Este documento resume la Ley de Subvención Escolar Preferencial (SEP) en Chile, la cual entrega recursos adicionales a escuelas con alumnos en situaciones de vulnerabilidad socioeconómica. La ley clasifica las escuelas en autónomas, emergentes o en recuperación, y define a los alumnos prioritarios que son beneficiados. El resumen explica el objetivo de mejorar la calidad e igualdad educativa, los beneficios para los alumnos prioritarios y el proceso de postulación de las escuelas a la ley SE
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acuerdo mineduc donde se puede evidencia la proliferacion de estos sitios destinados a la clandestindad y la putrefaccion social .
Asi como hoy se tiene una mentalidad de tuburosn La necesidad del avance y desarrollo tecnológico conlleva a la investigación y estudio de diversas ingenierías que ayuden a crear mejoras en los sistemas, así como dar soluciones a problemas existentes, todo esto con el fin de prestar múltiples servicios basados en una misma infraestructura.
Actualmente, las telecomunicaciones se desarrollan con la transmisión proporcionada por las redes digitales de alta velocidad, redes de telecomunicaciones que están entre los sistemas técnicos esenciales en el mundo moderno, constituyéndose en una condición vital para el desarrollo de la sociedad actual.
Los primeros satélites artificiales fueron de órbitas bajas. Por razones obvias de tecnología necesitaban aprovechar el poco combustible que tenían y el radio enlace con la tierra debía ser, por tanto, no muy distante. Pero de este modo, debían moverse a una velocidad muy alta, porque de lo contrario caerían a Tierra. Los satélites daban vuelta a la Tierra más rápido que el propio giro de esta sobre su eje, y para una estación terrena, entonces, el satélite solo esta visible durante unas horas al día.
Conforme ha ido avanzando la tecnología, ha sido posible la puesta en órbita de satélites geoestacionarios, es decir, aquellos que giran alrededor de la Tierra a la misma velocidad de rotación que ésta y, por tanto, aparecen
fijos en el cielo respecto a un punto fijo de la Tierra. La órbita de la Tierra que cumple esto es la geoestacionaria, también llamada Cinturón de Clarke.
El Satélite Simón Bolívar, es el primer satélite artificial lanzado por Venezuela en el año 2008; permaneciendo a una altitud de 35.786,04 Km sobre la Tierra cuya órbita es del tipo geoestacionaria ubicada a una longitud de 78°O. Este satélite fabricado por la Administración Nacional China del Espacio, tuvo un costo de 240 millones de dólares y el principal objetivo de su puesta en órbita, es darle mayor independencia tecnológica a nuestro país; además se busca satisfacer las necesidades de comunicación, tanto de Venezuela como de los demás países latinoamericanos, con miras a una mayor integración regional; teniendo a los siguientes sectores como sus principales prioridades: salud, educación, defensa, PDVSA, gobierno, interconexión entre centrales de CANTV, entre otros. El satélite cuenta con 28 transpondedores en total, los cuales están distribuidos entre tres bandas de frecuencia: C, Ku y Ka.
La responsabilidad de la operación de los sistemas de telemetría y control está a cargo de la Asociación Bolivariana para Actividades Aeroespaciales (ABAE), antiguamente llamado Centro Espacial Venezolano (CEV), mientras que la Compañía Anónima Nacional dajsdhka kjahsdkjahsdkj ahkjsdh akjsdh kahsdkjahjskdh akjshd kjahsdkjahskjdhakjshdkj ashjdkahkjdah kjhadkjashdkjahskjdhakjshdkjahdjkhkhd
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Tic ley-sepfinal
1. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
UNIVERSIDAD TARAPACA
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Alumnas: Cecilia Núñez.
Katherine Zamora.
Profesor: Pedro Zurita.
2. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
UNIVERSIDAD TARAPACA
Introducción
El siguiente informe se centra principalmente en conocer la LEY Nº 20.248 que es
la LEY DE SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL, la cual es identificada
como LEY SEP, esta fue promulgada el 2 de febrero de 2008, con el propósito de
mejorar la calidad e igualdad en la educación en establecimientos subvencionados
entregando beneficios a alumnos prioritarios desde Pre Kínder hasta Segundo
Medio.
Aquellas escuelas que tengan incorporado este proyecto de LEY se clasificaran en
tres tipos, los cuales son:
Autónomas
Emergentes
En recuperación
Se debe tener un conocimiento de todo aquello que implica este proyecto, y de
esa manera cumplir con las normas correctamente.
A continuación profundizaremos de aquello que conforma esta LEY, desde las
bases hasta sus beneficiados.
3. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
UNIVERSIDAD TARAPACA
Desarrollo
Objetivo:
La Selección Escolar Preferencial entrega recursos a aquellos establecimientos
educacionales que han firmado con el Ministerio de Educación un acuerdo de
igualdad de oportunidades y excelencia educativa, y de esta forma implementar un
plan de mejoramiento educacional.
La LEY SEP tiene como objetivo mejorar la calidad e igualdad de los
establecimiento educacionales subvencionados, los cuales constan con alumnos
con vulnerabilidad, entregando a los sostenedores recursos adicionales por cada
alumno prioritario matriculado dentro de la escuela, al momento de recibir estos
recursos el sostenedor toma compromiso de generar un plan de mejoramiento
educativo, donde se enfoque principalmente en los estudiantes prioritarios en
conjunto de apoyo técnico-pedagógico con el fin de mejorar el nivel académico.
Además, aquellos alumnos de establecimientos incorporados en esta ley serán
exentos de pagar todo tipo de cobro que afecte su postulación, ingreso y
permanencia.
Beneficios que son entregados con el fin de avanzar a una educación que
entregue mejores oportunidades para todos sus educandos.
4. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
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Alumnos Prioritario:
Se denomina alumnos prioritarios, a aquellos estudiantes que presentan
problemas socioeconómicos en sus hogares, los cuales pueden afectar su
rendimiento escolar. La calidad de alumnos prioritario es determinada por el
ministerio de educación, el cual se va a basar en los criterios que establece la LEY
N°20.248; algunos de estos son:
Estar inserto dentro del sistema de protección social chile solidario o
programa de ingreso ético familiar.
En caso de no estar en ninguno de los programas antes mencionados,
deberá estar dentro del tercio más vulnerable según la ficha de protección
social.
Si no se encuentra dentro del tercio más vulnerable, se va clasificar si está
dentro de la letra A según FONASA.
Y por último si no cumple con ninguno de los tres requisitos nombrados
anteriormente, se va a ver según los ingresos familiares del hogar,
escolaridad de los padres, condición de ruralidad del hogar y por último el
grado de pobreza que presente la comuna. Si los estudiantes fueron
clasificados según FONASA o los ingresos que tiene el hogar, estos
deberán ser evaluados por la FPS durante un año. Todo educando que
tenga la ley N°20.248 está exento de cobro tanto de mensualidad, matrícula
o cualquier otro tipo de cobranza dentro del establecimiento.
5. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
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Clasificación de Establecimientos:
La Ley SEP establece que los colegios asignados al régimen de Subvención
Escolar Preferencial serán ordenados de acuerdo a sus resultados educativos en
tres categorías: autónomos, emergentes y en recuperación.
Autónomos: Son aquellos colegios que han demostrado sistemáticamente
buen rendimiento académico de sus educandos, en aquellos sistemas de
evaluación obligatorios a nivel nacional, los que son aplicados en 4º y 8º
año de enseñanza básica.
Emergentes: Establecimientos que no han demostrados sistemáticamente
buenos resultados educativos de sus alumnos, rendimiento que es reflejado
en mediciones de carácter nacional realizadas en 4º y 8º año de enseñanza
básica, por lo que se identifican problemas dentro de áreas específicas de
la gestión escolar, Aquellas escuelas con menos de 20 estudiantes que
rinden SIMCE; las escuelas rurales que no han rendido SIMCE en las tres
últimas mediciones; las escuelas que sólo imparten primer y segundo nivel
de transición y los establecimientos educacionales nuevos, quedan
clasificados en esta categoría.
En recuperación: Son escuelas que han presentado resultados de
aprendizaje y condiciones institucionales deficientes. Las escuelas pueden
ser clasificadas en recuperación, solamente a partir del año 2010.
6. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
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Los recientes establecimientos podrán ingresar a la ley SEP cuando tengan
las dos mediciones que se les pide, a no ser que el ministerio determine
que cuentan con las condiciones para brindar una educación de calidad,
cuando la matrícula sea baja, y por ende se pueda realizar estadísticas de
mediciones, es el ministro de educación, quien va a buscar el método
adecuado para dicha evaluación de estos establecimientos; el ministerio
debe tener en consideración las características que poseen los colegios
rurales, uni, bi o tri docentes, y todo esto debe ser con el fin de orientar a
los planes del mejoramiento educativo, darle apoyo, y por sobre todo dar
una supervisión pedagógica especial.
7. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
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Postulación:
El proceso de postulación para la ley SEP tiene comienzo en el mes de agosto, el
cual se debe realizar en la secretaría regional ministerial de educación, y se
validará el año siguiente. La secretaría regional ministerial de educación durante
los meses de septiembre y octubre va a realizar una observación a los distintos
colegios postulantes, en donde analizará la situación en que se encuentra cada
establecimiento y posteriormente dará su clasificación; si la Secretaría Regional
Ministerial de Educación, no avisa de la clasificación en el mes de Octubre, los
colegios pueden pedir al Subsecretario de Educación, que resuelva dicho
problema dentro de 15 días hábiles que serán contados desde el momento en que
recibe los antecedentes.
Los resultados de la evaluación del tercer año o anteriores a este, según
corresponda a la categoría en que se encuentre el colegio, serán expuestos
durante el año escolar siguiente a la última medición utilizada para la evaluación.
Esta nueva clasificación se hará efectiva a contar del año escolar inmediatamente
próximo al de la notificación. Durante el año de la reclasificación, el
establecimiento mantendrá la anterior categoría.
Los estándares nacionales y los criterios específicos para la calificación de los
resultados educativos se establecerán mediante decreto supremo del Ministerio de
Educación y deberán ser actualizados a lo menos cada 5 años.
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Conclusión
Con este trabajo pudimos comprobar que la LEY DE SUBVENCIÓN ESCOLAR
PREFERENCIAL, es muy importante para asegurar mejoras en la educación de
establecimientos educacionales subvencionados, ya que, gracias a ella, se les
puede brindar apoyo a aquellos estudiantes que dentro de sus hogares sufren
problemas socioeconómicos, a quienes se les denomina como alumnos
prioritarios. También, de esta forma se logran generar mejoras y así poder nivelar
el rendimiento académico de los alumnos, entregando nuevas estrategias de
trabajo, las que buscan ayudar a que los educandos puedan entender y
comprender de mejor manera lo que el profesor expone en clases.
9. PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN BÁSICA
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Web Grafía
http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201103050058380.Anexo
%201%20Resumen%20Ley%20SEP.pdf
http://www.divesup.cl/usuarios/rech/File/Resumen%20Ley%20SEP.pdf
https://www.ayudamineduc.cl/Temas/Detalle/9fcc62d3-ff2c-e211-8986-
00505694af53
https://www.ayudamineduc.cl/Temas/Detalle/514fbc35-0b2d-e211-8986-
00505694af53
https://www.ayudamineduc.cl/Estatico/docs/informacion/info_guia/guia_sep.pdf
http://es.slideshare.net/lissettemarina/ley-sep-13477991?related=2
http://biblioteca.uahurtado.cl/ujah/reduc/pdf/pdf/txt974.pdf
http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201103050058380.
Anexo%201%20Resumen%20Ley%20SEP.pdf