Hasta en las sociedades más antiguas la familia ha sido siempre protegida. Es el núcleo fundamental de una sociedad. Protegiendo a la familia se protege a la sociedad.
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Protección a las familias en Colombia, ¿De qué se trata?
1. Protección a las familias en Colombia, ¿De qué se trata?
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Hasta en las sociedades más antiguas la familia ha sido siempre protegida. Es el núcleo
fundamental de una sociedad. Protegiendo a la familia se protege a la sociedad.
En Colombia, como en casi todos los países, la familia es el bien jurídico supremo, que
está resguardado en el Código Penal con disposiciones específicas que condenan la comisión
de delitos en su contra.
Las leyes que protegen al ciudadano contra robos, asesinatos, violencia, etc., tienen como
fin último asegurar que cada núcleo social pueda desarrollarse plena y sanamente en el
contexto legal y social en que se encuentra.
Delitos contra la familia
2. El Código Penal Colombiano tipifica los siguientes delitos:
1) Violencia intrafamiliar:
Es el maltrato físico, psíquico o sexual ejercido sobre cualquier miembro de la familia. Si el
maltratado es menor, mujer, o mayor de 65 años, incapaz, o de alguna forma disminuido, quien
atente en su contra sufrirá una pena mayor. A este fin, el concepto de familia incluye también
a las parejas del mismo sexo.
2) Maltrato mediante restricción a la libertad física:
Consiste en la lesión a la libertad de locomoción de cualquier persona mayor de edad
integrante del grupo familiar, comprendiendo cónyuges o parejas permanentes, padre y madre
aunque vivan en lugares distintos, ascendientes, descendientes, hijos adoptivos y cualquier
otra persona integrada al grupo; e incluye y comprende también a los menores de edad sobre
los que no se ejerce la patria potestad.
3) Ejercicio arbitrario de la custodia de un hijo menor de edad:
Son acciones que se llevan a cabo con la finalidad de privar al otro padre del derecho de
custodia y cuidado personal de los hijos menores de edad sobre los que ejerce la patria
potestad.
4) Mendicidad y tráfico de menores:
Es el ejercicio de la mendicidad utilizando un menor de hasta 12 años, o permitir que otra
persona lo utilice con el mismo fin. Si el menor tiene menos de 6 años o está afectado por
alguna deficiencia que despierte sentimientos de pena, repulsión, etc., en la gente, la sanción
será mayor.
5) Adopción irregular:
Consiste en apropiarse del menor utilizando prácticas irregulares, sin cumplir los
requisitos legales o sin la licencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Si la conducta
se realiza con ánimo de lucro o aprovechando alguna ventaja profesional, la pena será mayor.
3. 6) Inasistencia alimentaria:
Es el incumplimiento de la prestación de alimentos que se le debe a ascendientes,
descendientes, adoptantes o adoptivos, cónyuges y compañeros permanentes o del mismo
sexo.
7) Malversación y dilapidación de bienes de familiares:
Es el mal uso de los bienes que se administran con motivo de la patria potestad, tutela o
curatela, en ascendientes, descendientes, adoptados, cónyuges, compañeros permanentes,
o parejas del mismo sexo, y que no se encuadran en otros delitos.
8) Incesto:
Es tener acceso carnal u otro acto sexual con un ascendiente, descendiente, hermano,
hermana, adoptante o adoptivo.
9) Supresión, alteración o suposición del estado civil:
Como su nombre lo indica, es suprimir o alterar el estado civil. Comprende la inscripción en
el Registro Civil de una persona como hijo, cuando no lo es, o inscribir a una persona que no
existe.
Hay otros delitos que indirectamente también afectan a la familia, pero son motivo de una
profundización mayor.