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P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181
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P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181
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NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
ÍNDICE:
INTRODUCCIÓN
A. PRINCIPIOS DEL PROYECTO EDUCATIVO.
B. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN
B.1. Elaboración
B.2. Aplicación
B.3. Revisión
C ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS.
C.1. Criterios comunes y elementos básicos que deben incorporar las normas de
convivencia en las aulas.
C.2. Procedimiento para su elaboración y responsables de su aplicación.
D. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
D.1. Alumnado
D.2. Profesorado
D.3. Familias
E. MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y GRAVEMENTE
PERJUDICIALES
E.1 Procedimiento para la aplicación de medidas preventivas y correctoras.
1.1 Criterios para aplicar las medidas
1.2 Circunstancias que acentúan la gravedad de las medidas correctoras.
1.3 Circunstancias que aumentan la gravedad.
1.4 Medidas educativas y preventivas.
E.2 Conductas contrarias a las normas de convivencia.
2.1 Tipificación.
2.2 Medidas correctoras.
2.3 Responsables de su aplicación
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E.3 Conductas gravemente perjudiciales
3.1 Tipificación
3.2 Medidas correctoras
3.3 Responsables, procedimiento y reclamaciones
E.4 Otras medidas.
4.1 Cambio de centro
4.2 Responsabilidad de los daños
4.3 Responsabilidad penal
4.4 Prescripción
F. FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO.
F. 1 Criterios para la asignación de tutorías y elección de cursos y grupos,
coordinaciones de ciclo y otras responsabilidades.
F. 2 Criterios de sustitución del profesorado
F. 3 Resto de responsabilidades
3.1. ENTRADAS
3.2. SALIDAS
3.2.1. En caso de enfermedad o accidente.
3.2.2. Salidas fuera del colegio.
3.3 CAMBIOS DE CLASE Y TRASLADOS DE AULA
3.4. RECREOS
3.5. TALLERES
G. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS, TIEMPO, INSTALACIONES Y RECURSOS.
H. LAS FALTAS DE ASISTENCIA.
H. 1 Registro de faltas. Justificaciones y autorizaciones
H. 2 Procedimiento de información a los padres
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C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181
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INTRODUCCIÓN:
El Colegio Público, de Educación Infantil y Primaria, “Santiago el Mayor”, ubicado
en la localidad de Torrenueva, y en el marco del Proyecto Educativo de Centro y de la
legislación vigente ( LOE 2/2006 de 3 de mayo y D.O. 3/2008 de 08-01-2008 de la
convivencia escolar en Castilla La Mancha, elabora el presente DOCUMENTO , como un
instrumento para regular el funcionamiento y organización de toda la comunidad escolar de
acuerdo con los objetivos, principios educativos y valores del Proyecto Educativo de
Centro.
Este documento pretende constituirse en nuestro centro, en base a nuestra autonomía
pedagógica y organizativa, en el marco de referencia base que regule la convivencia
escolar, y al mismo tiempo, promueva una serie de actuaciones y medidas para su
promoción y mejora.
Atendiendo a la necesidad de revisar la documentación del centro para
actualizarla y adecuarla a las necesidades que han surgido de su puesta en marcha, este es el
resultado del documento revisado por el claustro del centro Santiago el Mayor de
Torrenueva. Las modificaciones realizas, tal y como marca la ley, formarán parte de la
memoria del centro.
A. PRINCIPIOS DEL PROYECTO EDUCATIVO.
El centro, en función de sus señas de identidad y de su modelo educativo fija
como principios educativos prioritarios los definidos en el Título Preliminar, Capítulo I de
la LOE, que en su artículo 1 señala que El sistema educativo español, configurado de
acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y
libertades reconocidos en ella se inspira en una serie de principios, principios que hemos
asumido como nuestros a la hora de confeccionar nuestro Plan de convivencia y que quedan
recogidos en la Carta de Convivencia.
B. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN
B.1. Elaboración
El documento de normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y sus
posibles modificaciones serán elaboradas, con las aportaciones de la comunidad educativa, por
el equipo directivo, informadas por el claustro y aprobadas por el Consejo Escolar por la
mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto.
Una vez aprobadas pasarán a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad
educativa.
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C. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS.
Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula serán elaboradas,
revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que convive en el aula,
coordinadas por el tutor/a del grupo.
Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula estarán basadas en
el respeto entre las personas y la conciencia de la dignidad propia y la del otro, y se concretarán
en el ejercicio y respeto de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de todos los
componentes de la comunidad educativa.
D. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
D1. Alumnado
De acuerdo con el título 2º art. 10 al 34 del R. D. 732 / 95 el alumno tiene
derecho a:
Un currículo que garantice el pleno desarrollo de la personalidad.
Un currículo adaptado a su nivel de desarrollo y competencia.
Una valoración objetiva y en función de los criterios de evaluación fijados por
el Centro.
Respeto a su conciencia cívica, moral y religiosa, así como a su integridad
personal.
Un ambiente de comprensión y tolerancia.
Participación en su propio desarrollo curricular, y en la vida escolar, a través de las
estructuras de aula y posibles asociaciones.
Una educación para la paz, la solidaridad y la convivencia democrática.
Trato no discriminatorio en razón de su capacidad, sexo, origen social, etnia, etc.
Medidas educativas de compensación.
Consejo orientador que facilite la toma de decisiones.
Uso de todos los materiales e instalaciones del Colegio.
Realización de las actividades escolares y extraescolares y extracurriculares.
De acuerdo con el título 2º, art. 35 a 40 del R.D. 732 / 95 el alumno tiene el deber de:
Asistir de forma regular y puntual al colegio
Tener una actitud de responsabilidad ante el trabajo y ejercer todas aquellas
actividades que se le designen.
Respetar a los compañeros, al profesorado y en general, la convivencia del centro.
Respetar los horarios, los materiales, el equipamiento y las instalaciones del Centro.
No asistir a clase con móviles, mp3, o cualquier otro tipo de juego que pueda
interrumpir el desarrollo normal de la clase.
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D.2. Profesorado
El Profesorado tiene derecho a:
Desempeñar su función docente de acuerdo con los criterios desarrollados en el
centro y según normativa vigente.
Organizar y asistir a reuniones en las que se contemplen temas de carácter laboral y
profesional.
Colaborar en la elaboración de los documentos programáticos del Centro.
Participar activamente en los Órganos Colegiados de Gobierno con voz y voto.
Participar en los órganos de coordinación pedagógica.
Elegir y ser elegido en los distintos puestos de responsabilidad.
Ser informado del funcionamiento del centro.
No sufrir discriminación en función de la situación laboral y profesional.
Usar el material y las instalaciones del centro, según criterios establecidos.
Convocar e informar a las familias y al alumno de acuerdo con la Acción
Tutorial del centro.
Participar en las actividades de perfeccionamiento organizadas por el Centro.
Estar protegido y cubierto de cualquier responsabilidad civil por accidentes
involuntarios, que cubrirá el seguro que la consejería de Educación tiene contratado
a efecto.
Ejercer el derecho a la huelga.
El profesorado tiene el deber de:
Respetar el modelo educativo consensuado y aprobado en el P. E. C.
Respetar la libertad y dignidad del resto de miembros de la comunidad.
Colaborar en la elaboración de los documentos programáticos del centro.
Colaborar con los órganos de gobierno y coordinación didáctica.
Asumir los distintos niveles de responsabilidad que le corresponden.
Cumplir la normativa general e interna del Centro.
Cumplir el horario escolar, notificando en los plazos legales su ausencia justificada
del Centro.
Informar a las familias sobre aspectos relacionados con el proceso
enseñanza/aprendizaje que van a seguir sus hijos.
Cumplimentar los expedientes administrativos de los alumnos/as.
Realizar los informes de evaluación y seguimiento.
Colaborar en el cumplimiento y ejecución de este reglamento informando sobre la
problemática disciplinaria del alumno.
D.3 Familias
(Según Ley Orgánica 8 /1985 de 3 de Julio)
Las familias del alumnado tienen derecho a:
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Formar parte de la asociación de padres y madres.
Participar en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro, ayudan a definir el
modelo educativo del mismo, dentro del Consejo Escolar.
Recibir información de la Dirección y sus representantes sobre la organización y
gobierno del centro.
Recibir información del proceso de enseñanza/aprendizaje de sus hijos/as en los días
que el centro determine. En especial, cuando este proceso requiera de adaptaciones
curriculares.
Participar en todos aquellos aspectos relacionados con el desarrollo del proceso
educativo de sus hijos, exponiendo sus dudas y/o sugerencias.
Proponer actividades complementarias.
Ejercer anualmente su opción de formación religiosa.
Celebrar reuniones en las dependencias del centro, previa comunicación y
autorización de la Dirección del mismo.
Participar en las actividades de formación organizadas por el centro.
Recibir información sobre las salidas académicas y profesionales.
Recibir información sobre las condiciones ambientales mas adecuadas para el
proceso de estudio de sus hijos.
Conocer las faltas que se atribuyen a sus hijos.
Las familias tienen el deber de:
Respetar el Proyecto Educativo y la programación didáctica del centro.
Procurar que sus hijos tengan una disposición favorable hacia el centro.
Velar porque sus hijos/as asistan al centro con puntualidad, higiene y descanso
suficiente.
Procurarles el material necesario.
Interesarse por su rendimiento y comportamiento.
Tener contacto con los maestros y asistir a las reuniones programadas.
Respetar las horas de visita establecidas por el Centro.
Justificar las ausencias de sus hijos. No mandar al Colegio a sus hijos/as cuando
padezcan enfermedad contagiosa o estén en periodo de contagio.
Responsabilizarse de los desperfectos que ocasionen sus hijos/as en el Centro, cuando
se realicen de forma voluntaria e intencionada.
Acudir al Centro cuando sean convocados por los profesores, Equipo Directivo
Consejo Escolar.
Cumplimentar los documentos e informes que el Centro les solicite.
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E. MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y GRAVEMENTE
PERJUDICIALES
E.2 Conductas contrarias a las normas de convivencia.
2.1 Tipificación.
a. Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad.
b. La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar.
c. La interrupción normal del desarrollo de las clases.
d. La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro.
e. Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar.
f. El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material,
o del material de cualquier miembro de la comunidad educativa.
2.2 Medidas correctoras.
a. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro.
b. La sustitución del recreo por una actividad alternativa.
c. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de su grupo
habitual, bajo el control del profesorado del centro.
d. La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por
un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores
legales.
En la aplicación de las medidas correctores se tendrán en cuenta los atenuantes
anteriormente expuestos.
En cuanto a las tareas educativas fuera de clase, el profesor en ese momento del
grupo la adoptará una vez agotadas otras posibilidades y sólo afectará al período
lectivo en que se produzca la conducta a corregir. La dirección del centro
organizará la atención a ese alumnado, de modo que siga desarrollando sus tareas
educativas, en función de la disponibilidad horaria del centro.
La decisión de las medidas correctoras corresponden al director/a, Jefe de
estudios, por delegación a cualquier otro profesor del centro.
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En todos los casos quedará constancia escrita del incidente y de las medidas
adoptadas, que se notificarán a la familia (Parte de incidencias).
Este tipo de conductas contrarias a la convivencia del centro prescriben
transcurrido el plazo de un mes a partir de la fecha de su comisión.
2.3 Responsables de su aplicación
1. Cualquier profesor del centro, oído al alumno cuando ocurra:
- Sustitución del recreo por una actividad alternativa.
- El desarrollo de actividades escolares en un espacio distinto al aula
2. El tutor/a en estos supuestos:
- Restricción del uso de determinados espacios y recursos.
- Tareas escolares en el centro en horario no lectivo.
3. En todos los casos quedará constancia por escrito de las medidas adoptadas y se
notificará a la familia. Para reclamar pueden acudir a la Dirección del Centro o a la
Delegación.
E.3 Conductas gravemente perjudiciales
3.1 Tipificación
a. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las
actividades del centro.
b. Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar.
c. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales par la salud y la
integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
d. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de
género, sexual, religiosa, racial, o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más
vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas,
sociales o educativas.
e. La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material
académico.
f. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su
material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad
educativa.
g. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o emblemas que atenten contra la
dignidad de las personas y derechos humanos.
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h. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.
i. El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad.
3.2 Medidas correctoras
a. Realización en horario no lectivo de tareas educativas por un período superior a
una semana e inferior a un mes.
b. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o
complementarias durante un período que no podrá ser superior a un mes.
c. El cambio de grupo o clase.
d. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de su
asistencia al propio centro por un período que no podrá ser superior a quince días
lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y si
perjuicio de la obligación de que el alumno acuda periódicamente al centro para el
control del cumplimiento de la medida correctora. En estos casos el tutor/a establecerá
un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno/a, y con la inclusión de
las formas de seguimiento y control para garantizar su derecho a la evaluación continua.
En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar los padres, madres o
representantes legales del alumno.
3.3 Responsables, procedimiento y reclamaciones
El responsable de tomar las medidas será el director/a del centro y dará traslado a la
Comisión de Convivencia.
El procedimiento será el siguiente:
o Siempre dar audiencia al alumno/a, familias y el conocimiento del tutor.
o En todo caso, las correcciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas.
Las reclamaciones serán aceptadas y se tendrá en cuenta:
o A instancia de los padres, pueden ser revisadas por el Consejo Escolar.
o Se presentará en un plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la
corrección.
o Para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo escolar del centro
en el plazo máximo de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquélla, en la
que este órgano colegiado de gobierno confirmará o revisará la decisión adoptada,
proponiendo, en su caso, las medidas que considere oportunas.
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E.4 Otras medidas.
4.1 Cambio de centro
o No procede puesto que en la localidad somos el único centro docente.
4.2 Responsabilidad de los daños
o El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause a las instalaciones del
centro o a su material así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de
la comunidad educativa queda obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo
del coste económico de su reparación.
o Igualmente quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la
comunidad escolar deberán restituir lo sustraído.
o Los alumnos o, en su caso los padres serán responsables del resarcimiento de tales
daños en los términos previstos en las leyes.
4.3 Responsabilidad penal
o La dirección del centro comunicará al Ministerio fiscal y a la Delegación provincial
las conductas que pudieran ser constitutivas de delito o falta perseguible penalmente
sin que ello suponga la paralización de las medidas correctoras aplicables.
4.4 Prescripción
o Las conductas contrarias a la convivencia prescriben trascurrido el plazo de un mes a
contar desde la fecha de su comisión.
o Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescriben
trascurrido el plazo de tres meses contado a partir de su comisión.
o Las medidas correctoras para las conductas contrarias a la convivencia prescriben
trascurrido el plazo de un mes.
o Las medidas correctoras para las conductas gravemente perjudiciales prescriben a los
tres meses a contar desde la fecha de su imposición o desde que el Consejo escolar se
pronuncie sobre la reclamación prevista.
o En el cómputo de los plazos fijados en los apartados anteriores se excluirán los
periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar de la provincia.
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I. LAS FALTAS DE ASISTENCIA.
I. 1 Registro de faltas. Justificaciones y autorizaciones
Los tutores son los encargados del control de asistencia de su grupo. Al finalizar el mes, y en
el plazo de los diez primeros días del mes siguiente pasan un estadillo de control de asistencia a
Jefatura de estudios, el mismo que anteriormente han pasado a Delphos.
I. 2 Procedimiento de información a los padres
La comunicación de las faltas de asistencia a las familias se hace constar en el informe de
evaluación trimestral. En el caso de observarse antes de finalizar el trimestre faltas de asistencia
no justificadas y reiteradas, es obligado por parte del tutor ponerse en comunicación con el padre,
madre o tutor legal, enterarse de la situación y si fuera necesario poner en marcha las medidas
correctoras de este tipo de conducta ya reflejado anteriormente en nuestras normas.

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  • 1. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 1
  • 2. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 2 NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO ÍNDICE: INTRODUCCIÓN A. PRINCIPIOS DEL PROYECTO EDUCATIVO. B. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN B.1. Elaboración B.2. Aplicación B.3. Revisión C ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS. C.1. Criterios comunes y elementos básicos que deben incorporar las normas de convivencia en las aulas. C.2. Procedimiento para su elaboración y responsables de su aplicación. D. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. D.1. Alumnado D.2. Profesorado D.3. Familias E. MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y GRAVEMENTE PERJUDICIALES E.1 Procedimiento para la aplicación de medidas preventivas y correctoras. 1.1 Criterios para aplicar las medidas 1.2 Circunstancias que acentúan la gravedad de las medidas correctoras. 1.3 Circunstancias que aumentan la gravedad. 1.4 Medidas educativas y preventivas. E.2 Conductas contrarias a las normas de convivencia. 2.1 Tipificación. 2.2 Medidas correctoras. 2.3 Responsables de su aplicación
  • 3. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 3 E.3 Conductas gravemente perjudiciales 3.1 Tipificación 3.2 Medidas correctoras 3.3 Responsables, procedimiento y reclamaciones E.4 Otras medidas. 4.1 Cambio de centro 4.2 Responsabilidad de los daños 4.3 Responsabilidad penal 4.4 Prescripción F. FUNCIONAMIENTO Y ORGANIZACIÓN DEL CENTRO. F. 1 Criterios para la asignación de tutorías y elección de cursos y grupos, coordinaciones de ciclo y otras responsabilidades. F. 2 Criterios de sustitución del profesorado F. 3 Resto de responsabilidades 3.1. ENTRADAS 3.2. SALIDAS 3.2.1. En caso de enfermedad o accidente. 3.2.2. Salidas fuera del colegio. 3.3 CAMBIOS DE CLASE Y TRASLADOS DE AULA 3.4. RECREOS 3.5. TALLERES G. ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS, TIEMPO, INSTALACIONES Y RECURSOS. H. LAS FALTAS DE ASISTENCIA. H. 1 Registro de faltas. Justificaciones y autorizaciones H. 2 Procedimiento de información a los padres
  • 4. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 4 INTRODUCCIÓN: El Colegio Público, de Educación Infantil y Primaria, “Santiago el Mayor”, ubicado en la localidad de Torrenueva, y en el marco del Proyecto Educativo de Centro y de la legislación vigente ( LOE 2/2006 de 3 de mayo y D.O. 3/2008 de 08-01-2008 de la convivencia escolar en Castilla La Mancha, elabora el presente DOCUMENTO , como un instrumento para regular el funcionamiento y organización de toda la comunidad escolar de acuerdo con los objetivos, principios educativos y valores del Proyecto Educativo de Centro. Este documento pretende constituirse en nuestro centro, en base a nuestra autonomía pedagógica y organizativa, en el marco de referencia base que regule la convivencia escolar, y al mismo tiempo, promueva una serie de actuaciones y medidas para su promoción y mejora. Atendiendo a la necesidad de revisar la documentación del centro para actualizarla y adecuarla a las necesidades que han surgido de su puesta en marcha, este es el resultado del documento revisado por el claustro del centro Santiago el Mayor de Torrenueva. Las modificaciones realizas, tal y como marca la ley, formarán parte de la memoria del centro. A. PRINCIPIOS DEL PROYECTO EDUCATIVO. El centro, en función de sus señas de identidad y de su modelo educativo fija como principios educativos prioritarios los definidos en el Título Preliminar, Capítulo I de la LOE, que en su artículo 1 señala que El sistema educativo español, configurado de acuerdo con los valores de la Constitución y asentado en el respeto a los derechos y libertades reconocidos en ella se inspira en una serie de principios, principios que hemos asumido como nuestros a la hora de confeccionar nuestro Plan de convivencia y que quedan recogidos en la Carta de Convivencia. B. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APLICACIÓN Y REVISIÓN B.1. Elaboración El documento de normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro y sus posibles modificaciones serán elaboradas, con las aportaciones de la comunidad educativa, por el equipo directivo, informadas por el claustro y aprobadas por el Consejo Escolar por la mayoría de dos tercios de sus componentes con derecho a voto. Una vez aprobadas pasarán a ser de obligado cumplimiento para toda la comunidad educativa.
  • 5. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 5 C. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AULAS. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula serán elaboradas, revisadas y aprobadas anualmente por el profesorado y el alumnado que convive en el aula, coordinadas por el tutor/a del grupo. Las normas de convivencia, organización y funcionamiento del aula estarán basadas en el respeto entre las personas y la conciencia de la dignidad propia y la del otro, y se concretarán en el ejercicio y respeto de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de todos los componentes de la comunidad educativa. D. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. D1. Alumnado De acuerdo con el título 2º art. 10 al 34 del R. D. 732 / 95 el alumno tiene derecho a: Un currículo que garantice el pleno desarrollo de la personalidad. Un currículo adaptado a su nivel de desarrollo y competencia. Una valoración objetiva y en función de los criterios de evaluación fijados por el Centro. Respeto a su conciencia cívica, moral y religiosa, así como a su integridad personal. Un ambiente de comprensión y tolerancia. Participación en su propio desarrollo curricular, y en la vida escolar, a través de las estructuras de aula y posibles asociaciones. Una educación para la paz, la solidaridad y la convivencia democrática. Trato no discriminatorio en razón de su capacidad, sexo, origen social, etnia, etc. Medidas educativas de compensación. Consejo orientador que facilite la toma de decisiones. Uso de todos los materiales e instalaciones del Colegio. Realización de las actividades escolares y extraescolares y extracurriculares. De acuerdo con el título 2º, art. 35 a 40 del R.D. 732 / 95 el alumno tiene el deber de: Asistir de forma regular y puntual al colegio Tener una actitud de responsabilidad ante el trabajo y ejercer todas aquellas actividades que se le designen. Respetar a los compañeros, al profesorado y en general, la convivencia del centro. Respetar los horarios, los materiales, el equipamiento y las instalaciones del Centro. No asistir a clase con móviles, mp3, o cualquier otro tipo de juego que pueda interrumpir el desarrollo normal de la clase.
  • 6. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 6 D.2. Profesorado El Profesorado tiene derecho a: Desempeñar su función docente de acuerdo con los criterios desarrollados en el centro y según normativa vigente. Organizar y asistir a reuniones en las que se contemplen temas de carácter laboral y profesional. Colaborar en la elaboración de los documentos programáticos del Centro. Participar activamente en los Órganos Colegiados de Gobierno con voz y voto. Participar en los órganos de coordinación pedagógica. Elegir y ser elegido en los distintos puestos de responsabilidad. Ser informado del funcionamiento del centro. No sufrir discriminación en función de la situación laboral y profesional. Usar el material y las instalaciones del centro, según criterios establecidos. Convocar e informar a las familias y al alumno de acuerdo con la Acción Tutorial del centro. Participar en las actividades de perfeccionamiento organizadas por el Centro. Estar protegido y cubierto de cualquier responsabilidad civil por accidentes involuntarios, que cubrirá el seguro que la consejería de Educación tiene contratado a efecto. Ejercer el derecho a la huelga. El profesorado tiene el deber de: Respetar el modelo educativo consensuado y aprobado en el P. E. C. Respetar la libertad y dignidad del resto de miembros de la comunidad. Colaborar en la elaboración de los documentos programáticos del centro. Colaborar con los órganos de gobierno y coordinación didáctica. Asumir los distintos niveles de responsabilidad que le corresponden. Cumplir la normativa general e interna del Centro. Cumplir el horario escolar, notificando en los plazos legales su ausencia justificada del Centro. Informar a las familias sobre aspectos relacionados con el proceso enseñanza/aprendizaje que van a seguir sus hijos. Cumplimentar los expedientes administrativos de los alumnos/as. Realizar los informes de evaluación y seguimiento. Colaborar en el cumplimiento y ejecución de este reglamento informando sobre la problemática disciplinaria del alumno. D.3 Familias (Según Ley Orgánica 8 /1985 de 3 de Julio) Las familias del alumnado tienen derecho a:
  • 7. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 7 Formar parte de la asociación de padres y madres. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro, ayudan a definir el modelo educativo del mismo, dentro del Consejo Escolar. Recibir información de la Dirección y sus representantes sobre la organización y gobierno del centro. Recibir información del proceso de enseñanza/aprendizaje de sus hijos/as en los días que el centro determine. En especial, cuando este proceso requiera de adaptaciones curriculares. Participar en todos aquellos aspectos relacionados con el desarrollo del proceso educativo de sus hijos, exponiendo sus dudas y/o sugerencias. Proponer actividades complementarias. Ejercer anualmente su opción de formación religiosa. Celebrar reuniones en las dependencias del centro, previa comunicación y autorización de la Dirección del mismo. Participar en las actividades de formación organizadas por el centro. Recibir información sobre las salidas académicas y profesionales. Recibir información sobre las condiciones ambientales mas adecuadas para el proceso de estudio de sus hijos. Conocer las faltas que se atribuyen a sus hijos. Las familias tienen el deber de: Respetar el Proyecto Educativo y la programación didáctica del centro. Procurar que sus hijos tengan una disposición favorable hacia el centro. Velar porque sus hijos/as asistan al centro con puntualidad, higiene y descanso suficiente. Procurarles el material necesario. Interesarse por su rendimiento y comportamiento. Tener contacto con los maestros y asistir a las reuniones programadas. Respetar las horas de visita establecidas por el Centro. Justificar las ausencias de sus hijos. No mandar al Colegio a sus hijos/as cuando padezcan enfermedad contagiosa o estén en periodo de contagio. Responsabilizarse de los desperfectos que ocasionen sus hijos/as en el Centro, cuando se realicen de forma voluntaria e intencionada. Acudir al Centro cuando sean convocados por los profesores, Equipo Directivo Consejo Escolar. Cumplimentar los documentos e informes que el Centro les solicite.
  • 8. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 8 E. MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y GRAVEMENTE PERJUDICIALES E.2 Conductas contrarias a las normas de convivencia. 2.1 Tipificación. a. Las faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad. b. La desconsideración con los otros miembros de la comunidad escolar. c. La interrupción normal del desarrollo de las clases. d. La alteración del desarrollo normal de las actividades del centro. e. Los actos de indisciplina contra miembros de la comunidad escolar. f. El deterioro, causado intencionadamente, de las dependencias del centro o de su material, o del material de cualquier miembro de la comunidad educativa. 2.2 Medidas correctoras. a. La restricción de uso de determinados espacios y recursos del centro. b. La sustitución del recreo por una actividad alternativa. c. El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula de su grupo habitual, bajo el control del profesorado del centro. d. La realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado, por un tiempo limitado y con el conocimiento y la aceptación de los padres, madres o tutores legales. En la aplicación de las medidas correctores se tendrán en cuenta los atenuantes anteriormente expuestos. En cuanto a las tareas educativas fuera de clase, el profesor en ese momento del grupo la adoptará una vez agotadas otras posibilidades y sólo afectará al período lectivo en que se produzca la conducta a corregir. La dirección del centro organizará la atención a ese alumnado, de modo que siga desarrollando sus tareas educativas, en función de la disponibilidad horaria del centro. La decisión de las medidas correctoras corresponden al director/a, Jefe de estudios, por delegación a cualquier otro profesor del centro.
  • 9. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 9 En todos los casos quedará constancia escrita del incidente y de las medidas adoptadas, que se notificarán a la familia (Parte de incidencias). Este tipo de conductas contrarias a la convivencia del centro prescriben transcurrido el plazo de un mes a partir de la fecha de su comisión. 2.3 Responsables de su aplicación 1. Cualquier profesor del centro, oído al alumno cuando ocurra: - Sustitución del recreo por una actividad alternativa. - El desarrollo de actividades escolares en un espacio distinto al aula 2. El tutor/a en estos supuestos: - Restricción del uso de determinados espacios y recursos. - Tareas escolares en el centro en horario no lectivo. 3. En todos los casos quedará constancia por escrito de las medidas adoptadas y se notificará a la familia. Para reclamar pueden acudir a la Dirección del Centro o a la Delegación. E.3 Conductas gravemente perjudiciales 3.1 Tipificación a. Los actos de indisciplina que alteren gravemente el desarrollo normal de las actividades del centro. b. Las injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad escolar. c. El acoso o la violencia contra personas, y las actuaciones perjudiciales par la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa. d. Las vejaciones o humillaciones, particularmente aquellas que tengan una implicación de género, sexual, religiosa, racial, o xenófoba, o se realicen contra aquellas personas más vulnerables de la comunidad escolar por sus características personales, económicas, sociales o educativas. e. La suplantación de identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico. f. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa. g. Exhibir símbolos racistas, que inciten a la violencia, o emblemas que atenten contra la dignidad de las personas y derechos humanos.
  • 10. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 10 h. La reiteración de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro. i. El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. 3.2 Medidas correctoras a. Realización en horario no lectivo de tareas educativas por un período superior a una semana e inferior a un mes. b. La suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un período que no podrá ser superior a un mes. c. El cambio de grupo o clase. d. La realización de tareas educativas fuera del centro, con suspensión temporal de su asistencia al propio centro por un período que no podrá ser superior a quince días lectivos, sin que ello comporte la pérdida del derecho a la evaluación continua, y si perjuicio de la obligación de que el alumno acuda periódicamente al centro para el control del cumplimiento de la medida correctora. En estos casos el tutor/a establecerá un plan de trabajo con las actividades a realizar por el alumno/a, y con la inclusión de las formas de seguimiento y control para garantizar su derecho a la evaluación continua. En la adopción de esta medida tienen el deber de colaborar los padres, madres o representantes legales del alumno. 3.3 Responsables, procedimiento y reclamaciones El responsable de tomar las medidas será el director/a del centro y dará traslado a la Comisión de Convivencia. El procedimiento será el siguiente: o Siempre dar audiencia al alumno/a, familias y el conocimiento del tutor. o En todo caso, las correcciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas. Las reclamaciones serán aceptadas y se tendrá en cuenta: o A instancia de los padres, pueden ser revisadas por el Consejo Escolar. o Se presentará en un plazo de dos días a contar desde el siguiente a la imposición de la corrección. o Para su resolución se convocará una sesión extraordinaria del Consejo escolar del centro en el plazo máximo de dos días lectivos a contar desde la presentación de aquélla, en la que este órgano colegiado de gobierno confirmará o revisará la decisión adoptada, proponiendo, en su caso, las medidas que considere oportunas.
  • 11. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 11 E.4 Otras medidas. 4.1 Cambio de centro o No procede puesto que en la localidad somos el único centro docente. 4.2 Responsabilidad de los daños o El alumnado que de forma imprudente o intencionada cause a las instalaciones del centro o a su material así como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad educativa queda obligado a reparar el daño causado o a hacerse cargo del coste económico de su reparación. o Igualmente quienes sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad escolar deberán restituir lo sustraído. o Los alumnos o, en su caso los padres serán responsables del resarcimiento de tales daños en los términos previstos en las leyes. 4.3 Responsabilidad penal o La dirección del centro comunicará al Ministerio fiscal y a la Delegación provincial las conductas que pudieran ser constitutivas de delito o falta perseguible penalmente sin que ello suponga la paralización de las medidas correctoras aplicables. 4.4 Prescripción o Las conductas contrarias a la convivencia prescriben trascurrido el plazo de un mes a contar desde la fecha de su comisión. o Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescriben trascurrido el plazo de tres meses contado a partir de su comisión. o Las medidas correctoras para las conductas contrarias a la convivencia prescriben trascurrido el plazo de un mes. o Las medidas correctoras para las conductas gravemente perjudiciales prescriben a los tres meses a contar desde la fecha de su imposición o desde que el Consejo escolar se pronuncie sobre la reclamación prevista. o En el cómputo de los plazos fijados en los apartados anteriores se excluirán los periodos vacacionales establecidos en el calendario escolar de la provincia.
  • 12. P.E.C. - NORMAS DE CONVIVENCIA, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO C.P.”SANTIAGO EL MAYOR” TORRENUEVA CÓDIGO 13003181 12 I. LAS FALTAS DE ASISTENCIA. I. 1 Registro de faltas. Justificaciones y autorizaciones Los tutores son los encargados del control de asistencia de su grupo. Al finalizar el mes, y en el plazo de los diez primeros días del mes siguiente pasan un estadillo de control de asistencia a Jefatura de estudios, el mismo que anteriormente han pasado a Delphos. I. 2 Procedimiento de información a los padres La comunicación de las faltas de asistencia a las familias se hace constar en el informe de evaluación trimestral. En el caso de observarse antes de finalizar el trimestre faltas de asistencia no justificadas y reiteradas, es obligado por parte del tutor ponerse en comunicación con el padre, madre o tutor legal, enterarse de la situación y si fuera necesario poner en marcha las medidas correctoras de este tipo de conducta ya reflejado anteriormente en nuestras normas.