El documento presenta una demanda contra un artículo de la Ley 1551 de 2012 que establece la conciliación prejudicial como requisito para procesos ejecutivos contra municipios. Se argumenta que esto hace más demorado y oneroso satisfacer derechos y obstaculiza irrazonablemente reclamos ante municipios. Sin embargo, la Corte Constitucional declara que no viola el principio de igualdad ni el derecho de acceso a la justicia, ya que busca proteger el erario público de forma legítima.