El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) sancionó a cuatro
agencias de viaje por adoptar acuerdos anticompetitivos en licitaciones públicas.
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
SC sanciona a agencias de viaje por acuerdos anticompetitivos
1. Comunicado de Prensa C. 32-09
Antiguo Cuscatlán, 8 de julio de 2009
Acuerdos entre competidores
SC sanciona a agencias de viaje por acuerdos anticompetitivos
El Consejo Directivo (CD) de la Superintendencia de Competencia (SC) sancionó a cuatro
agencias de viaje por adoptar acuerdos anticompetitivos en licitaciones públicas.
“Éste es el primer caso El CD de la SC ha resuelto que cuatro agencias de viajes cometieron
de acuerdos entre graves infracciones a la Ley de Competencia, al haber adoptado acuerdos
competidores en anticompetitivos en licitaciones públicas lanzadas por el Ministerio de
Economía (MINEC) y la Corporación Salvadoreña de Turismo
licitaciones públicas que
(CORSATUR), poniéndose de acuerdo en los precios de las comisiones a
analiza y sanciona la SC. cobrar en las mismas. Las multas impuestas, posterior al análisis del
Lo importante en este caso, suman US$21,325.50.
caso, más que la
sanción, es evitar el Éste es el primer caso de acuerdos entre competidores en licitaciones
daño a la economía públicas o “licitaciones colusorias”, que analiza y sanciona la SC.
ocasionado por la
La práctica anticompetitiva sancionada consistió en un acuerdo mediante
manipulación de las el cual se manipularon las ofertas económicas entre los competidores,
ofertas presentadas en ofertando una cantidad idéntica. Lo anterior alteró las condiciones de
los procesos de competencia en la prestación del servicio de emisión de boletos aéreos en
licitaciones tanto compras gubernamentales, entorpeciendo la competencia y
gubernamentales como obstaculizando la capacidad del Gobierno de obtener los servicios a
municipales”, dijo José precios competitivos.
Enrique Argumedo,
El CD de la SC impuso multas equivalentes a quince salarios mínimos
Presidente del Consejo mensuales en la industria (US$3,046.50), a cada agente económico, por
Directivo de la cada licitación en la que se le comprobó que participó en un acuerdo
Superintendencia de entre competidores. Para la imposición de las multas, el CD de la SC
Competencia. tomó en cuenta la gravedad de la infracción, el daño causado, el efecto
sobre terceros, la duración de la práctica, las dimensiones del mercado y
la no reincidencia, tal como lo indica el Art.37 de la Ley de Competencia.
En la misma resolución, el CD de la SC ordenó comunicar la sanción al Ministro de Economía y al
Ministro de Turismo –en su calidad de Presidente de CORSATUR- a efecto que inicien las acciones
administrativas correspondientes señaladas en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la
Administración Pública (LACAP), en su artículo 158 letra j), que lee: “La institución inhabilitará para
participar en procedimientos de contratación administrativa, por un período de uno a cinco años según la
gravedad de la falta, al contratista que incurra en alguna de las conductas siguientes: j) Haber sido
sancionado de conformidad al Art. 25 letra c) de la Ley de Competencia”.
Ley de Competencia.
Art. 25.- Se prohíben las prácticas anticompetitivas realizadas entre competidores las cuales, entre otras,
adopten las siguientes modalidades:
a) Establecer acuerdos para fijar precios u otras condiciones de compra o venta bajo cualquier forma;
b) Fijación o limitación de cantidades de producción;
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2. c) Fijación o limitación de precios en subastas o en cualquier otra forma de licitación pública o
privada, nacional o internacional, a excepción de la oferta presentada conjuntamente por agentes
económicos que claramente sea identificada como tal en el documento presentado por los oferentes; y
d) División del mercado, ya sea por territorio, por volumen de ventas o compras, por tipo de productos
vendidos, por clientes o vendedores, o por cualquier otro medio.
Lo que la SC comprobó
A continuación se presentan los hallazgos en las dos licitaciones en las que se comprobó acuerdo entre
competidores:
Licitación pública DR-CAFTA, No Licitación pública No 02/2008,
03/2008-MINEC, Ministerio de CORSATUR. Suministro de boletos
Nombre de la Economía. “Suministro de pasajes aéreos para viajes al exterior del país y
licitación aéreos para el desempeño de misiones desde el exterior a El Salvador, en el año
oficiales de funcionarios del Ministerio 2008.
de Economía”.
Fecha de 26 de junio de 2008 El 20 de diciembre de 2007
convocatoria
Coincidieron en ofertar en el ítem 11 de Coincidieron en ofertar en el ítem 1 de
Acuerdo entre sus ofertas económicas, US$39.55, por sus ofertas económicas, US$56.50, por
competidores “costo por emisión de boletos de ida y “emisión de boletos aéreos en general”.
vuelta”.
Los participantes justificaron la igualdad de las comisiones ofertadas, pues las
Justificación del calculan en función de sus costos. Sin embargo, de acuerdo con la investigación, las
acuerdo agencias de viajes presentan amplias diferencias en sus estructuras internas, que
representarían diferencias en sus costos de operación.
La igualdad en las ofertas se produjo a La igualdad en las ofertas se produjo a
Conclusión de la partir de un acuerdo para fijar las partir de un acuerdo para fijar las
SC comisiones ofertadas en la licitación. comisiones ofertadas en la licitación.
Antecedentes
La SC sancionó en octubre de 2007, por un total de US$30,672.00, a seis agentes económicos
participantes en el mercado de intermediación de puestos de bolsa; y en septiembre de 2008, a dos
agentes económicos productores y comercializadores de harina de trigo, cuyas multas totales
ascendieron a US$4,032,421.36. Ambos casos sancionaron la adopción de un acuerdo entre
competidores. Éste el primer caso de acuerdos entre competidores en licitaciones públicas sancionado.
29 agosto 2008 La UACI del MINEC envió nota a la SC, expresando la posible presentación de ofertas
idénticas en una licitación.
5 septiembre 2008 La SC requirió información a instituciones de gobierno.
2 febrero 2009 La SC inició de oficio la instrucción formal del procedimiento.
4 de marzo 2009 Agentes económicos investigados presentaron argumentos de defensa.
19 marzo 2009 La SC abrió a pruebas el procedimiento por veinte días hábiles, durante el cual se
requirió información a los investigados y a instituciones gubernamentales.
20 mayo 2009 Se declaró la confidencialidad de la información, se integró y remitió expediente al CD.
7 julio 2009 CD de la SC emitió resolución final, sancionando a cuatro agencias de viajes por
acuerdo entre competidores.
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