El documento presenta una introducción sobre la ciudadanía económica y el consumo financiero. Explica que la elección libre de bienes y servicios es la base de la ciudadanía económica. Luego, analiza los intereses generales y específicos del consumidor, incluyendo los servicios financieros. Finalmente, destaca la importancia de la educación para que los consumidores conozcan sus derechos.
61. Regulación
Código de Protección y Defensa del Consumidor – Ley
29571 (El Código)
Ley Complementaria a la Ley de Protección al
Consumidor en Materia de Servicios Financieros – Ley
28587 (LCPC)
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros - Ley N° 26702
Normas complementarias emitidas por la SBS (*)
Código Civil
61
86. Ejemplos de cláusulas abusivas de
ineficacia relativa
Obstáculos
onerosos o
desproporcionados
para el ejercicio de
derechos
Procedimientos
engorrosos para
efectuar quejas
Cambio
unilateral del
tipo de moneda
en perjuicio del
consumidor
Prórroga
automática sin
plazo
razonable para
desvinculación
Modificaciones
unilaterales no
estipuladas y sin
posibilidad de
desvinculación (e.
continuada)
86
87. Ejemplos de cláusulas abusivas de
ineficacia absoluta
Faculten al
proveedor a
resolver
unilateralmente
un contrato.
Excluyan o limiten
la responsabilidad
del proveedor por
dolo o culpa
Variar sin previo aviso
tasas de interés
compensatorio,
moratorio, penalidades,
comisiones y gastos
(perjuicio al usuario)
Las que excluyan o
limiten derechos
legales
reconocidos a los
usuarios
Las que atenten
contra normas de
orden público
87
90. Requisitos
Derecho de conclusión
Prerrogativa del consumidor para concluir la relación contractual ante las
modificaciones (salvo que sean por imposición legal) (art. 23 RT)
Comunicación directa
Uso de medios directos para informar sobre las modificaciones contractuales
(art. 29 RT)
Aviso previo
Sólo serán oponibles luego de transcurridos 45 días calendario desde su
comunicación (arts. 24, 26 y 27 RT)
Previsión contractual
La posibilidad de efectuar modificaciones y los mecanismos previstos para ello
deben encontrarse precisados en el contrato (art. 23 RT)
90
110. Regulación
Constitución Política del Perú
Código de Protección y Defensa del Consumidor – Ley
29571 (Código)
Ley Complementaria a la Ley de Protección al
Consumidor en Materia de Servicios Financieros – Ley
28587 (LCPC)
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de
Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros - Ley N° 26702
Normas complementarias emitidas por la SBS (*)
110
146. Excepción
Novación (créditos), renovación (depósitos), negociación
efectiva, previa autorización de SBS
Regla general
No es posible modificar tasa de interés pactada durante la
vigencia del contrato
Contratos de crédito o depósito a plazo fijo sujeto a tasas
de interés fija
(art. 6 LCPC)
146
149. Obligaciones específicas en el Reglamento
de Transparencia
Sustento
Servicio previamente acordado, costo real y demostrable
Restricciones
No se pueden establecer sobre operaciones y/o servicios
esenciales o inherentes a las operaciones activas o pasivas
contratadas
Comisiones y gastos
(art. 9 RT)
149
158. Función negativa de la garantía explícita
Código de Protección y Defensa del Consumidor
Regulación de cláusulas abusivas de ineficacia absoluta o relativa
(art. 50 Código)
Código Civil
Nulidad de estipulaciones que excluyan o limiten responsabilidad del deudor
(art. 1328 C. Civil)
Límites
i. Obligaciones derivadas de una garantía legal
ii. Limitaciones arbitrarias al grado de configurarse como ineficaces
Contenido
Limitación de las obligaciones a las que está sujeto un proveedor
158
186. Código de Protección y Defensa del
Consumidor
• Reclamación directa y procedimientos de oficio
• “Capítulo V
• Productos o servicios financieros
• (…)
• “Artículo 88.- Reclamo de productos o servicios financieros y de seguros
• 88.1 Las entidades del sistema financiero y de seguros, en todas sus
oficinas en la República, deben resolver los reclamos dentro del plazo
establecido en la normativa correspondiente, sin perjuicio del derecho
del consumidor de recurrir directamente ante la Autoridad de Consumo.
• (…)
• 88.3 En caso de identificarse comportamientos que tengan repercusión en
intereses de terceros, el Indecopi, de oficio o por denuncia, inicia el
procedimiento administrativo sancionador contra el proveedor
responsable.”
186Stucchi, 2015
187. Código de Protección y Defensa del
Consumidor
• Aspectos vinculados a la reclamación directa
• “Capítulo V
• Productos o servicios financieros
• (…)
• Artículo 90.- Garantías de la reclamación
• 90.1 Con periodicidad trimestral, las entidades del sistema financiero
están obligadas a remitir información a la autoridad competente sobre los
reclamos que hayan tramitado, las decisiones que hayan adoptado y las
acciones que hayan implementado para que los hechos que afectan a un
consumidor, pero trasciendan a otros, sean corregidos sin necesidad de
intervención del regulador.
• 90.2 En caso de identificar comportamientos derivados de acciones
individuales que tengan repercusión en los demás consumidores, la
autoridad competente remite esa información al Indecopi para que inicie
el procedimiento administrativo sancionador contra el proveedor
responsable.”
187Stucchi, 2015