Este documento resume tres formas especiales de testamento según el Código Civil mexicano: el testamento privado, el testamento militar y el testamento marítimo. El testamento privado puede realizarse en casos de enfermedad repentina o cuando no haya notario disponible, y requiere de cinco testigos. El testamento militar lo pueden hacer los militares en combate con dos testigos. El testamento marítimo puede ser otorgado por cualquier persona a bordo de un buque con dos testigos y el capitán del barco.