Este documento resume la teoría de la institución jurídica del jurista francés Maurice Hauriou. Explica que para Hauriou, una institución es una idea de obra o empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social. Detalla los elementos clave de la teoría como la idea con acción colectiva, el poder organizado, y las manifestaciones de comunión entre los miembros. Además, clasifica las instituciones y analiza conceptos como el problema institucional y el principio antropológico según la perspectiva de
Este documento resume la historia del derecho natural a través de los tiempos, desde sus orígenes en el pensamiento griego hasta las modernas interpretaciones. Explica las diferentes escuelas de pensamiento como el iusnaturalismo clásico, el racionalismo moderno y las corrientes actuales. También define conceptos clave como derecho natural, sus características y fundamentos en la naturaleza humana.
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHOUNIANDES
Este documento describe los objetos y métodos de la historia del derecho. Explica que la historia del derecho estudia cómo han evolucionado los sistemas jurídicos a través del tiempo. Delimita tres métodos para este análisis: el método cronológico, el método sistemático y el método mixto. También destaca que la historia del derecho es una ciencia tanto jurídica como histórica, ya que analiza el derecho desde una perspectiva histórica usando métodos históricos.
Este documento presenta la teoría de la institución jurídica de Maurice Haurio. Según Haurio, una institución es una idea de obra o empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social, organizada por un poder que provee órganos y genera manifestaciones de comunión entre los miembros del grupo. Las instituciones se clasifican en aquellas que se personifican y las que no. Además, contrasta la visión de Rousseau, donde el Estado surge de un contrato social, con su propia perspectiva de que el Estado
El documento describe los conceptos de sistemas jurídicos, familias jurídicas y derecho comparado. Explica que los sistemas jurídicos son el conjunto de normas e instituciones legales de un país, mientras que las familias jurídicas agrupan sistemas que comparten características. Se mencionan las principales familias - neorromanista, common law, sistemas religiosos, mixta y socialista - y se brindan detalles sobre sus orígenes e influencias. El derecho comparado estudia las similitudes y diferencias entre
El documento presenta una introducción a los sistemas jurídicos contemporáneos. Explica que esta asignatura ofrece un panorama del fenómeno jurídico experimentado por diferentes naciones a través del derecho comparado. Luego define el derecho comparado y los sistemas jurídicos, y describe los criterios para clasificar los sistemas en familias jurídicas, incluyendo las familias neorromana, del common law, socialista e islámica.
Concepto de constitución para otros autoresElena Tapias
El documento resume las perspectivas de varios pensadores sobre el concepto de constitución. Fernando Lassalle define la constitución como el reflejo de las fuerzas políticas reales de un estado. Aristóteles ve a la constitución como la organización de una sociedad y sugiere que las mejores constituciones son mixtas. Karl Loewenstein plantea que existe una constitución ontológica que refleja la cultura real de una sociedad. Jorge Carpizo describe a la constitución como un equilibrio dinámico entre la norma y la realidad de un
Este documento presenta los índices de tres temas centrales de la filosofía del derecho: la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, el derecho socialista y la teoría del realismo jurídico. Cada índice incluye subtemas como representantes clave, definiciones, períodos y principios fundamentales. El documento provee una introducción general a estas tres importantes teorías legales.
El Patrimonio. Concepto. Diferencias del patrimonio de la época Romana con la actualidad. Composición del patrimonio. Diferencias entre los derechos reales y personales. Teorías. Tipos de patrimonio. Acción Pauliana, oblicua y simulación.
Este documento resume la historia del derecho natural a través de los tiempos, desde sus orígenes en el pensamiento griego hasta las modernas interpretaciones. Explica las diferentes escuelas de pensamiento como el iusnaturalismo clásico, el racionalismo moderno y las corrientes actuales. También define conceptos clave como derecho natural, sus características y fundamentos en la naturaleza humana.
OBJETO Y METODOS DE LA HISTORIA DEL DERECHOUNIANDES
Este documento describe los objetos y métodos de la historia del derecho. Explica que la historia del derecho estudia cómo han evolucionado los sistemas jurídicos a través del tiempo. Delimita tres métodos para este análisis: el método cronológico, el método sistemático y el método mixto. También destaca que la historia del derecho es una ciencia tanto jurídica como histórica, ya que analiza el derecho desde una perspectiva histórica usando métodos históricos.
Este documento presenta la teoría de la institución jurídica de Maurice Haurio. Según Haurio, una institución es una idea de obra o empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social, organizada por un poder que provee órganos y genera manifestaciones de comunión entre los miembros del grupo. Las instituciones se clasifican en aquellas que se personifican y las que no. Además, contrasta la visión de Rousseau, donde el Estado surge de un contrato social, con su propia perspectiva de que el Estado
El documento describe los conceptos de sistemas jurídicos, familias jurídicas y derecho comparado. Explica que los sistemas jurídicos son el conjunto de normas e instituciones legales de un país, mientras que las familias jurídicas agrupan sistemas que comparten características. Se mencionan las principales familias - neorromanista, common law, sistemas religiosos, mixta y socialista - y se brindan detalles sobre sus orígenes e influencias. El derecho comparado estudia las similitudes y diferencias entre
El documento presenta una introducción a los sistemas jurídicos contemporáneos. Explica que esta asignatura ofrece un panorama del fenómeno jurídico experimentado por diferentes naciones a través del derecho comparado. Luego define el derecho comparado y los sistemas jurídicos, y describe los criterios para clasificar los sistemas en familias jurídicas, incluyendo las familias neorromana, del common law, socialista e islámica.
Concepto de constitución para otros autoresElena Tapias
El documento resume las perspectivas de varios pensadores sobre el concepto de constitución. Fernando Lassalle define la constitución como el reflejo de las fuerzas políticas reales de un estado. Aristóteles ve a la constitución como la organización de una sociedad y sugiere que las mejores constituciones son mixtas. Karl Loewenstein plantea que existe una constitución ontológica que refleja la cultura real de una sociedad. Jorge Carpizo describe a la constitución como un equilibrio dinámico entre la norma y la realidad de un
Este documento presenta los índices de tres temas centrales de la filosofía del derecho: la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, el derecho socialista y la teoría del realismo jurídico. Cada índice incluye subtemas como representantes clave, definiciones, períodos y principios fundamentales. El documento provee una introducción general a estas tres importantes teorías legales.
El Patrimonio. Concepto. Diferencias del patrimonio de la época Romana con la actualidad. Composición del patrimonio. Diferencias entre los derechos reales y personales. Teorías. Tipos de patrimonio. Acción Pauliana, oblicua y simulación.
Este documento resume las principales doctrinas sobre la naturaleza jurídica del derecho subjetivo. Explica que el derecho subjetivo es la atribución o prerrogativa que tiene un sujeto de exigir de otro u otros una determinada conducta. Presenta las doctrinas de la voluntad, del interés y la mixta sobre la naturaleza del derecho subjetivo. También clasifica los derechos subjetivos y explica cómo se ejercen a través de la acción legal, con excepciones como la legítima defensa o el estado de
El documento discute las relaciones entre la lógica y el derecho. Existen diferentes concepciones sobre este vínculo, incluyendo aquellas que los separan y aquellas que los vinculan estrechamente. Los estudios actuales de lógica jurídica utilizan la lógica simbólica moderna y se enfocan en problemas como la inferencia entre normas legales y las modalidades deónticas. El lugar preciso de la lógica en el razonamiento jurídico sigue siendo objeto de debate, con posiciones que van desde
Este documento resume la evolución de la noción del derecho a través de la historia. Comienza explicando cómo en la antigüedad el derecho se confundía con la moral en Grecia y la justicia en Roma. Luego, describe las diferentes corrientes de pensamiento sobre la justificación del derecho, incluyendo el iusnaturalismo, iuspositivismo e historicismo, y formalismo. Finalmente, explica en más detalle las diferentes versiones del iusnaturalismo, como el greco-romano, panteísta, cristiano, y racionalista
El documento resume el surgimiento del constitucionalismo clásico en los siglos XVIII y XIX, con la aparición de las primeras constituciones en los Estados Unidos y Francia, las cuales establecieron límites al poder del Estado y reconocieron derechos individuales. Más adelante, el documento explica cómo el constitucionalismo evolucionó hacia un modelo social en el que el Estado intervino más activamente para promover la igualdad y proteger los derechos sociales, dando origen al Estado de bienestar.
El documento describe los postulados básicos del ius naturalismo racionalista, una filosofía que dominó Europa después del Renacimiento. Supone que el universo tiene una estructura necesaria y racional, no hay azar ni contingencia. Se desvincula el derecho natural de Dios y se crea mediante la lógica. Distingue entre el status naturalis del hombre previo a la sociedad y el status civilis posterior. Explica el paso de un estado a otro mediante la teoría del pacto y menciona a autores representativos como Grocio, Wolf, T
El documento contrasta las normas jurídicas (leyes) con las normas morales. Explica que las normas jurídicas son establecidas formalmente por el estado, mientras que las normas morales son códigos personales de conducta. Aunque la moral a veces influye en el derecho, las normas morales son voluntarias e individuales, no hay sanciones por no seguirlas, a diferencia de las leyes.
1) El documento describe el concepto de persona en el derecho romano, donde sujeto de derecho era aquel que reunía las condiciones de ser libre, ciudadano romano y sui iuris. 2) Explica que con el tiempo se fueron reconociendo capacidades jurídicas limitadas a otros grupos y que la capacidad se vinculaba a la posición social, ciudadana y familiar de una persona. 3) Finalmente, señala que la noción moderna de capacidad jurídica como atributo de la condición humana contrasta con la visión romana donde sólo unos pocos
Este documento resume los conceptos clave de la sociología de las instituciones jurídicas. Explica que estudia las instituciones que componen un ordenamiento jurídico determinado e investiga la conexión de las instituciones jurídicas con la realidad social. También describe las principales funciones sociales del derecho como la delimitación de subsistemas, diferenciación social, control social, mantenimiento de la paz social, distribución de bienes y cargas, planificación social y legitimación del sistema.
Este documento trata sobre la ontología jurídica. Define la ontología jurídica como la rama de la filosofía del derecho encargada de establecer la naturaleza del derecho. Explica que la ontología jurídica busca obtener un concepto del derecho que sirva como base para una reflexión filosófica posterior. También explora las diferentes escuelas que explican la naturaleza del derecho, como la escuela del derecho natural y la escuela positivista.
El documento presenta diferentes teorías jurídicas sobre la naturaleza del Estado. Expone tres enfoques: 1) Estado como objeto, separando gobernantes y gobernados; 2) Estado como relación jurídica entre estos grupos; 3) Estado como sujeto de derecho reconocido en el orden jurídico con derechos y obligaciones. También describe teorías como la organicista, hegeliana, sociológicas, institucional, dualista de Jellinek y formalista de Kelsen.
El documento habla sobre las diferentes teorías sobre el inicio de la personalidad jurídica, incluyendo la teoría de la concepción, la teoría del nacimiento, la teoría de la figura humana y la teoría ecléctica. También discute conceptos como la filiación materna y paterna, el estado civil, y efectos jurídicos de la muerte como la extinción de la personalidad y apertura de la sucesión.
El documento describe la evolución histórica de la patria potestad en el derecho romano y hondureño. En el derecho romano, la patria potestad otorgaba al pater familias amplios derechos sobre sus hijos y bienes. En Honduras, la patria potestad implica derechos y deberes de los padres regulados por el Código de Familia para proteger a los menores. La patria potestad termina por mayoría de edad, matrimonio, emancipación o pérdida de la potestad de los padres.
El documento presenta una introducción a las teorías del derecho subjetivo. Define el derecho subjetivo como la facultad o potestad jurídica inherente al individuo reconocida por la naturaleza, contrato u otra causa legal. Explica que todo derecho subjetivo implica obligaciones para otros de respetarlo u obedecerlo. Además, describe las diferencias entre derecho objetivo y subjetivo y analiza las principales teorías sobre la naturaleza del derecho subjetivo como la teoría de la voluntad, la teoría del inter
Este documento trata sobre el concepto e historia del derecho. Explica que el derecho es el sistema de normas que regula la vida social de una comunidad, y que la historia del derecho estudia la evolución de las instituciones jurídicas a través del tiempo y su influencia. Señala que el derecho romano sentó las bases de la historia del derecho moderna y que la codificación de las leyes y la jurisprudencia fueron fundamentales en su desarrollo, culminando en la creación de códigos por materia legal.
El normativismo jurídico es una teoría desarrollada por Hans Kelsen que ve al Estado como un orden coercitivo idéntico al derecho y basado en una jerarquía de normas. Kelsen argumenta que el derecho debe estudiarse de manera pura, enfocándose únicamente en las normas y prescindiendo de consideraciones éticas o sociales. El normativismo ve al derecho como un sistema de normas creadas de manera jerárquica, con la constitución en la cima apoyada por una hipotética norma fundante básica.
El documento resume las principales corrientes del derecho constitucional a lo largo de la historia, incluyendo el constitucionalismo liberal, social y en las dictaduras. También describe la evolución del derecho constitucional desde la antigua Grecia hasta el periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial, con la aparición de documentos internacionales sobre derechos humanos.
La norma jurídica se caracteriza por ser un modelo de conducta humana externo, bilateral, imperativo y coercitivo que regula las acciones de los hombres con el objetivo de establecer un ordenamiento justo y organizado de la convivencia humana. Las normas jurídicas contienen mandatos u órdenes dirigidos a los sujetos de derecho, pudiendo ordenar, prohibir o autorizar ciertas conductas.
NOCIONES ELEMENTALES SOBRE LA HISTORIOGRAFÍA JURÍDICAKelly Acd
La historiografía jurídica estudia a los autores que han escrito sobre la historia del derecho. Tiene su origen en 1788 con Gustav Hugo y 1803 con Friedrich von Savigny, quienes defendieron que el derecho de cada pueblo depende de su ambiente y época. Las contribuciones del primer historicismo jurídico incluyen que el derecho está ligado a su contexto, la doctrina de continuidad y las limitaciones del derecho legislado. Los estudios histórico-jurídicos se han realizado sobre derechos antiguos como el
El documento resume las principales teorías sobre el origen del Estado y su evolución a través de la historia. Según la teoría naturalista, el Estado es natural y anterior al individuo, mientras que la teoría contractualista sostiene que el individuo es previo y el Estado resulta de un contrato social. El documento luego describe la evolución del Estado desde las primeras civilizaciones en Asia oriental, el Antiguo Oriente, Grecia, Roma, la Edad Media y el Estado moderno.
El documento define la persona jurídica y explica sus principales teorías. En resumen:
1) Una persona jurídica es una entidad creada por una o más personas para lograr fines determinados, que tiene existencia y patrimonio propios distintos a sus miembros.
2) Existen varias teorías sobre la naturaleza de la persona jurídica, como la teoría de la ficción, la teoría organicista, la teoría de la abstracción y la teoría institucional.
3) Las personas jurídicas pueden
La institución desarrollada por hauriou supone un concepto referido a un pode...Ana Oliveros
El documento resume la teoría de la institución de Maurice Hauriou. Hauriou define la institución como un poder organizado que se ejerce en un ámbito social. Distingue entre instituciones formadas por sistemas de conducta e instituciones formadas por grupos sociales u organizaciones, como el gobierno en el Estado. Concluye que el Estado es una de las principales instituciones.
La sociedad se define como un entramado de interacciones y relaciones entre personas, más que como una suma de individuos. Estas interacciones están reguladas por normas sociales que orientan el comportamiento individual y colectivo. Dos teóricos, Weber y Durkheim, explican la acción social como influenciada por la percepción que tienen las personas del comportamiento de los demás y por normas externas e imperativas que se imponen a los individuos.
Este documento resume las principales doctrinas sobre la naturaleza jurídica del derecho subjetivo. Explica que el derecho subjetivo es la atribución o prerrogativa que tiene un sujeto de exigir de otro u otros una determinada conducta. Presenta las doctrinas de la voluntad, del interés y la mixta sobre la naturaleza del derecho subjetivo. También clasifica los derechos subjetivos y explica cómo se ejercen a través de la acción legal, con excepciones como la legítima defensa o el estado de
El documento discute las relaciones entre la lógica y el derecho. Existen diferentes concepciones sobre este vínculo, incluyendo aquellas que los separan y aquellas que los vinculan estrechamente. Los estudios actuales de lógica jurídica utilizan la lógica simbólica moderna y se enfocan en problemas como la inferencia entre normas legales y las modalidades deónticas. El lugar preciso de la lógica en el razonamiento jurídico sigue siendo objeto de debate, con posiciones que van desde
Este documento resume la evolución de la noción del derecho a través de la historia. Comienza explicando cómo en la antigüedad el derecho se confundía con la moral en Grecia y la justicia en Roma. Luego, describe las diferentes corrientes de pensamiento sobre la justificación del derecho, incluyendo el iusnaturalismo, iuspositivismo e historicismo, y formalismo. Finalmente, explica en más detalle las diferentes versiones del iusnaturalismo, como el greco-romano, panteísta, cristiano, y racionalista
El documento resume el surgimiento del constitucionalismo clásico en los siglos XVIII y XIX, con la aparición de las primeras constituciones en los Estados Unidos y Francia, las cuales establecieron límites al poder del Estado y reconocieron derechos individuales. Más adelante, el documento explica cómo el constitucionalismo evolucionó hacia un modelo social en el que el Estado intervino más activamente para promover la igualdad y proteger los derechos sociales, dando origen al Estado de bienestar.
El documento describe los postulados básicos del ius naturalismo racionalista, una filosofía que dominó Europa después del Renacimiento. Supone que el universo tiene una estructura necesaria y racional, no hay azar ni contingencia. Se desvincula el derecho natural de Dios y se crea mediante la lógica. Distingue entre el status naturalis del hombre previo a la sociedad y el status civilis posterior. Explica el paso de un estado a otro mediante la teoría del pacto y menciona a autores representativos como Grocio, Wolf, T
El documento contrasta las normas jurídicas (leyes) con las normas morales. Explica que las normas jurídicas son establecidas formalmente por el estado, mientras que las normas morales son códigos personales de conducta. Aunque la moral a veces influye en el derecho, las normas morales son voluntarias e individuales, no hay sanciones por no seguirlas, a diferencia de las leyes.
1) El documento describe el concepto de persona en el derecho romano, donde sujeto de derecho era aquel que reunía las condiciones de ser libre, ciudadano romano y sui iuris. 2) Explica que con el tiempo se fueron reconociendo capacidades jurídicas limitadas a otros grupos y que la capacidad se vinculaba a la posición social, ciudadana y familiar de una persona. 3) Finalmente, señala que la noción moderna de capacidad jurídica como atributo de la condición humana contrasta con la visión romana donde sólo unos pocos
Este documento resume los conceptos clave de la sociología de las instituciones jurídicas. Explica que estudia las instituciones que componen un ordenamiento jurídico determinado e investiga la conexión de las instituciones jurídicas con la realidad social. También describe las principales funciones sociales del derecho como la delimitación de subsistemas, diferenciación social, control social, mantenimiento de la paz social, distribución de bienes y cargas, planificación social y legitimación del sistema.
Este documento trata sobre la ontología jurídica. Define la ontología jurídica como la rama de la filosofía del derecho encargada de establecer la naturaleza del derecho. Explica que la ontología jurídica busca obtener un concepto del derecho que sirva como base para una reflexión filosófica posterior. También explora las diferentes escuelas que explican la naturaleza del derecho, como la escuela del derecho natural y la escuela positivista.
El documento presenta diferentes teorías jurídicas sobre la naturaleza del Estado. Expone tres enfoques: 1) Estado como objeto, separando gobernantes y gobernados; 2) Estado como relación jurídica entre estos grupos; 3) Estado como sujeto de derecho reconocido en el orden jurídico con derechos y obligaciones. También describe teorías como la organicista, hegeliana, sociológicas, institucional, dualista de Jellinek y formalista de Kelsen.
El documento habla sobre las diferentes teorías sobre el inicio de la personalidad jurídica, incluyendo la teoría de la concepción, la teoría del nacimiento, la teoría de la figura humana y la teoría ecléctica. También discute conceptos como la filiación materna y paterna, el estado civil, y efectos jurídicos de la muerte como la extinción de la personalidad y apertura de la sucesión.
El documento describe la evolución histórica de la patria potestad en el derecho romano y hondureño. En el derecho romano, la patria potestad otorgaba al pater familias amplios derechos sobre sus hijos y bienes. En Honduras, la patria potestad implica derechos y deberes de los padres regulados por el Código de Familia para proteger a los menores. La patria potestad termina por mayoría de edad, matrimonio, emancipación o pérdida de la potestad de los padres.
El documento presenta una introducción a las teorías del derecho subjetivo. Define el derecho subjetivo como la facultad o potestad jurídica inherente al individuo reconocida por la naturaleza, contrato u otra causa legal. Explica que todo derecho subjetivo implica obligaciones para otros de respetarlo u obedecerlo. Además, describe las diferencias entre derecho objetivo y subjetivo y analiza las principales teorías sobre la naturaleza del derecho subjetivo como la teoría de la voluntad, la teoría del inter
Este documento trata sobre el concepto e historia del derecho. Explica que el derecho es el sistema de normas que regula la vida social de una comunidad, y que la historia del derecho estudia la evolución de las instituciones jurídicas a través del tiempo y su influencia. Señala que el derecho romano sentó las bases de la historia del derecho moderna y que la codificación de las leyes y la jurisprudencia fueron fundamentales en su desarrollo, culminando en la creación de códigos por materia legal.
El normativismo jurídico es una teoría desarrollada por Hans Kelsen que ve al Estado como un orden coercitivo idéntico al derecho y basado en una jerarquía de normas. Kelsen argumenta que el derecho debe estudiarse de manera pura, enfocándose únicamente en las normas y prescindiendo de consideraciones éticas o sociales. El normativismo ve al derecho como un sistema de normas creadas de manera jerárquica, con la constitución en la cima apoyada por una hipotética norma fundante básica.
El documento resume las principales corrientes del derecho constitucional a lo largo de la historia, incluyendo el constitucionalismo liberal, social y en las dictaduras. También describe la evolución del derecho constitucional desde la antigua Grecia hasta el periodo posterior a la Segunda Guerra Mundial, con la aparición de documentos internacionales sobre derechos humanos.
La norma jurídica se caracteriza por ser un modelo de conducta humana externo, bilateral, imperativo y coercitivo que regula las acciones de los hombres con el objetivo de establecer un ordenamiento justo y organizado de la convivencia humana. Las normas jurídicas contienen mandatos u órdenes dirigidos a los sujetos de derecho, pudiendo ordenar, prohibir o autorizar ciertas conductas.
NOCIONES ELEMENTALES SOBRE LA HISTORIOGRAFÍA JURÍDICAKelly Acd
La historiografía jurídica estudia a los autores que han escrito sobre la historia del derecho. Tiene su origen en 1788 con Gustav Hugo y 1803 con Friedrich von Savigny, quienes defendieron que el derecho de cada pueblo depende de su ambiente y época. Las contribuciones del primer historicismo jurídico incluyen que el derecho está ligado a su contexto, la doctrina de continuidad y las limitaciones del derecho legislado. Los estudios histórico-jurídicos se han realizado sobre derechos antiguos como el
El documento resume las principales teorías sobre el origen del Estado y su evolución a través de la historia. Según la teoría naturalista, el Estado es natural y anterior al individuo, mientras que la teoría contractualista sostiene que el individuo es previo y el Estado resulta de un contrato social. El documento luego describe la evolución del Estado desde las primeras civilizaciones en Asia oriental, el Antiguo Oriente, Grecia, Roma, la Edad Media y el Estado moderno.
El documento define la persona jurídica y explica sus principales teorías. En resumen:
1) Una persona jurídica es una entidad creada por una o más personas para lograr fines determinados, que tiene existencia y patrimonio propios distintos a sus miembros.
2) Existen varias teorías sobre la naturaleza de la persona jurídica, como la teoría de la ficción, la teoría organicista, la teoría de la abstracción y la teoría institucional.
3) Las personas jurídicas pueden
La institución desarrollada por hauriou supone un concepto referido a un pode...Ana Oliveros
El documento resume la teoría de la institución de Maurice Hauriou. Hauriou define la institución como un poder organizado que se ejerce en un ámbito social. Distingue entre instituciones formadas por sistemas de conducta e instituciones formadas por grupos sociales u organizaciones, como el gobierno en el Estado. Concluye que el Estado es una de las principales instituciones.
La sociedad se define como un entramado de interacciones y relaciones entre personas, más que como una suma de individuos. Estas interacciones están reguladas por normas sociales que orientan el comportamiento individual y colectivo. Dos teóricos, Weber y Durkheim, explican la acción social como influenciada por la percepción que tienen las personas del comportamiento de los demás y por normas externas e imperativas que se imponen a los individuos.
Este documento explora la naturaleza del Estado desde diferentes perspectivas teóricas. Define al Estado como una agrupación humana establecida en un territorio con un orden social, político y jurídico orientado al bien común. Examina las teorías del origen del Estado como inherente a la naturaleza social del hombre o como una construcción artificial producto de un contrato o alianza entre clases sociales.
Pensamiento central en Michel Foucaultwarptherbots
Michel Foucault analizó cómo el poder se manifiesta a través del discurso y la razón para controlar y dominar a los individuos. Argumentó que el poder crea la verdad a través de sus instituciones como la iglesia, el estado y la razón, imponiendo sus interpretaciones sobre la locura, el castigo y la verdad. El poder pastoral controla a los individuos mediante la vigilancia, la confesión y el temor para sujetar las subjetividades a la voluntad del poder.
Este documento resume el pensamiento de Michel Foucault sobre el concepto de poder. Divide la obra de Foucault en tres etapas: la arqueológica, la genealógica y la de la gobernabilidad. Se enfoca principalmente en la segunda etapa genealógica, en la que Foucault analiza las tácticas y estrategias del poder más que el poder en sí mismo. Define el poder como una relación de fuerzas perpetua entre cuerpos que luchan por dominarse unos a otros a través de medios distintos a la guerra tradicional
Este documento presenta una introducción al concepto de política. Define la política como la actividad humana destinada a influir en la organización y el ordenamiento de la comunidad a través del poder. Explora las diferentes acepciones de política, incluyendo las definiciones etimológica, vulgar, corriente y científica. También discute el método del conocimiento político y conceptos como la esencia de la política y la entropía política.
Este documento describe las principales instituciones sociales en México, incluyendo la política, la familia y la educación. Explica que las instituciones sociales regulan todos los aspectos sociales en el país y analiza si las personas confían o no en ellas. Luego procede a definir las instituciones sociales y describir sus características como la durabilidad, la relatividad y el paralelismo. Finalmente, analiza cada una de las tres instituciones clave mencionadas anteriormente, describiendo su función, estructura y desafíos actuales en México.
El documento presenta información sobre la teoría del Estado. Explica que el Estado es una sociedad humana establecida en un territorio, estructurada y regida por un orden jurídico creado y sancionado por un poder soberano con el fin de obtener el bien público temporal. También analiza las características de diferentes teorías del Estado en Asia, incluyendo imperios con emperadores como representantes del cielo y poder absoluto, así como estados despóticos y teocráticos en el antiguo Egipto, Persia, Asiria y
Este documento presenta una definición general de la teoría del Estado y describe sus elementos constitutivos principales como el grupo humano, territorio, poder y soberanía. Explica que el Estado es una asociación política organizada jurídicamente con poder soberano que persigue el bienestar general de la población que habita un territorio determinado bajo su autoridad.
Las instituciones jurídicas son conjuntos de normas jurídicas complejas, duraderas y obligatorias promulgadas por el Estado para regular la actividad humana. Se caracterizan por su coercibilidad, las sanciones jurídicas por violarlas, la bilateralidad entre quien tiene la obligación de cumplirlas y quien puede exigir su cumplimiento, y que son establecidas por el Estado. Su función es concebir el derecho como ciencia y regular la convivencia social de forma pacífica y ordenada.
El documento trata sobre el concepto de soberanía del Estado. Explica que la soberanía es un atributo esencial del Estado que se refiere al máximo poder dentro de una nación, sin estar sujeto a ninguna autoridad superior. Detalla que el concepto moderno de soberanía surgió en Francia durante la Edad Media como una forma para la monarquía de contrarrestar el poder del papa y los señores feudales. Además, analiza las diferentes teorías sobre el origen del Estado y la soberanía a través de la historia.
El documento resume un texto sobre tecnociencia y sistema de valores. Explica que la tecnociencia surge de la unión de ciencia y tecnología cuando una necesita de la otra. Divide el texto original en cuatro partes: 1) las relaciones entre ciencia y tecnología, 2) los valores en la actividad tecnocientífica, 3) la relación entre ciencia, verdad, tecnociencia y bien, 4) las condiciones para que la tecnociencia sea buena. Identifica cuatro ideas principales del texto: 1) la emergencia de la tecnociencia,
El documento describe las principales teorías administrativas como la Teoría Científica de Taylor, la Teoría Clásica de Fayol, la Teoría de las Relaciones Humanas, la Teoría Burocrática de Weber y la Teoría de Campo de Lewin. Explica los elementos del proceso administrativo según cada teoría y sus diferencias en términos del énfasis en las personas, tareas u organización. También compara conceptos como recursos humanos vs personas y administración vs gestión de personas.
Apuntes de derechopolítico y teoría de lestadoRichard Roa
Este documento presenta un resumen de varios conceptos clave relacionados con el Derecho Político y la Teoría del Estado. Explica que el derecho es un conjunto de normas sociales coercitivas que rigen las acciones humanas impuestas por la autoridad para el bien común. También define al Estado como la institución creadora del orden jurídico y señala que la política se juridiza dentro del marco del derecho constitucional. Por último, distingue entre la ciencia política como estudio científico del fenómeno político y la política como activ
El documento discute la naturaleza jurídica del acto constitutivo de una sociedad. Sostiene que no es un simple contrato entre dos partes, sino un acto unilateral que crea una nueva entidad con personalidad jurídica. Explica que involucra el consentimiento, objeto y capacidad de los socios, y crea derechos y obligaciones tanto entre los socios como entre la sociedad y terceros. Finalmente, analiza los efectos del contrato de sociedad y los derechos y obligaciones de los socios.
La Unión Europea ha acordado un embargo petrolero contra Rusia en respuesta a la invasión de Ucrania. El embargo prohibirá las importaciones marítimas de petróleo ruso a la UE y pondrá fin a las entregas a través de oleoductos dentro de seis meses. Esta medida forma parte de un sexto paquete de sanciones de la UE destinadas a aumentar la presión económica sobre Moscú y privar al Kremlin de fondos para financiar su guerra.
Este documento presenta una introducción al Derecho Administrativo, abarcando sus nociones previas. Brevemente describe los antecedentes históricos del Derecho Administrativo en Francia y México. Define el concepto de Derecho Administrativo y enumera sus principales fuentes normativas. Finalmente, explica las relaciones que guarda esta rama del Derecho con otras como el Constitucional, Civil, Electoral y Laboral.
El documento presenta una introducción al concepto de poder público. Explica que el poder público es la autoridad que se ejerce a través de los órganos del Estado. Luego, aborda temas como el concepto de poder en general y autores que han estudiado este tema, los elementos que conforman el poder público como la dominación y la competencia, y las teorías sobre el origen y fundamento del poder público como la doctrina del origen divino defendida por autores como Santo Tomás de Aquino.
Las organizaciones políticas se basan en elementos subjetivos como los aspectos humanos e ideológicos y elementos objetivos como los aspectos orgánicos y normativos. Los aspectos humanos se refieren a las personas que comparten convicciones e ideologías, mientras que los aspectos ideológicos son las concepciones sobre el orden socio-político. Los aspectos orgánicos crean una estructura de funciones y órganos, y los aspectos normativos establecen reglas para asegurar la unidad y funcionamiento de la organización.
Este documento presenta un marco teórico inicial sobre las organizaciones. Explica que las organizaciones están atravesadas por instituciones y que cumplen funciones determinadas por estas. Define conceptos clave como identidad, estructura y relaciones. Describe las perspectivas de varios autores sobre la dinámica interna de las organizaciones y los factores que influyen en su funcionamiento. El objetivo es comprender mejor el contexto organizacional para la futura inserción profesional.
La organización elegida por el grupo se llama Diffupar S.A., una Pyme familiar que representa marcas internacionales de fragancias y cosméticos en Argentina. Diffupar se ve atravesada principalmente por las instituciones de la familia, el trabajo y el comercio. El documento explica conceptos clave como las instituciones, lo instituido vs lo instituyente, y tipos de organizaciones como objeto y sujeto.
Este documento presenta una discusión sobre las instituciones desde diferentes perspectivas. Propone que las instituciones no solo deben analizarse por sus funciones y estructuras, sino también por los imaginarios e identidades que crean. También sugiere que las instituciones no son solo repetitivas, sino que albergan diversidad y polifonía. Finalmente, plantea que los analistas institucionales están implicados en las relaciones de poder de las instituciones que estudian, y deben promover modos democráticos de funcionamiento.
Psicología social de las organizacionesMoiio Rangel
La psicología social de las organizaciones estudia cómo los individuos se adaptan a las normas colectivas y se integran en grupos y organizaciones. Las organizaciones materializan las instituciones sociales como la salud, el trabajo y la educación. Las organizaciones están compuestas de grupos que interactúan para lograr objetivos comunes. Los individuos desempeñan roles en las organizaciones y son influenciados por ellas, aunque también las influyen. Las instituciones y organizaciones se afectan mutuamente en una relación dinámica.
Este documento discute diferentes teorías sobre el Estado, incluyendo la doctrina del derecho del más fuerte, las funciones del Estado como la legislativa, administrativa y jurisdiccional, y las instituciones como mecanismos de orden social. También analiza las escuelas de la teoría del Estado como el Estado Absoluto defendido por Hobbes y el Estado Liberal promovido por autores del siglo XIX.
El documento resume la organización del Estado en Venezuela. Explica que el Estado está compuesto por población, territorio, estructura jurídica y soberanía. Define al Estado como una persona jurídica y describe la teoría del órgano, clasificando los órganos del Estado. También distingue entre personas jurídicas de derecho público y privado, e identifica los poderes legislativo y ejecutivo a nivel nacional, estadal y municipal. Finalmente, menciona algunos organismos de la administración pública central venezolana.
Este documento presenta tres enfoques para entender la noción de institución política: 1) como una entidad que organiza internamente a la comunidad y se individualiza externamente, 2) como una colectividad que cumple una función necesaria para el sistema social, y 3) como las normas más estables que regulan aspectos fundamentales de la vida colectiva. Una institución política tiene estabilidad, perdurabilidad y continuidad jurídica, y una personalidad propia que le permite establecer relaciones con otros sujetos e instituciones.
La persona jurídica es un sujeto de derechos y obligaciones creado por personas físicas para cumplir un objetivo social. A diferencia de las personas físicas, las personas jurídicas no existen como individuos sino como instituciones. Existen varias teorías sobre la naturaleza de las personas jurídicas, como la teoría de la ficción, que las considera creaciones del derecho, y la teoría de la realidad, que las ve como entidades preexistentes a la voluntad de las personas físicas.
Este documento presenta una introducción y desarrollo del tema de la teoría de la constitución. Explora conceptos de la constitución como el racional-normativo, histórico-tradicional y sociológico. También examina tipologías, funciones y la estructura de las constituciones, la cual se divide en parte dogmática y parte orgánica. Concluye que la constitución establece los derechos de los ciudadanos y las funciones del poder estatal, y necesita actualizarse para reflejar las necesidades cambiantes de la
La organización es una institución social que satisface necesidades sociales mediante normas y reglas de conducta. Está formada por grupos de personas que interactúan y siguen pautas de comportamiento establecidas socialmente. Las organizaciones contienen normas, relaciones e instrumentos que cumplen los intereses de una sociedad.
El documento define la institucionalidad como el conjunto de organismos que dirigen un estado y ejecutan sus funciones en pos del bien común. Explica que la institucionalidad se refiere a la aplicación de las normas y leyes dentro de un estado de derecho y un ordenamiento jurídico. También señala que las instituciones políticas regulan la estructura y órganos del gobierno, como la constitución y administración pública.
El documento explica que dentro de la teoría general del Estado, existen diferentes enfoques para entender la naturaleza del Estado, como el enfoque jurídico, político, sociológico y filosófico. Cada enfoque ofrece una perspectiva particular para analizar aspectos como la estructura legal, las relaciones de poder, la influencia de factores sociales y las justificaciones del poder estatal.
Cómo las organizaciones sociales formales y no formales ejercen control socia...DaryelisAndrade
Este documento describe cómo las organizaciones sociales formales y no formales ejercen control social en el siglo XXI. Explica que el control social puede ser formal e informal, y que las organizaciones formales incluyen entidades gubernamentales y empresas, mientras que las organizaciones informales surgen espontáneamente entre grupos más pequeños. Además, analiza cómo estas organizaciones utilizan diferentes mecanismos como normas, leyes e influencia social para regular el comportamiento individual y grupal.
El documento describe las diferencias entre las organizaciones sociales formales e informales y el control social que ejercen en el siglo XXI. Las organizaciones formales tienen una estructura definida de autoridad, mientras que las informales carecen de esta. Ambos tipos de organizaciones buscan satisfacer necesidades humanas, pero las formales lo hacen a través de políticas y procedimientos establecidos. El control social puede ser formal e implementado por agentes del gobierno, o informal a través de la influencia social.
Este documento presenta una introducción a la teoría de las organizaciones. Explica que la organización ha existido desde la humanidad misma, cuando los seres humanos se unían para alcanzar objetivos comunes. Define la organización como un conjunto de personas que ejecutan actividades y tareas bajo responsabilidades y derechos para lograr metas. También describe los diferentes enfoques clásicos y modernos de la organización, así como los conceptos de organización social, empresa e institución.
1. El documento discute diferentes teorías sobre el origen y naturaleza del Estado, incluyendo teorías absolutistas, liberales y modernas. También analiza las funciones del Estado como legislativa, administrativa y jurisdiccional.
2. Se describen los fines del Estado como proteger a la población, facilitar el comercio y regular la conducta, buscando el bien común. Las instituciones son mecanismos que procuran gobernar el comportamiento de grupos.
3. Finalmente, se mencionan teorías teológicas e históric
El documento contrasta las definiciones de institución y organización. Define la institución como un concepto intangible ligado a una función social, mientras que la organización se refiere a la estructura tangible que da vida a la institución. Explica que las instituciones moldean a los individuos y la sociedad y que nunca existen separadas de las organizaciones que las implementan.
Las organizaciones sociales formales y no formales ejercen control social en ...Aneyka1
Concluyendo con esta actividad podemos decir que el control social puede existir de diferentes maneras, a través de prácticas formales e informales, a través de normas socialmente aceptadas y a través de la coacción individual contra uno mismo.
A través de normas socialmente aceptadas y a través de la coacción individual contra uno mismo.
Las prescripciones más explícitas de la idea de control social son las que se expresan a través de leyes, estatutos y preceptos formales a los que todos los miembros de la sociedad deben adherirse por igual. Estas medidas son explícitas y, por lo tanto, son creadas y aceptadas por la sociedad en su conjunto. El control social explícito también se refiere a la prevalencia de los intereses políticos y la expresión política de diversos grupos de la sociedad, que en determinadas situaciones pueden entrar en la categoría de control implícito.
Sin embargo, el control social también puede ejercerse a través de métodos informales, que no tienen por qué ser explícitos y a veces son mucho más poderosos que los métodos formales. Cabe mencionar aquí el control social ejercido por la religión, la jerarquía social, los medios de comunicación y la propaganda, los códigos morales, etc. Todas estas normas informales de control social pretenden moldear la asimilación voluntaria por parte de los individuos de comportamientos socialmente aprobados. Estas normas implícitas de control social no suelen ser del todo éticas, sobre todo en lo que respecta al poder de la propaganda y los mensajes publicitarios específicos.
El control social es algo más que normas de comportamiento social. Puede definirse como un conjunto de factores que modifican y regulan el comportamiento de la sociedad y de las personas que viven en ella.
El documento analiza cómo las organizaciones sociales formales e informales ejercen control social en el siglo XXI. Explica que las organizaciones formales se rigen por normas escritas, mientras que las informales son más espontáneas y flexibles. Proporciona ejemplos de cada tipo como ministerios versus compañeros de trabajo. El documento concluye que ambos tipos de organizaciones pueden coexistir y ejercen control social de manera diferente.
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vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
1. Crista Micaela A. Cardona Salazar. | Investigación Jurídica | 01 de septiembre de 2015
Teoría de la Institución Jurídica
MAURICE HAURIOU
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Contenido
BIOGRAFÍA DE MAURICE HAURIOU..........................................................................................................................2
TEORÍA DE LA INSTITUCIÓN JURÍDICA Y FUNDACIÓN...................................................................................3
(ENSAYO DEL VITALISMO SOCIAL)...........................................................................................................................3
Institución y Estado..........................................................................................................................................................4
Elementos de la Teoría de la Institución..............................................................................................................4
La clasificación de las Instituciones: .....................................................................................................................7
el problema institucional.................................................................................................................................................8
EL Principio antropológico.............................................................................................................................................9
El concepto de Constitución desde la perspectiva teórica del institucionalismo jurídico ........................11
CONCLUSIÓN......................................................................................................................................................................14
BIBLIOGRAFÍA.....................................................................................................................................................................15
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BIOGRAFÍA DE MAURICE HAURIOU
Hauriou nació en Ladiville, Charente, Francia, en 1856. Fue Profesor de derecho
administrativo de la Universidad de Toulouse, consideró a las instituciones del Estado
como un instrumento cuyo objetivo fundamental era la defensa de la vida civil y de la
libertad.
Hauriou defendió el orden individualista de la empresa y la propiedad privada, y
contribuyó al desarrollo de procedimientos legales que protegieran a los ciudadanos
de actuaciones administrativas indebidas, oponiendo así a la teoría de la soberanía
nacional un sistema fundamentado sobre los derechos del individuo.
Figuran entre sus principales obras Principes du droit public (1910; Principios de
derecho público), Précis du droitconstitutionnel (1923; Compendio de derecho
constitucional) y Précis du droit administratif (Compendio de derecho administrativo),
libro este último que reelaboró en profundidad en cada una de sus numerosas
ediciones. Maurice Hauriou, que fue también uno de los primeros teóricos de la
sociología jurídica, murió en Toulouse, Francia, el 12 de marzo de 1929.
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TEORÍA DE LA INSTITUCIÓN JURÍDICA Y FUNDACIÓN
(ENSAYO DEL VITALISMO SOCIAL)
Define la Institución en el marco del Derecho y el Poder, es decir, los vincula. Porque
las instituciones son fundadas gracias al Poder, pero ésta deja lugar a una forma de
consentimiento. La Institución es la idea permanente y la fundación es el fundamento
jurídico o forma jurídica que asume. Para él la Institución no es un elemento tan
material, sino que es una idea que da origen a la materialidad(a su fin). Podemos
decir que la Institución es la idea fundante y una vez que fundamos hablamos de
materialidad (de fundación). La Institución es la idea que se puede tener de partidos
políticos, de empresa, etc. Esta fundación va a ser el fundamento de carácter jurídico.
Podemos tener una idea de carácter política y un fundamento que va a dar una forma
a la institución, una forma dada por el derecho.
Entonces Institución es, según Hauriou:
“Una idea de obrar o de empresa que se realiza y dura
jurídicamente en un medio social y para realizar esta idea
es que se organiza un poder que lo proveen los órganos
necesarios y por otra parte entre los miembros del grupo
social interesado en la realización de la idea produce
manifestaciones de comunión dirigidas por órganos de
poder y reglamentadas por procedimientos”.
Lo anteriormente mencionado significa que: la institución es la idea destinada a
desarrollar y el derecho es el límite para el desarrollo de esa idea, pero
necesariamente se requiere del poder y este poder se traduce en la existencia de
órganos destinados a alcanzar esa idea. Pero no basta con que existan órganos,
debe existir también por parte del que obedece la idea o comunión de ideas el
convencimiento de ser lograda.
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INSTITUCIÓN Y ESTADO
Aplica el concepto de Institución tomando en consideración el Estado, ya que fue a
partir del estudio de la Administración Francesa, organismo seno del Estado, lo que
le llevó a Hauriou a entrever una serie de organismos cuyas directrices trazó en su
Théorie de L’Institucion et de la fondation. La teoría institucional significó una reacción
contra las teorías voluntarias y subjetivistas, que basan todo el derecho en el contrato,
pero también implicó una reacción contra la teoría de la personalidad ficticia o
personalidad jurídica.
Elementos de la Teoría de la Institución
Desde la Teoría de la Institución los elementos del Estado moderno 1para Hauriou
son:
La idea con acción colectiva o idea de la obra: en todo estado va a existir un
grupo humano o población que comparte una idea de Nación, entendida como
elemento más importante la conciencia de permanencia a algo (religión,
cultura, etc).
El poder organizado puesto al servicio de ésta para su realización. Desde la
perspectiva liberal política el Estado se va a fundar en dos principios: la
separación de los poderes (Montesquieu) y el gobierno representativo (no hay
democracia de carácter directo, sino representativo democrático).
Si entendemos que el poder es un elemento del Estado y es soberano, por lo
que implica el ejercicio de la soberanía, decimos que la soberanía reside en la
Nación, siendo ejercido el pueblo a través de los órganos del Estado.
1 Al considerarlo al Estado como una Institución, no afecta decir que los mismos elementos de la Teoría
de la Institución lo son para el Estado.
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Las manifestaciones de comunión que se producen en el grupo social respecto
de la idea y su realización, armonía de las voluntades bajo la dirección de un
jefe y no implica sólo los sentimientos intelectual sino la voluntad de obrar.
Toda institución debe estar gobernada. Debe tener una organización jerárquica que
le permita un orden en miras a la acción. Por ello, debe tener un fundamento jurídico,
que aunque debe ser estructurado después de haber clarificado la “idea de obra a
realizar”, va a tener una importancia propia en cuanto a los procedimientos que deba
seguir la institución en su accionar. El aspecto jurídico ayuda a concretar en la
realidad la “idea de obra a realizar”. Esto supone que a la vez los miembros de la
institución se comprometen jurídicamente.
En el desarrollo de la institución juega un papel preponderante el carácter que le
imprime su fundador o fundadores. A partir de este carácter puede verse influenciada
la personalidad de los miembros de la institución. De esta manera, habrá una
reciprocidad en la transmisión de caracteres. No sólo influenciará en los miembros de
la institución el carácter del fundador o fundadores, sino que la personalidad de los
miembros podrá ayudar a configurar la fisonomía del carácter institucional.
De acuerdo al fin buscado, la institución es diseñada. Esto comprende la clarificación
del fin último, la formación del carácter institucional, la elaboración de una estrategia
de acción, la concreción de los medios mediante una táctica, la determinación de los
requisitos a exigir a las personas que formarán parte de la institución, el alcance de
la acción colectiva
Hay instituciones de diversos tipos. Algunas son gubernamentales, otras privadas,
otras eclesiásticas, entre otras. Algunas de éstas tendrán alcance mundial, otras
nacional, otras estatal.
Las características de cada institución dependerán, en última instancia, de las
necesidades que procure atender. Esto es fundamental a la hora de pretender una
longevidad institucional. Debe existir un concertación entre las características de la
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institución y los propósitos que tiene planteada. Esta longevidad institucional, a su
vez, es fundamental para asegurar la serenidad en el funcionamiento de la sociedad.
Las instituciones, necesariamente, deben tener una permanencia, que luego les
vendrá reforzada por los formalismos jurídicos. La vocación de permanencia se
concreta en la convicción teórica y práctica de querer mantenerse en el tiempo. La
convicción teórica viene dada al delimitar y profundizar bien los lineamientos
estratégicos de la institución; la convicción práctica, por el adecuado ejercicio de la
táctica. Las instituciones, al insertarse en la sociedad para satisfacer necesidades de
los integrantes de ésta, tienen (o deberían tener) una vocación innata de servicio.
Además, las instituciones aseguran la continuidad de la vida social. Como la vida
social es una obra exclusivamente humana, y el ser humano es de por sí perecedero,
las instituciones aseguran el que pueda confiarse en la continuidad de la dinámica
social, aun cuando sus actores vayan desapareciendo. La institución permite que
venga otro a ocupar el puesto que ha quedado vacante". Es fundamental que se
fomente una memoria institucional, esto es, que las experiencias que se van
adquiriendo en las actividades que la institución desempeñe sean tomadas como
factor importante en la toma de decisiones y, a la vez, no tomar lo pasado como inútil
y desecharlo, sino que debe tomarse toda esa experiencia institucional a beneficio de
inventario, es decir, tomar de ella lo bueno para la solución de nuevas problemáticas.
Esto es posible, también, porque las instituciones poseen una personalidad jurídica
independiente de la de sus miembros y, como es sabido, la personalidad jurídica de
las personas naturales desaparece con la muerte de la persona. Al crearse una
personalidad jurídica independiente, la de la persona moral, se asegura la continuidad
en la acción institucional. "Como la institución es la idea directriz que agrupa la
voluntad libre de los individuos, la participación en libertad para hacer realidad el ideal
de socializar sin estatizar, es posible a través de las instituciones, las cuales poseen
una personalidad jurídica propia, independiente de la de los individuos que le dan
vida'"
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La clasificación de las Instituciones:
Instituciones que se personifican: aquellas que se constituyen como personas
jurídicas: Estado, partidos políticos, los sindicatos, etc.
Instituciones que no se personifican o Instituciones Cosas: instituciones de
carácter excepcional y débil. Lo que falla en estas instituciones es la idea, ésta
no es capaz de generar mancomunidad dentro de la sociedad, no se asume
como persona jurídica que participa e interviene dentro de la sociedad. No
tiene trascendencia en el tiempo y dura muy poco. Ej: el partido comunista
puede llegar a convertirse luego en débil.
Pero también se pueden clasificar en razón de los ámbitos en que operan cada una
de las instituciones de: carácter político, instituciones de carácter jurídico,
instituciones de carácter sociales y económicasi.
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EL PROBLEMA INSTITUCIONAL
Las instituciones, como puede verse, juegan un papel nuclear en la sociedad. De la
acción que ellas desplieguen depende en mucho el funcionamiento de la sociedad.
Un termómetro del comportamiento social es la situación institucional.
El problema institucional2 iisurge cuando hay un desvío en la ejecución de los
objetivos fundacionales. Esto sólo puede ser provocado por aquéllos que integren la
institución. De modo particular, la conducta observada por aquéllos que dirigen la
institución será un termómetro de cómo podrá ir ésta. Es a ellos a quienes
corresponde, en primer lugar, el provocar una tendencia hacia el comportamiento
ético, de manera que sus subordinados vean esa conducta como imitable.
Hay un desvío en la búsqueda de los objetivos fundacionales institucionales, o bien
cuando sus integrantes anteponen el fin colectivo a uno personal (piénsese en
corrupción, etc.), o cuando no está claro el fin buscado, bien sea por ignorancia
culpable, o por ignorancia provocada por un deterioro anterior en la sociedad o en la
institución misma.
El problema institucional no surge de un momento a otro. Es consecuencia de
repetidas actuaciones particulares que se desvían del objetivo fundacional. Si bien es
imputable necesariamente a sus integrantes, se hace difícil que la entera
responsabilidad recaiga sobre sólo uno de ellos.
El problema institucional, supone un daño innegable en el funcionamiento de la
sociedad. La sociedad deja de contar con aquella institución que se ha desvirtuado
Supone una enfermedad social. La sociedad, al no poder contar con entera confianza
en uno de sus miembros institucionales, se ve disminuida en su accionar.
"La manifestación más global de la crisis, y, hasta cierto punto, comprensivade todas
sus otras expresiones, es la crisis institucional o la crisis de las instituciones, es decir,
la que afecta a las organizaciones fundamentales de nuestra sociedad”iii
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EL PRINCIPIO ANTROPOLÓGICO
La fundación institucional es un proceso exclusivamente humano. Esto no tiene
discusión. La institución es fundada y formada por hombres, aunque luego la
institución pueda formar a los hombres. Maurice Hauriou plantea, como Platón y
tantos otros, que lo social es formado por lo individual, es decir, por los individuos.
Sin embargo, sostiene que hay un elemento importante en la fundación institucional
que trasciende lo individual.
Es la idea de la obra a realizar. Ésta es común a los individuos que forman parte de
la institución. No obstante, esto no quiere decir que no pueda ser sólo una persona
quien funde la institución
Pero esto puede verse más claro en el libro II de la República de Platón. Él, buscando
obtener la noción de justicia, crea un Estado imaginario. Al comienzo de su
construcción intelectual, se da cuenta de que el Estado es el individuo en caracteres
gruesos. Por esto, el carácter del Estado es el carácter de los individuos que habitan
en él.
El carácter institucional viene dado por el carácter de sus integrantes. Por ello, para
solucionar las desviaciones del carácter institucional, hay que corregir las
desviaciones en el carácter de sus miembros.
En este mismo sentido, Hauriou plantea, mediante una crítica a la tesis de la regla
del Derecho de León Duguit, que las instituciones no vienen creadas por reglas de
Derecho, porque tendría entonces que admitirse que las instituciones, como
consecuencia de tal postura, vienen dadas por el medio social; y es claro que el medio
social no funda instituciones, sino que aprueba o rechaza la fundación de éstas por
particulares". La función de las reglas de Derecho es la de asegurar y delimitar
jurídicamente a las preexistentes realidades institucionales a las cuales son
aplicadas.
En resumen, toda reforma institucional, tomando como ejemplo la del Estado, debe
ir, antes de la reforma legislativa o cualquier otro tipo de reforma procedimental o de
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estructura, que muchas veces será necesaria, al fondo de las cuestiones, siendo en
este caso el núcleo del problema la conducta que observan los miembros de toda
institución.
En definitiva, como las instituciones están formadas por hombres, son éstos los
responsables del manejo institucional. De la acción de sus integrantes dependerá,
para bien o para mal, el que una institución cumpla con sus objetivos fundacionales
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EL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA TEÓRICA DEL
INSTITUCIONALISMO JURÍDICOiv
(“Hauriou vs. Rousseau”)
En relación con el orden jurídico objetivo Hauriou matiza la teoría del contrato social
de Rousseau. En este sentido hay que señalar que si bien ambos parten de la idea
común de un momento fundacional objetivo y, por tanto, de la no preexistencia de
persona moral alguna; mientras para Rousseau ese momento fundacional objetivo lo
constituye el contrato social, para Hauriou descansa sobre el concepto de institución
corporativa.
La diferencia sería la siguiente:
“Si el momento fundacional adopta la forma de contrato social, entonces el
establecimiento del Derecho y del Estado es únicamente el efecto de las voluntades
individuales contratantes, y la ley como fuente del Derecho es la expresión de la
voluntad general.
El error de esta argumentación sería, si nos atenemos al planteamiento de Hauriou,
considerar la ley como expresión de la voluntad general, cuando en realidad se trata
de la expresión de la voluntad de una mayoría parlamentaria o electoral que si bien
puede resultar más o menos representativa (ya que se ha gestado en el seno de una
organización legislativa), no difiere en su fundamento del mandato del Príncipe si no
es por una cuestión de grado.
La cuestión que se plantea inmediatamente es cómo justificar la autoridad de esta
Ley así concebida, cómo justificar su imposición a todo el grupo incluso mediante el
uso de la fuerza. La explicación residiría en la necesidad del grupo de funcionar unido
ante el peligro de amenaza sobre su propia existencia, lo cual, de ningún modo
llevaría a la identificación de las fuentes del Derecho con la voluntad general; antes
bien, la necesidad de someter la independencia individual a la preservación de la
existencia del grupo, convertiría al principio de autoridad en el eje rector del proceso
de creación del Derecho.
Si por el contrario, el momento fundacional descansa en la constatación de que no
hay un solo momento en la historia del Estado en que no exista un Derecho ya
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establecido en la nación con carácter previo a cualquier fenómeno jurídico de nueva
creación, entonces, la existencia del Estado no puede vincularse a la acción de las
voluntades individuales ni a una hipotética voluntad general como plantea Rousseau,
sino al hecho de la institución social corporativa cuya expresión es el Estado de
Derecho, en virtud del cual las fuentes jurídicas gubernamentales se verían
subordinadas al Derecho ya establecido. El Estado se constituiría así a partir de la
reorganización de la nación a través de un proceso lento de adhesión que permitirá,
en su momento, la realización real de la voluntad general, y aquel Derecho
establecido previo al Estado surgiría: materialmente, de la constante adaptación de
las estructuras corporativas a las realidades sociales; formalmente, de la
transformación del "hecho" en "derecho".
El Derecho "establecido" se configura entonces como un Derecho escrito que, por
añadidura, deviene consuetudinario, beneficiándose así tanto del valor de la
costumbre como del valor de la ley. Sería precisamente este Derecho previo al Estado
el que, mediante artificios de redacción, imitan las "Constituciones escritas" que no
son sino reconstrucciones artificiales de ese Derecho, adaptadas a las necesidades
de movilidad y orden, de libertad y justicia, propias del Estado de Derecho.
Por otra parte, los procedimientos mediante los cuales se crea la ley serían según
Hauriou indicios claros de la existencia de una verdadera institución, es decir, de un
grupo social dotado de una cierta organización y una cierta permanencia. Entre estos
procedimientos cobran especial relevancia aquellos que se denominan electorales,
es decir, las operaciones representativas; y aquellos llamados parlamentarios, es
decir, las operaciones legislativas, desde el momento que interesan a todos los
miembros del grupo y preparan la adhesión de la nación a la ley votada por sus
representantes.”
En relación al fenómeno de la personificación moral de la institución objetiva
preexistente, al que tanta importancia concede Hauriou, se reivindica la doctrina
metafísica de Santo Tomás de modo que partiendo de la consideración tomista de
que el cuerpo, primeramente dotado de organización, contiene en potencia el alma y
pasa su vida intentando convertirla en acto, es decir, realizarla; Hauriou plantea que
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los órganos que conforman el cuerpo social son elementos objetivos que pertenecen
a un organismo corporativo dotado de una existencia individual objetiva y que, por
mediación de este organismo en su totalidad, entran en relación y alcanzan una
existencia subjetiva bajo la forma de personalidad jurídica,
Por ello Hauriou estudia el Derecho administrativo como un sistema positivo de
conducta destinado a reaccionar contra la arbitrariedad de la Administración; el
Derecho constitucional como un sistema positivo de conducta destinado a reaccionar
y a garantizar protección frente a los golpes de fuerza de los poderes políticos; la
teoría jurídica del Estado como un sistema positivo de conducta más basto aún,
destinado a reaccionar contra las brutalidades y las insuficiencias del poder del
hombre sobre el hombre
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CONCLUSIÓN
El concepto de Institución, ha sido abordado filosóficamente, dando lugar a la Teoría
Institucional, en la Escuela Francesa, de la que Maurice Hauriou es el autor.
Gracias a esta teoría se considera que el Derecho no debe polarizarse
exclusivamente a la figura jurídica del contrato3.
El Derecho, por lo tanto, no tiene por objeto tan sólo la distinción de lo mío y de lo
tuyo, sino el discernimiento de los “nuestro”. Sobre la base de que los hombres llevan
una vida social y que, por la tendencia que tenemos a la solidaridad, nos vemos
compelidos de una manera consciente o necesaria a agruparnos y constituir entes
colectivos, que se llaman Instituciones.
Esta teoría no busca desaparecer las relaciones jurídicas ni la individualidad, por el
contrario, la institución se estructura de manera jerárquica, cada uno de sus miembros
desempeña distintas funciones, haciéndose notar que se despoja de su personalidad
individual a cada miembro.
Ha de saberse que la teoría de la institución es de base sociológica, se considera en
la misma que siempre existe una personalidad social.
3 Como venía sucediendo a partir de la Revolución rancesa, tanto en la vida pública como privada.
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BIBLIOGRAFÍA
i Mortín,Fausto. ¿Qué son las instituciones?(2013). Documento disponible:
http://www.elmundodetehuacan.com/opinion/columnas/1109150 Investigación
generada: 26/08/2015
ii Messner, Johannes, “El problema institucional”, Op. Cit.: pp.553-566
iii Ibídem
iv Universidad complutense de Madrid. “crisis del principio de generalidad y del
formalismo jurídico : JJ Rousseau, i Kant y la Perspectiva teórica del institucionalismo
jurídico en Maurice Hauriou” (2004)
La Gaceta Jurídica, Paralelismo entre la Lingüística y la disciplina Jurídica.
Disponible en:
http://www.larazon.com/index.php?_url=/suplementos/la_gaceta_juridica/Para
lelismoLinguisticadisciplinajuridica_0_2187381300.html
Récanses, Luis Siches. “Filosoofía Jurídica Contemporánea”, pp- 287.
Documento disponible en:
https://books.google.com.bo/books?id=EZnMwtZnQQAC&pg=PA295&lpg=PA
295&dq=maurice+hauriou+teoria+de+la+institucion&source=bl&ots=9bYSgne
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%20institucion&f=false