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Anteproyecto de LeyAnteproyecto de Ley
Sistema Único de SaludSistema Único de Salud
Estado Plurinacional de BoliviaEstado Plurinacional de Bolivia
Ministerio de Salud y DeportesMinisterio de Salud y Deportes
Situación de Salud en Bolivia
Determinantes sociales de la Salud
Desigual distribución del ingreso:
el 20% más rico 63% del PIB
el 20% más pobre 1,5% del PIB
Alta incidencia de Pobreza:
Analfabetismo en mayores de 15 años:
Pobreza moderada: 60% de la población
Pobreza absoluta: 39,3% de la población
Fuente: UDAPE 2002
Fuente: UDAPE 2002
Falta de acceso a Servicios básicos:
Hombres: 6,9% , Mujeres: 19,4% Fuente: Censo 2001
37,7% de los hogares no tienen acceso a agua de red por cañería
52,8% de los hogares no tiene acceso a servicio sanitario
Fuente: Censo 2001
Situación de Salud en Bolivia
Sistema de Salud segmentado y fragmentado
Seguro Social
de corto Plazo
Subsector
Público
Subsector Privado
Medicina
tradicional
y otros
Fuente: elaboración propia
RectoríaRectoría
Múltiples fuentesMúltiples fuentes
de financiamientode financiamiento
MúltiplesMúltiples
prestadoresprestadores
Sistema de Salud segmentado y fragmentado
Seguro Social
de Corto Plazo
SUMI SSPAM
42.5%
57.5%SIN
COBERTURA
Sistema fragmentado
Problemas de calidad de
atención
Ineficiencia económica
(costos administrativos,
medicamentos, dotación
de recursos humanos)
Gasto de bolsillo
Calidad en la atención
Acceso limitado
(monetario)
ProblemasCobertura
Situación de Salud en Bolivia
Situación de Salud en Bolivia
Sistema de Salud segmentado y fragmentado
SUBSECTOR 2002 2003 2004 2005 2006 2007
Público
113.416
(20.9%)
154.139
(34.1%)
173.859
(34.8%)
193.907
(38.3%)
221.204
(38.2%)
264.498
(40.5%)
Seguro
Social
a corto
plazo
222.410
(41.1%)
145.482
(32.1%)
160.800
(32.2%)
169.929
(33.5%)
184.331
(31.8%)
187.172
(28.7%)
Privado
205.720
(38.0%)
152.928
(33.8%)
164.421
(32.9%)
143.056
(28.2%)
173.520
(30.0%)
201.095
(30.81)
Total
gasto
en salud
541.546 452.549 499.080 506.892 579.055 652.765
Fuente: elaboración propia en base a Cuentas Nacionales de Salud
Evolución del gasto en salud, en porcentaje del PIB:
Situación de Salud en Bolivia
Sistema de Salud segmentado y fragmentado
INDICADOR 2002 2003 2004 2005 2006 2007
PIB (miles
US$)
7.790.133 7.895.976 8.638.476 9.532.651 11.425.628 13.430.141
GN en
Salud
(miles $US)
541.546 452.549 499.080 506.892 579.055 652.765
GN en
Salud
como %
del PIB
6.95% 5.73% 5.78% 5.32% 5.07% 4.86%
G. Pub. en
Salud. como
% del PIB
1.46% 1.95% 2.01% 2.04% 1.94% 1.97%
Gasto S.S en
Salud como
% del PIB
2.86% 1.84% 1.86% 1.78% 1.61% 1.39%
G. privado en
salud como
% del PIB
2.64% 1.94% 1.91% 1.50% 1.52% 1.50%
Fuente: elaboración propia en base a Cuentas Nacionales de Salud
Evolución del gasto en salud, según subsectores:
Situación de Salud en Bolivia
Sistema de Salud segmentado y fragmentado
INDICADOR
Médicos por 10.000
habitantes no afiliados a
la SSCP (subsect. público)
Médicos por 10.000
afiliados en el Seguro
Social a corto plazo
Médicos por 10.000
habitantes (subsector
público + Seguro Social)
BOLIVIABOLIVIA 5.85.8 10.310.3 7.27.2
Chuquisaca 9.8 9.7 9.8
La Paz 5.7 10.1 7.5
Cochabamba 4.6 8.2 5.6
Oruro 10.9 6.0 8.1
Potosí 6.3 7.7 6.8
Tarija 10.7 13.0 11.3
Santa Cruz 4.7 14.6 6.7
Beni 15.7 13.7 15.2
Pando 14.3 17.6 15.0
Fuente: elaboración propia en base a Cuentas Nacionales de Salud
Desigual distribución de los recursos humanos:
Situación de Salud en Bolivia
La población no accede al Sistema de Salud cuando lo necesita:
Fuente: OPS UDAPE 2004,
Caracterización de la exclusión
en Salud en Bolivia
23% de la
población
reportó
haber estado
enfermo o
haberse
accidentado
en el último
mes
82%
demandaron
atención
18% NO
demandaron
atención
Razones de no demanda
55% lograron
atención
institucional
45% atención NO
institucional
Farmacéutico,
familiar u otro
médico,
enfermera,
auxiliar o
promotor de
salud
Exclusión en Salud
Situación de Salud en Bolivia
Alto índice compuesto de exclusión:
Fuente: OPS UDAPE 2004, Caracterización de la exclusión en Salud en Bolivia
Exclusión en Salud
de la población es
excluida en salud
Área Geográfica
% población
excluida
Grado del riesgo de exclusión
Severo Alto Moderado Leve
Urbana
Occidente 91,7% 40% 4% 10% 47%
Valles 81,7% 26% 7% 22% 45%
Oriente 24,3% 3% 0% 80% 17%
Rural
Occidente 100,0% 21% 74% 0% 5%
Valles 100,0% 16% 82% 0% 2%
Oriente 94,4% 41% 5% 6% 48%
TOTAL BOLIVIA 77,0% 27% 25% 25% 23%
Situación de Salud en Bolivia
Inequidades en el estado de salud de la población
INDICADOR
Tasa de mortalidad
infantil por 1 000 n.v.
Tasa de desnutrición
crónica en menores
de 5 años (en %)
% de mujeres con parto
atendido por médico
BOLIVIABOLIVIA 5050 27.127.1 65.865.8
Chuquisaca 22 35.8 65.7
La Paz 59 29.8 58.0
Cochabamba 57 30.5 63.6
Oruro 51 33.4 58.0
Potosí 91 43.7 42.3
Tarija 33 14.9 80.2
Santa Cruz 21 12.0 89.5
Beni 34 17.8 74.8
Pando 43 15.0 75.3
Fuente: ENDSA 2008
Situación de Salud en Bolivia
Para revertir esta situación…
… se creará el Sistema Único de Salud
Sistema
Único
Sistema Único de Salud
¿Cuál es la diferencia entre el Sistema Único y el
Seguro de Salud?
Sistema Único Seguro de Salud
Es una concepción de derecho
colectivo: el Estado construye un
sistema público y único para
garantizar la salud a todos los
ciudadanos (universalidad).
Integra en una institución todas
las funciones del sistema.
En general el financiamiento es
por impuestos generales.
Ejemplos: Cuba y Brasil
Es una concepción de
derecho y aseguramiento
individual y obligatorio.
Cada persona paga y recibe un
seguro. El financiamiento
habitualmente es mixto:
Aportes de “asegurados”
“patronos” y Estado.
Problema: la cobertura es
limitada a contribuyentes
(familias)
Sistema Único de Salud
Por tanto,Por tanto,
El Sistema Único de Salud se constituye en el medio, para
garantizar el derecho a la salud y el acceso universal a la
atención en salud de todas las bolivianas y los bolivianos.
El seguro de salud solo se reduce a atender a los que tienen
relación laboral efectiva. Solo atiende a los aportantes y sus
familia previo pago mensual. La atención se suspende una
vez que no hay aportes a pesar de la cantidad de años que
hubiese aportado sin utilizar, bajo el principio de solidaridad
El Sistema Único de Salud es el resultado de la unión
armoniosa del sector público, de la seguridad social y de la
medicina tradicional, para garantizar la atención oportuna,
equitativa, justa y de calidad de acuerdo a las características
de la población.
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 1.- (OBJETO)
La presente Ley, en cumplimiento del mandato constitucional, tiene por objeto crear el
Sistema Único de Salud que garantiza el derecho a la salud y el acceso universal de todos
los habitantes en el territorio nacional, con carácter universal, gratuito, equitativo,
intracultural, intercultural, participativo, con calidad y control social. Incluye a la medicina
tradicional
ARTÍCULO 2.- (FINALIDAD)
Garantizar la inclusión social y la equidad en salud, a través de la implementación de una
Política de Salud Familiar Comunitaria Intercultural, priorizando la promoción de la salud y
la prevención de las enfermedades y de los riesgos evitables, incidiendo sobre los
determinantes sociales de la salud para contribuir a la construcción de una sociedad justa,
equitativa y el Vivir Bien.
ARTÍCULO 3.- (DE SU CONSTITUCIÓN)
El Sistema Único de Salud está constituido por el conjunto de acciones y servicios
nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas; de la
seguridad social; de la medicina tradicional y de otras instituciones públicas orientadas a la
investigación, control de calidad y producción de insumos.
Los servicios de salud que prestan las universidades, las Fuerzas Armadas, y las
instituciones sin fines de lucro, podrán incorporarse al Sistema Único de Salud bajo
convenios específicos con el Ministerio de Salud y Deportes.
Objeto, finalidad y constitución del SUS
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 4.- (PRINCIPIOS)
• La salud: derecho humano fundamental y social
y el Estado garante de su cumplimiento
• Intersectorialidad: Acción sobre los determinantes sociales de la salud
• Participación y control social
• Unidad de gestión
• Integralidad
• Interculturalidad e intraculturalidad
• Calidad en salud centrada en el ciudadano
• Equidad y solidaridad
ARTÍCULO 5.- (ALCANCES)
El Sistema Único de Salud garantiza el acceso de todas las bolivianas y los
bolivianos en forma gratuita a todas las acciones, servicios y niveles de atención; y
se establece en todo el territorio nacional: departamentos, municipios y pueblos
indígena originario campesinos.
Principios y alcances del SUS
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 6.- (EL FONDO ÚNICO DE SALUD DEL ESTADO PLURINACIONAL)
Se crea el Fondo Único de Salud destinado a financiar y garantizar el
funcionamiento del Sistema Único de Salud y el cofinanciamiento de proyectos de
inversión en salud. La gestión nacional del Fondo Único de Salud es de
responsabilidad del Ministerio de Salud y Deportes.
El Fondo Único de Salud del Estado Plurinacional está constituido por:
• Los recursos nacionales, departamentales y municipales que a fecha de la
promulgación de esta Ley están destinados a la atención de la salud.
• Recursos adicionales del Tesoro General de la Nación, equivalentes a por lo
menos el …% del presupuesto general de la Nación, a efectos de garantizar a la
población desprotegida un financiamiento equivalente al promedio de la seguridad a
corto plazo.
• El aporte patronal para la Salud equivalente al 10% del salario de cada trabajador
que continuara destinado a la atención de salud de la población asegurada bajo el
régimen del seguro social obligatorio a corto plazo.
• Recursos de la Ley del Diálogo 2000 destinados a salud (HIPC II)
• Los recursos provenientes de impuestos especiales.
Financiamiento del SUS
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
Financiamiento del SUS total
POBLACIONES
Costo per cápita
(US$)
Totales (US$)
Población NO
Asegurada
7 567 361 100 756 736 100
Población
Asegurada
2 858 785 88.5 * 253 002 473
TOTALES 10 426 146 96,8 1 009 738 573
Fuente: Elaboración propia en base al Anuario Estadístico de INASES 2008 e INE.
* Costo promedio por persona de la Seguridad Social de Corto Plazo, Gestión 2008.
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
Financiamiento del SUS desagregado
DescripciónDescripción MontoMonto %%
Gasto Recurrente 679,856,57679,856,57 90%90%
Complementar y Cofinanciar 76,879,52976,879,529 10%10%
TOTAL 756,736,10 100%
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
Financiamiento del SUS desagregado
CategoríasCategorías MontosMontos %%
Medicamentos, Insumos yMedicamentos, Insumos y
Alimentación de PacientesAlimentación de Pacientes 100,212,052100,212,052 13.24%13.24%
Gastos AdministrativosGastos Administrativos 83,240,97183,240,971 11.00%11.00%
Recursos Humanos ActualesRecursos Humanos Actuales 162,991,413 21.54%21.54%
Programas NacionalesProgramas Nacionales 39,844,54339,844,543 5.27%5.27%
Prevención y PromociónPrevención y Promoción 113,510,415113,510,415 15.00%15.00%
Medicina TradicionalMedicina Tradicional 15,134,72215,134,722 2.00%2.00%
Recursos Humanos AdicionalesRecursos Humanos Adicionales 164,922,455164,922,455 21.79%21.79%
Complementar y CofinanciarComplementar y Cofinanciar 76,879,52976,879,529 10.16%10.16%
TOTAL 756,736,100 100.00%
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
Financiamiento del SUS (Recursos Humanos)
Costos Recursos Humanos
Actual Esperado Cantidad Costo Anual Cantidad Costo Anual Cantidad Costo Anual
Medicos 1/1,731 1/1,000 4 569 4 371 259 624 287 3 196 189 832 812 7 567 449 457 099
Enfermeras 1/3,065 2/1,000 3 035 2 469 97 414 395 12 666 499 737 030 15 135 597 151 425
Aux. Enfermería 1/1,034 3/1,000 2 034 7 322 193 608 324 15 380 406 677 960 22 702 600 286 284
Odontologos 1/9,459 1/5,000 4 137 600 32 268 600 913 49 102 053 1 513 81 370 653
Bioquimicos 1/43,742 1/10,000 4 137 373 20 060 313 384 20 651 904 757 40 712 217
Otros 6 466 117 242 385 6 466 117 242 385
Antigüedad y Categorias al Salario Básico 432 130 982 432 130 982
TOTAL Bs. 21 601 1 152 349 286 32 539 1 166 001 759 54 140 2 318 351 045
SITUACION ACTUAL
Categorías de
RR.HH.
REQUERIMIENTO COBERTURAUNIVERSAL
Recursos Humanos
Existentes
Recursos Humanos
Requeridos
Recursos Humanos
Ideales
Relación Personal de
Salud con población
Salario
Básico
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 7.- (CUENTAS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES DE SALUD)
Los gobiernos autónomos departamentales y municipales, cada uno,
contarán con una cuenta fiscal específica, denominada Cuenta
Departamental de Salud y Cuenta Municipal de Salud, respectivamente,
para la administración de los recursos que les sean asignados por el Fondo
Único de Salud del Estado Plurinacional, destinados a la protección y
atención de la salud de la población en su jurisdicción, en el marco de la
política nacional de salud.
Las Asambleas Legislativas de los Gobiernos Autónomos Departamentales
y los Concejos Municipales tendrán entre sus funciones, realizar el
seguimiento, el control y la fiscalización de las Cuentas de Salud
correspondientes.
Cuentas de salud
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 8.- (CONSEJO ASESOR DEL FONDO ÚNICO DE SALUD DEL
ESTADO PLURINACIONAL)
Se crea el Consejo Asesor del Fondo Único de Salud del Estado Plurinacional como
un organismo de asesoramiento, seguimiento y evaluación en la distribución de los
recursos financieros del Fondo Único de Salud, bajo los criterios de equidad,
eficiencia y de responsabilidad social.
El Consejo de Asesores del Fondo Único de Salud estará presidido por la Ministra o
el Ministro de Salud y Deportes y estará compuesto por:
a) Dos representantes de los gobiernos autónomos departamentales.
b) Dos representantes de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia
c) Dos representantes de la Asociación de Empresarios de Bolivia
d) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas
e) Seis representantes del Consejo Social Nacional de Salud, dos de los cuales
serán designados por la Central Obrera Boliviana
En caso excepcional, la presidencia del Consejo será asumida por el Viceministro o
la Viceministra de Salud y Promoción
.
Consejo asesor del fondo único
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 9.- (DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO ÚNICO
DE SALUD)
El Ministerio de Salud y Deportes, con el apoyo del Consejo Asesor del Fondo Único
de Salud, asignará a las Cuentas Departamentales y Municipales de Salud los
recursos financieros en forma regular y periódica, tomando en cuenta los siguientes
referentes:
a) Número de habitantes del departamento y municipio, de acuerdo al Censo
Nacional de Población y Vivienda y sus proyecciones.
b) Incidencia de pobreza medido por NBI.
c) Producción de servicios vinculado a: cobertura de servicios, cumplimiento de
compromisos de gestión y mejoramiento de la calidad de atención de los servicios.
d) Criterios de accesibilidad geográfica de y a los servicios de salud
El Ministerio de Salud y Deportes será el responsable de la verificación y
fiscalización del cumplimiento de los anteriores referentes para la reasignación de
recursos financieros
.
Criterios de distribución del fondo único
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 10.- (FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN
SALUD, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS
REDES DE SALUD Y OTRAS PRESTACIONES)
En cumplimiento del rol rector del MSD, se desarrollara participativamente un Plan
Director para la nueva infraestructura de salud en todo el territorio nacional. Los
gobiernos sub-nacionales y la CI se alinearan a esta política nacional.
Los Gobiernos Departamentales y los Gobiernos Municipales preverán un
presupuesto suficiente destinado a proyectos de inversión como infraestructura
sanitaria, equipamiento, mantenimiento, gestión de programas en su jurisdicción en
el marco de las políticas nacionales, reglamento especifico de inversiones en el
sector salud, pago de servicios básicos y funcionamiento de los Establecimientos de
Salud de su jurisdicción y prestaciones extraordinarias no establecidas en la Norma
Nacional.
Proyectos de inversión y adquisiciones
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 18.- (DE LA COBERTURA UNIVERSAL)
Se dispone la cobertura universal gratuita, en todos los establecimientos de salud
del subsector público, que entra en vigencia después de la reglamentación de la
presente Ley.
El Ministerio de Salud y Deportes será responsable de reglamentar la cobertura
universal gratuita de salud en el punto de atención.
ARTÍCULO 19.- (DEL ACCESO AL SISTEMA UNICO DE SALUD)
El acceso al Sistema Único de Salud, a partir de la promulgación de la presente Ley,
es a través de los establecimientos de salud del primer nivel y excepcionalmente del
segundo nivel de atención.
Los establecimientos del tercer nivel atienden sólo a los pacientes referidos por el
primer y segundo nivel de atención.
Se exceptúan de la presente disposición los casos de urgencia que deben ser
atendidos inmediatamente en cualquier nivel de atención, incluyendo los
establecimientos de salud de la Seguridad Social de Corto Plazo y del privado
.
Cobertura universal y acceso al SUS
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
ARTÍCULO 20.- (DEL FINANCIAMIENTO PARA LA COBERTURA UNIVERSAL)
El financiamiento para la cobertura universal gratuita de Salud en los
establecimientos públicos, se realizará con los recursos señalados
en el artículo 6 de la presente Ley, excepto el aporte patronal que
seguirá financiando la atención de la población asegurada en los
servicios de salud del Seguro Social Obligatorio a Corto Plazo.
Financiamiento de la cobertura universal
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA (DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL
SISTEMA ÚNICO DE SALUD)
Desde la promulgación de la presente Ley hasta su plena aplicación en todo el
territorio nacional a partir del 1º de enero de 2012, el Ministerio de Salud y Deportes
establecerá las bases técnicas, administrativas, financieras, de viabilidad social y
política del Sistema Único de Salud. Para ello:
a) El subsector público redefinirá y fortalecerá la organización, funcionamiento y
adecuación de las redes de salud al ejercicio universal del derecho a la salud, para
brindar atención con calidad y equidad, a la población no cubierta por el Subsector
del Seguro Social de Corto Plazo.
b) El Subsector del Seguro Social de Corto Plazo desarrollara un proceso de
transformación y recuperación de los principios de: unidad de gestión, equidad,
solidaridad, economía de gestión y calidad en la atención a la población asegurada.
c) El MSD desarrollara un proceso de fortalecimiento de la medicina tradicional y de
construcción de mecanismos de articulación, en el marco de la complementariedad y
reciprocidad.
d) El MSD generara planes directores decenales de inversión para el desarrollo de
infraestructura, equipamiento de los servicios de salud, formación y gestión de
RRHH, en consulta amplia con todos los involucrados nacionales, subnacionales y la
cooperación internacional.
Proceso de implementación del SUS
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA (VIGENCIA Y CIERRE TECNICO DEL
SUMI Y DEL SSPAM)
Para el funcionamiento de la Cobertura Universal Gratuita de Salud, se establece el
cierre técnico del Seguro Universal Materno Infantil (SUMI) y del Seguro de Salud
Para el Adulto Mayor (SSPAM) que continuarán vigentes hasta la promulgación de la
presente Ley.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA (LIQUIDACIÓN FINANCIERA DEL SUMI
Y DEL SSPAM)
Una vez realizado el cierre técnico del SUMI y SSPAM, el Ministerio de Salud y
Deportes y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, reglamentarán la
liquidación financiera del SUMI y del SSPAM que será realizado por los Gobiernos
Municipales.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA (TRANSICIÓN DE LOS SEGUROS
PÚBLICOS DE SALUD)
El Ministerio de Salud y Deportes, reglamentará la liquidación y transición de los
seguros departamentales y municipales a la cobertura universal del Sistema Único
de Salud.
Proceso de implementación del SUS
Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA (REGLAMENTACION)
Las disposiciones de esta Ley son de orden público, tienen carácter obligatorio y
coercitivo para todo el sector salud, Gobiernos Departamentales y Gobiernos
Municipales e Indígena Originario Campesinos.
El Ministerio de Salud y Deportes, queda encargado de reglamentar el Sistema
Único de Salud en el término de 90 días calendario, a partir de la promulgación de
esta Ley.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA (FINANCIAMIENTO)
Una vez abrogadas las leyes del SUMI y SSPAM las fuentes de financiamiento de
las mismas pasan a ser fuentes de Financiamiento del Sistema Único de Salud.
Proceso de implementación del SUS
Gracias por su AtenciónGracias por su Atención

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  • 1. Anteproyecto de LeyAnteproyecto de Ley Sistema Único de SaludSistema Único de Salud Estado Plurinacional de BoliviaEstado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Salud y DeportesMinisterio de Salud y Deportes
  • 2. Situación de Salud en Bolivia Determinantes sociales de la Salud Desigual distribución del ingreso: el 20% más rico 63% del PIB el 20% más pobre 1,5% del PIB Alta incidencia de Pobreza: Analfabetismo en mayores de 15 años: Pobreza moderada: 60% de la población Pobreza absoluta: 39,3% de la población Fuente: UDAPE 2002 Fuente: UDAPE 2002 Falta de acceso a Servicios básicos: Hombres: 6,9% , Mujeres: 19,4% Fuente: Censo 2001 37,7% de los hogares no tienen acceso a agua de red por cañería 52,8% de los hogares no tiene acceso a servicio sanitario Fuente: Censo 2001
  • 3. Situación de Salud en Bolivia Sistema de Salud segmentado y fragmentado Seguro Social de corto Plazo Subsector Público Subsector Privado Medicina tradicional y otros Fuente: elaboración propia RectoríaRectoría Múltiples fuentesMúltiples fuentes de financiamientode financiamiento MúltiplesMúltiples prestadoresprestadores
  • 4. Sistema de Salud segmentado y fragmentado Seguro Social de Corto Plazo SUMI SSPAM 42.5% 57.5%SIN COBERTURA Sistema fragmentado Problemas de calidad de atención Ineficiencia económica (costos administrativos, medicamentos, dotación de recursos humanos) Gasto de bolsillo Calidad en la atención Acceso limitado (monetario) ProblemasCobertura Situación de Salud en Bolivia
  • 5. Situación de Salud en Bolivia Sistema de Salud segmentado y fragmentado SUBSECTOR 2002 2003 2004 2005 2006 2007 Público 113.416 (20.9%) 154.139 (34.1%) 173.859 (34.8%) 193.907 (38.3%) 221.204 (38.2%) 264.498 (40.5%) Seguro Social a corto plazo 222.410 (41.1%) 145.482 (32.1%) 160.800 (32.2%) 169.929 (33.5%) 184.331 (31.8%) 187.172 (28.7%) Privado 205.720 (38.0%) 152.928 (33.8%) 164.421 (32.9%) 143.056 (28.2%) 173.520 (30.0%) 201.095 (30.81) Total gasto en salud 541.546 452.549 499.080 506.892 579.055 652.765 Fuente: elaboración propia en base a Cuentas Nacionales de Salud Evolución del gasto en salud, en porcentaje del PIB:
  • 6. Situación de Salud en Bolivia Sistema de Salud segmentado y fragmentado INDICADOR 2002 2003 2004 2005 2006 2007 PIB (miles US$) 7.790.133 7.895.976 8.638.476 9.532.651 11.425.628 13.430.141 GN en Salud (miles $US) 541.546 452.549 499.080 506.892 579.055 652.765 GN en Salud como % del PIB 6.95% 5.73% 5.78% 5.32% 5.07% 4.86% G. Pub. en Salud. como % del PIB 1.46% 1.95% 2.01% 2.04% 1.94% 1.97% Gasto S.S en Salud como % del PIB 2.86% 1.84% 1.86% 1.78% 1.61% 1.39% G. privado en salud como % del PIB 2.64% 1.94% 1.91% 1.50% 1.52% 1.50% Fuente: elaboración propia en base a Cuentas Nacionales de Salud Evolución del gasto en salud, según subsectores:
  • 7. Situación de Salud en Bolivia Sistema de Salud segmentado y fragmentado INDICADOR Médicos por 10.000 habitantes no afiliados a la SSCP (subsect. público) Médicos por 10.000 afiliados en el Seguro Social a corto plazo Médicos por 10.000 habitantes (subsector público + Seguro Social) BOLIVIABOLIVIA 5.85.8 10.310.3 7.27.2 Chuquisaca 9.8 9.7 9.8 La Paz 5.7 10.1 7.5 Cochabamba 4.6 8.2 5.6 Oruro 10.9 6.0 8.1 Potosí 6.3 7.7 6.8 Tarija 10.7 13.0 11.3 Santa Cruz 4.7 14.6 6.7 Beni 15.7 13.7 15.2 Pando 14.3 17.6 15.0 Fuente: elaboración propia en base a Cuentas Nacionales de Salud Desigual distribución de los recursos humanos:
  • 8. Situación de Salud en Bolivia La población no accede al Sistema de Salud cuando lo necesita: Fuente: OPS UDAPE 2004, Caracterización de la exclusión en Salud en Bolivia 23% de la población reportó haber estado enfermo o haberse accidentado en el último mes 82% demandaron atención 18% NO demandaron atención Razones de no demanda 55% lograron atención institucional 45% atención NO institucional Farmacéutico, familiar u otro médico, enfermera, auxiliar o promotor de salud Exclusión en Salud
  • 9. Situación de Salud en Bolivia Alto índice compuesto de exclusión: Fuente: OPS UDAPE 2004, Caracterización de la exclusión en Salud en Bolivia Exclusión en Salud de la población es excluida en salud Área Geográfica % población excluida Grado del riesgo de exclusión Severo Alto Moderado Leve Urbana Occidente 91,7% 40% 4% 10% 47% Valles 81,7% 26% 7% 22% 45% Oriente 24,3% 3% 0% 80% 17% Rural Occidente 100,0% 21% 74% 0% 5% Valles 100,0% 16% 82% 0% 2% Oriente 94,4% 41% 5% 6% 48% TOTAL BOLIVIA 77,0% 27% 25% 25% 23%
  • 10. Situación de Salud en Bolivia Inequidades en el estado de salud de la población INDICADOR Tasa de mortalidad infantil por 1 000 n.v. Tasa de desnutrición crónica en menores de 5 años (en %) % de mujeres con parto atendido por médico BOLIVIABOLIVIA 5050 27.127.1 65.865.8 Chuquisaca 22 35.8 65.7 La Paz 59 29.8 58.0 Cochabamba 57 30.5 63.6 Oruro 51 33.4 58.0 Potosí 91 43.7 42.3 Tarija 33 14.9 80.2 Santa Cruz 21 12.0 89.5 Beni 34 17.8 74.8 Pando 43 15.0 75.3 Fuente: ENDSA 2008
  • 11. Situación de Salud en Bolivia Para revertir esta situación… … se creará el Sistema Único de Salud Sistema Único
  • 12. Sistema Único de Salud ¿Cuál es la diferencia entre el Sistema Único y el Seguro de Salud? Sistema Único Seguro de Salud Es una concepción de derecho colectivo: el Estado construye un sistema público y único para garantizar la salud a todos los ciudadanos (universalidad). Integra en una institución todas las funciones del sistema. En general el financiamiento es por impuestos generales. Ejemplos: Cuba y Brasil Es una concepción de derecho y aseguramiento individual y obligatorio. Cada persona paga y recibe un seguro. El financiamiento habitualmente es mixto: Aportes de “asegurados” “patronos” y Estado. Problema: la cobertura es limitada a contribuyentes (familias)
  • 13. Sistema Único de Salud Por tanto,Por tanto, El Sistema Único de Salud se constituye en el medio, para garantizar el derecho a la salud y el acceso universal a la atención en salud de todas las bolivianas y los bolivianos. El seguro de salud solo se reduce a atender a los que tienen relación laboral efectiva. Solo atiende a los aportantes y sus familia previo pago mensual. La atención se suspende una vez que no hay aportes a pesar de la cantidad de años que hubiese aportado sin utilizar, bajo el principio de solidaridad El Sistema Único de Salud es el resultado de la unión armoniosa del sector público, de la seguridad social y de la medicina tradicional, para garantizar la atención oportuna, equitativa, justa y de calidad de acuerdo a las características de la población.
  • 14. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 1.- (OBJETO) La presente Ley, en cumplimiento del mandato constitucional, tiene por objeto crear el Sistema Único de Salud que garantiza el derecho a la salud y el acceso universal de todos los habitantes en el territorio nacional, con carácter universal, gratuito, equitativo, intracultural, intercultural, participativo, con calidad y control social. Incluye a la medicina tradicional ARTÍCULO 2.- (FINALIDAD) Garantizar la inclusión social y la equidad en salud, a través de la implementación de una Política de Salud Familiar Comunitaria Intercultural, priorizando la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades y de los riesgos evitables, incidiendo sobre los determinantes sociales de la salud para contribuir a la construcción de una sociedad justa, equitativa y el Vivir Bien. ARTÍCULO 3.- (DE SU CONSTITUCIÓN) El Sistema Único de Salud está constituido por el conjunto de acciones y servicios nacionales, departamentales, municipales e indígena originario campesinas; de la seguridad social; de la medicina tradicional y de otras instituciones públicas orientadas a la investigación, control de calidad y producción de insumos. Los servicios de salud que prestan las universidades, las Fuerzas Armadas, y las instituciones sin fines de lucro, podrán incorporarse al Sistema Único de Salud bajo convenios específicos con el Ministerio de Salud y Deportes. Objeto, finalidad y constitución del SUS
  • 15. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 4.- (PRINCIPIOS) • La salud: derecho humano fundamental y social y el Estado garante de su cumplimiento • Intersectorialidad: Acción sobre los determinantes sociales de la salud • Participación y control social • Unidad de gestión • Integralidad • Interculturalidad e intraculturalidad • Calidad en salud centrada en el ciudadano • Equidad y solidaridad ARTÍCULO 5.- (ALCANCES) El Sistema Único de Salud garantiza el acceso de todas las bolivianas y los bolivianos en forma gratuita a todas las acciones, servicios y niveles de atención; y se establece en todo el territorio nacional: departamentos, municipios y pueblos indígena originario campesinos. Principios y alcances del SUS
  • 16. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 6.- (EL FONDO ÚNICO DE SALUD DEL ESTADO PLURINACIONAL) Se crea el Fondo Único de Salud destinado a financiar y garantizar el funcionamiento del Sistema Único de Salud y el cofinanciamiento de proyectos de inversión en salud. La gestión nacional del Fondo Único de Salud es de responsabilidad del Ministerio de Salud y Deportes. El Fondo Único de Salud del Estado Plurinacional está constituido por: • Los recursos nacionales, departamentales y municipales que a fecha de la promulgación de esta Ley están destinados a la atención de la salud. • Recursos adicionales del Tesoro General de la Nación, equivalentes a por lo menos el …% del presupuesto general de la Nación, a efectos de garantizar a la población desprotegida un financiamiento equivalente al promedio de la seguridad a corto plazo. • El aporte patronal para la Salud equivalente al 10% del salario de cada trabajador que continuara destinado a la atención de salud de la población asegurada bajo el régimen del seguro social obligatorio a corto plazo. • Recursos de la Ley del Diálogo 2000 destinados a salud (HIPC II) • Los recursos provenientes de impuestos especiales. Financiamiento del SUS
  • 17. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud Financiamiento del SUS total POBLACIONES Costo per cápita (US$) Totales (US$) Población NO Asegurada 7 567 361 100 756 736 100 Población Asegurada 2 858 785 88.5 * 253 002 473 TOTALES 10 426 146 96,8 1 009 738 573 Fuente: Elaboración propia en base al Anuario Estadístico de INASES 2008 e INE. * Costo promedio por persona de la Seguridad Social de Corto Plazo, Gestión 2008.
  • 18. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud Financiamiento del SUS desagregado DescripciónDescripción MontoMonto %% Gasto Recurrente 679,856,57679,856,57 90%90% Complementar y Cofinanciar 76,879,52976,879,529 10%10% TOTAL 756,736,10 100%
  • 19. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud Financiamiento del SUS desagregado CategoríasCategorías MontosMontos %% Medicamentos, Insumos yMedicamentos, Insumos y Alimentación de PacientesAlimentación de Pacientes 100,212,052100,212,052 13.24%13.24% Gastos AdministrativosGastos Administrativos 83,240,97183,240,971 11.00%11.00% Recursos Humanos ActualesRecursos Humanos Actuales 162,991,413 21.54%21.54% Programas NacionalesProgramas Nacionales 39,844,54339,844,543 5.27%5.27% Prevención y PromociónPrevención y Promoción 113,510,415113,510,415 15.00%15.00% Medicina TradicionalMedicina Tradicional 15,134,72215,134,722 2.00%2.00% Recursos Humanos AdicionalesRecursos Humanos Adicionales 164,922,455164,922,455 21.79%21.79% Complementar y CofinanciarComplementar y Cofinanciar 76,879,52976,879,529 10.16%10.16% TOTAL 756,736,100 100.00%
  • 20. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud Financiamiento del SUS (Recursos Humanos) Costos Recursos Humanos Actual Esperado Cantidad Costo Anual Cantidad Costo Anual Cantidad Costo Anual Medicos 1/1,731 1/1,000 4 569 4 371 259 624 287 3 196 189 832 812 7 567 449 457 099 Enfermeras 1/3,065 2/1,000 3 035 2 469 97 414 395 12 666 499 737 030 15 135 597 151 425 Aux. Enfermería 1/1,034 3/1,000 2 034 7 322 193 608 324 15 380 406 677 960 22 702 600 286 284 Odontologos 1/9,459 1/5,000 4 137 600 32 268 600 913 49 102 053 1 513 81 370 653 Bioquimicos 1/43,742 1/10,000 4 137 373 20 060 313 384 20 651 904 757 40 712 217 Otros 6 466 117 242 385 6 466 117 242 385 Antigüedad y Categorias al Salario Básico 432 130 982 432 130 982 TOTAL Bs. 21 601 1 152 349 286 32 539 1 166 001 759 54 140 2 318 351 045 SITUACION ACTUAL Categorías de RR.HH. REQUERIMIENTO COBERTURAUNIVERSAL Recursos Humanos Existentes Recursos Humanos Requeridos Recursos Humanos Ideales Relación Personal de Salud con población Salario Básico
  • 21. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 7.- (CUENTAS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES DE SALUD) Los gobiernos autónomos departamentales y municipales, cada uno, contarán con una cuenta fiscal específica, denominada Cuenta Departamental de Salud y Cuenta Municipal de Salud, respectivamente, para la administración de los recursos que les sean asignados por el Fondo Único de Salud del Estado Plurinacional, destinados a la protección y atención de la salud de la población en su jurisdicción, en el marco de la política nacional de salud. Las Asambleas Legislativas de los Gobiernos Autónomos Departamentales y los Concejos Municipales tendrán entre sus funciones, realizar el seguimiento, el control y la fiscalización de las Cuentas de Salud correspondientes. Cuentas de salud
  • 22. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 8.- (CONSEJO ASESOR DEL FONDO ÚNICO DE SALUD DEL ESTADO PLURINACIONAL) Se crea el Consejo Asesor del Fondo Único de Salud del Estado Plurinacional como un organismo de asesoramiento, seguimiento y evaluación en la distribución de los recursos financieros del Fondo Único de Salud, bajo los criterios de equidad, eficiencia y de responsabilidad social. El Consejo de Asesores del Fondo Único de Salud estará presidido por la Ministra o el Ministro de Salud y Deportes y estará compuesto por: a) Dos representantes de los gobiernos autónomos departamentales. b) Dos representantes de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia c) Dos representantes de la Asociación de Empresarios de Bolivia d) Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas e) Seis representantes del Consejo Social Nacional de Salud, dos de los cuales serán designados por la Central Obrera Boliviana En caso excepcional, la presidencia del Consejo será asumida por el Viceministro o la Viceministra de Salud y Promoción . Consejo asesor del fondo único
  • 23. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 9.- (DE LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO ÚNICO DE SALUD) El Ministerio de Salud y Deportes, con el apoyo del Consejo Asesor del Fondo Único de Salud, asignará a las Cuentas Departamentales y Municipales de Salud los recursos financieros en forma regular y periódica, tomando en cuenta los siguientes referentes: a) Número de habitantes del departamento y municipio, de acuerdo al Censo Nacional de Población y Vivienda y sus proyecciones. b) Incidencia de pobreza medido por NBI. c) Producción de servicios vinculado a: cobertura de servicios, cumplimiento de compromisos de gestión y mejoramiento de la calidad de atención de los servicios. d) Criterios de accesibilidad geográfica de y a los servicios de salud El Ministerio de Salud y Deportes será el responsable de la verificación y fiscalización del cumplimiento de los anteriores referentes para la reasignación de recursos financieros . Criterios de distribución del fondo único
  • 24. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 10.- (FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN EN SALUD, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE LAS REDES DE SALUD Y OTRAS PRESTACIONES) En cumplimiento del rol rector del MSD, se desarrollara participativamente un Plan Director para la nueva infraestructura de salud en todo el territorio nacional. Los gobiernos sub-nacionales y la CI se alinearan a esta política nacional. Los Gobiernos Departamentales y los Gobiernos Municipales preverán un presupuesto suficiente destinado a proyectos de inversión como infraestructura sanitaria, equipamiento, mantenimiento, gestión de programas en su jurisdicción en el marco de las políticas nacionales, reglamento especifico de inversiones en el sector salud, pago de servicios básicos y funcionamiento de los Establecimientos de Salud de su jurisdicción y prestaciones extraordinarias no establecidas en la Norma Nacional. Proyectos de inversión y adquisiciones
  • 25. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 18.- (DE LA COBERTURA UNIVERSAL) Se dispone la cobertura universal gratuita, en todos los establecimientos de salud del subsector público, que entra en vigencia después de la reglamentación de la presente Ley. El Ministerio de Salud y Deportes será responsable de reglamentar la cobertura universal gratuita de salud en el punto de atención. ARTÍCULO 19.- (DEL ACCESO AL SISTEMA UNICO DE SALUD) El acceso al Sistema Único de Salud, a partir de la promulgación de la presente Ley, es a través de los establecimientos de salud del primer nivel y excepcionalmente del segundo nivel de atención. Los establecimientos del tercer nivel atienden sólo a los pacientes referidos por el primer y segundo nivel de atención. Se exceptúan de la presente disposición los casos de urgencia que deben ser atendidos inmediatamente en cualquier nivel de atención, incluyendo los establecimientos de salud de la Seguridad Social de Corto Plazo y del privado . Cobertura universal y acceso al SUS
  • 26. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud ARTÍCULO 20.- (DEL FINANCIAMIENTO PARA LA COBERTURA UNIVERSAL) El financiamiento para la cobertura universal gratuita de Salud en los establecimientos públicos, se realizará con los recursos señalados en el artículo 6 de la presente Ley, excepto el aporte patronal que seguirá financiando la atención de la población asegurada en los servicios de salud del Seguro Social Obligatorio a Corto Plazo. Financiamiento de la cobertura universal
  • 27. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA (DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA ÚNICO DE SALUD) Desde la promulgación de la presente Ley hasta su plena aplicación en todo el territorio nacional a partir del 1º de enero de 2012, el Ministerio de Salud y Deportes establecerá las bases técnicas, administrativas, financieras, de viabilidad social y política del Sistema Único de Salud. Para ello: a) El subsector público redefinirá y fortalecerá la organización, funcionamiento y adecuación de las redes de salud al ejercicio universal del derecho a la salud, para brindar atención con calidad y equidad, a la población no cubierta por el Subsector del Seguro Social de Corto Plazo. b) El Subsector del Seguro Social de Corto Plazo desarrollara un proceso de transformación y recuperación de los principios de: unidad de gestión, equidad, solidaridad, economía de gestión y calidad en la atención a la población asegurada. c) El MSD desarrollara un proceso de fortalecimiento de la medicina tradicional y de construcción de mecanismos de articulación, en el marco de la complementariedad y reciprocidad. d) El MSD generara planes directores decenales de inversión para el desarrollo de infraestructura, equipamiento de los servicios de salud, formación y gestión de RRHH, en consulta amplia con todos los involucrados nacionales, subnacionales y la cooperación internacional. Proceso de implementación del SUS
  • 28. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA (VIGENCIA Y CIERRE TECNICO DEL SUMI Y DEL SSPAM) Para el funcionamiento de la Cobertura Universal Gratuita de Salud, se establece el cierre técnico del Seguro Universal Materno Infantil (SUMI) y del Seguro de Salud Para el Adulto Mayor (SSPAM) que continuarán vigentes hasta la promulgación de la presente Ley. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA (LIQUIDACIÓN FINANCIERA DEL SUMI Y DEL SSPAM) Una vez realizado el cierre técnico del SUMI y SSPAM, el Ministerio de Salud y Deportes y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, reglamentarán la liquidación financiera del SUMI y del SSPAM que será realizado por los Gobiernos Municipales. DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA (TRANSICIÓN DE LOS SEGUROS PÚBLICOS DE SALUD) El Ministerio de Salud y Deportes, reglamentará la liquidación y transición de los seguros departamentales y municipales a la cobertura universal del Sistema Único de Salud. Proceso de implementación del SUS
  • 29. Anteproyecto de Ley del Sistema Único de Salud DISPOSICIONES FINALES DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA (REGLAMENTACION) Las disposiciones de esta Ley son de orden público, tienen carácter obligatorio y coercitivo para todo el sector salud, Gobiernos Departamentales y Gobiernos Municipales e Indígena Originario Campesinos. El Ministerio de Salud y Deportes, queda encargado de reglamentar el Sistema Único de Salud en el término de 90 días calendario, a partir de la promulgación de esta Ley. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA (FINANCIAMIENTO) Una vez abrogadas las leyes del SUMI y SSPAM las fuentes de financiamiento de las mismas pasan a ser fuentes de Financiamiento del Sistema Único de Salud. Proceso de implementación del SUS
  • 30. Gracias por su AtenciónGracias por su Atención