MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
Diapositivas gabriel obligaciones
1. SEGÚN JUSTINIANO
Es el vinculo jurídico que nos
obliga apagar algo conforme al
derecho de nuestra ciudad
SEGÚN PAULO
La obligación consiste
fundamentalmente en que se nos
constriña a dar, prestar o hacer
algo, siendo dicha prestación
exigible judicialmente por el
acreedor.
2. Para Sebastián Artiles la obligación distingue distintas etapas en el castigo del delito:
1ª Etapa. Venganza Privada:
En la época más arcaica se practicaba la venganza privada Se hacía porque faltaba
un orden jurídico institucional. Esa venganza no tenía limitaciones por parte de la
víctima o los miembros del grupo al que perteneciera.
2ª Etapa: Ley del Talión:
En la venganza privada existía casos donde la venganza de la víctima se excedía
en el daño causado era excesivo, es por ello que la venganza de la víctima tenía
que ser proporcional a la ofensa realizada.
3ª Etapa: Composición Voluntaria:
Era el acuerdo privado entre el autor del daño y la víctima. Ese acuerdo iba
encaminado a la entrega de una compensación pecuniaria como pena. De esta
forma la víctima renunciaba a la venganza.
4ª Etapa: Composición Legal:
La ley establece una tasación por el daño causado, estableciéndose la cuantía de
las penas pecuniarias.
3. Ley Poetelia Papiria
Esta ley prohíbe la prisión y el encadenamiento, la muerte y la venta del deudor y
hace posible, por parte de éste, el pago en especie o en trabajo.
Bonorun Venditio
Consistía en el embargo de los bienes del deudor.
Beneficium de Competencia
Una vez que los acreedores atacaban el patrimonio del deudor, éste solicitaba un
minimun vital para subsistir él y su familia.
4. Sujeto activo: creedor es la persona física o jurídica, a favor
de la cual existe el derecho y quien tiene la facultad de exigir del
deudor.
Sujeto pasivo: Es la persona obligada a ejecutar la
prestación en beneficio del acreedor
Vinculo Jurídico :Relación de derecho que liga al acreedor
con el deudor y autoriza al primero a ejercitar las acciones que
permita a exigir el deudor el cumplimiento de la prestación u
oponer excepciones para retener lo entregado por el deudor si
este intenta la restitución.
Objeto: Es la prestación que el deudor debe realizar en
beneficio del acreedor
5. Según el vinculo Jurídico:
Por la autoridad que la sanciona:
Honorarias:
Sancionadas por ciertos magistrados como los pretores en su afán de
completar, corregir o suplir el derecho civil en bien de la utilidad pública.
Civiles:
Sancionadas por las leyes, los senados consulto y las constituciones
imperiales
6. Por el Objeto
Divisibles: Son aquellas que pueden fraccionarse sin perder su esencia.
Ejemplo: El dinero, los granos de trigo.
Indivisibles: Son aquellas que no pueden fraccionarse, en el caso de
fraccionarse pierde su esencia. Ejemplo: El caballo usado para el arado de
la tierra, el esclavo Ticio.
Obligaciones Específicas: Son aquellas que tienen por objeto una cosa
individualmente determinada.
Obligaciones Genéricas: Son aquellas en las que el objeto no se puede
determinar por características individuales, sino por su pertenencia a un
género o clase..
7. Por el Objeto
Obligaciones Alternativas: Son aquellas que tienen por objeto
varias prestaciones, de tal manera que el deudor cumple con
realizar una de ellas.
Obligaciones Facultativas: Son aquellas que tienen por objeto
una única prestación.
8. Por el Sujeto:
Determinado: Son aquellos que se han establecido desde el origen de la
Obligación.
Indeterminado: Son aquellos que no se conoce el sujeto en la obligación,
es decir, que en un momento el acreedor puede ignorar quien es el
deudor.
Unitaria: Un solo Deudor un Acreedor.
Pluralidad. Existe varios acreedores y deudores.
Pluralidad Pasiva: Varias deudores y un acreedor.
Pluralidad Activa: Varios acreedores y un deudor.
Pluralidad Mixta: Varios acreedores y deudores.
9. Por el Derecho
Ius Civilis
Las celebradas por los ciudadanos romanos y se encuentran
reguladas por el ordenamiento jurídico Civil Romano.
Ius Gentiun
Celebradas por los extranjeros entre sí, y entre extranjeros y
ciudadanos romanos, se encuentran reguladas por el derecho de
gentes.
10. Por el Formalismo:
De Derecho Estricto:
Eran las que provenían del Derecho Quiritario, en el que
imperaba un pronunciado formulismo que exigía seguridad de
las convenciones. Ejemplo: La Sponsio, las Nexum, la
mancipatio.
Obligaciones de Buena Fe
Se perfeccionaba con el consentimiento de las partes, se presta a la
interpretación del Juez. Ejemplo: La Compra Venta, el arrendamiento.
11. Eficacia Procesal:
Civiles:
Aquellas reconocidas y sancionadas por el ordenamiento jurídico,
que autorizaba al acreedor para constreñir al deudor al
cumplimiento de la prestación.
Obligaciones Naturales:
Son aquellas a los cuales el legislador no ha podido o no ha
querido reconocer y las ha privado de consecuencias de acción.
12. Por el Contenido de la Prestación:
Dare (Dar): Transmisión de un derecho real o a la
entrega de la posesión de la cosa.
Facere (Hacer): Comprende cualquier actividad que el
deudor debe realizar al acreedor.
No Facere (No Hacer)
Prestare (Prestar)
13. Según la Modalidad
Pura y Simple: No está supeditada a ninguna modalidad.
Obligación Condicional: Es aquella cuyo nacimiento, existencia o
extinción depende de la ocurrencia de acontecimiento futuro e
incierto.
Condición Extintiva o Resolutoria: En tanto a su extinción es extintiva.
Obligación a Término: Es aquella cuya exigibilidad o extinción
depende del advenimiento de un acontecimiento futuro y cierto.
Obligación a Término o Plazo Suspensivo: La exigibilidad de la
obligación está supeditada al acontecimiento que necesariamente
sucederá.
Obligación de un Término o Plazo Extintivo: Su extinción afecta a un
plazo extintivo o resolutorio.
Condición Suspensiva: Es aquella cuyo nacimiento o la existencia de la
obligación está supeditada al acontecimiento que podrá ocurrir o no.
Ejemplo te dará cien Mil ases cuando llegue la nave de Asia.