10. Protocolo de atencion a victimas de violencia sexual.pptx
Directiva N° 056-MINSA
1. Dra. Fresia Cárdenas García
Directora Ejecutiva
San Vicente de Cañete, Diciembre 2014
DIRECCIÓN DE ATENCION INTEGRAL DE SALUD – DAIS
Agosto 2014
DIRECTIVA SANITARIA QUE ESTABLECE LA SUPLEMENTACIÓN
CON MULTIMICRONUTRIENTES Y HIERRO PARA LA PREVENCIÓN
DE ANEMIA EN NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 36 MESES
3. Dejar sin efecto: RM N°
945-2012/MINSA
Directiva Sanitaria N°
050-MINSA/DGSP-V.01
DGSP, DGPS, INS:
Asistencia Técnica,
Difusión y supervisión.
IGSS, DIRESA,GERESA:
Implementación,
Monitoreo y Supervisión.
4. FINALIDAD
Contribuir a reducir la
prevalencia de anemia por
deficiencia de hierro en niñas y
niños menores de 36 meses de
edad y a la protección del estado
de salud y el desarrollo infantil
temprano del mismo.
4
5. Establecer los criterios técnicos para la
suplementación universal con multimicronutrientes
y hierro, para prevenir la anemia en las niñas y
niños menores de 36 meses de edad, en los
Establecimientos de Salud del ámbito de aplicación.
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
5
6. 1. Establecer los esquemas de suplementación con MMN y
hierro en las niñas y niños menores de 36 meses de
edad.
2. Definir los procedimientos técnicos para el
cumplimiento del esquema de suplementación con
multimicronutrientes y hierro en las niñas y niños
menores de 36 meses de edad.
3. Definir las acciones que los establecimientos
prestadores de servicio de salud realizan con la
participación activa de la comunidad para el
cumplimiento del esquema de suplementación.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
6
7. La presente Directiva Sanitaria es de aplicación
obligatoria en todos los establecimientos
prestadores de servicios de salud públicos
(establecimientos de salud a cargo del Instituto de
Gestión de Servicios de Salud-IGSS, del Ministerio
de Salud, de los Gobiernos Regionales, Gobiernos
Locales, de Es Salud, de las Sanidades de las Fuerzas
Armadas y la Policía Nacional del Perú).
ÁMBITO DE APLICACIÓN
7
Servirá como referencia para otros EESS
Privados y otros prestadores de salud
8. La suplementación con multimicronutrientes y hierro:
◦ Tiene como objetivo garantizar el suministro en las niñas
y niños menores de 36 meses de edad para asegurar
niveles adecuados de hierro en su organismo, prevenir la
anemia y favorecer su crecimiento y desarrollo.
◦ Forma parte de la Atención Integral de Salud de la Niña y
el Niño y está incluida en el Plan Esencial de
Aseguramiento en Salud (PEAS).
DISPOSICIONES GENERALES (1)
8
9. La suplementación con multimicronutrientes y hierro:
◦ Se entrega con la consejería correspondiente y el
monitoreo de consumo se realiza en los establecimientos
prestadores de servicios de salud, en domicilio u otros
espacios de atención y cuidado infantil.
DISPOSICIONES GENERALES (1)
9
10. La suplementación con MMN o hierro:
o Es GRATUITA.
o Se inicia con o sin dosaje de hemoglobina, el
examen para descartar parasitosis intestinal no
es requisito para iniciar o recibir la
suplementación con MMN.
10
DISPOSICIONES GENERALES (2)
11. EL IGSS, las GERESAs /DIRESAs /DISAs o las que hagan sus
veces en el ámbito regional son responsables de la
organización, supervisión, monitoreo y evaluación de los
servicios de salud de su jurisdicción para garantizar el
cumplimiento de la presente Directiva Sanitaria.
11
DISPOSICIONES GENERALES (3)
12. Las Unidades Ejecutoras correspondientes del IGSS, las
DIRESAS/GERESAS y las redes y EESS en coordinación
con los equipos técnicos, son los responsables de
garantizar de manera oportuna, suficiente y
permanente los recursos humanos, infraestructura,
equipos, insumos, material medico, laboratorio,
medicamentos, material educativo, comunicacional
para el cumplimiento de la presente Directiva Sanitaria.
12
DISPOSICIONES GENERALES (4)
13. El Ministerio de Salud a través de la Dirección de
Abastecimiento de Recursos estratégicos DARES,
es responsable y financia la adquisición del insumo
necesario para la suplementación con
multimicronutrientes y hierro, establecido en la
presente directiva sanitaria, y destinados a la
población que se encuentra bajo la atención de los
establecimientos de salud de los Gobiernos
Regionales y del Ministerio de Salud.
DISPOSICIONES GENERALES (5)
13
14. El Ministerio de Salud a través de la Dirección General de
Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), es responsable
de vigilar la calidad e inocuidad de los multimicronutrientes, y
que su composición sea la establecida en la presente directiva
sanitaria, asimismo es responsable de monitorear y evaluar el
funcionamiento y proceso del Sistema Integrado del
Suministro de Medicamentos e Insumos Médico quirúrgico
(SISMED) es responsable de la adquisición y distribución de
los suplementos con su respectivo seguimiento y monitoreo.
DISPOSICIONES ESPECIFICAS
14
15. El seguro integral de salud (SIS), es responsable de
garantizar a sus asegurados el financiamiento de la
suplementación con MMN.
Es Salud, las sanidades de las fuerzas armadas y
sanidad de la policía nacional del Perú, a través del
órgano competente, son responsables de la
adquisición y distribución de los MMN, asegurando la
calidad y disponibilidad en sus entidades
prestadoras.
DISPOSICIONES ESPECIFICAS
15
16. INDICACIONES PARA LA SUPLEMENTACION.
En el EESS el personal que contacte primero (triaje,
admisión u otro) a la niña, niño menor de 36 meses,
verificara si esta recibiendo la suplementación con MMN o
hierro, según el esquema que le corresponda.; de no ser
así derivar inmediatamente al consultorio responsable de
la atención integral de salud del niño para su atención.
SUPLEMENTACIÓN CON MMN Y HIERRO
16
17. En los casos que la niña o el niño no hubiera
iniciado la suplementación con MMN a los 6 meses
de edad, se deberá iniciar la suplementación a
cualquier edad, dentro del rango de edad
recomendado ( 6 a 35 meses).
SUPLEMENTACIÓN CON MMN Y HIERRO
17
18. ESQUEMA DE SUPLEMENTACIÓN.
En niñas y niños nacidos con bajo peso al nacer ( menor de
2,500 gr.) o prematuros (menor de 37 semanas).
Desde los 30 días de vida hasta antes de cumplir los 6
meses de edad reciben 2 mg de hierro elemental/kg de
peso/día, por vía oral (en soluciones / gotas orales).
SUPLEMENTACIÓN CON MMN Y HIERRO
18
19. ESQUEMA DE SUPLEMENTACIÓN.
En niñas y niños nacidos con bajo peso al nacer ( menor de
2,500 gr.) o prematuros (menor de 37 semanas).
A partir de los 6 meses o cuando inicie la alimentación
complementaria recibe 01 sobre de multimicronutientes
por día durante 12 meses continuos. (360 sobres).
SUPLEMENTACIÓN CON MMN Y HIERRO
19
20. ESQUEMA DE SUPLEMENTACIÓN.
En niñas y niños nacidos a termino ( mayor de 37 semanas) y
con peso igual o mayor a 2,500 gramos.
A partir de los 6 meses recibe 01 sobre de
multimicronutrientes por día durante 12 meses continuos.
(360 sobres en total).
SUPLEMENTACIÓN CON MMN Y HIERRO
20
21. ESQUEMA DE SUPLEMENTACIÓN
CONDICIÓN DEL NIÑO
PRESENTACIÓN DEL
HIERRO
EDAD DE
ADMINISTRACIÓN
DOSIS A
ADMINISTRAR POR
VÍA ORAL X DÍA
DURACIÓN DE
SUPLEMENTACIÓN
Niñas y niños nacidos
con
Bajo peso y/o
prematuros
Gotas sulfato ferroso
25 mg Fe elemental/1
ml frasco por 30 ml.
Desde los 30 días
hasta antes de cumplir
los 6 meses
2 mg de hierro elemental
/kg/día
Suplementación
diaria hasta antes de
cumplir los 6
meses
Sobre de 1 g
(multimicronutrientes
en polvo)
A partir de 6 meses a
18 meses
1 sobre diario
Suplementación
diaria durante 12
meses continuos (360
sobres)
Niñas y niños nacidos A
término y con adecuado
peso al nacer
Sobre de 1 g
(multimicronutrientes
en polvo)
A partir de los 6 meses 1 sobre
Suplementación diaria
durante12 meses
continuos
(360 sobres)
21
22. EDAD NORMAL LEVE MODERADA SEVERA
6 – 59 MESES 11 – 14 g/dl 10.0-10.9 9.9 – 7.0 < de 7.0
VALORES NORMALES DE LA CONCENTRACIÓN
DE HEMOGLOBINA EN NIÑOS DE 6 A 59 MESES
Fuente: OMS 2007
24. MULTIMICRONUTRIENTES: IMPORTANCIA
Presentación: en polvo, sobre x 1 gramo
• La fortificación con MMN de la alimentación en el hogar
reduce la anemia en 31% (06 estudios RR 0.69 IC 95%: 0.60-
0.78) Biblioteca Cochrane.
• Actualmente recomendado por OMS.
• Vit. A y C refuerzan estado inmunológico.
• Zinc reduce episodios de diarrea.
25. Para determinar el valor de la hemoglobina en la niña y el niño
menor de 36 meses, se utilizarán métodos directos como la
espectrofotometría (Cianometahemoglobina) y el
hemoglobinómetro (azida meta hemoglobina).
En zonas por encima de los 1000 metros sobre el nivel del mar
se realizará el ajuste de la hemoglobina observada.
DOSAJE DE HEMOGLOBINA
26. El dosaje de hemoglobina puede ser realizado en el
consultorio de atención integral de salud del niño a cargo del
personal que lo atiende, utilizando el hemoglobinómetro o en
laboratorio si los establecimientos cuentan con este servicio.
DOSAJE DE HEMOGLOBINA
27. El dosaje de hemoglobina forma parte de la atención integral
de salud del niño, incluida son financiadas por las
Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento
en Salud – IAFAS según corresponda. En el caso de niños que
no cuenten con ningún tipo de seguro se financiará con
recursos ordinarios del Programa Presupuestal Articulado
Nutricional (PAN).
DOSAJE DE HEMOGLOBINA
28. En las niñas y niños de bajo peso o prematuros el dosaje de
la hemoglobina se realiza antes de iniciar la
suplementación (01 mes) y posteriormente al finalizar los
05 meses de suplementación con hierro en gotas, luego el
control de hemoglobina a los 6 meses de iniciada la
suplementación con MMN 180 SOBRES (12 meses) y control
de hemoglobina al finalizar los 12 meses de suplementación
con MMN (360 SOBRES) según lo establece la Guía de
Practica Clínica del Prematuro.
DOSAJE DE HEMOGLOBINA
29. La determinación de hemoglobina en niñas y niños nacidos con
peso mayor o igual a 2,500 gramos y/o mayor o igual a 37
semanas de gestación se realiza a los 6 meses de iniciada la
suplementación con Multimicronutrientes y al término de la
misma (a los 12 meses de la suplementación).
Si en algún momento el valor de la hemoglobina es menor de 11
g/dl ajustado a nivel del mar, mantener la suplementación con
Multimicronutrientes y referir al médico para definir el
procedimiento a seguir.
DOSAJE DE HEMOGLOBINA
29
30. Si el establecimiento de salud no dispone de manera inmediata
de un médico para la atención de estos casos, continuar con la
suplementación y organizar el servicio a fin de que pueda ser
evaluado por dicho profesional lo antes posible.
DOSAJE DE HEMOGLOBINA
30
31. El personal de salud (médico, enfermera, nutricionista,
técnico de enfermería) responsable de la suplementación
con multimicronutrientes y hierro, debe brindar consejería
a la madre o cuidador de la niña o el niño utilizando
material educativo de apoyo, enfatizando los siguientes
contenidos: (DT: Consejería/RMN°870-2009/MINSA).
CONSEJERÍA PARA LA SUPLEMENTACIÓN
32. Importancia de la prevención de la anemia:
• Causas y consecuencias de la anemia en el desarrollo
infantil.
• Importancia del hierro y otros micronutrientes
(contenidos en el sobre del suplemento) para el
desarrollo de la niña y el niño durante los 3 primeros
años de vida.
• La importancia del cumplimiento del esquema de
suplementación y de los controles periódicos.
• Importancia de conocer los valores de la hemoglobina
durante la suplementación y al finalizar el esquema.
CONSEJERÍA PARA LA SUPLEMENTACIÓN
33. Indicaciones para la administración del suplemento de
multimicronutrientes en polvo:
• En el plato servido, separar dos cucharadas de la comida de
la niña o niño. El alimento debe encontrarse tibio y ser de
consistencia espesa o sólida, según la edad de la niña o niño.
• Mezclar bien el total del contenido del sobre de
multimicronutrientes con las 2 cucharadas de comida
separadas.
• Primero alimentar al niño con esta mezcla y luego, continuar
con el resto del plato servido.
CONSEJERÍA PARA LA SUPLEMENTACIÓN
34. Advertencias del uso y conservación del suplemento de
hierro en gotas y multimicronutrientes:
• Explicar a la madre o cuidador que el suplemento no le
cambiará el sabor ni color a la comida.
• Explicar a la madre o cuidador que en casos
excepcionales se podrían presentar las deposiciones de
color oscuro y que pueden ocurrir molestias, tales como
náuseas, estreñimiento o diarrea, que son leves y
pasajeras. Si continúan las molestias, se recomienda
llevar a la niña o niño al establecimiento de salud, para su
evaluación.
35. Advertencias del uso y conservación del suplemento de
hierro en gotas y multimicronutrientes:
• El consumo del suplemento de hierro en soluciones
orales y los multimicronutrientes deberán ser
suspendidos cuando las niñas y niños se encuentren
tomando antibióticos y reiniciarse en forma inmediata al
terminar el tratamiento.
• Mantener el frasco del suplemento de hierro en gotas o
los sobres de multimicronutrientes bien cerrados y
protegidos de la luz solar y la humedad, en lugares no
accesibles a las niñas y niños para evitar su ingestión
accidental o intoxicaciones.
36. El personal de salud que realiza la atención de salud de
niñas y niños (medico, enfermera, nutricionista, técnico de
enfermería), es el responsable del monitoreo de la
suplementación, a nivel intra y extramural.
SEGUIMIENTO Y MONITOREO DE LA
SUPLEMENTACIÓN CON MULTIMICRONUTRIENTES
Y HIERRO
37. En el Establecimiento de Salud
El personal que realiza la atención de la niña o el niño en el
establecimiento de salud (médico, enfermera, nutricionista,
técnico), debe aprovechar cualquier motivo de contacto o
consulta en el establecimiento de salud para monitorear la
aceptación y la adherencia al consumo de los suplementos de
hierro y multimicronutrientes, fortalecer los mensajes del
beneficio de esta suplementación y registrarlos en la historia
clínica y carné.
38. En el Hogar
El monitoreo en el hogar se realiza a través de la visita
domiciliaria, utilizando la “Ficha de monitoreo de la
suplementación en la vivienda”.
• La primera visita domiciliaria se realiza dentro de la segunda
semana (7–15 días) de iniciada la suplementación con
multimicronutrientes o hierro.
• La segunda visita se recomienda realizarla a los 02 meses de
iniciada la suplementación o cuando las madres no acuden
oportunamente al recojo de los suplementos.
• La tercera visita se recomienda realizarla a los 9 meses de
iniciada la suplementación.
39. En el Hogar
En toda visita domiciliaria independientemente del motivo, el
personal de salud (médico, enfermera, nutricionista u otro
personal de salud), debe monitorear el consumo de los
suplementos con multimicronutrientes y hierro, y fortalecer los
mensajes del beneficio de esta suplementación y verificar lo
siguiente:
• Consumo del suplemento de multimicronutrientes con
preparaciones sólidas/semisólidas y frecuencia del consumo de
alimentos de origen animal ricos en hierro.
• Prácticas adecuadas de almacenamiento y conservación del
suplemento de los multimicronutrientes (bien cerrados y
protegidos de la luz solar y la humedad).
40. En el Hogar
• Explorar sobre ocurrencia de efectos no deseados relacionados
con el consumo de los suplementos y práctica adoptada por los
padres o cuidadores en tal caso.
• Las prácticas de lavado de manos, condiciones sanitarias del
domicilio (consumo de agua segura y eliminación adecuada de
residuos sólidos) y condiciones de higiene de la madre y/o
cuidador.
• Según la situación encontrada en la familia, se brindará
orientación, consejería, consulta y/o demostración, fortaleciendo
los mensajes del beneficio de la suplementación con
multimicronutrientes.
• Cumplimiento del esquema de vacunación según la edad de la
niña y niño; y práctica de lactancia materna exclusiva y
prolongada según corresponda.
41. En Otros Espacios
En espacios de atención y cuidado de niños y niñas menores de
36 meses como Cuna Más, albergues, centros de promoción y
vigilancia comunitaria del cuidado materno infantil (CPVC) y
otros, el personal del establecimiento prestador de servicios del
ámbito de la jurisdicción (médico, enfermera, nutricionista,
técnico u otro), monitorea las condiciones de almacenamiento y
conservación de los suplementos, prácticas de administración del
suplemento conjuntamente con los alimentos, aceptación o
rechazo y efectos no deseados de los suplementos y promueve
prácticas adecuadas de cuidado y alimentación de la niña y niño.
42. El personal de salud responsable de la suplementación con
multimicronutrientes y hierro debe realizar el registro de las
actividades brindadas, como la indicación del suplemento,
seguimiento del consumo, dosaje de hemoglobina, consejería
nutricional, sesiones demostrativas, visita domiciliaria, entre
otras que se registrarán obligatoriamente, según corresponda
en:
REGISTRO DE INFORMACIÓN
43. 1. Historia Clínica de la niña y el niño.
2. Carnet de Atención Integral de la niña y el niño.
3. Registro Diario de Atención de acuerdo al sistema vigente en
la institución (para los EESS del Ministerio de Salud y
Gobiernos Regionales – HIS) .
Según corresponda:
1. Registro en el Sistema de Información del Estado Nutricional –
SIEN.
2. Formato Único de Atención del Seguro Integral de Salud (FUA
– SIS).
3. Registro del seguimiento a la Atención Integral del Niño (usar
lo correspondiente al seguimiento de la suplementación con
multimicronutrientes o hierro).
4. Registro de consumo Integrado ICI – SISMED.
REGISTRO DE INFORMACIÓN
44. El registro del monitoreo del consumo de los multimicronutrientes en la HC se hace
desde la 2da. entrega, consignando la cantidad de sobres consumidos por niña/
niño, de los entregados el mes anterior según referencia de la madre; este dato
permite contabilizar la cantidad total por esquema.
REGISTRO EN HISTORIA CLINICA
45. REGISTRO EN EL CARNET
El registro en el carné se hace cada vez que se entrega los multimicronutrientes o
sulfato ferroso.
47. Ante una sospecha de reacciones adversas a los
suplementos el personal de salud realizará el registro de
la información, en el formato de Reacciones Adversas
Medicamentosas, quien a su vez lo entregará al servicio
de farmacia de cada establecimiento de salud, para el
respectivo procesamiento de la información.
FARMACOVIGILANCIA
NO OLVIDAR LLENAR FORMATO DE RAM
48. ACCIONES COMPLEMENTARIAS A LA
SUPLEMENTACIÓN
En el establecimiento de salud
• Atención prenatal en el primer trimestre con exámenes
auxiliares (hemoglobina y examen de orina), vigilancia
nutricional (IMC), consejería nutricional y administración de
suplementos de hierro y ácido fólico, Tratamiento de anemia,
infecciones u otra morbilidad si fuera el caso.
• En el parto institucional asegurar ligadura del cordón
umbilical oportuna, contacto piel a piel (apego) y el inicio de
la lactancia materna en la primera hora de nacido.
• Promoción y protección de la lactancia materna
implementando los 10 pasos.
• Prevención y control de la parasitosis intestinal.
49. En el hogar y la comunidad:
El personal de salud aprovecha toda oportunidad de contacto
con adultos responsables del cuidado infantil, autoridades y
otros actores sociales de la comunidad para reforzar mensajes
clave.
El personal fomenta la implementación y funcionamiento de los
grupos de apoyo comunal que promuevan y protejan la lactancia
materna.
El personal de salud realiza sesiones demostrativas de
preparación de alimentos, promoviendo una adecuada
alimentación complementaria.
ACCIONES COMPLEMENTARIAS A LA
SUPLEMENTACIÓN
50. En el hogar y la comunidad:
El personal de salud aprovecha cualquier motivo de contacto
con adultos responsables del cuidado infantil, autoridades y
otros actores sociales de la comunidad para reforzar mensajes
que promuevan la estimulación del desarrollo integral mediante
el juego, crianza con afecto y sin violencia.
ACCIONES COMPLEMENTARIAS A LA
SUPLEMENTACIÓN
51. En el hogar y la comunidad: El PERSONAL DE SALUD.
Promueve la participación activa de los Agentes Comunitarios en
Salud para fortalecer las acciones relacionadas a la
suplementación con multimicronutrientes y hierro, y acciones
complementarias.
ACCIONES COMPLEMENTARIAS A LA
SUPLEMENTACIÓN
52. En el hogar y la comunidad: El PERSONAL DE SALUD.
En los distritos en donde se cuente con Centros de Promoción y
Vigilancia Comunal para el Cuidado Integral de la Madre y el Niño
(CPVC), se deberá enfatizar la importancia de la suplementación
en niñas y niños menores de 36 meses y la suplementación con
hierro en las gestantes, en las consejerías la promoción de una
adecuada alimentación complementaria de las niñas y niños a
partir de los 6 meses de edad, lavado de manos, entre otros.
Considerar estas acciones en otros espacios comunales: casas de
espera materna, Cuna Más, cunas infantiles, entre otros.
ACCIONES COMPLEMENTARIAS A LA
SUPLEMENTACIÓN
53. ACCIONES COMUNICACIONALES
• En todo nivel se implementan estrategias de comunicación,
orientadas a prevenir la anemia; considerando la diversidad
cultural.
• Las acciones comunicacionales orientadas a la prevención de
anemia deberán ser diferenciadas para los ámbitos urbanos y
rurales.
• Los mensajes claves y materiales comunicacionales elaborados
por el Ministerio de Salud, servirán de referencia para los niveles
regional y local, quienes lo adecuarán teniendo en cuenta la
pertinencia cultural regional y local.
54. En el marco del Aseguramiento Universal la suplementación
con multimicronutrientes y hierro en niñas/niños. menores de
36 meses, son financiadas por las Instituciones Administradoras
de Fondos de Aseguramiento en Salud — IAFAS, de acuerdo a
las normas legales vigentes.
FINANCIAMIENTO (1)
55. El Ministerio de Salud a través de la Dirección de
Abastecimiento de Recursos Estratégicos (DARES), financia la
adquisición de multimicronutrientes destinados a la población
que se encuentra bajo la responsabilidad de los
establecimientos de salud de los gobiernos regionales y del
Ministerio de Salud, así como su distribución hasta el nivel de
almacenes y sub almacenes del nivel regional, para lo cual
realiza las acciones correspondientes para garantizar la
disponibilidad presupuestal oportunamente.
FINANCIAMIENTO (2)
56. El IGSS, las GERESAs/DIRESAs/DISAs o las que hagan sus veces
en el ámbito regional financian la distribución de los
multimicronutrientes hasta nivel de establecimientos de salud,
para lo cual realiza las acciones correspondientes para
garantizar la disponibilidad presupuestal oportunamente.
FINANCIAMIENTO (3)
57. MONITOREO Y EVALUACIÓN
Indicadores de proceso:
• % de niñas y niños menores de 36 meses que han
iniciado suplementación con Multimicronutrientes.
• % de niñas y niños menores de 36 meses con dosaje de
hemoglobina a los 6 meses de iniciada la
suplementación.
• % de niños menores menores de 36 meses con dosaje de
hemoglobina al finalizar la suplementación.
57
58. MONITOREO Y EVALUACIÓN
Indicadores de resultado:
• % de niñas y niños menores de 36 meses que culminaron la
suplementación con Multimicronutrientes (360 sobres).
• % de niñas y niños prematuros o con bajo peso al nacer que
recibieron la suplementación con hierro en gotas (de 30 días a
5 meses de edad).
• % de niñas y niños de menores de 36 meses con anemia de los
que culminaron la suplementación con Multimicronutrientes.
• % de niñas y niños menores de 36 meses atendidos con
suplementación de Multimicronutrientes con respecto a la
población total de menores de 3 años, en el ámbito de
jurisdicción.
58