Este documento trata sobre la violencia en el lugar de trabajo. Define la violencia laboral como un riesgo laboral que incluye agresiones físicas, conductas verbales o físicas amenazantes, intimidatorias, abusivas o acosantes. Explica que el acoso sexual y por razón de sexo son formas de violencia, y que el empleador es responsable de prevenir la violencia y apoyar a las víctimas. También resume los protocolos existentes para tratar incidentes de violencia y acoso.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
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Riesgos psicosociales más comunes que se presentan en los trabajadores de cualquier empresa, estos que están condicionados a la personalidad de cada individuo y la organización de la empresa donde labora.
Conocer y sensibilizar para prevenir el acoso laboral nuevas estrategiasCarlos del Río
Edita: FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 61
Autor: David Piélago Solís, psicólogo del Área de Prevención de FREMAP.
Coordinación técnica y edición: Ignacio Menéndez Medrano, Responsable de Publicaciones del Área de Prevención de FREMAP.
Riesgos psicosociales más comunes que se presentan en los trabajadores de cualquier empresa, estos que están condicionados a la personalidad de cada individuo y la organización de la empresa donde labora.
Conocer y sensibilizar para prevenir el acoso laboral nuevas estrategiasCarlos del Río
Edita: FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 61
Autor: David Piélago Solís, psicólogo del Área de Prevención de FREMAP.
Coordinación técnica y edición: Ignacio Menéndez Medrano, Responsable de Publicaciones del Área de Prevención de FREMAP.
En la actualidad hablar de acoso es hacer alusión a una persecución sin motivo alguno de manera insistente y sin tregua ni reposo; tal situación tiene como resultado alto impacto psicológico y familiar, laboral y fisiológico en el acosado
Procedimiento de solución de los conflictos de violencia laboral (I) NTP 891
Nota técnica Preventiva 891 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
La NTP 891 propone un procedimiento preventivo proactivo que sirva como marco de actuación eficaz frente a las situaciones de violencia en el trabajo. En esta primera parte se expone el alcance del procedimiento, el contexto de su aplicación y las características del mismo.
Se pretende que el uso de esta herramienta sirva para guiar la actividad preventiva y afrontar de forma interna en la empresa este tipo de riesgos, dado que actualmente parece existir un déficit en esta materia.
La violencia laboral. definición y alcance del procedimiento
El recurso a la violencia por parte de un individuo, grupo u organización constituye, lamentablemente, una práctica que forma parte de nuestra realidad cotidiana.
En el ámbito laboral las situaciones de violencia, aunque sean de baja intensidad, acaban generando entornos nocivos y tóxicos lo que repercute no sólo sobre los actores directamente implicados, sino también sobre la empresa en su conjunto y, en cierta medida, sobre la sociedad.
Así, los efectos negativos de la violencia en el trabajo tienen una incidencia directa sobre la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a estas situaciones, a través del deterioro de las condiciones de trabajo y organizativas.
La Violencia y el Acoso Laboral en ParaguayBelnArza
Nos adentramos en las formas de acoso o abuso laboral en paraguay y cuales son las legislaciones que nos amparan- Ademas se indican cuales son los mecanismos en caso de exisitir violencia o acoso en el amito laboral
Qué diferencias habría según tu criterio entre acoso laboral y comportamiento tóxico
Desde mi punto de vista la principal diferencia es que el acoso se dirige contra alguien a quien se pretende anular, destruir o expulsar de la organización, para lo que se actúa con extrema intensidad, mientras que el comportamiento toxico opera con lo que podríamos llamar baja tensión, se dirige contra una generalidad de sujetos y no tiene normalmente otra finalidad que la de la satisfacción, nunca conseguida, de los desequilibrios de su emisor. En este sentido no busca objetivos para la organización como los que caracterizan el abuso del poder de dirección.
Conoce qué es el mobbing, según el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo
Conoce qué es el acoso laboral, según la "NTP 854: El hostigamiento psicológico en el trabajo: mobbing", del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
La literatura internacional se refiere con el término de mobbing a ciertas situaciones de hostigamiento psicológico en el trabajo que se manifiestan en forma de conflictos interpersonales.
La presente Nota Técnica Preventiva (NTP) identifica el concepto y sus características, su génesis, manifestaciones y evolución.
Se hace hincapié en la importancia de sus consecuencias y en la necesidad de identificarlo a tiempo y de darle solución en sus fases más tempranas.
Antecedentes
En España, se ha dado una variedad terminológica notable para nombrar este fenómeno:
mobbing, acoso moral, acoso psicológico, hostigamiento psicológico, psicoterror laboral, maltrato psicológico, violencia psicológica, acoso laboral, acoso social, terrorismo psicológico, etc.
No obstante, entendemos que tanto lo que define al proceso como su desarrollo y posteriores consecuencias encaja mejor en la conceptualización de Acoso Psicológico en el Trabajo.
Introducción
En las organizaciones de trabajo suelen estar contempladas las relaciones que deben establecerse entre los distintos individuos y grupos para la realización de la tarea encomendada. Sin embargo, la existencia de otros tipos de relaciones, distintas de las meramente productivas, entre los distintos individuos de una empresa, así como el desarrollo formal de todas las relaciones en general, es algo que no suele merecer atención al no ser aspectos directamente relacionados con la realización del trabajo.
Como consecuencia, es posible que se dé un funcionamiento anormal de la organización social, lo que puede traducirse en consecuencias bastante más amplias que simples discusiones o problemas personales.
Distintos estudios han puesto de manifiesto que la existencia de problemas en estos ámbitos está relacionada con la aparición de ciertas disfunciones que repercutirán tanto sobre los trabajadores (mal clima laboral, insatisfacción en el trabajo, desmotivación,...) como sobre el funcionamiento de la empresa (absentismo, abandonos del trabajo, incremento de la accidentabilidad, disminución de la cantidad y la calidad del trabajo,...).
dentro del ambito de los riesgos psicosociales, como se pasa de un mito a una realidad ampliamente estudiada por psicologos, siquiatras, sociologos y antropologos, como la organizacion y division del trabajo es capaz de proyectar efectos en la salud del trabajador, trabajadora ser humano en fin, espero sus comentarios
2. VIOLENCIA EN EL LUGAR DE
TRABAJO
Al efecto de prevenirla o erradicarla cuando se ha producido
violencia de cualquier tipo, desde el Comité de Empresa
elaboramos te ayudamos a comprender e identificar una
situación de violencia, tanto si la padeces tu como si se
produce sobre algún compañero/a de trabajo.
La violencia en el trabajo es UN RIESGO
LABORAL que debería estar debidamente
evaluado y así poder evitarlo. Casi todos
los riesgos laborales pueden evitarse y
cuando no, minimizarse.
Por otro lado la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales (año 95) hace
responsable al empresario o empleador de
la protección de nuestra seguridad y salud
(física y psíquica) en nuestro puesto de
trabajo.
3. Violencia en el lugar de trabajo.
Por otro lado la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (año 95)
hace responsable al empresario o empleador de la protección de
nuestra seguridad y salud (física y psíquica) en nuestro puesto de
trabajo.
El Art. 14 (de la LPRL) Derecho a la protección frente a los riesgos
laborales
14.1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en
materia de seguridad y salud en el trabajo.
El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber de
protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.
La NTP 489: Violencia en el lugar de trabajo, elaborada por el Instituto
Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo aborda en esta
normativa la problemática de los comportamientos violentos de los que
pueden ser víctimas las personas por razón de su trabajo…
Dice que uno de los riesgos a los que están sometidos las personas en
el desempeño de su trabajo deriva de la interrelación con otras
personas. El despliegue de comportamientos violentos puede suponer
un importante riesgo para la salud y la seguridad de las personas…
4. Violencia en el lugar de trabajo.
Normalmente existe la tendencia de asociar violencia
con la agresión física…pero el concepto de violencia
debe ser más amplio y debe incluir y comprender otras
conductas susceptibles de violentar e intimidar al que las
sufre. La violencia en el trabajo incluiría, además de las
agresiones físicas, las conductas verbales o físicas
amenazantes, intimidatorias, abusivas o acosante.
La NTP 489 clasifica los tipos de
violencia, pero creemos que el que
más se adapta a nuestro entorno es
la VIOLENCIA TIPO II
5. Violencia tipo II
En estos casos existe algún tipo de relación profesional entre
el causante del acto violento y la víctima. El primero puede
ser quien recibe un servicio ofrecido por el lugar afectado por
el hecho violento o que ofrece la propia víctima (un
cliente, un paciente, un consumidor…) Normalmente estos
hechos violentos se producen mientras se ofrece el servicio
(personal sanitario, profesores….)
Las causas de la violencia pueden ser
muchas, si bien algunas causas
inmediatas pueden ser fácilmente
identificables
(conflictos, cólera, frustración, problemas
de comunicación…)
Lo que resulta importante, como punto de
partida, es proceder al análisis de los
trabajos que se realizan en una empresa
para identificar cuales tiene riesgo.
6. Implicación de los distintos agentes de la empresa
Los integrantes de la empresa deben adoptar una
política de no violencia, en el sentido de no permitir que
existan acciones de intimidación, amenaza, daño ni
entre empleados ni en la relación con los clientes
(pacientes-acompañantes)
En tal sentido, ha de asegurarse una persecución
enérgica de hechos o conductas violentas.
7. Apoyo a las víctimas.
El impacto de un incidente violento es muy variable, dependiendo de la naturaleza y
gravedad del incidente…pero en cualquier caso, generan una serie de consecuencias
sobre el trabajador y sobre la plantilla que se deben tratar.
Las consecuencias pueden manifestarse en sentimientos de cólera o ira, en una
desconfianza general frente a personas extrañas, en ataques de pánico y ansiedad…o de
indefensión, de aislamiento, vulnerabilidad, culpabilidad…y asociado a todos ellos se
suelen producir sintomatología física asociada a estrés (trastornos de sueño, del apetito…)
Todo ello puede afectar no solo a la vida profesional sino a la personal. Por ello es
importante dar una respuesta rápida y profesional que permita ayudar a recobrarse del
evento traumático. Este apoyo ha de ser a corto plazo y lo más inmediatamente posible al
acontecimiento de violencia y a largo plazo (haciendo un seguimiento de la víctima).
Una vez efectuada la introducción general al tema, intentaremos hacer un resumen de los
principales conceptos: Mobbing, maltrato y otras formas de violencia en el trabajo:
violencia sexual o por razón de género (discriminación)…Así como su prevención y el
cómo actuar cuando se produce una conducta violenta de cualquiera de los tipos. Para
ellos disponemos de Protocolos que todos deberíamos leer (Intranet del Hospital) y en la
WEB del comité de Empresa.
8. PROTOCOLOS O PROCEDIMIENTOS EXISTENTES EN
EL HSR
PROCEDIMIENTO DE ACTUACION FRENTE
A L ACOSO MORAL ( C. Igualdad)
PROTOCOLO PARA PREVENIR EL ACOSO
SEXUAL Y POR RAZON DE GÉNERO( C.
Igualdad)
PROTOCOLO PARA PREVENIR LAS
AGRESIONES ( CSSL)
9. COMISION DE IGUALDAD
Es una comisión paritaria (3 miembros por parte de la empresa y 3
por parte del comité de empresa) que además de velar por la
igualdad efectiva en la empresa (ausencia de discriminación) tiene
el encargo de recibir e investigar las denuncias que realicen los
trabajadores/as del centro por algún tipo de sospecha de
realización de comportamiento violento, acoso, maltrato
psicológico, etc. La Comisión siempre tiene la obligación de
investigar los hechos de los que tiene conocimiento y, caso de ser
ciertos, es la Dirección de la empresa la encargada de aplicar el
régimen disciplinario a quien corresponda, a la vez que protege a la
víctima, como es su deber, como hemos visto al inicio.
En todos los casos de VIOLENCIA existe un desequilibrio de poder
entre el acosador y la víctima del acoso, entre el agresor o
agresora y la agredida/o.
10. Violencia en el trabajo
¿Qué es? ¿Cómo reconocerla? ¿Qué hacer? - Herramientas para
denunciarlo.
SIEMPRE deber ser tratado como UN RIESGO LABORAL, porque se
produce en el desempeño del trabajo y deriva de la interrelación con otras
personas.
La tendencia es asociar la violencia con AGRESIÓN FÍSICA, pero está es
una de sus manifestaciones aunque minoritaria.
La violencia en el trabajo se produce con más frecuencia en los servicios
públicos (enseñanza, sanidad, comercio, hostelería….).
Así la VIOLENCIA en el trabajo debe incluir: Agresión física, CONDUCTAS
VERBALES O FÍSICAS AMENAZANTES, INTIMIDATORIAS, ABUSIVAS O
ACOSANTES.
Problema: Diferenciarlos de las agresiones físicas y reconocerlos como
otro tipo de agresión, tanto por la empresa como por el trabajador/a.
Importante: el Empleador es RESPONSABLE de que no se produzcan
estas conductas violentas, así como de ACTIVAR rápidamente el
Protocolo o Procedimiento correspondiente, a fin y efecto de minimizar
11. Conceptos, definiciones y elementos comunes en todos los tipos
de violencia en el PT
ACOSO SEXUAL.
“La situación en que se produce cualquier comportamiento
verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el
propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una
persona, en particular cuando se crea un entorno
intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo”
Añadimos: y que son desarrolladas en el ámbito de
organización de una empresa o en relación o como
consecuencia de una relación de trabajo, QUE ES OFENSIVA
Conductas: Observaciones sugerentes, chistes o comentarios sobre la
Y NO DESEADA POR LA VICTIMA….”
apariencia o la condición sexual del trabajador o trabajadora, peticiones de
favores sexuales, incluyendo todas aquellas insinuaciones o actitudes que
asocian la mejora de las condiciones de trabajo o la estabilidad en el empleo a
la aprobación o denegación de estos favores.
Cualquier otro comportamiento que tenga como causa o como objetivo la
discriminación, el abuso, la vejación o la humillación de la persona trabajadora
por razón de su sexo
12. Conceptos, definiciones y elementos comunes
en todos los tipos de violencia en el PT
EL ACOSO POR RAZON DE SEXO
Tiene que ver con los comportamientos o actitudes no
deseadas que están relacionadas con el sexo de una
persona y que pueden producirse en diferentes situaciones
vinculadas con el trabajo como: inserción en el mundo
laboral, promoción profesional, ocupación, formación…y
que atenta contra la dignidad de las mujeres y les crea un
entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u
ofensivo.
Conductas:
Discriminación retributiva, dificultades de acceso o promoción interna por
ser mujer, obligación de hacer determinadas tareas consideradas como
“femeninas”, comentarios o chistes machistas, discriminación vinculada
con la maternidad o la lactancia…
Ambos acosos tienen elementos comunes, pero no deben confundirse:
unos son de contenido sexual y en los otros se discrimina por el hecho de
ser mujer. Los dos tienen como base común el machismo y son formas
de violencia de género contra las mujeres.
13. Conceptos, definiciones y elementos comunes
en todos los tipos de violencia en el PT
EL ACOSO PSICOLOGICO (Mobbing) O EL MALTRATO
MORAL
No existe una definición doctrinal ni legal única y clara de éste tipo de
violencia aunque si hay unanimidad en tratarlo como un riesgo laboral
(como el resto de violencias en el trabajo). Por ello y según nuestro
Protocolo “Se entiende por ACOSO MORAL toda conducta, práctica o
comportamiento, realizada de modo sistemático o recurrente en el seno de
una relación de trabajo, que suponga directa o indirectamente menoscabo
o atentado contra la dignidad de la persona trabajadora, a la cual se
intenta someter emocional y psicológicamente de forma violenta u hostil, y
que persigue anular su capacidad, promoción profesional o su
permanencia en el puesto de trabajo afectando negativamente al entorno
laboral” Conductas:
Ataques verbales, desacreditación
profesional, aislamiento social, ataques
personales, violencia física…
Siempre es:
Un comportamiento irracional, un mal uso o un
abuso de autoridad…
14. Conceptos, definiciones y elementos
comunes en todos los tipos de violencia
en el PT
AGRESION
Según el Protocolo elaborado por el CSSL:
Se considera como agresión tanto las físicas o psíquicas
sea cual sea su naturaleza, puede ir desde un gesto
intimidatorio hasta una patada o más.
Existe una hoja de Incidencias elaborada al efecto.
ACTUACIÓN DELANTE DE UNA AGRESIÓN:
Avisar al mando y alejarse del agresor/a
contención oral del incidente
Si es necesario: aviso a los Mossos de
Esquadra
Primera asistencia sanitaria en el propio
centro.
Si lo solicita: Urgencias Mútua.
Cumplimentación de la hoja de incidencias.