Corte Internacional de Justicia de las Naciones Unidas
Protección jurídica del software y la controversia doctrinal
1. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL
SOFTWARE Y LA
CONTROVERSIA DOCTRINAL
SOBRE SU PERTENENCIA AL
ÁMBITO DE LOS DERECHOS
Por: Alessandra Luque
Holguin.
2. En los avances de la
informática han marcado
la conducta universal de
las personas.
La aplicación de la
informática consignó la
nueva aparición de obras
que debían ser
contemplados en los
derechos de la propiedad
intelectual.
La protección jurídica del
software se adjunta como
un conjunto de los
derechos resultantes de
las concepciones de la
inteligencia y del trabajo
intelectual.
3. El gran crecimiento
que ha logrado los
distintos programas
de computación se
debe principalmente
al software.
La propiedad intelectual y el
desarrollo tecnológico se
presentan en una relación
dialéctica.
Desde la imprenta a
los soportes
digitales, la
evolución ha sido
interesante.
LA
EVOLUCIO
N
4. LA
COMPUTADO
RA
que puede
aceptar datos en
una forma
prescrita,
procesarlos y
proporcionarlos
en un formato
especifico ya sea
como información
o señales.
Se constituye
esencialmente por
componentes físicos
(hardware) y por el
soporte lógico
(software).
No se limita en
el aspecto físico
de la misma y
requiere de
programas de
computación
para poder
funcionar.
5. Al pasar el software a ser
un objeto separado de
comercialización, y al
presentar vulnerabilidad
frente a su facilidad de
copia a bajo costo, se
generó la necesidad de su
protección.
En relación con un
hardware determinado y
su compatibilidad para
usarse en diferentes
equipos, son las razones
que reafirmaron el
requerimiento de
protección para los
programas.
No todos los programas
computacionales realizan
las mismas funciones, por
lo que podemos encontrar
sistemas operativos,
compiladores, traductores,
ensambladores,
denominados
genéricamente software
6. LOS PROGRAMAS…
Computacionales,
son objeto de
grandes inversiones
de parte de las
empresas de
software.
Para
desarrollar
programas
similares a
los de su
competenc
ia.
Se genera
un efecto
económico
del
software,
constituido
por las
“obligacione
s
7. Las nuevas
tecnologías han
permitido la
existencia de
obras digitales,
caracterizadas por
su
desmaterializació
n, la posibilidad
de comprimirse y
alterarse.
Ellas provocan un
cambio en el uso
tradicional de las
obras que debe ser
analizado para
determinar si deben
dictarse nuevas
normas o si es
suficiente la
protección jurídica
que existe.
La generalidad de
los
ordenamientos
que se refieren a
la protección de
obras digitales,
consideran a los
programas
computacionales
como obras
protegibles por el
Derecho de Autor.