TEMAS




NOMINA

DEVENGOS

DEDUCCIONES

PRESENTACIONES SOCIALES

PRIMA DE SERVICIOS

VACACIONES

CESANTIAS

INTERES SOBRE LAS SESANTIAS
TEMAS



                          NOMINA



La preparación de cheques de nómina constituye una función
generalmente separada del mantenimiento de los registros que
muestran el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y
devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados
con el personal.
TEMAS



                        DEVENGOS



Son todas las cantidades que percibe el trabajador por
diferentes conceptos, independientemente de que tengan o no
la consideración de salario y de que coticen o no a la
Seguridad Social

Dentro de este apartado hemos de distinguir entre percepciones
salariales (que cotizan a la Seguridad Social) y las percepciones
no salariales (que no cotizan como regla general a Seguridad
Social pero que sí lo hacen cuando exceden de unos límites)
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                      DEDUCCIONES


En lógica, una deducción es un argumento donde la conclusión se infiere
necesariamente de las premisas.
1 En su definición formal, una deducción es una secuencia finita de

fórmulas, de las cuales la última es designada como la conclusión (la
conclusión de la deducción), y todas las fórmulas en la secuencia son, o bien
axiomas, o bien premisas, o bien inferencias directas a partir de fórmulas
previas en la secuencia por medio de reglas de inferencia.
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                    PRESENTACIONE SOCIALES



 Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al Salario que
 el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante
 Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo
 a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o
 unidad económica.
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                      PRIMA DE SERVICIO

Toda empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un
salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un
año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve
vinculado, cualquiera que este sea.
La prima de servicios corresponde a la participación del trabajador en las
utilidades obtenidas por la empresa, beneficio que contemplaba la
legislación anterior a la vigente.
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                      VACACIONES


Las vacaciones laborales es el derecho que tiene todo trabajador a que el
empleador le otorgue un descanso remunerado por el hecho de haberle
trabajado un determinado tiempo.
En Colombia, las vacaciones corresponden a 15 días hábiles de descanso
remunerado por cada año de trabajo. En el caso de algunos trabajadores de
la salud, las vacaciones son de 15 días por cada seis meses de trabajo,
pero esta es la excepción de la regla general de los 15 días por año
trabajado.
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                          CESANTIAS


Uno de los beneficios de que gozan los trabajadores colombianos es el del
auxilio de cesantías, el cual corresponde a un salario por cada año
trabajado o proporcional al tiempo laborado si éste es inferior a un año.
Pero la legislación laboral colombiana, contempla que en determinadas
situaciones un trabajador puede perder el derecho a recibir el auxilio de
cesantía
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                  INTERES SOBRE LAS CESANTIAS



El empleador debe pagar a sus empleados intereses sobre las cesantías
que tenga acumuladas a 31 de diciembre, a una tasa del 12% anual.
Los intereses se deben pagar a más tardar al 31 de enero, y se pagan
directamente al empleado, esto es, que a diferencia de las cesantías que se
deben consignar en un fondo, en el caso de los intereses sobre cesantías se
deben pagar al empleado.

temas

  • 1.
    TEMAS NOMINA DEVENGOS DEDUCCIONES PRESENTACIONES SOCIALES PRIMA DESERVICIOS VACACIONES CESANTIAS INTERES SOBRE LAS SESANTIAS
  • 2.
    TEMAS NOMINA La preparación de cheques de nómina constituye una función generalmente separada del mantenimiento de los registros que muestran el salario, cargo, tiempo de trabajo, deducciones y devengados, adiciones de nómina y demás datos relacionados con el personal.
  • 3.
    TEMAS DEVENGOS Son todas las cantidades que percibe el trabajador por diferentes conceptos, independientemente de que tengan o no la consideración de salario y de que coticen o no a la Seguridad Social Dentro de este apartado hemos de distinguir entre percepciones salariales (que cotizan a la Seguridad Social) y las percepciones no salariales (que no cotizan como regla general a Seguridad Social pero que sí lo hacen cuando exceden de unos límites)
  • 4.
    TEMAS DEDUCCIONES En lógica, una deducción es un argumento donde la conclusión se infiere necesariamente de las premisas. 1 En su definición formal, una deducción es una secuencia finita de fórmulas, de las cuales la última es designada como la conclusión (la conclusión de la deducción), y todas las fórmulas en la secuencia son, o bien axiomas, o bien premisas, o bien inferencias directas a partir de fórmulas previas en la secuencia por medio de reglas de inferencia.
  • 5.
    TEMAS PRESENTACIONE SOCIALES Las prestaciones sociales son los dineros adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.
  • 6.
    TEMAS PRIMA DE SERVICIO Toda empresa debe pagar a sus empleados como prima de servicios, un salario mensual por cada año laborado, o si la vinculación es inferior a un año, el pago será proporcional al tiempo que el trabajador lleve vinculado, cualquiera que este sea. La prima de servicios corresponde a la participación del trabajador en las utilidades obtenidas por la empresa, beneficio que contemplaba la legislación anterior a la vigente.
  • 7.
    TEMAS VACACIONES Las vacaciones laborales es el derecho que tiene todo trabajador a que el empleador le otorgue un descanso remunerado por el hecho de haberle trabajado un determinado tiempo. En Colombia, las vacaciones corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de trabajo. En el caso de algunos trabajadores de la salud, las vacaciones son de 15 días por cada seis meses de trabajo, pero esta es la excepción de la regla general de los 15 días por año trabajado.
  • 8.
    TEMAS CESANTIAS Uno de los beneficios de que gozan los trabajadores colombianos es el del auxilio de cesantías, el cual corresponde a un salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado si éste es inferior a un año. Pero la legislación laboral colombiana, contempla que en determinadas situaciones un trabajador puede perder el derecho a recibir el auxilio de cesantía
  • 9.
    TEMAS INTERES SOBRE LAS CESANTIAS El empleador debe pagar a sus empleados intereses sobre las cesantías que tenga acumuladas a 31 de diciembre, a una tasa del 12% anual. Los intereses se deben pagar a más tardar al 31 de enero, y se pagan directamente al empleado, esto es, que a diferencia de las cesantías que se deben consignar en un fondo, en el caso de los intereses sobre cesantías se deben pagar al empleado.