3. Los sujetos del derecho
El derecho únicamente establece relaciones jurídicas
entre los seres humanos, ya que estos son capaces de
exigir las facultades y de cumplir con sus deberes.
Por esta causa, es incorrecto hablar de los derechos
de los animales, en virtud de que dichos seres son
incapaces de comprender estos y mucho menos están
capacitados para exigirlos .
En todo caso, los humanos debemos respetarlos y no
dañarlos, toda vez que su existencia nos beneficia,
dentro de lo que se denomina ecosistema.
4. Personas físicas
Somos los seres humanos, de cuya existencia depende
la del derecho. Entre nosotros se establecen las
relaciones generadoras de facultades y deberes,
mismas que previenen el mencionado Sistema Jurídico
Nacional.
A Las Personas físicas (hombres y mujeres), se les han asignado
atributos, como:
NOMBRE.
DOMICILIO.
CAPACIDAD.
NACIONALIDAD
ESTADO CIVIL
PATRIMONIO.
5. Personas físicasA Las Personas físicas (hombres y mujeres), se les han
asignado atributos, como:
Nombre: Expresión que permite identificar a una persona
distinguiéndola de las demás.
Domicilio: Es el lugar en el que elige libremente la persona para
establecer su casa o lugar de trabajo.
Este puede ser
A) Domicilio voluntario: es aquel que elige libremente la
persona para establecer su casa o su lugar de trabajo.
B) Domicilio legal: aquí ciertas circunstancias delimitan el lugar
en donde podrá encontrarse un sujeto y por ello, la
norma legal fija dicho sitio.
C) Domicilio convencional: Es un determinado lugar,
seleccionado por la persona para cumplir allí, con cierto tramite
o para que en el se practiquen algunas diligencias.
6. Personas físicas
A Las Personas físicas (hombres y mujeres), se les han
asignado atributos, como:
NACIONALIDAD: Es el vínculo establecido entre un ser humano y
un estado.
ESTADO CIVIL :Es la relación Que una persona guarda con una
familia, atendiendo al matrimonio.
El matrimonio es un contrato civil celebrado entre un hombre y
una mujer, con la finalidad de apoyarse mutuamente y procear la
especie humana.
Existen dos situaciones:
Soltero: sujeto que no a contraído matrimonio o quien ya no esta
ligado a otra persona en matrimonio.(Viudo/divorciado).
Casado: individuo que ha celebrado contrato de matrimonio. Un
sujeto solo puede estar casado con una sola persona, ya que si se
casa dos o mas veces es delito.
8. PATRIMONIO
Patrimonio: es el conjunto de bienes,
derechos y obligaciones pertenecientes a
una persona, apreciables en dinero, que
forman un todo o universo jurídico.
Todo ser humano cuenta con un patrimonio,
escaso amplio, enorme. Incluso el ser mas
pobre tiene patrimonio, ya que las modernas
teorías consideran dentro de este a los
órganos del cuerpo, y por ello, entendemos la
llamada “donación de órganos.”
10. TEORÍA CLASICA DEL PATRIMONIO
(AFECTACIÓN)
1.- Solo las personas pueden tener patrimonio.
2.- Todos deben tener un patrimonio.
3.- Es inalienable.
4.- Es indivisible. (Toda persona no tiene más que un
patrimonio).
11. PATRIMONIO
Existen dos clases de sucesión
La testamentaria: En cual la persona redacta
su testamento y en vida determina como va a
repartirse su patrimonio, ya sea mediante
herederos (a título universal) o de legatarios
(a título particular), o en una mezcla de
ambos.
12. PATRIMONIO
Existen dos clases de sucesión
La legitima: Esta ley sustituye la voluntad del
autor de la sucesión ( de cujus),
repartiéndose la masa hereditaria entre los
parientes, recordando que los parientes mas
cercanos excluyen a los más alejados. Si no
existen parientes o los existentes repudian la
herencia, sucederá la beneficencia publica,
por conducto de la Secretaria de Salud.
13. Personas Morales
Se considera persona moral o jurídica al grupo de
personas que se unen para conseguir una finalidad
común, teniendo por disposición legal personalidad
jurídica y patrimonios propio.
Las distintas ramas del Derecho consideran varios tipos de
personas colectivas o corporaciones, de entre las cuales
destacamos.
Civiles. Aquí tenemos a la asociación y las sociedades civiles.
Mercantiles. En este grupo están las sociedades mercantiles,
como: en nombre colectivo, en comandita simple o por
acciones, de responsabilidad limitada, anónima y cooperativa.
14. Personas Morales
Las distintas ramas del Derecho consideran varios tipos de
personas colectivas o corporaciones, de entre las cuales
destacamos.
Administrativa: Organismos descentralizados y empresas de
capital gubernamental o participación estatal.
Laborales: Sindicatos, asociaciones profesionales, federaciones
y confederaciones.
Internacionales: Estados y Organismos Internacionales
(organización de las Naciones Unidas , Organización de Estados
Americanos.
Otras : Asociaciones religiosas, organizaciones no
gubernamentales,etc.
15. Personas Morales
A las corporaciones, también se les han asignado atributos,
mismos que son:
•Razón o denominación social.
•Domicilio
•Objeto o giro
•Nacionalidad
•Patrimonio.
16. Personas Morales
A continuación te explico en que consiste cada una de ellas:
•Razón o denominación social.
•Sirve para identificar a una persona jurídica, para no
confundirla con otra.
•Se integra con el nombre de uno, o varios o todos los
miembros , si no aparecen todos, se agregan las expresiones:
“y asociados” “y compañía”, “sucesores”, por citar algunos
casos.
•Domicilio: De una persona moral, es aquel lugar en donde se
halla su administración principal.
•En este sitio se practicarán toda clase de diligencias, ya que
allí debe encontrarse el representante legal de la corporación.
17. Personas Morales
A continuación te explico en que consiste cada una de ellas:
•Objeto o giro:
Es la actividad o actividades alas que se dedica la
corporación, la cual debe estar en la norma que regula a la
institución (Ley orgánica, estatuto, Acta Constitutiva, etc.)
•Nacionalidad:
•De una persona jurídica, es el vinculo existente entre el
estado y una persona moral, la cual se asigna cuando se
adopta una figura corporativa del Derecho Mexicano.
•Patrimonio:
•Se entiende por este al conjunto de bienes, derechos y
obligaciones pertenecientes a una corporación, apreciables en
dinero , que forman un todo o universo jurídico.
18. Para concluir
El derecho encuentra su justificación al normar
la conducta de las personas físicas y morales,
siendo estas su razón de ser. A las personas se
les asignan atributos, los que sirven para
identificarlas, para encontrarlas, etc.