1. ACEPCIONES Y CONCEPCIONES DEL BIEN
Mucho se ha escrito acerca del bien, inclusive sin definición alguna. Se
ha hablado a veces de “el bien”, también con mayúscula: “el Bien”, como si
esta expresión designara alguna realidad o algún valor. Cuando tal realidad o
valor son considerados absolutos, se habla del Sumo Bien. Bien es usado
asimismo para designar alguna cosa valiosa, como cuando se habla de «un
bien» o de “bienes”. Se usa asimismo “bien” para indicar que algo es como es
debido (“Esta casa está bien”, “Tomás hace las cosas bien”).
El bien también es concebido como un objeto que satisface determinada
necesidad humana, que responde a los intereses o anhelos de las personas,
posee, en general, un sentido positivo para la sociedad, para una clase, para el
individuo. Si un objeto dado es un bien, posee un valor positivo para el
hombre.
Pero ¿Qué es el bien? ¿Cómo lo definimos? Nadie ha logrado dar una
buena definición del bien, y más que considerar diversas acepciones de “el
Bien” (bueno: Que tiene bondad, útil para algo, gustoso, apetecible, agradable.
bondad: Inclinación natural a hacer el bien, etc.), distinguiendo cada una de
ellas de las otras, consideraremos diversas concepciones filosóficas, cada una
de las cuales presenta a menudo heterogéneas acepciones.
ARISTÓTELES: "El bien es aquello que todas las cosas persiguen", con
esta declaración Aristóteles empieza su Ética. Esto no debe tomarse
como una definición del bien, sino solamente como un reconocimiento
de la relación entre el bien y el fin. Dice: el fin es "aquello por amor de
lo cual una cosa es hecha". “Es lo que todas las cosas apetecen”, por lo
tanto el concepto de bien es relativo. El bien es fin puesto que atrae la
actividad de los seres.
PLATÓN: El Bien es la Suprema Personificación de lo divino y se halla
en la cumbre de todas las ideas. La idea de bien es la causa de todo lo
recto y bello que hay en todas las cosas.
HERÁCLITO: Todo es bien o todo es mal, según se considere: El agua
del mar es la más pura y la más impura. Para los peces es potable y
saludable, para los humanos es perjudicial.
2. SÓCRATES: También se encuentra en el carácter relacional del bien.
Para él, la fundamental característica del bien es la utilidad: no hay bien
que no sea bien para alguna cosa. Lo que es útil es bien para aquel que
le es útil.
La mayor parte de las teorías sobre el significado de “bueno” admiten la
posibilidad de análisis o definición de este término. Otras teorías, y muy en
particular la de George E. Moore, sostienen que “bueno” es indefinible o no
analizable. La cuestión de la definibilidad del bien cobró actualidad gracias a
este filósofo a fines del siglo pasado y principios del presente. Su
razonamiento es en el sentido de que toda definición es un análisis de un
concepto en sus efectos; que el bien es un concepto simple no analizable, y
que por consiguiente, el concepto del bien es indefinible, y en este sentido
“bueno” no tiene definición, porque es simple y no tiene partes.
EL BIEN COMO FIN
Los antiguos desarrollaron uno de sus aspectos más fecundos, el del bien
como fin. Todo fin es un bien y todo bien es un fin, un fin no se perseguiría a
menos que fuera algo bueno para el que lo persigue, y el bien, al ser
perseguido, es el fin o propósito del afán de quien lo busca. Este es el principio
de finalidad o teleología, que Santo Tomás explica como sigue: “Todo agente
actúa por necesidad, por algún fin”. Ningún individuo en su cabal juicio puede
negar que los seres humanos actúen con miras a fines. Inclusive aquel que se
propusiera demostrar que no lo hacen, tendría esta demostración como su fin.
La noción de fin está íntimamente unida a la de bien, porque el bien
tiene de suyo, razón de fin. Todo lo que es bueno puede constituirse como fin
para el deseo de alguien, provocando un movimiento del apetito que no cesa
hasta haber alcanzado ese bien. El bien en cuanto tal, es fin; y el fin mueve
bajo la razón de bien. Lo que es bueno nos atrae a conseguirlo.
EL BIEN COMO VALOR
El término valor o precio parece tener su origen en economía, pero ya
mucho antes del advenimiento de la axiología como estudio formal se aplicó
analógicamente a otros aspectos de la vida. No hay mayor acuerdo del que hay
con respecto a la definición del bien.
3. Los valores son bipolares: un polo positivo y otro negativo (fáciles,
difíciles; bello, feo) el polo positivo es el preferido, en tanto el negativo es mejor
no llamarlo valor en absoluto, sino ausencia de valor. No son homogéneos,
sino de muchas clases. Trascienden los hechos, en el sentido de que nada
resulta jamás tal como lo esperábamos; inclusive si algo lo hiciera, no haría
más que mostrar que nuestras expectativas apuntaban demasiado bajo y que,
en realidad, queremos algo más.
Los valores, al igual que los demás universales, están extraídos de los
datos de la experiencia y tienen su realización concreta en las personas, las
cosas y los actos existentes. Es un hecho que apreciamos los bienes que
compramos, las personas que empleamos, los estudiantes que
recompensamos, los candidatos por quienes votamos, y los amigos con
quienes vivimos. Lo hacemos así porque vemos en ellos algunas cualidades
objetivas que los hacen merecedores. Lo que pretende ser una introducción a
la cuestión de los valores morales, es decir, decimos que un individuo es buen
profesor, buen político, buen científico, etc., pero no decimos que es una buena
persona porque reconocemos que es distinto de los demás y más fundamental,
más valioso que los demás valores. Entendiendo como valor moral aquello que
hace a un hombre bueno, pura y simplemente como hombre y porque los
valores morales son personales.
El bien como valor destaca el bien intrínseco, el bien perfecto, aquello
que es bueno en sí mismo independientemente de la bondad que pueda tener
para cualquier otra cosa. Este ha de ser el aspecto más fundamental del bien.
El problema del bien tiene una doble formulación: metafísica y ética.
EL BIEN METAFÍSICO
Entendiendo el Bien como aquello que en sí mismo tiene el
complemento de la perfección en su propio género, o mejor dicho, la
consumación perfecta de un ideal en una determinada realidad, debemos
definir, como la cátedra nos lo ha enseñado, la metafísica o acercarnos a lo
que ella en sí “es”.
Etimológicamente la palabra metafísica proviene del griego μετὰ (mas
allá) y φυσικά (lo físico), mas allá de lo físico, mas allá de la realidad, lo que no
se puede percibir o sentir. Dicho esto podemos decir que la Metafísica es la
4. parte de la filosofía que trata del ser en cuanto tal, y de sus propiedades,
principios y causas primeras.
En su libro Introducción a la Filosofía Mariano Artigas nos ofrece ésta
definición: “Es la filosofía entendida en su sentido más estricto, estudia la
realidad buscando sus causas últimas de modo absoluto, ha de remontarse
más allá de lo material y sensible hasta las realidades espirituales. Estudia
toda la realidad, pues todo lo real tiene ser, su objeto material es toda realidad,
y su objeto formal, es el ser de la realidad”.
Ahora bien, en el aspecto metafísico del bien, es preciso distinguir entre
la estructura fenomenológica del bien (ratio boni de los escolásticos) y la
estructura ontológica, que más adelante hablaremos de ella (natura boni).
La estructura fenomenológica; entendiendo como fenomenología, el
sistema filosófico que tiene como finalidad llegar a la esencia misma de las
cosas, responde a la definición formal del bien en su relación con el sujeto, y
expresa aquello por lo que el bien se enuncia inmediatamente como bien. El
bien, si bien es cierto, no puede definirse en sentido estricto (género y
diferencia), sino caracterizar y diferenciar a partir de sus efectos (tendencia y
deseo).
La estructura fenomenológica radica en la apetibilidad, que no es otra
cosa sino aquello que todas las cosas apetecen, Dentro de esta apetibilidad el
bien comporta una exigencia o solicitación, una llamada que desde el punto de
vista del objeto se traduce en un “deber ser” y de la perspectiva del sujeto en
un “deber hacer”.
En la estructura fenomenológica el bien es el objeto de una tendencia
natural. Indudablemente, al hablar de un bien metafísico, se habla de aquello
que sabemos que existe, sabemos que está, más no lo podemos ver, no es
real, en cuanto a que no lo vemos, no lo sentimos, más se hace realidad en la
individualidad, en la tendencia que cada uno de nosotros podemos tener hacia
el, tendencia que se explicará a continuación en el bien ontológico.
5. EL BIEN ONTOLÓGICO
Teniendo claro que el bien, no puede definirse, sino acercarnos a él por
sus efectos, pasemos ahora a definir lo que es la Ontología.
La Ontología es la parte de la metafísica que trata del ser en general y
de sus propiedades trascendentales, la definición que Abbagnano nos ofrece,
es que “es la doctrina que estudia los caracteres fundamentales del ser,
caracteres que todo ser tiene y no puede dejar de tener”.
Entendiendo al ente como todo aquello que existe, y al ser, como todo
aquello que hace que el ente sea y no pueda dejar de ser, pasemos a explicar
el Bien Ontológico como tal.
Cuatro son los atributos trascendentales del ser, ellos son: Unum (lo
uno); Verum (lo verdadero); Bonum (lo bueno, la bondad); y Pulchrum (lo bello).
Nos detendremos en lo bueno, en la bondad. Todo ente es bueno en
cuanto a que es apetecible. Para cada ente su bien consiste en ser según su
naturaleza, por tanto puede decirse que ente y bien son equivalentes, el bien
no es una realidad distinta del ser de los entes, sino todo lo que es bueno. El
bien se funda en el ente, surge de él y revierte de él, pero a la vez el bien es lo
primero, por tener razón de fin, que es la primera de las causas, el bien es lo
perfecto, que es lo perfectivo de otros. El ser no es una realidad distinta al ser
de los entes: todo lo que es, es bueno.
No nacemos como poseedores del bien, sino como buscadores
constantes de él. Nuestra existencia es un paso de la perfectibilidad a la
perfección, todo aquello que satisface nuestro apetito es llamado bien.
El bien exige ser, merece ser, debería ser realizado, y debería existir.
Pero el mismo reconocimiento de que una cosa debería ser no implica, por sí
mismo, que sea yo quien deba hacerla ser. Todo bien, excepto el moral, es
optativo, en tanto que el bien moral es necesario, y será explicado más
adelante.
Para entenderlo mejor iniciaremos desde el principio. Dios es el creador
de todo lo que existe. Entonces todo lo que existe es. Entendemos por ser,
toda cosa que exista. Una manzana es un ser, un hombre es un ser, un caballo
es un ser, como son cosas materiales se entiende sin mayor problema. Pero si
les digo que una idea también es un ser, ya es más complicado entenderle.
Pero así es. Una idea es una cosa, un caballo es una cosa, la belleza es una
6. cosa y así nos podemos ir. Pero sin embargo cada cosa difiere de otra, no es lo
mismo un caballo, que una manzana, o una idea. Cada cosa difiere de otra por
un carácter o muchos caracteres, y cada uno de estos caracteres también
existe, y por existir es un ser..
Por lo que el concepto “ser” es polivalente, con una multiplicidad de
ideas o modos (caracteres, también se llaman rostros universales del ser) muy
amplios e infinitos que se llaman trascendentales. Lo uno, lo verdadero, el bien
y lo bello son los trascendentales del ser, de cada ser que existe.
Y porque todo es creado por Dios, todo ser creado por Él es
intrínsecamente bueno. Todo ser es metafísicamente bueno, es decir apto para
ser querido o amado. Este es el bien que se llama metafísico u ontológico.
¿Como es el amor de Dios por las cosas?: no es debido a la amabilidad de las
cosas, sino que Él crea e infunde amabilidad de las cosas que ama. Pero el
hombre, no las crea y considera bueno todo lo creado por Dios. Así que cada
cosa tiene un bien ontológico, esa cosa puede ser una idea, un acto que el
hombre realiza por ejemplo: repartir dinero es de entrada un bien ontológico
Y en cuanto al bien moral ¿Cómo lo entenderíamos? Para empezar el
bien moral no es un trascendental, sino que el hombre en la moral humana lo
ha particularizado, para realizarse mejor como humano, hacer lo que es bueno,
y esto se puede hacer después de mucha experiencia. Ya con esto se puede
entender que un bien moral es pues un bien ontológico particularizado. Cuando
decíamos que el acto de dar dinero es un bien ontológico, si este dinero se da
a un pobre para ayudarlo, en este caso particular estamos hablando de un bien
moral, de un acto moralmente bueno. Pero si este dinero se lo damos a un
policía para sobornarlo, no es un bien moral, sino un acto malo. De esta
manera podemos entender la diferencia entre el bien ontológico y el bien moral.
En el hombre existen dos inclinaciones, una enraizada en la naturaleza
animal del hombre (como los instintos: de supervivencia, procreación, etc.) y
otra en la naturaleza racional del hombre (inclinaciones propiamente humanas,
como la apetencia al bien), el empleo de la razón es lo que lo hace diferente a
los animales, y en su actuar es el resultado de una libertad de acción, o sea el
libre albedrío, por eso se dice que actúa como agente libre. Su inteligencia le
permite pasar del bien ontológico al bien moral (sabe cuando hace bien) y esto
7. se aprende en el transcurso de su vida, por eso se dice que este paso supone
experiencia moral.
Esto es sabido desde hace mucho tiempo atrás, ya Aristóteles decía: “El
bien es lo que todas los cosas apetecen” y el bien es algo que es apetecible.
En la Edad Media Santo Tomas de Aquino dijo: “Lo primero, entonces, para
saber si un acto es bueno o malo es considerar su objeto. Un acto que consiste
en ayudar al prójimo será bueno y el que consiste en dañarlo será malo. Ya se
vio que la naturaleza humana tiene una finalidad en consonancia con la cual
deben estar todos los actos y los objetos de estos actos”.
Sin duda alguna al referirnos al bien Ontológico, lo hacemos a aquel
atributo trascendental del hombre, que por ser imagen de Dios, le es adherido a
su naturaleza. Dios no es bueno, Él es toda bondad, el ser humano es reflejo
de esa bondad, y a ello se debe su tendencia a la apetibilidad del bien.
Depende pues de la voluntad del hombre el obrar según su naturaleza o no
hacerlo, dependiendo de su conciencia y lo que le dicte su razón por el bien
moral. Lo que llamamos actos buenos (caridad) sólo son reflejos de la suma
bondad a la cual tendemos y a la que queremos llegar y aquí se cumple lo que
se dijo anteriormente, con respecto a la bondad y lo bueno, siendo lo bueno lo
perfectible, y la bondad la perfección.
EL BIEN MORAL
El bien moral coincide con el bien completo de la persona en la medida
exacta en que ese bien está en juego la conducta humana y ha de ser
realizado a través de ella. El bien de la persona es Fin moral de la acción libre,
y su bien pleno o completo tiene carácter de fin moral último de la conducta. El
Bien moral puede ser estimado como objeto de la razón, de la intuición o de la
voluntad.
Todo bien, excepto el bien moral, es optativo, en tanto que el bien moral
es necesario. No hay manera de substraerse a las exigencias de la moral, al
imperativo de vivir una vida buena y de ser, así, una buena persona.
A menudo la elección está entre un bien moral y alguna otra clase de
bien, y esta otra clase parece ser, en aquel momento, con mucho la más
atractiva. Si consideramos el bien únicamente como objeto de deseo, como fin
a perseguir, el bien aparente podrá llamarnos acaso con sonrisas seductoras,
8. en tanto que el bien verdadero señalará gravemente el camino más arduo. Y
es el caso que estamos obligados a seguir el bien verdadero y no el
meramente aparente.
¿Cuál es la naturaleza de este deber ser moral que nos manda con
semejante autoridad? Es una especie de necesidad que es única e
irreductible a ninguna otra. No se trata de una necesidad lógica o metafísica
basada en la imposibilidad de pensar contradicciones o de conferirles
existencia. No se trata de una necesidad física, de un deber que nos empuje
desde fuera destruyendo nuestra libertad. Ni se trata tampoco de una
necesidad biológica o psicológica, de una imposibilidad interna, incorporada a
nuestra naturaleza y destructora asimismo de nuestra libertad, de actuar en
otra forma. Es, antes bien una necesidad moral, la del deber ser, que nos guía
hacia aquello que reconocemos constituir el uso apropiado de nuestra
libertad. Es una libertad que es una necesidad y una necesidad que es una
libertad.
En su ser real, el acto es algo contingente que puede ser o no ser;
pero, en su ser ideal, en cuanto es presentado a mi razón y mi voluntad para
deliberación y elección, asume una necesidad práctica que requiere decisión.
La exigencia es absoluta. El mal uso de mis capacidades artísticas,
económicas, científicas y otras particulares, es penalizado con el fracaso, no
con la culpa, porque yo no tenía obligación alguna de realizar dichos esfuerzos
y, por consiguiente, no tenía obligación alguna de llevarlos a buen fin. En
cambio, no puedo dejar de ser hombre y de haber de triunfar absolutamente
como tal. Si fracaso en ello, es culpa mía, porque el fracaso ha sido escogido
deliberadamente. No resultó ser malo en determinado aspecto, sino que soy
un hombre malo. Todo lo que hago expresa en alguna forma mi personalidad,
pero el uso de mi libertad es el ejercicio real de mi personalidad única en
cuanto constitutiva de mi ser más íntimo.
Tomemos el caso de un individuo al que se ofrece una gran cantidad por el
acto de asesinar a su mejor amigo. Reduzcamos los peligros y subrayemos
las ventajas lo más que podamos. Hagamos que el acto sea absolutamente
seguro. Sin embargo, no debería hacerse. ¿Por qué no?
Eliminemos la sanción legal. Supongamos que el individuo está seguro no
sólo de que no será detenido, sino que encuentra también alguna escapatoria
9. en virtud de la cual ni siquiera vulnera ley civil existente alguna, de modo que
no podrá ser perseguido por delito alguno. Y sin embargo, se ve a sí mismo
como asesino y no puede aprobar su acto.
Eliminemos la sanción social. Puesto que nadie lo sabrá, no ha de tener la
desaprobación de nadie. Sin embargo, merece la desaprobación, aun si no la
sufre. ¡Cuan distinto es esto cuando las sanciones sociales son inmerecidas!
No nos acusamos a nosotros, si somos inocentes, sino que acusamos a la
sociedad que nos condena injustamente.
Eliminemos la sanción psicológica. Los sentimientos de depresión,
disgusto y vergüenza, la incapacidad de comer o dormir a causa de las
punzadas de remordimiento o culpa, todo esto podrá molestarle a él, pero los
demás serán inmunes a semejantes sentimientos, e inclusive en él podrán
provenir acaso de otras causas. El elemento moral subsiste, con todo. Si en
alguna forma los sentimientos de culpa pudieran eliminarse, de modo que ya
no percibiera trastorno psicológico alguno por causa de su acto, aun así
juzgaría el individuo su acto, con toda sinceridad, como malo, y sabría que es
culpable, a pesar de la ausencia de dichos sentimientos.
Eliminemos la sanción religiosa. Si Dios no fuera a castigarlo y si
estuviéramos seguros de que no iba a hacerlo, aun es esta hipótesis absurda
no debería el acto llevarse a cabo. El autor celebrará acaso escapar a dicha
sanción, pero seguirá sabiendo que no merecía escapar. El acto es de tal
naturaleza, que Dios debería condenarlo, y nos decepcionaría si no lo hiciera.
Empezaríamos a poner en entredicho la justicia de Dios, de modo que Dios
mismo ya no seguiría representando lo ideal. Esta es tal vez la indicación más
clara del carácter absoluto del orden moral.
Lo que subsiste es la sanción moral. Es intrínseca al acto mismo, idéntica
con la elección deliberada de la voluntad, con la relación entre el autor y su
acto.
Al despreciar el bien moral me desprecio a mí mismo. Según que
acepte o rechace el bien moral, subo o bajo en mi propio valor como hombre.
El bien moral proporciona la escala con la que necesariamente me mido a mí
mismo, con la que me juzgo inevitablemente a mí mismo. Este juicio no es
meramente una opinión subjetiva, sino una apreciación objetiva de mi
verdadero valor en el orden de las cosas. Este ascenso o descenso no es
10. algo optativo; no me está permitido caer. No es una cuestión de si estoy o no
interesado en mi propia mejora; no me está permitido no ser. No se trata de
una necesidad disyuntiva: haz esto o acepta las consecuencias. Es
simplemente: haz esto. No me está permitido exponerme a mí mismo a las
consecuencias de no hacerlo. De hecho, cualesquiera que sean las
consecuencias, han de juzgarse ellas mismas por este criterio moral, y las
consecuencias últimas han de contener su propio valor moral.
NOCIONES DEL BIEN COMUN
Dentro del pensamiento filosófico griego se encuentra ya la cuestión del
bien común en las discusiones de los sofistas y en Platón.
PLATON: Para Platón el bien común trasciende de los bienes
particulares en tanto que la felicidad global o del Estado debe ser
superior, y hasta cierto punto independiente de la felicidad de los
individuos.
ARISTOTELES: Hace mención del bien común en su política al
indicar que la sociedad organizada en un Estado tiene que
proporcionar a cada uno de los miembros lo necesario para su
bienestar y felicidad.
Hacia la Edad Media relevantes filósofos hacen alusión al bien común
como por ejemplo:
SÉNECA: Coloca de manifiesto a la sociabilidad como exigencia
fundamental y por ende busca el bien común, así mismo declara
que la sociabilidad es principio de solidaridad y auxilio mutuo.
SANTO TOMÁS DE AQUINO: Afirmó que la sociedad como tal
tiene sus propios fines, los cuales son “fines naturales” a los
cuales hay que atender y los cuales hay que realizar. Expresó
además que los fines espirituales y el bien supremo no son
incompatibles con el bien común de la sociedad. Para Santo
Tomás la justicia es la virtud ordenada al bien común. Para el
gran filósofo de la Edad Media, el bien común es el bien de todos
los miembros de la comunidad.
11. En el Renacimiento surgen grandes pensadores cristianos del siglo XVI
algunos de ellos son: Erasmo, Luis Vives y Tomás Moro netamente católicos y
Campanella quien era protestante francés.
ERASMO: Describe que existe una moral universal que a todos
obliga. El principio regulador es el bien común del género
humano.
LUIS VIVES: Manifiesta que es en el afán de concordia donde se
supera el individuo y logra una disciplina en aras del bien común.
TOMÁS MORO: Escribe la Utopía en 1516 en donde denuncia a
los nobles que ociosos como zánganos viven del trabajo de los
demás, los exprimen y los lastiman hasta la carne para aumentar
sus rentas, por otra parte propone que la convivencia ha de regir
en la medida de lo posible para el bien común.
Más tarde en el siglo XVII retoma esas ideas Campanella quien difunde un
republicanismo decidido que deriva de la igualdad natural de los hombres, para
él la servidumbre es el estado en el que un hombre esta entregado
exclusivamente a un bien ajeno y no – común.
Dentro de la Escolástica Francisco de Vitora es uno de los grandes
filósofos escolásticos españoles que cabe señalar como particularmente
sobresaliente en este terreno. Sostiene que la República nace de la
sociabilidad natural del hombre. Así mismo, toda agrupación humana requiere
una autoridad que asegure el bien común. La autoridad no puede abolir las
leyes no puede violarlas, su poder no es sólo sobre los individuos sino sobre la
colectividad.
Cabe destacar que en el Concilio Vaticano II en “Gaudium et spes”: el
bien común abarca el conjunto de aquellas condiciones de la vida social, con
las cuales los hombres, las familias y las asociaciones pueden lograr con
mayor plenitud y facilidad su propia perfección.
El Catecismo concreta el bien común en tres fines:
El respeto a la persona en cuanto tal
El bien común exige el bienestar social y el desarrollo del grupo mismo
12. El bien común implica la paz, la estabilidad y la seguridad de un orden
justo
Los autores modernos consideran el bien común del Estado como el
único bien posible, para KANT el bien común consiste en satisfacer las
necesidades materiales de una sociedad. Por otra parte en la época
contemporánea JACQUES MARITAIN, filósofo católico, manifiesta que el
fin de la sociedad política es perseguir el bien común.
EL BIEN COMÚN DE ORDEN TEMPORAL
El bien común de orden temporal consiste en una paz y seguridad de las
cuales las familias y cada uno de los individuos pueden disfrutar en el ejercicio
de sus derechos, y al mismo tiempo en la mayor abundancia de bienes
espirituales y materiales que sea posible en esta vida mortal.
El bienestar material vinculado al orden temporal es, en su aspecto de
elemento o factor del bien común, la satisfacción resultante de la participación
de todos los ciudadanos en esos bienes Esta idea no entraña ningún
materialismo. Sencillamente, se limita a asumir la índole humana en su íntegra
complejidad corpórea anímica.
Ahora bien; si aquí nos ocupamos del bienestar material, es solamente
en función del bien común, o sea, por representar un valor que ha de integrarse
en el bien de la sociedad, que es a su vez un bien del que deben participar
todos los miembros de ella. Por consiguiente, lo que en último término se
comporta en el bienestar material como un cierto elemento indispensable del
bien común no son los simples medios o recursos de que la sociedad dispone,
sino la conveniente y debida participación de todos los ciudadanos en ellos. Sin
duda alguna, la prueba más clara de que el bienestar material se integra en el
bien común como en una estructura superior donde las partes se requieren
mutuamente, está en las complicaciones que de un modo inmediato surge en
este mundo.
En torno a la noción del bienestar material aparece, en efecto, una
constelación de relaciones que impiden considerarlo de una manera aislada e
independiente. Así, por ejemplo, el bienestar material se nos presenta como
indispensable no solamente por la obvia razón de su necesidad instintiva o
13. biológica, sino también en función de su positiva utilidad para el ejercicio de la
virtud. Cierto que este segundo carácter viene, a su vez, condicionado por el
primero, pero ello mismo es una prueba más de la compleja interrelación que
señalamos. Tal es la causa de que la propia Iglesia, cuya misión se define
esencialmente por la índole espiritual de sus objetivos, no pueda, sin embargo,
menospreciar la importancia de los bien materiales, y de su justa distribución,
en el orden social de la convivencia. «Como quiera que el bien social, señala
León XIII, debe ser tal que los hombres se hagan mejores al participar en él, es
verdaderamente en la virtud donde se le debe hacer consistir, antes que en
cualquier otra cosa. Pero también corresponde a una sociedad bien constituida
el facilitar los bienes corporales y externos cuyo uso es necesario para el
ejercicio de la virtud (Enc. Rerum Novarum, n°25).
El bien común no es la suma de los bienes particulares.
Es el error de los socialismos históricos. No se trata de hacer el
bien común eliminando los bienes individuales para alcanzar una suma
acumulativa que luego se reparte entre todos los ciudadanos.
La concepción colectivista del bien común es injusta, dado que tal
igualitarismo es contrario a la justicia que demanda que se dé a cada
uno lo que le pertenece."El bien común es el fin de las personas
singulares que existen en la comunidad, como el fin del todo es el fin de
las partes. Sin embargo el bien de una persona singular no es el fin de
otra (Sto. Tomás).
El bien común no es lo que resta en el reparto general.
Error del liberalismo. El bien común es el bien de toda la
sociedad: el conjunto social se orienta a un bien general, que ha de ser
compartido por todos y cada uno de los individuos. La sociedad humana
es una sociedad de personas. El bien común, es pues el bien del todo, al
cual contribuye cada uno de los individuos y en consecuencia de él
participan todos. Se requiere que la participación en el bien común sea
justa. El dinamismo del bien común de un pueblo viene regido por la
Cooperación común y el Reparto proporcional.
14. BIEN COMÚN Y BIEN SOBRENATURAL
El fin del hombre es la participación, de la vida divina, es la eterna
beatitud. Al realizar este fin el hombre colma su razón de existir, en otras
palabras realiza su felicidad. El hombre es un todo subsistente, cuyo bien
trasciende el bien temporal.
Es cierto, que todo el universo está ordenado al ser humano para que,
por medio de éste, logre su fin a que está destinado. Todo el universo material,
está ordenado a eso, a que la persona humana realice su fin, lo cual no es
extraño porque, como es sabido, el bien sobrenatural de una sola alma supera
a todo el bien creado y temporal.
Citando a Su Santidad Pío XI, (Encíclica 'Divini Redemptoris') dice: Que
el hombre tiene un alma espiritual e inmortal; es una persona adornada
admirablemente por su Creador con dones de cuerpo y de espíritu, un
verdadero “microcosmos” como decían los antiguos, un pequeño mundo que
excede con mucho valor a todo el inmenso mundo inanimado. Dios sólo es su
último fin en esta vida como en la otra; la gracia santificante lo eleva al grado
de Hijo de Dios y lo incorpora al reino de Dios en el cuerpo místico de Cristo.
Dentro de este mismo orden de ideas, podemos decir, que la persona
humana como tal, esta llamada a un destino superior, de lo temporal. O dicho
de otro modo, la sociedad misma y su bien común están indirectamente
subordinados y referidos a un todo trascendental, está sobre todas las
sociedades temporales y es superior a ellas.
En la sociedad humana, existen dos extremos, es una sociedad de
personas que son individuos materiales y que están aisladas en sí mismas,
pero con una necesidad de comunicarse las unas con las otras y cuyo Bien
Común en la tierra es, por un lado, superior al bien propio de cada una, aunque
vuelva sobre cada una de ellas y, por otra parte, mantienen, todas ellas, las
aspiraciones hacia su propio bien eterno, hacia el Todo trascendental,
superando así el orden en que se realiza el Bien Común de la ciudad terrenal.
Por tanto podemos decir que el fin último del ser humano, no está en
este mundo sino por el contrario radica en la trascendencia, en un mundo
15. futuro, donde al fin podrá ser feliz, que es la participación de una gloria futura,
y esta gloria futura puede variar según las creencias, que posee cada persona.
Una sola alma humana vale más que todo el universo y todo el conjunto de
bienes temporales; ninguna cosa es superior a un alma inmortal, sino
solamente Dios.
BIEN COMÚN Y BIEN PARTICULAR
El bien común es, por su misma esencia, un bien en el que pueden y
deben participar todos los ciudadanos. No se trata de nada que en sí mismo se
ordene únicamente a favor de unos pocos, por grande que sea, la sociedad.
Por el contrario, lo que beneficia a un solo hombre, o a un grupo o conjunto de
hombres que no son todos los que en la sociedad se integran, es meramente
un bien particular, que posee su propio dueño.
La diferencia entre el bien común y el bien particular, no se puede
establecer entre la minoría y la mayoría de los ciudadanos ni tampoco tiene
nada que ver con el resultado de una consulta al pueblo. Para ser común, este
bien ha de poder beneficiar a todos los ciudadanos, aunque la mayoría de ellos
pretendiesen excluir de ese beneficio a una pequeña parte de la sociedad.
El bien tiene carácter de fin; y así como el fin común de los seres
humanos que conviven, permite la existencia de los respectivos fines
particulares de cada uno de ellos, siempre que éstos se adapten y se sometan
a él, también los bienes particulares son armonizables y compatibles con el
bien común, bajo la correspondiente condición de que, en efecto, le estén
subordinados.
El bien común no solamente no excluye al bien particular, sino que
además exige que cada ciudadano tenga el suyo. Esto resulta fácil de entender
cuando se piensa en una situación en la que nadie pudiese disponer
privadamente de ninguna clase de bien propio. Tal situación sería,
indudablemente, un mal común, es decir, un efectivo y verdadero mal de todos,
incluyendo a la autoridad, que habría de cargar con el deber de suministrar en
cada momento a cada ciudadano los medios necesarios para satisfacer las
necesidades respectivas.
16. Siguiendo la idea del párrafo anterior podemos ver, lo bueno de que
cada persona tengo sus propios bienes privados, para que cada uno pueda
disponer personalmente de sus vienes.
Finalmente, conviene examinar la relación jerárquica entre el bien particular
y el bien común. A este propósito, S. Tomás, recogiendo igualmente en este
punto las ideas de Aristóteles, atribuye al bien común la primacía, con la única
salvedad de que la comparación sea establecida dentro de un mismo plano de
bienes. «Si un mismo bien puede valer para un solo hombre o para toda la
sociedad, evidentemente es mucho mejor y más perfecto decidirse por lo que
es bueno para ésta que por lo que lo es para aquél. No cabe duda de que el
amor que debe existir entre los hombres autoriza a procurar también lo que es
bueno para uno sólo. Pero es mucho mejor y más divino que se actúe en
beneficio de todos (...) Y ello es más divino en el sentido de que significa una
mayor semejanza con Dios, que es la última causa de todos los bienes» (GER).
Así pues, el bien de la sociedad como sociedad es superior al de cualquiera de
sus partes precisamente en tanto que son partes.
EL ESTABLECIMIENTO DE LA JUSTICIA Y EL DERECHO PARA LA
REALIZACIÓN DEL BIEN COMÚN
Ahora bien, para que pueda establecerse la convergencia de los
esfuerzos de los mismos de la sociedad en busca de la constitución del bien
común o, en otros términos, para la realización de la sociedad política, es
menester la implantación del orden jurídico en los distintos sectores de la
misma.
La virtud de la justicia tiene como objeto el derecho. Este es lo debido
-objeto, obra y acción- a otro. El derecho objetivo supone un derecho subjetivo
de la persona o sociedad a quien se debe, y que, implica, en los demás, la
obligación moral de acatarlo. Finalmente la ley o derecho natural y la ley o
derecho positivo son las que confieren el derecho objetivo y el subjetivo, éste a
quien compete tal derecho objetivo. La virtud de la justicia, entonces, inclina de
un modo permanente a las personas a dar cada uno su derecho.
Según sea el sujeto de derecho al que mira la justicia, ésta podrá ser
conmutativa, cuando confiere tal derecho a las personas individuales y morales
frente a otra del mismo orden. Así el devolver el dinero a otro, es objeto de la
17. justicia conmutativa. Esta justicia da el derecho propio a cada uno, lo que se le
debe. Se ordena de un individuo o grupo a otro, en pie de igualdad.
En segundo lugar, hay una justicia que mira el derecho de la sociedad
frente a sus miembros: es la justicia legal. A ella compete exigir a los súbditos
el cumplimiento de las leyes de la sociedad, como el pagar los impuestos y
cumplir las demás imposiciones del Estado. Es la justicia más importante pues,
gracias a ella, es posible la constitución de la sociedad y la vigencia de su
autoridad, sin la cual no es posible el Estado.
Finalmente la virtud de la justicia distributiva es la que ejerce el
gobernante de la sociedad-poder legislativo, ejecutivo y judicial- frente a los
súbditos, para distribuir obligaciones y derechos de un modo proporcional y
equitativo entre los distintos miembros de la sociedad, de acuerdo a sus
contribuciones propias dentro de la misma y de acuerdo también a los méritos
con que cada uno colabora al bien común o fin de la misma.
La justicia social ofrece a cada uno lo necesario para su vida individual y
colectiva y está incluida en la distributiva y legal. Cuando tales virtudes
cumplen con su objeto, dando a cada uno: personas, familias, sociedades
intermedias y comunidad política lo que les es debido, su derecho, todos los
sectores del Estado cumplen su misión y están orgánica y jerárquicamente
ubicados en el cuerpo social y, por eso mismo, se logra el bien de la
comunidad: el bien común.
El orden logrado por la justicia, el orden justo de la sociedad y el bien
común son lo mismo, son denominaciones distintas que indican una misma
realidad: el orden logrado en la sociedad para conseguir su fin.
18. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD CATÓLICA CECILIO ACOSTA
FACULTAD DE FILOSOFÍA Y TEOLOGÍA
CÁTEDRA: FILOSOFÍA DEL DERECHO
EL BIEN, Y EL BIEN COMÚN
Integrantes:
Cámbar Antonio C.I. 17.939.577
Cantillo Rafael C.I. 85.373.521
Medina Jesús C.I. 17.332.886
19. Quintero Alberto C.I. 19458646
Urdaneta David C.I. 15.639.023
Vega Fernando C.I 12.100.377
Maracaibo, marzo 2007.
ESQUEMA
Unidad II
El Bien. ¿Qué es? Diversas acepciones y concepciones.
Bien Ontológico – Bien Metafísico – Bien Moral.
Noción del Bien Común desde la antigüedad hasta la
actualidad.
Relación de Bien Común y Bien Temporal.
Relación de Bien Común y Orden Sobrenatural.
Relación de Bien Común y Bien Particular.
Relación de Bien Común y Justicia.
BIBLIOGRAFÍA
· ANGEL RODRIGUEZ, Luño: Ética. Ed. Universidad de Navarra. Pamplona, 1984.
· AA. VV. Gran E. Rialp. Ediciones Rialp. Madrid, 1984.
20. · Catecismo de la Iglesia católica.
· FERRATER MORA, José: Diccionario filosófico. Ed. Arial. Barcelona,
1994. Tomo 1 y 3.
· FAGOTHEY, Austin: Ética teoría y aplicación. Ed. Programas
educativos. México 1991.
· Pío XI, Encíclica “Divini Redemptoris”