TEMA 3 DECISIONES DE INVERSION Y FINANCIACION UNIVERISDAD REY JUAN CARLOS
Revista sistema
1. SUPERINTENDENCIA DE
BANCOS Y OTRAS
INSTITUCIONES BANCARIAS.
La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones
Financieras, fue creada por la Ley de Bancos del 24 de
enero de 1940. Con su creación se sustituyó a la
Fiscalía General del Ministerio de Fomento a cuyo
cargo habían estado las funciones de vigilancia y
revisión de la actividad bancaria. Es así como nace el
Ente que vino a fiscalizar, inspeccionar y vigilar a la
banca, casas de cambio y demás instituciones de
carácter financiero.
Integrante:
Maria Torrez
CI 27.987.984.
Sección CO2103.
2. TIPOSY ANTECEDENTES DEL CONTROL BANCARIO.
Los tipos de control son asuntos
que tienen relación directa con las
funciones de los departamentos de
contabilidad y finanzas. Por ello, se
dice que el control interno incluye,
además de los controles financieros,
los de carácter administrativo o
gerencial. Aunque es difícil delimitar
estas áreas, es necesario
comprender las diferencias entre lo
financiero y lo administrativo, ya que,
como dijimos, ambos hacen parte
del control interno.
Control interno financiero: El
control interno financiero comprende
el plan de la organización y las
políticas y procedimientos que
conciernen a la custodia de los
recursos, así como la verificación de
la exactitud y confiabilidad de los
registros e informes financieros.
Control interno administrativo:
Comprende los planes, políticas y
procedimientos que conciernen a los
procesos de decisión que llevan a la
autorización de las transacciones y
operaciones por parte de la gerencia.
Los antecedentes del control
bancario :La inestabilidad bancaria en
Venezuela se ve influenciada
principalmente por la falta de
estabilidad política, todas o la mayor
parte de la banca sólo concedía
préstamos al sector gubernamental y
participaba como ente de recaudación
aduanera.
Un año más tarde es presentado en el
país el "Proyecto Revenga", un banco
nacional para la Gran Colombia (hoy
Colombia, Ecuador, Panamá y
Venezuela) cuya sede estaría ubicada
en Bogotá y se abrirían 4 sedes
inicialmente en Caracas, Cartagena,
Guayaquil y Ciudad de Panamá, al
igual que el caso del Banco de
Venezuela de 1825 no llegó a termino
el proyecto. En 1839 se funda por
William Ackers el primer banco en
Venezuela aunque de capital
extranjero, el Banco Colonial Británico
que fue dirigido por Leandro de
Miranda, hijo de Francisco de Miranda,
en 1848 cesa operaciones
Para 1861 se establece un banco
denominado Banco de Venezuela (sin
relación alguna con el actual) que solo
lograría cumplir un año de servicios tras
fracasar en las políticas bancarias que
se habían trazado.
Bajo el nombre de Banco Caracas se
intentarían establecer en cuatro
oportunidades instituciones bancarias
comerciales en el país, apartando un
intento fallido de 1838 de creación de
un banco; el primer Banco de Caracas
nace 1862 pero sería liquidado en 1863,
luego serían fundados y liquidados
otros bancos con ese nombre entre
1876-1877, 1877-1879 y 1879-1883.
Una vez liquidado el último de los que
se llamaron Banco Caracas se funda el
Banco Comercial, que logró
consolidarse y crecer hasta
transformarse en Banco de Venezuela
en 1890 aún existente.
3. Función y Organización
Consiste en asignar funciones y
responsabilidades individuales a los
miembros de normal procedimientos,
diagramas de procesos y manual del
funciones, todas estas desimanaciones
se realiza de los recursos humamos y
física con que cuenta la intuición.
Todo el presos de la organización
bancaria se refleja en un organigrama
que es una expresión grafica de la
organización, que permite visualizar la
estructura jerárquica, funcional y la
ubicación del personal dentro de la
entidad financiera.
Directorio
Ejecutivo
Asesores
Operativo
Administrativo
Así mismo esto el proceso
de organización bancaria
Principales funciones de los bancos.
Canalización del ahorro a través de la demanda de una
rentabilidad por la confianza del cliente de su depósito de
capital en el banco.
Seguridad en el depósito de capital. Los bancos guardan el
dinero de las personas y tienen sistemas de seguridad muy
potentes que permiten garantizar el dinero de sus clientes.
Emisión de préstamos y crédito. Por ejemplo, un préstamo
personal para montar un negocio o un préstamo para la
compra de una vivienda.
Emisión de productos financieros que ofrecen una
rentabilidad garantizada o no.
Control de la masa monetaria en circulación siguiendo las
directrices de los bancos Centrales.
Cumplimiento de los ratios mínimos de reservas para
garantizar la liquidez de la masa de capital de sus clientes y
de esta forma, evitar riesgos de impagos y de contagio a
otros sectores de la economía.
Equilibrar el cociente entre expansión del crédito y volumen
de depósitos en manos del público.
Ofrece servicios de asesoramiento financiero y patrimonial
en materia de seguros, domiciliación de la nómina,
optimización de la rentabilidad de los ahorros.
Permite aplazar pagos y uso de tarjetas de crédito y de
débito para la disposición de dinero en efectivo.
4. ATRIBUCIONES DEL SUDEBANY MEDIDAS ADMINISTRATIVAS.
Atribuciones del SUDEBAN.
Autorizaciones.
Para la promisión y apertura de banco.
Funciones, disoluciones, venta, aumento de capital, etc..
Adquisición de mas del 10% de las acciones.
Medidas administrativa.
Suspensiones y revocatoria de las autorizaciones.
Estación o la intervención de los banco.
Emitir normativas prudencial.
Inspección, supervisión, vigilancia y control.
Apoyo o otras organismo.
Servicio publica.
Registro de contadores públicos.
Recibir, tramitar y resolver reclamos y denuncias.
Publicaciones.
Medidas Administrativas.
Las medidas administrativas se
definen como las acciones
realizadas por las haciendas
publicas locales para hacer eficiente
la administración tributaria y para
facilitar al contribuyente el
cumplimiento de sus obligaciones
fiscales en tiempo y forma. A manera
de ilustración puede decirse que
realizar la actualización de los
padrones fiscales y el
establecimiento de horarios
adecuados a la disponibilidad de
tiempo de los contribuyentes, como
el habilitar las ventanillas de los
bancos comerciales y de las tiendas
de autoservicio para que realicen
cómodamente sus pagos, son
medidas administrativas.
Las medidas coactivas son las
acciones que ejerce la hacienda
publica para obligar al contribuyente
al pago de las contribuciones que le
corresponden; destacan en este
contexto la supervisión y monitoreo
que llevan a cabo las autoridades
fiscales para determinar si se esta
cumpliendo con los pagos
correspondientes, as como los
requerimientos, las auditorias a
declaraciones presentadas por los
contribuyentes.
Las oficinas que instrumentan las
medidas administrativas suelen
llamarse, Oficinas de Administración
Tributaria, OAT, en tanto que las que
ejercen las medidas coactivas se
denominan Oficinas de Fiscalización.
5. RELACIÓN DE BANCOS, ENTIDADES DEL AHORRO Y PRÉSTAMO
CONTRA INSTITUCIONES FINANCIERA CON SUPERINTENDENCIA
RÉGIMEN FINANCIERO, CONSEJO SUPERIOR.
LEY GENERAL DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS.
Alcance de la facultad del derecho de inspección, vigilancia,
supervisión y control, inclusive la revisión de todos los libros
existentes. (Art.249).
Formación de expedientes de los banco de ahorro y préstamo y
además personas sometidas a su control con las cuales archivara
capias del documentos. (Art.250)
Suministro de información, donde la entidades de ahorro y
préstamo otras instituciones financieras, y demás personar
sometidas al control de la superintendencia de bancos y donde se
llevara un plazo. (Art,251)
Del secreto Bancario son las solicitudes de información
realizadas por la superintendencia de banco en el ejercicio de sus
funciones. (Art.252)
Auditorio externas se deben realizar los bancos, entidades de
ahorro y préstamo y otras instituciones financiera de conformidad
con la ley deberán se suscrita por profesionales como es el
registro de contadores públicos . (Art.253)
Estados financieros donde presenta la superintendencia de
bancos y otras instituciones financiara, según lo que están
disponga, sobre si forma, contenido y además requisitos, para
cada tipo de empresa, siguientes:
Un balance general y estado de resultados de sus operaciones
durante el mes inmediato anterior, dentro de los primeros quince
(15) días continuos siguientes al respectivo mes.
Una relación de indicadores sobre su situación financiera al final
de cada trimestre, la cual deberá enviarse dentro de los primeros
quince (15) días continuos siguientes al respectivo trimestre.
Un balance general y estado de resultado correspondientes al
ejercicio semestral inmediato anterior, dentro de los primeros
quince (15) días continuos
siguientes al final de cada ejercicio.
Los estados financieros correspondientes al ejercicio semestral
inmediato anterior, auditados por Contadores Públicos en
ejercicio independiente de la profesión, inscritos en el registro
que lleva la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones
Financieras, de acuerdo a las reglas que para la realización de
tales auditorías ésta establezca, dentro de los noventa (90) días
continuos siguientes al final de cada ejercicio. Estos documentos
deberán ser publicados conforme lo establezca el Manual de
Contabilidad emanado de la Superintendencia de Bancos y
Otras Instituciones Financieras.
Alcance de
facultad
Art.249
Formación
de
expedient
e Art.250
Suministro
de
informació
n Art.251
Secreto
Bancario
Art.252
Auditorio
Externas
Art.253
Estado
Financiero
Art.194.
6. PRESUPUESTO
Presupuesto.
El superintendente de
banco y otras
instituciones
financiera formulara
el presupuesto.
Los presentara al
Ministro de Finanzas
para su aprobación y
tramitación.
El superintendente presentara anualmente
al Ministro de Finanzas y un informen
sobre la ejecución del presupuesto y le
remitirá la información periódica de su
gestión presupuestaria.
Los excedentes podrían ser colocado en
depósitos a plazo fijo o en títulos valores de
alta seguridad, rentabilidad y liquidez emitidos
o garantizado por r la Reduplica de Venezuela.
Aporte espaciales que
son las normal por la
ley Art.263.
Alícuotas que es el valor del
monto suficiente para cubrir los
gasto previsto este son ente 0,4
por mil y 0,6 por mil. Art.265.
Bases de cálculos que
conforma el balance general
de aporte. Art.266.
Periodicidad del pago durante
los primeros 5 días hábiles de
cada mes.Art.268.