Protección jurídica del software y la controversia doctrinal
1. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE
Y LA CONTROVERSIA DOCTRINAL
SOBRE SU PERTENENCIA AL ÁMBITO DE
LOS DERECHOS DE PROPIEDAD
INTELECTUAL
Por:Thalia Pajares Aranguren
2. La protección de la propiedad
intelectual en el mercado mundial ha
tomado reciente significación en los
recientes años. Los propietarios de
tecnología del mundo desarrollado,
particularmente los estadounidenses,
han presionado recientemente para
obtener un régimen legal de propiedad
intelectual fuerte y relativamente
uniforme, como piedra de toque para
obtener un tratamiento equitativo en el
sistema global del comercio que
emerge.
3. 1. EL SOFTWARE:
• Podemos mencionar que el software es
un conjunto de instrucciones
organizadas lógicamente (pues siguen
una secuencia) y codificadas (porque se
utiliza un lenguaje de programación
para su desarrollo) y que tienen como
fin resolver un problema o situación
específica del usuario.
4. 2.- AMPARO CONSTITUCIONAL:
• La Constitución Política del Perú de 1993 brinda el
marco legal para la protección de los derechos de
autor. En tal sentido el artículo 2, inciso 8) señala lo
siguiente: "Artículo 20. Toda persona tiene
derecho: A la libertad de creación intelectual,
artística, técnica y científica, así como a la
propiedad sobre dichas creaciones y a su producto.
El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta
su desarrollo y difusión".
5. 3.- LA PIRATERIA EN EL PERÚ:
• El 65% de los programas instalados en computadoras personales en el Perú
en 2013 no contaba con licencia.
• Los softwares piratas invaden las computadoras personales en el Perú. Un
estudio de la BSA revela que el 65% de usuarios cuenta con programas de
pago que fueron instalados en 2013 sin la licencia correspondiente.
• Los programas sin licencia han generado una pérdida de 249 millones de
dólares durante los dos últimos años. Entre los principales riesgos del
software sin licencia puede mencionarse que los hackers acceden
ilegalmente a la computadora y obtienen todos los datos personales. La
información también podría ser eliminada.
6. NATURALEZA JURÍDICA DE LA PROTECCIÓN
JURÍDICA DEL SOFTWARE:
• La propiedad intelectual tiene que ver con las
creaciones de la mente: las invenciones, las
obras literarias y artísticas, los símbolos, los
nombres, las imágenes y los dibujos y
modelos utilizados en el comercio.
7. La propiedad intelectual se divide en dos
categorías:
• Incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos
industriales e indicaciones geográficas de origen.
La propiedad industrial
8. El derecho de autor
• Que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los
poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las
obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas,
y los diseños arquitectónicos.
9. LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE
EN EL PERÚ - CONCLUSIÓN
• Bueno analizando tanto el Decreto Legislativo 822 y 823, llego
a la conclusión que en el Perú la protección jurídica del
software es en base al derecho de patentes, ya que el decreto
legislativo 823 nos habla prácticamente de elementos de
producción industrial como inventos, nombres comerciales,
secretos, algo que al ser expuesto pierda de alguna u otra
manera su validez, pero sea de gran aporte para el avance ya
sea tecnológico o cual sea el modo.
• Entonces el software es protegido por el derecho de patentes
ya que es un avance tecnológico para la eficacia y desarrollo
de muchos proyectos, pues es un apoyo de superación para la
sociedad, es de mucha gran utilidad.
“La Protección Jurídica del Software es en base a la protección de los Derechos de Autor
o el Derecho de Patentes”