El documento describe los postulados básicos del ius naturalismo racionalista, una filosofía que dominó Europa después del Renacimiento. Supone que el universo tiene una estructura necesaria y racional, no hay azar ni contingencia. Se desvincula el derecho natural de Dios y se crea mediante la lógica. Distingue entre el status naturalis del hombre previo a la sociedad y el status civilis posterior. Explica el paso de un estado a otro mediante la teoría del pacto y menciona a autores representativos como Grocio, Wolf, T
En esta presentación tratamos el tema de si existen o no lagunas en el Derecho. Algunos autores tienen la postura de que en el Derecho no pueden existir lagunas, pero otros manifiestan la postura contraria. Este es un interesante tema de teoría general del Derecho.
Derecho Procesal Civil.
Unidad 5. Emplazamiento y sus Efectos.
http://www.apuntesdederechoprocesalcivil.blogspot.mx/2013/10/unidad-5-emplazamiento-y-sus-efectos.html
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Cuadro explicativo. Control difuso y ConcentradoErasmo Garcia
El presente cuadro explica las relaciones y diferencias que tiene cada uno de los controles constitucionales, dentro del ordenamiento jurídico Venezolano.
En Derecho, la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.
Cuadro explicativo. Control difuso y ConcentradoErasmo Garcia
El presente cuadro explica las relaciones y diferencias que tiene cada uno de los controles constitucionales, dentro del ordenamiento jurídico Venezolano.
En Derecho, la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.
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2. La filosofía racionalista dominó Europa a partir
del Renacimiento. Supone, ante todo, un
cambio de mentalidad. Sus presupuestos
básicos aluden a un principio de necesidad (el
universo tiene una estructura necesaria, esto
es, racional), no hay azar ni contingencia (y por
extensión, lo más necesario es la matemática),
separación entre filosofía y teología. Se produce
una revalorización de las ciencias naturales :
Kepler, Galileo, Newton, Pascal, Copérnico...
Todo ello contribuye a componer la idea de
Progreso.
3. POSTULADOS BÁSICOS DEL IUS
NATURALISMO RACIONALISTA
• Dios no es fuente de toda moral, lo es la
Desvinculación del
derecho natural y
racionalidad del hombre.
dios
• El derecho natural se crea mediante la lógica
Creación del derecho
y se va ampliando indefinidamente a partir de
natural por medio de
la razón los preceptos legales ya conocidos.
Status Naturalis: estado de
naturaleza del hombre previo a Por lo tanto el
su convivencia político-social hombre es un ser
asocial , simplemente
Status naturalis y se adviene a construir
status civilis
Status civilis: estado de sociedades.
naturaleza del hombre posterior
a su convivencia social
4. • El paso de un estado
Pactum unionis: Constitución
a otro se explica por del grupo social.
la teoría del pacto. Se
distinguen dos pactos Pactum subjetionis: Sumisión
Pactismo
sucesivos: del grupo a una autoridad.
• A partir de Grocio se atiende la naturaleza empírica (de la
experiencia) del hombre, fijándose en sus consideraciones
Naturaleza sociológicas.
empírica del
hombre
• Es consecuencia de la separación entre filosofía y la teología.
La moral queda como un conjunto de actos internos del
Separación sujeto.
entre derecho y
moral
5. Wolf
Tomasio
Puffendorf
Grocio
Principales
representantes
6. BIBLIOGRAFÍA
s/a http://es.shvoong.com/law-and-
politics/law/1734934-el-iusnaturalismo-
racionalista/#ixzz2JiEkOxXi fecha de consulta:
01 de Febrero de 2013
s/a<http://www.galeon.com/iusnaturalismo/>
fecha de consulta: 01 de Febrero de 2013.
Real academia española
<http://www.rae.es/rae.html> fecha de consulta:
01 de Febrero de 2013