SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 10
Roma parece destinada a ser eterna no
solo como ciudad llena de testimonios
materiales de grandezas históricas, sino
como cuna de una de las más
esplendorosas civilizaciones del planeta
indesligablemente unido a su más
grande creación : El Derecho:

INTRODUCCION
El tema que desarrollaremos a
continuación: Posesión y Propiedad
fue de vital importancia para una
sociedad como la romana,
eminentemente agrícola y guerrera,
por ello la evolución doctrinaria de
tales conceptos comenzaron por el
“señorío”.
ANTECEDENTES ETIMOLOGICOS

En un principio la propiedad y
posesión eran considerado como
una misma cosa y a medida q
evoluciona el derecho lograron la
distinción de la propiedad y la
posesión

En síntesis: Finalmente, se
podría definir la propiedad
como el derecho real de usar,
gozar y disponer de las cosas,
de las cuales se es propietario,
sujeto a las restricciones
impuestas por la ley y
defendible por la acción
reivindicatoria.

Definición: El término propiedad
proviene del vocablo latino propietas,
derivado, a su vez, de propia, o sea, “lo
que pertenece a una persona o es
propia de ella, locución que viene de la
raíz propi, que significa cerca, con lo
que quiere anotar cierta unidad o
adherencias no físicas sino moral de las
cosas o la persona”.
ELEMENTOS DE LA
POSESIÓN: CORPUS Y
ANIMUS



Es una determinada situación
de hecho. Significa el control
físico o material de una cosa.
Es un concepto muy discutido
pero hay dos puntos en los
que no existen dudas:

- La posesión es la presunción
de la propiedad.
 - La base de la posesión es la
detentación material


Corpus

Es el elemento material, la
sujeción efectiva. Se reconoce
cuando la persona se encuentra
en contacto directo de la cosa.
Poco a poco se va
espiritualizando la posesión.



Animus

Los romanos no establecieron en
qué consistía el animus o
intención en la posesión. En el
siglo XIX se defendieron dos
teorías:
ADQUISICION

RETENCION

PERDIDA

Adquisición: Según el concepto clásico la posesión se
adquiere corpore et animo; se adquiere mediante una
relación corporal de la cosa con voluntad de dominio sobre
ella. Para adquirir la posesión no se necesitaba ningún
requisito formal. En cuanto al corpus, originariamente el
requisito de la aprehensión material fue bastante riguroso

Se puede adquirir sin violencia la posesión de un fundo ajeno
cuando esté vacante por abandono, por muerte sin sucesor o
por larga ausencia de su dueño. En el derecho justinianeo se
conserva la posesión en el caso del ausente sólo con el ánimo.
La posesión se conserva con ánimo propia y tenencia ajena
cuando alguien detenta una cosa en nuestro nombre.
to se ve en el hecho de que se mantiene la

Cuando desaparece el corpus, el animus o los dos se pierde la
posesión. En cuanto al corpus hay que distinguir si el
acontecimiento es de carácter permanente o transitorio y para
ello hay que verlos en los distintos tipos de cosas. En cuanto a los
muebles la conservación de la cosa depende de la posibilidad de
aprehender el objeto.
TIPOS DE POSESIÓN

1. POSESION PRETORIA
En términos generales la „posesión
pretoria‟ o posesión interdictal era
la que se encontraba amparada
por interdictos, es decir, era la
tenencia de una cosa que podía
ser defendida mediante interdictos
posesorios.

3. LA POSSESSIO NATURALIS
La simple tenencia sin ánimo de
dueño no constituye posesión, según
lo que se deja expuesto. Pero los
romanos solían llamar esa tenencia
possessio naturalis, reservando la
denominación de possessio civilis a la
tenencia con ánimo de dueño, que es
la verdadera posesión.

2. LA POSESION CIVIL
La posesión civil de una cosa era
la tenencia como dueño, con
independencia de que el
poseedor fuera dueño o no.
Básicamente pues, la posesión
civil es la posesión del dueño o
de quien se tiene por tal.

4. LA QUASI POSSESSIO
La posesión romana solo
podía tener por objeto una
cosa corporal (por los
requisitos del corpus y el
animus).
PROTECCIÓN DE LA POSESIÓN: INTERDICTOS
El derecho romano protegía la posesión de cualquier clase, ya para hacerla
conservar por quien la tenía, ya para que fuera recuperada por quien
injustamente y de manera arbitraria había sido despojado de ella. El pretor
instituyó con ese fin los interdictos posesorios, que eran de tres clases:

1. Interdicto para retener la posesión (interdicta retinendae
possessionis): Los interdictos retinendae possessionis fueron
denominados:
2. Interdicto para recuperar la posesión (interdicta
recuperandae possessionis).Los interdictos recuperandae
possessionis fueron dos:
3.Interdicto para adquirir la posesión( interdicta a
dispiscendae possessionis).Estos últimos, destinados a
obtener una posesión que no se ha tenido, no forman
propiamente entre los medios de protección posesoria
CONCEPTO Y TIPOS
DE PROPIEDAD




En una etapa originaria sólo
puede reconocerse una señoría o
poder efectivo sobre las cosas y
no se distinguen éstas de los
derechos sobre ellas mismas. Los
poderes personales se
manifestaban en actos de
apoderamiento de cosas que
debían seguirlos ritos establecidos
en el derecho.
El mancipium es un poder
general, que se adquiere en el
acto mancipatorio sobre las
cosas y las personas que
integraban la familia.



En el derecho antiguo y quiritario,
el paterfamilias ejerce una
señoría real y efectiva sobre las
cosas que integran el patrimonio
agrícola. Aunque el padre tiene
poder absoluto, debe destinar los
bienes al uso de la familia.



La propiedad familiar constituye
una realidad económica y social
de la época originaria. Para ello
puede hablarse de la sucesión de
los padres sobre el dominio
familiar. El paso de una economía
agrícola a otra de cambios y el
desarrollo de la riqueza mobiliaria
ocasionan la decadencia de la
propiedad familiar.
CONTENIDO DE
LA PROPIEDAD

DEFENSA DE LA
PROPIEDAD.

Los romanos identificaban la propiedad como
el dominio representado como "el más amplio
señorío sobre una cosa". Este señorío
comprende tres facultades: ius utendi, ius
fruendi y ius abutendi ,derecho de usar, gozar
y disponer. Algunos agregan una cuarta
facultad: la de poseer.

1. ACCIÓN REIVINDICATORIA.

2. ACCIÓN NEGATORIA.
3. LA ACCION PUBLICANA
La

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,
Elmer
 
Derecho Romano
Derecho RomanoDerecho Romano
Derecho Romano
Berli Onle
 
Las cosas y su clasificacion1.docx
Las cosas y su clasificacion1.docxLas cosas y su clasificacion1.docx
Las cosas y su clasificacion1.docx
Rosaline Pink
 

La actualidad más candente (20)

Ensayo - La Posesión
Ensayo - La PosesiónEnsayo - La Posesión
Ensayo - La Posesión
 
Derechos de Goce
Derechos de GoceDerechos de Goce
Derechos de Goce
 
DERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDAD
DERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDADDERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDAD
DERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDAD
 
La propiedad derecho romano
La propiedad derecho romanoLa propiedad derecho romano
La propiedad derecho romano
 
La Possessio en el Derecho Romano
La Possessio en el Derecho RomanoLa Possessio en el Derecho Romano
La Possessio en el Derecho Romano
 
La hipoteca
La hipotecaLa hipoteca
La hipoteca
 
El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,El derecho de dominio o propiedad,
El derecho de dominio o propiedad,
 
Derecho Romano
Derecho RomanoDerecho Romano
Derecho Romano
 
Las cosas y su clasificacion1.docx
Las cosas y su clasificacion1.docxLas cosas y su clasificacion1.docx
Las cosas y su clasificacion1.docx
 
La propiedad.
La propiedad.La propiedad.
La propiedad.
 
Transmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligacionesTransmisión de las obligaciones
Transmisión de las obligaciones
 
Derecho romano Arrendamiento
Derecho romano ArrendamientoDerecho romano Arrendamiento
Derecho romano Arrendamiento
 
Tema II Patrimonio
Tema II PatrimonioTema II Patrimonio
Tema II Patrimonio
 
Modos de Adquirir el Dominio
Modos de Adquirir el DominioModos de Adquirir el Dominio
Modos de Adquirir el Dominio
 
LA HIPOTECA diapos.22 (1).pptx
LA HIPOTECA diapos.22 (1).pptxLA HIPOTECA diapos.22 (1).pptx
LA HIPOTECA diapos.22 (1).pptx
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VIDERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
DERECHO CIVIL OBLIGACIONES VI
 
Tema 4 posesion
Tema 4 posesion Tema 4 posesion
Tema 4 posesion
 
La propiedad en derecho romano
La propiedad en derecho romanoLa propiedad en derecho romano
La propiedad en derecho romano
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 

Similar a La

Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptxCompendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
JuanAndrsOrtizMndez
 

Similar a La (20)

Ensayo sobre la posesion. derecho civil bienes
Ensayo sobre la posesion. derecho civil bienesEnsayo sobre la posesion. derecho civil bienes
Ensayo sobre la posesion. derecho civil bienes
 
Derecho de propiedad
Derecho de propiedadDerecho de propiedad
Derecho de propiedad
 
DERECHO ROMANO
DERECHO ROMANODERECHO ROMANO
DERECHO ROMANO
 
La posesion
La posesionLa posesion
La posesion
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 
El Patrimonio.pptx
El Patrimonio.pptxEl Patrimonio.pptx
El Patrimonio.pptx
 
Derechos reales
Derechos reales Derechos reales
Derechos reales
 
La posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienesLa posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienes
 
Posesión.docx
 Posesión.docx  Posesión.docx
Posesión.docx
 
Laposesion
LaposesionLaposesion
Laposesion
 
Derechos reales y personales
Derechos reales y personalesDerechos reales y personales
Derechos reales y personales
 
Ensayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienesEnsayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienes
 
La posesion, ensayo erika montero
La posesion, ensayo erika monteroLa posesion, ensayo erika montero
La posesion, ensayo erika montero
 
mi presentacion Slideshare
mi presentacion Slidesharemi presentacion Slideshare
mi presentacion Slideshare
 
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose RicardoEnsayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
 
El Patrimonio
El PatrimonioEl Patrimonio
El Patrimonio
 
Derecho Civil Bienes
Derecho Civil BienesDerecho Civil Bienes
Derecho Civil Bienes
 
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptxCompendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
Compendio de derecho civil modificado__EXPONUEVA.pptx
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Monografia+los+bienes
Monografia+los+bienesMonografia+los+bienes
Monografia+los+bienes
 

La

  • 1.
  • 2. Roma parece destinada a ser eterna no solo como ciudad llena de testimonios materiales de grandezas históricas, sino como cuna de una de las más esplendorosas civilizaciones del planeta indesligablemente unido a su más grande creación : El Derecho: INTRODUCCION El tema que desarrollaremos a continuación: Posesión y Propiedad fue de vital importancia para una sociedad como la romana, eminentemente agrícola y guerrera, por ello la evolución doctrinaria de tales conceptos comenzaron por el “señorío”.
  • 3. ANTECEDENTES ETIMOLOGICOS En un principio la propiedad y posesión eran considerado como una misma cosa y a medida q evoluciona el derecho lograron la distinción de la propiedad y la posesión En síntesis: Finalmente, se podría definir la propiedad como el derecho real de usar, gozar y disponer de las cosas, de las cuales se es propietario, sujeto a las restricciones impuestas por la ley y defendible por la acción reivindicatoria. Definición: El término propiedad proviene del vocablo latino propietas, derivado, a su vez, de propia, o sea, “lo que pertenece a una persona o es propia de ella, locución que viene de la raíz propi, que significa cerca, con lo que quiere anotar cierta unidad o adherencias no físicas sino moral de las cosas o la persona”.
  • 4. ELEMENTOS DE LA POSESIÓN: CORPUS Y ANIMUS   Es una determinada situación de hecho. Significa el control físico o material de una cosa. Es un concepto muy discutido pero hay dos puntos en los que no existen dudas: - La posesión es la presunción de la propiedad.  - La base de la posesión es la detentación material  Corpus Es el elemento material, la sujeción efectiva. Se reconoce cuando la persona se encuentra en contacto directo de la cosa. Poco a poco se va espiritualizando la posesión.  Animus Los romanos no establecieron en qué consistía el animus o intención en la posesión. En el siglo XIX se defendieron dos teorías:
  • 5. ADQUISICION RETENCION PERDIDA Adquisición: Según el concepto clásico la posesión se adquiere corpore et animo; se adquiere mediante una relación corporal de la cosa con voluntad de dominio sobre ella. Para adquirir la posesión no se necesitaba ningún requisito formal. En cuanto al corpus, originariamente el requisito de la aprehensión material fue bastante riguroso Se puede adquirir sin violencia la posesión de un fundo ajeno cuando esté vacante por abandono, por muerte sin sucesor o por larga ausencia de su dueño. En el derecho justinianeo se conserva la posesión en el caso del ausente sólo con el ánimo. La posesión se conserva con ánimo propia y tenencia ajena cuando alguien detenta una cosa en nuestro nombre. to se ve en el hecho de que se mantiene la Cuando desaparece el corpus, el animus o los dos se pierde la posesión. En cuanto al corpus hay que distinguir si el acontecimiento es de carácter permanente o transitorio y para ello hay que verlos en los distintos tipos de cosas. En cuanto a los muebles la conservación de la cosa depende de la posibilidad de aprehender el objeto.
  • 6. TIPOS DE POSESIÓN 1. POSESION PRETORIA En términos generales la „posesión pretoria‟ o posesión interdictal era la que se encontraba amparada por interdictos, es decir, era la tenencia de una cosa que podía ser defendida mediante interdictos posesorios. 3. LA POSSESSIO NATURALIS La simple tenencia sin ánimo de dueño no constituye posesión, según lo que se deja expuesto. Pero los romanos solían llamar esa tenencia possessio naturalis, reservando la denominación de possessio civilis a la tenencia con ánimo de dueño, que es la verdadera posesión. 2. LA POSESION CIVIL La posesión civil de una cosa era la tenencia como dueño, con independencia de que el poseedor fuera dueño o no. Básicamente pues, la posesión civil es la posesión del dueño o de quien se tiene por tal. 4. LA QUASI POSSESSIO La posesión romana solo podía tener por objeto una cosa corporal (por los requisitos del corpus y el animus).
  • 7. PROTECCIÓN DE LA POSESIÓN: INTERDICTOS El derecho romano protegía la posesión de cualquier clase, ya para hacerla conservar por quien la tenía, ya para que fuera recuperada por quien injustamente y de manera arbitraria había sido despojado de ella. El pretor instituyó con ese fin los interdictos posesorios, que eran de tres clases: 1. Interdicto para retener la posesión (interdicta retinendae possessionis): Los interdictos retinendae possessionis fueron denominados: 2. Interdicto para recuperar la posesión (interdicta recuperandae possessionis).Los interdictos recuperandae possessionis fueron dos: 3.Interdicto para adquirir la posesión( interdicta a dispiscendae possessionis).Estos últimos, destinados a obtener una posesión que no se ha tenido, no forman propiamente entre los medios de protección posesoria
  • 8. CONCEPTO Y TIPOS DE PROPIEDAD   En una etapa originaria sólo puede reconocerse una señoría o poder efectivo sobre las cosas y no se distinguen éstas de los derechos sobre ellas mismas. Los poderes personales se manifestaban en actos de apoderamiento de cosas que debían seguirlos ritos establecidos en el derecho. El mancipium es un poder general, que se adquiere en el acto mancipatorio sobre las cosas y las personas que integraban la familia.  En el derecho antiguo y quiritario, el paterfamilias ejerce una señoría real y efectiva sobre las cosas que integran el patrimonio agrícola. Aunque el padre tiene poder absoluto, debe destinar los bienes al uso de la familia.  La propiedad familiar constituye una realidad económica y social de la época originaria. Para ello puede hablarse de la sucesión de los padres sobre el dominio familiar. El paso de una economía agrícola a otra de cambios y el desarrollo de la riqueza mobiliaria ocasionan la decadencia de la propiedad familiar.
  • 9. CONTENIDO DE LA PROPIEDAD DEFENSA DE LA PROPIEDAD. Los romanos identificaban la propiedad como el dominio representado como "el más amplio señorío sobre una cosa". Este señorío comprende tres facultades: ius utendi, ius fruendi y ius abutendi ,derecho de usar, gozar y disponer. Algunos agregan una cuarta facultad: la de poseer. 1. ACCIÓN REIVINDICATORIA. 2. ACCIÓN NEGATORIA. 3. LA ACCION PUBLICANA