SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 13
Actos de Investigación que Pueden
Afectar las Garantías
Constitucionales
Maestro: Lenin G. Cerna.
Grupo:
• Reymundo Díaz Ruiz
• César Romero
• Raúl Reyes
• Mario Neil Espinosa
• Heylin Venegas
• Alejandro Vélez Brenes.
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS
CARRERA DE DERECHO
PROCESAL PENAL II
Marco Conceptual:
• Artículo 24 Cn. Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad, la patria y la
humanidad. Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás,
por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común.
A este II párrafo del arto. 24 Constitucional, solo ponemos
expresar; ¿Quién o Quienes Determinan «las exigencias del
Bien Común» en Nicaragua.
En la Persecución Penal, es el Juez, como garante de
Derecho y Libertades, quien debe determinar con todo
cuidado y razonadamente si algunos actos de
investigación encuentran justificación en esa razón
suprema que es el bien común
En un estado de derecho, esto
representa un problema, ya que se
debe ponderar, que si el estado
viola los derechos y garantías de
uno de sus ciudadanos, lo esta
haciendo con todos. Nicaragua es
un país, donde por desgracia,
persiste la opinión de que los
intereses políticos y económicos
privan sobre los derechos de los
ciudadanos en lo relativo a Justicia.
Intervenciones Telefónicas e Intercepción de comunicaciones escritas,
telegráficas y electrónicas.
En el arto. Cn. Numeral 4, dice textual: A la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo y a
continuación las condiciones que deben darse para allanar un domicilio sin orden escrita de un Juez.
En los artículos 213 y 214 CPP, establece, los tipos de
delito, por los cuales se puede realizar estas
intervenciones:
1. Terrorismo
2. Secuestro Extorsivo
3. Trafico de órganos y de personas con fines
sexuales;
4. Delitos relacionados con estupefacientes,
Psicotrópicos y otras sustancias controladas
5. Legitimación de Capitales o lavado de dinero y
activos y
6. Trafico internacional de armas, explosivos y
vehículos robados.
No es necesario una coincidencia con el nomen iuris,
sino que basta con quela conducta típica se refiera a
alguna de estas actividades.
La solicitud ante el Juez, solo pueden
hacerla el fiscal general de la republica y o
del director general de la policía nacional,
quienes deben motivarla.
Artículo 17, del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos, del cual Nicaragua es firmante.
1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales
en su vida privada, su familia, su domicilio o su
correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y
reputación.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley
contra esas injerencias o esos ataques.
Naciones Unidas
El Principio de inviolabilidad de la Defensa no aparece
en el Titulo preliminar del CPP « Principios y Garantías
Procesales» en teoría el Juez debe excluir la
intervenciones telefónicas, escritas o electrónicas en la
privacidad del IMPUTADO Y SU DEFENSOR.
Intervenciones Telefónicas e Intercepción de comunicaciones escritas,
telegráficas y electrónicas.
• Solo se introducirán como actos de prueba las grabaciones de aquellas conversaciones o
fragmentos de las mismas que el juez estime útiles para el descubrimiento de la verdad.
«Principio de Proporcionalidad»
El judicial, determinara la procedencia de la medida y por resolución señalara en forma expresa la fecha en
que debe cesar la intercepción, la cual no puede durar mas de 30 días, lo cuales se podrán prorrogar POR
UNA SOLO VEZ por un plazo igual.
Tratándose de Correspondencias;
corresponde al Juez su apertura,
Tratándose de Llamadas telefónicas; corresponde a la
policía nacional y las instituciones pertinentes el
realizarlas. Los funcionarios que violen la reserva de
estas comunicaciones serán destituidos de sus cargos,
sin perjuicio de las responsabilidades civiles y Penales
que correspondan.
ALLANAMIENTO DE MORADA.
En el arto. Cn. Numeral 4, dice textual: A la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo y a
continuación las condiciones que deben darse para allanar un domicilio sin orden escrita de un Juez.
El domicilio sólo puede ser allanado por orden escrita de juez competente, excepto:
a) Si los que habitaren en una casa manifestaren que allí se está cometiendo un delito o de ella se pidiera
auxilio;
b) b) Si por incendio, inundación u otra causa semejante, se hallare amenazada la vida de los habitantes o de la
propiedad;
c) c) Cuando se denunciare que personas extrañas han sido vistas en una morada, con indicios manifiestos de
ir a cometer un delito;
d) d) En caso de persecución actual e inmediata de un delincuente; e) Para rescatar a la persona que sufra
secuestro. En todos los casos se procederá de acuerdo a la ley.
La ley fija los casos y procedimientos para el examen de documentos privados, libros contables y sus anexos,
cuando sea indispensable para esclarecer asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia o por
motivos fiscales.
Las cartas, documentos y demás papeles privados sustraídos ilegalmente no producen efecto alguno en juicio o
fuera de él.
CCP Artículo 215.- Orden de secuestro. Las autoridades dispondrán que sean recogidos y conservados los
objetos relacionados con el delito, los sujetos a decomiso y aquellos que puedan servir como medios de prueba.
Cuando sea necesario, se requerirá al juez orden de secuestro. Los efectos secuestrados serán identificados,
inventariados y puestos bajo custodia segura.
Podrá disponerse la obtención de copias o reproducciones de los objetos secuestrados cuando éstos puedan
desaparecer o alterarse, sean de difícil custodia o cuando convenga así para la investigación.
Artículo 217.- Allanamiento y registro de morada. Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado, en sus
dependencias, casa de negocio u oficina, el allanamiento y registro será realizado con orden judicial, la cual deberá
solicitarse y decretarse fundadamente y por escrito.
La diligencia de allanamiento deberá practicarse entre las seis de la mañana y las seis de la tarde. Podrá procederse a
cualquier hora cuando el morador o su representante consienta o en los casos sumamente graves y urgentes, en los que los
jueces resolverán en un plazo máximo de una hora las solicitudes planteadas por el fiscal o el jefe de la unidad policial a
cargo de la investigación. Deberá dejarse constancia de la situación de urgencia en la resolución que acuerda el
allanamiento.
Artículo 218.- Solicitud. La solicitud de allanamiento, secuestro o detención contendrá la indicación de las razones que la
justifican, el lugar en que se realizará y la indicación de los objetos, sustancias o personas que se espera encontrar en dicho
lugar.
Cuatro camionetas con miembros el Ejército de Nicaragua permanecen desde la media noche en la comunidad El
Jícaro, en Ciudad Darío, allanando casas para encontrar a Leonel Poveda, un ex miembro de la Resistencia
Nicaragüense que es buscado por las autoridades policiales desde el 18 de julio.
En la comunidad El Jícaro habitan los abuelitos de Poveda. Familiares han contado que el 18 de julio les llegó un
citatorio para que Poveda se presentara de urgencia a la estación policial, pero no lo hizo por recomendación de un
abogado al que consultó y con quien decidieron que se presentaría hasta lunes 21 de julio, sin imaginarse que el 19
habría una tragedia en el kilómetro 76 de la carretera Panamericana. La Prensa 03 de Agosto 2014
Puede el ejercito hacer eso ??
ALLANAMIENTO DE MORADA.
Lo que dice el Código de Procesal Penal (CPP)
Artículo 219.- Contenido de la resolución. La resolución judicial que autoriza el allanamiento, secuestro o detención
deberá contener:
1. El nombre del juez y la identificación de la investigación o, si corresponde, del proceso;
2. La dirección exacta del inmueble y la determinación concreta del lugar o los lugares que habrán de ser registrados;
3. El nombre de la autoridad que habrá de practicar el registro;
4. La hora y la fecha en que deba practicarse la diligencia;
5. El motivo del allanamiento, secuestro o detención, que será razonado adecuadamente expresando con exactitud el
objeto u objetos, o personas que se pretende buscar o detener, y,
6. En su caso, del ingreso nocturno.
Si durante la búsqueda del objeto, sustancia o persona para la cual fue autorizado el allanamiento, se encuentran, en
lugares apropiados para la búsqueda autorizada, otros objetos, sustancias o personas relacionados con esa u otra
actividad delictiva investigada, éstos podrán ser secuestrados o detenidos según corresponda, sin necesidad de
ampliación de la motivación de la autorización.
El secuestro de un objeto o sustancia o la detención o constatación de la presencia de persona distintos de lo
especificado en la autorización para el allanamiento encontrados durante la búsqueda, en lugar no apropiado para lo
que originalmente se autorizó, es ilegal y en consecuencia no podrá hacerse valer como prueba en Juicio.
Artículo 220.- Formalidades para el allanamiento. Una copia de la resolución judicial que autoriza el allanamiento y
el secuestro será entregada a quien habite o posea el lugar donde se efectúe o, cuando esté ausente, a su encargado,
y, a falta de éste, a cualquier persona mayor de edad que se halle en el lugar. Se preferirá a los familiares del morador.
La diligencia se practicará procurando afectar lo menos posible la intimidad de las personas.
De la diligencia de allanamiento se levantará un acta, para hacer constar la observancia de las regulaciones legales.
Cuando no se encuentre a nadie, ello se hará constar en el acta. Practicado el registro, en el acta se consignará el
resultado.
El acta será firmada por los concurrentes; no obstante, si alguien no la firma, así se hará constar.
ALLANAMIENTO DE MORADA.
Lo que dice el Código de Procesal Penal (CPP)
LA TUTELA CONSTITUCIONAL DEL CUERPO HUMANO A LOS EFECTOS DE LA
INVESTIGACIÓN CRIMINAL.
Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP)
Artículo 23 El derecho a la vida es inviolable
e inherente a la persona humana.
En Nicaragua no hay pena de muerte.
El problema a efectos de investigación criminal es que precisamente por
tratarse del cuerpo humano, la protección legal es exquisita en el siguiente
triple sentido:
1. El Arto.23 impide toda investigación que ponga en peligro la vida de
alguien. Ejemplo; Extracción de Sangre, si pone en riesgo al imputado)
2. El derecho a la integridad física y moral (la integridad física en los
actos de investigación aun no están claramente reguladas por la ley.)
Ejemplo: Forma en que la policía trata a los sospechosos en una
redada.
3. El derecho a la integridad física, psíquica y moral, contemplada en el
arto.36 De la Constitución.
Artículo 36 Toda persona tiene derecho a
que se respete su integridad física,
psíquica y moral. Nadie será sometido a
torturas, procedimientos, penas ni a tratos
crueles, inhumanos o degradantes.
La violación de este derecho constituye
delito y será penado por la ley.
EL BIEN JURIDICO,
DOMINANTE A TUTELAR ES
LA VIDA.
Por lo que todo acto encaminado a la
búsqueda de la verdad es aceptable
mas aún como una derecho de todos
a al seguridad publica que debe
brindar el Estado.
El Derecho de cada
persona, esta limitado por
el derecho de los demás.
Algunos aspectos sobre este tema, en los actos de investigación son:
• REQUISAS; Cuando es de mujeres deben ser realizadas por Mujeres.
• INSPECCIÓN CORPORAL. 237 CPP.
• INVESTIGACIÓN CORPORAL 238 CPP
Siempre que sea razonable y no ponga en peligro la salud, se podrá proceder, previa autorización judicial
debidamente motivada, a la investigación corporal, a practicar exámenes de fluidos biológicos y otras
intervenciones corporales, las que se efectuarán siguiendo procedimientos técnicos o científicos por expertos
del Instituto Medicina Legal, del Sistema Nacional Forense o, en su defecto, por personal paramédico. Sólo se
procederá a practicar exámenes de fluidos biológicos en la investigación de hechos delictivos que hayan
podido ser causados por el consumo de alcohol o cualquier otra sustancia que pueda alterar el
comportamiento humano y en la investigación del delito de violación, de conformidad con el principio de
proporcionalidad
PRESUPUESTOS DE ADOPCIÓN.
Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP)
“El cuerpo humano de una persona viva, por tanto , no es un bien sujeto a inmunidad y Puede ser sometido a
investigación Criminal” Sujetos estos actos a los principios de Legalidad y el de Proporcionalidad.
Presupuestos de
Adopción (doctrina
Europea)
Los actos contra la integridad corporal, única y
exclusivamente pueden ser acordados por el juez.
Los actos contra la integridad corporal solo puede ser
practicados por “Personas Expertas” Arto. 238 CCP
El resultado de estos actos de investigación, se deben
incorporar al proceso, mediante la prueba pericial.
Arto. 247 CPP
En ningún caso, se deben acordar la medida cuando
haya peligro grave para la salud. Esto viene exigido por
el principio de proporcionalidad ya que el bien VIDA, es
superior al bien PAZ SOCIAL CIUDADANA o al propio
íus peserquendi del Estado.
Arto. 233 CPP
PRESUPUESTOS DE ADOPCIÓN.
Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP)
LAS MEDIDAS POSIBLES
A) EXTRACCIONES DE SANGRE
B) ANÁLISIS DE LIQUIDOS Y PUNCIONES
C) TACTOS INTIMOS
D) RADIOGRAFÍAS Y SIMILARES
E) INTERVENCIONES CORPORALES LEVES
Y RECONOCIMIENTO EXTERNOS DE LA
PERSONA.
Este acto puede ser apropiado por ejemplo en caso de un delito
contra la libertad sexual, puesto que permite averiguar el ADN,
Hechos delictivos derivados del consumo de Alcohol o droga.
Arto. 238 CPP
Análisis de saliva, semen, orina o bien punciones pulmonares o
medulares, que permitan identificar con seguridad al autor de un
delito o bien para determinar la posible incapacidad del presunto
autor. Arto. 238 CPP
Especialmente afrentosos para la mujer como los vaginales o
anales, se realizan para encontrar la prueba del delito; Droga en el
cuerpo humano, Algunos rebasan lo contenido en el arto. 237
CPP
En ocasiones es necesario tomar una radiografía o practicar un
electrocardiograma o un encefalograma mediante los cuales se
pretende demostrar el estado de salud presunto autor del delito.
La intervención corporal leve (cortar un cabello o una uña)
puede ser idónea para averiguar si se cometido por ejemplo
delitos contra la salud publica.
PRESUPUESTOS DE ADOPCIÓN.
Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP)
1. La Requisita Personal; Que busca entre la ropa o adheridos al cuerpo, la prueba
del delito. Arto. 236 CPP
2. La Inspección Corporal: Que es el examen externo del cuerpo. Arto. 237 CPP.
3. La Investigación Corporal: Implica la injerencia directa en el cuerpo del sujeto o
examen pasivo. Arto. 238 CPP.
4. Test Psicométricos o Psicológicos; Acto de gran trascendencia para averiguar si
el autor del delito lo cometió en estado de trastorno mental completo o parcial o
si sufrió una alteración después de cometido.
5. Control de Alcoholemia y Estupefacientes: Actos especialmente apropiados en
los delitos con la seguridad del trafico, para comprobar la comisión de un delito
de conducción de vehículo de motor baja la influencia de bebidas alcohólicas o
de drogas. Su ejecución corresponde a la Policía Nacional.
Actos de investigación que pueden afectar las garantías Constitucionales en Nicaragua

Más contenido relacionado

Destacado (9)

Derecho ambiental
Derecho ambientalDerecho ambiental
Derecho ambiental
 
Minaria nicaragua
Minaria nicaraguaMinaria nicaragua
Minaria nicaragua
 
Garantias constitucionales
Garantias constitucionalesGarantias constitucionales
Garantias constitucionales
 
Manual de derecho constitucional dr ivan escobar fornos
Manual de derecho constitucional   dr ivan escobar fornosManual de derecho constitucional   dr ivan escobar fornos
Manual de derecho constitucional dr ivan escobar fornos
 
Garantias Constitucionales
Garantias ConstitucionalesGarantias Constitucionales
Garantias Constitucionales
 
Garantias Constitucionales
Garantias ConstitucionalesGarantias Constitucionales
Garantias Constitucionales
 
legislacion ambiental
legislacion ambientallegislacion ambiental
legislacion ambiental
 
Acciones de Garantia
Acciones de GarantiaAcciones de Garantia
Acciones de Garantia
 
Minería en Nicaragua
Minería en NicaraguaMinería en Nicaragua
Minería en Nicaragua
 

Similar a Actos de investigación que pueden afectar las garantías Constitucionales en Nicaragua

El Allanamiento
El Allanamiento El Allanamiento
El Allanamiento MariaDjf
 
Mapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorioMapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorio7376039
 
Mapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorioMapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorio7376039
 
Mapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorioMapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorio7376039
 
El allanamiento_IAFJSR
El allanamiento_IAFJSREl allanamiento_IAFJSR
El allanamiento_IAFJSRMauri Rojas
 
Medios probatorios.
Medios probatorios.Medios probatorios.
Medios probatorios.dioneila1
 
Temas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorioTemas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorioEricson Rodriguez
 
Actos de investigacion
Actos de investigacionActos de investigacion
Actos de investigacionvanessa_697
 
Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2
Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2
Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2Yadira Mangual
 
Que hacer en caso de allanamiento
Que hacer en caso de allanamientoQue hacer en caso de allanamiento
Que hacer en caso de allanamientoMauri Rojas
 
Mapa conceptual procedimientos-derecho penal II
Mapa conceptual procedimientos-derecho penal IIMapa conceptual procedimientos-derecho penal II
Mapa conceptual procedimientos-derecho penal IIBrisaidaG
 
Principios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesalesPrincipios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesalesSandra Milena Oviedo
 
DERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docx
DERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docxDERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docx
DERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docxFreddy Caal
 

Similar a Actos de investigación que pueden afectar las garantías Constitucionales en Nicaragua (20)

El Allanamiento
El Allanamiento El Allanamiento
El Allanamiento
 
Mapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorioMapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorio
 
Mapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorioMapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorio
 
Mapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorioMapa regimen probatorio
Mapa regimen probatorio
 
El allanamiento_IAFJSR
El allanamiento_IAFJSREl allanamiento_IAFJSR
El allanamiento_IAFJSR
 
Medios probatorios.
Medios probatorios.Medios probatorios.
Medios probatorios.
 
Temas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorioTemas 14 15 y 16 derecho probatorio
Temas 14 15 y 16 derecho probatorio
 
Derecho admon
Derecho admonDerecho admon
Derecho admon
 
las inspecciones
las inspeccioneslas inspecciones
las inspecciones
 
Actos de investigacion
Actos de investigacionActos de investigacion
Actos de investigacion
 
La flagrancia
La flagranciaLa flagrancia
La flagrancia
 
Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2
Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2
Titulo treinta y cuatro apéndices reglas del tribu 2
 
Procesal Penal
Procesal PenalProcesal Penal
Procesal Penal
 
Que hacer en caso de allanamiento
Que hacer en caso de allanamientoQue hacer en caso de allanamiento
Que hacer en caso de allanamiento
 
GUATEMALA-Constitucion.pdf
GUATEMALA-Constitucion.pdfGUATEMALA-Constitucion.pdf
GUATEMALA-Constitucion.pdf
 
GUATEMALA-Constitucion.pdf
GUATEMALA-Constitucion.pdfGUATEMALA-Constitucion.pdf
GUATEMALA-Constitucion.pdf
 
Mapa conceptual procedimientos-derecho penal II
Mapa conceptual procedimientos-derecho penal IIMapa conceptual procedimientos-derecho penal II
Mapa conceptual procedimientos-derecho penal II
 
Principios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesalesPrincipios rectores y garantías procesales
Principios rectores y garantías procesales
 
Procesal penal 2015
Procesal penal 2015Procesal penal 2015
Procesal penal 2015
 
DERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docx
DERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docxDERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docx
DERECHOS INDIVI. Y Colectivos.docx
 

Más de Alejandro Vélez Brenes

Más de Alejandro Vélez Brenes (6)

La UAF, (Unidad de Análisis Financiero) en Nicaragua.
La UAF, (Unidad de Análisis Financiero) en Nicaragua. La UAF, (Unidad de Análisis Financiero) en Nicaragua.
La UAF, (Unidad de Análisis Financiero) en Nicaragua.
 
La Sustanciación del Juicio Oral y Público en Nicaragua.
La Sustanciación del Juicio Oral y Público  en Nicaragua.La Sustanciación del Juicio Oral y Público  en Nicaragua.
La Sustanciación del Juicio Oral y Público en Nicaragua.
 
El acto administrativo. trabajo.aavb.2014
El acto administrativo. trabajo.aavb.2014El acto administrativo. trabajo.aavb.2014
El acto administrativo. trabajo.aavb.2014
 
Humanidades clase no. 1 2014
Humanidades clase no. 1 2014Humanidades clase no. 1 2014
Humanidades clase no. 1 2014
 
Entrevista con Rita Levi Montalciniz
Entrevista con Rita Levi MontalcinizEntrevista con Rita Levi Montalciniz
Entrevista con Rita Levi Montalciniz
 
Rita levimontalciniz
Rita levimontalcinizRita levimontalciniz
Rita levimontalciniz
 

Último

Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilAidaTejada5
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...Baker Publishing Company
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptxRosildaToralvaCamacl1
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombiaylbonilla
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónFundación YOD YOD
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.pptBRIANJOFFREVELSQUEZH
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACristhianViera4
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...OmarFernndez26
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalPoder Judicial
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOMarianaCuevas22
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxMarianaSunjaylaCardo
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioEdwinRubio14
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfivogiovannoni
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfalbinoMamaniCallejas
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docxprodinetpc1
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfyordahno
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxMarianaSunjaylaCardo
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxJonathanGiriron
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxALICIACAHUANANUEZ
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanosmarcovalor2005
 

Último (20)

Impedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal CivilImpedimentos y Recusación Procesal Civil
Impedimentos y Recusación Procesal Civil
 
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
 
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptxDERECHO COMERCIAL  I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
DERECHO COMERCIAL I - DIAPOSITIVAS (1).pptx
 
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en ColombiaProcesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
Procesos de jurisdicción voluntaria en Colombia
 
Protección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector EducaciónProtección de Datos Personales sector Educación
Protección de Datos Personales sector Educación
 
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
415277843-DIAPOSITIVAS-ACTO-JURIDICO-ppt.ppt
 
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANACONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
CONCESIÓN MINERA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA
 
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
Act_3.2_FernandezIzquerrdo_MartinezMillet_RodriguezCarmona_InvestigacionenRec...
 
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo FuncionalEnsayo Critico sobre Garantismo Funcional
Ensayo Critico sobre Garantismo Funcional
 
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICOM15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
M15_U1_S1_UNADM_DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
 
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docxCONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
 
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacioConflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
Conflicto de leyes en el tiempo y en el espacio
 
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdfMANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
MANUAL DE DERECHO ROMANO - JUAN CARLOS GHIRARDI - APORTE UEU DERECHO 2020.pdf
 
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdfLAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
LAM Nº 13_2014 (Consejo Municipal de Transporte).pdf
 
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
13 SIGNOS DEL TEATRO y ELEMENTOS DEL TEATRO.docx
 
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdfMercados financieros y estrategia financiera.pdf
Mercados financieros y estrategia financiera.pdf
 
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptxTeoría de la imputación objetiva penal.pptx
Teoría de la imputación objetiva penal.pptx
 
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptxPenal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
 
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptxUD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
 
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanoslinea de tiempo  .evolución histórica de los derechos humanos
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
 

Actos de investigación que pueden afectar las garantías Constitucionales en Nicaragua

  • 1. Actos de Investigación que Pueden Afectar las Garantías Constitucionales Maestro: Lenin G. Cerna. Grupo: • Reymundo Díaz Ruiz • César Romero • Raúl Reyes • Mario Neil Espinosa • Heylin Venegas • Alejandro Vélez Brenes. FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS CARRERA DE DERECHO PROCESAL PENAL II
  • 2. Marco Conceptual: • Artículo 24 Cn. Toda persona tiene deberes para con la familia, la comunidad, la patria y la humanidad. Los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justas exigencias del bien común. A este II párrafo del arto. 24 Constitucional, solo ponemos expresar; ¿Quién o Quienes Determinan «las exigencias del Bien Común» en Nicaragua. En la Persecución Penal, es el Juez, como garante de Derecho y Libertades, quien debe determinar con todo cuidado y razonadamente si algunos actos de investigación encuentran justificación en esa razón suprema que es el bien común En un estado de derecho, esto representa un problema, ya que se debe ponderar, que si el estado viola los derechos y garantías de uno de sus ciudadanos, lo esta haciendo con todos. Nicaragua es un país, donde por desgracia, persiste la opinión de que los intereses políticos y económicos privan sobre los derechos de los ciudadanos en lo relativo a Justicia.
  • 3. Intervenciones Telefónicas e Intercepción de comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas. En el arto. Cn. Numeral 4, dice textual: A la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo y a continuación las condiciones que deben darse para allanar un domicilio sin orden escrita de un Juez. En los artículos 213 y 214 CPP, establece, los tipos de delito, por los cuales se puede realizar estas intervenciones: 1. Terrorismo 2. Secuestro Extorsivo 3. Trafico de órganos y de personas con fines sexuales; 4. Delitos relacionados con estupefacientes, Psicotrópicos y otras sustancias controladas 5. Legitimación de Capitales o lavado de dinero y activos y 6. Trafico internacional de armas, explosivos y vehículos robados. No es necesario una coincidencia con el nomen iuris, sino que basta con quela conducta típica se refiera a alguna de estas actividades. La solicitud ante el Juez, solo pueden hacerla el fiscal general de la republica y o del director general de la policía nacional, quienes deben motivarla. Artículo 17, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual Nicaragua es firmante. 1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques. Naciones Unidas El Principio de inviolabilidad de la Defensa no aparece en el Titulo preliminar del CPP « Principios y Garantías Procesales» en teoría el Juez debe excluir la intervenciones telefónicas, escritas o electrónicas en la privacidad del IMPUTADO Y SU DEFENSOR.
  • 4. Intervenciones Telefónicas e Intercepción de comunicaciones escritas, telegráficas y electrónicas. • Solo se introducirán como actos de prueba las grabaciones de aquellas conversaciones o fragmentos de las mismas que el juez estime útiles para el descubrimiento de la verdad. «Principio de Proporcionalidad» El judicial, determinara la procedencia de la medida y por resolución señalara en forma expresa la fecha en que debe cesar la intercepción, la cual no puede durar mas de 30 días, lo cuales se podrán prorrogar POR UNA SOLO VEZ por un plazo igual. Tratándose de Correspondencias; corresponde al Juez su apertura, Tratándose de Llamadas telefónicas; corresponde a la policía nacional y las instituciones pertinentes el realizarlas. Los funcionarios que violen la reserva de estas comunicaciones serán destituidos de sus cargos, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y Penales que correspondan.
  • 5. ALLANAMIENTO DE MORADA. En el arto. Cn. Numeral 4, dice textual: A la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones de todo tipo y a continuación las condiciones que deben darse para allanar un domicilio sin orden escrita de un Juez. El domicilio sólo puede ser allanado por orden escrita de juez competente, excepto: a) Si los que habitaren en una casa manifestaren que allí se está cometiendo un delito o de ella se pidiera auxilio; b) b) Si por incendio, inundación u otra causa semejante, se hallare amenazada la vida de los habitantes o de la propiedad; c) c) Cuando se denunciare que personas extrañas han sido vistas en una morada, con indicios manifiestos de ir a cometer un delito; d) d) En caso de persecución actual e inmediata de un delincuente; e) Para rescatar a la persona que sufra secuestro. En todos los casos se procederá de acuerdo a la ley. La ley fija los casos y procedimientos para el examen de documentos privados, libros contables y sus anexos, cuando sea indispensable para esclarecer asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia o por motivos fiscales. Las cartas, documentos y demás papeles privados sustraídos ilegalmente no producen efecto alguno en juicio o fuera de él. CCP Artículo 215.- Orden de secuestro. Las autoridades dispondrán que sean recogidos y conservados los objetos relacionados con el delito, los sujetos a decomiso y aquellos que puedan servir como medios de prueba. Cuando sea necesario, se requerirá al juez orden de secuestro. Los efectos secuestrados serán identificados, inventariados y puestos bajo custodia segura. Podrá disponerse la obtención de copias o reproducciones de los objetos secuestrados cuando éstos puedan desaparecer o alterarse, sean de difícil custodia o cuando convenga así para la investigación.
  • 6. Artículo 217.- Allanamiento y registro de morada. Cuando el registro deba efectuarse en un lugar habitado, en sus dependencias, casa de negocio u oficina, el allanamiento y registro será realizado con orden judicial, la cual deberá solicitarse y decretarse fundadamente y por escrito. La diligencia de allanamiento deberá practicarse entre las seis de la mañana y las seis de la tarde. Podrá procederse a cualquier hora cuando el morador o su representante consienta o en los casos sumamente graves y urgentes, en los que los jueces resolverán en un plazo máximo de una hora las solicitudes planteadas por el fiscal o el jefe de la unidad policial a cargo de la investigación. Deberá dejarse constancia de la situación de urgencia en la resolución que acuerda el allanamiento. Artículo 218.- Solicitud. La solicitud de allanamiento, secuestro o detención contendrá la indicación de las razones que la justifican, el lugar en que se realizará y la indicación de los objetos, sustancias o personas que se espera encontrar en dicho lugar. Cuatro camionetas con miembros el Ejército de Nicaragua permanecen desde la media noche en la comunidad El Jícaro, en Ciudad Darío, allanando casas para encontrar a Leonel Poveda, un ex miembro de la Resistencia Nicaragüense que es buscado por las autoridades policiales desde el 18 de julio. En la comunidad El Jícaro habitan los abuelitos de Poveda. Familiares han contado que el 18 de julio les llegó un citatorio para que Poveda se presentara de urgencia a la estación policial, pero no lo hizo por recomendación de un abogado al que consultó y con quien decidieron que se presentaría hasta lunes 21 de julio, sin imaginarse que el 19 habría una tragedia en el kilómetro 76 de la carretera Panamericana. La Prensa 03 de Agosto 2014 Puede el ejercito hacer eso ?? ALLANAMIENTO DE MORADA. Lo que dice el Código de Procesal Penal (CPP)
  • 7. Artículo 219.- Contenido de la resolución. La resolución judicial que autoriza el allanamiento, secuestro o detención deberá contener: 1. El nombre del juez y la identificación de la investigación o, si corresponde, del proceso; 2. La dirección exacta del inmueble y la determinación concreta del lugar o los lugares que habrán de ser registrados; 3. El nombre de la autoridad que habrá de practicar el registro; 4. La hora y la fecha en que deba practicarse la diligencia; 5. El motivo del allanamiento, secuestro o detención, que será razonado adecuadamente expresando con exactitud el objeto u objetos, o personas que se pretende buscar o detener, y, 6. En su caso, del ingreso nocturno. Si durante la búsqueda del objeto, sustancia o persona para la cual fue autorizado el allanamiento, se encuentran, en lugares apropiados para la búsqueda autorizada, otros objetos, sustancias o personas relacionados con esa u otra actividad delictiva investigada, éstos podrán ser secuestrados o detenidos según corresponda, sin necesidad de ampliación de la motivación de la autorización. El secuestro de un objeto o sustancia o la detención o constatación de la presencia de persona distintos de lo especificado en la autorización para el allanamiento encontrados durante la búsqueda, en lugar no apropiado para lo que originalmente se autorizó, es ilegal y en consecuencia no podrá hacerse valer como prueba en Juicio. Artículo 220.- Formalidades para el allanamiento. Una copia de la resolución judicial que autoriza el allanamiento y el secuestro será entregada a quien habite o posea el lugar donde se efectúe o, cuando esté ausente, a su encargado, y, a falta de éste, a cualquier persona mayor de edad que se halle en el lugar. Se preferirá a los familiares del morador. La diligencia se practicará procurando afectar lo menos posible la intimidad de las personas. De la diligencia de allanamiento se levantará un acta, para hacer constar la observancia de las regulaciones legales. Cuando no se encuentre a nadie, ello se hará constar en el acta. Practicado el registro, en el acta se consignará el resultado. El acta será firmada por los concurrentes; no obstante, si alguien no la firma, así se hará constar. ALLANAMIENTO DE MORADA. Lo que dice el Código de Procesal Penal (CPP)
  • 8. LA TUTELA CONSTITUCIONAL DEL CUERPO HUMANO A LOS EFECTOS DE LA INVESTIGACIÓN CRIMINAL. Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP) Artículo 23 El derecho a la vida es inviolable e inherente a la persona humana. En Nicaragua no hay pena de muerte. El problema a efectos de investigación criminal es que precisamente por tratarse del cuerpo humano, la protección legal es exquisita en el siguiente triple sentido: 1. El Arto.23 impide toda investigación que ponga en peligro la vida de alguien. Ejemplo; Extracción de Sangre, si pone en riesgo al imputado) 2. El derecho a la integridad física y moral (la integridad física en los actos de investigación aun no están claramente reguladas por la ley.) Ejemplo: Forma en que la policía trata a los sospechosos en una redada. 3. El derecho a la integridad física, psíquica y moral, contemplada en el arto.36 De la Constitución. Artículo 36 Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral. Nadie será sometido a torturas, procedimientos, penas ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes. La violación de este derecho constituye delito y será penado por la ley.
  • 9. EL BIEN JURIDICO, DOMINANTE A TUTELAR ES LA VIDA. Por lo que todo acto encaminado a la búsqueda de la verdad es aceptable mas aún como una derecho de todos a al seguridad publica que debe brindar el Estado. El Derecho de cada persona, esta limitado por el derecho de los demás. Algunos aspectos sobre este tema, en los actos de investigación son: • REQUISAS; Cuando es de mujeres deben ser realizadas por Mujeres. • INSPECCIÓN CORPORAL. 237 CPP. • INVESTIGACIÓN CORPORAL 238 CPP Siempre que sea razonable y no ponga en peligro la salud, se podrá proceder, previa autorización judicial debidamente motivada, a la investigación corporal, a practicar exámenes de fluidos biológicos y otras intervenciones corporales, las que se efectuarán siguiendo procedimientos técnicos o científicos por expertos del Instituto Medicina Legal, del Sistema Nacional Forense o, en su defecto, por personal paramédico. Sólo se procederá a practicar exámenes de fluidos biológicos en la investigación de hechos delictivos que hayan podido ser causados por el consumo de alcohol o cualquier otra sustancia que pueda alterar el comportamiento humano y en la investigación del delito de violación, de conformidad con el principio de proporcionalidad
  • 10. PRESUPUESTOS DE ADOPCIÓN. Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP) “El cuerpo humano de una persona viva, por tanto , no es un bien sujeto a inmunidad y Puede ser sometido a investigación Criminal” Sujetos estos actos a los principios de Legalidad y el de Proporcionalidad. Presupuestos de Adopción (doctrina Europea) Los actos contra la integridad corporal, única y exclusivamente pueden ser acordados por el juez. Los actos contra la integridad corporal solo puede ser practicados por “Personas Expertas” Arto. 238 CCP El resultado de estos actos de investigación, se deben incorporar al proceso, mediante la prueba pericial. Arto. 247 CPP En ningún caso, se deben acordar la medida cuando haya peligro grave para la salud. Esto viene exigido por el principio de proporcionalidad ya que el bien VIDA, es superior al bien PAZ SOCIAL CIUDADANA o al propio íus peserquendi del Estado. Arto. 233 CPP
  • 11. PRESUPUESTOS DE ADOPCIÓN. Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP) LAS MEDIDAS POSIBLES A) EXTRACCIONES DE SANGRE B) ANÁLISIS DE LIQUIDOS Y PUNCIONES C) TACTOS INTIMOS D) RADIOGRAFÍAS Y SIMILARES E) INTERVENCIONES CORPORALES LEVES Y RECONOCIMIENTO EXTERNOS DE LA PERSONA. Este acto puede ser apropiado por ejemplo en caso de un delito contra la libertad sexual, puesto que permite averiguar el ADN, Hechos delictivos derivados del consumo de Alcohol o droga. Arto. 238 CPP Análisis de saliva, semen, orina o bien punciones pulmonares o medulares, que permitan identificar con seguridad al autor de un delito o bien para determinar la posible incapacidad del presunto autor. Arto. 238 CPP Especialmente afrentosos para la mujer como los vaginales o anales, se realizan para encontrar la prueba del delito; Droga en el cuerpo humano, Algunos rebasan lo contenido en el arto. 237 CPP En ocasiones es necesario tomar una radiografía o practicar un electrocardiograma o un encefalograma mediante los cuales se pretende demostrar el estado de salud presunto autor del delito. La intervención corporal leve (cortar un cabello o una uña) puede ser idónea para averiguar si se cometido por ejemplo delitos contra la salud publica.
  • 12. PRESUPUESTOS DE ADOPCIÓN. Lo que dice la Constitución Política y el Código de Procesal Penal (CPP) 1. La Requisita Personal; Que busca entre la ropa o adheridos al cuerpo, la prueba del delito. Arto. 236 CPP 2. La Inspección Corporal: Que es el examen externo del cuerpo. Arto. 237 CPP. 3. La Investigación Corporal: Implica la injerencia directa en el cuerpo del sujeto o examen pasivo. Arto. 238 CPP. 4. Test Psicométricos o Psicológicos; Acto de gran trascendencia para averiguar si el autor del delito lo cometió en estado de trastorno mental completo o parcial o si sufrió una alteración después de cometido. 5. Control de Alcoholemia y Estupefacientes: Actos especialmente apropiados en los delitos con la seguridad del trafico, para comprobar la comisión de un delito de conducción de vehículo de motor baja la influencia de bebidas alcohólicas o de drogas. Su ejecución corresponde a la Policía Nacional.