1. ISAE UNIVERSIDAD
Licenciatura en Derecho Y Cencías Políticas
Escuela de derecho
Materia:
Derecho Administrativo 1
Profesora:
Yariela Pineda
Estudiante:
Erika Álvarez
8-489-805
Trabajo:
Glosario 1
2. o
GLOSARIO 1
1. Contrato: se caracterizan por su sometimiento a un régimen jurídico público y por
la existencia de cláusulas exorbitantes que derivan de la posición jurídica de
la Administración y de su privilegio de auto tutela. Los contratos administrativos
pueden ser: a) típicos, y especiales.
Ejemplo: La empresa administradora empresarial y Grupo Gresel firmaron un
contrato de agencia el 1 de junio de 2017 de 6 meses de duración prorrogable
tácitamente por periodos semestrales sucesivos hasta un máximo de 18 meses más
en el que la administradora empresarial era el agente de Grupo Gresel.
Grupo Gresel decide terminar el contrato con administradora empresarial con fecha
1 de julio de 2018, mediante burofax remitido ese mismo día. Grupo Gresel da por
terminado el contrato en ese mismo día alegando en la carta de terminación que
administradora empresarial ha incurrido en una serie de incumplimientos.
Como consecuencia de esa terminación, Grupo Gresel reconoce a favor de
administradora empresarial una indemnización por clientela de 150 mil dólares.
Para llegar a ese cálculo Grupo Gresel ha tomado en consideración los beneficios
que ha obtenido el agente, es decir, administradora empresarial durante la vigencia
del contrato,
esto es, los ingresos por comisiones recibidas (B./ 800.000) menos los gastos
necesarios para la prestación de los servicios que ascendieron a 650.000 dólares.
Administradora empresarial no está conforme y acuden a los juzgados, en los cuales
Grupo Gresel no puede probar y no prueba que administradora empresarial haya
cometido incumplimiento alguno.
2. Objeto contractual: ha de ser real, posible, lícito, determinado o susceptible
de determinación sin necesidad de nuevo acuerdo entre las partes. Aunque puede
preverse que un contrato tenga un objeto que no conlleve una ventaja patrimonial,
es necesario que aquel pueda ser valorado económicamente. Así se facilita
el cumplimiento judicial del mismo mediante la oportuna indemnización.
Ejemplo: Jurídicamente hablando un objeto de contrato se da en la compra de un
inmueble, la transacción de un vehículo a un pariente, aunque no haiga dinero de
por medio, alquiler de un departamento para vacaciones.
3. Consentimiento: En la creación de un acto jurídico, adhesión de una parte a
la propuesta realizada por la otra. El intercambio de los consentimientos determina
el acuerdo de voluntades que vincula a las partes.
3. o
Ejemplo: la cual hace referencia a la voluntad manifiesta entre dos personas o más,
para consentir derechos y obligaciones.
Por medio de la presente, yo, Erika Álvarez con domicilio en: Ciudad de Panamá
otorgo la presente carta de consentimiento para el uso de mis datos personales en
la investigación de mercado: “Datos de consumo de cosméticos de mujeres,” así
como los videos, audios y material escrito para fines de la investigación que su
empresa se encuentra realizando.
4. Capacidad legal: Condición específica otorgada a los individuos por las normas
legales vigentes a fin de posibilitar el ejercicio de los derechos civiles, sociales y
políticos que les han sido reconocidos.
Ejemplo: podemos tener capacidad cuando, una persona debe ser mayor de edad,
y la ley considera que esto tiene 18 años o más. Sin embargo, hay ocasiones en las
que un menor puede celebrar un contrato. Esto es cierto si el contrato es por
vivienda, comida o cosas necesarias para mantener la vida. Al igual que Libre de
enfermedad mental
5. Estado: Es la organización jurídico-política más perfecta que se conoce hasta el
presente. Es un ente orgánico unitario, estructurado jurídicamente bajo la forma de
una corporación, que detenta el ejercicio del poder.
Ejemplo: Este término alude a una importante función del estado que es la abolición
de la venganza o justicia privada, que fue ejercida en los primeros tiempos, incluso
cando ya existía el estado, es decir, lo que el Estado debe hacer, se define por el
conjunto de normas que crean órganos, fijan su funcionamiento y los fines que
deben alcanzar. precisa por los fines o propósitos que una sociedad organizada le
ha venido señalando de acuerdo con su propia naturaleza.
6. Gobierno: Órgano colegiado formado por el Presidente del Gobierno, el
Vicepresidente o Vicepresidentes, en su caso, los Ministros y los demás miembros
que establezca la ley.
Ejemplo: La estrategia del gobierno panameño ante el COVID-19/SARS-CoV-2 será
más drástica. Las autoridades adoptarían medidas de supresión o cuarentena total,
para evitar la propagación y contagio entre la ciudadanía, tal como lo hizo China,
Corea del Sur, Singapur y Hong Kong.
7. Población: Se compone de todas las personas que tienen su residencia en el
territorio de referencia, es decir, que están empadronadas en algún municipio del
área, estén presentes o ausentes en el momento que se realiza la estadística.
4. o
Ejemplo: Se compone de todas las personas que tienen su residencia en el territorio
de referencia, es decir, que están empadronadas en algún municipio del área, estén
presentes o ausentes en el momento que se realiza la estadística.
8. Utilidad pública: es un concepto jurídico indeterminado que apodera a la
Administración para integrarlo y apreciarlo en cada caso en función de la norma que
prevé una concreta potestad administrativa.
Declaración de Utilidad Pública
La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más límites que
los establecidos en las leyes. En este sentido, la Constitución de la Nación
Panameña consagra el principio de la inviolabilidad de la propiedad y establece que
ningún habitante puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en
ley; la expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y
previamente indemnizada (C.N., art. 17).
El instituto de la expropiación es el medio jurídico mediante el cual se logran
armonizar los intereses públicos y privados, evitando de esta manera lesionar los
derechos de propiedad de particulares por razones de utilidad pública. Así, la
expropiación consiste en el medio en virtud del cual el Estado logra la apropiación
o transferencia de un bien, por razones de utilidad pública, mediante el pago de una
justa indemnización.
De conformidad con lo preceptuado por la Constitución Nacional, la ley N° 21.499,
sancionada el 17 de enero de 1977, establece el régimen de expropiaciones de
nuestro país.
9. Contrato público: como regla general, se formaliza documentalmente con
expresión de sus cláusulas y condiciones; excepcionalmente, en los casos
de suministros menores, el contrato administrativo se reduce a la simple factura
conformada.
5. o
Ejemplo: El conflicto surgido por la ampliación del Canal pone sobre el tapete un
debate referente a contratos públicos que han sufrido modificaciones en recientes
años. La Ley 12 de 2010, que regula la contratación pública y dicta otras
disposiciones, es el resultado de reformas iniciadas con la Ley 22 de 2006,
modificada por la 41 de 2008, y la 69 de 2009, reflejando el interés legislativo sobre
la materia.
10.Contrato privado: Consiste en que dos individuos plasman en un documento las
características de un acuerdo. En el contrato privado no interviene la administración
pública; por ejemplo a través de la figura del notario. El contrato privado tiene plena
validez jurídica y su incumplimiento puede provocar un conflicto legal que deberá
resolverse en los tribunales de justicia
Ejemplo: Los contratos privados suelen ser una práctica muy común en aquellas
compraventas en las que interviene un agente inmobiliario. Un contrato privado de
compraventa es un documento privado y bilateral. Mediante este documento
se transfiere la propiedad de un inmueble a cambio de una cantidad de
dinero previamente acordada. Se trata de un documento totalmente válido para
formalizar un negocio, como una compraventa inmobiliaria. Por ello es que las
partes intervinientes estarán obligadas legalmente a cumplir con su contenido,
a menos que este sea contrario a lo establecido por la ley.