SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
Minoridad, Niñez y
Adolescencia
Estudiante:
Carlos Rodríguez
28654263
Minoridad
• Consiste en estado de las personas que no han alcanzado la mayoría de edad,
es decir, la edad que la Ley confiere al ser humano a partir de la cual este
tendrá plena capacidad para la generalidad de los efectos jurídicos.
• Son menores de edad los que no han cumplido 18 años de edad.
• El menor de edad, por naturaleza tiene protección de la ley por que es
incapaz (Patria Potestad, Tutela, Curatela).
• El hecho de que los menores de edad son incapaces, no necesita ser probado,
ES UN HECHO NOTORIO.
• Según el art.18 Código Civil: «Es mayor de edad quien haya cumplido
dieciocho (18) años. El mayor de edad es capaz para todos los actos de la
vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales
• Clasificación Los menores de Edad se
clasifican en, según la LOPNA, Artículo 2:
• 1.- Según estén sometidas a la potestad de
otras personas:
• Menores no emancipados: Son aquellos que
se encuentran sometidos al régimen de
presentación que será ejercido, según sea el
caso, por sus padres o por el tutor.
• Menores emancipados: Son aquellos que por
efecto del matrimonio han adquirido el libre
gobierno de su persona y por tanto, no están
sometidos a la potestad de nadie.
Según el art.18 Código Civil: «Es
mayor de edad quien haya
cumplido dieciocho (18) años. El
mayor de edad es capaz para todos
los actos de la vida civil, con las
excepciones establecidas por
disposiciones especiales
Capacidad
Es, en Derecho, la aptitud de una persona para ser titular de relaciones jurídicas o bien la aptitud de una
persona natural para actuar por sí misma en la vida civil. La capacidad va paralela a la personalidad, se
debe ser necesariamente persona para tener capacidad.
• PRINCIPIOS QUE RIGEN LA CAPACIDAD
• 1- IMPOSIBILIDAD QUE UNA PERSONA CAREZCA ABSOLUTAMENTE DE CAPACIDAD
DE GOCE O JURÍDICA: Esto significa que no se concibe la noción de personas sin la capacidad de
goce, que aunque nunca puede ser suprimida, si puede sufrir restricciones, es decir que no existen
incapaces de goce generales, pero por el contrario si hay incapaces de goce especiales, muy limitadas
en números.
• 2- LA CAPACIDAD DE OBRAR PRESUPONE LA CAPACIDAD DE GOCE O JURÍDICA: Ya
que sería inconcebible que alguien colocara en actividad un derecho que no tiene, recordemos que la
capacidad de obrar presupone la titularidad de derecho, esto es, la aptitud al ejercicio de los derechos
de que se es titular.
Patria potestad
• Conjunto de poderes y deberes que ejercen los padres sobre las personas y
bienes de aquellos menores no emancipados.
• La Patria Potestad se ejerce por igual por ambos padres, estos tienen iguales
derechos para este ejercicio, mas, esto no significa que siempre deban
ejercerla conjuntamente, sino que a falta de uno de los padres, el que queda
puede ejercerla totalmente.
• Art. 347 LOPNA. Definición "Se entiende por Patria Potestad el conjunto de
deberes y derechos del padre y la madre en relación con los hijos e hijas que
no hayan alcanzado la mayoridad, que tiene por objeto el cuidado, desarrollo
y educación integral de los hijos e hijas".
Filiación y relaciones filiales
• Nombre civil.-Lo determinan los padres,
quienes le transfieren además el apellido a
sus hijos.
• La Guarda.-(Responsabilidad de crianza
según la Lopna). Es la responsabilidad de
los padres de mantener, educar, custodiar,
vigilar, aplicar correctivos adecuados e
instruir a sus hijos menores y a los
mayores cuando éstos se encuentren
impedidos de satisfacer sus necesidades.
Art 282 C.C y 30, 358 y Lopna.
• Honra y respeto de los hijos a sus padres.
• 4.-Visitas. (Convivencia familiar, según la
Lopnna). Los padres tienen derecho a la
convivencia familiar inclusive si no ejercen
la Patria Potestad, Art 385 Lopna, Se trata
de un derecho recíproco y los hijos tienen
derecho al contacto con sus padres.
• Derechos sucesorales. Los padres tienen
derecho por Ley a suceder a sus hijos y
viceversa. (Herederos legitimarios o
forzosos).
La guarda
• (Responsabilidad de crianza según la Lopna). Es
la responsabilidad de los padres de mantener,
educar, custodiar, vigilar, aplicar correctivos
adecuados e instruir a sus hijos menores y a los
mayores cuando éstos se encuentren impedidos
de satisfacer sus necesidades
• La custodia compartida se refiere a que los padres
en caso de divorcio o separación, tienen el
derecho y la obligación de ejercer en igualdad de
circunstancias, condiciones y en beneficio de los
hijos menores su protección y asistencia,
garantizando su bienestar integral.
• Ejercicio de la Responsabilidad de Crianza.
El padre y la madre que ejerzan la Patria
Potestad tienen el deber compartido, igual e
irrenunciable de ejercer la Responsabilidad
de Crianza de sus hijos o hijas, y son
responsables civil, administrativa y
penalmente por su inadecuado
cumplimiento. En caso de divorcio,
separación de cuerpos, nulidad de
matrimonio o de residencias separadas,
todos los contenidos de la Responsabilidad
de Crianza seguirá siendo ejercida
conjuntamente por el padre y la madre
La mayoridad
• La mayoría de edad es la edad que el ordenamiento jurídico establece para
determinar la plena capacidad jurídica de la persona. La figura está motivada en la
necesidad de que la persona haya adquirido una madurez intelectual y física
suficiente como para tener una voluntad válida para obrar algunos actos que antes
no podía por sus carencias nombradas anteriormente.
• Mayoridad en Venezuela Mayores Incapaces : Cuando el mayor de edad no se
encuentra en uso de sus capacidades mentales.
• Cuando de manera habitual la persona se encuentra en una situación que no
justifique que se le reconozca la capacidad plena.
• Casos extremos en la cual la ley prevé la interdicción de la persona.
• Con lo cual quedaría sometido a una incapacidad.
• En casos menos graves la ley prevé la inhabilitación de la persona.
Emancipación
• “un beneficio de la ley que produce la consecuencia de
libertar al menor de la patria potestad o de la tutela y de
conferirle, con el gobierno de su persona, una cierta
capacidad, por lo demás limitada a la pura
administración, en cuanto a su patrimonio
• En el Código Civil del 42 estaban previstas dos formas
de emancipación: La emancipación legal y la
emancipación voluntaria. En la actualidad y según el
Código Civil de 1982, gracias al establecimiento de la
mayoría de edad en 18 años, la emancipación solo quedó
establecida por el matrimonio del menor de edad. En
el artículo 382 del citado Código Civil se establece que el
matrimonio produce el derecho de emancipación, la
disolución del matrimonio no la extingue a menos de
que sea por anulación y en este caso solo la pierde el En
Venezuela la contrayente que actuó de mala fe.
emancipación solo se produce por la vía del matrimonio
• Efectos de la Emancipación: Cualquier acto
que exceda la simple administración requiere de
la autorización del juez competente. Art. 383
C.C. Para estar en un juicio y para actos de
jurisdicción voluntaria el menos emancipado
deberá estar asistido por uno de los padres que
ejercerían la patria potestad y a la falta de estos
el menor nombrará un curador especial que
deberá contar con la aprobación del juez. Art
383 C.C. Según el artículo 1435 de C.C. el
emancipado no puede hacer En caso de que un
acto donaciones, pero si puede hacer exceda la
simple capitulaciones y donaciones al otro
administración se requerirá cónyuge. Art. 146
C.C. la autorización de un juez
Adopción
• La adopción es una Institución de Protección
mediante la cual se le brinda a un niño, niña o
adolescente, apto para ser adoptado o
adoptada, la posibilidad de vivir, crecer y
desarrollarse en el seno de una familia
sustituta, permanente y adecuada, tal como lo
establece la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica para
la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
(Lopnna) y la Convención de los Derechos del
Niño.
• Adopción Tradicional: Se concebía y estaba
organizada fundamentalmente a favor de la
familia adoptante, del linaje del cual el adoptado
era solo el instrumento de perpetuación, aunque
es verdad que en alguna forma derivada a su
favor ciertos beneficios.
• b- Adopción Moderna: En cambio se concibe
esencialmente en beneficio e interés del
adoptado, generalmente un menor, a quien se
trata de proporcionar protección adecuada y
eficaz; sin que por ello deban descartarse los
respetables intereses afectivos del adoptante
aunque este juega un papel secundario respecto
del primero.

Más contenido relacionado

Similar a univerisdad fermin toro

La minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civil
La minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civilLa minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civil
La minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civilJeiberOvallesPerozo
 
Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.
Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.
Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.FiorellaValentinaMor
 
Presentacion powerpoint..pptx
Presentacion powerpoint..pptxPresentacion powerpoint..pptx
Presentacion powerpoint..pptxEvelynZam28
 
Legislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidadLegislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidadchavez93santi
 
presentacion dcho civil.pptx
presentacion dcho civil.pptxpresentacion dcho civil.pptx
presentacion dcho civil.pptxSamuelMedina60
 
Semana 16 instituciones de amparo familiar
Semana 16 instituciones de amparo familiarSemana 16 instituciones de amparo familiar
Semana 16 instituciones de amparo familiarMartin Leon Cochachin
 
Capítulo 1: sujetos del derecho privado
Capítulo 1: sujetos del derecho privado Capítulo 1: sujetos del derecho privado
Capítulo 1: sujetos del derecho privado vglibota
 
Capítulo 1 Sujetos del derecho privado
Capítulo 1   Sujetos del derecho privadoCapítulo 1   Sujetos del derecho privado
Capítulo 1 Sujetos del derecho privadovglibota
 
Nociones elementales Derecho de la persona
Nociones elementales Derecho de la personaNociones elementales Derecho de la persona
Nociones elementales Derecho de la personaEvelia Evelia
 
Presentación1.pptx_Esther.pptx
Presentación1.pptx_Esther.pptxPresentación1.pptx_Esther.pptx
Presentación1.pptx_Esther.pptxEstherGmez35
 
La familia en_derecho_civil[1]
La familia en_derecho_civil[1]La familia en_derecho_civil[1]
La familia en_derecho_civil[1]Elvin Roble
 
3. condiciones para heredar
3. condiciones para heredar3. condiciones para heredar
3. condiciones para heredarKassandraEllen
 

Similar a univerisdad fermin toro (20)

La minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civil
La minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civilLa minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civil
La minoridad, niñez y adolescencia en el marco del derecho civil
 
Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.
Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.
Presentación sobre la minoridad. fiorella moreno. primer año. sección a.
 
Presentacion powerpoint..pptx
Presentacion powerpoint..pptxPresentacion powerpoint..pptx
Presentacion powerpoint..pptx
 
La Tutela
La TutelaLa Tutela
La Tutela
 
Legislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidadLegislación de la capacidad e incapacidad
Legislación de la capacidad e incapacidad
 
La capacidad.
La capacidad.La capacidad.
La capacidad.
 
presentacion dcho civil.pptx
presentacion dcho civil.pptxpresentacion dcho civil.pptx
presentacion dcho civil.pptx
 
Semana 16 instituciones de amparo familiar
Semana 16 instituciones de amparo familiarSemana 16 instituciones de amparo familiar
Semana 16 instituciones de amparo familiar
 
Capítulo 1: sujetos del derecho privado
Capítulo 1: sujetos del derecho privado Capítulo 1: sujetos del derecho privado
Capítulo 1: sujetos del derecho privado
 
Capítulo 1 Sujetos del derecho privado
Capítulo 1   Sujetos del derecho privadoCapítulo 1   Sujetos del derecho privado
Capítulo 1 Sujetos del derecho privado
 
Nociones elementales Derecho de la persona
Nociones elementales Derecho de la personaNociones elementales Derecho de la persona
Nociones elementales Derecho de la persona
 
La Minoridad.pptx
La Minoridad.pptxLa Minoridad.pptx
La Minoridad.pptx
 
ACTIVIDAD I UNIDAD VI.pptx
ACTIVIDAD I UNIDAD VI.pptxACTIVIDAD I UNIDAD VI.pptx
ACTIVIDAD I UNIDAD VI.pptx
 
Presentación1.pptx_Esther.pptx
Presentación1.pptx_Esther.pptxPresentación1.pptx_Esther.pptx
Presentación1.pptx_Esther.pptx
 
La familia en_derecho_civil[1]
La familia en_derecho_civil[1]La familia en_derecho_civil[1]
La familia en_derecho_civil[1]
 
00019376
0001937600019376
00019376
 
clase de Personas.pptx
clase de Personas.pptxclase de Personas.pptx
clase de Personas.pptx
 
3. condiciones para heredar
3. condiciones para heredar3. condiciones para heredar
3. condiciones para heredar
 
minoridad y mayoridad.pptx
minoridad y mayoridad.pptxminoridad y mayoridad.pptx
minoridad y mayoridad.pptx
 
EL ESTADO Y LA CAPACIDAD CIVIL
EL ESTADO Y LA CAPACIDAD CIVIL EL ESTADO Y LA CAPACIDAD CIVIL
EL ESTADO Y LA CAPACIDAD CIVIL
 

Último

TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxKarlaMassielMartinez
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSYadi Campos
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxYadi Campos
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfFrancisco158360
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptxolgakaterin
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSjlorentemartos
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularMooPandrea
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptxdeimerhdz21
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaDecaunlz
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxMaritzaRetamozoVera
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 

Último (20)

TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
 
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOSTEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
TEMA 13 ESPAÑA EN DEMOCRACIA:DISTINTOS GOBIERNOS
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circularLey 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
Ley 21.545 - Circular Nº 586.pdf circular
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptxINSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO   .pptx
INSTRUCCION PREPARATORIA DE TIRO .pptx
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativa
 
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docxSesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
Sesión de aprendizaje Planifica Textos argumentativo.docx
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 

univerisdad fermin toro

  • 2. Minoridad • Consiste en estado de las personas que no han alcanzado la mayoría de edad, es decir, la edad que la Ley confiere al ser humano a partir de la cual este tendrá plena capacidad para la generalidad de los efectos jurídicos. • Son menores de edad los que no han cumplido 18 años de edad. • El menor de edad, por naturaleza tiene protección de la ley por que es incapaz (Patria Potestad, Tutela, Curatela). • El hecho de que los menores de edad son incapaces, no necesita ser probado, ES UN HECHO NOTORIO. • Según el art.18 Código Civil: «Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años. El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales
  • 3. • Clasificación Los menores de Edad se clasifican en, según la LOPNA, Artículo 2: • 1.- Según estén sometidas a la potestad de otras personas: • Menores no emancipados: Son aquellos que se encuentran sometidos al régimen de presentación que será ejercido, según sea el caso, por sus padres o por el tutor. • Menores emancipados: Son aquellos que por efecto del matrimonio han adquirido el libre gobierno de su persona y por tanto, no están sometidos a la potestad de nadie. Según el art.18 Código Civil: «Es mayor de edad quien haya cumplido dieciocho (18) años. El mayor de edad es capaz para todos los actos de la vida civil, con las excepciones establecidas por disposiciones especiales
  • 4. Capacidad Es, en Derecho, la aptitud de una persona para ser titular de relaciones jurídicas o bien la aptitud de una persona natural para actuar por sí misma en la vida civil. La capacidad va paralela a la personalidad, se debe ser necesariamente persona para tener capacidad. • PRINCIPIOS QUE RIGEN LA CAPACIDAD • 1- IMPOSIBILIDAD QUE UNA PERSONA CAREZCA ABSOLUTAMENTE DE CAPACIDAD DE GOCE O JURÍDICA: Esto significa que no se concibe la noción de personas sin la capacidad de goce, que aunque nunca puede ser suprimida, si puede sufrir restricciones, es decir que no existen incapaces de goce generales, pero por el contrario si hay incapaces de goce especiales, muy limitadas en números. • 2- LA CAPACIDAD DE OBRAR PRESUPONE LA CAPACIDAD DE GOCE O JURÍDICA: Ya que sería inconcebible que alguien colocara en actividad un derecho que no tiene, recordemos que la capacidad de obrar presupone la titularidad de derecho, esto es, la aptitud al ejercicio de los derechos de que se es titular.
  • 5. Patria potestad • Conjunto de poderes y deberes que ejercen los padres sobre las personas y bienes de aquellos menores no emancipados. • La Patria Potestad se ejerce por igual por ambos padres, estos tienen iguales derechos para este ejercicio, mas, esto no significa que siempre deban ejercerla conjuntamente, sino que a falta de uno de los padres, el que queda puede ejercerla totalmente. • Art. 347 LOPNA. Definición "Se entiende por Patria Potestad el conjunto de deberes y derechos del padre y la madre en relación con los hijos e hijas que no hayan alcanzado la mayoridad, que tiene por objeto el cuidado, desarrollo y educación integral de los hijos e hijas".
  • 6. Filiación y relaciones filiales • Nombre civil.-Lo determinan los padres, quienes le transfieren además el apellido a sus hijos. • La Guarda.-(Responsabilidad de crianza según la Lopna). Es la responsabilidad de los padres de mantener, educar, custodiar, vigilar, aplicar correctivos adecuados e instruir a sus hijos menores y a los mayores cuando éstos se encuentren impedidos de satisfacer sus necesidades. Art 282 C.C y 30, 358 y Lopna. • Honra y respeto de los hijos a sus padres. • 4.-Visitas. (Convivencia familiar, según la Lopnna). Los padres tienen derecho a la convivencia familiar inclusive si no ejercen la Patria Potestad, Art 385 Lopna, Se trata de un derecho recíproco y los hijos tienen derecho al contacto con sus padres. • Derechos sucesorales. Los padres tienen derecho por Ley a suceder a sus hijos y viceversa. (Herederos legitimarios o forzosos).
  • 7. La guarda • (Responsabilidad de crianza según la Lopna). Es la responsabilidad de los padres de mantener, educar, custodiar, vigilar, aplicar correctivos adecuados e instruir a sus hijos menores y a los mayores cuando éstos se encuentren impedidos de satisfacer sus necesidades • La custodia compartida se refiere a que los padres en caso de divorcio o separación, tienen el derecho y la obligación de ejercer en igualdad de circunstancias, condiciones y en beneficio de los hijos menores su protección y asistencia, garantizando su bienestar integral. • Ejercicio de la Responsabilidad de Crianza. El padre y la madre que ejerzan la Patria Potestad tienen el deber compartido, igual e irrenunciable de ejercer la Responsabilidad de Crianza de sus hijos o hijas, y son responsables civil, administrativa y penalmente por su inadecuado cumplimiento. En caso de divorcio, separación de cuerpos, nulidad de matrimonio o de residencias separadas, todos los contenidos de la Responsabilidad de Crianza seguirá siendo ejercida conjuntamente por el padre y la madre
  • 8. La mayoridad • La mayoría de edad es la edad que el ordenamiento jurídico establece para determinar la plena capacidad jurídica de la persona. La figura está motivada en la necesidad de que la persona haya adquirido una madurez intelectual y física suficiente como para tener una voluntad válida para obrar algunos actos que antes no podía por sus carencias nombradas anteriormente. • Mayoridad en Venezuela Mayores Incapaces : Cuando el mayor de edad no se encuentra en uso de sus capacidades mentales. • Cuando de manera habitual la persona se encuentra en una situación que no justifique que se le reconozca la capacidad plena. • Casos extremos en la cual la ley prevé la interdicción de la persona. • Con lo cual quedaría sometido a una incapacidad. • En casos menos graves la ley prevé la inhabilitación de la persona.
  • 9. Emancipación • “un beneficio de la ley que produce la consecuencia de libertar al menor de la patria potestad o de la tutela y de conferirle, con el gobierno de su persona, una cierta capacidad, por lo demás limitada a la pura administración, en cuanto a su patrimonio • En el Código Civil del 42 estaban previstas dos formas de emancipación: La emancipación legal y la emancipación voluntaria. En la actualidad y según el Código Civil de 1982, gracias al establecimiento de la mayoría de edad en 18 años, la emancipación solo quedó establecida por el matrimonio del menor de edad. En el artículo 382 del citado Código Civil se establece que el matrimonio produce el derecho de emancipación, la disolución del matrimonio no la extingue a menos de que sea por anulación y en este caso solo la pierde el En Venezuela la contrayente que actuó de mala fe. emancipación solo se produce por la vía del matrimonio • Efectos de la Emancipación: Cualquier acto que exceda la simple administración requiere de la autorización del juez competente. Art. 383 C.C. Para estar en un juicio y para actos de jurisdicción voluntaria el menos emancipado deberá estar asistido por uno de los padres que ejercerían la patria potestad y a la falta de estos el menor nombrará un curador especial que deberá contar con la aprobación del juez. Art 383 C.C. Según el artículo 1435 de C.C. el emancipado no puede hacer En caso de que un acto donaciones, pero si puede hacer exceda la simple capitulaciones y donaciones al otro administración se requerirá cónyuge. Art. 146 C.C. la autorización de un juez
  • 10. Adopción • La adopción es una Institución de Protección mediante la cual se le brinda a un niño, niña o adolescente, apto para ser adoptado o adoptada, la posibilidad de vivir, crecer y desarrollarse en el seno de una familia sustituta, permanente y adecuada, tal como lo establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna) y la Convención de los Derechos del Niño. • Adopción Tradicional: Se concebía y estaba organizada fundamentalmente a favor de la familia adoptante, del linaje del cual el adoptado era solo el instrumento de perpetuación, aunque es verdad que en alguna forma derivada a su favor ciertos beneficios. • b- Adopción Moderna: En cambio se concibe esencialmente en beneficio e interés del adoptado, generalmente un menor, a quien se trata de proporcionar protección adecuada y eficaz; sin que por ello deban descartarse los respetables intereses afectivos del adoptante aunque este juega un papel secundario respecto del primero.