2. VIOLENCIA DE GENERO
CONCEPTO DE GENERO
Género es lo que significa ser hombre o mujer, es decir, cómo construimos
nuestra identidad (femenina o masculina) y cómo este hecho biológico define las
oportunidades, los roles, las responsabilidades y las relaciones de pareja
VIOLENCIA DE GENERO
Es toda aquella situación de violencia (explícita o implícita) de variada
caracterización o magnitud que afecte a las personas por el hecho de ser
hombres o mujeres.
La violencia de género es un tipo de violencia física o psicológica ejercida
contra cualquier persona sobre la base de su sexo o género.
3. MARCO CONSTITUCIONAL NACIONAL
Nuestra Constitución Política señala:
El inciso 1) del artículo 2º. Señala que “toda persona tiene derecho
a la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a
su libre desarrollo y bienestar”.
El inciso 2) del artículo 2º. Señala que toda persona tiene derecho
a la “igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo
de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición
económica o de cualquiera otra índole”.
El literal h) del inciso 24) del artículo 2º. Señala que “nadie debe
ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a
tortura o a tratos inhumanos o humillantes”.
4. MARCO LEGAL NACIONAL
El Código Civil.
Art. 333. Causales de Separación, Violencia Física o Psicológica
El Código Penal: Sanciona con mayor severidad los delitos
derivados de violencia familiar.
Art. 121 A Lesiones Graves
Art. 122 A Lesiones leves
Código del Niño y Adolescente.Código del Niño y Adolescente.
Art. 4: A la Integridad personal
Art. 18: Protección contra perjuicio físico, psicológico y/o sexual
Art. 75: Suspensión de la Patria Potestad
Art.77: Extinción o Pérdida Patria Potestad
Código Procesal civilCódigo Procesal civil
Art. 677: Medidas Cautelares en asuntos de familia
5. MARCO LEGAL NACIONAL
LEY No. 26260.LEY No. 26260. LEY DE PROTECCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIALEY DE PROTECCIÓN FRENTE A LA VIOLENCIA
FAMILIAR (FAMILIAR (22/12/1993 )22/12/1993 )
DECRETO SUPREMO Nº 006-97-JUSDECRETO SUPREMO Nº 006-97-JUS TEXTO UNICO ORDENADO DE LATEXTO UNICO ORDENADO DE LA
LEY 26260 (27/06/1997)LEY 26260 (27/06/1997)
Modificatorias:Modificatorias:
Ley 26763 (25/03/1997)Ley 26763 (25/03/1997)
Ley 27306 (15/07/2000)Ley 27306 (15/07/2000)
Ley 27982 (29/05/2003)Ley 27982 (29/05/2003)
Ley 28236 (29/05/2004)Ley 28236 (29/05/2004)
Ley 29282 (27/11/2008)Ley 29282 (27/11/2008)
REGLAMENTO D. S. N° 002-98-JUS (25/02/1998)REGLAMENTO D. S. N° 002-98-JUS (25/02/1998)
Las fechas que aparecen corresponden a la publicación en el diario oficialLas fechas que aparecen corresponden a la publicación en el diario oficial ElEl
PeruanoPeruano
6. SUJETOS INVOLUCRADOS EN LA
VIOLENCIA FAMILIAR
El artículo 2º del TUO de la Ley 26260, señala que la violencia familiar
se produce entre:
Cónyuges
Ex cónyuges
Convivientes
Ex convivientes
Ascendientes
Descendientes
Parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y
segundo de afinidad
Quienes habitan en el mismo hogar, siempre que no medien relaciones
contractuales o laborales
Quienes hayan procreado hijos en común, independiente que convivan
o no, al momento de producirse la violencia.
Uno de los convivientes y los parientes del otro hasta el cuarto grado
de consanguinidad y segundo de afinidad, en las uniones de hecho
7. VIOLENCIA CONTRA LA MUJER COMO
VIOLENCIA DE GENERO
Las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres
son las que han dado origen a la Violencia de Género. En donde
se ha asignado un mayor valor social a los derechos de los
hombres.
La violencia familiar contra la mujer es considerada como
violencia de Genero.
La violencia contra la mujer puede darse:
Violencia Física
Violencia psicológica
Violencia Sexual
Violencia por abandono
8. DERECHOS PROTEGIDOS EN LA
VIOLENCIA DE GENERO
Entre los derechos fundamentales más relevantes
se tienen, El derecho a:
1. La vida
2. La libertad
3. La seguridad personal
4. La integridad moral, psíquica y física y a su libre
desarrollo y bienestar
Entre otros derechos conexos
9. LA VIOLENCIA DE GENERO Y DERECHOS
HUMANOS
La violencia de Género es un problema de Derechos
Humanos que afecta directamente a toda la sociedad y
sus implicaciones van desde el ámbito privado de las
relaciones familiares hasta los ámbitos públicos de las
relaciones laborales , educativas, inclusive políticas.
Los derechos afectados por la violencia familiar, así
como de la violencia de están contemplados en
nuestra Constitución, por lo que son derechos
fundamentales de la persona, de modo que también
derechos Humanos.
10. DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS
FUNDAMENTALES
Derechos Humanos son el conjunto de derechos
y libertades fundamentales propias de las
personas humanas.
Los Derechos Humanos están recogidos en
declaraciones y normas internacionales.
Derechos Fundamentales se utiliza para
referirnos a aquellos Derechos Humanos que
han sido reconocidos por los ordenamientos
jurídicos estatales. En la Constitución.
11. VIOLENCIA DE GENERO EN NORMAS
INTERNACIONALES
En el Marco Internacional de Derechos Humanos
referente a la Violencia de Género podemos
encontrar 2 tipos de Instrumentos que generan
compromisos hacia los Estados.
1. Convenios, Pactos y Tratados
2. Planes de Acción derivados de la
Conferencias Internacionales
12. CONVENIOS TRATADOS Y PACTOS
La naturaleza de los compromisos son de carácter
vinculante para los Estados que los suscriben
Al ratificarse en cada país adquiere un carácter de Leyes
Nacionales. El articulo 55 de la Constitución señala que
“los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman
parte del derecho nacional”.
Potencian la posibilidad de influir en la reforma de leyes
nacionales para estar acordes a los compromisos
13. NORMAS INTERNACIONALES
Entre los más importantes tenemos los siguientes:
1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos
(1948).
2. Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos
(1966).
3. Convención Americana sobre Derechos Humanos
(1969).
4. Convención para la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer, CEDAW (1979).
5. Convención Interamericana para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra la mujer (1994).
14. PLANES Y PROGRAMAS DE ACCIÓN EMANADOS DE
LAS CONFERENCIAS MUNDIALES
La naturaleza de los compromisos que se adoptan son
de carácter ético – políticos.
Los planes de vinculación con los tratados
internacionales sobre Derechos Humanos.
Sus compromisos no son vinculantes para los Estados
miembros de la ONU.
Los documentos se aprueban por consenso del pleno,
pero los países pueden hacer reservas a algunos
párrafos.
Notas del editor
Etapas planteadas por BINDER, Introducción, p. 229