Este tratado establece normas para promover la estabilidad, coordinación y gobernanza en la unión económica y monetaria de la zona euro. Establece límites para el déficit y la deuda pública de los países miembros y un mecanismo de corrección automática para hacer cumplir estas reglas. También crea una supervisión reforzada de las políticas económicas y presupuestarias de los países de la zona euro.
Este documento propone una reforma de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para racionalizar y hacer sostenible la Administración local en línea con los principios de estabilidad presupuestaria. La reforma busca clarificar las competencias municipales, racionalizar la estructura organizativa para hacerla más eficiente, garantizar un mayor control financiero y limitar intervenciones administrativas que dificulten la iniciativa privada.
BCRA: Proyecto Modific Carta Orgánica de Marcó del Pont, Cantero, Rosso, Vac...Foro Blog
Este documento propone modificar el artículo 3 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina para ampliar su misión más allá de solo preservar el valor de la moneda. Se argumenta que el Banco Central debe coordinar sus políticas con el Poder Ejecutivo y perseguir objetivos como el crecimiento económico y el empleo, no solo contener la inflación. También se propone que el Banco Central informe públicamente sobre sus metas monetarias y cambios significativos.
El documento presenta las recomendaciones de José Antonio Ardavín, Director del Centro de la OCDE en México, sobre la mejora del proceso presupuestario en México. Ardavín recomienda establecer un marco de gasto de mediano plazo más integral, mejorar el uso de información de desempeño en la toma de decisiones presupuestarias, y cambiar la cultura y estructura de incentivos en el gobierno para enfocarse más en el desempeño que en el cumplimiento.
Este programa de estudios cubre los principales aspectos de la actividad presupuestaria del estado mexicano y sus fundamentos teóricos. Se analizan temas como el concepto y contenido del derecho financiero, la teoría del presupuesto, la elaboración, discusión, aprobación y ejecución del presupuesto, el control y evaluación del gasto público, la contabilidad gubernamental, y las transferencias y gastos destinados al desarrollo regional. El programa incluye actividades de aprendizaje tanto con docentes como independientes.
Propuesta de acuerdo del Consejo de Gobierno en relación con las medidas imp...Irekia - EJGV
El documento presenta las medidas impulsadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) para reducir duplicidades entre la administración central y autonómica en el País Vasco. El Consejo de Gobierno Vasco analiza las medidas propuestas y manifiesta su posición contraria, argumentando que las reformas recientes del Estado han cercenado la autonomía política vasca y recentralizado competencias de forma unilateral.
Iniciativa de reforma a Ley General de Contabilidad GubernamentalTemo Galindo
Les comparto información sobre Iniciativa de reforma a la Ley General de Contabilidad Gubernamental ya aprobada por el Senado y ahora en análisis por la Cámara de Diputados.
Este documento presenta un real decreto-ley que crea un mecanismo de apoyo a la liquidez para las comunidades autónomas en España. El mecanismo permitirá a las comunidades autónomas obtener fondos para pagar su deuda y financiar su endeudamiento permitido. Las comunidades autónomas deberán cumplir con condiciones como la presentación de un plan de ajuste y el envío periódico de información financiera. El fondo de liquidez autonómico gestionará los fondos, que serán 18.000 millones de euros proven
Este documento establece los lineamientos para la elaboración de normas y especificaciones para la ejecución de obra pública en la Administración Pública del Distrito Federal. Define conceptos como norma, especificación y especificación particular. Establece que las normas se integran en libros de acuerdo a la especialidad del trabajo y cubren actividades como estudios, proyectos, ejecución, mantenimiento y particularidades de la obra pública. También indica los requisitos para la elaboración de normas como referencias, unidades de medida, y que deben actualiz
Este documento propone una reforma de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local para racionalizar y hacer sostenible la Administración local en línea con los principios de estabilidad presupuestaria. La reforma busca clarificar las competencias municipales, racionalizar la estructura organizativa para hacerla más eficiente, garantizar un mayor control financiero y limitar intervenciones administrativas que dificulten la iniciativa privada.
BCRA: Proyecto Modific Carta Orgánica de Marcó del Pont, Cantero, Rosso, Vac...Foro Blog
Este documento propone modificar el artículo 3 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina para ampliar su misión más allá de solo preservar el valor de la moneda. Se argumenta que el Banco Central debe coordinar sus políticas con el Poder Ejecutivo y perseguir objetivos como el crecimiento económico y el empleo, no solo contener la inflación. También se propone que el Banco Central informe públicamente sobre sus metas monetarias y cambios significativos.
El documento presenta las recomendaciones de José Antonio Ardavín, Director del Centro de la OCDE en México, sobre la mejora del proceso presupuestario en México. Ardavín recomienda establecer un marco de gasto de mediano plazo más integral, mejorar el uso de información de desempeño en la toma de decisiones presupuestarias, y cambiar la cultura y estructura de incentivos en el gobierno para enfocarse más en el desempeño que en el cumplimiento.
Este programa de estudios cubre los principales aspectos de la actividad presupuestaria del estado mexicano y sus fundamentos teóricos. Se analizan temas como el concepto y contenido del derecho financiero, la teoría del presupuesto, la elaboración, discusión, aprobación y ejecución del presupuesto, el control y evaluación del gasto público, la contabilidad gubernamental, y las transferencias y gastos destinados al desarrollo regional. El programa incluye actividades de aprendizaje tanto con docentes como independientes.
Propuesta de acuerdo del Consejo de Gobierno en relación con las medidas imp...Irekia - EJGV
El documento presenta las medidas impulsadas por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) para reducir duplicidades entre la administración central y autonómica en el País Vasco. El Consejo de Gobierno Vasco analiza las medidas propuestas y manifiesta su posición contraria, argumentando que las reformas recientes del Estado han cercenado la autonomía política vasca y recentralizado competencias de forma unilateral.
Iniciativa de reforma a Ley General de Contabilidad GubernamentalTemo Galindo
Les comparto información sobre Iniciativa de reforma a la Ley General de Contabilidad Gubernamental ya aprobada por el Senado y ahora en análisis por la Cámara de Diputados.
Este documento presenta un real decreto-ley que crea un mecanismo de apoyo a la liquidez para las comunidades autónomas en España. El mecanismo permitirá a las comunidades autónomas obtener fondos para pagar su deuda y financiar su endeudamiento permitido. Las comunidades autónomas deberán cumplir con condiciones como la presentación de un plan de ajuste y el envío periódico de información financiera. El fondo de liquidez autonómico gestionará los fondos, que serán 18.000 millones de euros proven
Este documento establece los lineamientos para la elaboración de normas y especificaciones para la ejecución de obra pública en la Administración Pública del Distrito Federal. Define conceptos como norma, especificación y especificación particular. Establece que las normas se integran en libros de acuerdo a la especialidad del trabajo y cubren actividades como estudios, proyectos, ejecución, mantenimiento y particularidades de la obra pública. También indica los requisitos para la elaboración de normas como referencias, unidades de medida, y que deben actualiz
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendarialxiilegislatura
El documento presenta una iniciativa para reformar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con el fin de fortalecer el marco jurídico relativo al manejo de la política fiscal en México. La reforma propone establecer una regla de balance estructural, un ancla fiscal de mediano plazo basada en los Requerimientos Financieros del Sector Público, y simplificar el régimen de ingresos excedentes y fondos de estabilización mediante la creación de un Fondo de Ahorro Soberano.
Proyecto de ley de presupuestos generales del estado para el año 2011informafiscal
Este documento es el proyecto de ley de presupuestos generales del estado para el año 2011. El proyecto establece los ingresos y gastos previstos para 2011, con un déficit previsto del 2.3% del PIB. El proyecto también busca racionalizar el proceso presupuestario y sentar las bases para la recuperación económica a través de inversiones en I+D, educación e infraestructura.
España recomendaciones del semestre europeoManfredNolte
Este documento es una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el Programa Nacional de Reforma de 2013 de España y el Programa de Estabilidad de España para 2012-2016. El Consejo encuentra que el escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias es plausible, pero sujeto a riesgos a la baja. El objetivo de España es reducir el déficit por debajo del 3% del PIB en 2016 y alcanzar el equilibrio presupuestario estructural en 2018. Sin embargo, existen incertidumbres
Este documento presenta una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el Programa Nacional de Reforma de 2013 de España y el Programa de Estabilidad de España para 2012-2016. Se evalúan los programas y se concluye que España sigue sufriendo desequilibrios macroeconómicos excesivos como altos niveles de deuda interna y externa. Se recomiendan reformas adicionales en áreas como el mercado laboral, el sistema financiero, la eficiencia del gasto público y la educación para abordar los problemas y
DERECHO AGRARIO. El Desarrollo Rural: Del fracaso estatal a la nueva PACJaimeRamia
Este documento resume el desarrollo rural en España desde la Ley 45/2007 hasta la nueva propuesta de la Política Agrícola Común (PAC) para 2014-2020. Explica que la Ley 45/2007 fracasó en su aplicación debido a su complejidad, la lentitud administrativa y la falta de iniciativa privada. También resume la normativa comunitaria vigente sobre desarrollo rural y analiza aspectos clave de la nueva propuesta de la PAC, incluyendo medidas para el clima y medio ambiente.
El documento describe una propuesta para regular el nivel de deuda de los estados y municipios en México mediante la imposición de principios de responsabilidad fiscal. Esto incluiría límites a la deuda, un registro de todas las deudas, y un sistema de alertas sobre el manejo de las finanzas. También propone que el Congreso establezca las bases generales para regular la deuda pública en todos los niveles de gobierno.
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...Adrián Racines
Este documento presenta información sobre diferentes temas relacionados con los controles administrativos en Ecuador. Explica conceptos como el hecho administrativo, el acto administrativo, el acto normativo, las resoluciones administrativas y los contratos administrativos. Incluye las características y elementos de cada uno de estos temas, así como las diferencias entre acto administrativo y acto normativo. También aborda aspectos como la motivación y fundamentación de las resoluciones administrativas y las cláusulas exorbitantes en los contratos administrativos.
Este documento establece la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público en la República Dominicana. Define el sistema de presupuesto y su alcance a todos los organismos del sector público. Designa a la Dirección General de Presupuesto como el órgano rector encargado de dirigir el proceso presupuestario, incluyendo la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto. También describe las funciones y responsabilidades de la Dirección General de Presupuesto en relación al presupuesto nacional.
9.00 10.15am Challenges In Implementing Perf Framework (Perczynski And Postul...icgfmconference
Dr. Piotr Perczynski and Dr. Marta Postula discuss the challenges in implementing a performance framework through the Polish experience. The presentation highlights that there is no single international model for performance budgeting.
Este documento justifica la propuesta de incorporar las normas sobre los regímenes especiales de presupuesto y deuda de Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad en sus respectivas leyes orgánicas, en lugar de en la ley de presupuesto y ley de deuda pública. Esto proveería un marco jurídico integral para que estas empresas operen de manera eficiente y con mayor certeza jurídica. El régimen propuesto cumple con la reforma constitucional energética al otorgar autonomía a las empresas para definir sus propi
El documento describe la reforma al Artículo 134 de la Constitución Mexicana en 2008 para establecer "instancias técnicas de evaluación" que evalúen los resultados del gasto gubernamental con enfoque en resultados. Sin embargo, a más de dos años de la reforma, la mayoría de los estados no han creado estas instancias ni han modificado sus marcos normativos para cumplir con la evaluación requerida. El documento analiza este tema y propone que las entidades de fiscalización podrían asumir el rol de evaluación si se amplían
La ley modifica tres leyes relacionadas con los medios de comunicación en Cataluña para racionalizar las estructuras y mejorar la eficiencia. Redujo el número de miembros del Consejo Audiovisual de Cataluña de 10 a 6 y del Consejo de Gobierno de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales de 12 a 6. También suprimió la figura del director general de la Corporación y transfirió sus funciones al presidente del Consejo de Gobierno para ahorrar costos.
En la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00027-2018/CEPLAN/PCD, publicada el 20/06/2018 en el Diario Oficial El Peruano, el CEPLAN comunica que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, Reglamento que regula las Políticas Nacionales, ha habilitado el seguimiento a la Política General de Gobierno en el aplicativo informático CEPLAN V.01.
La reforma de la Ley Orgánica de Administración Financiera introduce normativas sobre reglas macrofiscales, crea un marco plurianual del presupuesto y establece la rendición de cuentas anual del Ejecutivo ante la Asamblea Nacional. También incorpora un crédito de "Rectificaciones al Presupuesto" y otorga poder de decisión presidencial sobre recursos. Además, establece que la administración financiera del sector público se rige por principios constitucionales como la justicia social.
Este documento resume la historia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en México desde su creación en 1821 hasta la actualidad. Detalla los hitos legislativos clave que han definido su estructura y responsabilidades a lo largo de casi dos siglos, incluyendo la centralización de las rentas federales en 1824, su división en secciones como Crédito Público en 1852, y las más recientes reformas a sus reglamentos internos en la década de 1990.
The document discusses console input and output in C#. It describes how to print to the console using Console.Write and Console.WriteLine, and how to read from the console using Console.Read, Console.ReadLine, and parsing strings to numeric types. Examples are provided for printing text with variables, reading names from the user, and converting strings to integers to perform calculations from user input.
Gabee Thomas worked on planning and choreography for the product "A Christmas Show" on September 1st from 7:15-8:15. She used her time in the theater listening to the music and envisioning how to piece it all together. Her commentary noted that it is good to know the music before starting to dance.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendarialxiilegislatura
El documento presenta una iniciativa para reformar la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria con el fin de fortalecer el marco jurídico relativo al manejo de la política fiscal en México. La reforma propone establecer una regla de balance estructural, un ancla fiscal de mediano plazo basada en los Requerimientos Financieros del Sector Público, y simplificar el régimen de ingresos excedentes y fondos de estabilización mediante la creación de un Fondo de Ahorro Soberano.
Proyecto de ley de presupuestos generales del estado para el año 2011informafiscal
Este documento es el proyecto de ley de presupuestos generales del estado para el año 2011. El proyecto establece los ingresos y gastos previstos para 2011, con un déficit previsto del 2.3% del PIB. El proyecto también busca racionalizar el proceso presupuestario y sentar las bases para la recuperación económica a través de inversiones en I+D, educación e infraestructura.
España recomendaciones del semestre europeoManfredNolte
Este documento es una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el Programa Nacional de Reforma de 2013 de España y el Programa de Estabilidad de España para 2012-2016. El Consejo encuentra que el escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias es plausible, pero sujeto a riesgos a la baja. El objetivo de España es reducir el déficit por debajo del 3% del PIB en 2016 y alcanzar el equilibrio presupuestario estructural en 2018. Sin embargo, existen incertidumbres
Este documento presenta una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el Programa Nacional de Reforma de 2013 de España y el Programa de Estabilidad de España para 2012-2016. Se evalúan los programas y se concluye que España sigue sufriendo desequilibrios macroeconómicos excesivos como altos niveles de deuda interna y externa. Se recomiendan reformas adicionales en áreas como el mercado laboral, el sistema financiero, la eficiencia del gasto público y la educación para abordar los problemas y
DERECHO AGRARIO. El Desarrollo Rural: Del fracaso estatal a la nueva PACJaimeRamia
Este documento resume el desarrollo rural en España desde la Ley 45/2007 hasta la nueva propuesta de la Política Agrícola Común (PAC) para 2014-2020. Explica que la Ley 45/2007 fracasó en su aplicación debido a su complejidad, la lentitud administrativa y la falta de iniciativa privada. También resume la normativa comunitaria vigente sobre desarrollo rural y analiza aspectos clave de la nueva propuesta de la PAC, incluyendo medidas para el clima y medio ambiente.
El documento describe una propuesta para regular el nivel de deuda de los estados y municipios en México mediante la imposición de principios de responsabilidad fiscal. Esto incluiría límites a la deuda, un registro de todas las deudas, y un sistema de alertas sobre el manejo de las finanzas. También propone que el Congreso establezca las bases generales para regular la deuda pública en todos los niveles de gobierno.
Acto administrativo y normativo, resoluciones administrativas y hecho adminis...Adrián Racines
Este documento presenta información sobre diferentes temas relacionados con los controles administrativos en Ecuador. Explica conceptos como el hecho administrativo, el acto administrativo, el acto normativo, las resoluciones administrativas y los contratos administrativos. Incluye las características y elementos de cada uno de estos temas, así como las diferencias entre acto administrativo y acto normativo. También aborda aspectos como la motivación y fundamentación de las resoluciones administrativas y las cláusulas exorbitantes en los contratos administrativos.
Este documento establece la Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público en la República Dominicana. Define el sistema de presupuesto y su alcance a todos los organismos del sector público. Designa a la Dirección General de Presupuesto como el órgano rector encargado de dirigir el proceso presupuestario, incluyendo la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto. También describe las funciones y responsabilidades de la Dirección General de Presupuesto en relación al presupuesto nacional.
9.00 10.15am Challenges In Implementing Perf Framework (Perczynski And Postul...icgfmconference
Dr. Piotr Perczynski and Dr. Marta Postula discuss the challenges in implementing a performance framework through the Polish experience. The presentation highlights that there is no single international model for performance budgeting.
Este documento justifica la propuesta de incorporar las normas sobre los regímenes especiales de presupuesto y deuda de Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad en sus respectivas leyes orgánicas, en lugar de en la ley de presupuesto y ley de deuda pública. Esto proveería un marco jurídico integral para que estas empresas operen de manera eficiente y con mayor certeza jurídica. El régimen propuesto cumple con la reforma constitucional energética al otorgar autonomía a las empresas para definir sus propi
El documento describe la reforma al Artículo 134 de la Constitución Mexicana en 2008 para establecer "instancias técnicas de evaluación" que evalúen los resultados del gasto gubernamental con enfoque en resultados. Sin embargo, a más de dos años de la reforma, la mayoría de los estados no han creado estas instancias ni han modificado sus marcos normativos para cumplir con la evaluación requerida. El documento analiza este tema y propone que las entidades de fiscalización podrían asumir el rol de evaluación si se amplían
La ley modifica tres leyes relacionadas con los medios de comunicación en Cataluña para racionalizar las estructuras y mejorar la eficiencia. Redujo el número de miembros del Consejo Audiovisual de Cataluña de 10 a 6 y del Consejo de Gobierno de la Corporación Catalana de Medios Audiovisuales de 12 a 6. También suprimió la figura del director general de la Corporación y transfirió sus funciones al presidente del Consejo de Gobierno para ahorrar costos.
En la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00027-2018/CEPLAN/PCD, publicada el 20/06/2018 en el Diario Oficial El Peruano, el CEPLAN comunica que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, Reglamento que regula las Políticas Nacionales, ha habilitado el seguimiento a la Política General de Gobierno en el aplicativo informático CEPLAN V.01.
La reforma de la Ley Orgánica de Administración Financiera introduce normativas sobre reglas macrofiscales, crea un marco plurianual del presupuesto y establece la rendición de cuentas anual del Ejecutivo ante la Asamblea Nacional. También incorpora un crédito de "Rectificaciones al Presupuesto" y otorga poder de decisión presidencial sobre recursos. Además, establece que la administración financiera del sector público se rige por principios constitucionales como la justicia social.
Este documento resume la historia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en México desde su creación en 1821 hasta la actualidad. Detalla los hitos legislativos clave que han definido su estructura y responsabilidades a lo largo de casi dos siglos, incluyendo la centralización de las rentas federales en 1824, su división en secciones como Crédito Público en 1852, y las más recientes reformas a sus reglamentos internos en la década de 1990.
The document discusses console input and output in C#. It describes how to print to the console using Console.Write and Console.WriteLine, and how to read from the console using Console.Read, Console.ReadLine, and parsing strings to numeric types. Examples are provided for printing text with variables, reading names from the user, and converting strings to integers to perform calculations from user input.
Gabee Thomas worked on planning and choreography for the product "A Christmas Show" on September 1st from 7:15-8:15. She used her time in the theater listening to the music and envisioning how to piece it all together. Her commentary noted that it is good to know the music before starting to dance.
Public relations strategies for success in the US market focus on building professional networks through media relations, social media, speaking opportunities, awards, and differentiating one's company. Effective PR can be less expensive than advertising but with less control. Relationships are important in the US, and capturing media attention requires going big with out-of-the-box tactics, launch parties, or philanthropic causes. Proper pitching involves tailoring messages to specific publications and understanding reporter schedules. Key tools for PR include Google Alerts, Customscoop for clipping, and social media management platforms.
1) El documento discute cómo la globalización económica y las políticas neoliberales han empobrecido a los países en desarrollo y deteriorado su salud. 2) Se obligó a estos países a implementar recortes en servicios sociales como condición para participar en el comercio mundial, lo que provocó una propagación más rápida del SIDA y un aumento de la malnutrición y las enfermedades. 3) La industria farmacéutica también desempeña un papel al mantener los altos precios de los medicamentos mediante
The document discusses different topics related to energy including:
- Energy is the ability of an object to change things around it and can be mechanical, light, sound, thermal, electrical, chemical or nuclear. Sources include fuels like coal and natural gas, as well as water, wind, uranium, and the sun.
- Electricity is a form of energy that can be transported through power lines and transformed into other types of energy like light. Electrical charges can be positive, negative or neutral.
- Circuits require a generator like a battery, receivers like light bulbs, conducting materials, and switches to regulate the flow of electricity. Power stations produce electricity through hydroelectric, nuclear, and thermal means as well as
"Odisea de un inventor" conferencia de Joaquín Villaseñor+ Alejandro Glz de C...Hi-Tech Consulting, S.A.
Ponencia sobre las vicisitudes que atraviesa un inventor en España y presentación de un invento que acaban de patentar: Un sistema de alimentación eléctrica sin catenarias para tranvías urbanos.
Lightoptical nanoscopy for the use in biomedical applications and material sciences, detection in attomolar concentrations
* Use of standard fluorophores like GFP, RFP, YFP, Alexa, Fluorescein (no photoswitch necessary)
2CLM Two Color Localisation microscopy in the nanoscale
* Optical resolution 10 nm in 2D, 40 nm in 3D
* Very fast in processing, complete picture (2000 images) with processing in 3 minutes
El documento presenta información sobre conceptos relacionados con el medio ambiente y el desarrollo sostenible como recursos renovables y no renovables, residuos, ecología, medio ambiente, desarrollo sostenible y normatividad ambiental en Colombia. También incluye secciones sobre tecnologías más limpias, problemáticas urbanas y desarrollo a escala humana. El objetivo es sensibilizar sobre la importancia de asumir criterios de preservación y conservación del medio ambiente.
Mira De Aire is a town in Portugal with around 4,000 inhabitants. It was elevated to town status in 1933 and belongs to the municipality of Porto de Mós. Some notable features and places in Mira De Aire include its large caves that are among the largest in Europe, a church, fire station, sports complex, bar, schools, and an old church that is now a museum.
Este documento establece el Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) entre los Estados miembros de la zona del euro. El objetivo del MEDE es proporcionar apoyo financiero a los Estados miembros que experimenten problemas de financiación graves, bajo estrictas condiciones, para salvaguardar la estabilidad financiera de la zona del euro. El documento describe la estructura y gobernanza del MEDE, incluidos su Consejo de Gobernadores y Consejo de Administración, y establece que las decisiones se tomarán por con
Diapositivas de Las Políticas Económicas en la U.E.Mirissamaniego
Este documento discute la política económica en la Unión Económica y Monetaria de la UE. Explica que los estados miembros coordinan sus políticas económicas para lograr los objetivos comunitarios. También describe las grandes orientaciones de la política económica, el proceso de supervisión y coordinación de las políticas económicas de los estados miembros, y los procedimientos para abordar los déficits excesivos, incluido el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
Este documento establece las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020 en España. Se aprueba una nueva orden que adapta las normas a los requisitos del nuevo periodo de programación y que incorpora novedades como las normas aplicables a los costes de personal, las contribuciones en especie y los costes simplificados. La orden consta de cuatro títulos sobre normas generales, subvenciones y asistencia, instrumentos financieros y cooperación territorial europea
El documento describe el sistema de financiación del País Vasco a través del Concierto Económico. El Concierto Económico regula las relaciones tributarias y financieras entre el Estado y el País Vasco de acuerdo a la Constitución y el Estatuto de Autonomía. El País Vasco tiene competencias tributarias propias y gestiona la recaudación de impuestos, aportando un cupo al Estado calculado en función de su renta relativa.
El documento describe el sistema de financiación del País Vasco a través del Concierto Económico. El Concierto Económico regula las relaciones tributarias y financieras entre el Estado y el País Vasco de acuerdo a la Constitución y el Estatuto de Autonomía. El País Vasco tiene competencias tributarias propias y gestiona la recaudación de impuestos, aportando un cupo al Estado calculado en función de su renta relativa.
El Comité de las Regiones apoya la propuesta de la Comisión Europea para establecer un impuesto común sobre las transacciones financieras en la UE. El Comité considera que este impuesto ayudará a garantizar que el sector financiero contribuya a lograr una mayor solidaridad y justicia, y frenará la especulación. Asimismo, el Comité pide que se establezca un régimen europeo de impuestos sobre las transacciones financieras mediante la cooperación reforzada si no es posible la armonización en toda la Unión. Finalmente, el
Informe de los Planes Económicos Financieros de las CCAA 2014airefcomunicacion
Este documento presenta el informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) sobre los Planes Económico Financieros (PEF) de seis comunidades autónomas españolas. La AIReF evalúa las medidas propuestas en los PEF y hace recomendaciones para mejorar su cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria. También propone recomendaciones generales como mejorar la fundamentación económica de los PEF y cuantificar con más detalle el impacto de las medidas.
Tratado de Montevideo Acuerdos ComercialesAlvaro Molina
Este documento presenta el Tratado de Montevideo de 1980 firmado por 12 países latinoamericanos. El tratado establece la Asociación Latinoamericana de Integración con el objetivo a largo plazo de crear un mercado común latinoamericano. Incluye mecanismos como una preferencia arancelaria regional, acuerdos de alcance regional y parcial, y un sistema de apoyo para países con menor desarrollo económico, con tratamientos diferenciales. El tratado busca promover la integración económica, social y el desar
Este documento presenta la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. La ley tiene como objetivos garantizar la sostenibilidad financiera de las administraciones públicas, fortalecer la confianza en la estabilidad económica de España y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia presupuestaria. La ley establece el principio de que todas las administraciones públicas deben presentar superávit o equilibrio presupuestario y limita la deuda públic
Reglamento de facturación españa a partir del 2013Elio Laureano
Este documento resume las modificaciones introducidas por el Real Decreto 1619/2012 al Reglamento de facturación en España para transponer la Directiva Europea 2010/45/UE. Se aprueba un nuevo Reglamento que regula las obligaciones de facturación e introduce dos tipos de facturas (completa y simplificada), fomenta la facturación electrónica y aclara los casos en los que se deben aplicar las normas de facturación.
El documento es una carta del Presidente del Banco Central y el Ministro de Economía de Ecuador al Director Gerente del FMI solicitando un acuerdo de derecho de giro por 13 meses por un monto de DEG 151 millones. La carta describe las políticas y objetivos económicos de Ecuador para 2003-2004, que incluyen controlar la inflación, fortalecer las finanzas públicas, y continuar las reformas estructurales para promover un crecimiento sostenible. El memorando de política económica adjunto proporciona más detalles sobre el marco macroecon
El documento describe la evolución de la política social en la Unión Europea desde el Tratado de Roma de 1957 hasta el Tratado de la Unión Europea. Inicialmente, el objetivo era promover la libre circulación de trabajadores y la igualdad de oportunidades. Posteriormente se introdujeron políticas para mejorar las condiciones laborales y de vida. El Acta Única Europea de 1986 reforzó la cooperación entre los estados miembros en esta área.
Este documento presenta un resumen del Real Decreto 1619/2012 por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación en España. El decreto actualiza la normativa de facturación para cumplir con la Directiva Europea 2010/45/UE. Introduce un sistema de facturas completas y simplificadas, fomenta la facturación electrónica y establece plazos para la emisión de facturas.
Informe sobre niif para pymes del paralamento europeomamache
Este documento propone mejoras en la gobernanza y transparencia del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC). En 3 oraciones o menos, propone: 1) Crear un organismo público de supervisión del CNIC con representación de partes interesadas. 2) Mejorar la selección y composición de los miembros del CNIC para asegurar representación equilibrada. 3) Requerir análisis de impacto de las normas contables propuestas para considerar sus efectos.
La institución presupuestaria en la Unión Económica yMonetaria: la contribuci...Círculo de Empresarios
Este documento analiza la importancia de una sólida institución presupuestaria para la Unión Económica y Monetaria. Discutir varios temas clave como la evolución de la política presupuestaria en Europa y España, la relación entre el rigor presupuestario, la estabilidad macroeconómica y el crecimiento, y los próximos pasos para fortalecer la institución presupuestaria, especialmente la contribución de España. El autor argumenta que las reglas presupuestarias claras, la disciplina fiscal y las reformas econó
Reglas fiscales, control presupuestario y predicción fiscalEfiaulaOpenSchool
1) El documento discute las reglas fiscales, el control presupuestario y la predicción fiscal en Europa. Señala que las reglas fiscales establecidas en los últimos 15 años han contribuido a crear una cultura de estabilidad presupuestaria y transparencia en los gastos públicos.
2) Destaca que las instituciones europeas y los gobiernos nacionales han mejorado las técnicas de modelización y predicción presupuestaria para monitorear el cumplimiento de las metas fiscales.
3) Examina cómo las proyecciones pres
Este documento presenta un resumen del Reglamento No 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario. El reglamento establece disposiciones generales sobre la elaboración y ámbito del presupuesto, así como la organización y régimen presupuestario de la República y sus entes descentralizados. Asimismo, define el Marco Plurianual del Presupuesto como el conjunto de reglas macrofiscales y disposiciones de disciplina fiscal que expresan la planificación financiera del sector público para un per
BOEnúm.279,dimecres 21 de novembre 2007
RD 1515/2007 de 16 de novembre pel qual s'aprova el Pla General Comptable de Petites i Mitjanes Empreses i els criteris comptables específics per microempreses.
INFORMES SOBRE PRODUCTIVIDAD:OCDE Y OTROS.ManfredNolte
Nuestra productividad no solo es más baja que la de nuestros socios comerciales, sino que las diferencias se van ahondando persistentemente sin visos de compostura a plazo cercano.
La Comisión europea informa sobre el progreso social en la UE.ManfredNolte
Bruselas confirma que el progreso social varía notablemente entre las regiones de la Unión Europea, y que los países nórdicos tienen un desempeño consistentemente mejor que el resto de los Estados miembros.
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
PIB,OKUN Y PARO ESTRUCTURAL: RELACIONES DIRECTAS E INVERSASManfredNolte
Me refiero a las ‘Previsiones económicas de primavera’ de la Comisión europea, que se han constituido la semana pasada en panegírico de nuestras bondades y que, como es natural, han sido aprovechadas por el Gobierno para el autobombo.
LOS MIMBRES HACEN EL CESTO: AGEING REPORT.ManfredNolte
El Informe sobre el envejecimiento concentra un ejercicio único en el sentido de que proporciona proyecciones para los Estados miembros de la UE y Noruega hasta 2070 basadas en datos supuestos y metodologías comunes. El informe suministra un amplio conjunto de datos comparables e internos para 28 países. Dan una idea del momento en que se produce el envejecimiento de la población, sus implicaciones económicas y los desafíos presupuestarios asociados.
Empresarios privados y públicos: ¿adversarios o aliados?ManfredNolte
La reciente notificación de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), acerca de la toma de un porcentaje relevante en el Capital de Telefónica, ha reabierto la recurrente polémica sobre la figura del Estado como Empresario público, su conveniencia, su oportunidad y su eficiencia
CARE ECONOMY: LA VIEJA Y NUEVA ECONOMIA DE LOS CUIDADOS.ManfredNolte
La economía del cuidado entiende del reconocimiento y valoración de todas las actividades que contribuyen a la atención de las personas, incluido el trabajo no remunerado realizado en los hogares, así como el trabajo remunerado que involucra el cuidado de niños, personas mayores, personas con discapacidades y aquellas que necesitan cualquier tipo de atención especial.
DEUDA PUBLICA Y CONVENIENCIA FISCAL: LLAMADOS AL ACUERDO.ManfredNolte
En su conjunto y en rasgos generales, el progreso de la economía, es decir el de su PIB, depende de dos fuentes básicas de alimentación: el aumento de sus factores productivos y el incremento de su productividad.
DESIGUALDAD PERMANENTE: EL ESTANCAMIENTO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA.ManfredNolte
La teoría del ‘derrame’ postula atenuar la presión sobre las rentas de los grupos sociales con mayor propensión al ahorro, esto es, los sectores de mayores ingresos, sobre la base de su capacidad de ahorrar e invertir,
COYUNTURA ECONOMICA Y SUS SOMBRAS: INFORME TRIMESTRAL DEL BANCO DE ESPAÑA.ManfredNolte
h
Hay que recordar, que los fotos puntuales, aun cuando salgan bien, no pueden encubrir las carencias, las flaquezas de fondo, que en distintos flancos acechan a nuestra economía.
DESVELANDO LA REALIDAD SOCIAL: ENCUESTA DE CONDICIONES DE VIDA EN ESPAÑA.ManfredNolte
Junto a la de la tolerancia hacia los Paraísos fiscales, último vertedero de la evasión fiscal y del crimen organizado, la pobreza se constituye probablemente en la mayor de las grandes vergüenzas que se confinan en los búnkeres de la economía de mercado.
¿FIN DEL CRIPTOINVIERNO?: ASI HABLAN LOS MAXIMOS.ManfredNolte
Hay creencias firmes, impertérritas, capaces de sobrevivir a cualquier duda o adversidad, ajenas a las opiniones contrarias o simplemente nuevas, ciegas y sordas a cualquier idea o consejo que las desvíe de su camino.
CONOCIMIENTO INTERIOR BRUTO, la obsolescencia del PIB.ManfredNolte
El PIB no es un indicador exhaustivo del progreso económico y tampoco de bienestar social; Además el índice está ofreciendo registros descorazonadores.
LA AGROSFERA, DE NUEVO LA REBELIÓN DEL CAMPO.ManfredNolte
La reciente explosión de los agricultores -una más de una larga cadena histórica- es un suceso emocional y espontaneo y como tal no responde a un enunciado claro de reivindicaciones como podrían constar en un documento unificado de propuestas del sector.
TAMAÑO DEL ESTADO Y BIENESTAR EN LA OCDE.ManfredNolte
Hay un valor entendido, un tópico que circula en amplias capas de la opinión económica, incluso de la habitualmente informada, acerca de la existencia de un antagonismo de raíz entre los conceptos de libre mercado e intervención gubernamental.
MAS ALLA DE LA INCERTIDUMBRE:DESAFIOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA.ManfredNolte
Un reciente informe de la OCDE (Economic Policy Papers, No. 33), avanza que la economía española retrocederá diez posiciones en la clasificación mundial de países por PIB per cápita, pasando desde la posición 23 en la actualidad a la posición 33 en 2060 .
Este documento describe la frustración de un columnista económico ante la dominación de la política en la agenda pública y los medios, relegando a un segundo plano los temas económicos. El autor se siente atrapado entre su deber de analizar aspectos económicos y el ambiente político polarizado que dificulta abordar cualquier tema. Advierte que la insoportable polarización está orillando el consenso sobre medidas económicas coherentes y que los peligros que enfrentamos son demasiados y gravísimos.
DAVOS: EL PESO Y EL CONSEJO DE UN PODER SOCIALIZADOR.ManfredNolte
Al pie de la montaña mágica de Tomas Mann, enero en la elite es ya sinónimo de esta especial convención, entendiendo por especial no solo el ‘espíritu de Davos’, sino también la naturaleza de sus invitados. Durante cinco días la apacible estación de esquí invernal se transforma en la más selecta y cosmopolita feria del planeta.
1. TRATADO DE ESTABILIDAD, COORDINACIÓN Y GOBERNANZA
EN LA UNIÓN ECONÓMICA Y MONETARIA ENTRE
EL REINO DE BÉLGICA, LA REPÚBLICA DE BULGARIA,
EL REINO DE DINAMARCA, LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA,
LA REPÚBLICA DE ESTONIA, IRLANDA, LA REPÚBLICA HELÉNICA,
EL REINO DE ESPAÑA, LA REPÚBLICA FRANCESA,
LA REPÚBLICA ITALIANA, LA REPÚBLICA DE CHIPRE, LA REPÚBLICA DE LETONIA,
LA REPÚBLICA DE LITUANIA, EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO, HUNGRÍA,
MALTA, EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, LA REPÚBLICA DE AUSTRIA,
LA REPÚBLICA DE POLONIA, LA REPÚBLICA PORTUGUESA, RUMANÍA,
LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA, LA REPÚBLICA ESLOVACA,
LA REPÚBLICA DE FINLANDIA Y EL REINO DE SUECIA
2. EL REINO DE BÉLGICA, LA REPÚBLICA DE BULGARIA, EL REINO DE DINAMARCA,
LA REPÚBLICA FEDERAL DE ALEMANIA, LA REPÚBLICA DE ESTONIA, IRLANDA, LA
REPÚBLICA HELÉNICA, EL REINO DE ESPAÑA, LA REPÚBLICA FRANCESA, LA
REPÚBLICA ITALIANA, LA REPÚBLICA DE CHIPRE, LA REPÚBLICA DE LETONIA, LA
REPÚBLICA DE LITUANIA, EL GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO, HUNGRÍA, MALTA,
EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, LA REPÚBLICA DE AUSTRIA, LA REPÚBLICA DE
POLONIA, LA REPÚBLICA PORTUGUESA, RUMANÍA, LA REPÚBLICA DE ESLOVENIA,
LA REPÚBLICA ESLOVACA, LA REPÚBLICA DE FINLANDIA Y EL REINO DE SUECIA,
denominados en lo sucesivo «las Partes Contratantes»,
CONSCIENTES de su obligación, en su condición de Estados miembros de la Unión Europea, de
considerar sus políticas económicas como una cuestión de interés común,
DESEANDO propiciar las condiciones para un crecimiento económico más intenso en la Unión
Europea, y desarrollar para ello una coordinación cada vez más estrecha de las políticas económicas
en la zona del euro,
TENIENDO PRESENTE que la necesidad de que los gobiernos mantengan unas finanzas públicas
saneadas y sostenibles y eviten un déficit público excesivo es de vital importancia para salvaguardar
la estabilidad de la zona del euro en su conjunto y, en consecuencia, requiere la introducción de
normas específicas, incluida una "regla de equilibrio presupuestario" y un mecanismo automático
de adopción de medidas correctoras,
T/SCG/es 1
3. CONSCIENTES de la necesidad de garantizar que su déficit público no exceda del 3 % de su
producto interior bruto a precios de mercado y que su deuda pública no sea superior al 60 % de su
producto interior bruto a precios de mercado o descienda de manera suficiente para aproximarse a
este valor,
RECORDANDO que las Partes Contratantes, como Estados miembros de la Unión Europea, han de
abstenerse de toda medida que pueda poner en peligro la consecución de los objetivos de la Unión
en el marco de la unión económica, en particular la práctica de acumular deuda fuera de las cuentas
públicas,
TENIENDO PRESENTE que los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la
zona del euro pactaron, el 9 de diciembre de 2011, una arquitectura reforzada para la unión
económica y monetaria, basada en los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea y que
facilite la aplicación de las medidas adoptadas sobre la base de los artículos 121, 126 y 136 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
TENIENDO PRESENTE que el objetivo de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados
miembros de la zona del euro y de otros Estados miembros de la Unión Europea es incorporar lo
antes posible las disposiciones del presente Tratado a los Tratados en los que se fundamenta la
Unión Europea,
T/SCG/es 2
4. CONGRATULÁNDOSE de las propuestas legislativas presentadas por la Comisión Europea para
la zona del euro el 23 de noviembre de 2011 en el marco de los Tratados en los que se fundamenta
la Unión Europea, que se refieren al refuerzo de la supervisión económica y presupuestaria de los
Estados miembros que padecen o corren el riesgo de padecer dificultades graves por lo que respecta
a su estabilidad financiera, así como a disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación
de los proyectos de planes presupuestarios y para que se garantice la corrección del déficit
presupuestario excesivo de los Estados miembros, y TOMANDO NOTA de la intención de la
Comisión Europea de presentar nuevas propuestas legislativas para la zona del euro, que se refieren,
en particular, a la información previa sobre los planes de emisión de deuda, a programas de
colaboración económica en los que se expongan de manera pormenorizada las reformas
estructurales de los Estados miembros que sean objeto de un procedimiento de déficit excesivo, así
como a la coordinación de los grandes planes de reforma de la política económica de los Estados
miembros,
EXPRESANDO su disposición a apoyar las propuestas que la Comisión Europea pudiera presentar
para reforzar aún más el Pacto de Estabilidad y Crecimiento mediante la fijación, para los Estados
miembros cuya moneda es el euro, de un nuevo margen de variación para los objetivos a medio
plazo en consonancia con los límites establecidos en el presente Tratado,
TOMANDO NOTA de que, al examinar y supervisar los compromisos presupuestarios asumidos en
virtud del presente Tratado, la Comisión Europea actuará en el marco de sus competencias en virtud
del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en particular sus artículos 121, 126 y 136,
T/SCG/es 3
5. OBSERVANDO en particular que, con respecto a la aplicación de la «regla de equilibrio
presupuestario» establecida en el artículo 3 del presente Tratado, dicha supervisión se efectuará
mediante la fijación de objetivos nacionales específicos a medio plazo y de calendarios de
convergencia, según proceda, para cada Parte Contratante.
OBSERVANDO que los objetivos a medio plazo deben actualizarse periódicamente con arreglo a
un método establecido de común acuerdo, cuyos principales parámetros también deben revisarse
periódicamente, que refleje adecuadamente los riesgos de los pasivos explícitos e implícitos para las
finanzas públicas, tal y como aparece plasmado en los objetivos del Pacto de Estabilidad y
Crecimiento,
OBSERVANDO que ha de evaluarse si se ha avanzado lo suficiente hacia los objetivos a medio
plazo mediante una valoración general que tome como punto de referencia el saldo estructural e
incluya un análisis del gasto una vez tenidas en cuenta las medidas discrecionales relativas a los
ingresos, en consonancia con lo que disponga el Derecho de la Unión Europea, en particular el
Reglamento (EC) n.º 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la
supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas
económicas, modificado por el Reglamento (UE) n.º 1175/2011 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 16 de noviembre de 2011 («el Pacto de Estabilidad y Crecimiento revisado»),
OBSERVANDO que el mecanismo corrector que han de introducir las Partes Contratantes debe
tender a corregir las desviaciones del objetivo a medio plazo o de la senda de ajuste, incluido su
impacto agregado sobre la dinámica de la deuda pública,
T/SCG/es 4
6. OBSERVANDO que el cumplimiento de la obligación de las Partes Contratantes de transponer la
«regla de equilibrio presupuestario» en sus ordenamientos jurídicos nacionales, mediante
disposiciones vinculantes, permanentes y preferentemente de rango constitucional, debe estar sujeto
a la jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de conformidad con el artículo 273
del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
RECORDANDO que el artículo 260 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea faculta al
Tribunal de Justicia de la Unión Europea para imponer el pago de una suma a tanto alzado o de una
multa coercitiva al Estado miembro de la Unión Europea que haya incumplido una de sus
sentencias, y RECORDANDO que la Comisión Europea ha establecido criterios para determinar la
suma a tanto alzado o la multa coercitiva que ha de imponerse en el marco del citado artículo,
RECORDANDO la necesidad de facilitar la adopción de medidas en el marco del procedimiento de
déficit excesivo de la Unión Europea con respecto a Estados miembros cuya moneda es el euro y
cuyo déficit público, previsto o real, exceda del 3 % del producto interior bruto , y de reforzar al
mismo tiempo de manera considerable el objetivo de dicho procedimiento, a saber, alentar y, en
caso necesario, obligar a tal Estado miembro a reducir el déficit que pueda haberse detectado,
RECORDANDO la obligación para las Partes Contratantes cuya deuda pública exceda del valor de
referencia del 60 % de reducirla a un ritmo medio de una veinteava parte al año como referencia,
T/SCG/es 5
7. TENIENDO PRESENTE la necesidad de respetar, en la aplicación del presente Tratado, la función
específica que desempeñan los interlocutores sociales, tal y como la reconocen las leyes o los
ordenamientos jurídicos nacionales de cada una de las Partes Contratantes,
SUBRAYANDO que ninguna de las disposiciones del presente Tratado debe interpretarse como
una alteración de las condiciones de política económica en las que se haya concedido asistencia
financiera a una Parte Contratante en un programa de estabilización con participación de la Unión
Europea, sus Estados Miembros o el Fondo Monetario Internacional,
OBSERVANDO que el correcto funcionamiento de la unión económica y monetaria exige que las
Partes Contratantes cooperen en aras de una política económica que, sobre la base de los
mecanismos de coordinación de la política económica definidos en los Tratados en los que se
fundamenta la Unión Europea, les permita adoptar las iniciativas y medidas necesarias en todos los
ámbitos que sean esenciales para el correcto funcionamiento de la zona del euro,
OBSERVANDO, en particular, la voluntad de las Partes Contratantes de utilizar de manera más
activa la cooperación reforzada, a tenor del artículo 20 del Tratado de la Unión Europea y de los
artículos 326 a 334 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sin perjudicar al mercado
interior, así como la voluntad de hacer pleno uso de medidas específicas para los Estados miembros
cuya moneda es el euro, de conformidad con el artículo 136 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea, y de un procedimiento de debate y coordinación previos entre las Partes
Contratantes cuya moneda es el euro de todas las reformas importantes de la política económica que
proyecten, a fin de establecer como referencia las prácticas más idóneas,
T/SCG/es 6
8. RECORDANDO que los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la zona del
euro acordaron el 26 de octubre de 2011 mejorar la gobernanza de la zona del euro, incluida la
celebración de al menos dos reuniones de Cumbre del Euro al año, que habrán de convocarse, salvo
que existan circunstancias excepcionales que lo justifiquen, inmediatamente después de las
reuniones del Consejo Europeo o de aquellas en las que participen todas las Partes Contratantes que
hayan ratificado el presente Tratado,
RECORDANDO que los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros de la zona del
euro y de otros Estados miembros de la Unión Europea refrendaron el 25 de marzo de 2011 el Pacto
por el Euro Plus, que señala las cuestiones esenciales para fomentar la competitividad en la zona del
euro,
DESTACANDO la importancia del Tratado Constitutivo del Mecanismo Europeo de Estabilidad
como elemento de la estrategia global de fortalecimiento de la unión económica y monetaria y
SEÑALANDO que la concesión de asistencia financiera en el marco de los nuevos programas en
virtud del Mecanismo Europeo de Estabilidad estará condicionada, a partir del 1 de marzo de 2013,
a la ratificación del presente Tratado por la Parte Contratante de que se trate y, tras la expiración del
período de transposición a que se refiere el artículo 3, apartado 2, del presente Tratado al
cumplimiento de los requisitos de dicho artículo,
T/SCG/es 7
9. OBSERVANDO que el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República de
Estonia, Irlanda, la República Helénica, el Reino de España, la República Francesa, la República
Italiana, la República de Chipre, el Gran Ducado de Luxemburgo, Malta, el Reino de los Países
Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa, la República de Eslovenia, la República
Eslovaca y la República de Finlandia son Partes Contratantes cuya moneda es el euro y que, como
tales, estarán vinculadas por el presente Tratado desde el primer día del mes siguiente al depósito de
su instrumento de ratificación si el Tratado está en vigor en esa fecha,
OBSERVANDO ASIMISMO que la República de Bulgaria, el Reino de Dinamarca, la República
de Letonia, la República de Lituania, Hungría, la República de Polonia, Rumanía y el Reino de
Suecia son Partes Contratantes que, como Estados miembros de la Unión Europea, están acogidas,
en la fecha de la firma del presente Tratado, a una excepción a la participación en la moneda única y
que, mientras no se derogue dicha excepción, únicamente pueden quedar vinculadas por aquellas
disposiciones de los títulos III y IV del presente Tratado por las cuales se declaren, en el momento
del depósito de su instrumento de ratificación o en una fecha posterior, dispuestas a vincularse,
HAN CONVENIDO EN LAS DISPOSICIONES SIGUIENTES:
T/SCG/es 8
10. TÍTULO I
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
ARTÍCULO 1
1. En virtud del presente Tratado, las Partes Contratantes acuerdan, en su condición de Estados
miembros de la Unión Europea, reforzar el pilar económico de la unión económica y monetaria
mediante la adopción de un conjunto de normas destinadas a promover la disciplina presupuestaria
a través de un pacto presupuestario, a reforzar la coordinación de sus políticas económicas y a
mejorar la gobernanza de la zona del euro, respaldando así la consecución de los objetivos de la
Unión Europea en materia de crecimiento sostenible, empleo, competitividad y cohesión social.
2. El presente Tratado se aplicará íntegramente a las Partes Contratantes cuya moneda es el euro.
Se aplicará asimismo a las demás Partes Contratantes en la medida y en las condiciones establecidas
en el artículo 14.
T/SCG/es 9
11. TÍTULO II
COHERENCIA Y RELACIÓN CON
EL DERECHO DE LA UNIÓN
ARTÍCULO 2
1. Las Partes Contratantes aplicarán e interpretarán el presente Tratado de conformidad con los
Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea, en particular el artículo 4, apartado 3, del
Tratado de la Unión Europea, y con el Derecho de la Unión Europea, incluido el Derecho procesal
cuando sea necesaria la adopción de Derecho derivado.
2. El presente Tratado será de aplicación en la medida en que sea compatible con los Tratados en
los que se fundamenta la Unión Europea y con el Derecho de la Unión Europea. No afectará a las
competencias de la Unión para actuar en el ámbito de la unión económica.
T/SCG/es 10
12. TÍTULO III
PACTO PRESUPUESTARIO
ARTÍCULO 3
1. Las Partes Contratantes aplicarán, además de sus obligaciones en virtud del Derecho de la
Unión Europea y sin perjuicio de ellas, las normas establecidas en el presente apartado:
a) la situación presupuestaria de las administraciones públicas de cada Parte Contratante será
de equilibrio o de superávit;
b) la norma establecida en la letra a) se considerará respetada si el saldo estructural anual de las
administraciones públicas alcanza el objetivo nacional específico a medio plazo, definido en
el Pacto de Estabilidad y Crecimiento revisado, con un límite inferior de déficit estructural
del 0,5 % del producto interior bruto a precios de mercado. Las Partes Contratantes
garantizarán la rápida convergencia hacia su respectivo objetivo a medio plazo. El
calendario para lograr dicha convergencia lo propondrá la Comisión Europea tomando en
consideración los riesgos específicos para la sostenibilidad de cada país. Los avances hacia
el objetivo a medio plazo y su observancia serán objeto de una evaluación global que tome
como referencia el saldo estructural e incluya un análisis del gasto excluidas las medidas
discrecionales relativas a los ingresos, en consonancia con el Pacto de Estabilidad y
Crecimiento revisado;
T/SCG/es 11
13. c) las Partes Contratantes podrán desviarse temporalmente de su objetivo a medio plazo
respectivo o de la senda de ajuste hacia dicho objetivo únicamente en las circunstancias
excepcionales definidas en el apartado 3, letra b);
d) cuando la proporción entre la deuda pública y el producto interior bruto a precios de
mercado esté muy por debajo del 60 % y los riesgos para la sostenibilidad a largo plazo de
las finanzas públicas sean bajos, el límite inferior del objetivo a medio plazo especificado en
la letra b) podrá alcanzar un déficit estructural máximo del 1 % del producto interior bruto a
precios de mercado;
e) en el caso de que se observen desviaciones significativas del objetivo a medio plazo o de la
senda de ajuste hacia dicho objetivo, se activará automáticamente un mecanismo corrector.
Este mecanismo incluirá la obligación de la Parte Contratante de que se trate de aplicar
medidas para corregir las desviaciones en un plazo de tiempo determinado.
2. Las normas establecidas en el apartado 1 se incorporarán al Derecho nacional de las Partes
Contratantes a más tardar un año después de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado
mediante disposiciones que tengan fuerza vinculante y sean de carácter permanente,
preferentemente de rango constitucional, o cuyo respeto y cumplimiento estén de otro modo
plenamente garantizados a lo largo de los procedimientos presupuestarios nacionales. Las Partes
Contratantes establecerán a escala nacional el mecanismo corrector mencionado en el apartado 1,
letra e), sobre la base de los principios comunes que proponga la Comisión Europea, relativos en
particular a la naturaleza, el alcance y el calendario de la medida correctora que se adopte,
igualmente en caso de circunstancias excepcionales, y a la función e independencia de las
instituciones responsables a escala nacional de supervisar la observancia de las normas establecidas
en el apartado 1. Dicho mecanismo corrector respetará plenamente las prerrogativas de los
Parlamentos nacionales.
T/SCG/es 12
14. 3. A los efectos del presente artículo, serán de aplicación las definiciones establecidas en el
artículo 2 del Protocolo (n.º 2) sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo a
los Tratados de la Unión Europea.
A los efectos del presente artículo se aplicarán además las siguientes definiciones:
a) por «saldo estructural anual de las administraciones públicas» se entenderá el saldo anual
ajustado en función del ciclo, una vez excluidas las medidas puntuales y las de carácter
temporal;
b) por «circunstancias excepcionales» se entenderá aquel acontecimiento inusual que esté fuera
del control de la Parte Contratante afectada y tenga una gran incidencia en la situación
financiera de las administraciones públicas o aquellos períodos de grave recesión económica
a tenor del Pacto de Estabilidad y Crecimiento revisado, siempre que la desviación temporal
de la Parte Contratante afectada no ponga en peligro la sostenibilidad presupuestaria a
medio plazo.
T/SCG/es 13
15. ARTÍCULO 4
Cuando la proporción entre la deuda pública y el producto interior bruto de una Parte Contratante
rebase el valor de referencia del 60 % mencionado en el artículo 1 del Protocolo (n.º 12) sobre el
procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo a los Tratados de la Unión Europea, tal
Parte Contratante la reducirá a un ritmo medio de una veinteava parte al año como referencia, según
lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento (CE) n.º 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997,
relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo, modificado por el
Reglamento (UE) n.º 1177/2011 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011. La existencia de un
déficit excesivo debida al incumplimiento del criterio de la deuda se decidirá de conformidad con el
procedimiento establecido en el artículo 126 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
ARTÍCULO 5
1. Aquella Parte Contratante que sea objeto de un procedimiento de déficit excesivo con arreglo
a los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea establecerá un programa de colaboración
presupuestaria y económica en el que incluya una descripción pormenorizada de las reformas
estructurales que se deberán adoptar y aplicar a fin de garantizar una corrección efectiva y duradera
de su déficit excesivo. El contenido y la forma de dichos programas se definirán en virtud del
Derecho de la Unión Europea. La presentación de estos programas al Consejo de la Unión Europea
y a la Comisión Europea para su aprobación, así como su seguimiento tendrán lugar al amparo de
los procedimientos de supervisión establecidos en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
T/SCG/es 14
16. 2. La ejecución del programa de colaboración presupuestaria y económica y de los planes
presupuestarios anuales relacionados será supervisada por el Consejo de la Unión Europea y la
Comisión Europea.
ARTÍCULO 6
Con el fin de coordinar mejor la planificación de sus emisiones de deuda nacional, las Partes
Contratantes informarán con antelación al Consejo de la Unión Europea y a la Comisión Europea de
sus planes de emisión de deuda pública.
ARTÍCULO 7
Las Partes Contratantes cuya moneda es el euro se comprometen, en el pleno respeto de los
requisitos procedimentales establecidos en los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea,
a apoyar las propuestas o recomendaciones formuladas por la Comisión Europea cuando esta
considere que un Estado miembro de la Unión Europea cuya moneda es el euro incumple el criterio
del déficit en el marco de un procedimiento de déficit excesivo. Esta obligación no será aplicable
cuando se constate que una mayoría cualificada de las Partes Contratantes cuya moneda es el euro,
calculada por analogía con las disposiciones pertinentes de los Tratados en los que se fundamenta la
Unión Europea y sin tener en cuenta la posición de la Parte Contratante afectada, se opone a la
decisión propuesta o recomendada.
T/SCG/es 15
17. ARTÍCULO 8
1. Se invita a la Comisión Europea a presentar en su debido momento a las Partes Contratantes
un informe sobre las disposiciones adoptadas por cada una de ellas en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 3, apartado 2. Si la Comisión Europea, tras haber brindado a la Parte Contratante
afectada la oportunidad de presentar sus observaciones, concluye en su informe que esta ha
incumplido lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2, el asunto será sometido al Tribunal de Justicia
de la Unión Europea por una o más Partes Contratantes. Cuando una Parte Contratante considere,
con independencia del informe de la Comisión, que otra Parte Contratante ha incumplido lo
dispuesto en artículo 3, apartado 2, podrá someter igualmente el asunto al Tribunal de Justicia. En
ambos casos, la sentencia del Tribunal de Justicia será vinculante para las partes en el
procedimiento, que adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia en el
plazo que decida dicho Tribunal.
2. Si, sobre la base de su propia apreciación o de la de la Comisión Europea, una Parte
Contratante considera que otra Parte Contratante no ha adoptado las medidas necesarias para dar
cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia a que se refiere el apartado 1, podrá someter el
asunto al Tribunal de Justicia y solicitar la imposición de sanciones pecuniarias según los criterios
establecidos por la Comisión Europea en el marco del artículo 260 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea. Si el Tribunal de Justicia declara que la Parte Contratante afectada ha
incumplido su sentencia, podrá condenarla al pago de una suma a tanto alzado o de una multa
coercitiva adaptada a las circunstancias, que no excederá del 0,1 % de su producto interior bruto.
Los importes impuestos a una Parte Contratante cuya moneda es el euro serán pagaderos al
Mecanismo Europeo de Estabilidad. En los demás casos, los pagos se imputarán al presupuesto
general de la Unión Europea.
T/SCG/es 16
18. 3. El presente artículo constituye un compromiso entre las Partes Contratantes con arreglo al
artículo 273 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
TÍTULO IV
COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS ECONÓMICAS Y CONVERGENCIA
ARTÍCULO 9
Sobre la base de la coordinación de las políticas económicas definida en el Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, las Partes Contratantes se comprometen a cooperar en aras de
una política económica que fomente el correcto funcionamiento de la unión económica y monetaria
y el crecimiento económico mediante una convergencia y competitividad reforzadas. Con este fin,
las Partes Contratantes adoptarán las iniciativas y medidas necesarias en todos los ámbitos que sean
esenciales para el correcto funcionamiento de la zona del euro, de conformidad con los objetivos de
fomento de la competitividad, promoción del empleo, contribución a la sostenibilidad de las
finanzas públicas y refuerzo de la estabilidad financiera.
T/SCG/es 17
19. ARTÍCULO 10
De conformidad con las disposiciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea,
las Partes Contratantes se declaran dispuestas a hacer un uso activo, cuando proceda y sea
necesario, de medidas específicas para los Estados miembros cuya moneda es el euro, a tenor del
artículo 136 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como de la cooperación
reforzada, a tenor del artículo 20 del Tratado de la Unión Europea y de los artículos 326 a 334 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en cuestiones que sean esenciales para el correcto
funcionamiento de la zona del euro, sin perjudicar al mercado interior.
ARTÍCULO 11
Con el fin de establecer como referencia las prácticas más idóneas y de cooperar en aras de una
política económica más estrechamente coordinada, las Partes Contratantes garantizan que todas las
grandes reformas de política económica que proyecten llevar a cabo se debatirán previamente y, en
su caso, se coordinarán entre sí. Participarán en tal coordinación las instituciones de la Unión
Europea según lo requiera el Derecho de la Unión Europea.
T/SCG/es 18
20. TÍTULO V
GOBERNANZA DE LA ZONA DEL EURO
ARTÍCULO 12
1. Los Jefes de Estado o de Gobierno de las Partes Contratantes cuya moneda es el euro
celebrarán de manera informal reuniones de la Cumbre del Euro, junto con el Presidente de la
Comisión Europea. Se invitará al Presidente del Banco Central Europeo a participar en tales
reuniones.
El Presidente de la Cumbre del Euro será designado por mayoría simple por los Jefes de Estado o de
Gobierno de las Partes Contratantes cuya moneda es el euro al mismo tiempo que el Consejo
Europeo elija a su Presidente y para un mandato de igual duración.
2. Se celebrarán reuniones de la Cumbre del Euro cuando sea necesario, y como mínimo dos
veces al año, para debatir cuestiones relativas a las responsabilidades específicas que comparten con
respecto a la moneda única las Partes Contratantes cuya moneda es el euro, otras cuestiones
relacionadas con la gobernanza de la zona del euro y las normas que le son aplicables, así como las
orientaciones estratégicas para la dirección de las políticas económicas a fin de aumentar la
convergencia en la zona del euro.
T/SCG/es 19
21. 3. Los Jefes de Estado o de Gobierno de las Partes Contratantes distintas de aquellas cuya
moneda es el euro que hayan ratificado el presente Tratado participarán en los debates de las
reuniones de la Cumbre del Euro sobre la competitividad de las Partes Contratantes, la modificación
de la arquitectura general de la zona del euro y las normas fundamentales que se le aplicarán en el
futuro, así como, cuando proceda y como mínimo una vez al año, en debates sobre cuestiones
específicas de aplicación del presente Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la
Unión Económica y Monetaria.
4. El Presidente de la Cumbre del Euro garantizará la preparación y continuidad de las reuniones
de la cumbre, en estrecha cooperación con el Presidente de la Comisión Europea. El Eurogrupo será
el órgano encargado de la preparación y el seguimiento de las reuniones de la Cumbre del Euro y su
Presidente podrá ser invitado a asistir a tales reuniones con ese fin.
5. Podrá invitarse al Presidente del Parlamento Europeo a comparecer. El Presidente de la
Cumbre del Euro presentará un informe al Parlamento Europeo después de cada reunión de la
Cumbre del Euro.
6. El Presidente de la Cumbre del Euro mantendrá cumplidamente informados de los
preparativos y resultados de las reuniones de la cumbre a las Partes Contratantes distintas de
aquellas cuya moneda es el euro y a los demás Estados miembros de la Unión Europea.
T/SCG/es 20
22. ARTÍCULO 13
De conformidad con lo dispuesto en el título II del Protocolo (n.º 1) sobre el cometido de los
Parlamentos nacionales en la Unión Europea, anejo a los Tratados de la Unión Europea, el
Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales de las Partes Contratantes decidirán
conjuntamente la organización y la promoción de una conferencia de representantes de las
comisiones pertinentes del Parlamento Europeo y de las de los Parlamentos nacionales, a fin de
debatir políticas presupuestarias y otras cuestiones del ámbito del presente Tratado.
TÍTULO VI
DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
ARTÍCULO 14
1. El presente Tratado será ratificado por las Partes Contratantes de conformidad con sus
respectivas normas constitucionales. Los instrumentos de ratificación se depositarán ante la
Secretaría General del Consejo de la Unión Europea ("el Depositario").
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23. 2. El presente Tratado entrará en vigor el 1 de enero de 2013, siempre que doce Partes
Contratantes cuya moneda es el euro hayan depositado su instrumento de ratificación, o el primer
día del mes siguiente al depósito del decimosegundo instrumento de ratificación por una Parte
Contratante cuya moneda es el euro, optándose por la fecha que sea anterior.
3. El presente Tratado se aplicará a partir de su fecha de entrada en vigor a las Partes
Contratantes cuya moneda es el euro que lo hayan ratificado. Se aplicará a las demás Partes
Contratantes cuya moneda es el euro a partir del primer día del mes siguiente al depósito del
respectivo instrumento de ratificación.
4. No obstante lo dispuesto en los apartados 3 y 5, el título V se aplicará a todas las Partes
Contratantes de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado.
5. El presente Tratado se aplicará a las Partes Contratantes acogidas a una excepción, según la
definición del artículo 139, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea o del
Protocolo (n.º 16) sobre determinadas disposiciones relativas a Dinamarca, anejo a los Tratados de
la Unión Europea, que hayan ratificado el presente Tratado, a partir del día en que surta efecto la
decisión de derogación de una u otra excepción, salvo en el caso de que la Parte Contratante
interesada manifieste su intención de quedar vinculada en una fecha anterior por la totalidad o una
parte de las disposiciones de los títulos III y IV del presente Tratado.
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24. ARTÍCULO 15
El presente Tratado estará abierto a la adhesión de los Estados Miembros de la Unión Europea que
no sean Partes Contratantes. La adhesión se hará efectiva .mediante el depósito del instrumento de
adhesión ante el Depositario, que lo notificará a las demás Partes Contratantes. Una vez autenticado
por las Partes Contratantes, el texto del presente Tratado en la lengua oficial del Estado miembro
adherente, a su vez lengua oficial y lengua de trabajo de las Instituciones de la Unión, se depositará
en los archivos del Depositario como texto auténtico del presente Tratado.
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25. ARTÍCULO 16
En el plazo máximo de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Tratado, se
adoptarán, sobre la base de una evaluación de la experiencia en su aplicación, las medidas
necesarias, de conformidad con lo dispuesto en el Tratado de la Unión Europea y en el Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, a fin de incorporar el contenido del presente Tratado al
marco jurídico de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el dos de marzo del año dos mil doce.
El presente Tratado, redactado en un único ejemplar original en lenguas alemana, búlgara, danesa,
eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, irlandesa, italiana,
letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana y sueca, cuyos textos son
igualmente auténticos será depositado en los archivos del Depositario, que transmitirá una copia
autenticada a cada una de las Partes Contratantes.
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