El Procedimiento Especial conforme a la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada.
El Procedimiento de Extradición segun el Código Orgánico Procesal Penal.
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
Procedimientos de Extradición y Delincuencia Organizada
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
PROCEDIMIENTO PENAL
ESPECIAL Y DE EXTRADICIÓN
Alan J. Giménez Gil V-19591720
2. Procedimiento de Extradición
Extradición Entrega por parte de un
Estado a otro Estado de una persona solicitada
por la comisión de delitos, bien sea para ser
juzgada o para cumplir la condena impuesta.
1. Activa: 392 COPP, cuando es el
Estado
requirente.
2. Pasiva: es el Estado que se le
3. Principios
Doble Incriminación: debe constituir un delito en ambos
Estados.
Mínima Gravedad del Hecho: solo se concede la
extradición por delitos, no por faltas.
Especialidad: nada más se puede juzgar por el o los
delitos que origino la extradición.
No Entrega por Delitos Políticos: prohibición de
entrega de sujetos que sean perseguidos políticos. 359
Código de Bustamante.
Extradición Activa: el primero en
conocer es el Juez de Control que lo
remitirá al Tribunal Supremo de
Justicia.
Extradición Pasiva: el Poder
Ejecutivo lo remitirá al Tribunal
Supremo de Justicia.
4. Procedimiento Especial Ley
Orgánica contra Delincuencia
Organizada
objeto
Prevenir, investigar, perseguir, tipificar y
sancionar los delitos relacionados con la
delincuencia organizada, de conformidad con lo
dispuesto en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y los tratados
Internacionales relacionados con la materia,
suscritos y ratificados válidamente por la
República.Los venezolanos o extranjeros que cometan cualquiera de
los delitos tipificados en esta Ley en país extranjero que
vayan contra los intereses patrimoniales de integridad o
seguridad de la República.
El sospechoso o investigado que se encuentre en la
República y haya cometido alguno de los delitos tipificados
en esta Ley, o si parte del delito se ha cometido en el
territorio de la República en el mar extraterritorial o en el
espacio aéreo internacional.
Este principio de jurisdicción extraterritorial se aplicará, salvo
5. Sujetos Procesales
Tribunal
Ministerio Público
Defensa Pública
Órganos de Investigación
Criminal
Victima
Imputado
Auxiliares de las Partes
Procedimiento aplicable .Artículo 28.
Para el enjuiciamiento de los delitos de
delincuencia organizada se seguirá el
procedimiento penal establecido en el
Código Orgánico Procesal Penal, con
la aplicación preferente de las
siguientes disposiciones no previstas
en dicho Código.
En los casos de investigación de
los delitos previstos en esta Ley,
previa solicitud razonada del
Ministerio Público, el juez de
control podrá autorizar a éste el
impedir, interrumpir, interceptar o
grabar comunicaciones y otros
medios radioeléctricos de
comunicaciones únicamente a
los fines de investigación
penal…
Interceptación o grabaciones telefónicas.
Artículo 30.