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• Legalmente hablando, es todo
persona      ser que es capaz de tener y
             contraer derechos y
natural      obligaciones .




           • Es aquella por la que se
             reconoce a una entidad,
             asociación o empresa que
Persona      tiene la capacidad
             suficiente para contraer
jurídica     obligaciones y realizar
             actividades que generan
             plena responsabilidad
             jurídica.
   la existencia legal de la persona natural
    comienza al nacer y termina con la muerte.
 Los   requisitos para la existencia legal
    son:
   Que haya nacimiento. Es decir, que la criatura
    sobreviva al parto.
   Que el niño sea separado completamente de
    su madre. Es decir, que su cuerpo salga
    íntegramente del vientre de su madre.
   Que la criatura haya sobrevivido de la
    separación un momento siquiera.
   requisitos se tornan significativos en muchas
    instancias legales
 Lapersonalidad jurídica, pues, no
 coincide necesariamente con el
 espacio de la persona física , sino
 que es más amplio y permite
 actuaciones con plena validez
 jurídica a las entidades formadas
 por conjuntos de personas o
 empresas.
   La persona, legalmente hablando, es todo ser
    capaz de tener y contraer derechos y
    obligaciones. Cuando unos individuos se unen
    con el fin de lograr un objetivo en común,
    dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer
    derechos, se habla de persona jurídica o
    moral, un ente ficticio creado por la ley.
   Como requisito para la creación de una
    persona jurídica es necesario que surja como
    una entidad independiente y distinta de los
    miembros individuales que la forman y que a
    esta entidad le sean reconocidas por el Estado
    sus derechos y obligaciones. Existen dos tipos
    de personas jurídicas:
 1) Personas jurídicas de derecho
  público: Aquéllas que representan a la
  autoridad en sus funciones administrativas
  (el Estado, las municipalidades, etc.).
 2) Personas jurídicas de derecho
  privado: aquéllas que dependen de la
  iniciativa particular, siendo de dos tipos:
 a) las que persiguen fines de lucro
  llamadas sociedades civiles y
  comerciales.
 b) las que no persiguen ganancias, como
  las corporaciones y las fundaciones.

   Las asociaciones sin animo de lucro, las
    cuales buscan un bienestar, ya sea físico,
    intelectual, moral, social o espiritual de los
    asociados. Siempre va en procura de un
    mejoramiento cultural, de la propagación
    de sus valores y de defender sus intereses
    profesionales. Según lo que busque y como
    se conforme, las asociaciones sin animo de
    lucro están divididas en:
   Corporaciones: Es un ente colectivo formado
    por un numero determinado de personas las
    cuales buscan el bienestar de los asociados,
    ya sea físico, moral o intelectual.
    Fundaciones: Es un conjunto de bienes
    dotados de personería jurídica y destinado a
    un fin especial de beneficencia o de
    educación publica. Un ejemplo de esto es un
    hospital o una universidad..

    Sindicatos: - Asociaciones que tienen como
    finalidad la defensa, moral y económicamente,
    de los interese de sus afiliados.
ATRIBUTOS DE LA
                  PERSONA

            NOMBRE



CAPACIDAD            DOMICILIO       NACIONALIDAD


                                 ESTADO
        PATRIMONIO                CIVIL
Denominación   con la cual se
 distinguen las personas
 morales. Normalmente
 corresponde a la razón
 social.
   Es la aptitud que tienen las personas para ser
    sujetos pasivos o activos de relaciones
    jurídicas. Esta capacidad puede ser de goce ,
    la cual surge en el momento del nacimiento y
    está indisolublemente ligada a la
    personalidad, y la capacidad de ejercicio, la
    cual poseen las personas aptas con
    discernimiento para actuar por sí mismas,
    ejerciendo sus derechos y obligaciones como
    también administrar sus bienes.
   Es la situación o vínculo de carácter
    jurídico, que tiene la persona con el
    Estado, pudiendo ser nacional o extranjero.
    De allí se desprende su calidad de
    ciudadano o no. La nacionalidad puede ser
    originaria o adquirida. La nacionalidad
    puede perderse cuando se cometen
    delitos contra la dignidad de la patria o
    por cancelación de la carta de
    nacionalización entre otras.
 Es el lugar de permanencia del individuo.
  Es de carácter libre y ayuda a completar la
  identificación de la persona. Existen tres
  tipos de domicilio:
 El voluntario, el convencional, que lo fijan
  las personas para determinadas
  obligaciones, y el domicilio legal, el cual
  es determinado por la ley o una persona
  para el ejercicio de sus derechos y
  cumplimiento de obligaciones.
   Es el conjunto de derechos y obligaciones que
    son susceptibles de valorarse económicamente.


   Situación particular de las personas en relación
    con la institución del matrimonio (soltero, casada,
    viuda, etc.) y con el parentesco (padre, madre,
    hijo, hermano, abuelo, etc.). El estado civil de una
    persona tiene las siguientes características: toda
    persona tiene un estado civil, es uno e indivisible,
    es permanente (ya que no se pierde mientras no
    se obtenga otro) y las leyes del estado civil son
    de orden público, es decir, no se transfieren, no se
    transmiten y no se renuncia.
   La persona es la protagonista del quehacer jurídico. En este momento
    histórico existe una crisis de una era tecnológica que nos lleva a la
    posible deshumanización, donde la persona se enfrenta al consumismo,
    donde prevalece el egoísmo personal y de grupo sobre la solidaridad,
    la despersonalización.

   Pero la persona ahora, constituye el bien supremo del derecho, es
    considerada fin y medio de éste. Ahora prevalecerá el bien común, la
    dignidad y centralidad de la persona sobre los intereses patrimoniales,
    vivenciando la justicia, seguridad y solidaridad y la posibilidad de
    disponer del patrimonio para su realización personal y alcanzar el bien
    común.

   Evolución de los derechos de la persona:
   Primero, comienzos del presente siglo, los derechos de las personas
    eran discutidos sobre la base de objeciones lógico-formales rechazados
    por su carácter político.

   Segundo, los derechos eran apreciados bajo la óptica de la propiedad,
    donde la persona era importante mientras era una entidad susceptible
    al disfrute económico.

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Clasificacion de la persona
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Presentacion clasificacion de la persona

  • 1.
  • 2.
  • 3. • Legalmente hablando, es todo persona ser que es capaz de tener y contraer derechos y natural obligaciones . • Es aquella por la que se reconoce a una entidad, asociación o empresa que Persona tiene la capacidad suficiente para contraer jurídica obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica.
  • 4.
  • 5. la existencia legal de la persona natural comienza al nacer y termina con la muerte.  Los requisitos para la existencia legal son:  Que haya nacimiento. Es decir, que la criatura sobreviva al parto.  Que el niño sea separado completamente de su madre. Es decir, que su cuerpo salga íntegramente del vientre de su madre.  Que la criatura haya sobrevivido de la separación un momento siquiera.  requisitos se tornan significativos en muchas instancias legales
  • 6.  Lapersonalidad jurídica, pues, no coincide necesariamente con el espacio de la persona física , sino que es más amplio y permite actuaciones con plena validez jurídica a las entidades formadas por conjuntos de personas o empresas.
  • 7. La persona, legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando unos individuos se unen con el fin de lograr un objetivo en común, dispuestos a cumplir obligaciones y ejercer derechos, se habla de persona jurídica o moral, un ente ficticio creado por la ley.  Como requisito para la creación de una persona jurídica es necesario que surja como una entidad independiente y distinta de los miembros individuales que la forman y que a esta entidad le sean reconocidas por el Estado sus derechos y obligaciones. Existen dos tipos de personas jurídicas:
  • 8.  1) Personas jurídicas de derecho público: Aquéllas que representan a la autoridad en sus funciones administrativas (el Estado, las municipalidades, etc.).  2) Personas jurídicas de derecho privado: aquéllas que dependen de la iniciativa particular, siendo de dos tipos:  a) las que persiguen fines de lucro llamadas sociedades civiles y comerciales.  b) las que no persiguen ganancias, como las corporaciones y las fundaciones. 
  • 9. Las asociaciones sin animo de lucro, las cuales buscan un bienestar, ya sea físico, intelectual, moral, social o espiritual de los asociados. Siempre va en procura de un mejoramiento cultural, de la propagación de sus valores y de defender sus intereses profesionales. Según lo que busque y como se conforme, las asociaciones sin animo de lucro están divididas en:
  • 10. Corporaciones: Es un ente colectivo formado por un numero determinado de personas las cuales buscan el bienestar de los asociados, ya sea físico, moral o intelectual. Fundaciones: Es un conjunto de bienes dotados de personería jurídica y destinado a un fin especial de beneficencia o de educación publica. Un ejemplo de esto es un hospital o una universidad.. Sindicatos: - Asociaciones que tienen como finalidad la defensa, moral y económicamente, de los interese de sus afiliados.
  • 11.
  • 12. ATRIBUTOS DE LA PERSONA NOMBRE CAPACIDAD DOMICILIO NACIONALIDAD ESTADO PATRIMONIO CIVIL
  • 13. Denominación con la cual se distinguen las personas morales. Normalmente corresponde a la razón social.
  • 14. Es la aptitud que tienen las personas para ser sujetos pasivos o activos de relaciones jurídicas. Esta capacidad puede ser de goce , la cual surge en el momento del nacimiento y está indisolublemente ligada a la personalidad, y la capacidad de ejercicio, la cual poseen las personas aptas con discernimiento para actuar por sí mismas, ejerciendo sus derechos y obligaciones como también administrar sus bienes.
  • 15. Es la situación o vínculo de carácter jurídico, que tiene la persona con el Estado, pudiendo ser nacional o extranjero. De allí se desprende su calidad de ciudadano o no. La nacionalidad puede ser originaria o adquirida. La nacionalidad puede perderse cuando se cometen delitos contra la dignidad de la patria o por cancelación de la carta de nacionalización entre otras.
  • 16.  Es el lugar de permanencia del individuo. Es de carácter libre y ayuda a completar la identificación de la persona. Existen tres tipos de domicilio:  El voluntario, el convencional, que lo fijan las personas para determinadas obligaciones, y el domicilio legal, el cual es determinado por la ley o una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de obligaciones.
  • 17. Es el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente.  Situación particular de las personas en relación con la institución del matrimonio (soltero, casada, viuda, etc.) y con el parentesco (padre, madre, hijo, hermano, abuelo, etc.). El estado civil de una persona tiene las siguientes características: toda persona tiene un estado civil, es uno e indivisible, es permanente (ya que no se pierde mientras no se obtenga otro) y las leyes del estado civil son de orden público, es decir, no se transfieren, no se transmiten y no se renuncia.
  • 18. La persona es la protagonista del quehacer jurídico. En este momento histórico existe una crisis de una era tecnológica que nos lleva a la posible deshumanización, donde la persona se enfrenta al consumismo, donde prevalece el egoísmo personal y de grupo sobre la solidaridad, la despersonalización.   Pero la persona ahora, constituye el bien supremo del derecho, es considerada fin y medio de éste. Ahora prevalecerá el bien común, la dignidad y centralidad de la persona sobre los intereses patrimoniales, vivenciando la justicia, seguridad y solidaridad y la posibilidad de disponer del patrimonio para su realización personal y alcanzar el bien común.   Evolución de los derechos de la persona:  Primero, comienzos del presente siglo, los derechos de las personas eran discutidos sobre la base de objeciones lógico-formales rechazados por su carácter político.   Segundo, los derechos eran apreciados bajo la óptica de la propiedad, donde la persona era importante mientras era una entidad susceptible al disfrute económico.  