El documento describe el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Este sistema consta de dos órganos principales: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Se enumeran los principales instrumentos interamericanos de derechos humanos y los mecanismos de protección del sistema, incluidas las funciones de la Comisión y los requisitos de admisibilidad para presentar peticiones.
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Der humanos
1. SISTEMA INTERAMERICANO DE
DERECHOS HUMANOS
POR
DRA. NAMIKO MATZUMOTO
BENÍTEZ.
_____________________________________
Coordinadora del Programa de
Derechos Humanos de la U.V.
114/05/14
3. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del
Hombre (1948).
Convención Americana sobre Derechos Humanos
“Pacto de San José” (1969)
Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar
la Tortura
Convención Interamericana sobre Desaparición
Forzada de Personas
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de
“Belem do Pará” (artículo 12).
PRINCIPALES INSTRUMENTOS INTERAMERICANOS
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4. Protocolo adicional a la CADH en materia de derechos
económicos, sociales y culturales “Protocolo de San
Salvador”.
Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos
Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte.
Convención Interamericana para la eliminación de
todas las formas de discriminación contra las personas
con discapacidad.
Declaración de Principios sobre la libertad de expresión
Estatuto de la CIDH.
Reglamento de la CIDH.
Estatuto de la CrIDH.
Reglamento de la CrIDH.
Continua…
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5. Medidas Cautelares y Provisionales.
Sistema de Peticiones individuales.
Informes por países/ visitas in loco.
Relatorías especiales.
MECANISMOS DE PROTECCIÓN DEL
SISTEMA INTERAMERICANO
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6. Objetivo principal: Promover la
observancia y la defensa de los derechos
humanos y servir como órgano consultivo
de la OEA en esta materia
Composición: Siete miembros elegidos
por la Asamblea General por un periodo
de cuatro años, con posibilidad de
reelección una única vez.
Sede: Washington DC, EEUU
Año de creación: 1959
COMISIÓN INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
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7. Borradores de instrumentos jurídicos.
Investigaciones in loco (“in situ”)
Informes especiales por tema o por país
Tramitación de casos: informes de
admisibilidad, fondo y soluciones amistosas
Adopción de medidas cautelares
Informe Anual ante la Asamblea General de
la OEA.
Facultad de Sometimiento de casos ante la
CrIDH (art. 45 del reglamento de la CIDH)
PRINCIPALES FUNCIONES DE LA CIDH
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8. * Comisiones: Especiales, ad hoc y
subcomisiones (artículo 10 reglamento CIDH)
* Relatorías: temas específicos bajo
responsabilidad de comisionados u otras
personas contratadas al efecto (artículo 15
Reglamento)
* Grupos de trabajo o Comités, para la
preparación de sus sesiones o para la
realización de proyectos especiales (artículo 15
Reglamento).
FORMAS DE ACTUACIÓN DE LA CIDH
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9. * Por actos u omisiones de un
agente o funcionario estatal.
* Por actos de una persona que
actúa con la complacencia o
tolerancia de las autoridades
estatales. (Ximenes López Vs
Brasil)
¿CUÁLES SON LOS ACTOS POR LOS QUE
LOS ESTADOS SON RESPONSABLES?
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10. *
* Cualquier persona o grupo de
personas.
* Una ONG legalmente
reconocida en uno o más
Estados miembros de la OEA
NOTA: No es requisito el permiso de las
víctimas
¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR PETICIONES?
(ARTÍCULO 44 CADH rationae personae)
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11. Instrumentos que reconocen derechos
humanos y sobre los cuales se puede
presentar una petición.
-Declaración Americana
-Convención Americana, “Pacto de San
José”.
-Protocolo Adicional a la CADH en
materia de DESC .
-Protocolo a la CADH relativo a la pena
de muerte.
PRESENTACIÓN DE PETICIONES
ANTE LA CIDH
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12. Establecer su competencia en razón
del lugar, en que se pueda haber
cometido la supuesta violación de
los derechos consagrados en la
CADH, siempre que el Estado sea
parte de la misma y el individuo se
encuentre bajo su jurisdicción.
COMPETENCIA RATIONE LOCI
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13. La petición o comunicación debe
recaer sobre hechos ocurridos con
posterioridad a la entrada en vigor,
respecto del estado denunciado.
La CADH no se puede aplicar con
efecto retroactivo.
COMPETENCIA RATIONE TEMPORIS
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29. La CIDH:
٭Puede declarar la petición admisible y analizar el
fondo.
* Puede declarar inadmisible una petición o
comunicación por ser manifiestamente infundada, lo
que implica que el derecho cuya violación se alega este
efectivamente protegido por la CADH y hayan sido
transgredidos.
1.- caso Viviana Gallardo y otras caso
2.-caso Tabacalera Boquerón S.A.
LA PROCEDENCIA Y FUNDAMENTO DE
LA PETICIÓN
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30. * Gravedad.
* Urgencia .
* Posibilidad de que se
produzca un daño irreparable.
MEDIDAS CAUTELARES
(ARTÍCULO 25 REGLAMENTO)
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31. 1.- Si bien se requiere acopiar toda la
información posible, no es necesario
probar todo lo alegado.
2.- No rige la regla del agotamiento de
los recursos internos
3.-Se solicita a la CIDH que asegure los
derechos de las personas en riesgo, a fin
de evitar que se cause un daño
irreparable
CARACTERÍSTICAS
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32. Naturaleza jurídica:
por su propia naturaleza, estas medidas solo
pueden tener un carácter temporal, cuya
duración no se extienda mas allá del momento
en que la Comisión adopta su decisión final
sobre el caso.
(Brasil):
MC 224/09 – Adolescentes privados de libertad en la Unidad de
Internación Socioeducativa (UNIS)
MC 236/08 – Personas Privadas de Libertad en la penitenciaría
Polinter-Neves
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33. las medidas cautelares pueden requerir una
acción de los órganos Administrativos o
Judiciales.
Las medidas a adoptar dependerán de las
circunstancias particulares del caso.
La eficacia de estas medidas depende de la
disposición del Estado denunciado, para
cumplir de buena fe las disposiciones de las
CADH.
MEDIDAS PROCEDENTES Y SU EFICACIA.
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34. (artículo 2 del Estatuto)
Funciones:
A) Consultiva y
B) Contenciosa
Sede: San José Costa Rica
Año de creación: 1978
CORTE INTERAMERICANA DE
DERECHOS HUMANOS
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35. * 7 jueces
* Nacionales de Estados miembros de la OEA
* Elegidos a título personal
* Con autoridad moral
* Que reúnan las condiciones para el ejercicio de
las más altas funciones judiciales en su país
* No puede haber dos jueces de la misma
nacionalidad
* Sus funciones duran 6 años, con posibilidades de
una reelección.
COMPOSICIÓN
(ARTÍCULO 4 DEL ESTATUTO)
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36. **Casos por violaciones a la
Convención Americana de Derechos
Humanos (CADH) o a cualquier otro
instrumento que le dé competencia
y que hayan seguido el trámite
correspondiente ante la Comisión
Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH).
**Medidas provisionales.
FUNCIÓN CONTENCIOSA
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37. Circunstancias para su
procedencia:
a) Extrema gravedad y urgencia
b)Necesidad de evitar daños
irreparables a las personas
c) Las puede solicitar la Comisión o
las puede decretar en casos que
estén bajo el conocimiento de la
Corte
MEDIDAS PROVISIONALES
(ARTÍCULO 63.2 DE LA CADH)
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38. Se envía el caso ante la Corte IDH. De ser
necesario solicitará se subsanen los defectos en
la petición o demanda
El Secretario notifica la demanda a:
a) Presidente y jueces
b) Estado demandado
c) CIDH
d) Víctimas o sus representantes
30 días para que la CIDH y el Estado designen a
sus agentes. Igual plazo para que los
representantes de las víctimas presenten un
escrito autónomo.
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
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39. 1.- Ratione Personae
1.-El estado demandado
2.- El actor
3.- La posición del individuo ante la
Corte
2.- Ratione Materiae
3.- Ratione Temporis
COMPETENCIA DE LA CORTE
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41. * Efecto sobre el Procedimiento
* Propósito
* Clasificación
- Según su efecto temporal
- Según su alcance respecto de la demanda
- Según su objeto
- Según la persona.
EXCEPCIONES PRELIMINARES
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42. EFECTO SOBRE EL PROCEDIMIENTO
• 1. Por su propia naturaleza deben resolverse como
cuestión previa (in limine litis).
• 2. No suspenden el procedimiento sobre el fondo, ni
los plazos, ni los términos respectivos (art. 42
RCrIDH)
• 3. es factible la adopción de medidas provisionales.
• Caso Cayara vs. Perú (Sólo que la Corte en pleno lo
decida)
• Caso Hilarie .... vs. T y T
43. Propósito
• Consiste en plantear una cuestión previa a la
decisión sobre el fondo e impedir que el
tribunal pueda entrar a pronunciarse sobre los
méritos de la controversia, bien porque se
alegue que éste carece de competencia o que
la demanda es inadmisible porque la acción se
ha extinguido, o es improcedente por falta de
algún trámite previo o de un requisito
esencial.
44. ¿Excepción preliminar o defensa de
fondo?
• La Corte carece de competencia porque no ha
existido una violación de la CADH. (Recordar
que las excepciones son una cuestión previa).
• Cuarta instancia. Caso Villagrán Morales, el
Estado argumentó que las decisiones de sus
tribunales sólo eran susceptibles de revisión
por la Corte Suprema de Justicia.
45. Clasificación
• Según su efecto temporal:
• A) Perentorias. Tienden a extinguir
definitivamente el procedimiento (Cosa
juzgada)
• B) Dilatorias. Falta de agotamiento de
recursos internos.
46. Según su alcance respecto de la
demanda.
• Normalmente las excepciones intentan atacar
la demanda en su conjunto, pero también es
posible que la excepción alegada se refiera
únicamente a una parte de la demanda y que,
de ser aceptada, sólo ponga término al
procedimiento referido a esa parte de la
misma, subsistiendo respecto del resto de lo
alegado en ella.
• (Caso Blake y Castillo Petruzzi )
47. Incompetencia del tribunal
Inadmisibilidad de la demanda
* Defectos de forma de la demanda
* Omisión de requisitos procesales
previos
* Extemporaneidad de la demanda
* Incompetencia de la Comisión
* Falta de garantías para la defensa
del Estado
SEGÚN SU OBJETO
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48. 1.- Sólo pueden ser interpuestas en la
contestación de la demanda
2.- Deberán contener: hechos, fundamentos,
conclusiones y pruebas
3.- Su presentación no suspende el
procedimiento sobre el fondo ni los plazos
4.- Las partes podrán contestar en 21 días a las
excepciones interpuestas por el Estado. (art.
27 del reglamento de la CrIDH)
EXCEPCIONES PRELIMINARES
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49. Nada impide que luego de
introducido el escrito de
excepciones preliminares, el
estado demandado se desista
de la mismas
DESISTIMIENTO DE LA
EXCEPCIONES
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50. 1.- El Estado tiene dos meses
para contestar.
2.- El Estado tiene que aclarar si
acepta o no los hechos alegados
3.- Cuando la Corte lo considere
pertinente, podrá emitir una
sentencia sobre excepciones y
fondo.
ETAPA DE FONDO
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52. * Las pruebas sólo podrán ser promovidas
en el escrito inicial.
* Las ya rendidas ante la CIDH se incluirán
en el procedimiento ante la Corte.
* Excepcionalmente, la Corte puede
admitir otra prueba (art. 47 del
Reglamento de la CrIDH).
* La parte que proponga la prueba,
cubrirá los gastos ocasionados por ésta.
PRUEBA
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53. Artículo 63.1: Cuando decida que hubo
violación de un derecho o libertad protegidos
en esta Convención, la Corte dispondrá que se
garantice al lesionado en el goce de su derecho
o libertad conculcados.
Dispondrá asimismo, si ello fuera
procedente, que se reparen las consecuencias
de la medida o situación que ha configurado la
vulneración de esos derechos y el pago de una
justa indemnización a la parte lesionada.
REPARACIONES
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54. 1.- Daño material: daño
emergente, lucro cesante
2.- Daño moral
3.- Otras formas de satisfacción
y reparación
4.- Gastos y costas.
TIPOS
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55. GRACIAS POR SU ATENCIÓN¡¡¡¡
DRA. NAMIKO MATZUMOTO
BENÍTEZ.
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Coordinadora del Programa de
Derechos Humanos de la U.V.
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