. Publicado el 28 Jul. 2003.  Ley Nº 27927 - Ley que modifica la Ley Nº 27806 "Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica". Publicado el 03 Feb. 2003.  Ley Nº 27815 - Ley del código de ética de la función pública Publicado el 12 Ago. 2002.
  • 8.  Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la información publica, Publicado el 02 Ago. 2002  Ley Nº 27665.- Ley de protección a la economía familiar respecto al pago de pensiones en centros y programas educativos privados. Publicado el 09 Feb. 2002.  Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas.  Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.  Decreto Legislativo N° 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.  Ley N° 29988, Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas; crea el registro de personas condenadas o procesadas por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas y modifica los artículos 36 y 38 del Código Penal.  Ley N° 30061, Ley que declara de prioritario interés nacional la atención integral de la salud de los estudiantes de educación básica regular y especial de las instituciones educativas públicas del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y los incorpora como asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) RESOLUCIONES  R.M. Nº 0386-2006-ED - Aprueban Directiva sobre Normas para la Organización y Aplicación del Plan Lector en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular. ]  R.M. Nº 0112-2006-ED - Aprueban Directiva “Normas para orientar las acciones de reflexión y análisis del Proyecto Educativo Nacional y el Plan Nacional de Educación para Todos”. Publicado el 06 Mar. 2006  R.M. Nº 0105-2006-ED - Autorizan desarrollo de la Campaña de Sensibilización y Promoción “Tengo Derecho al Buen Trato”. Publicado el 28 Feb. 2006  R.M. Nº 0054-2006-ED - Aprueban Directiva “Normas para la matrícula de estudiantes con necesidades educativas especiales en Instituciones Educativas Inclusivas y en
  • 9. Centros y Programas de Educación Básica Especial”. Publicado el 26 Ene. 2006.  Resolución Ministerial N° 0369-2012-ED, que aprueba prioridades de la Política Educativa Nacional 2012 – 2016  Resolución Ministerial N° 0518-2012-ED, que aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual de Educación (PESEM) 2012-2016 .  Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012MINEDU/VMGI-OET, Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las instituciones educativas.  Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU que crea el “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”.  Resolución de Secretaría General N˚ 602-2014-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica para la cogestión del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma.  Resolución de Secretaría General N° 613-2014-MINEDU que aprueba “Normas y Orientaciones para la organización y funcionamiento de la forma de atención a distancia en el ciclo avanzado de los Centros de Educación Básica Alternativa públicos y privados”.  Resolución de Secretaría General N° 364-2014-MINEDU, que aprueba “Lineamientos para la implementación de la Estrategia Nacional contra la Violencia Escolar, denominada “Paz Escolar”, en las instancias de gestión educativa descentralizada.  Resolución Ministerial N° 0547 - 2012 ED mediante la cual se aprueban los Lineamientos denominados "Marco de Buen Desempeño Docente para Docentes de Educación Básica Regular", documento que contiene los criterios de buen desempeño docente, descrito en la Ley de Reforma Magisterial. DECRETOS -  Decreto Supremo Nº 014-2006-ED - Institucionalizan la Movilización Nacional por la Educación. Publicado el 04 jul. 2006.
  • 10.  Decreto Supremo Nº 008-2006-ED - Aprueban los “Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Públicas”. Publicado el 20 Abr. 2006  Decreto Supremo Nº 004-2006-ED - Aprueban Reglamento de la Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas. Publicado el 16 Feb. 2006.  Decreto Supremo Nº 003-2006-ED - Amplían plazo para culminar el Proceso de Conversión Progresiva de Centros de Educación Ocupacional y Programas de Educación Ocupacional a Centros de Educación Técnico-Productiva (CETPRO). Publicado el 08 Feb. 2006.  Decreto Supremo Nº 020-2005-ED - Modifican Primera Disposición Complementaria y Transitoria del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana - Ley Nº 28332. Publicado el 17 Nov. 2005.  Decreto Supremo Nº 013-2005-ED - Aprueban Reglamento de Educación Comunitaria. Publicado el 24 Jun. 2005.  Decreto Supremo Nº 009-2005-ED - Aprueban Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo. Publicado el 09 May. 2005.  Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM - Aprueba Reglamento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública. Publicado el 19 Abr. 2005.  Decreto Supremo Nº 002-2005-ED - Aprueban el Reglamento de Educación Básica Especial. Publicado el 11 Ene. 2005.  Decreto Supremo N° 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.  Decreto Supremo N° 015-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29694, Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares.  Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación.  Decreto Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política Nacional de Educación Ambiental.  Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002- 2014-MINEDU.
  • 11.  Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.  Decreto Supremo Nº 008-2014-Minedu Gobierno promulga la Reglamentación que regula la situación laboral y jurídica de los auxiliares de Educación . Directivas  Directiva Nº 174-2006-/DM/SPE "Responsabilidades de la instancias de gestión educativa descentralizada, en la evaluación censal de los alumnos del segundo grado de primaria y docentes de los niveles de inicial, primaria y secundaria de Educación Básica Regular" Publicado el 18 Nov. 2006.  Directiva Nº 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la campaña de sensibilización y promoción “tengo derecho al buen trato” que incluye a la convivencia escolar democrática. Publicado el 19 abr. 2006.  Directiva Nº 001-2006-VMGP/OTUPI - Normas para el desarrollo de las acciones de tutoría y orientación educativa en las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas. Publicado el Ene. 2006.  Directiva Nº 018 - 2014-ME. Orientaciones para la finalización del año escolar 2014 e inicio 2015  Directiva N° 005-2009/SBN del Buen Inicio del Año Escolar 2015 y los compromisos de Desempeño 2015. TITULO II DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS CAPÍTULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA ARTICULO Nº 5.-Del funcionamiento 6.-Ubicación 7.-Ámbito geográfico 8.-Objetivos 1. Generales 2. Específicos
  • 12. Artículo 5o La finalidad funcional de la I.E. 7069 CESAR VALLEJO es buscar la formación integral del educando de Primaria y Secundaria mediante el desarrollo armónico de todas sus facultades físicas, cognitivas y morales en un marco de respeto y servicio a su atención educativa. Articulo 6º La I.E. 7069 CESAR VALLEJO está ubicada en la jurisdicción de la UGEL Nº 01 en el Distrito de San Juan de Miraflores Del Centro Poblado de CIUDAD DE DIOS , en la avenida Gabriel Torres N° 200. Artículo 7º Ámbito jurisdiccional geográfico abarca el Distrito de San Juan de Miraflores y sus centros poblados de  Pamplona Alta  Ciudad de Dios  Pamplona Baja Artículo 8.o- De los objetivos Inciso 1.-Generales:  Brindar una educación de carácter permanente, procesal, comunitaria, humanitaria, moderna, regionalizada y liberadora  Buscar una vinculación orgánica de la educación con la realidad social, los avances de la ciencia y los problemas fundamentales que la aquejan y adecuar las soluciones.  Conseguir que la educación adquiera un compromiso más efectivo con la sociedad. concientizando la población para su cambio y desarrollo permanente. Inciso 2.-Específicos:  Realizar la detección gruesa y específica de los alumnos en los primeros grados del Nivel Primario  Dar un tratamiento individual y diferenciado, transitorio con técnicas de aprestamiento cordial y reeducación en la lecto-escritura, matemática, dándole mayor operatividad articulada con la realidad  Rescatar la pérdida de los valores morales y el respecto por la integridad moral, física y social a base de valores reales y hincapié al desarrollo cognitivo y emocional.  Brindar apoyo permanente de orientación al padre de familia en su difícil tarea de educar en apoyo directo al trabajo de los diferentes niveles que se desarrollan en el centro educativo.  Orientar supervisar y asesorar al personal Docente y administrativo con las nuevas reformas en el campo educativo y permanecer al ritmo de la cibernética.
  • 13. TITULO III DE LAS ESTRUCTURAS ORGANICAS Y DE LA FUNCIONES ESPECIFICAS DE SUS MIEMBROS CAPÍTULO III DE LAS ESTRUCTURA ORGANICA ARTICULO Nº 9 Del Diseño organizacional 10. Funciones Generales 11. Funciones específicas 12. Del órgano de apoyo administrativo 13. De los organismos de colaboración. Articulo Nº 9 Del Diseño organizacional El presente reglamento alcanza a: - Director General - Personal Jerárquico - Personal Docente y administrativo - Alumnado de Primaria y Secundaria - Padres de Familia - Comunidad de apoyo educativo La I.E. 7069 CESAR VALLEJO cuenta con los siguientes órganos Órgano Directivo 1. Director 2. Sub-Director de Formación General 3. Sub-Director de Primaria Órgano Técnico Pedagógico 1. Jefatura de Laboratorio 2. Coordinadores de áreas y grados 3. Docentes de Primaria 4. Docentes de Secundaria 5. Auxiliares de educación Órgano de Apoyo Administrativo 1. Subdirector Administrativo 2. Técnico Administrativo 3. Oficinista 4. Auxiliar de laboratorio 5. Auxiliar de biblioteca 6. Personal de Mantenimiento y servicio Órgano de Apoyo ( profesionales de salud) 1. Psicólogo 2. Asistenta social Órganos de Participación 1. Consejo Educativo Institucional (CONEI) 2. Defensoría del niño y adolescente
  • 14. 3. Municipio escolar 4. APAFA Articulo 10.-Funciones Generales Inciso 1.- Del Director El director es la primera autoridad de la I.E., conduce sus actividades, representa legalmente y lidera la participación de la comunidad escolar. Inciso 2.-: De los Sub-Directores Los subdirectores de Educación Básica Regular de los niveles de Primaria y Secundaria de la I.E., por delegación cumplen las funciones pedagógicas y administrativas que lle corresponden al director. Articulo 11.- Funciones Específicas Inciso 1. Del Director  En lo Pedagógico a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo. b) Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional. c) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno de manera participativa. d) Establecer en coordinación con el CONEI, antes del comienzo del año electivo, la Calendarización del año escolar, garantizando el cumplimento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de Educación para el inicio de clases. e) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos; promoviendo y estimulando permanentemente la innovación pedagógica. f) Monitorear, supervisar, asesorar y evaluar el servicio educativo. g) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades pedagógicas en diversos lugares de la comunidad. h) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la I.E. en eventos de carácter deportico, cultural y de prevención convocados por el Ministerio de Educación y otros órganos, de acuerdo a las presentes normas. i) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de interaprendizaje y reflexión, así como actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PEI. j) Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los Institutos Superiores Pedagógicos y facultades de
  • 15. Educación, supervisando y asegurando la permanencia del docente responsable del aula, garantizando el asesoramiento al practicante y posibilitando las innovaciones pedagógicas.  En los recursos y servicios de la I.E. a) Planificar, organizar y administrar la captación de recursos por venta de bienes y servicios prestados por la I.E., en aplicación a la normatividad respectiva, con la finalidad de satisfacer las necesidades básicas y prioritarias previstas en el PEI. b) Formular el presupuesto de la I.E. y velar por la correcta administración de todos los recursos recaudados directamente. c) Autorizar el uso y alquiler de ambientes y/o equipos de la I.E., de acuerdo a la normatividad vigente asegurando la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos y un tipo de utilización que no distorsione los fines educativos. d) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de APAFA.  En lo Administrativo a) Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos de Gestión de la I.E. b) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación del personal directivo y jerárquico de la I.E. c) Suscribir convenios y/o contratos con fines educativos, desarrollando acciones de capacitación y/o actualización para el personal docente y administrativo. d) Vincular la oferta educativa con las demandas del ámbito laboral y de la comunidad. e) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de estudio dentro de lo normado, aprobar las nóminas de matrícula y actas de evaluación, rectificar nombres y apellidos de los estudiantes de documentos oficiales, exonerar de áreas (Educación Religiosa y Educación Física según el caso), autorizar convalidaciones, pruebas de revalidación y de ubicación, según la legislación vigente. f) Presidir el comité de evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo, que reúna los requisitos legales, en función de las plazas que correspondan a la I.E. g) Estimular el buen desempeño del personal a su cargo, estableciendo en la I.E. prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas,
  • 16. así como a las experiencias exitosas en el ámbito profesional y laboral. En caso del servidor con una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes. h) Otorgar licencias de acuerdo a la normatividad vigente proponiendo al Órgano Intermedio de Gestión, el contrato de servidor reemplazante seleccionado por el Comité de Evaluación por el tiempo que dure la ausencia del titular. i) Informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes de la I.E.  En las relaciones con la comunidad educativa a) Coordinar con los padres de familia y el Órgano Intermedio del Ministerio de Educación asuntos de interés común. b) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones humanas positivas al interior de la comunidad educativa.  En relación a niños y adolescentes con necesidades especiales, en centros educativos públicos. a) Disponer de oficio la matrícula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones. b) Garantizar la integración del estudiante al centro educativo público o privado y al aula con necesidades educativas especiales.  Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa  Otras que se le asigne por norma específica del sector Inciso 2. Del Subdirector Administrativo Depende del director. Es miembro del CONEI. Son funciones del Subdirector Administrativo: a) Como miembro del CONEI participa en la aprobación de los documentos de gestión PEI, PAT, PCI, REI, MOF. b) Programar, organizar, coordinar, supervisar la previsión de los recursos que sean necesarios. c) Efectuar el control diario de asistencia, puntualidad y permanencia del personal e informar a la instancia correspondiente sobre las inasistencias injustificadas y publicar la copia remitida a la UGEL. d) Publicar por el lapso de dos (02) días (48) días las inasistencias del personal, el primer día útil del mes siguiente. e) Coordinar la labor de secretaría, trámite documentario y archivo (publicaciones e informaciones) de esta área con el visto bueno del Director.
  • 17. f) Administrar la documentación especialmente lo relacionado con la matrícula y certificación de los estudiantes en coordinación con la Subdirección de Formación General (secundaria) y Subdirección de Primaria. g) Administrar la plana física de la I.E. velando por su mantenimiento y conservación, así mismo de los mobiliarios, responsabilizando por la pérdida de los bienes al personal de servicio y/o guardianía del colegio. h) Formular cada año el cuadro de necesidades de la I.E. atendiendo en forma oportuna el requerimiento de las diferentes áreas. i) Mantener actualizado el inventario general de los bienes de la I.E., ingresando obligatoriamente los productos adquiridos con los recursos directamente recaudados por la I.E., APAFA, así como por las donaciones por entes gubernamentales, privados, etc. De este hecho remitirá una copia a la dirección. j) Distribuir racionalmente los materiales a las diferentes áreas de la institución en forma oportuna. k) Promover capacitaciones y actualizaciones del personal administrativo y garantizar la implementación de los Manuales de Función. l) Formular el Manual de Funciones para los servidores del área administrativa. m) Brindar facilidades en actividades de promociones que se realicen en la I.E. n) Administrar y actualizar la biblioteca, los equipos y materiales educativos en coordinación con la comisión designada. o) Velar por el buen servicio de los concesionarios de los quioscos escolares. p) Informar periódicamente al Director sobre la situación del área administrativa. q) Remitir a fin de año al Director, un informe sobre la gestión realizada. r) En caso de ausencia eventual, el Director designará al personal que asuma sus funciones. s) Toma la representatividad de la dirección ante la ausencia del Director. Inciso 3. De la Subdirección de Formación General Depende del Director de la I.E. y coordina con los otros Sudirectores sus funciones son: a) Participar en la formulación del Plan Anual de Trabajo. b) Organizar, planificar y controlar la matrícula, la elaboración de actas y certificado, así como la relación y difusión estadística en forma trimestral y anual. c) Establecer los horarios y turnos de trabajo del personal en coordinación mutua.
  • 18. d) Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico-pedagógicos. e) Supervisar las actividades de orientación y bienestar del educando y las de tutoría, debiendo realizarse una jornada el término de cada trimestre. f) Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las funciones específicas del personal de su nivel. g) Participar en las reuniones del comité de coordinación interna. h) Asesorar al docente del área en la aplicación, manejo y desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos del proceso enseñanza aprendizaje. i) Supervisar la correcta aplicación del proceso de evaluación. j) Convoca y dirige las reuniones técnico-pedagógicas para coordinar y evaluar el trabajo educativo. k) Promueve, organiza y ejecuta eventos de capacitación y actualización docente así como en la realización de estudios de investigación para mejorar métodos y materiales educativos. l) Supervisa, evalúa y controla las acciones educativas y el proceso de enseñanza aprendizaje. m) Representa por delegación al director. n) Asesora al Director en lo referente al aspecto técnico de su nivel. Inciso 4. De la Subdirección del Nivel Primaria Depende del Director. Es responsable de la planificación, organización, dirección, supervisión y control del desarrollo de la actividad educativa del nivel de educación primaria. Sus funciones son: a) Orientar, supervisar y evaluar permanentemente las funciones del personal del nivel. b) Organizar, planificar y controlar la matrícula, la elaboración de actas y certificados, así como la relación y difusión estadística en forma trimestral y anual. c) Convoca y dirige reuniones técnico-pedagógicas. d) Promueve la preparación del material educativo. e) Elabora el horario de su personal. f) Coordina con el director asuntos técnicos de su nivel. g) Representa por delegación al director. Inciso 5. De la Jefatura de Laboratorio Docente con capacitación y/o experiencia en la administración y uso del laboratorio, depende de la Subdirección de Formación General. Sus funciones son: a) Programar, organizar, coordinar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza en el laboratorio. b) Organizar y administrar racionalmente el uso del ambiente, equipos e insumos de laboratorio.
  • 19. c) Programar y controlar el uso del laboratorio para los estudiantes de la I.E., teniendo al día el registro correspondiente. d) Promueve la vídeoteca especializada del laboratorio, así como el desarrollo de métodos y técnicas de enseñanza- aprendizaje. e) Formula y difunde normas e instrucciones sobre el comportamiento de los estudiantes en el laboratorio y las medidas preventivas y de seguridad. f) Presenta informe trimestral sobre el funcionamiento de laboratorio. g) Participa en la elaboración del Plan Anual de Trabajo, así como en las reuniones de la I.E. h) Otras funciones que le asigne el Subdirector de Formación General de acuerdo a su cargo. Inciso 6. Del consejo Educativo Institucional CONEI Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la I.E., que colabora con la promoción y ejercicio de su gestión eficaz, transparente, ética y democrática, que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad en la institución. Es presidido por el director y está conformado por los Subdirectores, representantes del personal docente y administrativo, de los estudiantes, de los exalumnos y padres de familia, pudiendo ser integrado por otros representantes de situaciones de la comunidad local, por acuerdo del consejo. Sus funciones son: a) Participar en la formulación del PEI. b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal administrativo de nuestra institución, de acuerdo a la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. c) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la I.E. d) Cautelar el incumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratitud, equidad y calidad de la I.E. e) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la I.E. y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de APAFA, que estén comprometidos con las actividades previstas en el PAT y las necesidades de la I.E. f) Colaborar con el director en el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo del aprendizaje requerido. g) Propiciar la solución de conflictos que se suscitan en esta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no implican delito.
  • 20. h) Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la I.E. y los indicadores de desempeño laboral. Inciso 7. Del docente coordinador del aula de Innovación Pedagógica-Tecnológica Educativa Son funciones del docente responsable del aula de Innovación Pedagógica-Tecnológica Educativa: a) Organizar y planificar las actividades del aula en mención. b) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del A.I.T.E. (Plan de Trabajo Anual, Reglamento, Catálogo de Recursos, Horarios entre otros) c) Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC. d) Velar por la provisión y mantenimiento de los recursos educativos, equipamiento e infraestructura y por la ambientación pedagógica del A.I.T.E. e) Promover la participación de la comunidad educativa y la comunidad local en el proceso de la integración de las TIC en la I.E. f) Promover el aprovechamiento educativo de los recuso TIC, la implementación de bibliotecas digitales y virtuales de la I.E., el desarrollo de materiales educativos por docentes y estudiantes y el trabajo colaborativo en el plantel y con sus pares de otras I.E. Inciso 8. De la defensoría del niño y del adolescente Es un servicio al sistema de atención integral que funciona en los gobiernos locales, en las instituciones públicas y privadas y en organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad es promover y proteger los derechos de la legislación, reconoce a los niños y adolescentes. Este servicio es de carácter gratuito. Instancia Administrativa Esta Defensoría actuará en las instancias administrativas de las instituciones públicas y privadas de atención a los niños y adolescentes. Integrantes La Defensoría está integrada por profesionales de diferentes disciplinas de reconocida solvencia moral con el apoyo de personas capacitadas para desempeñar las funciones propias del servicio, quienes actuarán como promotores-defensores. La Defensoría que no cuenta con profesionales podrá estar integrada por personas de la comunidad debidamente capacitadas y acreditadas para el servicio de su función. Funciones específicas Son funciones de la Defensoría: a) Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas. b) Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para hacer prevalecer el principio de interés superior.
  • 21. c) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares sobre alimentos, tenencias y régimen de visitas, siempre y cuando no existan procesos judiciales sobre esta materia. d) Fomentar el reconocimiento voluntario de la filiación. e) Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan. f) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas, siempre que no existan procesos judiciales. g) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y adolescentes. Inciso 9. Del Personal Docente Es el agente fundamental de la educación que contribuye conjuntamente con la familia, la comunidad y el estado al desarrollo integral del educando, depende del Subdirector y del Director. Sus funciones son: a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo y en las reuniones de coordinación académica a la que son convocados. b) Cumple sus funciones con dignidad y eficacia, lealtad a la constitución, a las leyes del estado y a los fines de la I.E. c) Programar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje y las actividades curriculares inherentes a la asignatura o grado a su cargo. d) Orienta al estudiante respetando su libertad en el compromiso de sus derechos y deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios internacionales. e) Preparar y emplear material didáctico, métodos y técnicas para el adecuado desarrollo del programa curricular del área o grado a su cargo. f) Elaborar y aplicar separatas, guías de práctica, asignaciones, cuestionario, esquemas y otros fines del proceso enseñanza aprendizaje de su especialidad. g) Integra comisiones de trabajo y participa de las acciones que permitan el mejor logro de las actividades programadas. h) Participa en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de la comunidad respetando sus valores éticos y sociales. i) Realiza acciones de recuperación pedagógica. j) El docente de tuno debe cumplir con sus responsabilidades durante la semana. k) Participa de las actividades culturales, artísticas en cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que contribuyan a la formación integral del estudiante, incluyendo a los profesores de Educación Física.
  • 22. l) Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos. m) Colabora en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes de la I.E. n) Realizaciones de tutoría de los docentes a su cargo. Se recomienda a los docentes tutores realizar actividades de fin de año, culminando las clases lectivas. o) Participa de las actividades culturales, artísticas en cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que contribuyen a la formación integral del estudiante. p) Coordina y mantiene comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos. q) Colabora en las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes de la I.E. r) Presenta al Coordinador o Subdirector de Formación General, los instrumentos de evaluación y documentos técnicos-pedagógicos referidos al desarrollo de su labor docente. s) Coordina con el tutor sobre los problemas de conducta y rendimiento académico. t) Participa en acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de trabajo, así como los eventos de capacitación y actualización programadas y organizadas por la I.E. u) Los docentes ejercen la función de tutoría, que viene a ser un servicio de acompañamiento permanente y orientación a los estudiantes para contribuir a su desarrollo afectivo, cognitivo y al mejoramiento de su desempeño escolar. Inciso 10. De los Auxiliares de Educación Son los responsables del control de asistencia y disciplina del Estudiantado. Sus funciones son: a) Promueve el cultivo de los valores de respeto y fraternal relación con sus pares, docentes y autoridades. b) Fomentar en el estudiantado el amor y respeto a los emblemas patrios. c) Promover el fortalecimiento de la disciplina y el buen comportamiento de los educandos en coordinación. d) Fomentar hábitos de buenas costumbres, puntualidad, higiene y estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar. e) Atiende en primera instancia a los padres de familia informando sobre asuntos relacionados con la conducta , disciplina y asistencia de sus menores hijos. f) Controla al estudiantado en caso de ausencia del profesor, en las aulas funcionales donde permanecen. g) Mantiene actualizado por grados y o secciones a su cargo el registro de asistencia y justificaciones del educando.
  • 23. h) Colabora con la entrega y recojo de las libretas de nota, citaciones, comunicados, directivas, etc. i) Cuida en todo momento la integridad física y el bienestar de los estudiantes. j) Controlar que los alumnos, no estén fuera del salón en horas de clase y que no lleguen tarde al aula funcional .uncional k) Efectúa rondas permanentes por los diferentes ambientes de la institución educativa, velando por el estricto cumplimiento de las normas disciplinarias. l) Realiza la formación del estudiantado en el patio durante las los días de formación general y durante las actuaciones cívicas. m) Controla la asistencia del profesor en el aula e informa a la Subdirección de formación general en caso de ausencia para su reemplazo. Inciso 11. Del psicólogo Sus funciones son : a) Ayuda a buscar soluciones a los problemas tanto emocionales como conductuales que surgen en los estudiantes. b) Busca soluciones junto a la parte directiva y tutores sobre problemas de disciplina, respeto y tolerancia entre el estudiantado. c) Procura dar una formación permanente y colectiva (talleres, diálogos) relacionados con la formación conductual a todos los agentes educativos, incluyendo a los padres de familia. d) Conduce la implementación de la orientación educativa a los padres de familia organizando las reuniones de escuela de padres del nivel secundaria. e) Coordina las acciones y planes de tutoría con los docentes tutores del nivel secundario. Inciso 12. De la Asistenta Social Sus funciones son : a) Realiza estudios de investigación de problemas socio familiares del educando con el fin de orientar soluciones pertinentes y alcanzables. b) Organiza y ejecuta el programa de Bienestar y Servicio Social movilizando a la comunidad educativa en apoyo al estudiantado y trabajadores de la institución educativa que lo necesiten. c) Realiza un pre diagnostico social y aplica el tratamiento al estudiantado que lo necesite de acuerdo a los recursos disponibles. d) Organiza el directorio familiar de los educandos para coordinar con los padres o apoderados en casos de emergencia.
  • 24. e) Realiza visitas de emergencia a las casas de los educandos en situación difícil para informar a los padres o apoderados y luego informar a las autoridades educativas. f) Realiza otras funciones inherentes a su cargo. Inciso 13. Del Técnico Administrativo Depende del Director y Subdirector Administrativo. Sus funciones son : a) Preparar la agenda y el despacho de la Dirección. b) Velar por la seguridad e integridad de los documentos reservados y confidenciales. c) Supervisar las acciones relacionadas con el movimiento de tramite documentario, la matrícula, certificación, evaluación y otros afines. d) Proyectar resoluciones y decretos sobre procedimientos que se dan a nivel de la institución educativa. e) Mantener actualizado el escalafón interno de la institución educativa. f) Ejecutar asientos diarios de compromisos contables. g) Recepcionar y registrar comprobantes de pago con visto bueno del director. h) Llevar ordenadamente el archivo de los documentos sustenta torios de ingresos y egresos. i) Recaudar y hacer los empoces de los fondos por concepto de ingresos propios o por producción. j) Confrontar y chequear planillas de pagos , recibos, cheques, comprobantes y otros documentos contables. k) Preparar documentos contables para los balances correspondientes. l) Otras que sean asignados por el Director según la necesidad del servicio. Inciso 14. Del Secretario Depende del Director y Subdirector administrativo. Sus funciones son : a) Recepcionar , clasificar, registrar, distribuir y archivar la documentación que corresponde a la Dirección. b) Redactar, revisar y preparar la documentación para la firma del director. c) Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la documentación confidencial y oficial de la institución educativa. d) Velar por el mantenimiento, seguridad y conservación de los documentos a su cargo. e) Realizar el control y seguimiento del trámite de la correspondencia de la institución educativa. f) Otros que le asigne el director según la necesidad del servicio. Inciso 15 De la Oficinista
  • 25. Depende del Director y Subdirector administrativo. Sus funciones son : a) Elaborar certificados y constancias de estudio, asi como el de comportamiento. b) Registrar y llevar el control de los estudiantes que no han ratificado su matrícula y de los estudiantes retirados por diversos motivos. c) Elaborar las actas promocionales, de recuperación y de subsanación para proporcionar a los docentes. d) Registrar las notas de las actas promocionales, de recuperación y de subsanación en la ficha única de matrícula. e) Velar por el orden y la conservación de los archivos de las actas de registro de notas, nóminas, fichas de matrícula y otros documentos que estén a su cargo. f) Elaborar trimestralmente los cuadros de méritos por grados para ser publicados en un lugar visible. g) Informar por escrito a la dirección de la institución educativa sobre los errores detectados en los registros, actas, nóminas y fichas de evaluación para su rectificación y acciones correctivas. h) Otras que le asigne el Director según la necesidad del servicio. Inciso 16 Del Auxiliar de Biblioteca Depende del director y subdirector administrativo. Sus funciones son: a) Formular, ejecutar, y controlar el plan de trabajo de la biblioteca. b) Elaborar y actualizar permanentemente el inventario de bienes de la biblioteca. c) Confeccionar fichas bibliográficas, catálogos, y ordenar los libros, revistas, folletos, etc. De acuerdo a las codificaciones establecidas. d) Orienta a los lectores en el uso adecuado del material bibliográfico, libros y otros documentos promoviendo su uso y conservación. e) Hacer cumplir las normas de uso, préstamo del material de lectura. f) Entregar material bibliográfico a los interesados, previa presentación de su carne u otro documento de indentidad, para su control y garantizar la devolución. g) Mantener actualizado el material bibliográfico depurado o en desuso. h) Recomendar a los usuarios el comportamiento en la sala de lectura asi como el trato adecuado de los documentos de consulta. i) Velar por el mantenimiento y conservación del material bibliográfico( empastes, encuadernación, etc.). j) Promover campañas para el incremento del material bibliográfico y del banco del libro.
  • 26. k) Elabora un horario para la aplicación del Plan lector. l) Propicia acciones que incentiven el enriquecimiento de la biblioteca. m) Canaliza a través de la dirección los requerimientos para el apoyo de la asociación de padres de familia en la implementación de la biblioteca. n) Otras funciones que le asigne el director de acuerdo a la necesidad del servicio. Inciso 17 Del auxiliar de Laboratorio Es el responsable de la conservación, mantenimiento y seguridad del laboratorio, depende del jefe de laboratorio y del subdirector administrativo. Sus funciones son : a) Colabora en la organización e inventario de los equipos y materiales del laboratorio. b) Proporciona y distribuye oportunamente los materiales para las prácticas de acuerdo a lo solicitado. c) Limpia y esteriliza según sea el caso, materiales e instrumentos y ambientes del laboratorio. d) Participa en el plan anual de trabajo y cronograma de prácticas del laboratorio. e) Lleva al día el registro de prácticas de laboratorio. f) Elabora el cuadro de requerimiento de materiales, instrumentos e insumos que se requieren en el laboratorio. g) Apoya en las prácticas con la preparación de muestras, registro de análisis y otros afines. h) Otros que se designe de acuerdo a la naturaleza de sus funciones. Inciso 18 Del Personal de Servicio II Depende del director y subdirector administrativo. Sus acciones permanentes son: a) Realiza el mantenimiento y reparación, conservación y limpieza de los ambientes, aulas, servicios higiénicos, patios, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general de la I.E., de acuerdo a la racionalización y distribución del trabajo. b) Realiza labores de conserjería. c) Realiza labores de seguridad, vigilancia y portería de la i.e. d) Controla el ingreso y salida del estudiantado de acuerdo al horario establecidos con el apoyo de los auxiliares de educación en horas de clases portando la autorización correspondiente. e) Controla que los muebles y enseres que salen de la i.e. cuenten con la respectiva autorización de la dirección. f) Elabora los informes de las ocurrencias durante su jornada de trabajo presentándolo a la subdirección administrativa y archiva la copia de la misma. g) Vela por la seguridad, conservación y mantenimiento del material, herramientas y o implementos de trabajo a su cargo. h) Realiza el traslado de muebles y enseres.
  • 27. i) Es responsable de la perdida de bienes, útiles y enseres de la i.e. ocurridos dentro del turno que cumpla. j) Contribuye y participa en la organización del inventario de útiles, enseres y bienes de la i.e. los mismos que deben estar bajo su control en el turno que cumpla. k) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne el director o subdirector administrativo. Inciso 19 Del Personal de Servicio III Depende del director y subdirector administrativo. Sus acciones permanentes son: a) Realiza el mantenimiento y reparación, conservación y limpieza de los ambientes, aulas, servicios higiénicos, patios, techos, ventanas, puertas y mobiliario en general de la i.e., de acuerdo a la racionalización y distribución del trabajo. b) Realiza custodia a través de rondas permanentes de los ambientes de todo el local escolar durante su jornada de trabajo. c) Los que tuviesen vivienda dentro del local institucional serán responsables por la seguridad de los bienes y enseres así como de la infraestructura los días sábados , domingos y feriados. d) Cumplir con los turnos programados, registrando las incidencias y casos en el cuaderno de de registros, comunicando en forma inmediata a la dirección o subdirección administrativa. e) Realiza otras funciones afines a su cargo que le asigne el director o subdirector administrativo. TITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y ACADEMICA CAPÍTULO IV DE LO ACADEMICO ARTICULO Nº 12. Planificación y Gestión 13. Programación 14. Calendarización 15. Periodos vacacionales 16. Supervisión educativa 1.-Concepto 2.- De los Asesores 3.- De las acciones y sus fases Artículo 12º De la Planificación y Gestión Los Proyectos de Planificación son los instrumentos que fijan las metas para el logro de aprendizajes exitosos , que
  • 28. serán alcanzadas en corto, mediano y largo plazo por la institución educativa En su elaboración debe considerarse que : - El Director es el responsable directo de la coordinación general en el proceso de la elaboración y quien en coordinación con los Sub-Directores Pedagógicos, las comisiones de docentes y el CONEI los aprueba mediante decreto. Comprende: - Proyecto de Educativo Institucional (PEI) : - Plan de trabajo anual ( PATMA) - Proyecto Curricular ( PCI) - Reglamento Interno ( RI) Artículo 13o De la Programación Y Diversificación curriculares Las Programaciones curriculares se elaboran en armonía con los Planes y programas emitidos por el Ministerio de Educación, se realizan desde el mes de diciembre del año anterior en equipos de trabajo docentes por áreas curriculares, a fin de propiciar una correcta retro- alimentación de las acciones a mejorar en el año inmediato. En función al tiempo, duración o intensidad de la programación, el docente dosificará su trabajo en : - Programación CURRICULAR ANUAL - Programación de mediano plazos como Unidad de aprendizaje, Proyecto de aprendizaje, Módulos de aprendizaje. - Programación didácticas de RUTAS DE APRENDIZAJE - Programación de las SESIONES DE APRENDIZAJES Articulo 14o De La Calendarización El año lectivo se inicia en la Primera semana del mes de Marzo y termina la Cuarta semana del mes de diciembre. CALENDARIZACIÓN 2015 INICIO 1 DE MARZO TERMINO 22 DE DICIEMBRE MESES INICIO TÉRMINO DIAS SEMANAS Marzo 1 31 20 4 Abril 2 30 21 4 Mayo 2 31 22 4 Junio 1 30 20 4 Julio 2 27 20 4 Agosto 6 31 20 4 Septiembre 3 28 20 4 Octubre 1 31 23 4 Noviembre 5 30 20 4 Diciembre 3 21 15 3 VACACIONES
  • 29. 1º Del 28 de Mayo Al 1 de Junio 2º Del 30 de Julio Al 3 de Agosto 3º Del 29 de Octubre Al 2 de Noviembre TRIMESTRES Afianzamiento Del 1 de Marzo Al 30 de Marzo I Del 2 de Abril Al 26 de Mayo II Del 4de Junio Al 27 de Julio III Del 6 de Agosto Al 29 de Septiembre Artículo 15o DEL PERIODO DE VACACIONES El periodo vacacional que corresponde al personal que labora en la institución educativa es como sigue:  Los profesores del área de la docencia tienen derecho a sesenta días anuales al termino del año escolar.  El director y los subdirectores tienen derecho a treinta días anuales ( D.S. 199-ED,art. 47)  Los auxiliares de educación tienen sesenta días de vacaciones anuales al termino del año escolar, antes del inicio del periodo vacacional están obligados a concluir y entregar la documentación inherente a sus funciones ( art. 22- D.S. 19-90-ED)  El personal administrativo, profesionales de la salud, técnicos y auxiliares administrativos tienen derecho a vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la ley 276 y su reglamento.  La dirección de la I.E. aprobara en el mes de noviembre de cada año el rol de vacaciones para el año siguiente.  No procede el derecho de vacaciones si el servidor ha dejado de concurrir treinta días ( 30) de sus labores al finalizar cada año de servicio, salvo por enfermedad comprobada. Las ausencias e inasistencias serán descontadas del periodo vacacional siempre y cuando el servidor lo solicite.  Al vencimiento del periodo vacacional es necesario la reincorporación del trabajador. No procederá la licencia por motivos particulares, salvo que estén debidamente justificadas y acreditadas. Artículo 16o DE LA SUPERVISION Inciso 1.-Concepto La supervisión entendida como acompañamiento y monitoreo está destinada a asegurar un efectivo Servicio Educativo, es decir, apoyar al docente y fortalecer sus competencias pedagógicas en bien de los aprendizajes del educando. El Director es el supervisor por excelencia, responsable del Cumplimiento efectivo del servicio educativo.
  • 30. Inciso 2.- Los Subdirectores pedagógicos Ejercerán la supervisión técnico pedagógica de Primaria y Secundaria a su cargo, en tal sentido deberán elaborar un Plan General de supervisión y planes específicos de supervisión. Inciso 3.-Las acciones de supervisión La supervisión se realizarán en forma permanente teniendo en cuenta las siguientes fases: - 1ra fase de Capacitación e implementación en la primera semana de Marzo. - 2da fase de acompañamiento y monitoreo que se realizará en todos los trimestres y quehaceres educativos - 3ra fase de Análisis y reajustes educativos que se realizará en al término de cada semestre en las jornadas pedagógicas planificadas por la calendarización. - 4ta Fase de Consolidación de resultados que se realizará en diciembre y concluirá con el informe de fin de año. CAPITULO V DE LO ADMINISTRATIVO ARTICULO Nº 17. Régimen interno 18. Régimen económico 19. Régimen de seguridad social de los trabajadores Articulo 17º Del Régimen Interno ( JORNADA DE TRABAJO Y HORARIOS) La jornada de trabajo se realizará : - El director, los Subdirectores tendrán una permanencia de 40 horas cronológicas semanales distribuida en los turnos de funcionamiento de la institución. - La Jefatura de Laboratorio tendrán una permanencia de 40 horas pedagógicas semanales distribuida en los turnos de funcionamiento de la institución. - Los profesores cumplen su jornada de la manera siguiente:  NIVEL PRIMARIA : 30 horas pedagógicas  NIVEL SECUNDARIA: 24 horas pedagógicas que pueden extenderse hasta un máximo de 30 horas conforme al Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial. - El personal de administración y de servicio cumplirán una jornada de 7 horas y 45 minutos cronológicas diarias durante los meses de enero a diciembre y de lunes a viernes. Además se considerara el tiempo necesario para el refrigerio ( D.L. N° 800-95-PCM). - Los Horarios de clase serán elaborados por los Asesores en el mes de Febrero, dando prioridad a las necesidades e intereses del educando y teniendo en cuenta - Los auxiliares de educación cumplen una jornada laboral de lunes a viernes de seis 6 horas cronológicas debiendo ingresar 25 minutos antes y después de la hora de ingreso
  • 31. y salida correspondiente. Tienen vacaciones de sesenta (60) días anuales al termino de cada año escolar. - Los profesionales de la salud cumplieran la jornada laboral de 36 horas cronológicas semanal mensual siendo de 7,12 horas diarias de lunes a viernes, sin incluir refrigerio. - Los horarios de ingreso y salida de los estudiantes son como se indica: - del Nivel Primaria : Turno mañana : de 7,50 a.m. a 12,55 p.m. Turno Tarde : de 12,55 p.m. a 06,00 p.m. Del nivel Secundaria : Turno mañana : de 7,30 a.m. a 01,00 p.m. Turno Tarde : de 01,00 p.m. a 06,35 p.m.  El horario de de atención a los padres de familia es como sigue: PRIMARIA : conforme a la disposición de la Dirección y Subdirección del nivel. SECUNDARIA : conforme a la disponibilidad del docente tutor y de área según su carga horaria que será publicada. El horario de atención del personal administrativo al publico usuario será dentro del horario de oficina de las entidades publicas. Articulo 18º Del Régimen Económico Inciso 1.- los ingresos financiados por el estado Son ingresos generados por el Ministerio de Educación con la finalidad de realizar reparaciones y preparar la i.e. para un buen desarrollo educativo. Inciso 2.- los ingresos autogenerados Son ingresos generados por los pagos de documentos internos como certificados de estudios y alquileres de local para fotocopias, asi como las donaciones que aportan los kioskos administrados por la APAFA. Articulo 19º Del Régimen De Seguridad Social De Los Trabajadores Dada la modalidad de ser sector Publico, el empleador ( UGEL 01 Y MINEDU) esta obligado a otorgar los beneficios de la Seguridad Social del Trabajador, según los porcentaje y dispositivos de Ley. TITULO V DEL PROCESO DE MATRICULA, EVALUACIÓN , PROMOCION, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN CAPITULO VI MATRICULA ARTICULO Nº 20. Responsables 21. Requisitos generales
  • 32. 22. Requisitos específicos 23. Excepciones 24. Traslados Artículo 20o De la responsabilidad El responsable del proceso de matrícula y ratificación de la misma es el Director en estrecha coordinación con los Sub- Directores Administrativos y Pedagógicos de Primaria y Secundaria . La matrícula para los ingresantes esta sujeta a las normas legales vigentes. El proceso de matrícula es gratuito y se realiza dentro del siguiente cronograma :  Para los ingresantes al primer grado de primaria y secundaria . Del 16 al 30 de diciembre entrega de vacantes Del 02 de enero al 31 de marzo : matrícula  Para los otros grados de Primaria y Secundaria la matrícula es automática y solo se actualizan los datos del estudiante.  La matricula de los estudiantes de primaria y secundaria no debe estar condicionado a algún tipo de pago a la APAFA u otro concepto. Artículo 21o Requisitos generales de matrícula: - Certificado de estudios oficiales - Ficha única de matrícula - Presencia del padre y/o apoderado - Acreditación satisfactoria de desempeño y disciplina dela I.E. de donde proviene. Artículo 22o Requisitos específicos Los niveles de matrícula, además de los solicitado en el rubro anterior. Nivel Primario  Contar con 6 años cumplidos al mes de Junio, caso contrario el informe de la Evaluación Psicopedagógica que valida su inscripción en el nivel.  . Nivel Secundario - Contar hasta con menos de 12 años de edad al ingresar a 1ro grado de secundaria. - Presentación de los certificados oficiales de estudios sin adeudar ningún curso - Presentación del certificado de estudios de Primaria sin adeudar ningún cursos de recuperación. Artículo 23º Del retiro y traslado Los traslados sólo proceden hasta el III Trimestre académico. Son requisitos para el traslado: -Solicitud de petición de las partes. - Constancia de vacancia.
  • 33. Al finalizar el año lectivo, y concluir satisfactoria se entregará un certificado de estudios de acuerdo a su Nivel Artículo 24º Para Traslados al Nivel:  Ficha de matrícula de colegio que viene  Certificado de oficial de estudios.  Haber aprobado los cursos de recuperación  Opcional a falta de los anterior su libreta de notas , dándosele un plazo de 30 días calendarios para regularizar su situación CAPITULO VII DE EVALUACIÓN ARTICULO Nº 25. Planificación 26. Medios y materiales Articulo 25º La evaluación del educando es permanente, integral, flexible y debe conducir al mejoramiento del alumno y no a su repitencia. Tiene como resultado la toma de decisiones respecto a sus medios didácticos y la atención a la problemática familiar social que afecte el aprendizaje del educando. Los docentes organizarán el proceso de la enseñanza aprendizaje de tal manera de que este se realice con una evaluación permanente y su retro-alimentación favorezca al avance del educando a través de una enseñanza personalizada e individualizada Inciso 1.-Esta es cualitativa y en algunos casos que considere el docente será vigésimal y se consignará por su equivalente en letras . La evaluación del aprendizaje en cada nivel se realizará de acuerdo a las normas vigentes y la guía de evaluación del educando en las partes y contenidos que no hayan sido modificados. Las evaluaciones correspondientes a los exámenes mensuales y trimestrales se desarrollaran de acuerdo al cronograma establecido en el Proyecto de actividades anual. Artículo 26o Los Medios E Instrumentos Estos se aplicarán debiendo reflejar en cada educando la objetividad y la situación real del nivel de aprendizaje logrado en cada periodo Se aplicará con carácter experimental el sistema de exposición de trabajos de investigación con los correspondientes pasos aplicados en este procedimiento Para tal efecto los profesores llevarán como material de trabajo en el área de evaluación: - Registro Oficial de evaluación - Registro auxiliar de evaluación
  • 34. - Banco de pruebas del Nivel y aula - Pruebas de entrada y salida - Esquema de tabulación de las pruebas triimestrales - Ficha anecdotario por alumno CAPITULO VIII DE LA PROMOCION Y REPITENCIA ARTICULO Nº 27 Promoción 1.- Primaria 2.- Secundaria 28 Repitencia 1.- Primaria 2.- Secundaria Articulo Nº 27 Promoción Al Grado Superior Inciso 1.- Primaria - Los estudiantes del 1er grado son promovidos automáticamente - Cuando los alumnos obtienen A en todas las áreas curriculares incluidas las áreas y talleres - Los estudiantes del 2, 3 y 4to grado que obtienen A en las áreas curriculares básicas y como mínimo B en las otras áreas y talleres - Los alumnos de 5to y 6to deberán obtener como mínimo A en las áreas básicas y y como mínimo B en las otras áreas y talleres Inciso 2.- Secundaria - Cuando al término del año escolar aprueban todas las áreas curriculares y de talleres, además las áreas pendientes de subsanación - Cuando al término del PRA o la evaluación de Recuperación , aprueban como todas las áreas o como desaprueban mínimo un área. Articulo Nº 28 Repitencia Inciso 1.- Primaria - Repiten de grado automáticamente de los alumnos desde el 2do grado obtienen C en dos áreas curriculares tales de Comunicación y Lógico Matemática Inciso 2.- Secundaria - Cuando al término del año escolar , desaprueben cuatro o más áreas curriculares incluidas los talleres y áreas pendientes de subsanación - Cuando al término del PRA desaprueban dos a más áreas curriculares. CAPITULO IX DE LA CERTIFICACIÓN ARTICULO Nº 29. Del nivel
  • 35. 30. De los Talleres Articulo Nº 29 Del Nivel - En los Niveles de Primaria y Secunaria se expedirán certificados de estudios correspondientes a cada año y grado - Los certificados de estudios se expediran de acuerdo a los calificativos que aparecen en las actas oficiales de cada grado de estudios Articulo Nº 30 De los Talleres La diploma sobre una especialidad ocupacional en educación secundaria se expedirá de acuerdo con los dispuesto en el Art. 80 del Reglamento de EBR y el inciso 1.7. de las Orientaciones de EBR técnico productiva. TITULO VI REGISTRO ESCALAFONARIO CAPITULO X ORGANIZACION ARTICULO Nº 31.-Organización del escalafón Docente y administrativo 32.-Su uso y obligatoriedad de su registro Articulo Nº 31 Organización El escalafón del profesorado esta constituido por un conjunto de niveles y cargos magisteriales y la ubicación del profesorado en el escalafón es determinado por los requisitos establecidos para cada nivel o escala magisterial Inciso 1.-Docente En el área de la docencia esta constituido por Niveles desde el 1er nivel al octavo nivel con un tiempo mínimo al inicio de 3 años conforme ley de Reforma Magisterial. Inciso 2.- Administrativo En el área administrativo se inicia en el 3er nivel y concluye en el 5to nivel. Se ingresa por desplazamiento horizontal Articulo Nº32 Uso y obligatoriedad Este es administrado por la oficina de la Dirección administrativa de la Institución Educativa e informada al Oficina de Personal de la UGEL e informada en forma anual . Todo personal tiene el derecho y la obligación de hacer uso del mismo por ley.
  • 36. TITULO VII DE LOS DERECHOS -DEBERES -OBLIGACIONES-FALTAS- ESTIMULOS -FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO CAPITULO XI DE LOS DERECHOS ARTICULO Nº 33. Concepto 34. Reglamentación CAPITULO XII DE LOS DEBERES ARTICULO Nº 35. Concepto 36. Reglamentación CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS ARTICULO Nº 37. Concepto 38. Reglamentación CAPITULO XIV DE LAS SANCIONES ARTICULO Nº 39. Concepto 40. Reglamentación CAPITULO XV DE LOS DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO ARTICULO Nº 41. Concepto 42. Reglamentación Artículo 41º Derechos .- Concepto  El presente reglamento reconoce los derechos del docente consagrados en la Ley de Reforma Magisterial 29944 y al Decreto Supremo N° 004-2013-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por el Decreto Supremo N° 002- 2014-MINEDU. Articulo 42º Reglamentación de los Derechos a) Desarrollarse profesionalmente en el marco de la LRM y sobre la base de la meritocracia sin ningún tipo de discriminación b) Percibir una remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial. c) Recibir asignaciones e incentivos monetarios y no monetarios. d) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la presente ley. e) Ser evaluado transparentemente conocer sus resultados, solicitar su revisión y tener acceso a su información registrada en el escalafón.
  • 37. f) Autonomía profesional en el cumplimiento delas tareas pedagógicas que le compete. g) Beneficios del programa de formación y capacitación permanente y de otros de carácter cultural y social fomentado por el estado. h) Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas. i) Vacaciones j) Seguridad social de acuerdo a ley. k) Libre asociación y sindicalización l) Reconocimiento de oficio de acuerdo a su tiempo de servicios. m) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidas por motivos de representación política y sindical, según el caso. n) Condiciones de trabajo que garanticen la calidad en el proceso enseñanza aprendizaje. o) Reingresar al servicio si no hubiera alcanzado la edad jubilatoria y no exista impedimento legal. p) Reconocimiento de sus meritos en la labor educativa q) Percibir subsidio por luto y sepelio r) Percibir una compensación por tiempo de servicios. Son derechos del Auxiliar de Educación: a) Percibir oportunamente la remuneración mensual que le corresponde. b) Recibir las asignaciones, incentivos y demás beneficios que correspondan de acuerdo a ley. c) Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece el presente reglamento. d) Gozar de licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas. e) Vacaciones. f) Seguridad social de acuerdo a Ley. g) Libre asociación y sindicalización. h) Reconocimiento de su tiempo de servicios efectivos para el otorgamiento de beneficios sociales. i) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpido por motivos de representación política y sindical, según sea el caso. j) Condiciones de trabajo que garanticen un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la presente norma. k) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia de sus acciones sobresalientes en el ejercicio de su función Articulo 38º DERECHOS DEL SERVIDOR ADMINSITRATIVO
  • 38. a) El servidor tiene derecho a desarrollarse en la carrera administrativa en base a su calificación laboral, no siendo objeto de discriminación alguna. b) Los servidores gozan de estabilidad laboral dentro de la administración. Solo pueden ser destituidos por causas previstas en la Ley y previo proceso administrativo. c) Percibir las remuneraciones que corresponden a su nivel. d) Gozar de vacaciones . e) Hacer uso de licencias o permisos por causas justificadas. f) Acumular a su tiempo de servicios hasta cuatro años de estudios universitarios a los profesionales con titulo reconocido por la ley universitaria después de 15 años efectivos. g) Hacer uso de la huelga en la forma que la ley determine. h) Los demás que señalan las leyes o el reglamento. Los derechos reconocidos por la ley a los servidores administrativos son irrenunciables, toda estipulación en contra es nula. CAPITULO XII DE LOS DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO ARTICULO Nº 39. Concepto 40. Reglamentación Artículo 39º Deberes.- Concepto Los docentes tienen deberes inherentes a su cargo, enumeradas en el presente reglamento, así como las disposiciones legales vigentes Artículo 40º Reglamentación de los deberes a) Conocer y cumplir el presente reglamento b) Cumplir en forma eficaz el proceso de los aprendizajes de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación. c) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. d) Respetar los derechos de los estudiantes asi como de los padres de familia. e) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. f) Aportar en la formulación de los documentos de gestión institucional asumiendo con responsabilidad las tareas que les competen.
  • 39. g) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos cívicos uy éticos sin realizar ningún tipo de discriminación. h) Conocer, valorar y respetar las culturas locales y las lenguas originarias de los educandos y padres de familia. i) Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. j) Cuidar, hacer uso optimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la i.e. k) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la constitución política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática. l) Contribuir al trabajo en equipo de los docentes de la i.e. y de las instancias de gestión educativa descentralizada. m) Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la i.e. Son deberes de los Auxiliares de Educación: a) Respetar los derechos de los estudiantes, así como de los padres de familia. b) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. c) Ejercer su función en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. d) Contribuir con la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. e) Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes de la institución educativa a su cargo. f) Asegurar que sus actividades se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democracia. g) Cumplir con los principios, deberes y prohibiciones del Código de Ética de la Función Pública. h) Otros que se desprendan de la presente norma. Artículo 41º De las Obligaciones del personal administrativo a) Los servidores conducirán con honestidad, respeto al publico, disciplina y eficiencia en el desempeño de los
  • 40. cargos asignados así como con decoro y honradez en su vida social. b) Cumplir con puntualidad y responsabilidad el horario establecido c) Actuar con corrección y justicia, cautelando la seguridad de los bienes de la i.e. que tenga bajo su responsabilidad. d) No deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades por la autoridad competente en relación a las necesidades de la colectividad. e) Todo aquel que conozca la comisión de un acto delictivo en su i.e. o en circunstancias relacionadas directamente con el ejercicio de su función tiene la obligación de informar oportunamente a la dirección de la i.e. CAPITULO XIII DE LOS ESTÍMULOS ARTICULO Nº 42. Concepto 43. Reglamentación Artículo 42º Estímulos Concepto.. La ley 29944 de Reforma Magisterial consideracomo derecho de los docentes el reconocimientos por parte del ministerio de educación , los gobiernos regionales y locales de los meritos y acciones sobresalientes en la labor educativa. Artículo 43º Reglamentación a) Mención honorifica con el otorgamiento de las palmas magisteriales. b) Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral, regional, ministerial o suprema. c) Viajes de estudios, becas y pasantías al interior del país o al exterior. d) Otras acciones que determine la autoridad competente. e) El otorgamiento de estímulos o incentivos para los servidores administrativos de la i.e. están plasmados en el Reglamento de la ley de carrera administrativa D.S.N° 005- 90-PCM. f) Reconocimiento de acciones extraordinarias en cumplimiento de sus funciones desempeñadas a saber: - Agradecimiento y felicitación escrita. - Diploma y medalla al mérito - La orden del servicio civil en sus siete grados. g) Becas y préstamos por estudios h) Compensación horaria de descanso por trabajos realizados en exceso a la jornada laboral, siempre y cuando no pudiera ser remunerado. i) Otorgamiento de un día de descanso por onomástico del servidor y otros que pudiera establecerse por normas expresas.
  • 41. CAPITULO XIV DE LAS FALTAS Y SANCIONES ARTICULO Nº 44. Concepto 45. Reglamentación Articulo 44º Sanciones.- Concepto Se consideran faltas a todas aquellas que incumplan al mandato de las normas y dispositivos legales: a) El incumplimiento a las normas del presente reglamento b) El descuido de los deberes de función c) El uso de sus funciones para presiones no legales con fines de lucro d) Las inasistencias injustificadas máximo de tres e) Cometer actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres. f) La acumulación de tres tardanzas ameritará el descuento de un día laboral. g) El retirarse fuera del horario establecido y acordado h) En la ficha escalafonaria del personal, se anotarán tanto los méritos como las faltas de los profesores y del personal administrativo del sector Articulo 45º Reglamentación Los profesores en caso de incumplimiento de los deberes obligaciones debidamente comprobados, son pasibles de las siguientes sanciones SEGÚN LA LEY 29944: a) Amonestación escrita b) Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones. c) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde treinta (30) días hasta 12 meses. d) Suspensión en el ejercicio de sus funciones. e) Separación definitiva del servicio. El personal administrativo y de servicio que incumplan las obligaciones comete faltas disciplinarias señaladas enlos art. 26,27 y 28 de la ley de bases y del art. 150 al 175 del reglamento D.S. 005-90-PCM. a) Amonestación escrita o verbal b) Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones. c) Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones hasta 12 meses. d) Destitución El reglamento de control de asistencia y permanencia del personal del ministerio de educación R.M. 0571-94-ED señala como falta las siguientes acciones: a) Las tardanzas e inasistencias injustificadas. b) Abandonar el puesto de trabajo sin justificación.
  • 42. c) Registrar y o firmar indebidamente la tarjeta de control o parte diario de asistencia d) Alterar, retirar o sustraer la tarjeta de control propia o ajena o el parte diario de asistencia. Además para ejecutar las siguientes sanciones se tomaran los criterios que se enumeran a continuación: 1.- Por cinco tardanzas o más al mes: a) Primera vez: amonestación escrita del director de la i.e. b) Primera reincidencia: descuento de sus remuneraciones por el equivalente de dos (2) dias c) Segunda reincidencia: suspensión sin goce de remuneraciones hasta por diez días (10) d) Las subsiguientes reiteraciones durante el año son sancionados previo proceso administrativo. 2.- Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor, sin la debida autorización del director o subdirectores a) Primera vez: llamada de atención por el personal directivo. b) Primera reincidencia: amonestación escrita suscrita por el director dela i.e. c) Segunda reincidencia: multa de uno a diez días de su remuneración total. d) La posterior reincidencia implica el cese temporal hasta por un año previo proceso administrativo. 3.- Registrar o firmar indebidamente la tarjeta de control o parte de asistencia diaria, asimismo sustraer o alterar la tarjeta de control propia o ajena o el parte diario de asistencia: a) Primera vez: multa con el equivalente de dos a diez días de su remuneración total con el correspondiente informe. b) Primera reincidencia: suspensión hasta por sin goce de remuneraciones, oficializada con resolución a propuesta de la autoridad competente. c) Segunda reincidencia: cese temporal en el cargo hasta por un año sin goce de remuneraciones previo proceso administrativo. 4.- Son faltas de carácter disciplinario : a) El incumplimiento de la ley y su reglamento b) La reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de la Dirección o Subdirecciones relacionadas con sus labores. c) Incurrir en actos de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de sus superiores, del personal jerárquico y sus compañeros de labor. d) La negligencia en el cumplimiento de sus funciones. e) El impedir el funcionamiento del servicio publico.
  • 43. f) La utilización o disposición de los bienes de la i.e. en beneficio propio o de terceros. g) La concurrencia reiterada al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias estupefacientes, y aunque no sea reiterado, cuando por la naturaleza del servicio reviste excepcional gravedad. h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro. i) Causar intencionalmente daños materiales en los locales, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de este. j) Actos de inmoralidad k) La ausencia injustificada por mas de 3 dias consecutivos o por mas de cinco días consecutivos en un period de treinta días calendario o mas de quince días no consecutivos en un periodo de ciento ochenta días ( 6 meses) calendario l) Las demás que señale la ley y su reglamento. m)Toda resolución que aplique sanción constituye demerito y la que otorga estímulos constituye meritos ambos serán anotados en oficios en la ficha de escalafón en cuanto sea remitido copia de la resolución respectiva. CAPITULO XV DE LA RELACION LABORAL ARTICULO Nº 46. Del término de la relación laboral 47. Del reingreso a la carrera magisterial Articulo 46º Del término de la relación laboral El término de la carrera docente o administrativa se expresa por resolución expedida por la ugel , con clara mención del causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma. En los casos de fallecimiento, renuncia o cese definitivo la resolución respectiva expresara además todos los aspectos referentes a la situación laboral del ex servidor o docente a fin de facilitar el inmediato ejercicio de los derechos económicos que le corresponde 1.- Según el artículo 53 de la Ley 29944 el termino de la carrera pública magisterial de los profesores se produce en los siguientes casos: a) Renuncia b) Desitución c) No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral de conformidad con el articulo 23 de la ley 29944. d) Por límite de edad al cumplir los 65 años. e) Incapacidad permanente física o mental
  • 44. f) Fallecimiento 2.- La carrera administrativa de un servidor de la i.e. termina por deceso, renuncia, cese, jubilación y destitución a) Por limite de edad al cumplir los 65 años . b) Ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño de las funciones asignadas según el grupo ocupacional, nivel y especialidad alcanzada. Esto solo procederá si el servidor ha sido sancionado en dos oportunidades y por la misma causa como reiterada o reincidente, con suspensión de 30 dias o cese temporal. 3.- Al termino de la carrera administrativa o docente el servidor deberá hacer entrega formal del cargo , bienes y asuntos pendientes de atención ante la autoridad competente que corresponda. Articulo 47º Del reingreso a la carrera magisterial El reingreso a la carrera publica magisterial esta sujeta a evaluación y de ser el caso a aprobación expresa y se sujeta a : a) El profesor que renuncia puede solicitar su reingreso a la carrera pública magisterial. El reingreso se produce en la misma escala magisterial que tenia al momento de su retiro. El reglamento establece las condiciones y procedimientos de su reingreso. b) El profesor destituido no puede reingresar al servicio público docente. TITULO VIII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS CAPITULO XVI DE LOS DERECHOS ARTICULO Nº 48. Reglamentación CAPITULO XVII DE LOS DEBERES ARTICULO Nº 49. Reglamentación CAPITULO XVIII DE LAS EVALUACIONES ARTICULO Nº 50. Reglamentación CAPITULO XIX DE LAS FALTAS 51. Faltas
  • 45. CAPITULO XIX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES ARTICULO Nº 52 Estímulos 53 Sanciones CAPITULO XVI DE LOS DERECHOS Artículo 48o.- Reglamentación De los derechos Los alumnos de la educación Básica Regular en los niveles: primaria y secundaria, tienen los siguientes DERECHOS. a) Recibir educación gratuita de calidad que asegure el desarrollo de sus aprendizajes en un ambiente sano, seguro, solidario y equitativo. b) Contar con profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral. c) Recibir buen trato y adecuada orientación de parte del Director, profesores y auxiliares de la institución educativa y de la comunidad con el propósito de vivir en armonía. d) Ser admitido gratuita y oportunamente en la I.E. e) No ser maltratado física ni psicológicamente. f) Recibir una formación basada en principios y valores éticos, cívicos y patrióticos. g) Ejercer el derecho a opinar y expresar sus ideas libremente y ser escuchado. h) Utilizar gratuitamente los textos escolares y materiales educativos que proporciona el ministerio de educación, dándoles el cuidado que necesita. i) Participar en las decisiones relacionadas con educación, mediante representantes en el CONEI y en los municipios escolares. j) Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes. CAPITULO XVII DE LOS DEBERES Artículo 49o.- Reglamentación de los deberes Los alumnos tienen los siguientes DEBERES: DE LA PRESENTACIÓN La presentación del alumno será lo siguiente: a) Mujeres: Blusa blanca, falda gris plata a la altura de cuatro dedos bajo la rodilla, medias plomas hasta la rodilla, zapatos negros, vincha y casaca azul b) Varones: Camisa blanca, pantalón gris plata a la cintura, correa negra sencilla, medias plomas, zapatos negros, casaca azul.
  • 46. El uso del uniforme nuevo es voluntario. c) El cabello corte escolar (Hombre); cabello trenzado color natural y/o moñera roja y cinta de 1 mt. (Mujer) d) Portar pañuelo y/o papel higiénico, con peine. e) Por ningún motivo el (la) alumno(a) asistirá maquillado, con uñas crecidas, con adornos, alhajas y otros similares. f) En la práctica de Educación Física usarán polo blanco, short/pantaloneta o buzo azul, medias blancas a la rodilla y zapatillas blancas, buzo del colegio debiéndose presentar con este uniforme solo el día que le corresponde el curso. DE LA PRESENCIA EN EL PLANTEL Durante las formaciones los alumnos deberán acatar las siguientes normas: a) Ingresar directamente al patio principal del plantel, en espera de la llamada de la formación, en el cual debe presentar mucha disciplina. b) Los días lunes el alumnado participará del momento cívico, presenciando el izamiento del Pabellón Nacional y entonando con fervor patriótico el Himno Nacional. c) La participación del alumnado en las ceremonias internas del plantel, es un compromiso con la institución que deberá asumir con responsabilidad, voluntad y disciplina. En julio uso de la escarapela. LOS ESTUDIANTES OBSERVARÁN LAS SIGUIENTES NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN EL AULA: a) Al cambio de hora se desplazaran hacia las aulas funcionales donde les corresponde recibir clases según su horario. b) Durante el desarrollo de las clases, el estudiante mantendrá una actitud de atención y participación que le permitirá un mejor aprendizaje. c) En la ausencia del profesor, los estudiantes respetarán las indicaciones del auxiliar, Brigadier de sección o policía escolar. d) En ausencia del Profesor de Educación Física, los estudiantes no podrán salir al patio. e) Los estudiantes no podrán ser retirado de clase sin previo informe del profesor(a). f) La presencia de los estudiantes es OBLIGATORIA, poniendo énfasis en las de ANIVERSARIO y de CLAUSURA, ante la inasistencia se le descontará 4 puntos del puntaje global; de la clausura se pasará al I trimestre del año escolar. DURANTE EL RECREO LOS ESTUDIANTES OBSERVARÁN LOS SIGUIENTES DISPOSITIVOS:
  • 47. a) Al toque de timbre se da inicio del recreo debiendo salir del aula en orden, no quedará ningún estudiante b) El recreo será utilizado para: - Hacer uso de los servicios higiénicos. No habrá permiso durante las horas de clase, salvo emergencias. - Hacer uso de los quioscos en caso lo deseen. - Las actividades recreativas lo realizarán en los patios, no así en las aulas, corredores y jardines. c) Las actividades recreativas se realizarán en un ambiente compañerismo, las mismas que no pondrán en peligro la integridad física o moral de sus compañeros. CAPITULO XVIII DE LAS EVALUACIONES Artículo 50o.- Reglamentación de las evaluaciones a) Los estudiantes serán evaluados permanentemente, con una frecuencia que corresponda a las necesidades de regular y orientar el proceso de enseñanza – aprendizaje, dentro de un marco de evaluaciones de entrada proceso y salida. b) La evaluación del comportamiento se hará teniendo en cuenta los siguientes criterios: 1) Asistencia y puntualidad. 2) Responsabilidad. 3) Orden y presentación personal. 4) Disciplina y actitudes de respeto. 5) Colaboración. c) La evaluación de las áreas curriculares se harán conforme a las normas vigentes. d) Las pruebas debidamente corregidas, serán entregadas a los alumnos para su conocimiento y verificación. e) Cuando el estudiante no rinda una evaluación escrita por inasistencia, deberá presentar una solicitud a la dirección acompañada de documentos sustenta torios que justifiquen su falta, para que se le autorice una nueva evaluación. f) La libreta de notas serán recogidas por los padres o apoderados en las fechas establecidas y devueltas en el lapso de 48 horas debidamente firmadas. DE LAS INSTALACIONES a) Los estudiantes cuidarán de mantener limpios los diferentes ambientes de la institución Educativa, depositando los papeles y desperdicios en los tachos y/o cilindros destinados para este fin.
  • 48. b) Los estudiantes son responsables de mantener su aula en perfectas condiciones de higiene, que queden limpias y en orden al término de cada jornada escolar. c) La pizarra debe permanecer siempre limpia, no está permitido escribir ni dibujar en ella en ausencia del profesor o del auxiliar de educación. d) Los servicios higiénicos serán usados solo en los recreos y fuera de esto sólo en caso de emergencia. CAPITULO XIX DE LAS FALTAS Artículo 51o.- De las faltas Constituyen faltas las acciones u omisiones contrarias al presente reglamento, las cuales ameritan amonestación y descuento de la nota de comportamiento. Inciso 1.-: De las faltas leves Constituyen faltas leves: a) Presentarse en forma contraria a lo dispuesto en el presente reglamento b) Llegar con tardanza a la institución. c) Tener inasistencias injustificadas. d) Llevar cosas prohibidas como radios, MP3, MP4, celulares, cámaras fotográficas, USB que no sean con fines educativos , las cuales serán decomisadas hasta fin de año. e) Organizar rifas, bailes, festivales, erogaciones, u otras actividades sin conocimiento o autorización de la dirección del plantel. f) Realizar ventas o negocios de cualquier índole. g) Portar alhajas tales como cadenas, pulseras, aretes ,etc. h) Permanecer en los alrededores del plantel en horas de clases. i) Presentarse maquillados y o con uñas largas y pintadas . j) Realizar propagandas de carácter político. k) Practicar juegos de envite o bruscos que atenten contra la integridad física de sus compañeros. l) Portar revistas o folletos no educativos ( pornográficos). m) Inmiscuirse en asuntos que sean de competencia del docente o auxiliar o del personal en general. Inciso 1.-: De las faltas graves Constituyen faltas susceptibles de merecer suspensión o separación de la I.E. las cuales concurren con nota desaprobatoria de comportamiento: a) Faltar de palabras u obras a las autoridades del plantel b) Plagiar durante las evaluaciones. c) Robo comprobado de bienes de la institución, del personal o compañeros. d) Participar en riñas callejeras que atenten contra la integridad de sus compañeros y el prestigio de la i.e.
  • 49. e) Introducción y o uso de drogas en la institución. f) Ser reiterantes en acusar tardanzas y o faltas injustificadas. g) Evadirse de la hora de clase de la institución. h) Deterioro intencionado de los útiles escolares de los compañeros, mobiliario o infraestructura de la institución. i) Alterar deliberadamente las libretas de notas o cualquier otro documento de evaluación. j) Falsificar firmas y o sellos del docente, auxiliares o del padre de familia o apoderado o de compañeros en forma mal intencionada. k) Atentar contra el honor de compañeros, profesores y autoridades del plantel con expresiones injuriosas. CAPITULO XX DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES Artículo 52o.- De los estímulos Los alumnos de Educación Primaria y Secundaria gozan de los siguientes ESTÍMULOS: a) Felicitación escrita, diploma al mérito, Resolución de Felicitación, viajes de estímulo y becas de estudio. b) Realizan acciones extraordinarias dentro de la I.E. tanto en el orden académico como del comportamiento fuera del colegio, a favor de la comunidad y de la nación. c) Los dos (02) primeros alumnos de la I.E. que tienen los más altos promedios generales al finalizar la educación secundaria, se hacen acreedores de la Beca de ingreso a la Universidad, el tercero a los Institutos Pedagógicos estatales, y el cuarto y quinto a los Institutos tecnológicos Superiores públicos, conforme a los dispositivos vigentes. Artículo 52o.- De las sanciones Los alumnos de la educación Primaria y Secundaria por el incumplimiento de sus deberes son acreedores a las siguientes SANCIONES: a) Amonestación verbal o escrita del profesor. b) Amonestación verbal o escrita del Director. c) Suspensión de la Institución Educativa. d) Separación de la Institución Educativa (solo secundaria). e) Pérdida de la condición de estudiante en el plantel al que pertenece. (Sólo Secundaria.)
  • 50. En aplicación de las sanciones a los alumnos se evita la humillación y se brinda la orientación correspondiente para su recuperación. La sanción se determina por Resolución directoral por un periodo no mayor de ocho días en caso de falta grave que compromete dañe a la infraestructura, la seguridad física o moral de los alumnos o personal de la I.E. La sanción se aplica previo informe del órgano competente. Inciso 1.-: De las tardanzas reiteradas Las tardanzas reiteradas a partir de la tercera se sancionaran: a) En primera instancia , llamado del padre o apoderado y descuento de un punto en el comportamiento por cada uno b) En caso de la tardanza se realice en forma sucesiva se afectara con tres puntos menos en comportamiento por cada dia c) De persistir las tardanzas se suspenderá al estudiante de uno a tres días. Inciso 2.-: Las insistencias injustificadas Las inasistencias injustificadas se sancionaran: a) En primera instancia citación del padre o apoderado y descuento de un punto del comportamiento por cada dia b) En caso de reincidencia en las faltas se descontaran 3 puntos en el comportamiento por cada inasistencia injustificada. c) De persistir las faltas se suspenderá al estudiante de dos a cinco días. Inciso 3.-: La acumulación del 30% de inasistencias injustificadas invalidaran la promoción del estudiante. Inciso 4.-: El estudiante que incurra en cualquiera de las faltas tipificadas en el presente reglamento llevaran una anotación en la agenda escolar, informándose a los padres de familia o apoderados.de la falta. Inciso 5.-: El estudiante que acumule hasta 3 anotaciones en la agenda por mal comportamiento obtendrá nota desaprobatoria en comportamiento, cuyo promedio será de acuerdo al tipo de falta cometida. Artículo 53o.- Cuando el alumno repita de grado por dos años consecutivos o repite de grado con más de seis cursos sin causa justificada o se retirase por el mismo motivo, el director de la I.E. recomienda al padre de familia su traslado a otra institución. Artículo 54o.- En caso de evasión de la I.E. será sancionado de acuerdo a la gravedad de la falta, según el art. 87 del presente reglamento.
  • 51. Artículo 55o.- En caso el alumno ocasione deterioro de la infraestructura de la institución educativa, el alumno asumirá las responsabilidades económicas para subsanar el daño ocasionado. Artículo 56o.- Los alumnos de los niveles Primaria y Secundaria, tienen prohibidos traer a la institución educativa: equipos celulares, reproductores MP3, portátiles de video, etc., caso contrario, serán decomisados y entregados al término del año lectivo al padre de familia. Artículo 57o.- Se considera falta grave, con separación definitiva de la institución educativa, la introducción de armas punzocortantes y sustancias psicoactivas que atente con la integridad de la persona. TITULO IX DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES PATRIMONIALES DE LA I.E. CAPITULO XXI PATRIMONIO E INVENTARIO ARTICULO Nº 58. Del patrimonio 59. Del inventario CAPITULO XXII DEL INCREMENTO, ALTAS, BAJAS Y RETIROS ARTICULO Nº 60. Del incremento y altas de bienes 61. De las bajas y retiros CAPITULO XXIII DE LAS DONACIONES ARTICULO Nº 62. La donación CAPITULO XXIV DE LOS RELEVOS DEL CARGO ARTICULO Nº 63. Relevo de un directivo ,docente o administrativo. CAPITULO XXV DE LAS PERDIDAS , ROBOS Y HURTOS ARTICULO Nº 64. Del caso de perdidas , robos o hurtos en la I.E. CAPITULO XXVI DEL AUDITORIO ARTICULO Nº 65. Del uso del auditorio 66. Del uso y conservación del auditorio 67. Casos no previstos
  • 52. Articulo 58º Del patrimonio Patrimonio es todo aquello que posee la institución educativa ya sea en bienes materiales o intangibles, divisibles, sin detenerse en su valor o tipificación. Todo lo que posee, incluyendo obras de infraestructura construidas por convenios, y constituye su respaldo y por tanto significa un contenido económico financiero para la Gestión. Articulo 59º Del inventario Inventario es el resultado de la verificación de la existencia física de los bienes y materiales de una entidad que consiste en elaborar la relación valorizada de las mismas en los formularios de inventario donde se registra en forma detallada el N° de orden, código del bien, cantidad y descripción del bien, N° de inventario, valor unitario y N° de cuenta ( R.M. 260-90-ED) Inciso 1.- Del inventario físico Se hace anualmente, siendo el director de la I.E. responsable de su aprobación para lo cual la Comisión de inventario verificará según calendario programado o cuando las circunstancias lo requieran Dicha Comisión hará el seguimiento de los bienes o servicios innecesarios para la i.e. dándose de baja de acuerdo a ley. El director señalara y designará el personal que integre los equipos de inventario que tendrán a su cargo el levantamiento actualizado o control Inciso 2.-: Del Minedu y el inventario El ministerio de educación formulará y aplicará normas para verificar la existencia, estado y condición de utilización de los bienes y enseres de los que dispone la I.E., básicamente la verificación se refiere a: d) Existencia o presencia del bien e) Estado para apreciar la conservación o deterioro del bien. f) Condición de utilización del bien para constatar en que se emplea, lugar, habilidades del responsable, condiciones de seguridad y el empleo en beneficio de la I.E. ( R.J. 118-80- INAP). Inciso 3.-: De la verificación Durante la verificación física se procederá a codificar los bienes que no cuenten con el código respectivo. Concluida la verificación se debe proceder mediante cargo a asignar o actualizar la asignación de bienes en uso a cada uno de los responsables donde se encuentre ubicado el bien. Cualquier negligencia será responsable el que se le asigne el bien, individual o colectivamente. Inciso 4.-: De bienes faltantes Si el proceso de verificación física verifica bienes faltantes, la comisión de inventario determinará las causas y actuará en la forma siguiente:
  • 53. a) Faltante por robo o extravio, organizará un expediente administrativo que contenga las investigaciones realizadas acompañadas de la denuncia policial correspondiente, elevando a la UGEL. b) Faltante por negligencia ,el titular del órgano respectivo y el servidor al que se le asignó el bien será responsable de dicha pérdida. Articulo 60º Del incremento y altas de bienes Inciso 1.-: Del incremento Se considera incremento a la recepción de bienes muebles, construcciones o inmuebles a la I.E. como adición a los que posee, en los siguientes casos: a) Bienes provenientes del Ministerio de educación y otros organismos públicos o privados. b) Traslados internos entre dependencias de un entidad Inciso 2.-: Del alta Se considera alta a la posición y registro de bienes muebles en el margesí (relación de bienes) de la I.E. ya sea por donación o transferencia, eventos o compras, las cuales deberán registrarse en el inventario adjuntando la documentación sustentatoria, comprobando su existencia física, estado de conservación y condiciones de utilización. Inciso 3.-: Del sustento del alta Toda alta debe estar sustentada con el documento respectivo en el que debe figurar la descripción completa, valor, y demás especificaciones del bien, al que de inmediato se le asignara un número de registro para su identificación y control. Articulo 61º De las bajas y retiros de bienes Inciso 1.-: De las bajas Se considera baja a la salida de bienes del margesí de la I.E. producida por los siguientes causales: a) Inutilización o desgaste en el servicio. b) Daños inferidos por terceras personas c) Robo o hurto con conocimiento a las autoridades pertinentes d) Siniestro ( sismos, incendios, inundaciones) e) Pérdida en el servicio debidamente comprobado f) Transferencia g) Obsolencia, y h) Entrega como parte de pago para la adquisición de otros bienes. Inciso 2.-: Del sustento de la baja La baja será considerada por el director de la i.e. mediante oficio dirigido al director de la UGEL indicando motivo de la