1. Señor Procurador General del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos:
SU DESPACHO
______________________________
Jorge Marcelo D´Agostino, en mi carácter de
Presidente de la Unión Cívica Radical Distrito Entre Ríos, constituyendo domicilio a los efectos
legales en calle San Martín Nro. 543 de la ciudad de Paraná, al Sr. Procurador me presento y
digo:
I) OBJETO:
Que vengo a poner en conocimiento al Sr. Procurador de
los diversos hechos que podrían constituir Ilícitos Penales, realizados fundamentalmente por
Funcionarios Públicos, concretados en la emisión de Decretos por fuera de las facultades
legales los cuales han ocasionado perjuicios económicos a la Provincia por haberse producido
sin las previas autorizaciones a la realización de los mismos. Infra se detallan las normas legales
y sus respectivos firmantes.
II) RESUMEN DE LAS NORMATIVAS LEGALES INFRINGIDAS:
El presente detalle se basa en el análisis de la ley 5140 (t.o.
s/dcto 404/95 MEOSP B.O. 21-02-96), Dcto Nº 795/96 MEOSP B.O. 16-04-96, Dcto Nº 1755/11
MHEF. Ley 10083 , art. 12 del Presupuesto Gral. de la Provincia de Entre Ríos.
A- PRELIMINAR
A los efectos de una mejor interpretación del presente
informe, en lo pertinente transcribo los artículos de las normas citadas.
DECRETO 795/96 MEOSP - DCTO. 1755/11 MHEF
Según el Dcto. 795/96 que reglamenta las contrataciones del
Estado y sus montos modificado por el Dcto Nº 1755/11 MHEF, en el Titulo X Contratación
Directa por vía de Excepción, establece en su parte pertinente:
“Artículo 133º- Toda autorización de gastos que deba hacerse por vía de excepción según el
procedimiento previsto en el artículo 27, inciso c), apartados a) y b) de la ley 5140 (T.O. Decreto
Nº 404/95), se hará por decreto del Poder ejecutivo, salvo que el monto de la operación no
supere la suma de pesos treinta y ocho mil($ 38.000), en cuyo caso podrá disponerse por
Resolución de los Funcionarios comprendidos en el Nivel II.”
2. Artículo 134º- Las autorizaciones deberán ser previas a la realización del gasto, excepto que
medien probadas razones que justifiquen su aprobación posterior.
Artículo 142: La justificación de la causal de excepción que se utilice deberá fundamentarse de
conformidad con los siguientes recaudos:
....punto 4) Para la contratación de artistas, empresas o personas especializadas, de probada
competencia u obligaciones de resultados (art. 27, ap.c), inc.b), punto 3) de la ley,
a) Que la reconocida capacidad o especialización o la inexistencia de competidores hacen
innecesario el concurso. Esta circunstancia deberá ser certificada por organismos técnicos
competentes o en su defecto por la Dependencia interesada....
b) Que las funciones o trabajos a encomendar no puedan ser ejecutados por los organismos de
la Administración.......
.....punto10) Las razones de urgencia (punto 9), originadas por casos fortuitos o hechos
imprevisibles deberán fundarse fehacientemente por el Responsable del organismo
directamente interesado.....cuando sean motivadas en catástrofes sociales, económicas o
sanitarias, deberán además fundarse en hechos de público y notorio conocimiento.
La situación de emergencia en el territoria provincial, o parte de él deberán estar fundadas en
Ley o decreto de necesidad y urgencia que así lo declare.
.....punto11) Para los casos previstos en el art. 27, ap.c), inc. b), punto 10 de la ley se procederá
de la siguiente manera:
b) Para la publicación de las manifestaciones relacionadas con el desarrollo de la economía,
turismo, educación, cultura y demás medidas de gobierno de interés público, la autorización
será dispuesta previamente por el Poder Ejecutivo con la debida justificación que exige la ley
5140.
LEY 5140 (T.O. DCTO. 404/95 MEOSP) DECRETO 1755/ MHEF
Los montos han sido actualizados según Dcto. 1755/11 MHEF
En el Capítulo II de las Autoridades para adjudicar en el
3. Artículo 6º- Los procedimientos enunciados a continuación se aplicarán dentro de los montos
que en cada caso se indican:
1º) Más de $ 191.000, por licitación pública.
2º) Más de $ 191.000, por licitación privada.
3º)Hasta $ 38.000, por solicitud de cotizaciones.
4º) Hasta $ 1.500, por compra directa (sin cotejo).
Artículo 7º - se establecen los Niveles de autorizaciones que corresponden:
Nivel I: Poder Ejecutivo
Nivel II: Ministros, Secretarios, Fiscal de Estado, Contador Gral., Tesorero Gral., Escribano
Mayor de Gobierno, cuerpos colegiados de reparticiones autárquicas, descentralizadas y
Tribunal de Cuentas.
Nivel III: Subsecretarios, presidentes de reparticiones autárquicas, y Tribunal de Cuentas...
Nivel IV: Directores de Organización, Directores de Despacho de Ministerios y Secretarías,
directores de Hospitales.....
Por su parte el Titulo III de las Contrataciones en lo pertinente en el:
Artículo 26º- .....Las compras del Estado admiten los siguiente procedimientos:
a)Licitación pública o privada.....
b)..........................
.............................
h) Contratación directa por vía de excepción.
Artículo 27º- No obstante lo expresado en el art. 26, podrá contratarse:
4. a) Por licitación privada, cuando el monto de operación no exceda de ciento noventa y un mil
pesos ($ 191.000 Dcto 1755/11).
b)Hasta treinta y ocho mi pesos ($ 38.000 Dcto 1755/11), según lo reglamente el Poder
ejecutivo.
inciso c) La contratación directa por la vía de excepción se podrá realizar bajo los siguientes
métodos o modalidades;
apartado b) Libre elección por negociación directa: Se podrá aplicar este procedimiento de
selección de contratista cuando se presenten los siguientes casos sin perjuicio de aplicar lo
dispuesto en el inciso a);
.....punto3) Para la adquisición, ejecución o restauración de obras de arte, científicas o
históricas, cuando no sea posible el concurso de méritos y antecedentes y sean confiadas a
empresas o personas especializadas o de probada competencia.;
.....punto 9) Cuando existan probadas razones de urgencias no previsibles tales como
catátrofes sociales, económicas o sanitarias y no sea posible aplicar otro procedimiento y que
su realización resienta seriamente el servicio, o mediante situación de emergencia en el
territorio provincial o parte de él.
.....punto10) La contratación de medios de comunicación con el fín de publicar actos de
gobierno, para lo cuál la reglamentación deberá fijar los alcances teniendo en cuenta el rango
del funcionario autorizante.
LEY 10.083 DEL PRESUPUESTO 2012 PROVINCIA DE ENTRE RIOS
El Poder Ejecutivo reglamentará el presente artículo.
Modificaciones y Facultades
ARTICULO 12º.- Facúltase al Poder Ejecutivo, al Presidente de cada una
de las Cámaras del Poder Legislativo y al Presidente del Superior Tribunal
de Justicia a modificar los totales determinados en los Artículos 1º, 2º, 3º
y 4º de la presente Ley, fijados en sus respectivos ámbitos mediante
transferencias compensatorias de créditos que aseguren en todo
5. momento el equilibrio preventivo que se proyecta en el balance
presupuestario que surge de las planillas anexas que forman parte de la
presente.
Las modificaciones que se autoricen deberán tender a
mantener los totales que por finalidades del gasto se fijen en la presente
Ley, exceptuándose aquellos casos en que se afecten créditos para
destinarse al pago de servicios de la deuda pública y obligaciones a cargo del tesoro y las que
resulten de reestructuraciones institucionales.
B- DECRETOS EMITIDOS POR EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE ENTRE
RIOS SUJETO A ANALISIS.
Descripcion de Cecrto , si erjuico de libarr ficioa a os eectos de que remita e
rigiba de la oficm apertnate.
1- Decreto Nº 1166 M.C.yC., Expte. 1310694/12 de fecha 26 de abril de 2012. El
Poder Ejecutivo del Gobierno de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de
excepción del gasto realizado por el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de
publicidad para la campaña turismo Semana Santa "ENTRE RIOS UNA TIERRA DIFERENTE",
contratando a la firma GLOBAL MEANS S.A., ciudad Autónoma de Buenos Aires, por $
100.248;50; fundamenta el mismo en el art. 27, inciso c), apartado b), punto 10 de la ley 5140
T.O. por el Dcto 404/95MEOSP y el art. 142, punto 11, apartado b) del decreto 795/96MEOSP
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y133 Dcto 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y ccdtes,
ya mencionado en preliminar.
2- Decreto 1165 Expte. 1301560/12 MCyC de fecha 26 de abril de 2012. El Poder Ejecutivo del
Gobierno de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el
Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de gasto de publicidad para el aviso
"DIFUSION ACCIONES DE GOBIERNO" contratado con la firma BOOMERS S.A./CANAL C5N,
ciudad autónoma de Buenos Aires, por la suma de $ 200.000.
La fundamentación del Decreto idem caso 1)
6. El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y133 Dcto 795/96MEOSP; 27, inciso b Ley 5140,
mencionado en preliminar.
3- Decreto 1168 Expte. 1305928/12 del MCyC de fecha 26 de abril de 2012. El Poder Ejecutivo
del Gobierno de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por
el Ministerio de Cultura y Comunicación en gasto en concepto de publicidad "PARANA YA
COMENZO A SUBIR OBRAS DE AMPLIACION DE GAS NATURAL - GOBIERNO DE ENTRE RIOS" por
$ 59.851,22 contratando a RADIO MEDIO DE COMUNICACION S.A. $ 31.912,40 y S.A. ENTRE
RIOS/EL DIARIO $ 27.938,82
La fundamentación del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96MEOSP; 27, inciso b) ley 5140 y
ccdtes, mencionado en preliminar.
4- Decreto 937 de Gob. Expte. 1310208/12 del 11 de abril de 2012. El Poder Ejecutivo del
Gobierno de Entre Ríos. El Gobernador de la provincia de Entre Ríos ratifica convenio entre el
Ex-Subsecretario de Cultura de la Provincia y el Vicerector de la Universidad Nacional de Tres
de Febrero y otorga un subsidio de $ 1.000.000 destinado al apoyo, producción, realización y
dirección del largometraje "Puerta de Hierro"
Como fundamento en los considerando solamente refiere al convenio entre el Gobierno de
Entre Ríos y la Universidad de Tres de Febrero.
No se justifica como lo exige la ley 5140 y el decreto 795/96 art. 142, inciso 10 y 1El
El gasto supera el monto de $ 38.000, arts. 6 y133 Dcto 795/96MEOSP; 27, inciso b) ley 5140 y
ccdtes, ya mencionado en preliminar.
5- Decreto 1055 MCyC Expte. 1301637/12 del 18 de abril 2012. El Poder Ejecutivo del Gobierno
de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el Ministerio
de Cultura y Comunicación, autorizando el gasto de publicidad para el aviso "ENTRE RIOS ESTA
DE FIESTA NACIONAL DEL MATE 2012" por $ 535.988,67, contratando a RADIO MEDIO DE
COMUNICACION S.A./DIARIO UNO $ 292.723,12 y S.A. ENTRE RIOS/EL DIARIO DE PARANA por
$ 243.265,55
Las fundamentación del decreto idem caso 1)
7. El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y ccdtes,
mencionado en preliminar.
6- Decreto 1167 MCyC Expte. 1301646/12 de fecha 26 de abril de 2012. El Poder Ejecutivo del
Gobierno de entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el
Ministerio de Cultura y Comunicación, en gasto de publicidad para el aviso oficial "DIFUSION
INSTITUCIONAL MINISTERIO DE TURISMO DE ENTRE RIOS-ENTRE RIOS UNA TIERRA
DIFERENTE", por un monto de $ 291.648 contratando a la firma GLOBAL MEANS S.A.
La fundamentación del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96; 27, inciso b) de la ley 5140 y
ccdtes, mencionado en preliminar.
7- Decreto 1057 MCyC Expte. 1301524/12 de fecha 18 de abril de 2012. El Poder Ejecutivo del
Gobierno de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el
Ministerio de Cultura, autorizando el gasto en concepto de publicidad para el aviso
institucional "ENTRE RIOS EXPORTA-ENTRE RIOS INVITA" por $ 118.000 contratando a la
empresa GLOBAL MEANS S.A. de la ciudad Autónoma de Buenos aires.
La fundamentación del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto. 795/96; 27, inciso b) de la ley 5140 y
ccdtes, ya mencionado en preliminar.
8- Decreto 1050 MCyC Expte. 1303033/12 de fecha 18 de abril de 2012. El Poder Ejecutivo de
del Gobierno de Entre Ríos, aprueba la contratación directa por via de excepción realizado por
el Ministerio de Cultura, autorizando el gasto en publicidad para el aviso oficial "AVISO
INSTITUCIONAL MINISTERIO DE TURISMO DE ENTRE RIOS" por $ 100.188. contratando a la
firma GALDA S.R.L./DIARIO CLARIN
Los fundamentos del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y ccdtes,
ya mencionado en preliminar.
8. 9- Decreto 1164 MCyC Expte 1301615/12 de fecha 26 de abril 2012. El Poder ejecutivo del
Gobierno de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el
Ministerio de Cultura y Comunicación, en concepto de gasto en publicidad realizada por el
Ministerio de Cultura para el aviso oficial "AUSPICIO ENTRE RIOS ENTRE TODOS - GOBIERNO DE
ENTRE RIOS" por $ 464.100 contratando a la firma RADIO MEDIO DE COMUNICACIONS.A.
/DIARIO UNO DE PARANA.
Los fundamentos del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y ccdtes,
ya mencionado en preliminar.
10- Decreto MCyC Expte. 1320801/12 de fecha de 2012. El Poder Ejecutivo del Gobierno de
entre Ríos autoriza al Ministro de Cultura (Angel Baez) a realizar la contratación directa por vía
de excepción a contratar al Sr. Alberto Cesar Felici representante artístico de Lito Nebbia, y
otros dentro del programa "Musica por la Conciencia" por $ 236.000
Los fundamentos del decreto art. 27, inc c), apartado b) punto 3 del decreto 404/95MEOSP y
art. 142, punto 4 incisos a) y b) del decreto 795/96
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto. 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y
ccdtes, ya mencionado en preliminar
11- Decreto 1539 MCyC Expte. 1333301/12 de fecha 24 de mayo de 2012. El Poder Ejecutivo
del Gobierno de Entre Ríos autoriza al Ministro de Cultura (Angel Baez) a realizar la
contratación directa por vía de excepción para contratar con el Sr. Mariano Pablo Acosta
representante de la firma TRANS-MAQ-PROFESSIONAL SOUND de la ciudad de Santa Fe para
la actuación de los artistas Pedro Aznar y Lito Vitale en el marco del programa "Musica para
Todos" por $ 120.780
Los fundamentos del decreto art. 27, inciso c), apartadob) punto 9 del decreto 4040/95 art
142. inciso 10 del decreto 795/96. Se refiere a RAZONES DE URGENCIA
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y ccdtes,
ya mencionado en preliminar.
9. 12- Decreto 1905 MCyC Expte. 1332748/12 de fecha 12 de junio de 2012. El gobernador de
Entre Ríos modifica el presupuesto Gral de la Pcia 2012 mediante transferencia compensatoria
de créditos por la suma de $ 2.500.000 para el Ministerio de Cultura.
13- Decreto 1910 MCyC Expte 1296778/12 de fecha 18 de junio de 2012 El Vicegobernador de
la Pcia. de entre Ríos modifica el presupuesto 2012 mediante la transferencia compensatoria
de créditos por $ 5.000.000 para el Ministerio de Cultura.
Fundamentan el decreto en el art. 12 de la ley 10.083 del Presupuesto 2012.
14- Decreto 1961 MCyC Expte. 1328015/12 de fecha 21 de junio de 2012. El Poder Ejecutivo de
Entre Rios aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el Ministerio de
Cultura para el gasto de publicidad del aviso instituciponal "PORTAL APRENDER GOBIERNO DE
ENTRE RIOS" por $ 43.189,51 para lo cuál se contratan varios medios y no se menciona cuales
son.
El gasto supera los $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto. 795/96; 27, inciso b) ley 5140 y ccdtes, ya
mencionado en preliminar.
15- Decreto1962 MCyC Expte. 1330638/12 de fecha 21 de junio de 2012. El Poder Ejecutivo de
Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el Ministerio de
Cultura para publicidad para el aviso "MUSICA PARA TODOS MINISTERIO DE CULTURA Y
COMUNICACION" por $ 62.960.45, para lo cual dice el decreto se contrata diferentes medios y
no dice cuales son.
Los fundamentos del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto. 795/96MEOSP; 27, inciso b), ley 5140
y ccdtes, ya mencionado en preliminar.
16- Decreto 1963 MCyC Expte 1331575/12 de fecha 21 de junio de 2012. El Poder ejecutivo
del Gobierno de Entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por
el Ministerio de Cultura y Comunicación en concepto de gasto en publicidad para el aviso
institucional "UNA PROVINCIA EN PLENO CRECIMIENTO ES EL MEJOR APORTE A NUESTROS
TRABAJADORES 1º DE MAYO DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO" POR $ 254.753,21 , para el
cuál menciona el decreto que se contrata a varios medios y no se menciona quienes son los
medios
Los fundamentos del decreto idem caso 1)
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96MEOSP, 27 inciso b) ley 5140 y
ccdtes, ya mencionado en preliminar.
10. 17- Decreto 1964 MCyC Expte. 1330644/12 de fecha 21 de junio de 2012. El Poder Ejecutivo de
entre Ríos aprueba la contratación directa por vía de excepción realizado por el Ministerio de
Cultura en concepto de publicidad gráfica y rodante en el marco del programa "MUSICA PARA
TODOS - MINISTERIO DE COMUNICACION GOBIERNO DE ENTRE RIOS" por $ 49.845,40. para lo
cual dice el decreto se contrataron diferentes medios y no dice cuales son.
Los fundamentos del decreto idem caso 1)
El gasto supera los $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96 MEOSP; 27, inciso b) ley 5140y ccdtes,
ya mencionado en preliminar.
18- Decreto 527 MCyC Expte. 1308143/12 de fecha 16 de marzo de 2012. El Poder Ejecutivo de
Entre Ríos Autoriza al Ministro de Cultura (Baez) a realizar una contratación directa con el
grupo DHARMA, representante del Sr. León Gieco, por $ 132.374
Fundamenta el decreto en el art. 27, inciso c) apartado b) punto3 del decreto 404/95MEOSP,;
art. 142, inciso 4, apartado a) y b) del decreto 795/96 que refiere a la contratación de artistas.
El gasto supera el monto de $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96 MEOSP; 27, inciso b) ley 5140 y
ccdtes, ya mencionado en preliminar.
19- Decreto11... MCyC Expte. 1321070/12 de fecha de 2012. El Poder Ejecutivo de
la Provincia de Entre Ríos autoriza al Ministerio de Cultura y Comunicación (Angel Baez) a
realizar la contratación directa por vía de excepción, con el Sr. Fernando Ibarra representante
de Roxana Carabajal y Victor Heredia, dentro del programa "MUSICA PARA TODOS" por $
30.435,64 y $ 64.058,61, total $ 94.058,61 NO SE PUDO ESTABLECER EL Nº DE DECRETO Y
FECHA, EN LA PÁGINA DEL GOB. DE ENTRE RIOS SE LEE "PASE EXTERNO SIN SISTEMA".
Los fundamentos del decreto idem caso1)
El gasto supera el monto de los $ 38.000 arts. 6 y 133 Dcto 795/96 MEOSP; 27, inciso b) ley
5140 y ccdtes, ya mencionado en preliminar.
C- :SINTESIS
11. De los Decretos que se detallan y que fueron analizados, surge:
1) En publicidad se gastaron DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTIUN MIL CON TREINTA
CENTAVOS ($ 2.381.021,30) y se distribuyó de la siguiente manera:
GLOBAL MEANS S.A. $ 509.896,60 21,42%
BOOMERS S.A./CANAL C5N $ 200.000,00 8,40%
RADIO MEDIO DE COMUNICACION/DIARIO UNO $ 788.735,52
33,13%
S.A. ENTRE RIOS/ELDIARIO DE PARANA $ 271.204,37 11,39%
GALDA S.R.L./DIARIO CLARIN $ 100.188,00 4,22%
MEDIOS SIN IDENTIFICAR $ 410.748,57 17,23%
REVISTAS VARIAS $ 100.248,50 4,21%
______________________
TOTAL $ 2.381.021,30 100%
2) Se gastó en contratación de artistas la suma de $ 583.212, puntos: 10, 11, 18 y 19.
3) Se otorgó subsidio a la Universidad de Tres de Febrero, de Buenos Aires la suma de $
1.000.000.-
4) Se realizaron transferencias de créditos al Ministerio de Cultura y Comunicación,
modificando el presupuesto 2012 por $ 7.500.000.- Puntos 12 y 13.
5) Los Decretos se identifican como del Ministerio de Cultura y Comunicación y firma el
Gobernador y el Ministro (Baez), lo que significa que los gastos están comprendidos dentro del
NIVEL I (Poder Ejecutivo)
6) El art. 6 punto 4º) Dcto 795/96 establece el monto de hasta $ 1.500 por compra directa (sin
cotejo), y art. 27 Ley 5140 que remite al art. 26 de la misma norma que refiere a la
contratación directa por vía de excepción; el art. 27, inciso b) expresa los montos hasta $
38.000.- según los reglamente el Poder Ejecutivo y este importe fue actualizado por el Decreto
12. 1755/11MEHF. Por lo que se deduce que los gastos efectuados en los decretos que son en este
informe analizados, superan dichos importes.
7) El art. 144 del Decreto 795/96 MEOSP establece que "..las autorizaciones deberán ser
previas al gasto.." y en 12 de los decretos analizados, las autorizaciones han sido posteriores a
la realización del gasto. Puntos 1,2,3,5,6,7,8,9,14,15,16 y 17
8) En el caso del Decreto 1539 MCyC se fundamenta en razones de urgencia para contratar
con la firma NUEVA CONTACTO S.A. ALISIO AUDIO Y TRANS-MAQ-PROFESSIONAL SOUND por
$ 120.780.-, dichas razones de urgencia no surge, ni se verifica en los considerando, ni el los
artículos del Decreto. Punto 11.
9) En los casos de los Decretos 1961/2/3/4 MCyC se expresa que fueron contratados por $
410.748,57 en diferentes medios, no se mencionan cuales medios son, ni el monto a cada uno
de ellos. Puntos 14, 15,16 y 17.
IV) Petitorio:
Por lo expresado al Sr. Procurador Digo:
1) Me tenga por presentado y domiciliado.-
2) En cumplimiento de las obligaciones legales se imprima al presente el trámite de ley, al
advertir que se abría violado la Ley de Contrataciones del Estado, estableciendo precios, bajo
criterios subjetivos lo que podría generar responsabilidad penal y en tal sentido solicitamos
que en ejercicio de sus facultades las investigue.-
3) Requiera la remisión de copias certificadas desde el Pode Ejecutivo de los Decretos
enunciados en los presentes.
4) A fin del cumplimiento de la ley, copia de la presente es ingresada por Mesa de
Entrada de Fiscalía de Estado.
. Será Justicia.-